REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA
DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-

Chabasquen: 17 de Enero del 2012.
Años: 201° Y 152°


EXP N°: 715/2011 OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: YOSMIL ANTONIO GIL y LUZ AIDEE LONGA LINARES, en beneficio de los niños: LUZ MARINA y YUNIOR JOSE GIL LONGA, donde ambas partes acordaron que el padre del los niños cubrirá en un 100% los gastos de Manutención de su hijo: X y la madre cubrirá el 100% los gastos de Manutención de la niña: LUZ MARINA GIL LONGA.