Vista la aceptación hecha por la ciudadana: GISELA DEL CARMEN MONTILLA, titular de las cédula de identidad Nş 14.569.727, en beneficio de sus hijas: xx y xx donde el ciudadano: JOSE ELECTO CANELON, ofreció aumentarle a sus hijas la cantidad de quinientos bolívares (Bs.500,oo) mensuales, el doble de la cantidad en el mes de diciembre de cada ańo más un bono de mil bolívares en ese mismo mes, la compra de útiles escolares y el pago de un 50% de los gastos ocasionados por medicamentos en caso de enfermedad