REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE JUICIO
Guanare, 06 de Junio de 2012
Años 202° y 153°
CAUSA: 3U-625-12
AUTO MEDIANTE EL CUAL SE ORDENA LA CONSTITUCIÓN DEL
TRIBUNAL UNIPERSONAL
Examinadas las actuaciones que obran en autos se observa en el presente proceso que en fecha 08/05/2012, se celebró sorteo ordinario para la constitución del Tribunal Mixto que ha de conocer en La presente causa seguida en contra del Acusado IZAGUIRRE CAZAREZ FÉLIX JOSÉ, Venezolano, natural del Estado Vargas, de 34 años de edad, de fecha de nacimiento 21/09/1977, soltero, conductor, titular ele la cédula de identidad N° V-12.461.275, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE AUTORÍA y LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en los artículos 458 en relación con los artículos 83 y 415 todos del Código Penal Venezolano, y QUINTERO BETANCOURT GTOVANNY ANTONIO, Venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, de 43 años de edad, de fecha de nacimiento 24/11/1968, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad N° V-7.953.700, residenciado en la Urbanización Virgen de Coromoto, calle H, casa N° 33, Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículos 458 en relación con el artículo 83 ambos del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano Arroyave Arango Carlos Alexander, siendo fijado dicho acto de Constitución para el día 06 de Junio de 2012, a las 2:00 de la tarde, por lo que en la sucesión de actos procesales se tiene que:
Por auto de fecha 17 de Mayo de 2012, visto el escrito presentado por el Abg. Roger José Díaz Paradas, en el cual solicita para su defendido la revisión de medica de conformidad con el Artículo 8 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de cambiarla por una menos gravosa, el tribunal acordó pronunciarse al respecto, previa audiencia de Constitución de Tribunal fijada para el día ocasión en la cual una vez verificada la presencia de las partes, se dejó constancia de la inasistencia de los escabínos; tomando la palabra el Defensor Privado Abg. Roger Díaz Parada quien solicitó al Tribunal se constituya en Tribunal Unipersonal a razón de la celeridad procesal; por lo que de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se deja sin efecto la segunda convocatoria para la constitución del Tribunal Mixto, y se acuerda fijar Juicio Oral y Público Unipersonal.

En consecuencia, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve ordenar la celebración del juicio oral y público de manera UNIPERSONAL en la presente causa fijando su celebración para el día 03 de Lulio de 2012 a las 10:00 de la mañana. Quedan notificadas las partes presentes. Diarícese, Regístrese y certifíquese.-
LA JUEZAS DE JUICIO N° 03,
Abg. Carmen Zoraida Vargas López.
LA SECRETARIA
Abg. Nesyeli Caicedo
Seguidamente se cumplió. Conste.