REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE CONTROL

Guanare, 21 de Marzo de 2012
Años: 201° y 152°

Nº ______
1C-6913-12

JUEZA DE CONTROL Nº 1: Abg. Elker Torres Caldera
IMPUTADOS: Rivero Casu Eudis Gregorio, Casu Franki Ramón, Camacaro Escobar Diango José, Romero Salero Avilio Antonio, Ajaque Fernández Hadib, González Rivero Rosalba del Carmen, Angulo Luís Miguel, Guarecuco Barrueta René José, Carmona Carpio Oswaldo Gregory, Sicilia Arenas José Luís, Oropeza Luís Enrique, Pérez Pargas Josue Antonio
DEFENSA: Abg. Pedro Bellorin, Leidy Jaspe, Yelin Soto Juan Carlos Torrealba y Walib Aboasi

ACUSADOR:
Fiscal Segunda del Ministerio Público Abg Luisa Ismelda Figueroa y José Miguel Jimenez
VICTIMA: Lizandro José Briceño Lugo
DELITO: Homicidio en la Ejecución de un Robo
SECRETARIA: Abg. Victoria Villamizar

MOTIVO: Apertura a Juicio.

La Abogada LUISA ISMELDA FIGUEROA DE RIVERO, procediendo en este acto en su carácter de Fiscal Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 y 326 del Código Orgánico Procesal Penal, presentó acusación penal en la investigación seguida contra los ciudadanos: RIVERO CASU EUDIS GREGORIO, de nacionalidad Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de 25 años de edad, fecha de nacimiento: 15/Junio/1986, de estado civil soltero, de profesión u oficio Funcionario Policial, con la jerarquía de Agente, adscrito al Centro de Coordinación Policial número “03” de Turén, residenciado en el barrio La Coromoto, calle principal, casa sin número, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad número V-17.944.603, CASU FRANKI RAMON, de nacionalidad Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de 37 años de edad, fecha de nacimiento: 01/Marzo/1974, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad número V-12.092.416, AJAQUE FERNANDEZ HADIB, cedula de identidad: V-19.337.948 nacionalidad: venezolana, lugar de nacimiento: Guanare, Estado Portuguesa, fecha de nacimiento: 09/Enero/1988, edad 23 años estado civil: soltero profesión u oficio: constructor residenciado: Turén, barrio Juan Pablo II, manzana D, casa N° 14, Guanare estado Portuguesa, CAMACARO ESCOBAR DIANGO JOSÉ cedula de identidad: v-18.732.080 nacionalidad: venezolana, lugar de nacimiento: Turén, estado portuguesa fecha de nacimiento: 04/junio/1986, edad 25 años estado civil: soltero profesión u oficio: comerciante residenciado: Turén, barrio las tejas, casa N° 03, estado Portuguesa, ROMERO SALERO AVILIO ANTONIO Cedula De Identidad: V-17.276.011 nacionalidad: venezolana lugar de nacimiento Acarigua, estado Portuguesa fecha de nacimiento: 25/01/1983 edad: 28 años estado civil: soltero profesión u oficio: obrero residenciado: Turén, barrio las tejas, callejón 1, entre calle 7 y8, casa 0-39, estado Portuguesa, RENÉ JOSÉ GUARECUCO BARRUETA, Venezolano, natural de Turén Estado Portuguesa, profesión u oficio funcionario policial de orden publico, residenciado Calle 01 Barrio la unidad, municipio Turén Estado Portuguesa, portador de la cédula de identidad número V-19.798.396, JOSUÉ ANTONIO PÉREZ PARGAS Venezolano, natural de Turén Estado Portuguesa, profesión u oficio funcionario policial de orden publico, residenciado Calle 01 Barrio la unidad, municipio Turén Estado Portuguesa, portador de la cédula de identidad número V-18.135.281, OROPEZA LUIS ENRIQUE, Venezolano, natural de Turén Estado Portuguesa, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 30-04-84, soltero, profesión u oficio funcionario policial de orden publico, residenciado en Caserio Santa rosa de la Fila Parte Alta Turen Estado Portuguesa, portador de la cédula de identidad número V-21.023.447, SICILIA ARENAS JOSÉ LUIS, de nacionalidad, Venezolana natural de Turén Edo Portuguesa, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 31-05-79 soltero de profesión u Funcionario policial Distinguido adscrito al Centro Coordinación residenciado en la venida 07 entre calle 02 y 03, casa 95-48, a media cuadra del Colegio Andrés Bello de Turén Edo Portuguesa, portador de la cédula de identidad número V-13.702.799, ÁNGULO GÓMEZ LUIS MIGUEL, de nacionalidad Venezolana, natural de Valencia Estado Carabobo, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 02-03-1988, Estado civil Soltero, profesión u oficio Funcionario Activo de la Fuerza Armada Policial del Estado Portuguesa, ostentando la jerarquía de Agente, destacado en la Comisaría de Turén, Estado Portuguesa, residenciado en el caserío La Aparición de Ospino, Barrio La Ermita, calle el Tubo, casa sin Nro, cerca del Centro Diagnostico Integral, al lado de la Bodega del señor Puerta, Ospino Estado Portuguesa, teléfono de ubicación 04264688700, portador de la Cédula de Identidad Nº V-18.893.371, GONZALEZ RIVERO ROSALBA DEL CARMEN, de nacionalidad venezolana, natural de Turén Estado Portuguesa, de 39 años de edad, fecha de nacimiento 23-12-70, estado civil soltera, de profesión u oficio Sargento 2do de la Policía del Estado Portuguesa, residenciada en el caserío el Ají, calle principal, casa sin numero, color lila y verde teléfono numero 0424 5091364, portadora de la cedula de identidad numero V- 9.843.911, OSWALDO GREGORY CARMONA CARPIO Venezolano, natural de Turén Estado Portuguesa, profesión u oficio funcionario policial de orden publico, residenciado Urbanización Maizanta Calle 02 Casa # 94, municipio Turén Estado Portuguesa, portador de la cédula de identidad número V-14.426.018; RIVERO CASU EUDIS GREGORIO, titular de la cédula de identidad número V-17.944.603, destacado en la Comisaría de Durigua Acarigua estado Portuguesa; CASU FRANKI RAMON, AJAQUE FERNANDEZ HADIB, CAMACARO ESCOBAR DIANGO JOSÉ, ROMERO SALERO AVILIO ANTONIO, los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO, EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA previsto y sancionado en los artículos 406 numeral 1 del Código Penal, concatenado con el 424 Ejusdem y ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 numerales 1,2,3 de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO; y a los ciudadanos: RENÉ JOSÉ GUARECUCO BARRUETA, JOSUÉ ANTONIO PÉREZ PARGAS, OROPEZA LUIS ENRIQUE, SICILIA ARENAS JOSÉ LUIS, ÁNGULO GÓMEZ LUIS MIGUEL, GONZALEZ RIVERO ROSALBA DEL CARMEN, OSWALDO GREGORY CARMONA CARPIO, el delito de: FALSA ATESTACIÓN DE FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado en artículo 317 del Código Penal, cometido en perjuicio de la FE PÚBLICA, celebrada la audiencia legal con la presencia de las partes, se emite pronunciamiento en los términos siguientes:
PRIMERO
HECHOS ATRIBUIDOS

Consideró la representante del Ministerio Público que del resultado de la investigación, surgieron serios fundamentos para el enjuiciamiento del ciudadano Rivero Casu Eudis Gregorio, Casu Franki Ramón, Camacaro Escobar Diango José, Romero Salero Avilio Antonio, Ajaque Fernández Hadib, González Rivero Rosalba del Carmen, Angulo Luís Miguel, Guarecuco Barrueta René José, Carmona Carpio Oswaldo Gregory, Sicilia Arenas José Luís, Oropeza Luís Enrique, Pérez Pargas Josue Antonio, narrando en la audiencia los hechos atribuidos de la siguiente manera: “En fecha 04/09/2010, la ciudadana ROSALIA DEL CARMEN LUGO QUERALES, titular de la cedula de identidad C.I. V-9.252.889, comparece ante Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Guanare Estado Portuguesa, a los fines de denunciar la desaparición de su hijo de nombre LISANDRO JOSE BRICEÑO LUGO, ya que al ver que el citado ciudadano no contestaba las llamadas, ni los mensajes de textos, en ese momento la ciudadana denunciante se comunica con un amigo de su hijo de nombre FAUSTINO, y éste le comentó que no lo había visto pero el le mando un mensaje preguntándole como estaba el trabajo y el le respondió que estaba por la avenida Unda, al seguir insistiendo con las llamadas y mensajes y no obtenía repuesta, esto produjo en su madre y demás familiares una gran preocupación por lo que iniciaron la búsqueda del joven en diversas partes de la ciudad de Guanare.
Es en fecha 05/09/2010 luego de una intensa búsqueda por varias partes de la ciudad de Guanare uno de los vecinos de la familia de la víctima el ciudadano: JOSÉ RAMÓN LINARES SOTO le entregó unos papeles que habían entregados por la ciudadana AMELIA OSAL, quien los había encontrado por la vía de Suruguapo pertenecientes a la víctima desaparecida, de igual manera ese mismo día también apareció el vehículo en la población de Turen Estado Portuguesa, por lo que el ciudadano: CARLOS JOSÉ LUGO, tío de la víctima, se traslado hasta donde estaba el vehículo recuperado y se percato de que estaba en la comisaría de Turen y le comunicaron que los motorizados de la comisaría antes mencionada habían recuperado el vehículo CLASE AUTOMOVIL, MARCA FORD, MODELO FIESTA, AÑO 2004 en el barrio las Tejitas, cabe señalar que dicha recuperación no pudo ser posible tal como quedó plasmado en el Acta Policial de fecha 05/09/2010 suscrita por la funcionaria: ROSALBA DEL CARMEN GONZÁLEZ, JOSÉ SICILIA, LUIS ANGULO y LUIS OROPEZA, en virtud de que según las entrevistas tomadas a los ciudadanos: Avilio Romero, Diango Camararo, en fecha 31/10/2011, José Albero Camacaro, en fecha 08/11/2011 y Yorgetsi del Carmen Riera, en fecha 05/09/2011, son conteste al precisar que el ciudadano Eudis Casu llego hasta la casa de José Alberto Camacaro y Diango Camacaro, manejando un vehículo que luego de la investigación se pudo determinar que trataba del mismo vehículo de la víctima, en compañía de su hermano Frankie Casu, lo que corrobora el hecho de que el vehículo no había sido encontrado abandonado como se hacía suponer en el acta policial de fecha 05/09/2010, sino que estaba posesión de estos.
En fecha 07 en la entrada de la Finca la Pedracera, sector Mesa Alta, de esta ciudad (Guanare), se traslado Comisión de funcionarios adscritos al C.I.C.P.C. Sub delegación Guanare a los fines de realizar Inspección Técnica y se realizo el hallazgo del cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, identificado como LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO, natural de esta ciudad, de 23 años de edad, fecha de nacimiento (08-10- 1986), soltero, estudiante, residía en la Urbanización José Antonio Páez, vereda 23, casa Nro. 8, de esta ciudad, titular de la cédula de identidad Nro V-18892261. Es de hacer saber que la victima al momento de su desaparición se encontraba laborando como taxista y era un estudiante del 9no semestre de Educación Física en la Universidad Experimental Ezequiel Zamora de la ciudad de Guanare estado Portuguesa, cabe señalar que este ciudadano presento Una herida producida por el paso de proyectil único disparado por arma de fuego al cuello fractura orificial en hueso maxilar inferior derecho. Fractura en lado derecho de 3er cuerpo vertebral cervical. Hematoma subgaleal témpora parietal derecho hemorragia en tejidos blandos de región posterior y lateral derecha del cuello.
A través del trabajo de investigación se pudo constatar de en fecha 04-09-2010 en horas de la noche, el ciudadano: AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB, se encontraba en la localidad de Turen del estado Portuguesa conduciendo un vehiculo FORD, Modelo FIESTA POWER. Color GRIS, Placa GCE-140, Fiesta Power, el cual era el vehiculo que conducía la victima LISANDRO JOSE LUGO BRICEÑO al momento de que desapareció en la localidad de Guanare estado Portuguesa, y en horas de la noche el ciudadano AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB se fue a la Tasca denominada “DONATO”, y en ella se encontraba el ciudadano “Eudis CASU”, en compañía de su hermano “Franklin CASU”; es cuando el ciudadano AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB, le entrega a EUDIS CASU el vehiculo anteriormente mencionado, estos ciudadanos es decir EUDIS y FRANKLIN se dirigen, al Barrio Las Tejas a la vivienda del Ciudadano DIANGO CAMACARO, donde este se encontraba en compañía de varios de sus familiares entre ellos JOSE CAMACARO, PASTORA, etc y su amigo AVILIO ROMERO, y es cuando llegan EUDIS CASU conduciendo un vehiculo Marca FORD, Modelo FIESTA POWER. Color GRIS, Placa GCE-140, conjuntamente con su hermano FRANKLIN como copiloto en el vehiculo; y EUDIS llama a DIANGO y lo invita a tomarse unas cerveza y también se va el ciudadano AVILIO con ellos, situación que se presenciadas por los ciudadanos JOSE CAMACARO PATORA; y otros. Y se trasladan todos nuevamente para la Tasca Donato”.




FUNDAMENTOS DE LA ACUSACION

La Fiscal del Ministerio Público que suscribió el escrito de Acusación, consideró como elementos de convicción de los hechos narrados, los siguientes:

1.- DENUNCIA COMUN de fecha 04-09-2010, Expediente Nro: I.-502.426.- persona extraviada. Denunciante: Nombres y Apellidos: ROSALIA DEL CARMEN LUGO QUERALES, Edad 46 años, fecha de nacimiento 27-01-63, C.I.V-9.252.889, Nacionalidad Venezolana, natural de Guanare Estada Portuguesa, estado civil Divorciada, Profesión u oficio Docente, Dirección de residencia: Urbanización José Antonio Páez, vereda 23, casa N° 08, de esta ciudad, Teléfono N° 0257-251.54.18 con el Extraviado: Nombres y Apellidos: LISANDRO JOSE BRICEÑO LUGO.- Edad 23 de edad, fecha de nacimiento 08-10-86, Nacionalidad Venezolana, Natural de esta ciudad, Estado Civil Soltero, Profesión u oficio Estudiante, teléfono 0424-583.87.41, residenciado: en la misma dirección que su progenitora antes mencionada, titular de la cedula de identidad número V-18.892.271, Nombres de los Padres: LISANDRO ANTONIO BRICENO y ROSALIA DEL CARMEN LUGO QUERALES, conduce algún VEHÍCULO para el momento del extravío: SI, Placas: GCE-140 Marca: Ford, Modelo: Fiesta Power, Año: 2004, Clase: Automóvil, Tipo: Sedan, Color Arriba: Plata Color Abajo: plata, Serial del Motor: 4A35809, Serial de Carrocería: 8YPZF16N148A35809,Propiedad: ROSALIA LUGO Cedula: 9.252.889, Dirección: LA MISMA Teléfono: el mismo, poseía TELEFONO CELULAR el día del extravío: SI Marca: Nokia, Modelo: Numero del Teléfono: 0424-583.87.41, Serial Electrónico: Propiedad de: El Extraviado. Con el presente elemento de convicción se inician las primeras labores de investigación en la presente causa.

2.-AUTO DE INICIO DE LA INVESTIGACION, de fecha 04/09/2010, suscrita por la Abg. Luisa Ismelda Figueroa de Rivero, Fiscalía Segunda del Ministerio Publico del estado Portuguesa, para la practicas de todas las diligencias Expediente Nro: I.-502.426, donde figura como denunciante ROSALIA DEL CARMEN LUGO QUERALES, como víctima el ciudadano LISANDRO JOSE BRICEÑO LUGO y como investigados PERSONAS AUN POR IDENTIFICAR donde comisiona al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa. Se observa que la Fiscalía del Ministerio Publico ordeno la práctica de diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos con relación a la desaparición del ciudadano: LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO.

3.- ACTA DE INVESTIGACION, de fecha 05-09-2010 suscrita por el funcionario Agente: ORANGEL ENRIQUE COLMENAREZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación: Guanare Estado Portuguesa, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: Encontrándome en este Despacho me traslade hasta la oficina del Sistema Computarizado de Información Policial (SIIPOL), a fin de verificar los posibles registros policiales que pueda presentar el ciudadano: LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO, cédula de identidad número V-18.892.271, quien figura como víctima en la presente investigación, una vez en la referida oficina me entreviste con el Detective Williams Azuaje, a quien le manifesté el motivo de mi presencia y le aporte de tos datos de la victima antes mencionada; luego de una breve espera me manifestó que el referido ciudadano no presenta registros policiales ni solicitud alguna; Motivo por el cual me retire de la mencionada oficina. Es Todo. Por medio del presente elemento de convicción se deja constancia de las diligencias iniciadas por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación Guanare estado Portuguesa.

4.- ACTA DE INVESTIGACION, de fecha 06-09-2010 suscrita por el funcionario AGENTE ROBERT SÍVIRA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación: Acarigua Estado Portuguesa, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: Encontrándome en labores de guardia en la sede de éste despacho, de comisión de la Policía del Estado Portuguesa, adscrito a la zona policial numero 03, trayendo en calidad de recuperado un vehículo Clase AUTOMÓVIL, marca FORD, Modelo FIESTA, año 2004, tipo SEDAN, Color GRIS, placas siglas: GCE-140, Uso PARTICULAR, Serial de Carrocería: 8YPZF16N148A35809 y Serial de Motor:4A35809 el cual guarda relación con la causa numero I-502-426, instruida por la Sub. Delegación Guanare Estado Portuguesa, por uno de los Delitos Contra las Personas, a fin de ser sometido a experticia de reconocimiento y/o reactivación de Seriales, mediatamente me traslado hacia el Área de Análisis y Seguimiento estratégico de la información específicamente la Sala del Sistema Integrado de información Policial (SIIPOL) a fin de verificar las posibles requerimientos Judiciales del referido vehículo, una vez allí me entreviste con el funcionario Detective JULIO TROCONIS, quien impuesto del motivo de mi presencia mi y luego de una breve espera me informa que dicho automóvil no presenta requerimiento judicial alguno, una vez realizada dicha diligencia, se retira la comisión llevando el vehículo en mención a la Comandancia General de La Policía Estadal, donde quedara en calidad de detenido a la orden de la Fiscalía. Con la presente acta se deja constancia de la diligencias policial realizada por el funcionario actuante.

5.- ACTA POLICIAL, de fecha 05/09/10, suscrita por SGTO (PEP) GONZÁLEZ ROSALBA, adscrita al Departamento de Investigaciones de la Comisaría Coronel Miguel Antonio Vásquez, del estado Portuguesa, de esta comisaría policial, quien deja constancia de la siguiente Investigación Policial:

Con esta misma fecha 05-09-2010 y siendo las 02:45 horas de la madrugada, me encontraba de servicio en el patrullaje motorizado, en compañía de DTGDO. (PEP) SICILIA JOSÉ LUIS, AGTE.(PEP) ÁNGULO LUIS y AGTE.(PEP) OROPEZA LUIS, dándole Cumplimiento al operativo de seguridad ciudadana. Turen Azul 2010, emanado de la gobernación del estado portuguesa y cuando realizábamos un recorrido por la Av. 01 con calle 05 del barrio Las Tejas de esta localidad, logramos avistar un vehículo de color gris, el cual estaba estacionado en ese lugar, dicho vehículo tenia la puerta del lado del conductor abierta, por lo que procedimos actuar conforme a lo establecido en el Art, 207 del COPP, encontrando las llaves colocadas en el encendido, dentro del mismo pudimos observar que estaba parcialmente desvalijado. faltándole parte del reproductor de sonido y en la parte maletera el caucho de repuesto, realizamos una inspección ocular al sitio no encontrando a ninguna persona cerca del mismo, motivo por el cual procedimos a trasladarlo hasta la sede de esta comisaría, dicho vehículo presenta las siguientes características: Marca FORD, Modelo FIESTA POWER. Color GRIS, Placa GCE-140, año: 2004, Serial Carrocería 8YPF16N148A35809, posteriormente se le informo al Fiscal Primero del Ministerio Público Extensión Acarigua. Luego se le informo al jefe de los servicios de procedimiento efectuado. Es Todo. Con el presento elemento de convicción se deja constancia del presunto hallazgo del vehículo que manejada el ciudadano: LISANDRO BRICEÑO LUGO, para el momento de su desaparición.

6.- TRANSCRIPCION DE NOVEDAD, El suscrito jefe de guardia, certifica que en las novedades diarias llevadas por ante este Despacho, en el lapso comprendido desde las 07:30 horas de la mañana del día 07-09-2010, hasta las 07:30 horas de mañana del día 08-09-2010, aparece una que copia textualmente dice así: NUMERAL 20, 14:05 hrs.- RECEPCION TELEFONICA, INICIO DE AVERIGUACION I-502-448/ DELITO CONTRA LAS PERSONAS (HOMICIDIO) CONOCE LUIS VOLCANTES: Se recibe la misma de parte de la Agente: Milagros Bravos Centralista al Control de Operaciones Policiales del Edo. Portuguesa, informando que en la entrada a la finca a Perecerá, sector Mesa Alta, de esta ciudad, se encuentra el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, desconociendo mas datos al respecto, por lo que requieren comisión de este Despacho.- De la misma se desprende que el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Guanare estado Portuguesa tuvo conocimiento de los hechos objeto de la presente causa a través de llamada telefónica.

7.-AUTO DE INICIO DE LA INVESTIGACION, de fecha 07/09/2010, suscrita por la Fiscalía Tercera del Ministerio Publico del estado Portuguesa, donde comisiona al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare Estado Portuguesa, para la practicas de todas las diligencias. Se observa que la Fiscalía del Ministerio Publico ordeno la practica de diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos con relación al homicidio del ciudadano: LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO.

