En horas de Despacho del día de hoy treinta y uno (31) de Julio de 2012, este Juzgado Ejecutor de Medidas, siendo las 9:55 am, se trasladó y constituyó en el centro comercial Country Market, ubicado en la avenida libertador (31) entre calles 26 y 27 de la ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa, una parcela sin numero el Toco, sector mata de Noche de Ospino Estado Portuguesa, a los efectos de practicar medida Cautelar Innominada, decretada por el Juzgado Superior en lo Civil, mercantil, del Tránsito y con competencia Transitoria en Protección del Niño, Niña y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción del Estado Portuguesa, concerniente que se coloque provisionalmente a los demandantes Juan Carlos Calderón, Oscar Sandoval, Eunice Rafaela Rivas, Norma Lourdes Amaris Parra, Katiuska Beriosca Delgado Abreu, Ángela Rosa López, Wilmer Pastor Frías Daza y Eligio Santeliz Montenegro en el uso goce de los inmuebles consistente en lo locales 49,50,51,35,36,80,81,18-A, 67, 13 y 18-C respectivamente, tal como lo establece la causa No 2012/033, del Jugado primero de Primera Instancia en lo Civil, mercantil y tránsito del segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en el juicio que por Cumplimiento de Contrato siguen los ciudadanos Juan Carlos Calderón, Oscar Sandoval, Eunice Rafaela Rivas, Norma Lourdes Amaris Parra, Katiuska Beriosca Delgado Abreu, Ángela Rosa López, Wilmer Pastor Frías Daza y Eligio Santeliz Montenegro. Seguidamente el Tribunal previa notificación procede a nombrar como Perito al ciudadano Alonso Chirinos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.609.209, quien estando presente expone: “Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo”. Así mismo manifestó que sus honorarios ascienden a la cantidad de ciento cincuenta bolívares (bs 150, oo), cada hora. Seguidamente el Tribunal previa notificación procede a nombrar como Depositaria a la Depositaria Judicial Portuguesa C.A representada por su Representante Legal ciudadana Restituta del Carmen Mena, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de Identidad No 4.244.833, como Depositaria Judicial, quien estando presente expone: “Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo”. Seguidamente el Tribunal una vez constituido y acompañado del apoderado actor Abg. Georges Gharghour, inpreabogado No 66.812 procede a notificar de su misión al ciudadano Sandoval Oscar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 5.945.784, hábil de este domicilio por lo que el Tribunal antes de colocar provisionalmente al notificado en el uso y goce de los inmuebles referidos a los locales Nos 35 y 36 deja constancia que ambos locales forman una unidad para el momento de la medida. En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara y coloca en posesión provisionalmente los locales 35 y 36 al ciudadano Sandoval Oscar, ya identificado, tal como establece el despacho de comisión en el uso y goce del mismo, quien estando presente expone:” recibo conforme los locales 35 y 36 del Centro Comercial Country Market, es todo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar de su misión al ciudadano Calderón Soterani Juan Carlos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No10.642.141, hábil de este domicilio debidamente asistido por el abogado Georges Gharghour, inpreabogado No 66.812. Este Tribunal antes de colocar provisionalmente al notificado en el uso y goce de los inmuebles 49,50 y 51 deja constancia que los mismos conforman una unidad para el momento de la medida. En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara y coloca en posesión provisionalmente los locales 49,50 y 51 al ciudadano Calderón Soterani Juan Carlos, ya identificado, quien estando presente expone:” Recibo conforme los locales 49,50,y 51 del Centro Comercial Country Market, es todo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar de su misión a la ciudadana Rivas Eunice Rafaela, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No10.136.905, hábil de este domicilio debidamente asistida por el abogado Georges Gharghour, inpreabogado No 66.812. Este Tribunal antes de colocar provisionalmente a la notificada en el uso y goce del inmueble 80 deja constancia que el mismo se encuentra libre de bienes y personas para este momento de la medida. En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara y coloca en posesión provisionalmente el local 80 a la ciudadana Rivas Eunice Rafaela, ya identificada, quien estando presente expone:” Recibo conforme el local