PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa
Guanare, tres de febrero de dos mil doce
201º y 152º

ASUNTO: PP01-L-2011-000336


Vista la diligencia presentada por el ciudadano JOSE LUIS RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro: 25.547.642, asistido por el abogado EDGAR MENDOZA identificado con matricula Inpreabogado bajo el Nº 134.132, en la que manifiesta que “Desiste del procedimiento”, este Tribunal, en virtud del desistimiento del procedimiento, y siendo un derecho de la parte demandante, y una de las formas permitidas de auto composición procesal, en consecuencia, en virtud de lo expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO solicitado por la parte demandante, y así se decide. Publíquese y regístrese.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en la ciudad de Guanare, Municipio Guanare del estado Portuguesa, a los tres días del mes de febrero de dos mil doce. Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Juez,


Abg. Delivett Zujeidy Quevedo Vázquez

La Secretaria,


Abg. Josefa Carmona Vargas