REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 3 de Junio de 2012
AÑOS: 202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2012-002229
ASUNTO : PP11-P-2012-002229
Compete este Tribunal pronunciarse sobre la solicitud planteada, Abg Quienes suscriben, Abg. GUSTAVO ALBERTO SÁNCHEZ y Abg. ALBIZABETH CHACON, Fiscal Principal y Fiscal Auxiliar Tercero del Ministerio Público del Segundo Circuito del Estado Portuguesa, en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 285 Ordinal 4° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Artículo 108, Ordinal 10, y 373 deI Código Orgánico Procesal Penal, ante usted, con el debido respeto ocurro para realizar la presentación del aprehendido JESUS DE LAS MERCEDES SÁNCHEZ CASTEJON, en los siguientes términos:
A los fines de solicitar la calificación de Flagrancia en relación a la aprehensión del imputado JESUS DE LAS MERCEDES SANCHEZ CASTEJON, venezolano, de 35 años de edad, soltero, chofer, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.250.416, residenciado en la avenida Juan Maldonado con calle 9 casa sin numero detrás del Banco Provincial Barrio el Carmen San Cristóbal Estado Táchira. Seguidamente esta representación Fiscal del Ministerio Público procede a narrar los hechos que originaron la aprehensión flagrante del mencionado imputado de la siguiente manera:
El día Jueves 31 de Mayo de 2012, siendo aproximadamente las 03:00 horas de la tarde, cuando el ciudadano JESUS DE LAS MERCEDES SANCHEZ CASTEJON, se desplazaba a bordo de un vehiculo CLASE CAMION, PLACAS AOOAR6S, MARCA MITSUBISHI, TIPO FURGON, MODELO CANTER FE-444, COLOR BLANCO, AÑO 1997, USO CARGA, S/C 8X1FE444EV0000167, por la avenida principal vía hacia Espinital en sentido norte-sur y al llegar al frete de la bloquera Unión realiza una maniobra de retorno colisionando con el ciudadano JAVIER MIGUEL LOVERA CORDOVA, que se desplazaba a bordo de un vehiculo CLASE MOTOCICLETA, PLACAS SIN PLACAS, MARCA BERA, TIPO PASEO, MODELO BR-200, COLOR ROJO, AÑO 2007, USO PARTICULAR, S/C LBRSPKBOX79000992O, por la avenida principal vía hacia Espinital en sentido norte-sur resultando lesionado el ciudadano JAVIER MIGUEL LOVERA CORDOVA (conductor) y su acompañante el ciudadano HENNRYS JESUS MORENO SUAREZ, posteriormente fallece el ciudadano JAVIER MIGUEL LOVERA CORDOVA.
Cursa en el expediente Acta Policial que se acompaña de fecha 31/05/2012, suscrita por el funcionario: DISTINGUIDO. MICHAEL MICHEL PABON LONDONO (TT) Placa N° 7806, adscrito al Cuerpo Técnico de Vigilancia del Transito y Transporte Terrestre, Comando de Unidad N° 54, Acarigua, quien deja constancia de la siguiente diligencia policiales practicadas en la siguiente investigación: De las circunstancias de Tiempo, modo y lugar de cómo sucedieron los hechos, dejándose constancia de la colision entre dos vehiculos, con una (01) persona lesionada y una (01) persona fallecida, así como la identificación de los mismos, la identificación de los vehículos, la posición final de los vehículos y las posibles causas que influyeron en su comisión.
Cursa en el expediente INFORME DEL ACCIDENTE DE TRANSITO, de fecha 31/05/2012, suscrito por el funcionario DISTINGUIDO. MICHAEL MICHEL PABON LONDONO (TT) Placa N° 7806, adscrito al Cuerpo Técnico de Vigilancia del Transito y Transporte Terrestre, Comando de Unidad N° 54, Acarigua, quien deja constancia de la descripción del accidente, ubicación, datos de los vehículos y de los conductores involucrados, condiciones de seguridad de los vehículos,
infracciones verificadas por el vigilante de transito terrestre, condiciones de la vía, obstáculo de la vla, condiciones climatologicas y visibilidad, obstáculos que limitaron en el campo visual y maniobra del conductor y de los daños ocurridos a e los vehículos. Cursa en el expediente CROQUIS DEL TRANSITO, de fecha 31/05/2012, suscrito por el funcionario DISTINGUIDO. MICHAEL MICHEL PABON LONDOÑO (TT) Placa N° 7806, adscrito al Cuerpo Técnico de Vigilancia del Transito y Transporte Terrestre, Comando de Unidad N° 54, Acarigua, quien deja constancia del traslado al sitio del suceso: AVENIDA PRINCIPAL VIA A ESPINITAL FRETE A LA BLOQUERA LA UNION ACARIGUA ESTADO PORTUGUESA, donde resulto lesionado el ciudadano HENNRYS JESUS MORENO SUAREZ Y AL CIUDADANO JAVIER MIGUEL LO VERA CORDOVA (hoy occiso) Cursa en el expediente Experticias de Reconocimiento de Seriales N° 02 de fecha 31/05/2012, suscrita por el experto DISTINGUIDO. MICHAEL MICHEL PABON LONDONO (TT) Placa N° 7806, practicado a un vehiculo: CLASE MOTOCICLETA, PLACAS SIN PLACAS, MARCA BERA, TIPO PASEO, MODELO BR-200, COLOR ROJO, AÑO 2007, USO PARTICULAR, S/C 1 LBRSPKBOX79000992O (ORIGINAL). Cursa en el expediente Acta de Imputación Material del ciudadano JESUS DE LAS MERCEDES SANCHEZ CASTEJON, de conformidad con el Articulo 125 deI Código Orgánico Procesal Penal.
