Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: Silvia Montilla Torres y Luis Carlos Barroeta, titulares de las cedulas de identidad Nros. 12.237.657 y 13.118.718, respectivamente, en consecuencia se acuerda oficiar a la Dirección de Recursos Humanos de la Gobernación del estado Portuguesa, a objeto de que realicen los descuentos por concepto de Recaudación de Obligación de Manutención fijada en sentencia de divorcio de fecha: 02 de marzo de 2011, a favor de su hija: xx, por la cantidad de doscientos bolívares, (Bs.200,00) mensuales, y el doble de la cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada ańo, para útiles escolares y estrenos decembrinos, y el 50% de medicina cuando sea necesario, y por cuanto el mencionado ciudadano presenta una deuda por la cantidad de dos mil doscientos (Bs.2.200,00), se ordena el descuento de dicho monto de manera fraccionada a razón de cien bolívares (Bs.100,00) mensuales, quinientos bolívares (Bs.500,00) del Bono Vacacional, y un mil bolívares (Bs.1.000,00) en el mes de diciembre, hasta cubrir la deuda. Se ordena que dicha cantidad sea depositada por ante el Banco Bicentenario en una cuenta de ahorro que será aperturaza por la ciudadana: Silvia Montilla Torres