REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua, 12 de junio de 2012
Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación
En la causa iniciada por demanda de divorcio intentada por AURA MARINA BARRIOS DE DUDAMEL, de nacionalidad venezolana mayor de edad, domiciliada en Acarigua y titular de la cédula de identidad V 1.127.228 contra EDGAR MIGUEL DUDAMEL LISCANO, venezolano, mayor de edad, también domiciliado en Acarigua y titular de la cédula de identidad V 1.649.246, en fecha 8 de junio de 2012, la representación judicial de la demandante, consignó copia certificada de partida de defunción, en la que aparece que dicho demandado falleció el 3 de junio de 2012.
Con vista a lo anterior, el Tribunal observa:
La acción de divorcio tiene como objeto, la extinción del vínculo matrimonial, que también se extingue con la muerte de uno de los cónyuges, por lo que perdió su objeto la pretensión de divorcio de la demandante AURA MARINA BARRIOS DE DUDAMEL y se debe declarar la extinción del proceso.
Es por estos razonamientos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA EXTINCIÓN DEL PROCESO en la causa iniciada por demanda de divorcio intentada por AURA MARINA BARRIOS DE DUDAMEL ya identificada, contra EDGAR MIGUEL DUDAMEL LISCANO también identificado y ordena el archivo del expediente.
El Juez

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria Accidental

Lic. Albis Elena Torres Gamboa