PODER JUDICIAL
Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 4 de Julio de 2012
202º y 153º

ASUNTO: PP01-R-2012-000113
RECURSO DE APELACIÓN.

Vista la diligencia presentada por la parte recurrente, ciudadanas: GIOVANNA VIVIANA VITALE de GÓMEZ y ANNA LEA VITALE RENZI, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.584.970 y 13.071.913, respectivamente; suscrita por su co-apoderada judicial Abogada JEANNIE PIÑERO ÁVILA, inscrita en el Inpreabogado con el N° 26.998; en la que desisten del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 14 de Marzo de 2012, dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa, extensión Acarigua; por cuanto no se violentan derechos de terceros ni normas de orden público; este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PROCEDENTE Y HOMOLOGA el desistimiento presentado. Y Así se Establece.
En consecuencia, se da por terminado el procedimiento por ante esta Alzada y se ordena la remisión al Tribunal original de la Causa.
En cuanto a la solicitud de designación de correo especial para que traslade el expediente hasta su Tribunal de origen, se niega tal pedimento por no ser procedente. Y Así se Establece.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa, en Guanare, a los Cuatro días del mes de Julio de Dos Mil Doce. 202° y 153°.
LA JUEZA SUPERIOR,



Abg. MÓNICA FANZUTTO DÍAZ
LA SECRETARIA,


Abg. MARÍA C. ALONSO

Publicada en su fecha, a la hora que indica el sistema iuris. Conste,


Scría.