REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 27 de agosto de 2012
AÑOS: 202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2012-000819
ASUNTO : PP11-P-2012-000819


JUEZ DE JUICIO: ABG. NOEMI ROMERO CASANOVA DE ORTIZ


SECRETARIA: ABG. GENIYANA PEREIRA


FISCAL: ABG. MARIA GABRIELA MAGO


ACUSADO: ALEXIS JAVIER NOGUERA RIVERO

DELITO: HOMICIDIO INTENCIONAL CON ERROR DE GOLPE EN GRADO DE COMPLICIDAD

DEFENSA: ABG. HENRY MOSQUERA

DECISIÓN: SENTENCIA CONDENATORIA POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS










REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 27 de agosto de 2012
AÑOS: 202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2012-000819
ASUNTO : PP11-P-2012-000819

Al inicio del debate oral del juicio y público y antes de comenzar el mismo, la defensa señaló al Tribunal la posibilidad de tomar en consideración el procedimiento por admisión de los hechos, de conformidad con el artículo 375 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, oídas a todas las partes y sujetos procesales, este Tribunal pasa a emitir pronunciamiento en los siguientes términos:

PUNTO PREVIO
DE LA OPORTUNIDAD PARA SOLICITAR ELPROCEDIMEINTO


El artículo 375 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, establece:

El procedimiento por admisión de los hechos tendrá lugar desde la audiencia preliminar una vez admitida la acusación, hasta ante de la recepción de pruebas.
De la lectura del anterior se observa que estando en el inicio del juicio oral y público y no habiendo aun decepcionado pruebas es tempestiva la solicitud y así se decide.

I
HECHO ATRIBUIDO A LOS ACUSADOS Y CALIFICACIÓN JURIDICA


En fecha 03-08-2011 los funcionarios policiales Oficiales (PEP) EDDUIN PEREZ, JOSE AMARO y FRANCISCO BRITO efectivos adscritos al Centro de Coordinación Policial No. 03 de Turen Estado Portuguesa, hacen constar mediante ACTA POLICIAL que encontrándose de recorrido por la Calle Principal de Turen observan a un ciudadano quien al notar a la comisión policial asume una actitud nerviosa, motivo por el cual se le da la voz de alto y al practicársele la revisión corporal conforme lo establece el artículo 205 del Código Orgánico Procesal Penal, se le encontró en la parte anterior de su pantalón UN ARMA DEFUEGO, TIPO REVOLVER, CALIBRE 38, MARCA SMITH & WESSON, SERIAL CACHA No. D281801, SERIAL TAMBOR No. 06180, CONTENTIVO DE DOS PROYECTILES PARA ARMA DE FUEGO TIPO REVOLVER CALIBRE 38, quien no mostró, autorización de la autoridad correspondiente para portar dicha arma de fuego. Motivo por el cual se procedió a su aprehensión en flagrancia de delito, cometido en perjuicio del Orden Público. Cursa en el expediente, Registro de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas de fecha 03/082011, suscrita por el funcionario policial Oficial (PEP) EDDUIN PEREZ efectivos adscritos al Centro de Coordinación Policial No. 03 de Turen Estado Portuguesa, de UN ARMA DE FUEGO, TIPO REVOLVER, CALIBRE 38, MARCA SMITH & WESSON, SERIAL CACHA No. D281801, SER1AL TAMBOR No. 06180, CONTENTIVO DE DOS PROYECTILES PAR ARMA DE FUEGO TIPO REVOLVER CALIBRE 38.

