LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
GUANARE

Guanare, 11 de abril de 2012
Años: 201° y 153°

Tramitada como ha sido la presente Solicitud de Únicas y Universales Herederas, hecha por el ciudadano: HERMENEGILDO ANTONIO ALDANA TORREALBA, venezolano, mayor de edad, soltero, agricultor, titular de la cédula de identidad N° V-12.240.830, de este domicilio, asistido de la abogada GLADYS ANTONIETA ÁLVAREZ ARMAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.950.279, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 60.923, mediante el cual solicita se le declare a él y a los ciudadanos NANCY DEL CARMEN ALDANA TORREALBA, AIDA DEL CARMEN ALDANA TORREALBA, HONORIO ANTONIO ALDANA TORREALBA, MARCO ANTONIO ALDANA TORREALBA, EGIDIO ANTONIO ALDANA TORREALBA, ABILIA JOSEFINA ALDANA TORREALBA y CUPERTINO ALDANA TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 11.396.888, V- 15.138.534, V- 11.401.768, V- 15.138.533, V- 16.646.048, V- 19.188.323, V- 24.684.479, respectivamente, en sus condiciones de hijos, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante HERMENEGILDO ALDANA, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, agricultor, titular de la cédula de identidad N° V-2.727.970, quien falleció sin testamento (ab-instestato), el día dieciocho de julio del año dos mil once, (18-07-2011), en esta ciudad de Guanare estado Portuguesa. Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos tal requisito no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.

Consta en autos Copia Certificada del Acta de Defunción del Causante: HERMENEGILDO ALDANA. Copia Certificada de las Partidas de Nacimientos de los ciudadanos HERMENEGILDO ANTONIO ALDANA TORREALBA, NANCY DEL CARMEN ALDANA TORREALBA, AIDA DEL CARMEN ALDANA TORREALBA, HONORIO ANTONIO ALDANA TORREALBA, MARCO ANTONIO ALDANA TORREALBA, EGIDIO ANTONIO ALDANA TORREALBA, ABILIA JOSEFINA ALDANA TORREALBA y CUPERTINO ALDANA TORREALBA. Copia simple de las cédulas de identidad de los ciudadanos: HERMENEGILDO ALDANA, HERMENEGILDO ANTONIO ALDANA TORREALBA, NANCY DEL CARMEN ALDANA TORREALBA, AIDA DEL CARMEN ALDANA TORREALBA, HONORIO ANTONIO ALDANA TORREALBA, MARCO ANTONIO ALDANA TORREALBA, EGIDIO ANTONIO ALDANA TORREALBA, ABILIA JOSEFINA ALDANA TORREALBA y CUPERTINO ALDANA TORREALBA. En su oportunidad comparecieron por ante este Juzgado los ciudadanos: LUIS RAFAEL SIRA y JOHNSON MANUEL CORREDORES URQUIOLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.406.227 y V-9.254.705, respectivamente, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.

Por cuanto no ha habido Oposición este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: HERMENEGILDO ANTONIO ALDANA TORREALBA, NANCY DEL CARMEN ALDANA TORREALBA, AIDA DEL CARMEN ALDANA TORREALBA, HONORIO ANTONIO ALDANA TORREALBA, MARCO ANTONIO ALDANA TORREALBA, EGIDIO ANTONIO ALDANA TORREALBA, ABILIA JOSEFINA ALDANA TORREALBA y CUPERTINO ALDANA TORREALBA, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante: HERMENEGILDO ALDANA, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el Artículos 822 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las Copias Certificadas solicitadas, se acuerdan en conformidad. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez,

Abg. Miriam Durand Sánchez.
La Secretaria,

Abg. Lilia Vizcaya Ramírez.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.-Conste.
Sria,

Solicitud N° 1.511-12.-
Yeni.-