REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE EJECUCION Nº 02

Guanare, 06 de Julio de 2012
Años: 202° y 153°

No. ________-12
CAUSA N° 2E-510-11.

JUEZA DE EJECUCION No.2 Abg. Claudia Rizza Diaz.
PENADO COLLAZO ESCALONA FÉLIX ANTONIO
DEFENSORA PUBLICA
Abg. Elsy Cadenas.
FISCAL
Sexta del Ministerio Publico.
DELITO: HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en El artículo 407 del Código Penal Venezolano en perjuicio del ciudadano Betancourt Piñero Luis Mario (Occiso).
SECRETARIO Abg. Rene Badillo.

ASUNTO: Modificación de Pernoctas.
Corresponde a este tribunal emitir pronunciamiento sobre la solicitud realizada por el penado, FELIX ANTONIO COYAZO ESCALONA, Venezolano, natural de Bucaral de Córdoba Estado Portuguesa, de 47 años de edad, de profesión u oficio Caficultor, nacido el 02/05/1962, titular de la cedula de identidad Nº 7.419.689 y residenciado en el Caserío Fila de Oro, vía Principal, Parcela S/N, Guanare Estado Portuguesa, referida a extender la pernocta en el Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal, y se decide bajo las siguientes consideraciones:
El ciudadano FELIX ANTONIO COYAZO ESCALONA, fue condenado a cumplir mediante sentencia definitivamente firme la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por ser autor y responsable del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en El artículo 407 del Código Penal Venezolano en perjuicio del ciudadano Betancourt Piñero Luis Mario (Occiso).

En fecha 17/11/2.011, se le otorgo la Formula Alterna de Cumplimiento de Pena de Destacamento de Trabajo al penado FELIX ANTONIO COYAZO ESCALONA, donde se determino que debía pernoctar los fines de semana, en el Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal (I. P. E. C. A. A).

DISPOSITIVO

Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución Nº 2 adscrito a este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la modificación del horario de pernoctar en el Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal de esta ciudad un día sábado y domingo al mes, al penado FELIX ANTONIO COYAZO ESCALONA, Venezolano, natural de Bucaral de Córdoba Estado Portuguesa, de 50 años de edad, de profesión u oficio Caficultor, nacido el 02/05/1962, titular de la cedula de identidad Nº 7.419.689 y residenciado en el Cacerio Fila de Oro, via Principal, Parcela S/N, Guanare Estado Portuguesa. Ofíciese lo conducente y ordénese el Traslado para imponerle de la decisión tomada el día de hoy. Cúmplase.-.



LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 2,


ABG. CLAUDIA SANDINA RIZZA DIAZ.

EL SECRETARIO


ABG. RENE BADILLO.


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto. Conste.