La Representación del Ministerio Público calificó el hecho como HOMICIDIO INTENCIONAL CON ERROR DE GOLPE EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 405, en relación con los Artículos 68 y 84 numeral 3 del Código Penal respectivamente, cometido en perjuicio de YOHANDI UBARDO ARANGUREN HERNANDEZ,






II

EXPOSICIÓN SUSCINTA DE LOS MEDIOS DE PRUEBAS OFERTADOS POR LA FISCALÍA


1. ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 04/03/2012, suscrita por los funcionarios policiales JAVIER PÉREZ Y TITO VARGAS, efectivos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Subdelegación de Acarigua, en lo pertinente en dejar constancia las circunstancias de tiempo modo y lugar del inicio de la presente investigación penal, y su resultado 2. INSPECCIÓN No. 0649, de fecha 04/03/2012, suscrita por los funcionarios policiales JAVIER PEREZ Y TITO VARGAS, efectivos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Subdelegación de Acarigua, en lo pertinente en dejar constancia de la revisión efectuada en la MORGUE DEL HOSPITAL “DR. ARMANDO DELGADO” DE LA POBLACIÓN DE TUREN DEL ESTADO PORTUGUESA al cadáver de YOHANDY UBARDO ARANGUREN HERNÁNDEZ y de las muestras tomadas.

