REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENENEZUELA
EN SU NOMBRE




JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PAEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.


Acarigua, 10 de Julio de 2012
Años: 202° y 153°

Vista la diligencia inserta al folio 19 de fecha 02 de Julio de 2012, suscrita por la ciudadana: LUISA CORTEZA TORREALBA NADALES, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.607.428. Respectivamente asistido por el Abogado: JULIO CESAR TERÁN PACHECO, titular de la cédula de identidad N°V-7.543.454, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 149.793, mediante la cual DESISTE en todas y cada una de sus partes a la presente demanda, y solicita se le sean devueltos los originales que rielan en el expediente de esta causa. Este Tribunal acuerda lo solicitado.

En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PÀEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el Desistimiento efectuado por la actora, se da por terminado el presente juicio y, se ordena el archivo del presente expediente, devuélvanse los originales de dichos documentos y déjense en su lugar copia fotostáticas certificadas por Secretaria.

La Juez,



Abog. ARACELIS AGUILLON MEZA,
La Secretaria Temporal,


Leslieth Colmenarez

Seguidamente se cumple con lo ordenado en auto anterior.

Conste:


COLMENAREZ-SECRETARIA

AAM/dg.-
Causa Nº 1474-2012