REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 26 de junio de 2012
AÑOS: 202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2009-003420
ASUNTO : PP11-P-2009-003420

RESOLUCION JUDICIAL

Visto que para el día veintiséis (26) de junio de 2012 a las 10:35 horas de la mañana, se encontraba fijada la reanudación del debate oral y público en el juicio oral y publico seguido al acusado JUAN RAFAEL SANCHEZ ADANS, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1º del Código Penal, en perjuicio de JAVIER ENRIQUE ALVAREZ RIVERO (occiso); el Tribunal observa lo siguiente:

Siendo el día 26/06/2012, las 11:35 horas de la mañana, con una hora de espera, se solicitó al secretario que constatará la presencia de las partes; quién señaló la presencia del acusado de autos y del Fiscal del Ministerio Público, Abogado DANIEL CONTRERAS, indicando la incomparecencia de la defensa privada ejercida por el Abogado ARNALDO MELENDEZ.

Ahora bien, vista la incomparecencia del defensor privado Abogado ARNALDO MELENDEZ, a la reanudación del juicio oral y publico y siendo éste el último día hábil del lapso establecido en la ley para reanudar el debate iniciado el día 09/05/2012, este Juzgado de Juicio N° 3, constituido en Tribunal Unipersonal del Segundo Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 320 (norma anticipada) de la Reforma del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA INTERRUMPIDO EL DEBATE DEL JUICIO y en consecuencia quedan NULAS todas las actuaciones realizadas en desarrollo el mismo. En consecuencia se fijara por auto separado la nueva fecha del inicio de juicio oral y público. Líbrese lo conducente.

Regístrese y déjese copia para su archivo.

El JUEZ DE JUICIO Nº 3
ABG. OMAR FLEITAS FLORES

El SECRETARIO
ABG. MARCELO SULBARAN