REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TUREN Y SANTA ROSALIA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 28 de febrero de 2012
201° y 153

DECRETO


Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO interpuesta por la ciudadana: MAVARE ORTIZ YELITZA JOSEFINA, Venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios obrera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.136.307, Domiciliada en el callejón 01 Barrio san Antonio, jurisdicción del Municipio Turèn, Estado Portuguesa, asistida por el Abogado en ejercicio JESUS A. ROJAS N., titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.540.887 inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 134.682. En dicho escrito solicita, se le declare, titulo suficiente para asegurarle el derecho de propiedad sobre la vivienda de habitación familiar, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del código de procedimiento civil vigente.- De las declaraciones rendidas por ante este Juzgado por los ciudadanos: MARTHA DEL CARMEN NUÑEZ y ARQUIMEDES JESUS ROJAS PEÑA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-5.951.072 y V-5.940.697, respectivamente.-


Así consta que la solicitante: Ha construido desde hace muchos años, con dinero exclusivo de su propio peculio y a sus solas y únicas expensas en un área de Terreno ejidos Propiedad del Municipio Turèn, Estado Portuguesa, unas mejoras y bienhechurías, que mide aproximadamente según cedula catastral código Nº 18-14-01-U00-008-010-022, DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS EXACTOS (267,85 M2), ubicada en el callejón 01 con calle carutal y campo lindo del Barrio san Antonio jurisdicción del Municipio Turèn, Estado Portuguesa, dentro de los siguientes linderos: NORTE: (19,57 MTS) Bienhechurías que son o fueron de Merquiades García; SUR: (14,00 MTS). Bienhechurías que son o fueron de Rosa Sequera; ESTE: (15,24 MTS) Bienhechurías que son o fueron de Raúl Rodríguez y OESTE: (18,35 MTS) Callejón Nro. 01 Barrio San Antonio que es su frente; que

consiste en una vivienda de habitación familiar de las características siguientes: paredes de bloques de cemento, techo de acerolit, Piso de Cemento, Puertas y Ventanas de Hierro, un (1) baño un (1) corredor, dos (2) habitaciones, Una (1) sala Comedor, Una (1) Cocina, Cercada en su contorno y el frente con rejillas y bloques, con los servicios de agua blancas y negras en buen estado, la cual tiene fomentada en área de construcción, parámetros que mide aproximadamente CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, CON CUARENTA Y SEIS CENTIMETROS (46,48 M2) con todos los servicios Eléctricos y Sanitarios, donde tiene invertido la suma de SESENTA MIL BOLIVARES (60,00Bs°°)

Por cuanto, no ha habido oposición, este Juzgado de los Municipios Turén y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes, para asegurarle a la ciudadana: MAVARE ORTIZ YELITZA JOSEFINA, el derecho de propiedad y posesión sobre el inmueble y se les otorga Titulo Supletorio sobre las Bienhechurías (VIVIENDA) antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros, dicha solicitante presento: Cedula Catastral, Plano de Mensura Y Certificado de Empadronamiento de Terreno Ejido Municipal con Fin Habitacional expedidas de la Dirección de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Turèn Estado Portuguesa; copias fotostáticas de las Cédulas de Identidad de la solicitante y de los testigos, para que la solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las mejoras Bienhechurías consistente en una Vivienda sobre un lote de terreno ejido del Municipio Turèn, Estado Portuguesa Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.

La Jueza Suplente Especial,
La Secretaria,
Abg. TAMARI GUTIERREZ OCANTO

Abg. GLORIA S. BURGOS E.

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.-
Conste:
____________________
Solicitud Nº 13.983-2012
TGO/GSBE/atr.