PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 20 de abril de 2012
202º y 153º



ASUNTO N°: PP01-J-2012-000287


SOLICITANTE: YELIDA DEL VALLE CARMONA DELFÍN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.055.152.
ABOGADO ASISTENTE: Abogado en ejercicio MIGUEL ÁNGEL ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.509.638, inscrito en el Instituto de previsión del Abogado bajo el N° 47.364.
MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRAR DINERO.

SENTENCIA: DEFINITIVA.


Vista la solicitud formulada por la ciudadana YELIDA DEL VALLE CARMONA DELFÍN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.055.152, actuando en su nombre y en representación de sus hijas, las niñas ALEJANDRA JOSÉ SANTAMARÍA CARMONA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 27.937.997, de once (11) años de edad, (identificación omitida por disposición de la Ley) , venezolana, de cinco (05) años de edad, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio MIGUEL ÁNGEL ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.509.638, inscrito en el Instituto de previsión del Abogado bajo el N° 47.364; para que este Tribunal emita autorización judicial para gestionar todo lo concerniente a los beneficios y cantidades de dinero que le corresponde sus hijas ut-supra identificadas, en razón de la muerte de su padre, el de cujus: ALI GERMÁN SANTAMARÍA CARRILLO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.400.705 y analizados los recaudos producidos con la solicitud y siendo evidente que el niño antes identificado posee la cualidad que se le señala; en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Primer Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de la facultad que le confiere el Artículo 177, parágrafo segundo literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana YELIDA DEL VALLE CARMONA DELFÍN, identificada anteriormente, para que gestione todos los beneficios y pagos de las cantidades de dinero que le correspondan a sus hijas, las niñas ALEJANDRA JOSÉ SANTAMARÍA CARMONA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 27.937.997, de once (11) años de edad, (identificación omitida por disposición de la Ley) , venezolana, de cinco (05) años de edad, tales como: prestaciones sociales, sueldos, fideicomiso, caja de ahorros u otros; sin embargo la cuota parte que le corresponde a las niñas ut-supra identificadas, debe ser consignada ante este Tribunal mediante cheque para ser depositado en una Cuenta de Ahorros. Se acuerda la apertura de Cuenta de Ahorros a nombre de las Hermanas SANTAMARÍA CARMONA. Se acuerda expedir las copias certificadas de la presente autorización que fueren menester.

Publíquese y Regístrese.
Años: 201° de la Independencia y 153º de la Federación.

Dada, sellada, firmada y refrendada en el Tribunal Primero de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación y en Funciones de Ejecución de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Primer Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.

La Jueza,

Abg. Pastora Peña Garcías
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución.

La Secretaria,


Abg. Elsy Moraima Jurado Verde.
PPG/emjv/ma alej.-