3. INSPECCIÓN No. 0650, de fecha 04/03/2012, suscrita por los funcionarios JAVIER PEREZ Y TITO VARGAS, efectivos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Subdelegación de Acarigua, en lo pertinente en dejar constancia de la revisión efectuada al FINAL DE LA AVENIDA RAUL LEONI, VÍA PÚBLICA, ESPECÍFICAMENTE EN LAS ADYACENCIAS DE LA ESTACIÓN DE SERVICIO DE NOMBRE SAN ANTONIO, MUNICIPIO TUREN ESTADO PORTUGUESA, en lo pertinente en dejar constancia de que se trata de un sitio de suceso abierto, lugar donde se recabaron como evidencias siete conchas de proyectil del calibre 9 MM.
4. INSPECCIÓN No. 0651, de fecha 04/03/2012, suscrita por los funcionarios JAVIER PEREZ Y TITO VARGAS, efectivos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Subdelegación de Acarigua, en lo pertinente en dejar constancia de la revisión efectuada en el ESTACIONAMIENTO INTERNO DEL CENTRO DE COORDINACIÓN POLICIAL No 03, “CORONEL MIGUEL ANTONIO VÁSQUEZ”, DEL MUNICIPIO TUREN ESTADO PORTUGUESA, lugar donde se encuentra el Vehículo Automotor incriminado en la presente investigación penal Clase Camioneta Tipo. Sport Wagon, Marca: Ford, Modelo: Eco Sport, Color: Gris, Placa: AA2O1XD, Serial de Carrocería: 8XDZEI 6FX68A21 433.
5. INSPECCIÓN No. 0658, de fecha 04/03/2012, suscrita por los funcionarios JAVIER PEREZ Y TITO VARGAS, efectivos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas Subdelegación de Acarigua, en lo pertinente en dejar constancia de la revisión efectuada en el
ESTACIONAMIENTO INTERNO DEL CUERPO DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, PENALES Y CRIMINALISTICA, SUB-DELEGACIÓN ACARIGUA, MUNICIPIO PÁEZ, ESTADO PORTUGUESA, donde se encuentra el Vehículo Automotor Clase Automóvil Tipo: Sedan, Marca: Mitsubishi, Modelo: Lancer, Color: Blanco, Placa: ADI69R, Serial de Carrocería: DSKCB2APOO2412. Vehículo señalado en la presente investigación Penal.
6. ACTA DE ENTREVISTA de la ciudadana KARINA, rendida ante el Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas Subdelegación de Acarigua en fecha 04/03/12, en lo pertinente en indicar las circunstancias de lugar, tiempo y modo en que presenció el hecho donde falleciera su esposo YOHANDY UBARDO ARANGUREN HERNÁNDEZ, quien expuso: “Bueno el día de hoy domingo 04-03-2012, aproximadamente a las 03:00 horas de la madrugada, yo me encontraba con mi concubino YOHANDY UBARDO ARANGUREN HERNANDEZ en la Redoma en la entrada de Turen, específicamente en la Estación de Servicio Llano Petrol, lugar donde muchas personas se reúnen los fines de semana a compartir un rato con amigos, estábamos tomándonos unas cervezas, en compañía de un amigo de nombre WILMAR GUTIERREZ y un muchacho a quien conozco como JUANITO, y dos muchachas que andaban con ellos, repentinamente escuchamos dos detonaciones fuerte con un arma, YOHANDY me empujo al piso, y venían dos sujetos uno carrereando a otro con un arma, nos pasaron por un lado, todos salimos corriendo y pienso que YOHANDY, viene conmigo y cuando veo para el lugar donde estábamos es que me doy cuenta que el esta tirado en el piso y al llegar el tenia sangre en el hombro derecho, y estaba botando sangre por la boca, yo gritaba y WILMAR Y JUANITO, me ayudaron auxiliarlo y lo llevamos para al Hospital Central de Turen, pero él murió cuando llegamos. Es todo. . .“.
7. ACTA DE ENTREVISTA del ciudadano ENRIQUE, rendida ante el Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas Subdelegación de Acarigua en fecha 04/03/1 2, en lo pertinente en indicar las circunstancias de lugar, tiempo y modo en que presenció el hecho donde falleciera su amigo YOHANDY UBARDO ARANGUREN, quien expuso: “Bueno el día de hoy domingo 04-03-2012, aproximadamente a las 01:00 horas de la madrugada, llegué a la Estación de Servicio Llano Petrol, ubicado en el sector La Redoma, Turen Estado Portuguesa, lugar donde muchas personas se reúnen los fines de semana a compartir un rato con amigos, allí me encontré a un amigo quien es funcionario de la Policía de nombre YOHANDY ARANGUREN a quien le dicen “Conchita”, él estaba con su mujer de nombre KARINA, y también estaba un conocido de nombre JUANITO, quien andaba con dos muchachas y me pongo a compartir con ellos, estábamos tomándonos unas cervezas, y mientras compartía con un amigo de nombre WILMAR, cuando repentinamente escuchamos cinco detonaciones, y nos lanzamos al piso, y todo el mundo empezó a correr, a montarse en sus carros y retirarse del lugar, cuando pasa todo veo que el carro “Conchita”, todavía estaba prendido y tenía el sonido con volumen, es eso veo a KARINA que salió detrás una camioneta marca Ford, Modelo Bronco y me dice que vaya para allá que a “Conchita” le dieron un tiro, por lo que fui rápidamente y efectivamente Conchita estaba tirado en el piso y estaba botando sangre por la boca, ahogado con la sangre, por lo que con la ayuda de JUANITO y KARINA, lo montamos en su carro y llevarlo al Hospital Central de Turen, pero estando allí un vecino de ellos me dijo que “Conchita” se había muerto. Es todo..
8. ACTA DE ENTREVISTA al ciudadano identificado de la siguiente manera: CINCUENTA Y UNO, rendida ante el Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas Subdelegación de Acarigua en fecha 04/03/12, en lo pertinente en indicar las circunstancias de lugar, tiempo y modo en que presenció el hecho donde falleciera YOHANDY UBARDO ARANGUREN, quien expuso: “Resulta ser que el día de hoy domingo 04-03-2012, en horas de la madrugada, me encontraba en compañía de unos amigos compartiendo tomándonos unos tragos, en la entrada de la Población de Turen, en la Estación de Servicio PDVSA, y de repente llego una camioneta Ford color negro, donde andaban un muchacho de nombre ALEXIS NOGUERA, Alias Tuti, su hermano de nombre CARLOS NOGUERA, otro muchacho de nombre LESTER y dos muchachas que viven en Turen y de repente el que se llama CARLOS, saco una pistola y empezó a lanzarles tiros a un muchacho que estaba entre la gente y este empezó a correr y CARLOS detrás de él disparándole, enseguida empezó todo el mundo a gritar y correr, luego se fueron en la camioneta donde andaba del lugar, enseguida paso un carro Ford Fiesta en veloz carrera pidiendo paso, donde llevaban a un Policía que resulto herido, quien es conocido en Turen como Conchita, luego nos montamos en la camioneta y nos fuimos del lugar. Es todo..