No 80 libre de bienes y personas del Centro Comercial Country Market, es todo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar de su misión al apoderado actor abogado Georges Gharghour, en representación de la demandante Katiuska Beriosca Delgado Abreu. Este Tribunal antes de colocar provisionalmente a la notificada en el uso y goce del inmueble 81 deja constancia que el mismo se encuentra libre de bienes y personas para este momento de la medida. En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara y coloca en posesión provisionalmente el local 81 al apoderado actor abogado Georges Gharghour, en representación de la demandante Katiuska Beriosca Delgado Abreu, quien estando presente expone:” Recibo conforme el local No 81 libre de bienes y personas del Centro Comercial Country Market, es todo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar de su misión a la ciudadana López Ángela Rosa , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 3.868.544, hábil de este domicilio debidamente asistida por el abogado Georges Gharghour, inpreabogado No 66.812. Este Tribunal antes de colocar provisionalmente a la notificada en el uso y goce del inmueble 67 deja constancia que el mismo se encuentra libre de bienes y personas para este momento de la medida. En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara y coloca en posesión provisionalmente el local 67 a la ciudadana López Ángela Rosa, ya identificada, quien estando presente expone:” Recibo conforme el local No 67 libre de bienes y personas del Centro Comercial Country Market, es todo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar de su misión al ciudadano Frías Wilmer Pastor, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 13.787.487, hábil de este domicilio debidamente asistido por el abogado Georges Gharghour, inpreabogado No 66.812. Este Tribunal antes de colocar provisionalmente al notificado en el uso y goce del local No 18-C deja constancia que el mismo se encuentra libre de bienes y personas. En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara y coloca en posesión provisionalmente del local 18-C al ciudadano Frías Wilmer Pastor, ya identificado, quien estando presente expone:” Recibo conforme el local No 18-C del Centro Comercial Country Market, es todo Seguidamente el Tribunal procede a notificar de su misión a la ciudadana Amaris Parra Norma Lourdes, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 17.796.866, hábil de este domicilio debidamente asistido por el abogado Georges Gharghour, inpreabogado No 66.812. Este Tribunal antes de colocar provisionalmente a la notificada en el uso y goce del local No 18-A deja constancia que el mismo se encuentra libre de bienes y personas. En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara y coloca en posesión provisionalmente del local 18-A a la ciudadana Amaris Parra Norma Lourdes, ya identificada, quien estando presente expone:” Recibo conforme el local No 18-A del Centro Comercial Country Market. Seguidamente el Tribunal procede a notificar de su misión al apoderado actor abogado Georges Gharghour, en representación del ciudadano Eligio Santeliz Montenegro demandante. Este Tribunal deja constancia que el ciudadano Eligio Santeliz Montenegro no se encuentra en el centro Comercial para el momento de este acto por lo que se procede a hacer la entrega provisionalmente del local 13 libre de bienes y personas para este momento de la medida al apoderado actor Abg. Georges Gharghour, ya identificado. En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara y coloca en posesión provisionalmente el local 13 libre de bienes y personas al apoderado actor abogado Georges Gharghour, en representación del demandante Eligio Santeliz Montenegro , quien estando presente expone:” Recibo conforme el local No 13 libre de bienes y personas del Centro Comercial Country Market, es todo. El Tribunal da por cumplida su misión y siendo las 11:00 am resuelve volver a su sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez
Abg. Ana Dolores Monagas C.
El Apoderado actor;
Abg. Georges Gharghour
Los Notificados Demandantes;
Oscar Sandoval. (35 y 36)
Juan C. Calderón./49,50 y 51)
Georges Gharghour en representación de Katiuska B. Delgado. (81)
López Ángela Rosa. (67)
Frías Daza Wilmer. (18-C)
Norma L Amaris P (18-A)
Georges Gharghour en representación de Eligio Santeliz (13)
El Perito;
Alonso Chirinos.
La Depositaria
Restituta del Carmen Mena
La Secretaria
Abg. María E. Cardozo S.
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