REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA
DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-

Chabasquen: 17 de Abril del 2012.
Años: 201° Y 153°


EXP N°: 743/2012 OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: JOSE AGUSTIN GUEDEZ SANCHEZ y YOSELINE CAROLINA TERAN RIVERO, en beneficio de los niños: X, X y X, donde ambas partes acordaron cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs 500,oo) mensuales, que dicha cantidad de dinero será depositada en una cuenta bancaria que se aperture en el banco provincial a nombre de los niños representados por la madre, los últimos días de cada mes, en cuanto a los gastos de uniformes y útiles escolares, el padre de los niños cubrirá el 100% de los gastos de su hijo: X, la madre cubrirá el 100% de los gastos de su hija: X, ya que el niño: X, todavía no esta en etapa escolar, referente a los estrenos en el mes de Diciembre, el padre de los niños cubrirá en un 100% los gastos de sus dos hijos: X y X, la madre cubrirá en un 100% los gastos del niño: X, en cuanto a los gastos médicos y medicinas cuando lo ameriten serán compartidos en un 50% para ambos padres