9. ACTA DE ENTREVISTA al ciudadano identificado de la siguiente manera: CINCUENTA Y DOS, rendida ante el Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas Subdelegación de Acarigua en fecha 04/03/12, en lo pertinente en indicar las circunstancias de lugar, tiempo y modo en que presenció el hecho donde falleciera YOHANDY UBARDO ARANGUREN, quien expuso: “Nosotros llegamos a la Redoma de la salida de Turen, en el momento en que estábamos tomando y echando cuento arriba de una camioneta Pickup, en eso de las tres de la mañana escucho que alguien dice mira mosca ahí y volteo veo a un hombre con una pistola en su mano derecha miraba hacia la isla de la avenida donde se encontraba un grupo de personas en compañía de varios compañeros de Estudios, libando licor y al momento que estamos conversando, vi que una persona salió de una camioneta Ecosport, portando un arma de fuego y comenzó a carrerear a un tipo que estaba parado en la isla de la avenida principal donde se encontraban un grupo de personas y vehículos, este hombre armado salió corriendo hacia detrás de alguien y disparando y la gente se tiro al suelo y me meto en mi camioneta y nos vamos todos del lugar Es todo...”..
10. ACTA DE ENTREVISTA al ciudadano identificado de la siguiente manera: CINCUENTA Y TRES, rendida ante el Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas Subdelegación de Acarigua en fecha 04/03/12, en lo pertinente en indicar las circunstancias de lugar, tiempo y modo en que presenció el hecho donde falleciera YOHANDY UBARDO ARANGUREN, quien expuso: “El día de hoy domingo 04-03-2012, como a las 12:30 horas de la madrugada cuando me encontraba en la Redoma, salida a la población de Turen, Estado Portuguesa, especialmente en la adyacencias de la Estación de Servicio “Llano Petrol” de nombre “San Antonio”, en compañía de varios compañeros de Estudios, libando licor y al momento que estamos conversando, vi que una persona salió de una camioneta Ecosport, portando un arma de fuego y comenzó a carrerear a un tipo que estaba parado en la isla de la avenida principal que da como salida y entrada de Turen, entonces este tipo corriendo hacia la entrada de la Urbanización La Laguna y el tipo que portaba el arma de fuego comenzó a disparar varias veces, donde la gente que estaba allí bebiendo y oyendo música salieron del lugar corriendo y a bordo de sus vehículos, mis compañeros y yo nos fuimos en la camioneta donde andábamos Es todo...”.
11. ACTA DE ENTREVISTA al ciudadano identificado de la siguiente manera: CINCUENTA Y CUATRO, rendida ante el Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas Subdelegación de Acarigua en fecha 04/03/12, en lo pertinente en indicar las circunstancias de lugar, tiempo y modo en que presenció el hecho donde falleciera YOHANDY UBARDO ARANGUREN, quien expuso: “Hoy en horas de la madrugada me encontraba con un grupo de amigos, en el sector de la Redoma de Turen, estábamos sobre el cajón de una camioneta marca: Ford, modelo: F-150, de color: Amarillo, ingiriendo licor y escuchando música, cuando de pronto me percaté que al lugar había llegado una camioneta marca: Ford, Modelo: Ecosport en la cual descendió CARLOS NOGUERA en compañía de su hermano apodado “El tuti”, asimismo andaba en ese vehículo dos muchachas y otro joven, inmediatamente observe cuando CARLOS comenzó a carrerear por la avenida a un sujeto que se encontraba en las adyacencias, pero como no logró darle alcance empezó a dispararle, en ese momento mi primo CINCUENTA Y DOS, prendió la camioneta y nos retiramos rápidamente del lugar. Es todo...”.
12. ACTA DE ENTREVISTA al ciudadano identificado de la siguiente manera: CINCUENTA Y CINCO, rendida ante el Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas Subdelegación de Acarigua en fecha 04/03/12, en lo pertinente en indicar las circunstancias de lugar, tiempo y modo en que presenció el hecho donde falleciera YOHANDY UBARDO ARANGUREN, quien expuso: “Hoy en horas de la madrugada me encontraba con un grupo de amigos, ingiriendo bebidas alcohólicas en el sector conocido como la Redoma, salida de Turen, cuando de pronto llega CARLOS NOGUERA en compañía de su hermano ALEXIS NOGUERA, apodado “El tuti”, conjuntamente con dos muchachas y un joven, a bordo de una camioneta marca: Ford, Modelo: Ecosport, entonces observe que CARLOS NOGUERA se bajo del vehículo con un arma de fuego en la mano y comenzó a carrerear por toda la avenida a un joven que también se encontraba tomando en el lugar, pero como no logró alcanzarlo empezó a dispararle en reiteradas oportunidades, en eso todos salimos corriendo y yo llegue has el puesto de la Policía e informe que se había producido un tiroteo en la salida. Es todo.”.
13. ACTA DE ENTREVISTA al ciudadano identificado de la siguiente manera: CINCUENTA Y SEIS, rendida ante el Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas Subdelegación de Acarigua en fecha 04/03/1 2, en lo pertinente en indicar las circunstancias de lugar, tiempo y modo en que presenció el hecho donde falleciera YOHANDY UBARDO ARANGUREN, quien expuso: “Resulta que yo me encontraba en compañía de CINCUENTA Y CINCO, a bordo de mi carro y cuando pasamos por la Estación de Servicios ubicado en la salida de la población de Turen, y mi amigo vio en ese lugar a unos panas de él que estaban parados a bordo de una camioneta tipo: pick up, entonces nos paramos en ese lugar y comenzamos a hablar con los panas de mi amigo y ellos estaban bebiendo, luego en eso me percato que llega al sitio una camioneta Ecosport de color oscuro, y se estaciono cerca de nosotros y vi que en ella se encontraba ALEXIS NOGUERA Y CARLOS NOGUERA, que son hermanos de LESTER, dos muchachas de nombre YUSNERLY Y YESICA y comenzaron a beber, luego al mucho rato vi que CARLOS NOGUERA se metió Ecosport y después salió con un arma de fuego agarrada por la mano derecha y comenzó a caminar muy tranquilo hacia la avenida principal y en eso yo observo que hay una persona parada en todo el medio de la isla de la avenida y debe ser que cuando vio a CARLOS NOGUERA iba armado este chamo salió corriendo y CARLOS lo persiguió y comenzó a dispararle, luego todo los que estábamos parados en la Estación de Servicio salimos corriendo, en eso veo que se regreso CARLOS NOGUERA corriendo al sitio donde el había salido y trata de entrar a la Ecosport pero le cuesta abrir la puerta de la camioneta y CARLOS se monta armado en mi carro y me dice: DALE, DALE con desespero y yo le dije: QUE SE BAJARA QUE NO QUERIA PROBLEMA Y QUE EL CARRO NO ME QUERIA ENCENDER, y CARLOS se baja de mi carro y se fue corriendo y luego yo arranque y me fui a la comisaría . . .“. Es todo.