Ahora bien en relación a la Medida de Coerción Personal, Precalificación Jurídica y el Procedimiento a solicitar, el Fiscal del Ministerio Publico expondrá directamente ante el Juez en Funciones de Control que corresponda realizar la referida Audiencia Oral de Presentación de • o, de conformidad con el Articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente.
Asimismo solicito se sirva verificar en el Sistema Juris el Registro de Medidas Cautelare sutivas otorgadas por los Juzgados de Control de este Circuito Judicial al identificado imputado, • fines que sea agregados a la presente Causa.
Cursa en el expediente constancia médica suscrita por la Dr. VICTOR SOTELDO, donde se deja constancia que el ciudadano JAVIER MIGUEL LOVERA CORDOVA, quien sufrió: traumatismo craneoencefálico severo
Cursa en el expediente constancia médica suscrita por la Dr. VICTOR SOTELDO, donde se deja constancia que el ciudadano HENNRYS JESUS MORENO SUAREZ, quien sufrió traumatismo craneoencefálico moderado
Cursa en el expediente Experticias de Reconocimiento de Seriales N° 01 de fecha 31/05/201 2, suscrita por el experto DISTINGUIDO. MICHAEL MICHEL PABON LONDONO (TT) Placa N° 7806, practicado a un vehiculo: CLASE CAMION, PLACAS AOOAR6S, MARCA MITSUBISHI, TIPO FURGON, MODELO CANTER FE-444, COLOR BLANCO, AÑO 1997, USO CARGA, SIC 8X1 FE444EV0000167 (ORIGINAL).
DESARROLLO DE LA AUDIENCIA ORAL.
inmediatamente cede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público a los fines de que exponga el contenido de su solicitud, quien hizo una relación clara y detallada de como se originaron los hechos, señalando las circunstancias de tiempo, lugar y modo, solicitó se le tome declaración informativa al imputado, solicitando se califique la detención en flagrancia y se le decrete MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD establecida en el artículo 256 ordinales 3 del Código Orgánica Procesal Penal por la comisión del delito LESIONES CULPOSAS BASICAS, previsto y sancionado en el articulo 416 en concordancia con el articulo 420 numeral 2° ambos artículos del CODIGO PENAL, cometido en perjuicio de ENRRYS JESUS MORENO SUAREZ y el delito de HOMICIDIO CULPOSO previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio de JAVIER MIGUEL LOVERA CORDOVA (OCCISO). Acto seguido la Jueza se dirigió al imputado JESUS DE LAS MERCERDES SANCHEZ CASTEJON , procediendo a informarles del contenido del Precepto Constitucional previsto en el Artículo 49 ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de la Advertencia Preliminar consagrada en el Artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, acto seguido procedió a interrogar a los imputados solicitándose manifestaran al Tribunal si deseaban rendir declaración, a lo que manifestaron en forma individual NO querer rendir declaración. Acto seguido la Jueza le concede el derecho a la defensora Abogada MARGARIS GUERRA, quien entre otras cosas manifestó no oponerse a la imposición de la medida solicitada. Y en este acto solicito se le sea acorada Copias simples de la Presente acta y del acta de Juramentación Es todo
III
Vistos los hechos anteriormente explanados, observa esta juzgadora que en el presente caso, se encuentra acreditada la comisión de un hecho punible, cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, que se tipifica en nuestra norma sustantiva penal como LESIONES CULPOSAS BASICAS, previsto y sancionado en el articulo 416 en concordancia con el articulo 420 numeral 2° ambos artículos del CODIGO PENAL, cometido en perjuicio de ENRRYS JESUS MORENO SUAREZ y el delito de HOMICIDIO CULPOSO previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio de JAVIER MIGUEL LOVERA CORDOVA (OCCISO), de manera que existen suficientemente elementos de convicción en contra del hoy imputado, en este mismo orden de ideas por la entidad del delito se encuentran llenos los extremos para acodar una media cautelar sustitutiva de libertad consistente en la PRESENTACIÓN ANTE ESTE TRIBUNAL O ANTE LA FISCALIA DEL MINSITERIO PUBLICO LAS VECES QUE SEA REQUERIDO todo de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal consístete en presentación cada 30 días por ate el alguacilazgo de este circuito.. De igual forma se acuerda la Flagrancia por estar llenos los extremos del artículo 248 eiusdem y el Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 373 del mismo texto adjetivo penal. ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRMERO: Decreta la aprehensión en flagrancia del ciudadano JESUS DE LAS MERCEDES SANCHEZ CASTEJON, venezolano, de 35 años de edad, soltero, chofer, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.250.416, residenciado en la avenida Juan Maldonado con calle 9 casa sin numero detrás del Banco Provincial Barrio el Carmen San Cristóbal Estado Táchira por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS BASICAS, previsto y sancionado en el articulo 416 en concordancia con el articulo 420 numeral 2° ambos artículos del CODIGO PENAL, cometido en perjuicio de ENRRYS JESUS MORENO SUAREZ y el delito de HOMICIDIO CULPOSO previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio de JAVIER MIGUEL LOVERA CORDOVA (OCCISO) SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a el precitado ciudadano, consistente en “PRESENTACIÓN ANTE ESTE TRIBUNAL CADA 30 DÍAS” todo de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal; TERCERO: SE ACUERDA el PROCEDIMIENTO ORDINARIO en la presente causa, motivado a la declaratoria de flagrancia y la solicitud fiscal de conformidad con el segundo aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se ordena remitir las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público, en su debida oportunidad a los fines legales consiguientes. Así se decide.
JUEZ DE CONTROL N° 03
ABG. ANGELA MARIA SOSA RUIZ
EL SECRETARIO.
ABG. BREIDARIT DIAZ.