REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 16 de abril de 2012
AÑOS: 201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2010-001827
ASUNTO : PP11-P-2010-001827
RESOLUCION JUDICIAL
Visto que para el día de hoy, dieciséis (16) de abril de 2012 a las 10:30 horas de la mañana, se encontraba fijada la reanudación del debate oral y público en el juicio oral y publico seguido a los acusados ciudadanos MIGUEL ALEJANDRO TORREZ RIVAS, venezolano, natural de Acarigua Estado Portuguesa, de 19 años de edad, nacido en fecha 14-04-1991, soltero, residenciado en Villa Araure 1, Calle 13 con Avenida 5 casa numero 64, de Araure Estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad Nro. V-21.396.777, HENRY DANIEL CASTILLO FANEITE, venezolano, natural de Sarare Estado Lara, de 34 años de edad, nacido en fecha 19-12-1975, soltero, residenciado en la Avenida 13 con Calle 3 y 4, casa sin numero, Villa Araure 1, Araure Estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.555678, JOSE MANUEL VASQUEZ PADILLA venezolano, natural de Araure Estado Portuguesa donde nació el 11-05-1992 de 18 años de edad, soltero, residenciado en la Avenida 1 con Calle 1, frente al osto1ado de Villa Araure, de Araure Estado Portuguesa titular de la cedula de identidad Nro. V-21.396.733, SOLMARIA COROMOTO HERNANDEZ MARQUEZ, venezolana, natural de Acarigua Estado Portuguesa donde nació el 03-03-1992 de 18 años de edad, soltera, residenciada en Villa Araure 1, Calle 14 casa numero 12, sector Ah Primera de Araure Estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad Nro. V-21.058.574 y MARBELIS COROMOTO GALINDEZ MARQUEZ, venezolana, natural de Acarigua Estado Portuguesa, nacida el 15-03-1992 de 18 años de edad, soltera, residenciado Residenciada en Villa Araure 1, Calle 14 casa numero 12 Sector Ah Primera de Araure Estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad Nro. V-20.812.935, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR Y ROBO AGRAVADO, imputado a los ciudadanos: MIGUEL ALEJANDRO TORRES RIVAS y HENRY DANIEL CASTILLO FANEITE, previsto y sancionados en los artículos 5 Y 6; numerales 1, 2, Y 3 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos Automotores y 458 del Código Penal y
de APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS AUTOMOTORES PROVENIENTES DEL ROBO AGRAVADO DE VEHICULOS, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos Automotores, imputado a los ciudadanos JOSE MANUEL VASQUEZ PADILLA, SOLMARIA COROMOTO HERNANDEZ MARQUEZ y MARBELIS COROMOTO GALINDEZ MARQUEZ, todos en perjuicio de la ciudadana ZULEIMA JOSEFINA BLANCO CARRAZA, el Tribunal observa lo siguiente:
Siendo que en el día 09/04/2012 se llevo a cabo la rotación anual de Jueces para darle cumplimiento al decreto Nº25 emanado de la Corte de Apelaciones de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y fue trasladada la ciudadana Jueza ANGELA MARIA SOSA RUIZ al Tribunal de Control Nº3 de este mismo Circuito Judicial quién fue la persona que dio inicio al presente juicio que se aperturó en la presente causa, habiéndose perdido el principio de inmediación por encontrarse actualmente en este Tribunal de Juicio Nº3 un Juez distinto, por lo que; este Juzgado de Juicio N° 3, constituido en Tribunal Unipersonal del Segundo Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA INTERRUMPIDO EL DEBATE DEL JUICIO ORAL Y PUBLICO y en consecuencia quedan NULAS todas las actuaciones realizadas en el desarrollo del mismo. Se fijará por auto separado la nueva fecha para el inicio del juicio nuevamente.
Regístrese y déjese copia para su archivo.
El JUEZ DE JUICIO Nº 3
ABG. OMAR FLEITAS FLORES
LA SECRETARIA
ABG. MARIA TELLECHEA