14. EXPERTICIA TÉCNICA DE BARRIDO No. 9700-058-LAB-333, de fecha 04-03-2012, suscrita por el funcionario EDGAR ALEJOS, Experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas Subdelegación de Acarigua practicado a un AUTOMOVIL TIPO: SEDAN, MARCA: MITSUBISHI, MODELO: LANCER, COLOR: BLANCO, PLACA: ADI69R, SERIAL DE CARROCERÍA: DSKCB2APOO24I2 y SERIAL DE MOTOR: 4G150B4747. En lo pertinente a dejar constancia de la recolección de elementos de interés criminalisticos.
15. EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO No. 9700-058-277-295, de fecha 06/03/2012, suscrita por el funcionario LEIBER CARRASCO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas Subdelegación de Acarigua, practicado en la, ESTACIONAMIENTO INTERNO DEL CUERPO DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, PENALES Y CRIMINALISTICA, SUB-DELEGACIÓN ACARIGUA, MUNICIPIO PÁEZ, ESTADO PORTUGUESA, donde se encuentra en el estacionamiento un AUTOMOVIL TIPO: SEDAN, MARCA: MITSUBISHI, MODELO: LANCER, COLOR: BLANCO, PLACA: ADI69R, SERIAL DE CARROCERÍA: DSKCB2APOO24I2 y SERIAL DE MOTOR: 4G150B474. En lo pertinente en dejar constancia del Reconocimiento legal del automotor señalado en autos.