8.- ACTA POLICIAL, de fecha 07/09/2010, suscrita por el funcionario Detective ROBERT DURAN, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas sub. Delegación Guanare Estado Portuguesa, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presenté averiguación: "Procedí a trasladarme en la unidad P-26K en compañía del Detective Bartolomé Salas (técnico) hacia el sector Mesa de la Pedrecera, del caserío Mesa Alta, Municipio Guanare Estado Portuguesa a los fines de practicar inspección técnica y levantamiento de cadáver así como realizar pesquisas preliminares relacionadas con el ilícito penal en investigación una vez en la referida dirección, fuimos atendido por el funcionario de la policía local Sub Comisario (PEP) Gómez Oscar, CIV-9.255.050, quien se encontraba al mando de la comisión policial que resguardaba la escena del crimen, no si antes identificárnosles como funcionarios de este Organismo de Investigación criminal y de explicarle el motivo de nuestra presencia, asimismo procedió a indicarnos el lugar donde se encontraba el cadáver, donde una vez allí, se observa entre la maleza el cuerpo sin vida de una persona adulta del sexo masculino en posición dorsal, en avanzado estado de putrefacción, presentando como vestimenta una jeans de color negro, una franela de color amarillo, un jeans de color negro, marca Levis, un par de zapatos deportivos de colores negro y amarillo, por lo que procedió el funcionario Detective Bartolomé Salas, a fijar la respectiva inspección, siendo para ese momento las 03:00 horas de la TARDE, la cual se explica por si sola y se anexa a la presente acta de investigación Penal, de igual forma nos entrevistamos con un vecinos del sector, a objeto de pesquisar si tiene conocimiento del hecho investigado, no si antes de identificárnosles como funcionarios de este Organismo de Investigación Criminal y de explicarle el motivo de nuestra presencia, dijo ser y llamarse JOSÉ AGUSTÍN QUINTERO Venezolano, … titular de la cédula de identidad Nro V-7.729.086, asimismo nos manifestó no tener conocimiento del hecho investigado, seguidamente procedimos a la remoción del cadáver y lo trasladamos hasta el cementerio Municipal de esta ciudad a objeto de que le medico patólogo forense le realizase la respectiva necropsia de ley, lugar donde se acordó a realizar la misma por el alto grado de putrefacción que éste presentaba, donde una vez allí, se apersono un ciudadano, quien dijo ser y llamarse LUGO QUERALES CARLOS JOSÉ Venezolano, … titular de la cédula de identidad Nro. V-8.050.318, de igual forma nos manifestó haber tenido extraviado a un sobrino desde el sábado (04-09-2010), por lo dejamos a que observara el interfecto en referencia para ver si se trataba de la misma persona, informándonos ésta una vez de haber observado el cadáver, que era su sobrino extraviado, por lo que nos aporto los datos filiatorios del mismo quedando este identificado de la manera siguiente LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO, natural de esta ciudad, de 23 años de edad fecha de nacimiento (08-10-1986), soltero, estudiante, residía en la Urbanización José, Antonio Páez, vereda 23, casa Nro. 8, de esta ciudad, titular de la cédula de identidad Nro V-18.892.261, posteriormente procedió el funcionario Detective Bartolomé Salas, (técnico) a realizar el reconocimiento de cadáver, siendo para ese momento las 04:00, horas de la TARDE la cual se explica por si sola y se anexa la presente acta de investigación panal mencionándose en ella las características fisonómicas y heridas del occiso, seguidamente hizo acto de presencia la doctora Anatomopatólogo forense Zuleima Arambule, quien procedió de manera inmediata a realizar sobre el difunto la respectiva Necropsia de ley, finalmente nos retiramos de la mencionada Necrópolis y retornamos hasta la sede de esta oficina en compañía del ciudadano tío del hoy occiso, a los fines de que el mismo rinda entrevista en relación al ilícito penal en investigación. Dejándose constancia el hoy occiso se le hizo entrega a los familiares del mismo para que realizaran la santa sepultura. Es todo. Elemento de convicción que nos indica la diligencia practicada por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare en el sitio donde fue encontrado la victima y ene l Cementerio Municipal.

9.- INSPECCION TECNICA Nº 1506 Y SU RESPECTIVO MONTAJE FOTOGRÁFICO, de fecha 07/09/2010, suscrita por los funcionarios: DETECTIVE SALAS BARTOLOMÉ y ROBERT DURAN, adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, en: UN LOTE DE TERRENO BALDÍO, UBICADO EN LA ENTRADA DE LA FINCA LA PEDRACERA, SECTOR MESA LATA, MUNICIPIO GUANARE, ESTADO PORTUGUESA; A tal efecto se procede dejando constancia de lo siguiente: "El lugar objeto de la presente inspección, resulta ser un sitió abierto completamente despoblado, ubicado en la dirección arriba mencionada; para llegar a éste sitio se hace por medio de una carretera en regular estado hasta alcanzar ciento (100) metros aproximadamente respecto a la carretera que conduce al sector de mesa alta, lugar donde se percibe temperatura ambiental cálida e iluminación natural de buena intensidad; el mismo completamente despoblado y provisto de abundante maleza de pequeño y mediano nivel, y de árboles de diferentes especies y tamaños, en el que se halla sobre el suelo natural y sobre la maleza de bajo nivel, el cadáver de una persona adulta del sexo masculino en decúbito dorsal, en avanzado estado de putrefacción y con excesiva proliferación bacteriana, por lo que se percibe un fétido olor; el mismo posee como vestimenta una franela tipo chemisee, mangas corta color amarillo, marca LACOSTE, pantalón tipo jeans color negro, marca LEVIS, y un par de zapatos de tipo deportivos de goma color marrón negro y amarillo, marca ADIDAS; su región cefálica está orientada en sentido NORTE, sus extremidades superiores se encuentran de la siguiente manera: la izquierda extendida con su terminación dirigida hacia el cuadrante OESTE, y la derecha con su terminación dirigida hacia el cuadrante ESTE; ambas extremidades inferiores están dirigidas al SUR, completamente extendida; se observa un estado de esqueletización adherencias de bacterias (gusanos) , a nivel del rostro y la región craneal del referido cuerpo; también es evidente que se le observan múltiples heridas de forma irregulares en la región de los brazos y antebrazos y en ambas manos, procediendo posteriormente a remover dicho cuerpo de su posición original, visualizando que presenta dentro de la parte delantera del pantalón un llavero contentivo de dos llaves, el cual se colecta, embala y rotula con la letra “A”; al mencionado cuerpo no se le aprecian características fisonómicas debido al avanzado estado en que se encuentra, no obstante se observa que es de contextura fuerte, de piel blanca, de un metro con sesenta; tres centímetros de estatura aproximadamente, algunos restos de apéndices (cabello corto, liso, castaño oscuro) del cual se colecta embala y rotulan con la letra “B”; posteriormente se colecta como evidencias de interés criminalístico lo siguiente muestra de suelo natural (tierra), embalada y rotulada con la letra “C”; muestra de vegetación (maleza), embalada y rotulada con la letra “D”, todas estas evidencias adyacentes al sitio donde yace el cadáver; finalmente el cuerpo es trasladado hasta el cementerio municipal de la ciudad de Guanare Estado Portuguesa, a fin de que le sea practicada la respectiva Necropsia de Ley. Es todo. Por medio de este elemento de convicción se deja constancia con exactitud las características que presentaba el sitio donde se encontró la victima del presente caso, así como de las evidencias de interés criminalísticos colectados,

10.- REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nº P-11.582, de fecha 07/09/2010, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA, funcionario que colecta y resguarda la evidencia, BARTOLOME SALAS adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare estado Portuguesa; EVIDENCIAS FÍSICAS COLECTADAS, Un (01) llavero contentivo de dos llaves, rotulado con la letra “A”, Algunos restos de apéndices ( cabello corto, liso, castaño oscuro) rotulados con la letra “B”, Muestra de suelo natural (Tierra), rotulado con la letra “C”, Muestra de Vegetación (Maleza) rotulada con la letra “D”. Con la misma se deja constancia de las evidencias físicas que fueron colectadas durante la Inspección Técnica Nº 1506 con montaje fotográfico, de fecha 07/09/2010.

11.- INSPECCION TECNICA Nº 1507, de fecha 07/09/2010, suscrita por los funcionarios: DETECTIVE SALAS BARTOLOMÉ Y ROBERT DURAN, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Guanare Estado Portuguesa en: CEMENTERIO MUNICIPAL DE GUANARE, ÚBICADO EN LA AVENIDA SIMÓN BOLÍVAR, MUNICIPIO GUANARE, ESTADO PORTUGUESA; a tal efecto se procede dejando constancia de lo siguiente: "El lugar objeto de la presente inspección resulta ser en el cementerio antes referido, donde se percibe temperatura ambiente cálida e iluminación natural clara de buena intensidad, donde yace en posición dorsal sobre una camilla metálica portátil, el cadáver de una persona del sexo masculino en avanzado estado de descomposición con excesiva proliferación bacteriana, con las extremidades inferiores y superiores extendidas, al cual se le realiza Reconocimiento y Revisión físico Externa, dejando constancia de lo siguiente:

CARACTERÍSTICAS FISONÓMICAS DEL CADÁVER:
Se le pueden apreciar las siguientes características: de contextura fuerte, de piel blanca, de un metro con sesenta y tres centímetros de estatura, cabello corto liso, esqueletización en la región del rostro y región craneal, en algunas partes de las extremidades superiores y ambas manos, carente de órganos aculares, presenta un tatuaje alusivo a símbolos asiáticos (letras chinas) en la región cervical posterior.-

EXAMEN FÍSICO EXTERNO PRACTICADO AL CADÁVER:
Al ser revisado se constató que presenta una (01) herida de forma circular en la región cervical posterior (cuello), avanzado estado de putrefacción.-

VESTIMENTA QUE PRESENTA EL CADÁVER:
Para el momento de practicar el presente reconocimiento del cadáver, posee la siguiente vestimenta: una franela tipo chemise, mangas corta color amarillo, marca LACOSTE, un pantalón tipo jeans color negro, marca LEVIS, y un par de zapatos de tipo deportivos de goma color marrón negro y amarillo, marca ADIDAS; éstas prendas se encuentran en estado de putrefacción, y se colectan con las letras “E”, “F” y “G”, respectivamente a fin de ser sometidas a sus experticias correspondientes. Dicho interfecto es dejado en este cementerio, con la finalidad de que le sea practicada la Necropsia de Ley. Es todo. De la misma se desprende la ubicación de las lesiones que presentaba la víctima, las cuales son producidas por arma de fuego, de igual forma se deja constancia de la vestimenta que portada el hoy occiso así como su avanzado estado de putrefacción.

12.- REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nº P-11.583, de fecha 07/09/2010, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA, funcionario que colecta y resguarda la evidencia, BARTOLOMEN SALAS, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare estado Portuguesa; EVIDENCIAS FÍSICAS COLECTADAS, Una (01) Franela tipo Chemise, mangas corta color amarillo, marca LACOSTE , rotulada con la letra “E”, Un (01) Pantalón tipo jeans color negro, marca LEVIS, rotulado con la letra “F” y Un (01) Par de Zapatos de tipo deportivos de goma color marrón negro y amarillo, marca ADIDAS, rotulados con la letra “G”. Con la misma se deja constancia de las evidencias físicas que fueron colectadas durante la Inspección Técnica Nº 1507 de fecha 07/09/2010.

13.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA Nº 267, de fecha 07/09/10, suscrita por el Médico Anatomopatólogo Forense Dra. ZULEIMA ARAMBULE, adscrita al Departamento de Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística de la Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, perteneciente al cadáver de LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO, de 23 años de edad, Cedula de Identidad Nº V-18.892.271, estatura (CMS) 1.68, Dentadura Incompleta, el cual es del tenor siguiente:

EXAMEN EXTERNO

Cadáver en avanzado estado de descomposición con larvas en diferentes estados de maduración, Esqueletizaron parcial predominio en cara abombamiento taraco abdominal perdida de tejidos blandos por acción de fauna cadavérica en cuello v antebrazo derecho v antebrazo izquierdo. Una herida producida por el paso de proyectil único disparado por arma de fuego a región posterior del cuello (nuca) sin tatuaje can salida en hueso maxilar inferior derecho. Trayecto atrás adelante izquierda a derecha.

CONCLUSIONES:
Una herida producida por el paso de proyectil único disparado por arma de fuego al cuello fractura orificial en hueso maxilar inferior derecho. Fractura en lado derecho de 3er cuerpo vertebral cervical. Hematoma subgaleal témpora parietal derecho hemorragia en tejidos blandos de región posterior y lateral derecha del cuello.


CERTIFICACION:
A. DESCONEXION DE CENTROS NERVIOSOS SUPERIOR.
B. HERIDA POR ARMA DE FUEGO AL CUELLO.

Por medio de este elemento de convicción se verifica detalladamente las características fisonómicas de la víctima, el trayecto intra-orgánico de la herida causadas por arma de fuego y la causa del fallecimiento del ciudadano LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO.

14.- REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nº P-11.583, de fecha 07/09/2010, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA, funcionario que colecta y resguarda la evidencia, BARTOLOME SALAS, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare estado Portuguesa; EVIDENCIAS FÍSICAS COLECTADAS, Una (01) Franela tipo Chemise, mangas corta color amarillo, marca LACOSTE , rotulada con la letra “E”, Un (01) Pantalón tipo jeans color negro, marca LEVIS, rotulado con la letra “F” y Un (01) Par de Zapatos de tipo deportivos de goma color marrón negro y amarillo, marca ADIDAS, rotulados con la letra “G”. Con la misma se deja constancia de las evidencias físicas que fueron colectadas durante la Inspección Técnica Nº 1507 de fecha 07/09/2010.
15.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 07/09/2010, rendida por el ciudadano: LUGO QUERALES CARLOS JOSÉ, titular de la cédula de identidad número V-8.050.318, y en consecuencia expone: "Resulta que desde el día sábado 04-09-2010, se encontraba desaparecido mi sobrino Lisandro José Briceño Lugo, quien había salido de la casa a trabajar como taxista en su carro marca FORD, modelo Fiesta, color plata, nosotros al ver que no llegaba pusimos parte a las autoridades y desde entonces comenzamos a buscarlo, luego el día domingo 05-09-2010 nos enteramos que e! carro había aparecido en Ture Estado Portuguesa y que estaba en la policía de allá, por lo que nos fuimos de inmediato y al llegar allí constate que efectivamente era el carro de mi sobrino, pero el mismo según los funcionarios de la policía me dijeron que lo habían encontrado abandonado en un barrio conocido como las Tejitas de Turen, luego de eso nosotros seguimos buscándolo y hasta el día de hoy Martes 07-09-2010 en horas de la tarde, me informaron que en esta ciudad específicamente en el sector mesa alta había aparecido un cadáver, yo me vine para esta oficina y de aquí me informaron que estaba en el cementerio ya que se encontraba descompuesto, por lo que me fui para allá donde pude constatar que efectivamente era mi sobrino José Lisandro. Es todo. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR ENTREVISTA AL DECLARANTE DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha de los hechos antes narrados? CONTESTO: “Según me informaron lo encontraron muerto en mesa alta de esta ciudad, el día de hoy en horas de la tarde”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, desde cuando se encontraba desaparecido su sobrino hoy occiso? CONTESTO: “Desde el día sábado 04-09-2010 que salió de la casa a las 09:00 de la mañana a trabajar como taxista”. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, Datos filiatorios de su sobrino hoy occiso? CONTESTO: “LUISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO, Venezolano,, natural de esta ciudad, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 08-10-1986, soltero, estudiante, residenciado en la urbanización José Antonio Páez, vereda 23, casa número 08 de esta ciudad, cédula de identidad Nº V-18.892.261” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, donde le darán santa sepultura su sobrino hoy occiso?. CONTESTO: “En el cementerio Nuevo de esta ciudad”. QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de que su sobrino haya tenido problemas con alguna persona en particular? CONTESTO: “Que yo sepa él no tenia problemas con nadie” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de que su sobrino hoy occiso haya recibido alguna llamada donde lo amenazaran de muerte? CONTESTO: “No”.SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, con quien residía el hoy occiso? CONTESTO: “Con sus padres Rosalía y su papá Lisandro, con su esposa Yari y sus hermanos”. OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuando fue la ultima vez que vio con vida a su sobrino hoy occiso? CONTESTO: “El día Viernes 03-09-2010”. NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a su entrevista? CONTESTO: “No”. Es todo. AMPLIADA EN FECHA 08-10-2010, ante la Fiscalía Segunda del Primer Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en la cual expresa: “en el día sábado 04-09-10, me encontraba en casa de mi mama a eso de las once y treinta de la mañana (11:30 am), en la cual mi hermana Rosalía Lugo estaba esperando mi sobrino Lisandro José Briceño porque salio a trabajar desde temprano y no regresaba, la cual estuve hasta la una y treinta (1:30 PM) de la tarde, esperando información porque no sabíamos nada del paradero de mi sobrino, a las dos de la tarde no teníamos noticia de él y comenzamos la búsqueda desde las tres y treinta de la tarde, estuvimos en la Comisaría de los Próceres formulando la denuncia, luego nos fuimos hasta la alcabala de Boconoito y dejamos unos volantes con las características del carro y foto de mi sobrino, después nos regresamos a la PTJ a colocar la denuncia, ese día nos reunimos varias personas y duramos toda la noche buscándolo, en horas de la mañana del día 05-09-10, me llamaron para informarme que habían encontrado unos papeles entre la entrada de Suruguapo y el puente las Marías en ese trayecto de la vía, luego nos fuimos hacia la vía de Ospino-Turen en búsqueda por toda la autopista, luego cuando llego hasta la comisaría de Turen, estaba el carro estacionado en la comisaría de la policía de Turen, en la cual me informaron que el vehiculo lo encontraron en las adyacencias del barrio Las Tejitas, un funcionario me informo que lo habían encontrado a la una y treinta (01:30 AM) de la mañana, luego otro funcionario me informo que lo habían encontrado a la tres y treinta (03:30 AM), y en los registro de la comandancia dicen que lo habían encontrado a las 05:30 de la mañana, después de tanta información llego un supuesto funcionario de la PTJ a llevarse el carro para hacer unas diligencias y luego hacer una supuesta experticia, después que el supuesto funcionario de la PTJ le dice al otro funcionario que a mi sobrino lo habían dejado pegado por ahí, con una sonrisa burlona de manera de sátira, nosotros continuamos con la búsqueda de mi sobrino hasta el día 07-09-10, que fue cuando me llamo Jean Luis Mahomet, quien me informo que habían encontrado el cadáver de mi sobrino por la vía de mesa alta, también me dijo que el cadáver lo iban a llevar de una vez al cementerio para que lo reconociéramos, a practicarle la autopsia porque lo iban a enterrar de una vez, nosotros no aceptamos porque queríamos tenerlo en la casa una noche para velarlo; el día 06-10-10, me dirigí a la ciudad de Acarigua con mi hermana Rosalía Lugo y mi hermano Ubaldo Lugo con la finalidad de retirar el vehiculo que se encontraba retenido en esa delegación, estando allí vi al PTJ que quería llevarse el vehiculo en turen el día 05-09-2010, luego nos vinimos hasta la delegación de Guanare a Consignar el Oficio en el cual solicitan el cambio del status de solicitado del vehiculo de mi hermana, y vi otra vez al mismo funcionario en la delegación de Guanare, esta situación me parece muy extraña y siento miedo porque siento que me están haciendo seguimiento, agradezco que se haga justicia por la muerte de mi sobrino, es todo” AMPLIACIÓN DE DECLARACIÓN DE FECHA 09-08-2011, en la cual expone lo siguiente: Ya yo declare por la Fiscalía Segunda, lo quiero manifestar es que me parece, muy extraño que un funcionario del CICPC Acarigua, se quería llevarse el carro sin orden de la Fiscalía, para hacer unas diligencias personales y luego hacerle la experticia en su casa ya que allí había buena sombra y era mas cómodo, y allí fue cuando yo me opuse, y quiero manifestar que a este funcionario después me lo conseguí en el CICPC de Acarigua, y quiero decir que dentro del vehículo habían unas botellas de cervezas regadas y ahora no aparecen. Es todo. SEGUIDAMENTE SE LE REALIZAN LAS SIGUIENTES PREGUNTAS AL ENTREVISTADOS: PRIMERA PREGUNTA: Diga usted como tubo conocimiento que el vehiculo de su hermana, que tripulaba su sobrino Lisandro había sido recuperado por los funcionarios policiales de Turen? CONTESTO: porque al momento de pasar por la comandancia de policía de Turen observe el vehiculo allí estacionado. SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, fecha y hora en que usted encontrado el vehiculo en la Comisaría de Turen? CONTESTO: en fecha 05-09-10 a eso de las 3:30 horas de la tarde. TERCERA PREGUNTA Diga usted las características del vehiculo de su hermana que fue observado por usted? CONTESTO: un Fiesta Power, color Gris, no me recuerdo de la placa en estos momentos. CUARTA PREGUNTA: Diga usted, como supo usted que ese era el vehiculo, de su hermana? CONTESTO: por la placa. QUINTA PREGUNTA: Diga usted, que le manifestaron los funcionarios que estaban en ese momento en la comisaría de Turen? CONTESTO: que ellos encontraron el carro en el barrio Las Tejitas. SEXTA PREGUNTA: Diga usted recuerda el nombre del funcionario que le dio esa información? CONTESTO: No, habían varios funcionarios y casi todos hablaron. SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted que observo en el vehiculo? CONTESTO: el vehiculo lo vi que solo le faltaban el reproductor, la corneta, el caucho de repuesto y la alfombra de la parte trasera, y quiero dejar dicho que habían unas botellas de cerveza adentro del mismo. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, como fue trasladado ese vehiculo al CICPC Acarigua? CONTESTO: el vehiculo fue trasladado en una grúa con plataforma y pertenece al CICPC. NOVENA PREGUNTA: Diga usted las características físicas del funcionario del CICPC que se quería llevar el vehiculo? CONTESTO: era gordo, como de 110 Kg, moreno claro, pelo corto, tiene problema físico en los pies, ya que los mete al caminar. DECIMA PREGUNTA: Diga usted si desea agregar algo mas a su declaración? CONTESTO: No. Es todo. Sirviendo como elemento de convicción por tener conocimiento del modo tiempo y lugar de la desaparición de la victima, localización del vehiculo e identificación del cadáver.

16.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO 9700-254, de fecha 08/09/10, suscrita por el funcionario Detective SALAS BARTOLOME, Experto Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare estado Portuguesa, pasa a rendir bajo fe de juramento, el siguiente informe pericial;

MOTIVO: Realizar Experticia de Reconocimiento Técnico.
1. Un (01) pantalón, elaborado en fibras naturales, de color negro, marca “Levis”, tamaño mediano, en regular estado de conservación.

2. Una (01) camisa manga corta, tipo chemisse, elaborada en fibras naturales, de color amarillo, marca “LACOSTE”, talla mediana, la pieza se halla en regular estado de conservación.

3. Un (01) par de zapatos deportivos, elaborados en material sintético, de colores negros, marrón y franjas de color amarillo, con sus respectivas trenzas, marca ADIDAS, talla 42, las piezas se encuentran regular estado de conservación.
4. Un (01) llavero metálico de aspecto plateado, contentivo de dos llaves, metálicas en regular estado de conservación.

CONCLUSIÓN: Con base a las observaciones y análisis realizados al material suministrado, puedo establecer lo siguiente:

1. Las evidencias mencionadas en el numeral 01,02 y 03, en su estado y uso original son prendas de vestir, que se utilizan para mejorar la presencia y cubrir las partes del cuerpo.

2. La evidencia referida en el numeral 04, es usada para abrir o cerrar cerraduras de puertas dependiendo el uso que se le de alguna otra utilidad queda a criterio de su poseedor.

