REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TUREN Y SANTA ROSALIA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 30 de Julio de 2012
202° y 153
DECRETO


Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO interpuesta por el ciudadano: MARIA ESTILITA LOBATON DE CECERE, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-1.121.803, de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio FREDY MATUTE RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.126.810, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 10.985. En dicho escrito solicita, se le otorgue titulo supletorio de propiedad suficiente sobre una vivienda familiar, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del código de procedimiento civil vigente.- De las declaraciones rendidas por ante este Juzgado por los ciudadanos: JUANA RAFAELA PALMERO DE CAMACARO y FELIX RAMON NOGUERA GALLARDO, mayores de edad, venezolanos, casados, domiciliados en la avenida 7 entre calles 5 y 8 del Barrio Andrés Eloy Blanco, del Municipio Turèn Estado Portuguesa, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 1.127.611 y V- 1.436.486, respectivamente.-

Así consta que el solicitante: fomento unas mejoras y bienhechurías, con sus propias expensa y con su dinero de su propio peculio, construyo una VIVIENDA FAMILIAR, sobre una parcela de terreno Municipal, ubicada en el Barrio Andrés Eloy Blanco, avenida 7, población de Villa Bruzual, Municipio Turén del Estado Portuguesa, en la parcela de terreno con una extensión de QUINIENTOS VEINTIUN METROS CUADRADOS CON QUINCE CENTIMETROS CUADRADOS (521,15Mts2) comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: en treinta y cinco con veinticinco metros lineales (35,25 Mts); con bienhechurías que son o fueron de Félix Noguera; SUR: en treinta y ocho con ochenta metros lineales (38,80 MTS), con bienhechurías que son o fueron de Ligia Sánchez; ESTE: en catorce con dieciocho metros lineales (14,18 MTS), con prolongación avenida N° 07; y OESTE: en catorce con dieciocho metros lineales (14,18 MTS), con avenida 07, Barrio Andrés Eloy Blanco, que es su frente, dicha vivienda familiar tiene una área de construcción de CUATROCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS CON UN CENTIMETRO CUADRADO (440,01 Mts2), fabricadas con paredes de bloques frisados, techo de platabanda y acerolit, piso de cemento recubierto con granito en parte, cercada en todo su perímetro con paredes de bloques,



portón, puertas, ventanas y rejas de hierro, la cerca perimetral pertenece en propiedad exclusiva al inmueble referencia, no teniendo en consecuencia, los propietarios de inmueble colindante, ningún derecho de acción sobre la cerca en cuestión. La vivienda familiar consta de dos (2) plantas: La planta baja, consta de cinco (05) habitaciones, sala-comedor, un (1) baño, cocina, y un anexo en la parte posterior que consta del lavadero, un galpón para depósito y estacionamiento de vehículos. La planta alta constas de una habitación y un baño, invirtiendo la cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 440,000 ).-
Por cuanto, no ha habido oposición, este Juzgado de los Municipios Turén y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle, a la ciudadana: MARIA ESTILITA LOBATON DE CECERE, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre la VIVIENDA FAMILIAR antes descritas y se le otorga Titulo Supletorio sobre la referida vivienda familiar, quedando a salvo los derechos de terceros, dicha solicitante presento: copias fotostáticas de las Cédulas de Identidad de su persona y testigos, Cédula Catastral, Plano de Mensura, expedidas por la Oficina Municipal de Catastro del Municipio Turèn, Estado Portuguesa, para que la solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre la vivienda familiar antes descrita, sobre una parcela de terreno del Municipio Turèn. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Jueza Suplente Especial,
La Secretaria,
Abg. TAMARI GUTIERREZ OCANTO
Abg. GLORIA S. BURGOS E
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:

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Solicitud Nº 14065-2012
TGO/GSBE/oma