REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 14 de junio de 2012
AÑOS: 202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2011-000480
ASUNTO : PP11-P-2011-000480
RESOLUCION JUDICIAL
Visto que para el día doce (12) de junio de 2012 a las 10:40 horas de la mañana, se encontraba fijada la reanudación del debate oral y público en el juicio oral y publico seguido a los acusados YANDRUSKYS ROJAS GALLARDO y JOSE AMNUEL RODRIGUEZ, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley de Drogas, cometido en perjuicio de la Salud Publica; el Tribunal observa lo siguiente:
Siendo el día 12/06/2012, las 11:40 horas de la mañana, con una hora de espera, se solicitó al secretario que constatará la presencia de las partes; quién señaló la presencia ambos acusados y del Fiscal del Ministerio Público, Abogada ZOILA FONSECA, indicando la incomparecencia de la defensa privada ejercida por los Abogados ROBERT LOPEZ y JESUS MARRERO.
Ahora bien, vista la incomparecencia de los defensores privados acusados Abogados ROBERT LOPEZ y JESUS MARRERO, a la reanudación del juicio oral y publico y siendo éste el último día hábil del lapso establecido en la ley para reanudar el debate iniciado el día 30/04/2012, este Juzgado de Juicio N° 3, constituido en Tribunal Unipersonal del Segundo Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA INTERRUMPIDO EL DEBATE DEL JUICIO y en consecuencia quedan NULAS todas las actuaciones realizadas en desarrollo el mismo. En consecuencia se fija nuevamente el día 28/0672012, a las 10:40 de la mañana para el inicio del juicio oral y publico. Líbrese lo conducente.
Regístrese y déjese copia para su archivo.
El JUEZ DE JUICIO Nº 3
ABG. OMAR FLEITAS FLORES
El SECRETARIO
ABG. MARCELO SULVARAN