3. Las referidas piezas mencionadas en los numerales 01, 02 y 03, procedieron a desecharse debido al avanzado estado de putrefacción, en las que se encontraban para el momento de la experticia, para evitar posibles contaminaciones de origen bacteriano, la pieza restante se encuentra en el departamento de resguardo y custodia de evidencias físicas, de esta sub. Delegación según planilla de resguardo números: P-11.583.
4. Es todo, consigno el origina del presente informe, constante de dos (02) folios útiles.

Por medio de la misma se deja constancia del análisis practicado a las prendas de vestir y objeto que portaba el hoy occiso.

17.- AUTO ACUMULACION, de fecha 15/09/2010, suscrita por el Abg. LUISA ISMELDA FIGUEROA DE RIVERO, Fiscalía Segunda del Ministerio Publico del estado Portuguesa, Causa 18-F02-1C3886-10 (Expediente Nro: I.-502.426 se ordena la acumulación según articulo Nº 73 Código Orgánico Procesal Penal, unidad del Proceso Penal del Expediente Nro: I.-502.448 nomenclaturas del CICPC), por uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS donde figura como victima el hoy occiso LISANDRO JOSE BRICEÑO LUGO y como investigados PERSONAS AUN POR IDENTIFICAR se acuerda proseguir con la investigación y practicar todas las diligencias pertinentes y señaladas en el Auto de Apertura de fecha 04/09/2010.Elemento de convicción que nos indica la Unidad Procesal del Proceso

18.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19/09/2010, rendida por el ciudadano, BASTIDAS PARRA FAUSTINO JOSE, titular de la cédula de identidad número V-18.102.952 y quien expuso lo siguiente: “el día sábado 04/10/10, yo me encontraba por la a bordo de un vehiculo MARCA FIAT PALIO COLOR ROJO AÑO 1998, en el cual me desempeñaba como chofer ya que en el mismo trabajo como taxista en la Línea Bolivariana de la Ciudad de Guanare, por las inmediaciones de la carrera quinta adyacente a la concha acústica, cuando me llega un mensaje a las 09:10 horas de la mañana de mi amigo Lisandro Briceño a quien por cariño lo apodábamos “BONAY”, que me decía “INFORME COMO ESTA LA PISTA”, y yo le respondo de mi teléfono Nº 0414-3738585, que estaba mas o menos y que estaba un poco sola la cosa que a esa hora estaba saliendo la gente a la calle, le mande ese mensaje y después con otro mensaje le pregunto en donde estaba y el me respondió como a eso de las 09:28 horas de la mañana “UNDA”, yo le mande otro mensaje que si ya había agarrado carrera, y me respondió diciéndome “QUE ESO ESTABA SOLO” siendo las 09:30 horas de la mañana, y yo le mande un mensaje que me iba para mi casa y le dije “si por aquí también esta así me voy para mi casa y salgo mas tarde que mas tarde es que empieza a salir la gente”, de hay en adelante no me respondió mas, ya que en el transcurso de la mañana le mande otros mensajes, y no me respondió, de ahí yo sigo trabajando normal porque empecé a agarrar carreras y no me fui a la casa, por eso yo le mandaba mensajes para que el también buscaras carreras pero no me respondía, de ahí me fui a comer a mi casa como a la 01:00 horas de la tarde y le mande otro mensaje como de costumbre lo hacia para que saliera de su casa y nos pusiéramos a echar cuento y no me contesto, yo salgo de nuevo a trabajar, como a las 02:00 horas de la tarde aproximadamente, seguí trabajando normal sin saber nada de el, en eso como a las 03:45 horas de la tarde me llama la mama de “BONAY” y me pregunta que si lo había visto y lo único que yo le respondí fue que le había mandado mensajes en la mañana y que lo había intentado llamar y sonaba el teléfono apagado, y no había sabido nada de el, como a las cuatro horas de la tarde aproximadamente yo le marque para llamarlo y su teléfono aparecía apagado todavía, después seguí trabajando normal hasta que llegue al perrero que esta ubicado en un estacionamiento cerca de mi casa diseccionado en la Av. 04, de la Urbanización Manuel Piar, a las 06:00 horas de la tarde, donde yo entregaba el carro, después de ahí me fui para la casa de la abuela de “BONAY”, en compañía del señor ERNESTO TORRES, quien es dueño del carro donde yo trabajo como taxista, y MIGUEL AGUILAR quien es vecino y amigo, ESTUVIMOS AHÍ PRTEGUNTANDO POR “BONAY” y se reunió la familia hasta que salimos a buscarlo por los lados de la autopista, emprendimos la búsqueda desde Guanare hasta Boconoito, hasta las 02:00 horas de la mañana, de ahí yo llegue a mi casa y al siguiente día yo viajo hacia la ciudad de MARGARITA ESTADO NUEVA ESPARTE, ya que me iba de vacaciones con mi mama, mi hermano, mi padrastro y una tía que nos esperaba en puerto la Cruz, de ahí me fui y dure una semana por allá, y como a los tres días me avisa el señor Ernesto torres, me decía que habían conseguido a Lisandro pero muerto, y que lo iban a enterrar así, de ahí me regreso el domingo llego a Guanare y ya lo habían enterrado, eso es todo. Seguidamente la Fiscal Segundo del Ministerio Público realiza las siguientes preguntas: ¿Diga Usted, cuando fue la última vez que vio a la victima BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSE? Respondió: el viernes 03/09/10 a eso de las 10:00 a 10:30 horas de la noche que estuvo en el perrero del Sr. Ernesto Torres, OTRA ¿Diga Usted, en compañía de quien se encontraban el día viernes cuando vio por última vez, a la victima BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSE? Respondió: estaba el Señor ERNESTO TORRES, un muchacho de nombre ALEXANDER y otras personas que no recuerdo. OTRA ¿Diga Usted, que otras personas o amigos tenían contacto con la victima BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSE? Respondió: bueno aparte de ERNESTO TORRES, MIGUEL AGUILAR y de ALEXANDER que vive diagonal al perrero, que queda por mi casa, están unos hermanos de nombre LUIS y MIGUEL QUINTERO que viven al lado de la casa de Lisandro “BONAY”, OTRA ¿Diga Usted, si tiene conocimiento de problemas que haya tenido la victima BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSE? Respondió: no, ningún problema, OTRA ¿Diga usted, desea agregar algo mas Respondió: No eso es todo”. Se deja constancia por medio del mismo que el ciudadano objeto de la presente entrevista fue una de las últimas personas con la que mantuvo comunicación el hoy occiso antes de su desaparición.-

19.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 21/09/2010, rendida por la ciudadana, LUGO QUERALES ROSALÍA DEL CARMEN, titular de la cédula de identidad número. V- 9.252.889, y en consecuencia expone: “Resulta ser que el día sábado 04 -09-10 en horas de la mañana yo me pare temprano en mi casa para hacer unas hallacas donde mi mama, en eso yo también me pongo de acuerdo con mi hijo de nombre: LISANDRO JOSÉ, que lo pasar buscando a las 08:30 horas de la mañana porque quería trabajar un rato con mi carro para hacer una platica para comprarle un tetero a su hijo que pronto iba a nacer, bueno entonces yo fui a buscar a mi hijo para que el me dejara donde mi mama y el se fuera trabajar un rato, también quiero decir que al momento en que se iba ir dio una vuelta por los alrededores donde vivía mi mama y me toco corneta con el carro de manera amigable como mi hijo me decía, luego de transcurridas las horas, mi yerna de nombre: YALIMAR RODRÍGUEZ, le mando un mensaje a Lisandro para que me buscara donde mi mama para entregar unas hallacas y el no atendía, entonces yo me preocupe porque el no era así, en vista de esto yo le dije a mi hermana de nombre: FLORELIA LUGO, que lo llamara como a las 12:30 horas de la tarde y tampoco respondía, luego llego la una de la tarde y tampoco aparecía, bueno entonces empezamos a buscar por todos los organismos de seguridad y por los municipios aledaños a esta ciudad y nada, por lo que tuvimos que tomar la decisión de venir a denunciar en esta oficina donde mi hijo quedo solicitado al igual que el vehículo que cargaba mi hijo que es de mi propiedad, luego el día domingo luego de una búsqueda uno de mis vecinos encontró unas papeles por la vía de Suruguapo pertenecientes a mi hijo desaparecido, de igual manera ese mismo día también apareció mi vehículo en la población de Turen Estado Portuguesa, y mi hermano de nombre: CARLOS JOSÉ LUGO se traslado donde estaba el vehículo recuperado y se percato de que estaba en la comisaría de Turen y le habían dicho que los motorizados de la comisaría antes mencionada habían recuperado el vehículo en el barrio las Tejitas, luego después de cuatro días de búsqueda funcionarios de la policía del Estado Portuguesa notificaron al CICPC que había hallado un cadáver en las inmediaciones de una finca ubicada en la vía Mesa Alta de esta ciudad, por lo que mi ex esposo de nombre: LISANDRO ANTONIO BRICEÑO se traslado hacia el cementerio de esta ciudad donde habían llevado el cadáver y allí mi ex esposo reconoció a mi hijo desaparecido de nombre: LISANDRO, posteriormente me informaron que mi hijo lo habían matado y desconozco porque lo habían hecho. Es todo. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR ENTREVISTA A LA DECLARANTE DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, en que lugar y en que fecha fue encontrado el cadáver de su hijo antes mencionado? CONTESTO: “Eso fue el día martes 07-09-10 en horas de la tarde en una vía por la carretera Mesa Alta de esta ciudad” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los datos filiatorios de su hijo hoy occiso? CONTESTO: “Bueno el se llamaba BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSÉ, Venezolano, natural de esta ciudad, de 23 años de edad, fecha de nacimiento (08-10-86), soltero, residía en la urbanización José Antonio Páez, vereda 23 casa Nro 08 de esta ciudad, numero de su cédula V-18.892.261” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, si su hijo antes mencionado tenia algún tipo de enemistad con alguna persona en particular? CONTESTO: “No” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, su hijo hoy occiso laboraba regularmente como taxista? CONTESTO: “Bueno el laboraba era de vez en cuando pero solamente en las mañanas y a veces mí otro hijo de nombre: CARLOS ANTONIO BRICEÑO lo usaba para trabajar como taxista pero los sábados y domingos en las tardes QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, su hijo hoy occiso tenia algún tipo de vicio que pueda mencionar? CONTESTO: "No" SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que su hijo hoy occiso tuviera algún problema de ámbito legal o judicial? CONTESTO: "No" SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, como era el comportamiento de su hijo hoy occiso, en el barrio donde residía? CONTESTO: "El era una persona normal y tenia amistades" OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de las personas con que se la pasaba su hijo hoy occiso? CONTESTO: "El se la pasaba solo y estudiaba en la UNELLEZ Educación Física" NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si hijo hoy occiso le realizaba carreras como taxistas ha alguna persona en particular? CONTESTO: "No se" DÉCIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que su hijo hoy occiso llegara a mantener una relación sentimental a escondías de su actual concubina? CONTESTO: "NO" DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características del vehículo que guarda relación con la presente investigación? CONTESTO: "un vehículo marca Ford, modelo fiesta año 2004, color plata, placas GCE-140" DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que organismos de seguridad recupero el vehículo antes mencionado? CONTESTO: "La policía de Turen Estado Portuguesa" DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo a la presente entrevista? CONTESTO: "No" Es todo. AMPLIADA EN FECHA 05-10-2010, ante la Fiscalía Segunda del Primer Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en la cual expresa lo siguiente: “el día o4 de Septiembre del presente año me encontraba en la casa de mi mama y quede que me encontraría con mi hijo, lo fui a buscar a las 9:20 de allí el se monto en el carro y nos trasladamos a la casa de mi mama, cuando llegamos a donde mi mama el me dice a mi mami colócale el casco al carro y yo se lo coloque y le abrí la puerta le dije con cuidado y el me dijo tranquila, después tranque la puerta y el cruzo hacia la carrera 9, donde hacen un PDVAL en la plaza de los muros, yo entre hasta el porche de la casa de mi mama y Salí de nuevo hacia la bodega cuando iva a aproximadamente a 50 metros para la bodega el iba pasando por ahí y me toco corneta y siguió por allí no lo vi mas hasta que fui a la PTJ. Después de ahí no lo vi mas como a las 11:30 le mande un mensaje y no me respondió después como a las 12:20 llamo a mi hermana Florelia Lugo y le digo que llame a Lizandro José porque no contesta mis mensaje y de allí en adelante ella comenzó a llamarlo y me llamo y me dijo que no le contesta, luego llego mi hermano como a la 01:00 de la tarde que también es taxista y le preguntamos si había visto a mi hijo y me dijo que iba a buscarlo y no lo consiguió después como a las 02:00 mi cuñado me presto el carro y me traslade hasta mi casa para ver si el había ido para allá, estando allá le pregunte a mi hija y ella me dijo que no en ese momento agarre el teléfono y le marque otra vez, no respondió en ese momento llame a un amigo de mi hijo de FAUSTO, y el me dijo que no lo había visto pero el le mando un mensaje preguntándole como estaba la broma y el le respondió que estaba por la avenida Unda, en ese momento llego mi hermano otra vez y me dijo que no lo había visto por ningún lado, en ese momento comenzamos nosotros a preocuparnos mas porque el de 01:00 a 01:30 pm a esa hora estaba almorzando después de ese momento nos trasladamos a la policía a la televisora al TRP, al comando de la Guardia Nacional, después nos dirigimos hacia las salidas y las alcabala de la ciudad, allá nos dijeron que teníamos que esperar 72 horas, ese día nos acostamos a las 04 de la mañana y nos paramos a las 05:30 de la mañana a seguir la búsqueda de fecha 05-09-2010 y nos dividimos por parte uno por la autopista otro por otras vías, yo me dirigí por la autopista de la quebrada de la virgen, como a las 10:00 de la mañana me llamo mi hermana y me dijo que por la entrada de Suruguapo encontraron unos papeles, que eran 02 libretas de ahorros y la cedula y la cedula hermana, y una libreta de ahorro a nombre del abuelo, quien encontró estos papeles se llama Vicente y es vecino de la casa en donde vive mi mama, mi hijo no usaba cartera la cedula la cargaba en los bolsillo de atrás, seguimos buscando por esa vía porque solamente encontramos los papeles, como a las 03:30 pm me llamo mi hermano diciendo que encontraron el carro en la comandancia de turen y de 1 vez dirigimos para turen mi hermana, mi hija y una sobrina y yo, cuando llegamos a turen unos de los funcionarios que estaba allí abrió el carro para ver que había adentro entonces el abrió la maletera de atrás, cuando el abre la maletera no estaba los documentos ni el caucho de repuesto y se encontraban unas botellas de cervezas vacías que en total eran como 9 cervezas, después pregunte a los funcionarios que como hacia para retirar el carro y ellos me dijeron que podía llevármelo, yo les dije que me tenían que dar una orden porque yo lo había reportado como desaparecido, después ellos me dijeron que me fuera el siguiente día en la mañana con los papeles originales que se le entrega, mi hermano el que encontró el carro se encontraba en ese momento llego un funcionario preguntando por las llaves del carro y el tenia que llevárselo porque el era un PTJ y mi hermano le dijo que ese carro no lo podía mover nadie y el uniformado se puso bravo y se monto en una moto y se fue. En fecha 06-09-2010, nos trasladamos hasta la PTJ para que nos dieran el informe para retirar el vehiculo, como a las 04 de la tarde fue que estuvo disponible la grúa para que fuera a buscar el vehiculo, después nos regresamos para Guanare buscando por toda la carretera para ver si lo encontrábamos, el día 07-10-2010, nos trasladamos hasta seguridad ciudadana porque nos había citado allá a mi hermana Florangela Lugo y mi yerna Yarimar Rodríguez y mi persona nos tomaron declaraciones allá, como a la 01:30 pm regrese a la casa de mi mama y quedo mi hermana allá rindiendo declaración, después como a las 2:30 llamo mi hermano preguntando como estaba vestido el hijo mío, como a los 15 minutos después que hable con el volvió a sonar el teléfono y yo conteste y el me dice “la mama de Lisandro José y yo le dije si el me dijo su hijo lo vi discutiendo en la panadería la orquídea con un tipo y le dieron una cachetada, se monto el carro y arrancaron rumbo por el hospital viejo” entonces yo le pregunte que quien era el tipo y me dijo uno de una camioneta amarilla llamado el bombillo que trabaja en la PTJ, y yo le dije quien es ese y el me dijo no nada señora yo no le puedo dar mas información, en ese momento llame al primo mío que trabaja en la PTJ llamado Jean Luis Mahomet, y el me contesto el me dijo vente dentro de media hora para que hablemos de eso, pero en ese momento consiguieron el cuerpo del hijo mío en ese momento llamaron al papa de mi hijo para que fuera a reconocer a una persona en el hospital que habían encontrado pero no había nada y yo llame al teléfono del hijo mío y no contestaba después volví a llamar y me respondió el papa de mi hijo diciéndome que lo encontraron, en ese me llamo mi hermana para nos fuéramos al cementerio porque lo iban a enterrar de una vez y mis hermanos y el papa no querían que lo enterraran de una vez, nos lo entregaron y al día siguiente en fecha 08-09-2010, lo enterramos, sino que lo queríamos velar. en fecha 11-09-2010 recibí otra llamada, en ese momento contesto mi mama y yo estaba cerca de ella y me dijo contesta tu y la persona que estaba hablando me dijo mira entrégame mi cobija que tu sabes bien de que te estoy hablando entonces me dice algo raro y yo le dije a esa flor le quitaron la vida y en ese momento comenzó a reírse y duro como 3 minutos riéndose a carcajadas, y me puse muy nerviosa y yo le tranque y se escuchaba como un teclado de computadora, de ahí para acá no me han llamado, después me llamaron para que rindan declaraciones, después de todo esto se han oído rumores que el como que estaba saliendo con la esposa de un guardia que enfrente de donde dejaron el carro en turen vive un funcionario que estaba con un guardia y están relacionado con lo que le paso a mi hijo”. Mediante la presente entrevista se deja constancia que la misma tiene conocimiento del tiempo, modo y lugar en que sucedieron los hechos.

20 EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO Nº 9700-058-2104-1035, de fecha 24/09/10, suscrita por el funcionario Sub-Inspector DEIBY. J. MUJICA, Experto Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Acarigua Estado Portuguesa, pasa a rendir bajo fe de juramento, el siguiente informe pericial;

MOTIVO: Practicar Experticia de Reconocimiento Técnico a un vehículo automotor, con la finalidad de dejar constancia de su existencia legal, y de las posibles alteraciones que pudiera presentar en sus seriales de identificación.

EXPOSICION:
A los efectos propuestos, me trasladé al Estacionamiento interno de la Sub. Delegación Acarigua, ubicada en la esquina de la avenida 34 con calle 32, Acarigua Estado Portuguesa, lugar donde se encuentra aparcado el vehículo cuya experticia requiere, el cual presenta, las siguientes características: Clase AUTOMÓVIL, marca FORD, Modelo FIESTA, año 2004, tipo SEDAN, Color GRIS, placas siglas: GCE- l40, Uso PARTICULAR, Serial de Carrocería: 8YPZF16N148A35809 y Serial de Motor:4A35809.-

PERITACION:
De conformidad con el pedimento formulado pude constatar que los seriales de identificación de la Carrocería y Motor que presenta el vehículo en estudio son ORIGINALES.

CONCLUSIONES:
01.- Los Seriales de identificación que presenta el vehiculo en estudio son OR1GINALES.-
02.- El Vehículo en estudio, fue verificado ante el Sistema Integrado de Información Policial y se encuentra SOLICITADO por la Sub-delegación de Guanare según actas procesales I-502.426 de fecha 04-09-2010. Por medio del presente elemento de convicción se deja constancia de la existencia legal del vehículo,, el estado legal del mismo y sus seriales

21.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO ACTIVACION ESPECIAL Y BARRIDO Nº 9700-058-LAB-2103, de fecha 24/09/2010, suscrita por la Detective T.S.U WISBELTH GALÍNDEZ, funcionaria adscrita al Departamento de Criminalística Área Físico, Químico y Biológica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua, Rindo a usted el presente informe para los fines legales que juzgue pertinentes.

Por designación de la superioridad siendo las 02:50 horas del día 05/07/2010, me traslade hasta el estacionamiento interno de esta Sede, lugar donde se encuentra aparcado un vehiculo, una vez allí procedí a realizarle una minuciosa inspección en conjunto y detalles en las partes interna y externa del mismo constatándose lo siguiente.

IDENTIFICACION DEL VEHICULO
Clase Automóvil, Marca Ford, Modelo FIESTA, Color Gris, Provisto de las alfanuméricas GCE-140.-

REVISION EXTERNA DEL VEHICULO
Se halla en regular estado de uso y conservación, la capa de pintura que lo recubre es de color GRIS en buen estado, presenta sus cuadros ruedas (Neumáticos) inflados y en regular estado con sus respectivos rines originales; posee de sus dos retrovisores, faros y micas en buen estado de uso y conservación sus cristales se hallan cubierto de anti solar de color negro.-

REVISION EXTERNA DEL VEHICULO
Se halla provisto de dos sillas en la parte delantera y un sillón en la parte trasera elaborados en fibras naturales y sintéticas de color gris, tablero elaborado en material sintético, de color gris provisto de todos los indicadores del sistema de funcionamiento.-

Seguidamente el vehículo antes citado fue sometido al proceso de ubicación, fijación y colección de evidencias de la siguiente forma.

Activación de Huellas Dactilares: Las superficies interna y externa del vehiculo antes referido, fueron sometidas a los vapores por ester de Cianoacrilato, y posteriormente polvos adherentes en la consecución de huellas dactilares, indicando los resultados en las conclusiones.-

COLECCIÓN DE EVIDENCIA:
Técnica de Barrido: Con el uso de una aspiradora eléctrica con su respectivo retenedor descartable y lupas manuales, se efectúa un barrido en la zona interna del vehículo antes referido; lográndose el hallazgo de lo siguiente;
Restos naturales (Tierra) y Apéndices pilosos, colectados en las zonas interior y posterior del piso vehículo en referencia.

Posteriormente las evidencias antes citadas, fueron trasladadas hasta la unidad de análisis, para su procesamiento.

CONCLUSION
Con base a las observaciones, reconocimientos y análisis realizados sobre el vehiculo descrito en las líneas procedentes, puedo establecer lo siguiente.
Sobre la superficie de vehiculo, Clase Automóvil, Marca FORD, Modelo FIESTA, Color GRIS, provisto de las alfanuméricas GCE-140, Se localizaron impresiones dactilares sobre el mismo.-
Los restos minerales localizados y apéndices pilosos y colectados mediante Técnica de Barrido practicada en el interior de la Clase Automóvil, Marca FORD, Modelo FIESTA, Color GRIS, provisto de las alfanuméricas GCE-140, quedan en calidad de depósito en este Departamento para futuros análisis comparativos.-

Es todo, consigno el presente informe que consta de tres (03) folios útiles, el vehículo quedo aparcado en el estacionamiento de este Despacho a la orden de la Fiscalía del Ministerio Publico de este Circuito Judicial, la Hoja contentiva de rastros dactilares son remitidas a la unidad de Lofoscopia de la Sala Técnica de la Sub-Delegación Acarigua, mediante Memorándum Nº 9700-058-1206, de fecha 24/09/2010, a fin de que permanezcan allí resguardadas para futuros análisis Comparativos.- Por medio del presente elemento de convicción se deja constancia de las evidencias que fueron colectadas durante la peritación del presente vehículo.