16 ACTA POLICIAL de fecha 04-03-201, hora 03:20 de la mañana suscrita por los funcionarios policiales Supervisor Agregado (PEP) ELISANDRO ARGONIS, el Oficial Jefe (PEP) MARCOS PEREZ, Los Oficiales Agregado (PEP) ITALO MARQUEZ y ELIN AMARO efectivos policiales adscritos a al Centro de Coordinación Policial No. 03 “Turen” en lo pertinente en dejar constancia de las circunstancias de lugar, tiempo y modo en que se desarrolló la presente investigación policial por la muerte del funcionario policial YOHANDY UBARDO ARANGUREN HERNANDEZ, mediante ACTA POLICIAL al indicar: “que encontrándose por la Avenida Circunvalación Sur a la altura de la Urbanización La Corteza de Acarigua, observan un vehículo tipo camioneta con las mismas características aportadas por el testigo A, por lo que proceden a interceptarlo y al darles alcance le dan la voz de alto lo que el conductor de dicho vehículo no acató, acelerando su marcha, por lo que se procedió a su persecución, este vehículo retorna en sentido contrario de la avenida, pasando por el frente del Cementerio Viejo de Acarigua y toma la Carretera Principal hacia el Caserío Mijaguito, logrando darle alcance al vehículo en fuga a la altura del Vertedero de Basura, lugar de donde descienden del mismo dos sujetos quienes emprenden la huida en veloz carrera en direcciones opuestas, introduciéndose en una zona boscosa, en la persecución se logró la captura de ALEXIS JAVIER NOGUERA RIVERO (Apodado El Tuti) quien era el que conducía el VEHICULO AUTOMOTOR CLASE CAMIONETA TIPO. SPORT WAGON, MARCA: FORD, MODELO: ECO SPORT, COLOR: GRIS, PLACA: AA2OIXD incriminado en la presente investigación. Asimismo, la incautación de Un Teléfono Celular Marca BlackBerry, de colores Blanco, Plateado y Negro Modelo BoId 9780, con su respectiva Batería. Dejan constancia de lo infructuoso que fue la captura de CARLOS GABRIEL NOGUERA AGUILAR y la recuperación del arma de fuego tipo pistola calibre 9MM incriminada en el hecho punible investigado”.

17. EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO No. 9700-058-277-296, de fecha 06/03/2012, suscrita por el funcionario LEIBER CARRASCO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas Subdelegación de Acarigua, practicado en la, ESTACIONAMIENTO INTERNO DEL CUERPO DE INVESTIGACIÓN CIENTIFICA, PENALES Y CRIMINALISTICA, SUB-DELEGACIÓN ACARIGUA, MUNICIPIO PÁEZ, ESTADO PORTUGUESA, donde se encuentra en el estacionamiento un VEHICULO AUTOMOTOR CLASE CAMIONETA TIPO. SPORT WAGON, MARCA: FORD, MODELO: ECO SPORT, COLOR: GRIS, PLACA: AA2OIXD, SERIAL DE CARROCERÍA: 8XDZE16FX68A21433, SERIAL DE MOTOR: 6A21433. En lo pertinente en dejar constancia del reconocimiento legal de este automotor señalado como incriminado en la presente investigación penal.
18 EXPERTICIA TÉCNICA DE RECONOCIMIENTO TECNICO Y DE BARRIDO No. 9700-058-LAB-336,de fecha 06-03-2012 suscrita por el funcionario WISBELTH GALINDEZ, Experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas Subdelegación de Acarigua, practicado a un VEHICULO AUTOMOTOR CLASE CAMIONETA TIPO. SPORT WAGON, MARCA: FORD, MODELO: ECO SPORT, COLOR: GRIS, PLACA: AA2OIXD, en lo pertinente en dejar constancia de las evidencias colectadas mediante la técnica de Barrido, indicando que como evidencias se encontró restos minerales (tierra), colectadas en la zona anterior y posterior del piso del vehículo en referencia,.

