REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA. EXTENSIÓN ACARIGUA.

En el asunto Nº PY11-P-2005-000004, seguida al adolescente: SE OMITE POR RAZONES DE LEY, quien fue condenado por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, cometido en perjuicio del ciudadano: RICHARD ANTONIO MENDEZ, en esta fecha se Declara el CESE de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, por haber cumplido responsablemente con dicha sanción por un lapso establecido para el cumplimiento de la misma, se decreta la LIBERTAD PLENA del mencionado adolescente ,se ordena notificar a las partes y la remisión de la presente causa al Archivo Regional, una vez conste en autos las notificaciones respectivas y se cumpla el lapso legal. Publíquese, diarícese, y déjese copia. ASI SE DECIDE.