PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa
Guanare, 6 de julio de 2012
202º y 153º
ASUNTO: PP01-J-2012-000467
En el día de hoy, viernes 06 de julio de 2.012, siendo la oportunidad fijada por este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y en Funciones de Ejecución del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, para la celebración de la Audiencia Preliminar Única dispuesta en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y llegada la hora de la misma, procede el Alguacil adscrito a este Circuito, ciudadano RIWILL JOSÉ VILLARROEL, a realizar el llamamiento de las partes interesadas en la en el presente asunto de Divorcio con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la ciudadana: JOSEFA DEL ROSARIO HERRERA MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.992.083, en su condición de cónyuge solicitante. Igualmente se deja constancia de la incomparecencia del ciudadano IRAK JESÙS ALVAREZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.139.605, en su condición de cónyuge al que fue debidamente notificado según se evidencia al folio 15. En consecuencia vista la incomparecencia del cónyuge ciudadano IRAK JESÙS ALVAREZ RODRIGUEZ, este Tribunal declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, a tenor de lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil, el cual establece que:
Artículo 185-A:
Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común.
omissis
Admitida la solicitud, el Juez librará sendas boletas de citación al otro cónyuge…omissis…
El otro cónyuge deberá comparecer personalmente ante el Juez en la tercera audiencia después de citado. …omissis…
Si el otro cónyuge no compareciere personalmente o si al comparecer negare el hecho, o si el Fiscal del Ministerio Público lo objetare, se declarará terminado el procedimiento y se ordenará el archivo del expediente. (Fin de la Cita-Resaltado del Tribunal)
De la norma transcrita se evidencia que en el presente procedimiento se encuentran configurados los supuestos de la norma sustantiva, aplicada supletoriamente por disposición del artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en virtud de lo cual la presente solicitud se declara SIN LUGAR. En tal sentido, se ordena el desglose del documento original inserto al folio 05 de la causa y en su defecto dejar copia fotostática simple, de igual forma, se acuerda el cierre de la presente causa y su remisión al Archivo Judicial. Cúmplase.
La Jueza,
Abg. Pastora Peña Garcías
Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
La Secretaria Temporal,
Abg. Juleidith Virginia Pacheco de Ramos
PPG/Juleidith.
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