22 .- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 22-09-2010, suscrita por los funcionarios LUIS VOLCANES, en compañía de los siguiente funcionarios: Inspector JORGE MOLINA, Detectives CÉSAR MONTILLA, CARLOS GONZÁLEZ y el Agente JOSÉ ROMERO, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare, en la cual expresa lo siguiente: Prosiguiendo con las averiguaciones relacionadas con la causa I-502.448…me trasladé hacia UN LOTE DE TERRENO BALDÍO, UBICADO EN LA ENTRADA DE LA FINA LA PEDRACERA, SECTOR MESA ALTA, MUNICIPIO GUANARE ESTADO PORTUGUESA, a fin de tratar de ubicar alguna otra evidencia de interés criminalística que guarde relación con la presente investigación, una vez allí y utilizando un equipo de detención de metales y otros implementos de trabajo, pudimos realizar el hallazgo de un proyectil con blindaje y una concha de municiones donde se lee en bajo relieve Frontier 380 auto, por tal motivo el funcionario técnico procedió a fijar a respectiva inspección siendo las 11:30 horas de la mañana del día de hoy, la cual se anexe a la presente acta, posteriormente nos retiramos del lugar y retornado a la sede…” De la misma se desprende la diligencia investigativa realizada por el Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare

23.-INSPECCION TECNICA Nº 1639 Y SU RESPECTIVO MONTAJE FOTOGRÁFICO, de fecha 22/09/2010, suscrita por los funcionarios: INSPECTOR JORGE MOLINA, DETECTIVES CESAR MONTILLA CARLOS GONZALEZ y LOS AGENTES VOLCANES LUIS y ROMERO JOSE DAVID, adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, en: UN LOTE DE TERRENO BALDÍO, UBICADO EN LA ENTRADA DE LA FINCA LA PEDRACERA, SECTOR MESA LATA, MUNICIPIO GUANARE, ESTADO PORTUGUESA; lugar en el cual se acuerda realizar inspección técnica, de conformidad con lo establecido en el artículo 202 y 214 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto se procede dejando constancia de lo siguiente “El lugar objeto de la presente inspección, resulta ser un sitio abierto completamente despoblado, ubicado en la dirección arriba mencionada; para llegar a éste sitio e hace por medio de una carretera de penetración agrícola en mal estado, conformada por una capa de suelo natural, hasta alcanzar ciento (100) metros aproximadamente respecto a la carretera asfaltada que conduce al sector de mesa alta, lugar donde se percibe temperatura ambiental cálida e iluminación natural de buena intensidad; se encuentra carentes de viviendas cercanas, donde se visualiza de abundante maleza de pequeño y mediano nivel, y de árboles de diferentes especies y tamaños, donde a una distancia de doce metros aproximadamente de la orilla de la carretera de penetración agrícola que conduce al la finca la PEDRACERA, en sentido SUR con referencia a la carretera, donde el terreno presenta un nivel de manera descendente, donde se observa que la vegetación se encuentra marchita y se percibe un olor fétido de poca intensidad; seguidamente se procede a realizar un minucioso rastreo en el mencionado lugar haciendo uso de aparato detector de metal, marca Fisher; modelo 1212-X; de color negro, signado con el serial numero 1421234, lográndose el hallazgo de localizar entre la capa vegetal del lugar, un concha, de aspecto cobrizazo, presentando a nivel de su culote, una huella de impresión directa a nivel de su fulminante, así como inscripciones en bajo relieve donde se lee Frontier 380 Auto, dicha concha es fijada fotográficamente para ser colectada y rotulada con el numero(01); de igual forma se localiza entre la capa vegetal del lugar un proyectil con blindaje de aspecto cobrizado, conservado, observándosele hullas de campos y estrías en su superficie, el mismos es fijado fotográficamente para ser colectado y rotulado con el numero (02). Es todo”. Se deja constancia de cuáles fueron las evidencias de interés criminalístico colectada en la presente inspección. .-

24.- REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nº P-11609, de fecha 28/09/2010, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA, funcionario que colecta y resguarda la evidencia, AGENTE ROMERO JOSE DAVID adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa; EVIDENCIAS FÍSICA COLECTADAS 01.- Una concha, de aspecto cobrizazo, presentando a nivel de su culote, una huella de impresión directa a nivel de su fulminante, así como inscripciones en bajo relieve donde se lee Frontier 380 Auto, rotulada con el numero(01) 02.- Un proyectil con blindaje de aspecto cobrizado, conservado, observándosele hullas de campos y estrías en su superficie, el mismos es fijado fotográficamente para ser colectado y rotulado con el numero (02). Se deja constancia por medio del mismo de manera detallada las evidencias físicas que fueron colectadas durante la inspección técnica Nº 1639 de fecha 22/09/2011.

25.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 29/09/2010, rendida por el ciudadano: AGUILAR TORRES MIGUEL ANGEL, quien expuso lo siguiente: “el día sábado 04/10/10, Salí compre una carne aca donde la carnicería que esta bajando del victoria donde el señor Luís, y llegue a la casa a cocinarla, de ahí salí a las cuatro de la tarde y me fui a jugar fútbol en el club colombo en la categoría de veteranos, después que jugué llegue a las seis me bañe y me dispuse a preparar las carnes en las ollas porque me dedico a vender empanadas y las deje listas para ese otro día, de ahí ese día me dispuse a ver la televisión y me quede dormido para el otro día pararme a las cuatro de la mañana para hacer las empanadas, eso es todo. Seguidamente la Fiscal Segundo del Ministerio Público realiza las siguientes preguntas: ¿Diga Usted, cuando fue la ultima vez que vio a la victima BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSE? Respondió: el Jueves 02/09/10 yo en el transcurso de las diez a once y cuarto yo estaba al lado de mi casa parado en un palito siempre verde que esta allí, ayudándole a unos niñitos a hacer unos papagayos y en ese momento Lisandro José se nos acerco y nos saludamos y después salio su esposa YARIZ, y lo llamo y el se fue y yo me fui a comprar unos cigarros y me fui a la casa, OTRA ¿Diga Usted, que otras personas o amigos tenían contacto con la victima BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSE? Respondió: el estaba estudiando en la UNELLEZ la carrera de deporte, para ser profesor de educación física, pero no se quien se la pasaba aparte de mi, con Lisandro José, ya que yo lo veía todo el tiempo a las cuatro de la tarde agarrar el bus de la UNELLEZ, OTRA ¿Diga Usted, en compañía de quien se encontraban el día Jueves cuando vio por ultima vez, a la victima BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSE? Respondió: bueno estaba un adolescente que se llama MIGUE, dos niñitos mas y yo. OTRA ¿Diga Usted, si tiene conocimiento de problemas que haya tenido la victima BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSE? Respondió: no, ningún problema, OTRA ¿Diga usted, desea agregar algo mas Respondió: No eso es todo”. De la misma se desprende que el entrevistado fue una de las personas que conversó con el hoy occiso antes de su desaparición.-

26.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 29/09/2010, rendida por el ciudadano: TORRES AZUAJE ERNESTO JOSE, quien expuso lo siguiente: “bueno el día jueves 02-09-2010, que fue la ultima ves que vi a LISANDRO, yo estaba en mi negocio, que queda en la Av. 04 estacionamiento Nº 02 de la urbanización Manuel Piar, como alas diez de la noche llega LISANDRO y estaba FAUSTINO un vecino de nosotros, y Lisandro me pidió una hamburguesa, y se quedo echando cuento de los juegos de fútbol y de béisbol, con nosotros, yo le doy la hamburguesa el se la comió y espero hasta que cerramos, ya que eran las once y media de la noche y cada quien se fue para su casa, eso es todo. Seguidamente la Fiscal Segundo del Ministerio Público realiza las siguientes preguntas: ¿Diga Usted, si tiene conocimiento de problemas que haya tenido la victima BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSE? Respondió: desde que yo lo conocí no tenia nada de rose o problemas, el era un muchacho que era de la casa a su trabajo o de sus estudios, nunca tuvo ningún problema, OTRA ¿Diga Usted, que otras personas o amigos tenían contacto con la victima BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSE? Respondió: el estaba estudiando en la UNELLEZ la carrera de deporte, para ser profesor de educación física, pero no se quien se la pasaba aparte de mi, con Lisandro José, ya que yo lo veía todo el tiempo a las cuatro de la tarde agarrar el bus de la UNELLEZ, OTRA ¿Diga Usted, cuando fue la ultima vez que vio a la victima BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSE? Respondió: el otro amigo de LISANDRO era MIGUE, que es un vecinito de dieciséis años mas o menos, que se la pasaba en el grupo donde LISANDRO se la pasaba con nosotros OTRA ¿Diga Usted, en compañía de quien se encontraban el día Jueves cuando vio por ultima vez, a la victima BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSE? Respondió: estábamos nosotros, FAUSTINO, el mismo LISANDRO y mi persona. OTRA ¿Diga Usted, en que momento iban a jugar fútbol y en que momento? Respondió: siempre íbamos a jugar los sábados o domingos contra los equipos de la Mesa de Cavacas, el progreso, la colonia, san José entre otros. OTRA ¿Diga usted, desea agregar algo mas Respondió: No eso es todo”. De la misma se desprende que el entrevistado fue una de las personas que conversó con el hoy occiso antes de su desaparición.-

27.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 01/10/2010, rendida por el ciudadano: OROPEZA LUIS ENRIQUE, Venezolano, natural de Turén Estado Portuguesa, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 30-04-84, soltero, profesión u oficio funcionario policial de orden publico, residenciado en el centro 01, avenida 05 y 06, calle 02, casa Nro 05-71, municipio Turén Estado Portuguesa, portador de la cédula de identidad número V-21.023.447, a fin de rendir declaración en relación a la causa 1-502.448, que se instruye por ante este Despacho, por uno de los delitos Contra Las Personas (HOMICIDIO) y en consecuencia expone: Bueno resulta ser que el día 04-09-10 yo me encontraba de servio como motorizado en la Comisaría Turén del Estado Portuguesa, la cual me tocaba realizar hasta el día lunes 06-09-10, en el lapso del día yo estuve patrullando por la zona que nos corresponde dentro del perímetro de Turén, en compañía de la sargento Rosalía, Distinguido Cecilia, Distinguido Carmena y agentes Ángulo Luis, Renne Guaricuco y Pérez Josué, luego de transcurrido el día sin novedad, a las 02:45 horas de la mañana del día 05-09-10 nos encontramos los funcionarios antes mencionados realizando patrullaje en motos y al momento en que íbamos pasando por la avenida 01 del Barrio las Tejas, municipio Turen Estado Portuguesa visualizamos un vehículo color gris, que tenia la puerta del lado izquierdo abierta, por lo que nos acercamos hacia dicho vehículo con la intensión de revisarlo, luego de eso observamos que tenía la llave de encendido pegada, por lo que tomamos la decisión de llevarnos el vehiculo hacia la Comisaría y el mismo fue conducido por el funcionario Distinguido Cecilia, una vez allí se reviso nuevamente el vehiculo y nos pudimos percatar que el mismo no presentaba equipo de sonido y que le faltaba el caucho de repuesto, también quiero informar que el funcionario Ángulo consiguió unas botellas de cervezas en la parte del asiento de atrás del vehículo, posteriormente se realizo un acta de ingreso de vehiculo para dejarlo en calidad de deposito en la comisaría, luego al otro día llego un ciudadano que decía que era tío del muchacho que era dueño del vehiculo que habíamos recuperado y que no sabían nada de su sobrino, en ese momento por medio del señor pudimos percatarnos que el vehiculo se encontraba solicitado por Guanare, luego el Inspector Viña llamo al 171 y le dijeron que el vehiculo no se encontraba solicitado, luego de eso la Funcionaría Rosalía realizo un acta que fue llevada junto con el vehiculo en cuestión para la Sub-Delegación Acarigua. Es todo. SEGUIDAMENTE LA ENTREVISTADA ES INTERROGADA POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, hora, lugar y fecha de los hechos antes narrados? CONTESTO: "Eso fue en una vía publica, ubicada en la avenida 01 del barrio las Tejas, municipio Turén Estado Portuguesa el día 05-09-10 a las 02:45 horas de la mañana aproximadamente". SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características del vehiculo que fue recuperado por funcionarios de la Comisaría Turén el día 05-09-10 en horas de la mañana en el barrio las Tejitas? CONTESTÓ: “Un vehiculo Ford Fiesta Power gris, cuatro puertas, desconozco sus otras características” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, los nombres de los funcionarios actuantes de la recuperación del vehiculo antes mencionado? CONTESTO: los funcionarios: ROSALBA GONZÁLEZ, CECILIA JOSÉ, ÁNGULO LUIS y mi persona CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, que personas se percataron de los hechos? CONTESTO: “NO, el lugar se encontraba desolado para el momento de la recuperación” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, para el momento de realizar el procedimiento de la recuperación del vehiculo antes mencionado colectaron algún tipo de evidencia? CONTESTO: “No” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, su persona llego a realizar algún tipo de llamada con la intensión de verificar el estatus del vehículo antes mencionado, después de la recuperación? CONTESTO: “No, esa llamada la realizo el inspector Viña al 171 y le dijeron que el vehiculo no se encontraba solicitado” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, en el sitio donde se recupero el vehiculo antes mencionado se encuentra algún tipo de vivienda? CONTESTO: “Si, unas casas nuevas de color crema” SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, como se llegaron a percatar del vehiculo antes mencionado? CONTESTO: “luego de que realizábamos un patrullaje por la calle 05 y vimos el vehiculo con la puerta izquierda abierta” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, anteriormente su persona ha recuperado vehículos abandonados en el barrio las Tejitas del municipio Turén Estado Portuguesa? CONTESTO: “NO, es primera vez” NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, el vehiculo que fue recuperado presentaba algún tipo de sustancia de color pardo rojiza? CONTESTO: “NO” DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce el nombre de la persona que se acerco hacia las instalaciones de la comisaría de Turén el día 05-09-10, informando que era familiar del dueño del vehiculo que anteriormente habían recuperado? CONTESTO: “No solo decía que era tío del dueño del vehículo recuperado y que su sobrino se encontraba Desaparecido” DECIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, el vehiculo antes mencionado fue aparcado en otro sitio ajeno a las instalaciones de la comisaría Turén? CONTESTO: “NO, eso se llevo al comando de una vez” DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, Desea agregar a algo más a la presente entrevista? CONTESTO: “Bueno quieto informar que los rumores que se escuchan en Turen es que el vehículo en cuestión antes de que lo recuperamos nosotros lo cargaban un policía y un Guardia Nacional, pero desconozco dicha información. Es todo. Del presente elemento de convicción se desprende que el mismo carece de veracidad, y que por medio de la misma se configura un delito contra la Fe Pública como lo es la Falsa Atestación de Funcionario Público.-

28.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 01/10/2010, rendida por el ciudadano SICILIA ARENAS JOSÉ LUIS, de nacionalidad, Venezolana natural de Turén Edo Portuguesa, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 31-05-79 soltero de profesión u Funcionario policial Distinguido adscrito al Centro Coordinación residenciado en la venida 07 entre calle 02 y 03, casa 95-48, a media cuadra del Colegio Andrés Bello de Turén Edo Portuguesa, teléfono 0426-9580005, titular de la cédula de identidad Nº V-13.702.799, y en consecuencia Expone: "Me encontraba de recorrido por ala avenida 01 con calle 05 del Barrio las Tejas de Turén, allí logramos visualizar un vehículo de color gris marca Ford modelo Fiesta Power, procedimos de acuerdo al articulo 207 del código Orgánico Procesal Penal a avisar el mismo logrando observar que tenia en su swichera la llave y se encontraba apagado, procedimos a realizar la inspección y logramos observar que en la parte frontal le faltaba el reproductor y en la maletera el caucho de repuesto, muy retirado del lugar se hallaba un grupo de persona, por lo que decidimos no abordarlos por cuanto se encontraban retirado y obviamos en preguntarte algo relacionado al vehículo, posteriormente trasladamos al vehículo a la Comisaría denominada para ese tiempo “Coronel Miguel Antonio Vásquez”, donde allí se mantendría en resguardo, le comunicamos la novedad al jefe de los servicios y éste le participo al Inspector Viña Yimi, quien efectuó llamada al 171 para ver si lograban darle información sobre el vehículo y estos le manifestaron que no tenían conocimiento sobre la procedencia del vehículo, el día domingo el tío de la víctima se entero por sus medios que había sido recuperado el vehículo ya que se encontraba pegando volantes en el hospital de Turen y al salir se percato que el vehículo estaba en la comisaría, él se acerco a la Comisaría y pregunto que como habían recuperado el carro y nosotros le respondimos que había sido abandonado es allí donde nos manifestó que el vehículo había sido denunciado por al CICPC Guanare, donde su sobrino habido sido desaparecido desde el día sábado anterior Es todo." SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA ENTREVISTADO DE LA MANERA SIGUIENTE. PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, lugar hora y fecha de los hechos narrado? CONTESTO: “Eso fue el sábado 05-09-10, a las 02:45 horas de la madrugada en el barrio las tejas de Turén Edo Portuguesa” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, características del vehículo que fue recuperado por la comisión policial? CONTESTO: “Era vehiculo Ford Fiesta Power color gris, placas GCE-140, año 2004” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, en el lugar donde fue recuperado el vehículo se hallaba alguna persona en particular? CONTESTO: “No, las únicas personas que estaban por ahí fue un grupo de personas como a dos cuadra del lugar” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que persona conducían el vehículo que la comisión policial logro encontrar? CONTESTO: “Luego de que fue la recuperación y que se los familiares fueran a solicitar el vehículo, mediante pesquisas se escucharon los rumores que ese carro lo conducía un guardia y un policía, pero en realidad no se, fue un rumor que se escucho” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, en el lugar donde fue localizado el referido vehículo se hallaban alguna vivienda cercana en el lugar? CONTESTO: “Si habían viviendas estaba una casa rosada cercada con alfajol” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, como fue trasladado el vehículo a la comisaría donde su persona se encuentra adscrita? CONTESTO: “Yo lo prendí y me lo lleve rodando, debido a la alta hora de la noche” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, que funcionarios integraban la comisión policial que recupero el referido vehículo? CONTESTO: “En el acta solo estamos reflejado la Sargento Rosalba González, Agentes Oropeza Luis y Ángulo Luis, mi persona, aparte de eso hubieron tres funcionarios que acompañaran a la comisión entre ellos Distinguió Carmona Oswaldo. Agente Rene Guaricuco y Agente Pérez Josué” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, el vehículo se encontraba con algunas de sus puertas abierta al momento de ser localizado? CONTESTO: “Si la puerta del chofer abierta” NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo mas a su entrevista? CONTESTO: “No”. Del presente elemento de convicción se desprende que el mismo carece de veracidad, y que por medio de la misma se configura un delito contra la Fe Pública como lo es la Falsa Atestación de Funcionario Público.-

