REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua, 3 de diciembre de 2012
Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación
En la causa iniciada por solicitud presentada por OMAIRA DEL CARMEN MÉNDEZ ALEJOS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, educadora, domiciliada en Píritu, Municipio Esteller del Estado Portuguesa y titular de la cédula de identidad V-9.044.446, para que se declarara la interdicción de JOSÉ MELQUIADES MÉNDEZ ALEJOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad V-3.529.027, este Tribunal, en sentencia del 29 de junio de 2012, declaró la interdicción definitiva de éste.
Conociendo la causa por la consulta de ley, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de esta Circunscripción Judicial, confirmó la decisión, en sentencia del 9 de noviembre de 2012, la cual quedó definitivamente firme por no haber sido recurrida.
Al haber quedado firme la decisión que declaró la interdicción definitiva, este Tribunal designa como tutora definitiva del entredicho JOSÉ MELQUIADES MÉNDEZ ALEJOS a su hermana OMAIRA DEL CARMEN MÉNDEZ ALEJOS, ambos ya identificados.
El Juez

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria

Abg. Nancy Galíndez de González