19 EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO, FISICA (TRANSCRIPCION DE MENSAJES DE TEXTO, DIRECTORIO Y RELACION DE LLAMADAS TELEFONICAS, ENTRANTES Y SALIENTES DEL MATERIAL SUMINISTRADO). No. 9700- 058-LAB-337 de fecha 06-03-2012 realizada por el funcionario WISBELTH GALINDEZ, Experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas Subdelegación de Acarigua, practicado a un: Un Teléfono Celular Marca BlackBerry, de colores Blanco, Plateado y Negro Modelo 9780, con su respectiva Batería, correspondiente a la Línea Digitel..., en lo pertinente en dejar constancia que la evidencia incautada al imputado ALEXIS JAVIER NOGUERA RIVERO. Al Análisis Fonético A. BUZON. Se leen en los puntos 4 y 5 lo siguiente: “Nawara les dijiste, mira manco ten cuidado, un policía que es primo de nosotros me pregunto por ti y me dije que te quiere joder, que ustedes tuvieron un choy en la Tejas con una escopeta y te quiere quitar la pistola, te están casando, el policía se llama JORGE LUIS, ten cuidado...”.
20 EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO y HEMATOLOGICO No. 9700-058-LAB-335 de fecha 06-03- 2012 realizada por el funcionario WISBELTH GALINDEZ, Experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas Subdelegación de Acarigua, practicado a las muestras tomadas del cadáver de YOHANDY UBARDO ARANGUREN y que se trata de dos (2) segmentos de gasa impregnadas de una sustancia de color pardo rojizo Concluyendo: que la muestra de es de naturaleza humana, siendo imposible determinar el grupo sanguíneo al cual pertenece por lo exiguo de la muestra...”.


21 PROTOCOLO DE AUTOPSIA, de fecha 03-03-2012 suscrito por el Anatornopatólogo Forense Dr. RAFAEL LUIS BRUZUA1 VILLEGAS, practicado al cadáver del hoy occiso ARANGUREN HERNÁNDEZ YOHANDRI UBARDO, Pertinente y necesaria por cuanto a través de ella se deja constancia de las causas de muerte de dicho ciudadano.
22 ACTA DE DEFUNCION, de fecha 07/03/2012, suscrita por la Abg. YENNY DEL VALLE DELGADO RIERA, Registradora Civil de la parroquia Villa Bruzual; practicado al hoy occiso ARANGUREN HERNÁNDEZ YOHANDRI UBARDO, Pertinente y necesaria por cuanto a través de ella se deja constancia de las causas de muerte de dicho ciudadano.
IV
PRECEPTO JURÍDICO APLICABLE
Considera esta Representación Fiscal que el imputado ALEXIS JAVIER NOGUERA RIVERO, con su acción delictiva infringió la norma establecida en el artículo 405 en relación con los artículos 68 y 84 Numeral 3, del Código Penal respectivamente, que sanciona el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CON ERROR DE GOLPE EN GRADO DE COMPLICIDAD cometido en perjuicio del (Occiso) YOHANDY UBARDO ARANGUREN HERNÁNDEZ.
La especie delictiva anteriormente citada se encuentra demostrado conforme a los elementos de convicción recabados en la presente investigación penal, que no se encuentra evidentemente prescrita la acción penal para proseguirla en contra del identificado ALEXIS JAVIER NOGUERA RIVERO como autor responsable del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CON ERROR DE GOLPE EN GRADO DE COMPLICIDAD cometido en perjuicio del (Occiso) YOHANDY UBARDO ARANGUREN, hecho punible que se le imputa, en las circunstancias de lugar, tiempo y modo en que han sido relacionados al quedar demostrado su participación, por haber prestado asistencia y ayuda a su hermano CARLOS NOGUERA RIVERO (apodado El Carlitos) una vez que este dispara a mansalva la pistola calibre 9 MM que detentaba ilícitamente donde uno de los proyectiles accionados hiriera mortalmente a YOHANDY UBARDO ARANGUREN en la región deltoidea lado derecho, herida que le causa la muerte sin asistencia médica.

