REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 2 de Abril de 2012
AÑOS: 201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2010-001321
ASUNTO : PP11-P-2010-001321

Por cuanto en fecha 16 de Marzo del año 2012, se publicó la SENTENCIA CONDENATORIA, (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) al acusado RODRIGO JOSE SUAREZ CARRASCO, Venezolano, Natural de de este municipio, Nacido el 12-12-1967, de 45 años de edad, de estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Comerciante, residenciado en la Av. 06 entre calles 8 y 9, sector centro, de la ciudad de Villa Bruzual, Municipio Autónomo del Estado Portuguesa, Titular de la Cédula de Identidad Número V-8.656.698,, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previsto y sancionado en el articulo 470 primer aparte del Código Penal, cometido en perjuicio de las ciudadanas MIRIAN JOSEFINA JIMENEZ SOTELDO y MARIA JOSE JIMENEZ, más las accesorias de ley previstas y habiendo transcurrido el lapso legal sin haberse ejercido el Recurso de Apelación correspondiente, se declara DEFINITIVAMENTE FIRME la SENTENCIA CONDENATORIA, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 480 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena su remisión a través de Oficio al Tribunal de Ejecución a los fines legales consiguientes.

Publíquese, regístrese, diarícese, líbrese el Oficio respectivo, y déjese copia certificada del presente auto para su archivo respectivo en el copiador de autos fundados llevados por el Tribunal.

Sellada y firmada en la sede del Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en la ciudad de Acarigua a los 02 días del mes de Abril del año 2012.

LA JUEZA DE JUICIO N° 03
ABG. ANGELA MARIA SOSA RUIZ

EL SECRETARIO;
ABG. JAIRO GALLARDO.
Seguidamente se cumplió con lo ordenado en auto. Conste.
El Secretario.