29.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 01/10/2010, rendida el ciudadano: ÁNGULO GÓMEZ LUIS MIGUEL, de nacionalidad Venezolana, natural de Valencia Estado Carabobo, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 02-03-1988, Estado civil Soltero, profesión u oficio Funcionario Activo de la Fuerza Armada Policial del Estado Portuguesa, ostentando la jerarquía de Agente, destacado en la Comisaría de Turén, Estado Portuguesa, residenciado en el caserío La Aparición de Ospino, Barrio La Ermita, calle el Tubo, casa sin Nro, ¿cerca del Centro Diagnostico Integral, al lado de la Bodega del señor Puerta, Ospino Estado Portuguesa, teléfono de ubicación 04264688700, portador de la Cédula de Identidad Nº V-18.893.371, manifestó no tener impedimento alguno en rendir declaración en torno a los hechos que se investigan y en consecuencia expone: "El Domingo cinco (05) de Septiembre del 2010, a las dos y media (02:30) de la madrugada, salimos de patrullaje en unidades Moto, dos móviles al mando de la Sargento Segundo Rosalba Gonzáles, y los funcionarios distinguido Carmona José, distinguido Sicilia Luís, Agente Pérez Josué, Agente Guarecuco Rene, Agente Oropesa Luís y mi persona, hacia el perímetro de Turén, nos dirigimos hacia la avenida 1 con calle 5, del Barrio Las tejas de Turén, cuando estábamos allí pudimos observar un vehículo marca Ford, Modelo Fiesta, Color Gris, el cual tenía la puerta delantera izquierda abierta es la puerta correspondiente al lado del chofer, por cuanto no observamos a persona alguna cerca del vehículo ni en el interior del mismo se encontraba aparentemente en condición de abandono, procedimos a verificar el interior del mismo, al revisar dentro del carro vimos que las llaves estaban colocadas en la suichera, y en la parte de la maletera habían como cuatro botellas vacías de cerveza, no tenía reproductor ni caucho de repuesto, como a veinticinco metros pudimos observar un grupo de personas en la parte posterior de una casa, procedimos a trasladar el vehículo hacia el comando inmediatamente reportamos al jefe de los servicios, al Jefe de Investigaciones, posteriormente el Jefe de los servicios le hizo llamado al Sub Inspector Viña, jefe de patrullaje para que llamara al servicio de Emergencias 171, a fin de verificar si el vehículo había sido reportado y para que le informara al fiscal de guardia sobre el procedimiento, el Sub Inspector Viña llamó a la Fiscal de Guardia y al 171 en el Servicio 171 le dijeron que el vehículo no estaba reportado, se han estado escuchando rumores de pasillo en el Comando donde presuntamente el vehículo que encontramos lo cargaba esa noche un guardia y un policía. Es todo SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA A LA ENTREVÍSTADA DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar hora y fecha de los hechos que menciona? CONTESTO: “Cuando recuperamos el vehículo nos encontrábamos en la avenida, y con calle 5 del Barrio Las Tejas del Municipio Turén, eran aproximadamente las dos y cuarenta y cinco (02:45) horas dé la madrugada del día Domingo 05 de Septiembre del 2010” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las cuáles fallece el ciudadano LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO? CONTESTO: “No, no tengo conocimiento” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, los motivos por los cuáles salen de patrullaje a la hora especificada? CONTESTO: “Por cuanto a las Dos (02:00) horas de la mañana tuvimos una formación y todos los días a las dos (02:00) de la mañana hay cambio de turno y se hace formación y salimos de patrullaje a las dos y treinta (02:30) horas de la mañana, eso es norma del comando por instrucciones del comandante”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características del vehículo que refiere encuentran en condición de abandono y trasladan a su comando la fecha especificada? CONTESTO: “Era un vehículo marca Ford, Modelo Fiesta de Color Gris, no recuerdo más características” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tenían algún tipo de información previa sobre el referido vehículo que se encontraba en dicha dirección? CONTESTO: “No, ninguna patrullábamos y lo observamos” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, especifique qué funcionarios policiales actuaron en el procedimiento de recuperación del vehículo y de igual forma quienes realizaron la revisión en el interior del automotor? CONTESTO: “Andábamos los siete funcionarios que mencione anteriormente, el acta de procedimiento la suscribimos cuatro (04) funcionarios que somos la Sargento segundo Rosalba González, distinguido Sicilia Luís, Agente Oropeza Luis y mi persona, los que revisamos el interior del carro fuimos los siete funcionarios que llegamos al sitio” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, los motivos por los cuáles sólo suscriben el acta de procedimiento Cuatro (04) funcionarios y no los siete (07) que menciona se encontraban en el lugar? CONTESTO: “Porque éramos los que nos encontrábamos en el momento de realizar el acta en el comando” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, observaron alguna persona en las inmediaciones del lugar donde encontraron el referido vehículo? CONTESTO: “No, no estaba nadie cerca, pero como a veinticinco metros frente a una vivienda se encontraba un grupo de personas” NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, llegaron a verificar con alguien del grupo de personas que se encontraba frente a la vivienda mencionada, sobre el vehículo, sus tripulantes o los medios a través de los cuales llegó al lugar? CONTESTO: “No, no verificamos, no los tomamos en cuenta” DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, los motivos por los cuáles no tomaron en cuenta a las referidas personas y no se inquirió con estos sobre el propietario, conductor o tripulante (s) del vehículo antes citado? CONTESTO: “Porque se encontraban a larga distancia del vehículo y no le notamos actitud sospechosa a alguno ni interés” UNDÉCIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, especifique a qué distancia se encontraban dichos ciudadanos del lugar donde encuentran el automotor? CONTESTO: “Aproximadamente a Veinticinco metros de distancia del carro” DUODÉCIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, actualmente tiene conocimiento quien es el propietario del vehículo vinculado con el procedimiento en cuestión? CONTESTO: “Actualmente tengo conocimiento que la dueña del vehículo es la mamá de un muchacho que estaba desaparecido, el cual era quien conducía el carro, dos días después de que encontráramos el carro me enteré por medio de la prensa que el hijo de la dueña del carro lo encontraron muerto en Mesa Alta, aquí en Guanare, yo sabía que este muchacho estaba desaparecido por cuanto el mismo día que encontramos el carro Domingo 05 de Septiembre en horas de la mañana, familiares de este muchacho se encontraban en el Hospital de Turen colocando afiches con la foto del muchacho desaparecido y como la comandancia de Turen se encuentra frente al Hospital vieron el carro allí estacionado en el comando y fueron a preguntar y dijeron que el muchacho que no recuerdo su nombre era el hijo de la dueña y estaba desaparecido desde el día anterior” DECIMA TERCERA: ¿Diga usted, tiene conocimiento tiene conocimiento de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las cuáles desparece el ciudadano que le refieren ¡as personas aludidas? CONTESTO: “Dijeron en el comando que había salido de la casa de él a trabajar como taxista en el carro y no sabían nada de él desde ese momento” DECIMA CUARTA: ¿Diga usted, los comentarios que refiere haber escuchado sobre el hecho y el referido vehículo? CONTESTO: “En el comando se escucharon comentarios que el carro esa noche que lo encontramos lo cargaban un guardia y un funcionario policial” DECIMA QUINTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento del origen de dichos comentarios? CONTESTO: “No, no tengo conocimiento” DECIMOSEXTA: ¿Diga usted, a quien escuchó mencionar lo referido? CONTESTO: “Son comentarios que se mencionan entre conversaciones no recuerdo quien lo dijo, pero son varias personas que lo mencionan en el comando” DECIMA SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de qué personas especificas se refieren dichos comentarios? CONTESTO: “No, no tengo conocimiento solo dicen que un pálida y un guardia no se quienes serán” DECIMA OCTAVA: ¿Diga usted, cuánto tiempo tiene laborando en las fuerzas Armadas Policiales y destacado en la Comisaría de Turen CONTESTO: “En las Fuerzas Armadas Policiales del estado Portuguesa tengo dos (02) años aproximadamente 10 Meses, destacado en Turen tengo casi Dos (02) Meses, anteriormente trabajaba en la Comisaría de Ospino, duré un años y Dos Meses allí y antes de eso estaba en la Unidad de Asalto Táctico” DECIMA NOVENA: ¿Diga usted, llegó a observar algún signo de violencia en el interior del automotor referido? CONTESTO: “Se veía que el reproductor no estaba y los cables estaban cortados hacia el lado de afuera fue lo único que me llamó la atención” VIGESIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: “No es todo. Del presente elemento de convicción se desprende que el mismo carece de veracidad, y que por medio de la misma se configura un delito contra la Fe Pública como lo es la Falsa Atestación de Funcionario Público.-

30.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 05/10/2010, rendida por el ciudadano: BRICEÑO LISANDRO ANTONIO, quién expone lo siguiente: “En fecha sábado 04/09/2010 a eso de las 03:00 de la tarde yo recibí una llamada y no la conteste porque no tenia el teléfono a la mano, como a eso de las 04:00 PM yo veo la llamada del tío de mi hijo, entonces lo llamo y el me comunica que mi hijo estaba desaparecido cuando había salido a trabajar de taxista lo llamaban y no respondía el teléfono, ya ellos lo andaban buscando por Guanare y no aparecía y como a las 06:00 de la tarde yo Salí a buscarlo también, como hasta las 03 de la mañana sin conseguirlo, el día 07 de septiembre de 2010, me llamaron como a las 03:30 me llamaron para que me dirigiera a la morgue para que fuera a identificar un cadáver a ver si era mi hijo, como no había llegado ningún cadáver entonces me regrese a la casa de la abuela materna de mi hijo, como a los 10 minutos de haber llegado me volvieron a llamar para que me fuera al cementerio porque el cadáver que había aparecido en mesa alta lo iban a enterrar cuando llegamos al cementerio lo identificamos y un funcionario de la PTJ me pregunto que quien era yo y yo le dije que era el papa y me dijo chamo no te voy a caer a embuste ese es tu hijo, entonces en ese momento yo no deje que lo enterrarían para llevármelo para acomodarlo para que lo velaran, estando en el cementerio llamo la mama de el mi otro hijo y yo le quite el teléfono y le comunique que ya lo habíamos identificado que si era el, después me comunica la mama que recibió una llamada cuando nosotros habíamos salido hacia el hospital donde le decían que en la panadería la orquídea el sostuvo una discusión con un tipo allí la cual el se fue se monto en el carro y el tipo con el que discutía se le pego atrás y e apodo de la persona con la que este discutía le dicen el Bombillo, yo también me dirigí a el restaurante criollísimo con el funcionario Jean Luis mohomet y el señor Carlos berbesi y el señor Ubaldo Lugo a revisar unos videos de las cámaras de seguridad que tenían allí porque supuestamente a mi hijo lo habían visto allí, un mesonero que lo reconoció porque nosotros llevamos fotos, después de todo esto los rumores que he escuchado que fueron dos policía que trabajan en el modulo que esta en el barrio el progreso, también escuche otro rumor que dicen que es un sargento de la guardia nacional y dos policías de los últimos cursos que han dictado en el coliseo, cuando yo estuve en Turèn cuando se consiguió el vehiculo yo vi que dentro del vehiculo habían unas botellas de cervezas vacías, también escuche un rumor de que algunos compañeros de estudios que le dijeron a el que dejara la cuestión con esa mujer porque el guardia ya lo había amenazado, es todo”. Sirviendo como elemento de convicción por cuanto de la misma se infiere cómo el padre del hoy occiso tuvo conocimiento de las circunstancias de tiempo modo y lugar como fue encontrado su hijo.-

31.- ACTA DE DEFUNCION NUMERO 444, de fecha 14/09/2010 suscrita por la TSU. Adriana Morales De León, Jefa (E) De Registro Civil del Municipio Guanare Estado Portuguesa, quien certifica que el día 045/09/2010 falleció un adulto de nombre LISANDRO JOSE BRICEÑO LUGO, titular de la cedula de identidad N V- 18.892.271. Quien falleció en el Caserío Mesa Alta de esta jurisdicción, falleció a consecuencia de: “HERIDAS POR ARMA DE FUEGO, SEGÚN LO CERTIFICA LA DRA ARAMBULE ZULEIMA”. Por medio de este elemento de convicción se da fe pública del fallecimiento del ciudadano LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO

32.- PERMISO DE EXHUMACION, de fecha 04/03/2011, suscrito por la Juez de Control Nº de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Abg. Lisbeth Karina Díaz, quien AUTORIZA LA EXHUMACIÓN DEL CADÁVER, a quien en vida respondía al nombre de BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSÉ, cuyos restos se encuentran sepultados en el Cementerio viejo (Ubicado en la Avenida Sucre, Barrio Cementerio) Guanare estado Portuguesa, el cual será realizado por el Médico Anatomopatólogo Forense adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-delegación Guanare estado Portuguesa…”. Con el presente elemento de convicción se deja constancia que vista la solicitud presentada por el Ministerio Público, el Tribunal a cargo considero que se encontraban dados los requisitos para dictar la presente autorización de exhumación y así poder colectar los apéndices pilosos del ciudadano: LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO requeridos para su posterior análisis comparativo.-

33.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO FÍSICO Nº 9700-057-LBFQB-082, de fecha 11/03/2011, suscrita por el Lic. Detective LUIS JOSÉ CARRILLO, Experto adscrito al Departamento de Criminalística del Laboratorio Físico, Químico Y Biológico del Cuerpo de Investigaciones Científica, Penales y Criminalística Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa; “Rindo a usted, el presente informe a los fines legales consiguientes:

MOTIVO: Realizar Experticia de Reconocimiento Físico.

EXPOSICIÓN: El material suministrado consiste en; evidencias físicas relacionadas con las actas procesales 1-502. 448, que se instruye por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas (Homicidio), donde aparece como víctima el ciudadano hoy occiso: AUN POR IDENTIFICAR, y como investigados: PERSONAS AUN POR IDENTIFICAR, colectadas según actas de inspecciones técnicas signadas con los números 1506 y 1507 de fecha 07-09-10, por el detective Salas Bartolomé (S.I.M); discriminada para su identificación y estudio de la siguiente manera:

1. Muestras de suelo natural (tierra), colectada adyacente al lugar donde se localizaba el cadáver, rotulada con la letra "C" (S.I.M).
2. Un sobre contentivo de vegetación (maleza), colectado adyacente al lugar donde se localizaba el cadáver, rotulado con la letra "D" [S.I.M).
3. Un sobre contentivo de apéndices pilosos, colectados de la región cefálica del cadáver aún por identificar, rotulado con la letra "B" (S.I.M).

PERITACIÓN: El material suministrado, fue sometido al siguiente análisis:

ANÁLISIS FÍSICO:
OBSERVACIONES ESTEREOSCOPICA: La mencionada en el numeral 1, fue sometida a una minuciosa observación a través de la Lupa Estereoscópica, visualizándose lo siguiente:

MUESTRA ASPECTO COLOR MINERALES DE COLOR ADHERENCIAS
“C” arenoso Entre marrón
claro y amarillo Gris, negro, brillantes y blanco Restos de materia vegetal deshidratada

ANÁLISIS TRICOLOGICO:

OBSERVACIÓN ESTEREOSCÓPICA: Los apéndices pilosos indicados en el numeral 3, fueron visualizados a través de una lupa estereoscópica, sin tratamiento y montados al seco, visualizándose lo referente al tipo de espécimen, origen, longitud, color, adherencia de suciedad y/o de material grasiento, traumatismo (estiramiento, torsiones o aplastamiento), empleando tabla calorimétrica de la marca Silueta Schwarzkopf de IGORA ROYAL. -

OBSERVACIÓN MICROSCOPICA: Seguidamente fueron sometidos a limpieza con solución jabonosa y desgrasados con éter de petróleo para su observación microscópica, visualizándose la concentración pigmentaria, superficie cuticular , tamaño de los gránulos, canal medular, disposición de las escamas, extremo distal, diámetro promedio y otras particularidades, indicando los resultados en las conclusiones .

CONCLUSIÓN: Con base a las observaciones y análisis realizados al material suministrado que motivó mi actuación, puedo determinar:

1. Los apéndices pilosos referidos en el numeral 3, pertenecen a la especie humana, correspondientes a la región cefálica, con las siguientes características:
Tamaño: coreos y medianos.
Tipo: lisos y semi ondulados.
Color: entre castaño escuro y castaño mediano.
2. Las muestras señaladas en el numeral 1, corresponden a suelo natural (tierra), de aspecto arenoso, color entre marrón claro y amarillo, con minerales de color gris, negro, brillante y blanco, con adherencias de restos vegetales deshidratados.
3. Las muestras mencionadas en el numeral 2, corresponden a muestras de restos vegetales deshidratados. Es todo.

Por medio de la presente se deja constancia del análisis practicado a las evidencias que fueron colectadas en las Inspecciones Técnicas Nº 1506 y 1507 de fecha 07-09-2010.-

34.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 12/03/2011, suscrita por el funcionario Detective WILLIAMS AZUAJE, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: Encontrándome en labores de servicio, recibí llamada telefónica de parte de la Fiscal 67 con competencia Nacional en materia de derecho fundamentales, Abg. Julene Godoy, quien solicita se trasladara funcionario adscrito a éste Despacho al Cementerio Municipal viejo, ubicado en la venida José Antonio Páez, por cuanto se practicara exhumación de cadáver, razón por la cual me dirigí hacia dicha dirección, presente en dicho lugar sostuve entrevista con la referida fiscal quien me indico que se realizaría exhumación de cadáver al occiso de quien en vida respondiera al nombre de: BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSÉ, cédula V-18.892.271, el cual se encuentra inhumado en la fosa denominada "PANTEÓN PAULINO ARIZA y ROSA JULIA ARIZA GALENO", en dicho acto se encontraba presente la Fiscal Segunda del Ministerio Público Abg. Ismelda Figueroa, la Anatomopatólogo Zuleima Arambule credencial 30600, el auxiliar del patólogo funcionario Carlos Barrera credencial 15852 comisión del Cuerpo de Bombero a mando de Sag/2 Yonny José Aguirre Aguiar. CIV-14.613,661, así como comisión de la Policía Estadal al mando de Henry Ceballos, jefe de Investigaciones de la Dirección de inteligencias y estrategias Preventivas, asimismo se encontraban los ciudadanos: BELÉN GRATEROL V-10.724.717 y RAFAEL VALECILLO V-9.252.328, estos últimos realizaran el proceso de excavado de dicha fosa. Una vez exhumado el cadáver los funcionarios Zuleima Arambule credencial 30600 y Carlos Barrera credencial 15852 proceden a revisar el cadáver y de la región cefálica colectan apéndices pilosos, lo cual son debidamente embalados; posteriormente el referido cadáver es trasladado a la fosa de la ciudadana quien en vida respondiera al nombre de: FLORINDA URQUIOLA, dicha fosa presenta un escrito donde se lee "FLORINDA URQUIOLA 27-10-1914 y 04-05-2000", lugar donde será nuevamente inhumado. Posteriormente me retire del lugar retornando a este despacho. Es todo. De la misma se desprende que fueron colectados apéndices pilosos del occiso para poder realizar sus posteriores análisis y comparación.-

35.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 24-03-2011, realizada por ante la Fiscalía Sexagésima Séptima a Nivel Nacional, al Ciudadano: JOSE RAMON LINAREZ SOTO, la misma expone lo siguiente: en relación al hecho, quiero dejar claro que yo no encontré ningunos papeles del joven Lisandro Briceño ni ninguno de mis hijos, lo que paso es la señora YOLANDA OSAL, fue quien se encontró esos papeles y elle fue a mi finca y me los enseño y como estaba mi hijo JOSE RAFAEL y este reconoció al joven que salía en la cedula de identidad y este era vecino de donde vivimos nosotros, y el otro hijo mío de nombre VICENTE se los entrego a la familia del joven, en gesto de un favor. Así mismo al día siguiente fueron los familiares a averiguar en que sitio fue que se encontraron y se realizo un recorrido por la orilla de la carretera par ver si el joven podría estar por allí golpeado. Es todo. SEGUIDAMENTE SE LE REALIZAN LAS SIGUIENTES PREGUNTAS AL ENTREVISTADO: PRIMERA PREGUNTA: Diga usted en que fecha fue que la señora YOLANDA OSAL encontró esos papeles? CONTESTO: no me recuerdo. SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, podría indicarnos donde vive la ciudadana de nombre YOLANDA OSAL? CONTESTA: en la carretera nacional vía Acarigua, entre el río Portuguesa y el María, Sector Las María Uno, como punto de referencia es la casa que queda al lado de la finca mía que se llama Don Vicente. TERCERA PREGUNTA: Diga usted cuando su hijo observo a la persona que estaban en la Cedula de Identidad ustedes sabían que este joven estaba desaparecido? CONTESTO: no, en ningún momento, y mi hijo entrega los papeles es por un favor ya que es engorroso sacar la cédula de identidad y libreta bancarias que eran los papeles que habían. CUARTA PREGUNTA: Diga usted, se recuerda de que tipos de papeles eran? CONTESTO: unas cedula de identidad, unas libretas y unas tarjetas de banco es lo que me recuerdo. QUINTA PREGUNTA: Diga usted cuando fue que fueron los familiares del Joven LISANDRO BRICEÑO a su finca? CONTESTO: Al día siguiente en que mi hijo entrega los documento a la familia del joven SEXTA PREGUNTA. Diga usted, que le manifestó los familiares del joven cuando llegaron a su finca? CONTESTO: lo que me manifestaron fue que andaban buscan a LISANDRO porque no sabían donde esta y nos dieron la gracias por la entrega de los papeles. SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted que familiares de LISANDRO BRICEÑO fueron a su finca? CONTESTO: andaban la mama unos primos que yo sepa. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, que hicieron una vez que la familia llega a su finca? CONTESTO: ellos lo que hicieron fue darnos las gracias, preguntar donde fue que se consiguieron esos papeles y se le indico que la señora YOLANDA OSAL los había conseguido y fuimos hasta el sitio y se les acompaño hacer un recorrido por la carretera para ver si podría estar por allí su familiar. . NOVENA PREGUNTA: Diga usted si desea agregar algo mas a su declaración? CONTESTO: No. Es todo. Con el presente elemento de Convicción se deja constancia como el entrevistado obtuvo los documento de identificación del occiso.-

36- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 25-03-2011, realizada por ante la Fiscalía Sexagésima Séptima a Nivel Nacional, al Ciudadano: AMELIA OSAL VARGAS, la misma expone lo siguiente: Yo iba por la carretera hacia mi casa y observe que habían unos papeles y me devolví y los recogí, hay me fui para la casa que esta a lado de la mía y allí estaba Rafael y su papá a los cuales le mostré sus papeles y Rafael se quedo con ellos. Es todo. SEGUIDAMENTE SE LE REALIZAN LAS SIGUIENTES PREGUNTAS AL ENTREVISTADOS: PRIMERA PREGUNTA: Diga usted en que se encontró usted esos papeles? CONTESTO: no me recuerdo. SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, podría indicarnos en que sitio se encontró los papeles? CONTESTA: en la carretera nacional vía Acarigua, cerca de la casa de mi hija, yo los puedo llevar. TERCERA PREGUNTA: Diga usted que papeles encontró? CONTESTO: yo no los vi., yo los entregue a Rafael CUARTA PREGUNTA: Diga usted conoce a los familiares del ciudadano LISANDRO BRICEÑO. CONTESTO: no. QUINTA PREGUNTA: Diga usted sabe que hizo Rafael con esos papeles? CONTESTO: lo que se es que el se los entrego a la mama del muchacho, bueno del muchacho que eran los papeles. SEXTO: Diga usted si desea agregar algo mas a su declaración? CONTESTO: no. Es todo. Con el presente elemento de Convicción se deja constancia como la entrevistada obtuvo los documentos de identificación del occiso.-

37.- INFORME DE EXHUMACION de fecha 12-03-2011, suscrito por la Anatomopatólogo Dra. ZULEIMA ARAMBULE, adscrita a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científica penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare; la cual deja constancia de los siguiente: “ Siendo las 12 del medio día 12/03/2011, se prepara exhumación judicial de quien en vida respondiera al nombre de BRICEÑO LUGO LIZANDRO JOSE, C.I. 18.892.271, de sexo masculino de 23 años de edad, con fecha de muerte el 07-09-2010 y a 125 días de inhumación previa autopsia medico legal la cual quedo registrada en libro de medicatura forense con Nº 267-2010. Exactamente a la 1:00 p.m. en el Cementerio viejo del Municipio Guanare estado Portuguesa, se ubica parcela y fosa sin número por personal administrativo de este Cementerio, según registros de inhumación se dio inicio ala exhumación del cadáver en presencia y a petición de la Fiscalia 67 Nacional Dra. Julene Godoy, de la Fiscal Luisa Imelda Figueroa en compañía de representantes del CICPC y otros oficiales del estado representantes del cementerio viejo y de familiares del difunto, técnico auxiliar de autopsia y de mi persona Dra. Arambule de R. C.I: 10.137.327, credencia 30600, Medico-Abg. Anatomopatólogo Forense, adscrita al CICPC subdelegación Guanare. Una vez abierto el ataúd se evidencio cadáver en avanzado estado de descomposición, con esqueletizacion parcial de cara y cráneo, tejidos blandos con saponificación parcial. Se procedió a la toma de apéndices pilosos. Una vez tomada las muestras se entregan al funcionario investigador y se procede al cierre del ataúd. Con el presente se deja plasmado el motivo por el cual se llevo a cabo la exhumación del cadáver del ciudadano: LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO.-

38.- REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA S/Nº, de fecha 24/03/2011, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA, funcionario que colecta y resguarda la evidencia, ZULEIMA ARAMBULE, adscrita a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare estado Portuguesa; EVIDENCIAS FÍSICAS COLECTADAS: Apéndices pilosos colectados de la región cefálica, del cadáver de quien en vida respondiera al nombre de BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSÉ”. Con la misma se deja constancia de las evidencias físicas que fueron colectadas durante la exhumación del cadáver de LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO.

