PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 8 de agosto de 2012
202º y 153º

ASUNTO: PP01-V-2012-000150
DEMANDANTE: VICTORIANO RAMON GIL ORELLANA
DEMANDADA: MARIA FRANCISCA TORRES DE GIL
MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO
SENTENCIA: DEFINITIVA

Visto que en fecha 16 de abril del 2012, día y hora fijada para la Celebración de la Audiencia de Juicio, el ciudadano VICTORIANO RAMON GIL ORELLANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.958.174 y de este domicilio, en su condición de demandante, no compareció a la audiencia ni por si ni por medio de apoderado, en el presente juicio de DIVORCIO CONTENCIOSO, sin justificar su ausencia, este Tribunal declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, todo de conformidad con el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual establece se considera desistido el procedimiento cuando la parte demandante no comparece personalmente sin causa justificada a la fase de mediación de la audiencia preliminar o a la audiencia de juicio y se termina el proceso mediante sentencia oral , reducida en acta que se publica el mismo día.

D I S P O S I T I V A

Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL MISMO, en virtud de estar verificada la incomparecencia a la celebración de la audiencia de Juicio de la parte demandante ciudadano VICTORIANO RAMON GIL ORELLANA, suficientemente identificado en autos.
Dada, sellada, firmada y refrendada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en Guanare, a los ocho días del mes de agosto del año 2012. AÑOS: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.

La Jueza,

Abg. Haydee Oberto de Colmenares

La Secretaria,


Abg. Liliana Belén Barreto Arteagas.

En esta misma fecha se publicó y se consignó siendo las 1:35 p.m. Conste. La Stría.

ASUNTO: PP01-V-2012-000150
HOdeC/LBBA/lenny