III

IMPOSICIÓN DE LOS HECHOS Y DEL PRECEPTO CONSTITUCIONAL

Impuesto los ciudadanos ALEXIS JAVIER NOGUERA RIVERO, al inicio del debate de imponerse del procedimiento por admisión de hechos, se le impone del hecho atribuido y del Precepto Constitucional consagrado en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela así como de la advertencia preliminar consagrada en el artículo 131 del Código Adjetivo, manifestó QUERER ACOGERSE AL PROCEDIMIENTO POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, Y POR ELLO ADMITE LOS HECHOS Y SOLICITA SE LE IMPONGA INMEDIATAMENTE LA PENA CORRESPONDIENTE.

IV
ALEGATOS DE LA DEFENSA

El defensor Privado Henry Mosquera, señaló: Que la decisión de admitir los hechos era personalísima y que su defendido entendía de que se trataba la admisión de los hechos

Solicito se proceda a dictarse condena a su defendido por el procedimiento por admisión de los hechos.

PARTICIPACIÓN y CULPABILIDAD

La Participación del ciudadano ALEXIS JAVIER NOGUERA RIVERO, en el hecho imputado no presenta ninguna duda, con motivo de su ADMISIÓN DE HECHO realizada libre y espontáneamente de conformidad con el artículo 375 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal por ello, la sentencia que en esta decisión se dicta debe ser CONDENATORIA en atención al PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS y así se decide.

PENALIDAD

El delito HOMICIDIO INTENCIONAL CON ERROR DE GOLPE EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 405, en relación con los Artículos 68 y 84 numeral 3 del Código Penal respectivamente, prevé una pena de (12) a (18) años de prisión, cuyo término medio en atención al artículo 37 del Código Penal es de (4) años de prisión, ahora bien, en virtud de que el acusado no registran antecedentes penales se rebaja a la pena mínima, menos la mitad (1/2) aplicado en atención a la admisión de los hechos, quedando en definitiva la pena de: CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal a saber: 1. La inhabilitación política durante el tiempo de la pena. 2.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, no se aplica atención a la sentencia N° 940 de fecha 21 de mayo de 2007 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia de la Dra. Carmen Zuleta de Merchan.

COSTAS


No se condena en costas al acusado, por cuando en el presente juicio no existió acusación privada y todo el cuerpo de funcionarios que participaron en el mismo son sufragados por el Estado, siguiendo así los lineamientos de la sentencia 590 de fecha 15 de abril de 2004 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

DISPOSITIVA


En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) al ciudadano: ALEXIS JAVIER NOGUERA RIVERO, venezolano, portador de la Cedula de Identidad Numero 17.601.123, de 26 años de edad, nacido en fecha 15-12-1985 y residenciado Altos de Camoruco, Lote 2, casa No. 9, Acarigua, estado Portuguesa, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CON ERROR DE GOLPE EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 405, en relación con los Artículos 68 y 84 numeral 3 del Código Penal respectivamente, cometido en perjuicio de YOHANDI UBARDO ARANGUREN HERNANDEZ, a la pena de: CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal a saber: 1. La inhabilitación política durante el tiempo de la pena. 2.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, no se aplica atención a la sentencia Nº 940 de fecha 21 de mayo de 2007 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia de la Dra. Carmen Zuleta de Merchan.

No se condena en costas por los motivos expuestos en el capitulo señalado supra.

Publíquese, diarícese y déjese copia. Este tribunal se acogió al lapso legal para publicación.

El JUEZ DE JUICIO Nº 1
ABG. NOEMI ROMERO CASANOVA DE ORTIZ


LA SECRETARIA
ABG. GENIYANA PEREIRA