39 .- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 13-04-2011, realizada por ante la Fiscalía Sexagésima Séptima a Nivel Nacional, al Ciudadano: JOSE RAFAEL DAVID PERAZA SUAREZ, el mismo expone lo siguiente: “Lisandro era un muchacho muy callado, el vio varias materias conmigo, cuando el desapareció estaban haciendo inter-semestral, yo no inscribí ninguna materia, me encontraba de vacaciones en Valencia, cuando mis compañeros me comentaron por facebook la desaparición de Lisandro, el día que apareció su cuerpo estábamos organizando una búsqueda y yo venia para Barquisimeto a ver el juego Venezuela vs Ecuador y después venia para Guanare, siendo aproximadamente 6:30 p.m., me aviso uno de los compañeros que había aparecido el cuerpo de Lisandro, salí del juego y me devolví para Valencia porque me habían dicho que no lo iban a velar porque se encontraba en estado de descomposición”. Es todo. SEGUIDAMENTE SE LE REALIZAN LAS SIGUIENTES PREGUNTAS AL ENTREVISTADOS: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha que se entero de la muerte del ciudadano: Lisandro José Briceño Lugo? CONTESTO: “llegando a Barquisimeto que iba a ver el juego, aproximadamente a las 6:30 p.m.”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, desde cuando conoce al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTA: “desde el segundo semestre” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, el nombre de la universidad en que estudias? CONTESTO: “En la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora? CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, si tiene conocimiento de que el ciudadano: Lisandro José Briceño Lugo (occiso), tenia algún tipo de discusión en particular con un funcionario de la guardia nacional bolivariana, debido a que estaba saliendo con su esposa o concubina y si conoce el nombre de la persona con quien mantenía relaciones amorosas? CONTESTO: “No, nunca, el era muy reservado en sus cosas, es mas a mediado de octubre de 2010, me entere de que el tenia una hija que nació el mismo día que el apareció muerto” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, el número y nombre de los compañeros que conformaban el grupo de clases? CONTESTO: “Bueno la sección esta conformada por 45 alumnos, pero no todos veíamos todas las materias por igual, ya que a partir del 5to. Semestre no todo el grupo completo veíamos todas las materias” SEXTA PREGUNTA. ¿Diga usted, con que grupo específicamente realizas trabajo tu de la universidad? CONTESTO: “Son ENDER VILLEGA, ADRI AZUAJE, JOSE CONTRERAS Y JOSE MENDOZA”. SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, si tiene conocimiento cual era el grupo de trabajo de estudio de Lisandro Briceño? CONTESTO: “Hay si no se porque yo iba mas adelantados que ellos, yo nunca hice trabajo con Lisandro” “OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, cual fue la ultima vez que vio en vida al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: “no me acuerdo, cuando termino el semestre”. NOVENA PREGUNTA: Diga usted, como se entero de la desaparición de Lisandro Briceño? CONTESTO: me dijo uno de los compañeros no recuerdo quien. DECIMA PREGUNTA: Diga usted, si desea agregar algo mas a su declaración? CONTESTO: solo que Lisandro era un Gran amante de Fútbol. Es todo. Por medio de la presente se deja constancia como el entrevistado tuvo conocimiento de la desaparición y posteriormente de la muerte del joven: LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO.-

40.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 12-04-2011, realizada por ante la Fiscalía Sexagésima Séptima a Nivel Nacional, al Ciudadano: HUMBERTO RAMÓN NELO, el mismo expone lo siguiente: “Expone: en la tarde del día que lo consiguieron, me entere por el mensaje del Facebook, que estaba desaparecido esos fue como a las cuatro de la tarde de ese mismo día, yo llame a ÁNGEL MÁRQUEZ y le pregunte que si era verdad que LISANDRO estaba desparecido y Ángel me dijo que estaba en la vía porque no estaba en Guanare y que eso era lo que salía por Facebook, en horas de la tarde de ese mismo día, recibí un mensaje de texto a mi celular de JUAN SEQUERA, quien me preguntaba a que horas vas para el velorio de LISANDRO, para que nos fuéramos juntos, y así fue como supe de la muerte de LISANDRO Después como a las nueve de la noche fui junto con JUAN al velorio de LISANDRO, y allí fue donde me entere que LISANDRO tenia una mujer embarazada ya que el no contaba su vida privada en clase, yo no escuche nada mas en el velorio y me quede todas la noche en el velorio y al día siguiente fui al enterrio de LISANDRO. Es todo. SEGUIDAMENTE SE LE REALIZAN LAS SIGUIENTES PREGUNTAS AL ENTREVISTADOS: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha que se entero de la muerte del ciudadano Lisandro José Briceño? CONTESTO: cuando yo me entere de la muerte de LISANDRO yo estaba en al Oficina de mi Tía y me entere fue el mensaje de texto que me envío JUAN y eran como a las seis de la tarde, la fecha no la recuerdo. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, desde cuando conoce al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTA: “desde el tercer semestre” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, el nombre de la universidad donde estudiaba su persona con Lisandro José Briceño? CONTESTO: “En la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora? CUARTA PREGUNTA: Diga usted al momento de ocurrir la muerte de LISANDRO estaban en clases del Semestre o estaban de vacaciones? CONTESTO: yo estaba de vacaciones porque en Agosto estamos de receso en cambio LISANDRO estaban haciendo un Intensivo de una materia QUINTA PREGUNTA. Diga usted si tenia conocimiento que el ciudadano LISANDRO tenia alguna enemistad con alguien en particular? CONTESTO: No tengo conocimiento. SEXTA PREGUNTA. Diga usted conocía alguna novia o alguna muchacha que tuviese alguna relación amorosa con LISANDRO? CONTESTO: no, yo no le conocía ninguna novia, solo que el día del velorio me entere que tenia una mujer y esta estaba embarazada. SEPTIMA PREGUNTA. ¿Diga usted, si tubo conocimiento de que el ciudadano: Lisandro José Briceño, estaba saliendo con la esposa o concubina de un funcionario de la Guardia Nacional Bolivariana y si conoce el nombre esa mujer? CONTESTO: “No, tengo conocimiento de eso. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, cual fue la ultima vez que vio en vida al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: la última vez que lo vi fue en clase y seria en el mes de julio. NOVENA PREGUNTA: Diga usted, la especialidad que cursa. CONTESTO. Educación Física y Deporte. NOVENA PREGUNTA. Diga usted, cuales eran aparte de su persona los compañeros de Lisandro en Clase? CONTESTO: JOSE GREGORIO, ANIBAL, y JUAN GARCIA que eran sus compañeros desde el inicio de la carrera, yo lo conocí fue en el tercer semestre y ya íbamos en el sexto semestre mas o menos. DECIMA PREGUNTA: Diga usted, si desea agregar algo mas a su declaración? CONTESTO: no. Es todo. Por medio de la presente se deja constancia como el entrevistado tuvo conocimiento de la desaparición y posteriormente de la muerte del joven: LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO.-

41.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 12-04-2011, realizada por ante la Fiscalía Sexagésima Séptima a Nivel Nacional, al Ciudadano: VILLEGAS ELDER YUBEL, el mismo expone lo siguiente: El día domingo 5 de septiembre recibí un mensaje de un compañero de clase de nombre ANIBAL BRICEÑO, donde me informo que si no sabia nada sobre LISANDRO JOSE BRICEÑO, ya que al parecer este se encontraba desaparecido y que sus familiares estaban preocupados, el día martes 7 de septiembre estaba pintando una casa en los próceres cuando me llamo mi compañero ANIBAL BRICEÑO informándome que había aparecido mi compañero LISANDRO muerto. Es todo. SEGUIDAMENTE SE LE REALIZAN LAS SIGUIENTES PREGUNTAS AL ENTREVISTADOS: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha que se entero de la muerte del ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: “Me encontraba en los Próceres pintando una casa, como a las 02:30 de la tarde aproximadamente del día martes 07/09/2010,” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, desde cuando conoce al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTA: “yo lo conozco a partir del tercer semestre que unieron las dos secciones de deporte en la universidad” TERCERA PREGUNTA: Diga usted, el nombre de la universidad en donde conoció al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: “En la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora? CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, si tiene conocimiento de que el ciudadano: Lisandro José Briceño, tenia algún tipo de discusión en particular con un funcionario de la guardia nacional bolivariana, debido a que estaba saliendo con su esposa o concubina y si conoce el nombre de la persona con quien mantenía relaciones amorosas? CONTESTO: “No, solo hablábamos de futbol nunca me menciono nada de su vida personal” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, el número y nombre de los compañeros que conformaban el grupo de clases? CONTESTO: “Bueno la sección esta conformada por 45 alumnos, pero no todos vemos las mismas materias ya que algunos estamos con otras secciones” SEXTA PREGUNTA. ¿Diga usted, cuantas y cuales materias coincidía usted con LISANDRO? CONTESTO: “que yo recuerde solo veíamos una materia que se llama futbol y otra de nombre béisbol”. SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, cual fue la ultima vez que vio en vida al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: “el día jueves 02 de septiembre del año dos mil diez en la universidad. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, si la semana antes de la desaparición, el ciudadano Lisandro Briceño, asistió a sus actividades estudiantiles? CONTESTO: “si el estuvo en sus actividades normalmente”. NOVENA PREGUNTA: Diga usted, cual es el horario clases establecido en la Universidad. CONTESTO: Es un horario nocturno de lunes a viernes. DECIMA PREGUNTA: Diga usted, si desea agregar algo mas a su declaración? CONTESTO: no. Es todo. Se deja constancia que el entrevistado solo estampara su huella del pulgar derecho. Por medio de la presente se deja constancia como el entrevistado tuvo conocimiento de la desaparición y posteriormente de la muerte del joven: LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO.-

42.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 12-04-2011, realizada por ante la Fiscalía Sexagésima Séptima a Nivel Nacional, al Ciudadano: DIAZ QUINTERO ENRIQUE JOSE, el mismo expone lo siguiente: “expone: el día lunes 6 de septiembre recibí un mensaje de un compañero de clase de nombre JOSE GUEVARA, donde me pregunto si yo sabia algo de mi compañero LISANDRO JOSE BRICEÑO, ya que al parecer se encontraba desaparecido y sus familiares estaban muy preocupados, el día martes 7 de septiembre estaba en mi casa cuando llego mi compañero JOSE GUEVARA y me contó que LISANDRO lo habían encontrado muerto y que lo ya lo estaban enterrando en el cementerio municipal vía Acarigua por la carretera vieja. Es todo. SEGUIDAMENTE SE LE REALIZAN LAS SIGUIENTES PREGUNTAS AL ENTREVISTADOS: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha que se entero de la muerte del ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: “Me encontraba en mi casa ubicada en la urbanización José Antonio Páez vereda 14 casa numero 14, de los Próceres, en horas de la tarde del día martes 07/09/20 10. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, desde cuando conoce al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTA: “yo lo conozco a partir del tercer semestre que unieron las dos secciones de deporte en la universidad” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, el nombre de la universidad en donde conoció al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: “En la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora? CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, si tiene conocimiento de que el ciudadano: Lisandro José Briceño, tenia algún tipo de discusión en particular con un funcionario de la guardia nacional bolivariana, debido a que estaba saliendo con su esposa o concubina y si conoce el nombre de la persona con quien mantenía relaciones amorosas? CONTESTO: “No, el era muy callado nunca le conocí a nadie, solo nos veíamos en clase y nunca me comento nada al respecto” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, el número y nombre de los compañeros que conformaban el grupo de clases? CONTESTO: “Bueno la sección esta conformada por 45 alumnos, pero yo no estaba en el grupo de el solo nos encontrábamos en las practicas de futbol, donde solo somos 15 personas, ELDER VILLEGAS, JOSE CONTRERAS, JOSE GREGORIO CONTRERAS, JOSE MENDEZ, MARIANO MENDEZ, no recuerdo los nombre de mis otros compañeros” SEXTA PREGUNTA. ¿Diga usted, cuantas y cuales materias coincidía usted con LISANDRO? CONTESTO: “todas las materias coincidíamos juntos”. SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, cual fue la ultima vez que vio en vida al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: “el ultimo día que converse con el fue a el ultimo día de clase del semestre regular que fue los últimos días del mes de julio, después de eso no volví a saber de el hasta que me informaron de su desaparición. OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, si la semana antes de la desaparición, el ciudadano Lisandro Briceño, asistió a sus actividades estudiantiles? CONTESTO: “del semestre si que fue a finales de julio, pero el estaba haciendo Inter semestrales no se porque el vio otra materia distinta a la que yo estaba realizando”. NOVENA PREGUNTA: Diga usted, cual es el horario de clases establecido en la Universidad. CONTESTO: El horario normal es un nocturno de lunes a viernes, pero el Inter semestral yo lo vi en las tardes después de las dos, pero nunca supe que horario tenía LISANDRO. DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, si desea agregar algo más a su declaración? CONTESTO: no. Es todo. Se deja constancia que el entrevistado solo estampara su huella del pulgar derecho. Por medio de la presente se deja constancia como el entrevistado tuvo conocimiento de la desaparición y posteriormente de la muerte del joven: LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO.-

43.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 12-04-2011, realizada por ante la Fiscalía Sexagésima Séptima a Nivel Nacional, al Ciudadano: WILFREDO ANTONIO ABREU RODRÍGUEZ, el mismo expone lo siguiente: Es el caso que él día domingo 05 de Septiembre me encontraba en el estadio de béisbol “Cuco Rivas” y un amigo de nombre Elder Villegas que también se encontraba en el estadio me dijo que Lisandro estaba desaparecido desde el viernes y me pregunto que si sabía algo de el porqué la mama estaba preocupada y yo le dije que no que yo no lo veía desde el miércoles que fuimos para la universidad, desde ahí solo me enteraba por el facebook que él estaba desaparecido y que lo estaban buscando por medio de comentarios que hacían, hasta el día martes que fui para un Cyber que se encuentra en Los Próceres y me entere por el facebook que a Lisandro lo habían encontrado muerto por mesa alta, luego otro amigo de nombre Angel Márquez me escribió y me dijo que habían encontrado muerto a Lisandro. Es todo. SEGUIDAMENTE SE LE REALIZAN LAS SIGUIENTES PREGUNTAS AL ENTREVISTADOS: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha que se entero de la muerte del ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: “Me encontraba en un Cyber llamado punto de encuentro que está ubicado en Los Próceres, el día martes 07/09/10, no recuerdo la hora. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, desde cuando conocía al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTA: «lo conocí a partir del tercer semestre en la universidad, desde que unieron las dos secciones que habían” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, el algún tipo de problema con alguna persona? CONTESTO: «No, porque el tipo de comunicación que manteníamos era en la universidad y el nunca salió con el grupo porque decía que no le gustaba beber y la mayoría de veces que salíamos de clases él se iba de una vez» QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, si el ciudadano Lisandro José Briceño mantenía alguna relación amorosa? CONTESTO: «solo supe que el iba a ser papa pero no conocí a la muchacha. SEXTA PREGUNTA. ¿Diga usted, cual fue la última vez que vio en vida al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: «Fue el día miércoles de la semana en que desapareció, el me llamo para que subiéramos a la universidad porque el tenia una exposición y yo lo acompañe y después que expuso bajamos y me dejo en el estadio cuco Rivas y él se fue a buscar una tía”. SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, el nombre de los amigos con los cuales frecuentaba el ciudadano Lisandro José Briceño. CONTESTO: Elder Villegas, Ángel Marques, Rebeca Acosta, José Gregorio Contreras, José Eduardo Contreras, José Guevara, Enrique Díaz, Humberto Aparicio, Andrés Infante, José Méndez, Mariano Méndez. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, si el ciudadano Lisandro Jose Briceño sostuvo algún inconveniente con algún funcionario de un órgano de seguridad. CONTESTO: No, el era un muchacho muy tranquilo. NOVENA PREGUNTA. Diga usted, si desea agregar algo más a su declaración? CONTESTO: no. Es todo. Por medio de la presente se deja constancia como el entrevistado tuvo conocimiento de la desaparición y posteriormente de la muerte del joven: LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO.-

44.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 12-04-2011, realizada por ante la Fiscalía Sexagésima Séptima a Nivel Nacional, al Ciudadano: MARIANO JOSÉ MENDEZ QUIROZ, el mismo expone lo siguiente: expone: yo conocía a Lisandro porque vivíamos cerca y además estudiaba con el, y me entere de la desaparición de Lisandro fue por los muchachos de la Urbanización ya que eso se decía, y me entere que apareció muerto creo que fue Javier quien me dijo ya que era vecino de el, que había aparecido muerto por primero por el Metropolitano y después me dijo que el hermano de Lisandro le dijo que fue por Mesa Alta, y en relaciona muerte de el no he escuchado nada y no tenia ninguna novia en la Universidad ni enemigo en la Universidad, en la fecha que el desapareció estábamos de vacaciones, y el estaba haciendo un intensivo en Estadística y Anatomía, y conmigo comenzó Estadística pero no lo Termino. Es todo. SEGUIDAMENTE SE LE REALIZAN LAS SIGUIENTES PREGUNTAS AL ENTREVISTADOS: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha que se entero de la muerte del ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: eso fue cuando yo estaba en mi casa, y no recuerdo bien que me dijo creo que fue Javier, y eso fue en horas de la tarde creo que serian como las tres o cuatro de la tarde, del día siete de Septiembre del año pasado. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, desde cuando conoce al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTA: “desde cuando teníamos como catorce o quince años de edad. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, el nombre de la universidad donde estudiaba su persona con Lisandro José Briceño? CONTESTO: “En la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora? CUARTA PREGUNTA: Diga usted al momento de ocurrir la muerte de LISANDRO estaban en clases del Semestre o estaban de vacaciones? CONTESTO: estábamos de vacaciones, pero yo estaba haciendo un intensivo de Estadística y Lisandro también lo estaba haciendo conmigo, pero se retiro y Lisandro estaba haciendo también el uno de Anatomía. QUINTA PREGUNTA. Diga usted si tenia conocimiento que el ciudadano LISANDRO tenia alguna enemistad con alguien en particular? CONTESTO: No sabía nada de eso. SEXTA PREGUNTA. Diga usted conocía alguna novia o alguna muchacha que tuviese alguna relación amorosa con LISANDRO? CONTESTO: no, yo solo conocía era a su esposa. SEPTIMA PREGUNTA. ¿Diga usted, si tubo conocimiento de que el ciudadano: Lisandro José Briceño, estaba saliendo con la esposa o concubina de un funcionario de la Guardia Nacional Bolivariana o de cualquier otro organismo de Seguridad de estado y si conoce el nombre esa mujer? CONTESTO: “No, tengo conocimiento de eso. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, cual fue la ultima vez que vio en vida al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: la última vez que lo vi fue como cinco día antes de que lo mataran, y lo vi por la casa. NOVENA PREGUNTA: Diga usted, la especialidad que cursa. CONTESTO. Educación Física, Deporte y Recreación. NOVENA PREGUNTA. Diga usted, cuales eran aparte de su persona los compañeros de Lisandro en Clase? CONTESTO: el era muy callado, el grupo era REBECA; ANGEL; WILFREDO; JUANCHO, no recuerdo a mas nadie. DECIMA PREGUNTA: Diga usted si fue al velorio de Lisandro? CONTESTO: si fui. DECIMA PRIMERA PREGUNTA: Diga usted que escucho en el velorio de LUSANDRO en relación a sus muerte? CONTESTO: no escuche nada, mas bien quedamos sorprendido ya que el no se metía con nadie. DECIMA SEGUNDA: Diga usted, si desea agregar algo mas a su declaración? CONTESTO: no. Es todo. Por medio de la presente se deja constancia como el entrevistado tuvo conocimiento de la desaparición y posteriormente de la muerte del joven: LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO.-

45.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 12-04-2011, realizada por ante la Fiscalía Sexagésima Séptima a Nivel Nacional, al Ciudadano: JOSE FRANCISCO MENDEZ TERAN, el mismo expone lo siguiente: yo me entere cuando estaba en al Playa, que me aviso un amigo que vive por mi casa, nosotros le decíamos BONAY a Lisandro, este amigo me dijo que es JESUS TERAN, fue el que me dijo que estaba muerto, y allí empecé a mandarle mensaje a los muchachos que viven por la casa para saber si era verdad que estaba muerto Lisandro, y estos me indicaron que si que estaba muerto, y yo no pude estar en el velorio porque estaba en la playa , pero si fui al novenario, Lisandro estudiaba conmigo en la Universidad, y solamente éramos amigo de la universidad. Es todo. SEGUIDAMENTE SE LE REALIZAN LAS SIGUIENTES PREGUNTAS AL ENTREVISTADOS: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha que se entero de la muerte del ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: me entere cunado estaba en la playa, y me aviso JESUS y seria como las cinco de la tarde, de la fecha en verdad no me recuerdo. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, desde cuando conoce al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTA: “Es de la Universidad desde el primer semestre y estudiamos junto en la misma sección en el tercer semestre, allí cuando unieron las secciones TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, el nombre de la universidad donde estudiaba su persona con Lisandro José Briceño? CONTESTO: «En la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora? CUARTA PREGUNTA: Diga usted al momento de ocurrir la muerte de LISANDRO estaban en clases del Semestre o estaban de vacaciones? CONTESTO: estábamos de vacaciones, pero el estaba haciendo inter semestrales. QUINTA PREGUNTA. Diga usted si tenía conocimiento que el ciudadano LISANDRO tenia alguna enemistad con alguien en particular? CONTESTO: no, nunca me comento que tuvieses enemigo. SEXTA PREGUNTA. Diga usted conocía alguna novia o alguna muchacha que tuviese alguna relación amorosa con LISANDRO? CONTESTO: yo, me entere que tenía a una muchacha embarazada, fue el día del novenario. SEPTIMA PREGUNTA. ¿Diga usted, si tubo conocimiento de que el ciudadano: Lisandro José Briceño, estaba saliendo con la esposa o concubina de un funcionario de la Guardia Nacional Bolivariana o de cualquier otro organismo de Seguridad de estado y si conoce el nombre esa mujer? CONTESTO: “No, que yo sepa no sabia nada de eso. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, cual fue la ultima vez que vio en vida al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: no me recuerdo, seria cuando terminamos la clase, y como el vive por mi casa yo lo veía en la venta de perro caliente que hay en la Urbanización donde vivimos NOVENA PREGUNTA: Diga usted, la especialidad que cursa. CONTESTO. Educación Física, Deporte y Recreación. NOVENA PREGUNTA. Diga usted, cuales eran aparte de su persona los compañeros de Lisandro en Clase? CONTESTO: éramos como nueve, JOSE GREGORIO CONTERAS, ANDRES INFANTE, ENRIQUE DIAZ, ELDER VILLEGAS, WILFREDO ABREU, JOSE EDUARDO CONTRERAS, HUMBERTO PARICIO, Y MARIANO MENDEZ, REBECA ACOSTA, (vive por la Fermín Toro, Urbanización Márquez Moro, desconozco donde vive exactamente) DECIMA PREGUNTA: Diga usted si fue al velorio de Lisandro? CONTESTO: No fui. DECIMA PRIMERA PREGUNTA: Diga usted que escucho en la novenario de LISANDRO en relación a su muerte? CONTESTO: no escuche nada, solo que se rumoraba que estaba saliendo con la esposa de Guardia, pero eso no lo creíamos nosotros. DECIMA SEGUNDA: Diga usted, si desea agregar algo mas a su declaración? CONTESTO: no. Es todo. Por medio de la presente se deja constancia como el entrevistado tuvo conocimiento de la desaparición y posteriormente de la muerte del joven: LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO.-

