REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 19 de Junio de 2012
AÑOS: 202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2009-003298
ASUNTO : PP11-P-2009-003298

Visto que en la presente causa seguida en contra de los acusados PINEDA JIMENEZ LUIS ENRIQUE, titular de la cédula de identidad, N° V:,19.903.503, RIVERO HERNÁNDEZ MIGUEL ANGEL, titular de la cédula de identidad N° V-19.903.427, PINEDA JIMENEZ EDIXON ENRIQUE, titular de la cédula de identidad N° V-22.596.871, GUZMÁN FREITEZ TOMAS ANTONIO, titular' de la cédula de identidad N° 20.809.94 y PARRA ARENAS CARLOS EDUARDO titular dé la cédula de identidad N° V-14.000.134, a quienes les imputa la presunta comisión del delito de Hurto Simple previsto y sancionado en el articulo 451 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JOSE DANIEL ROMERO CORTEZ; asistidos por los defensores ABg. Alix Rodríguez y Carlos Rodríguez, sin que hasta la presente fecha se haya podido constituir el mismo, y acatando la entrada en vigencia de la disposición penal segunda en su primer aparte, de la vigencia anticipada del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.078 de fecha 15 de junio de 2012 , este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa Extensión Acarigua, en virtud del poder jurisdiccional y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena la celebración del Juicio Oral y Público con Tribunal Unipersonal en la presente causa seguida a los acusados PINEDA JIMENEZ LUIS ENRIQUE, titular de la cédula de identidad, N° V:,19.903.503, RIVERO HERNÁNDEZ MIGUEL ANGEL, titular de la cédula de identidad N° V-19.903.427, PINEDA JIMENEZ EDIXON ENRIQUE, titular de la cédula de identidad N° V-22.596.871, GUZMÁN FREITEZ TOMAS ANTONIO, titular' de la cédula de identidad N° 20.809.94 y PARRA ARENAS CARLOS EDUARDO titular dé la cédula de identidad N° V-14.000.134, a quienes les imputa la presunta comisión del delito de Hurto Simple previsto y sancionado en el articulo 451 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JOSE DANIEL ROMERO CORTEZ3 Eíusdem, en perjuicio del ciudadano CARLOS JOSÉ LINAREZ LINAREZ, en consecuencia se fija la fecha para celebrar el juicio oral y público para el día 12 de Julio del año 2012, a las 11:00 de la mañana; se ordena notificar a las partes, y convocar órganos de prueba.


Regístrese, Publíquese, Diarícese, convóquese (cítese) para la celebración del Juicio Oral y Público con Tribunal Unipersonal, y déjese copia. Cúmplase lo ordenado.


LA JUEZ DE JUICIO N° 01
ABG. CARMEN TERESA SANOJA CHAVEZ

LA SECRETARIA
ABG. ESTHER CASTAÑEDA