REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TUREN Y SANTA ROSALIA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 20 de Enero de 2012
201° y 152

DECRETO


Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO interpuesta por la ciudadana: REINA MARIA SUAREZ DE RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, casada, oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.195.027, domiciliada en la calle 7 del Barrio Las Tejas, Jurisdicciòn del Municipio Turèn, Estado Portuguesa, asistido por el Abogado en ejercicio JESUS A. ROJAS N., titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.540.887 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 134.682. En dicho escrito solicita, se le declare, titulo suficiente para asegurarle el derecho de propiedad sobre la Bienhechuria consistente en Una (1) Casa, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del código de procedimiento civil vigente.- De las declaraciones rendidas por ante este Juzgado por las ciudadanas: ROJANA YOLIEE HERNANDEZ MENDOZA y NELLY DEL CARMEN ROMERO COROBO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 13.353.665 y V-8.662.437 respectivamente.-

Asi consta que la solicitante: Es dueña de una Bienhechuria consistente en Una (1) Casa, el cual ha construido, con dinero de su propio peculio a sus solas y únicas expensas en un área de terreno Ejidos del Municipio Turèn, Estado Portuguesa, unas mejoras bienhechurias, que mide aproximadamente según cedula catastral código Nº 18 14 01 U00 007 011 012 que mide aproximadamente TRESCIENTOS VEINTISIETE METROS CUADRADOS CON TRES CENTIMETROS EXACTOS (327,03 M2), ubicada en la calle 7, del Barrio Las Tejas Jurisdicción del Municipio Turèn, del Estado Portuguesa. Dentro de los siguientes linderos: NORTE: (12,18 MTS) Calle 07 Barrio Las Tejas que es su frente; SUR: (12,18 MTS). Terreno ocupado por Apolinar Colina; ESTE: (26.85 MTS) Terreno ocupado por Víctor Parra; OESTE: (26.85 MTS). Terreno ocupado por Antonio Valderrama, que consiste en ñuna (1) vivienda de habita familiar de


las características siguientes; paredes de bloques de cemento, Techo de acerolit, piso de cemento, puertas y ventanas de hierro, un (1) baño, un (1) corredor, tres (3) habitaciones, una (1) sala comedor, una (1) cocina, cercada en su contorno y el frente con rejilla y bloques, con los servicios de aguas blancas y negras en buen estado, la cual esta fomentada en un área de construcción que mide aproximadamente OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON VEVENTA Y CUATRO CENTIMETRO (82,94 M2) con todos los servicios Eléctricos y Sanitarios, donde tiene invertida la suma de CINCUENTA MIL BOLIVARES (BS. 50.000)

Por cuanto, no ha habido oposición, este Juzgado de los Municipios Turèn y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes, para asegurarle a la ciudadana REINA MARIA SUAREZ DE RODRIGUEZ, el derecho propiedad sobre la Bienhechuria consistente en una (1) casa y se le otorga Titulo Supletorio sobre la Bienhechuria ante descrita, quedando a salvo los derechos de terceros. dicho solicitante presento: copia fotostática de las Cédula de Identidad del solicitante, Certificado de Empadronamiento de Terreno Ejido Municipal con fin Habitacional, Cédula Catastral, plano de mensura, expedida de la Dirección de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Turèn Estado Portuguesa, copia fotostática de la Cédula de Identidad de los testigos, para que el solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las mejoras Bienhechuria consistente en una casa sobre una parcela de terreno de Ejido Municipal. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.

La Jueza Suplente Especial,

Abg. TAMARI GUTIERREZ OCANTO La Secretaria,

Abg. GLORIA S. BURGOS E.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.-
Conste:
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Solicitud Nº 13.952-2011
TGO/GSBE/oma.