46.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 12-04-2011, realizada por ante la Fiscalía Sexagésima Séptima a Nivel Nacional, al Ciudadano: JOSE GREGORIO GUEVARA GRATEROL, el mismo expone lo siguiente: “Lisandro era un muchacho tranquilo, lo conocía porque era vecino, jugábamos fútbol juntos, habían viernes que salíamos el grupo y lo invitábamos y el no le gustaba salir con nosotros, el único vicio que yo le conocí fue comer chimo.”. Es todo. SEGUIDAMENTE SE LE REALIZAN LAS SIGUIENTES PREGUNTAS AL ENTREVISTADOS: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha que se entero de la muerte del ciudadano: Lisandro José Briceño Lugo? CONTESTO: “El día en que lo llevaron al cementerio, me aviso chicho el perrero”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, desde cuando conoce al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTA: “desde niños y siempre jugábamos fútbol” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, el nombre de la universidad en que estudias? CONTESTO: “En la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora? CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, si tiene conocimiento de que el ciudadano: Lisandro José Briceño Lugo (occiso), tenia algún tipo de discusión en particular con un funcionario de la guardia nacional bolivariana, debido a que estaba saliendo con su esposa o concubina y si conoce el nombre de la persona con quien mantenía relaciones amorosas? CONTESTO: “No, nunca, el era muy reservado en sus cosas, es mas me entere después de su muerte que tenia una muchacha embarazada” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, el número y nombre de los compañeros que conformaban el grupo de clases? CONTESTO: “Bueno la sección esta conformada por 45 alumnos, pero los mas allegados a compartir, ENDER VILLEGAS, JOSE CONTRERAS, EDUARDO CONTRERAS, WILFREDO ABREU, ENRIQUE DIAZ, HUMBERTO APARICIO, ANGEL MARQUEZ, REVECA ACOSTA, ALEX QUINTERO, FREDDY MUJICA, era el grupo de echar vaina hay mismo en la universidad, pero Linzadro (Bonai) nunca andaba con nosotros a el no le gustaba rumbear con nosotros” SEXTA PREGUNTA. ¿Diga usted, con que grupo específicamente realizas trabajo tu de la universidad? CONTESTO: “Son ENRIQUE DIAZ, WILFREDO ABREU, ACOSTA REVECA, JOSE MENDEZ, FABIO GARCIA y mi persona”. SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, si tiene conocimiento cual era el grupo de trabajo de estudio de Lisandro Briceño? CONTESTO: el al principio hacia los trabajos conmigo, pero como yo estaba mas adelantado, el se cambio de grupo y últimamente estaba WILFREDO ABREU, ANGEL MARQUEZ y ACOSTA REVECA? “OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, cual fue la ultima vez que vio en vida al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: “el día no lo recuerdo porque estábamos en el ínter-semestral, el inscribió anatomía humana y estadística, la cual el abandono estadística fue dos semana y no volvió mas”. NOVENA PREGUNTA: Diga usted, como se entero de la desaparición de Lisandro Briceño? CONTESTO: por los vecinos de la casa. DECIMA PREGUNTA: Diga usted, cual es el horario de clases establecido en la Universidad. CONTESTO: Es un horario nocturno de lunes a viernes. DECIMA PRIMERA PREGUNTA. Diga usted, que semestre estabas cursando a mediado del mes de septiembre del año 2010 y que materias cursabas con Lisandro. CONTESTO. Intra-semestral y la materia que veíamos juntos era estadística y el fue dos semanas y luego la abandono. DECIMA SEGUNDA PREGUNTA. Diga usted, la especialidad y que semestre estas cursando? CONTESTO. Educación Física Deporte y Recreación y estoy esperando la defensa de trabajo de grado. DECIMA TERCERA PREGUNTA. Diga usted, si desea agregar algo mas a su declaración? CONTESTO: No. Es todo. Por medio de la presente se deja constancia como el entrevistado tuvo conocimiento de la desaparición y posteriormente de la muerte del joven: LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO.-

47.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 12-04-2011, realizada por ante la Fiscalía Sexagésima Séptima a Nivel Nacional, al Ciudadano: JOSE EDUARDO CONTRERAS OCANTO, el mismo expone lo siguiente: “Lisandro era un muchacho muy callado y tranquilo, siempre lo que hablaba era del fútbol y se la pasaba leyendo periódico, no tengo nada que decir de su vida personal porque era muy reservado, recuerdo que su frase era mecí y diez mas, porque era fanático del equipo Argentina”. Es todo. SEGUIDAMENTE SE LE REALIZAN LAS SIGUIENTES PREGUNTAS AL ENTREVISTADOS: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha que se entero de la muerte del ciudadano: Lisandro José Briceño Lugo? CONTESTO: “Yo estaba en el negocio trabando, cuando me pasaron un ping, creo que fue cesar Briceño quien me dijo que lo habían encontrado muerto, el día martes 07/09/10, en horas de la tarde”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, desde cuando conoce al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTA: “desde el primer semestre que comenzamos a estudiar junto” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, el nombre de la universidad en que estudias? CONTESTO: “En la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora? CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, si tiene conocimiento de que el ciudadano: Lisandro José Briceño Lugo (occiso), tenia algún tipo de discusión en particular con un funcionario de la guardia nacional bolivariana, debido a que estaba saliendo con su esposa o concubina y si conoce el nombre de la persona con quien mantenía relaciones amorosas? CONTESTO: “No, nunca” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, el número y nombre de los compañeros que conformaban el grupo de clases? CONTESTO: “Bueno la sección esta conformada por 45 alumnos, pero los mas allegados ósea jodiendo son, ANDRES INFANTE, ELDER VILLEGAS, JOSE MENDEZ, WILFREDO ABREU, JOSE GREGORIO CONTRERAS, GARCIA FABIO, MARIANO MENDEZ, HERIQUE DIAZ, RAFAEL PERAZA, pero Lisandro no el era muy callado, nunca salio a rumbear con nosotros” SEXTA PREGUNTA. ¿Diga usted, específicamente el nombre de los compañeros que realizaban los trabajos de clases? CONTESTO: “Son JOSE GREGORIO CONTRERAS, RAFAEL PERAZA, JOSE ALEJANDRO MENDOZA, ANDRES INFANTE, ELDER VILLAGAS, ANIBAL BRISEÑO y mi persona”. SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, si tiene conocimiento cual era el grupo de trabajo de estudio de Lisandro Briceño? CONTESTO: WILFREDO ABREU, JOSE GUEVARA y ACOSTA REVECA? “OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, cual fue la ultima vez que vio en vida al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: “No recuerdo”. NOVENA PREGUNTA: Diga usted, como se entero de la desaparición de Lisandro Briceño? CONTESTO: yo estaba en la discoteca y un vecino de la casa de el de nombre Javier Montilla me dijo, pero pensé que era echando broma. DECIMA PREGUNTA: Diga usted, cual es el horario de clases establecido en la Universidad. CONTESTO: Es un horario nocturno de lunes a viernes. DECIMA PRIMERA PREGUNTA. Diga usted, que cátedra tenían los días jueves y viernes y el nombre del facilitador de la misma, a mediados del mes de septiembre del año 2010. CONTESTO. No recuerdo yo soy muy despistado para las clases. DECIMA SEGUNDA PREGUNTA. Diga usted, la especialidad y que semestre estas cursando? CONTESTO. Educación Física Deporte y Recreación y yo congele. DECIMA TERCERA PREGUNTA. Diga usted, si desea agregar algo mas a su declaración? CONTESTO: no. Es todo. Por medio de la presente se deja constancia como el entrevistado tuvo conocimiento de la muerte del joven: LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO.-

48.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 12-04-2011, realizada por ante la Fiscalía Sexagésima Séptima a Nivel Nacional, al Ciudadano: ANGEL RICARDO MARQUEZ SANCHEZ, el mismo expone lo siguiente: Tal es el caso que me entere en la universidad de la desaparición de mi compañero de nombre Lisandro José Briceño ya que el mismo no había asistido a clases el día lunes 06 de septiembre del 2010, comentaron el resto de los compañeros que le había pasado algo, Salí de la universidad como a las nueve de la noche, el día martes 07 de septiembre no asistí a clases ya que estaba el juego de futbol en Barquisimeto, fue entonces como a las 06:30 de la tarde recibí la noticia por parte de mi compañero de nombre: José Gregorio Contreras, que a Lisandro lo habían encontrado muerto y lo iban a velar en la casa de la abuela, espere que culminara el juego y regrese a Guanare llegando como a las 12:00 horas de la noche. Es todo. SEGUIDAMENTE SE LE REALIZAN LAS SIGUIENTES PREGUNTAS AL ENTREVISTADOS: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha que se entero de la muerte del ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: “Me encontraba en Barquisimeto en juego de futbol, como a las 06:30 de la tarde el día martes 07/09/10, en horas de la noche”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, desde cuando conoce al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTA: “desde la escuela, estudiamos sexto grado, hasta que nos volvimos a ver en la Universidad” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, el nombre de la universidad en que se entero de la muerte del ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: “En la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora? CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, si tiene conocimiento de que el ciudadano: Lisandro José Briceño, tenia algún tipo de discusión en particular con un funcionario de la guardia nacional bolivariana, debido a que estaba saliendo con su esposa o concubina y si conoce el nombre de la persona con quien mantenía relaciones amorosas? CONTESTO: “No, nunca me platico sobre su vida personal” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, el número y nombre de los compañeros que conformaban el grupo de clases? CONTESTO: “Bueno la sección esta conformada por 45 alumnos, pero los mas allegados que nos las pasábamos con Lisandro son, ANDRES INFANTE, ELDER VILLEGAS, JOSE MENDEZ, WILFREDO ABREU, JOSE GREGORIO CONTRERAS, JOSE EDUARDO CONTRERAS, GARCIA FABIO, HUMBERTO APARICIO, MARIANO MENDEZ, HERIQUE DIAZ, JOSE GUEVARA, RAFAEL PERAZA” SEXTA PREGUNTA. ¿Diga usted, específicamente el nombre de los compañeros que realizaban los trabajos de clases? CONTESTO: “Son WILFREDO ABREU, TORO JORGE, JOSE GUEVARA y ACOSTA REVECA”. SEPTIMA PREGUNTA: Diga usted, donde pueden ser ubicados los ciudadanos: WILFREDO ABREU, TORO JORGE, JOSE GUEVARA y ACOSTA REVECA? CONTESTO: “Wilfredo puede ser ubicado en el barrio Monseñor de Unda, calle principal, o en la universidad, en horas de la noche, Toro Jorge vive en Bocono, al parecer tiene mujer en la Mesa, por donde esta una cancha de voleibol, cerca de la plaza, adyacente al modulo policial, ya el defendió la tesis, esta esperando solo el titulo, José Guevara, puede ser ubicado bajando por la Comisaría los próceres, frente al Centro de Rehabilitación, al frente de la casa esta un palo de Pumagas y Acosta Reveca puede ser ubicada en la Urbanización Fermín toro, calle principal, a dos cuadras bajando por la panadería. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, cual fue la ultima vez que vio en vida al ciudadano: Lisandro José Briceño? CONTESTO: “La semana antes de que se desapareciera”. NOVENA PREGUNTA: Diga usted, si la semana antes de la desaparición, el ciudadano Lisandro Briceño, asistió a sus actividades estudiantiles? CONTESTO: Si tuvimos clase asistió. DECIMA PREGUNTA: Diga usted, cual es el horario de clases establecido en la Universidad. CONTESTO: Es un horario nocturno de lunes a viernes. DECIMA PRIMERA PREGUNTA. Diga usted, que cátedra tenían los días jueves y viernes y el nombre del facilitador de la misma. CONTESTO. No recuerdo, lo único que recuerdo son lo profesores de planta, RAFAEL REYES, RIHAR BOLIVAR, CHILE PETTI, JULIO ALBORNOZ y el profesor VICTOR GUEDEZ, especialista en deportes. DECIMA SEGUNDA PREGUNTA. Diga usted, la especialidad que cursa. CONTESTO. Educación Física Deporte y Recreación. DECIMA TERCERA PREGUNTA. Diga usted, si desea agregar algo mas a su declaración? CONTESTO: no. Es todo. Por medio de la presente se deja constancia como el entrevistado tuvo conocimiento de la desaparición y posteriormente de la muerte del joven: LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO.-

49.- EXPERTICIA DOCUMENTOLÓGICA Nº 9700-057-ED-113, de fecha 29-03-2011, suscrita por el Inspector Lcdo. JOSÉ ANGEL UZCATEGUI, funcionario adscrita al Departamento de Criminalística, Experticias Documentólogicas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare, Rindo a usted el presente informe para los fines legales que juzgue pertinentes el siguiente dictamen pericial documentologico.

MOTIVO: Realizar estudio documentologico a fin de determinar lo siguiente:

01.- Autenticidad y/o falsedad de los ejemplares recibidos.

EXPOSICIÓN: El material suministrado objeto de estudio resulta ser el siguiente:
MATERIAL PROBLEMA:

01.- Un (01), ejemplar con apariencia de Cédula de Identidad Venezolana, la cual exhibe en la zona superior inscripciones donde se lee: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, a nombre de: BRICEÑO LUGO LISANDO JOSÉ, signada con el número V-18.892.261, la misma posee en la zona inferior una fotografía y una huella digito pulgar.-

02.- Un (01) ejemplar con apariencia de Cédula de Identidad Venezolana, la cual exhibe en la zona superior inscripciones donde se lee: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, a nombre de: BRICEÑO LUGO MARÍA FERNANDA, signada con el número V-22.091.873, la misma posee en la zona inferior una fotografía y una huella digito pulgar.-

03.- Una (01) libreta de Ahorro del Banco Banfoandes, a nombre de: BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSÉ, CI V-18.892.261, cuenta Nº 0007-0107-67-0010008767, constante de siete (07) folios, presenta en el folio Nº 01 una firma en tinta esferográfica de color negro de tipo ilegible, así como dos impresiones dactilares.-

04.- Unas (01) libreta de Ahorro del Banco Sofitasa, a nombre de CARLOS JOSÉ LUGO HERNÁNDEZ, CI V-01.203.781, cuenta Nº 0137-004783000-0192022, constante de seis (06) folios, presenta violencia en el primer folio (cortado) y en el siguiente folio se observa una firma en tinta esferográfica de color negro del tipo ilegible.-

05.- Un (01) ejemplar con apariencia de tarjeta de débito del Banco Banfoandes Nº 603122 00100 1952 8555 elaborada en material sintético de color rojo y azul, presenta en la parte inferior el nombre de LISANDO BRICEÑO.-

PERITACIÓN: A fin de darle cumplimiento al pedimento formulado, procedí a evaluar y examinar detenidamente y con toda la amplitud necesaria, el documento descrito como material problema, posteriormente realice un Exhaustivo estudio técnico comparativo bajo control óptico, entre los documentos cuestionados y su respectivo estándar de comparación, Cédulas de Identidad Venezolana ORIGINALES, tenidas en éste Departamento para tal fin; a fin de examinar sus características de producción, inherentes a: Soporte, diseño, marca de agua, tonalidades, sistema de impresión, hologramas de seguridad y demás elementos impresos, utilizando para esta confrontación el instrumental técnico adecuado, que consiste en. Lupas manuales de diferentes dioptrías, reglillas y planillas milimetradas para mensuar impresos, microscopio binocular estereoscópico, lámpara ultravioleta, de cuyo cotejo y por evaluación de hallazgos surgen al respecto la siguiente:

CONCLUSIÓN: Con base al estudio documentologico realizado logre establecer lo siguiente:

01.- Los ejemplos con apariencia de Cédulas de Identidad venezolanas, signadas con los números V-18.892.261 y V-22.091.873, suministradas como material Problema, CORRESPONDEN A DOCUMENTOS AUTENTICOS, en cuanto al soporte (Papel), empleado se refiere.-

02.- En cuanto a los ejemplares mencionados como libretas de ahorros y tarjeta de débito, NO SE LOGRÓ DETERMINAR AUTENTICIDAD Y/O FALSEDAD, por cuanto no contamos con el respectivo estándar de comparación.-
Por medio de la presente se deja constancia de la autenticidad de los documentos que fueron hallados en la carretera nacional vía Acarigua, entre el río Portuguesa y el María, Sector Las María por la ciudadana Amelia Osal.

50.- REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nº 001-11, de fecha 18/03/2011, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA, funcionario que colecta y resguarda la evidencia, MONGES RODRÍGUEZA MARIBEL DE LOS ÁNGELES, adscrita a la Fiscalía 67º Nacional con Competencia Plena, sede Guanare estado Portuguesa. EVIDENCIAS FÍSICAS COLECTADAS: 1.- Dos (02) Cédulas de Identidad. Perteneciente a los ciudadanos: Lisandro José Alvarado Lugo, Nº 18.892.261 y María Fernanda Briceño Lugo, Nº 22.091.873, 2.- Una (01) Tarjeta Electrónica Nº 603122 00100 1952 8555, Banco Banfoandes, 3.- Dos (02) Libretas Bancarias específicamente de los bancos: Sofitasa cuenta Número Bancario Nº 0137-004783000-0192022 a nombre de Carlos José Lugo Fernández y Banco Banfoandes, Número Bancario Nº 0007-0107-67-0010008767 a nombre de Briceño Lugo Lisandro José. Con la misma se deja constancia de las evidencias físicas que fueron entregadas por la ciudadana: ROSALÍA DEL CARMEN LUGO, ante la Fiscalía 67º NN Guanare estado Portuguesa, en virtud ser las evidencias que fueron encontradas por la ciudadana AMELIA OSAL, en la carretera nacional vía Acarigua

51.- COPIA CERTIFICADA DE LAS NOVEDADES DEL DIA 05 DE SEPTIEMBRE DEL CENTRO DE COORDINACION POLICIAL Nº 3 MUNICIPIO TUREN, ESTELLER Y SANTA ROSALIA: 05.03:00 sep 10: Se presento la Sto/2da González Rosalba jefe de Móvil 01, conjuntamente con el Dtgo Sicilio José Jefe de Móvil 09, con un vehiculo Fiesta Power, Ford, color Gris, placa GCE140, serial carrocería 8YPZF16N148A35809, causa de retención fue encontrado abandonado, sitio Av 05 Barrio Las Tejas de este Municipio. Elemento de convicción que nos indica la retención del vehiculo de la victima.

52.- ACTIVIDADES COMUNICACIONALES, de fecha 05-04-2011 suscrita por el funcionario Sub-Inspector: RICHARD ESCALONA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Acarigua estado Portuguesa, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación: En el marco de las investigaciones llevadas a cabo en ocasión a las actas procesales signadas con el número I-502.426, iniciadas por ante la Sub-delegación Guanare estado Portuguesa, por uno de los delitos Contra las Personas, en perjuicio del ciudadano: LISANDRO JOSÉ BRICEÑO, bajo la dirección de la Fiscalía 67º del Ministerio Público con Competencia Plena con Competencia Plena a Nivel Nacional; se consigna mediante la presente acta policial, soporte de actividades comunicacionales (llamadas entrantes y salientes, mensajería de texto y ubicaciones geográficas), suministrados por la empresa telefónica Movistar, relacionado con el móvil 0424 583.87.41; del que se procedió a realizar un minucioso análisis arrojando el siguiente resultado: PRIMERO: El móvil celular signado con el número 04245838741 se encuentra registrado a nombre de LISANDRO JOSÉ BRICEÑO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.892.261, residenciado en el Barrio La Arenosa, calle 11 entre carrera 8 y 9, casa Nº 64, Guanare estado Portuguesa, teléfono alterno 0257-256.7218. SEGUNDO: Se pudo constatar que durante el de septiembre del año 2010, dicho móvil no registra actividad comunicacional del tipo llamadas y por consiguiente no se refleja las posibles ubicaciones geográficas del mismo. TERCERO: Durante el mes de septiembre del año 2010, el móvil en cuestión registra cincuenta y cinco (55) mensajes de textos salientes, discriminados de la siguiente manera: Día 01-09-2010: 0416 154.2812 (15), 0414 373. 8585 (09), 0414 718.8839 (05), 0416 117.1577 (02) y 0426 259.8674 (01); Día 03-09-2010: 0414 373. 8585 (09), 0414 718.8839 (04), 0424 538.1163 (02), 0416 154.2812 (01), 0416 444.0361 (01) 0424 513.4029 (01), 0424 533.9854 (01); y Día 04-09-2010: 0414 373. 8585 (01) y 0416 135.3557 (01); pudiéndose apreciar que durante los días 01,03 y 04 mantuvo comunicación además del citado número, con los números 0414 718. 8839 y 0414 154.2812. Es todo.- De la presente se desprende el la actividad comunicacional y de mensajes de textos del teléfono celular propiedad del hoy occiso.-

53.-EXPERTICIA TRICOLÓGICA Y FÍSICA (TIERRA) COMPARATIVAS Nº 9700-057-LBFQB-114, de fecha 27-04-2011, suscrita por el Inspector Lcdo. LUÍS CARRILLO, funcionario adscrita al Departamento de Criminalística, Laboratorio Físico, Químico, Biológico del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare, Rindo a usted a los fines consiguientes este informe:

MOTIVO: Realizar Experticia Tricológica y Física (tierra) Comparativas.

EXPOSICIÓN: El material suministrado consiste en: evidencias físicas relacionado con las actas procesales 1-502.426 (18F67NN-003-ll y 18F02-1C-3886l0 (S.I.O); discriminadas para su identificación y estudio de la siguiente manera:

1. Un sobre contentivo de suelo natural, debidamente descrito según experticia número 9700-057-LBFQB-082, de fecha 11-03-11 (S.I.0)

2.- Un sobre contentivo de de material heterogéneo, colectado mediante técnica de barrido en experticia signada con el número 9700-058-LAB-2103, de fecha 24-09-10 practicada sobre un vehículo Ford Fiesta, color gris, alfanuméricas GCE-140 (S.I.O).

3.- Un sobre contentivo de apéndices pilosos, colectados mediante técnica de barrido en experticia signada con el número 9700-058-LAB-2103, de fecha 24-09-10 practicada sobre un vehículo Ford Fiesta, color gris, alfanuméricas GCE-l40 (S.I.O)

4.- Un sobre contentivo de apéndices pilosos, debidamente descritos según experticia número 9700-057-LBFQB-082, de fecha 11-03-11 (S.I.O).

5.- Un sobre contentivo de apéndices pilosos, colectados en exhumación realizada al cadáver en fecha 11-03-11 (S.I.O)

PERITACIÓN: El material suministrado fue sometido al siguiente análisis:

ANÁLISIS TRICOLOGICO:
OBSERVACIÓN ESTEREOSCÓPICA: Los apéndices pilosos mencionados en los numerales 3, 4 y 5, fueron visualizados a través de una lupa estereoscópica, sin tratamiento y montados al seco, visualizándose lo referente al tipo de espécimen, origen, longitud, color, adherencia de suciedad y/o de material grasiento, traumatismo (estiramiento, torsiones o aplastamiento), empleando tabla colorimétrica de la marca Silueta Schwarzkopf de IGORA ROYAL. OBSERVACIÓN MICROSCÓPICA: Seguidamente fueron sometidos a limpieza con solución jabonosa y desgrasados con éter de petróleo para su observación microscópica, visualizándose la concentración pigmentaría, superficie cuticular, tamaño de los gránulos, Canal medular, disposición de las escamas, extremo distal, diámetro promedio y otras particularidades, indicando los resultados en la conclusión.

