REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TUREN Y SANTA ROSALIA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 29 de febrero de 2012
201° y 153
DECRETO
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO interpuesta por las ciudadanas: BELKIS NERALDI MIRABAL MARTINEZ y GREGORIA DEL CARMEN MIRABAL MARTINEZ, mayores de edad, solteras, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-10.637.253 y V-11.076.365, respectivamente, asistidas por la Abogada en el libre ejercicio GRACIELA DA CONCEICAO GOMES DIAS, mayor de edad, Portugués, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº E-82.053.538 inscrito en el Inpreabogado de Venezuela bajo el Nº 133.456. En dicho escrito solicitan, se le declare, titulo suficiente de propiedad sobre los bien inmuebles (dos casas), todo de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del código de procedimiento civil vigente.- De las declaraciones rendidas por ante este Juzgado por las ciudadanas: ISBERLIA MARGARITA ALDANA DE MONJE y ANNHELIS GERALDIN CONTRERAS AGUERO, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-4.603.965 y V-20.616.114, respectivamente.-
Así consta que las solicitantes: En una parcela de Terreno Municipal, ubicada en la Calle Nº 2, Barrio Nuevo, casa S/N en Villa Bruzual, Municipio Turèn en el Estado Portuguesa y consta el debido terreno de una superficie de TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO CON SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS (378,73 Mts2) y CIENTO VEINTISIETE CON NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (127,99 Mts2) de Construcción, donde han construido a sus solas y únicas expensas, Dos (2) casas de bloques, piso de concreto, vigas de hierro y techo de Zinc; dichas casas constan cada una de una (1) planta distribuida de la siguiente manera: Sala-Comedor, Cocina, un Cuarto de Baño con todos sus accesorios y Dos (2) Dormitorios, encontrándose las mismas de la siguiente manera: NORTE: Calle 2 Barrio Nuevo (que es su frente con una longitud de (12,27 mts.) SUR: Bienhechurías que es o funde de Ignacio Torres con
una longitud de 12,20 mts); ESTE: Bienhechurías que es o funde de Nohely Rivero con una longitud de (31,12 mts); OESTE: Av. 2 Barrio Nuevo, bienhechurías que es o funden de Leisle Martínez con una longitud de (2,40 y 28,72 mts). El costo de dichas casas, es la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,00) sin inclusión del terreno sobre el cual están construidas.
Por cuanto, no ha habido oposición, este Juzgado de los Municipios Turén y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes, para asegurarle a las ciudadanas: BELKIS NERALDI MIRABAL MARTINEZ y GREGORIA DEL CARMEN MIRABAL MARTINEZ, el derecho de propiedad y posesión sobre los inmuebles y se les otorga Titulo Supletorio sobre las Bienhechurías Dos (2) casas antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros, dichas solicitantes presentaron: Cedula Catastral, Plano de Mensura Y Certificado de Empadronamiento de Terreno Ejido Municipal con Fin Habitacional expedidas de la Dirección de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Turèn Estado Portuguesa; copias fotostáticas de las Cédulas de Identidad de la solicitante y de los testigos, y las respectivas Constancias de Residencias, para que las solicitantes se provean del respectivo Título Supletorio sobre las mejoras Bienhechurías consistente en dos (2) casas, sobre un lote de terreno ejido del Municipio Turèn, Estado Portuguesa. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Jueza Suplente Especial,
La Secretaria,
Abg. TAMARI GUTIERREZ OCANTO
Abg. GLORIA S. BURGOS E.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.-
Conste:
____________________
Solicitud Nº 13.954-2011
TGO/GSBE/atr.
|