REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE JUICIO

Guanare, 18 de Diciembre de 2012
Años 202° y 153°

Causa 1U-511-11

Jueza Abg. Elker Torres Caldera

Secretaria Dania Leal

Acusado: Eleos Colmenares Ramòn Alberto

Victima: Se omite por razones de Ley
Delito: Acoso U hostigamiento

Fiscalía Sexta del
Ministerio Público Abg. María Alejandra Fernández


Defensor Público Abg. Robert Pérez


Visto que la presente causa tiene pautada la continuación del juicio oral y público para el día de hoy 18 de Diciembre de 2012 a las 9:00 a.m., el cual se inicio el día Diez (10) de Diciembre del presente año; oyéndose a las partes solamente en virtud de que no compareció ningún órgano de prueba, motivo por el cual se suspendió para el día 18 de Diciembre del presente mes; oportunidad para la cual no compareció el acusado, ahora bien habiendo sobrevenido la circunstancia de que el acusado no compareció a este Tribunal, a pesar de estar debidamente notificado y siendo que hoy es el día quinto hábil siguiente para dar continuación al debate oral y público, conforme a lo previsto en el artículo 106 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia el cual establece :

“En la Audiencia de juicio actuará solo un Juez o Juez profesional .El debate será oral y público, pudiendo el Juez o Jueza decidir efectuarlo, Total o parcialmente a puerta cerrada, previa solicitud de la victima. El Juez o la Jueza deberán informar a la victima de este derecho antes del inicio del acto. La audiencia se desarrollara en un solo día; sino fuere Posible, continuara en el menor numero de días hábiles consecutivos”. Se podrá suspender por un plazo máximo de cinco días, solo en los casos siguientes:
1.- Por causa de fuerza mayor
2.- por falta de Intérprete
3.-Cuando el Defensor o la defensora o el Ministerio Público lo soliciten en razón de la ampliación de la acusación
4.-para resolver cuestiones incidentales o la práctica de algún acto fuera de la sala de audiencia
5.-Cualquier otro motivo que será considerado relevante por el Tribunal.

Por todo lo antes expuesto es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en lo penal, en funciones de Juicio Nº1 en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara interrumpido el presente juicio que se le sigue al ciudadano Eleos Colmenares Ramón Alberto, por la comisión del delito de Acoso U Hostigamiento, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; con fundamento a lo establecido en el artículo 106 Ejusdem; y acuerda fijar nueva oportunidad para el día 31 de Enero de 2013 a las 10:00 a.m. Déjese Copia de esta decisión para el Archivo del Tribunal. Líbrense las boletas de citación y háganse las participaciones del caso.

La Jueza de Juicio Nº1


Abg. Elker Torres Caldera
La Secretaria,


Abg. Dania Leal