ANÁLISIS COMPARATIVO: Los apéndices pilosos mencionados en los numerales 3, 4 y 5, fueron sometidos a un minucioso estudio Comparativo tomando en cuenta las características individuales de cada uno; indicando los resultados en las conclusiones.-

OBSERVACIÓN ESTEREOSCÓPICA: Las muestras mencionadas en los numerales 1 y 2, fueron sometidas a una minuciosa observación a través de la Lupa Estereoscópica, visualizándose lo siguiente:


MUESTRA
ASPECTO
COLOR
MINERALES DE COLOR
ADHERENCIAS
BARRIDO
Arenoso
Grisáceo
Negro, gris, blanco, marrón y amarillo
Restos de materia vegetal deshidratada y fragmentos de Cristales


EXPERTICA Nº 9700-057-LBFQB-082 Arenoso Entre marrón, claro y amarillo Gris, negro, blanco y brillantes Restos de materia vegetal deshidratada

EXPERTICA Nº 9700-057-LBFQB-082 Arenoso Entre marrón, claro y amarillo Gris, negro, blanco y brillantes Restos de materia vegetal deshidratada

CONCLUSION: Con base al reconocimiento, observaciones y análisis realizados al material suministrado, que motivó mi actuación pericial, puedo determinar:

1.- Que del análisis mencionado en los numerales 3, 4 y 5, pertenecen a la especie humana, correspondientes a la región cefálica y con las siguientes características:

• Apéndices pilosos, experticia signada con el número 9700- 058-LAB-2103, de fecha 24-09-10 practicada sobre un vehículo Ford Fiesta, color gris, alfanuméricas GCE-l40:
- tamaño: cortos y medianos.
- Tipo: semi ondulados y ondulados.
- Color: entre castaño oscuro y negro.
*Apéndices pilosos, experticia número 9700-057-LBFQB-082, de fecha 11-03-11
- tamaño: cortos y medianos.
- Tipo: lisos y semi ondulados.
- Color: entre castaño oscuro y castaño mediano.
*Apéndices pilosos colectados en exhumación realizada al cadáver en fecha 11-03-11
• Tamaño: cortos y medianos.
• Tipo: lisos y semi ondulados.
• Color: castaño oscuro, castaño mediano, entre castaño oscuro y mediano.

2. Que del análisis comparativo realizado entre los apéndice pilosos colectados mediante técnica de barrido en experticia signada con el número 9700-058-LAB-2103, de fecha 24-09-10 practicada sobre un vehículo Ford Fiesta, color gris, alfanuméricas GCE-140; con los apéndices pilosos debidamente descritos según experticia número 9700-057-LBFQB-082, de fecha 11-03-11 y los apéndices pilosos colectados en exhumación realizada al cadáver en fecha 11-03-11, se constató que los mismos no poseen características físicas homologas y vinculables entre si.

3. Que los apéndices pilosos mencionados en los numerales 4 y 5, se constató en su análisis comparativo; que los mismos poseen características físicas homologas y vinculables entre si.

4. Que del análisis comparativo realizado a las muestras de material heterogéneo (tierras) señalado en los numerales 1 y 2, no poseen características físicas vinculables entre sí.

Es todo. Consigno el original del presente informe pericial constante de TRES (03) folios útiles. Los apéndices pilosos y muestras de suelo natural (tierra) antes descritos, quedan depositados en esta Unidad.

Elemento de convicción que nos indica que existe homologia entre los apéndices pilosos colectados en la inspección técnica nº 1506 y los colectados en la exhumación son de la victima y no tienen homologia con los colectados en el barrido del vehiculo. -

54.- EXPERTICIA DE COMPARACIÓN BALÍSTICA Nº 9700-058-BIC-567, de fecha 27-06-2011, suscrita por la Sub Inspectora Lcda. FRANCIS OLIVAREZ, funcionaria adscrita al Departamento de Criminalística, Balística Identificativa y Comparativa del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua, Rindo a usted a los fines consiguientes este informe pericial:

MOTIVO:
El material recibido para realizar la experticia en referencia consiste en: UNA (01) CONCHA Y UN (01) UN PROYECTIL, descrita en la experticia número 371 de fecha 29-09-2010, relacionado con el expediente 1-502-448, la cual fue realizada por la sub Delegación de Guanare. A fin de realizar: EXPERTICIA DE COMPARACIÓN BALISTICA con las CONCHAS Y PROYECTILES (Prueba de disparo, descrita en la experticia Número BIC-2244 de fecha 27-06-2011, relacionado con el expediente 1-502-448, la cual se realizo en la Sub Delegación de Acarigua.

EXPOSICIÓN:
01.- Una (01) concha, calibre 380, DESCRITA EN LA EXPERTICIA NÚMERO “371” de fecha 29-09-2010, relacionada con el expediente 1-502-448.-
02.- Un (01) proyectil, DESCRITA EN LA EXPERTICIA NUMERO “371” de fecha 29-09-2010, relacionada con el expediente 1-502-448. –
03.- Seis (06) conchas y seis (06) proyectiles, OBTENIDAS MEDIANTE PRUEBA DE DISPARO, de las armas de fuego, todas tipo pistola, una marca Tanfoglio, calibre 9mm, las otras cincos marca Pietro Beretta, calibre 9 mm, de las cuales dos conchas y dos proyectiles, pertenecen a cada una de las armas de fuego y dichas conchas reposan como estándar de comparación en los archivos de este departamento y DESCRITAS EN LA EXPERTICIA NUMERO BIC-2244 de fecha 27-06-2011, relacionado con el Expediente I-502-448.-

PERITACIÓN:
Examinando las piezas y siendo sometidas a un minucioso estudio óptico comparativo entre ellas, cm. picando para esta labor un microscopio de comparación balística, marca Leica, modelo DMC, se obtiene lo que indicare en las conclusiones.

CONCLUSIONES:
Con base al reconocimiento, análisis y observación que motiva nuestras actuaciones periciales a las piezas recibidas y luego de un minucioso estudio óptico comparativo pude determinar:

01.- Al ser comparado entre si, la CONCHA, mencionada en el numeral uno (01), con las conchas (prueba de disparo) mencionadas en el numeral tres (03) de este informe, dando como resultado NEGATIVO, es decir la concha no fue percutida por las armas de fuego mencionadas en el numeral tres (03) de este informe.

02.- Al ser comparado entre si, el PROYECTIL, mencionadas en el numeral dos (02), con los proyectiles mencionados en el numeral tres (03) de este informe, dando como resultado NEGATIVO, es decir el proyectil no fue disparado por las armas de fuego mencionadas en el numeral tres (03) de este informe.

03.- La concha y el proyectil, descritos en los numerales uno (01> y dos (02), es devuelta a la sala de resguardo y custodia de evidencias físicas de la Sub-Delegación de Guanare Estado Portuguesa, según planilla N°: P-11.609, mientras que los disparos de prueba mencionado en el numeral: tres (03) de este informe; quedaran depositados en la caja fuerte de este Departamento. Elemento de convicción que son indica las características balísticas que presenta la concha 7y el proyectil colectado en al reinspección y la comparación balísticas


55.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO, MECÁNICA Y DISEÑO Nº 9700-058-BIC-2244, de fecha 27-06-2011, suscrita por la Sub Inspectora Lcda. FRANCIS OLIVAREZ, funcionaria adscrita al Departamento de Criminalística, Balística Identificativa y Comparativa del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua, Rindo a usted a los fines consiguientes este informe pericial:

MOTIVO:
El material recibido para realizar la experticia en referencia, consiste en: SEIS (06) ARMAS DE FUEGO Y DOCE (12) BALAS, a fin de realizar: EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO, MECANICA Y DISEÑO. -

EXPOSICIÓN:

01.- Las características de la primera arma de fuego suministrada como incriminada son: portátil, corta por su manipulación;

Tipo……………………………………………………………………….Pistola
Calibre……………………………………………………………………..9mm
Marca……………………………………………………….……… Tanfoglio
Modelo……………………………………………………………….Force 99
Lugar de Fabricación………………………………………………… Italia
Acabado Superficial…………………………………………..…….. Negro
Giro helicoidal……………………………………………………Dextrógiro
Número de campos………………………………………………..Seis (06)
Número de estrías…………………………………………………Seis (06)
Diámetro del cañón……………………………………..8,90 milímetros
Longitud del cañón…………………………………..112,50 milímetros
Empuñadura……....Elaborada en material sintético de color negro
Sistema de carga……………. Un cargador, para dieciséis (16) balas
Serial de orden…………………………………………………… AB76990

02.- Las características de la segunda arma de fuego suministrada como incriminada son: portátil, corta por su manipulación;

Tipo……………………………………………………………………….Pistola
Calibre……………………………………………………………………..9mm
Marca……………………………………………………….…..Pietro Beretta
Fabricado en…………………………………………………………..…Italia
Modelo…………………………………………………………………….92FS
Giro helicoidal……………………………………………….……Dextrógiro
Número de campos…………………………………….…………..Seis (06)
Número de estrías…………………………………….……………Seis (06)
Longitud del cañón………………………………..…..124,90 milímetros
Diámetro del cañón……………………………..………..9,60 milímetros
Sistema de carga………………. Un cargador, para Quince (15) balas
Empuñadura……....Dos tapas elaboradas en material sintético color negro y unidas entre si, a la prolongación metálica de la caja de los mecanismos por medio de dos tornillos
Serial de orden…………………………………………………… H85308Z
OBSERVACIÓN: Se visualiza en el lado izquierdo (vista del observado) del cuerpo del arma de fuego y en bajo relieve las siguientes inscripciones: “OP-060”

03.- Las características de la tercera arma de fuego son: portátil, corta por su manipulación:

Tipo……………………………………………………………………….Pistola
Calibre………………………………………….……………..…….……...9 mm
Marca Pietro…………………………………….…………………..……Beretta
Fabricado en……………………………………………………………….Italia
Modelo…………………………………..……………..……………………92FS
Giro helicoidal……………………………………………………… Dextrógiro
Número de campos………………………………………………….. Seis (06)
Número de estrías………………………….………………………… Seis (06)
Longitud del cañón…………………….………………... 124,90 milímetros
Diámetro del cañón……………………….………….…….. 9,60 milímetros
Sistema de carga……………… Un cargador, para Quince (15) balas.
Empuñadura ………………………………………..Dos tapas elaboradas en material sintético color negro y unidas entre si, a la prolongación metálica de la caja de los mecanismos por medio de dos tornillos.
Serial de Orden…………………………………………………. G37449Z.

OBSERVACION: se visualiza en el lado izquierdo (vista del observador) del cuerpo del arma de fuego y en bajo relieve las siguientes inscripciones: “POLI PORTUGUESA”.

04.- Las características de la cuarta arma de fuego son: portátil, corta por su manipulación:

Tipo…………………………………………….……………….……….…..….. Pistola.
Calibre……………………………………….………………..……..……….… 9 mm.
Marca……………………………………….…………..………...….... Pietro Beretta.
Fabricado en……………………………….………….………..…..……………. Italia.
Modelo…………………………………….……………….…………..…..………. 92FS
Giro helicoidal…………………………………………………..….……... Dextrógiro
Número de campos……………….……………..……………....…………. Seis (06)
Número de estrías………………….……………….………..…………….. Seis (06)
Longitud del cañón…………….…………….……………..…. 124,90 milímetros
Diámetro del cañón….………………….…….…………….……. 9,60 milímetros
Sistema de carga………………..…….. Un cargador, para Quince (15) balas.
Empuñadura………………………………………………………Dos tapas elaboradas en material sintético color negro y unidas entre si, a la prolongación metálica de la caja de los mecanismos por medio de dos tornillos.
Serial de Orden…………………………………………………………. H85383Z.

OBSERVACION: se visualiza en el lado izquierdo (vista del observador) del cuerpo del arma de fuego y en bajo relieve las siguientes inscripciones: “POLI PORTUGUESA”.

05.- Las características de la quinta arma de fuego son: portátil, corta por su manipulación:

Tipo Pistola.
Calibre……………………………………………………………..………….. 9 mm
Marca…………………………………………………………..……. Pietro Beretta
Fabricado en…………………………………………………………..………. Italia
Modelo………………………………………………………………..………… 92FS
Giro helicoidal……………………………………………………..…… Dextrógiro
Número de campos……………………………………………..……….. Seis (06)
Número de estrías……………………………………………..………… Seis (06)
Longitud del cañón…………………………………………. 124,90 milímetros
Diámetro del cañón……………………………………………. 9,60 milímetros
Sistema de carga………….…………. Un cargador, para Quince (15) balas
Empuñadura……. Dos tapas elaboradas en material sintético color negro y unidas entre si, a la prolongación metálica de la caja de los mecanismos por medio de dos tornillos.
Serial de Orden………………………………………………………….. G37312Z

OBSERVACION: se visualiza en el lado izquierdo (vista del observador) del cuerpo del arma de fuego y en bajo relieve las siguientes inscripciones: “POLI PORTUGUESA”.

06.- Las características de la sexta arma de fuego son: portátil, corta por su manipulación:

Tipo……………………………………………………………………..….…….. Pistola
Calibre…………………………………………………………….….….……….. 9 mm
Marca…………………………………………………………..……….. Pietro Beretta
Fabricado en……………………………………………………………………... Italia
Modelo……………………………………………………………………………... 92FS
Giro helicoidal……………………………………………………………… Dextrógiro
Número de campos……………………………………………………………Seis (06)
Número de estrías…………………………………………………………….Seis (06)
Longitud del cañón……………….…………………………….. 124,90 milímetros
Diámetro del cañón……………………………………………….. 9,60 milímetros
Sistema de carga……………….………… Un cargador, para Quince (15) balas
Empuñadura…………………………………..Dos tapas elaboradas en material
sintético color negro y unidas entre si, a la prolongación metálica de la caja de los mecanismos por medio de dos tornillos.
Serial de Orden………………………………………………………………H85207Z
OBSERVACION: se visualiza en el lado izquierdo (vista del observador) del cuerpo del arma de fuego y en bajo relieve las siguientes inscripciones: “OP-060”.

07.- Doce (12) Balas, para arma de fuego tipo pistola, calibre 9mm, el cuerpo de cada una de ellas se componen de: Proyectil blindado, de la forma cilíndrico ojival, pólvora, manto del cilindro elaborado en metal de aspecto cobrizo, garganta y culote con capsula de fulminante.

PERITACIÓN:
Examinando los mecanismos de las armas de fuego suministradas y descritas en los numerales: uno (01), dos (02), tres (03), cuatro (04), cinco (05) y seis (06), suministradas como incriminadas, se constato que para el momento de realizar la presente experticia se encuentran en BUEN ESTADO DE USO Y FUNCIONAMIENTO.

CONCLUSIONES:
Con base al reconocimiento, observaciones y análisis realizados al material suministrado, que motivó mi actuación puedo determinar:

01.- Con las armas de fuego descritas en los numerales uno (01), dos 02), tres (03), cuatro (04), cinco (05) y seis (06), (EN SU BUEN ESTADO DE USO Y FUNCIONAMIENTO), se pueden ocasionar lesiones de mayor o menor gravedad e incluso la muerte, debido a los impactos en forma rasante o perforantes producidos por los proyectiles disparados con las mismas, dependiendo básicamente de la región anatómica comprometida.

02.- Las balas descritas en el numeral siete (07) son utilizadas para aprovisionar las armas de fuego, tipo pistola, calibre 9 y sus proyectiles una vez disparado por un arma de fuego pueden ocasionar lesiones de mayor o menor gravedad e incluso la muerte, dependiendo básicamente de la región comprometida.

03.- Se utilizaron las balas descritas en el numeral siete (07), para efectuar dos disparos de prueba con cada una de las arma de fuego, descritas en los numerales anteriores y las piezas obtenidas (conchas y proyectiles) quedan depositas en este departamento para futuras comparaciones.

04.- Los seriales de las armas de fuego descritas en los numerales uno (01), dos 02), tres (03), cuatro (04), cinco (05) y seis (06), fueron verificadas en el sistema computarizado de esta sub. — delegación (SIIPOL), por el Funcionario Orlando Pereira, el cual me informo que dichos SERIALES NO PRESENTAN SOLICITUDES POR ANTE ESTE CUERPO POLICIAL.

05.- Las Armas de fuego y sus respectivos cargadores, descritos en los numerales uno (01), dos 02), tres (03), cuatro (04), cinco (05) y seis (06), son devueltas al funcionario de la. Policía del Estado Portuguesa: HENRRY CEBALLO PEREZ, titular de la cedula de Identidad número V-11.173.469, adscrita la Dirección de Inteligencia y Estrategia Preventiva Guanare estado Portuguesa. Con el presente elemento se deja constancia de la existencia legal y el buen estado de conservación de las armas de fuego peritadas.-

56.- EXPERTICIA DE TRAYECTORIA BALÍSTICA INTRAORGÁNICA Nº 9700-058-ARH-565, de fecha 22-07-2011, suscrita por el Agente JUAN RODRÍGUEZ, funcionario adscrito al Departamento de Criminalística, Reconstrucción y Análisis de Suceso del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua, Rindo a usted el presente informe para los fines legales que juzgue pertinente:

Cumpliendo instrucciones de la superioridad, fui comisionado para darle respuesta al Memorándum N° 1270 de fecha 04/03/02011, por lo que me traslade hacia: UN TERRENO BALDIO, UBICADO FINCA LA PEDRACERA, SECTOR MESA ALTA, MUNICIPIO GUANARE ESTADO PORTUGUESA, lugar en el cual se procedió a realizar un análisis profundo de los elementos Físicos de Juicio para poder establecer una relación Físico — Trigonométrica entre la victima y el tirador.

ELEMENTOS DE CARÁCTER CRIMINALISTICO

SITIO DEL SUCESO: El lugar a inspeccionar lo constituye un sitio abierto, correspondiente a la vía pública constituida por una capa de asfalto, desprovista de aceras en ambos lado de la calzada, en el sentido SUR OESTE se visualiza una breza, con suelo natural y árboles frondoso , se tomo como punto de referencia la FINCA LA PEDRACERA . Para efectos de elaborar la presente trayectoria no se localizan impacto y orificio.

ELEMENTOS DE CARÁCTER MEDICO LEGAL:

PROTOCOLO DE AUTOPSIA: Según el citado protocolo de autopsia, la víctima presentó: “herida producida por el paso de proyectil único disparado por arma de fuego, con la siguiente características:

PROTOCOLO DE AUTOPSIA

PROTOCOLO DE AUTOPSIA


LESIÓN



ENTRADA



SALIDA



TATUAJE



CARACTERÍSTICAS



TRAYECTO

267-2010 de fecha 07-09-10 cadáver de: BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSÉ

01
Región Posterior del cuello (nuca)
Hueso maxilar inferior derecho

No
Atrás adelante izquierda a derecha

CONCLUSIONES: Con base a los elementos antes citados aunados a las apreciaciones de carácter balístico, puedo establecer:

01.- POSICION VICTIMA — TIRADOR: La victima que motivo esta actuación al momento de recibir la herida, se encontraba de pie, mientras que el tirador se encontraba de pie, atrás y diagonal izquierdo de la victima.

De la misma se desprende la posición que tenía el tirador y la víctima al momento de perpetrarse el hecho delictivo.-

57.- LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO Nº 566, de fecha 14-07-2011, suscrita por el Experto EDGAR COLMENAREZ, funcionario adscrito al Departamento de Criminalística, Reconstrucción y Análisis de Suceso del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua, en la cual plasmó lo siguiente:

1. — Área donde se localizó el cadáver de una persona, del sexo, masculino, quien en vida respondiera al nombre de: BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSE, la cual se le colecto de la parte delantera del pantalón un llavero contentivo de dos llaves y apéndices pilosos embalados y rotulados con las letras “A y B” respectivamente.
2. — Lugar donde funcionarios del CICPC fijaron y colectaron muestra de suelo natural (tierra), embalado y rotulado con la letra “O”.
3. — Área donde funcionarios del CICPC fijaron y colectaron muestra de vegetación (maleza), embalado y rotulado con la letra “D”.
4. — Sitio donde funcionarios del CICPC fijaron y colectaron una concha percutida, calibre 380, embalado y rotulado con el número uno (1).
5. — Área donde funcionarios del CICPC fijaron y colectaron un proyectil, de aspecto cobrizado, embalado y rotulado con el número dos (2).
El elemento de convicción determina gráficamente las características del sitio donde se encontró el cadáver de la victima y las evidencias de interés criminalístico colectadas en el mismo

58.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO Y HEMATOLÓGICA Nº 9700-057-LBFQB-255, de fecha 28-07-2011, suscrita por el Sub Inspector LUIS JOSÉ CARRILLO, funcionario adscrito al Departamento de Criminalística, Reconstrucción y Análisis de Suceso del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare, Rindo a usted el presente informe para los fines legales que juzgue pertinente:

MOTIVO: Realizar Experticia de Reconocimiento y Hematológica.

EXPOSICIÓN: El material suministrado consiste en: evidencia física relacionada con las actas procesales 18F02-1C-3886-11 (1-502.426) que se instruye bajo supervisión de esa representación fiscal (S.I.O) discriminada para su identificación y estudio de la siguiente manera:

- Un proyectil parcialmente deformado, colectado en inspección técnica número 1639 de fecha 22-09-10 (S.I.O) ; de forma cilindro ojival blindado, con núcleo de plomo, posee una longitud de 10 mm y un diámetro en la base de 9 mm; asimismo presenta en su superficie huellas de campo y estrías producidas por el ánima del cañón del arma de fuego. Dicha pieza exhibe en su superficie adherencias de suelo natural (tierra)

PERITACIÓN: El material suministrado fue sometido al siguiente análisis:

ANÁLISIS BIOLÓGICO:
REACTIVOS EMPLEADOS: Agua destilada, solución salina normal, peróxido de hidrógeno, Glucosa, Hidróxido de sodio, piridina, Obti test.

MÉTODO DE ORIENTACIÓN Y CERTEZA PARA EL RECONOCIMIENTO DE MATERIAL DE NATURALEZA HEMÁTICA:

REACCIÓN DE ORTOTOLIDINA:
PROYECTIL………………………………. POSITIVO.

INVESTIGACIÓN DE HEMOGLOBINA:
MÉTODO DE TAKAYAMA
PROYECTIL………………………………. POSITIVO.
CONCLUSIONES: Con base al reconocimiento, observaciones y análisis realizados al material suministrado, que motivó mi actuación pericial, puedo determinar:

1. Que en la superficie de la pieza ante descrita, se localizó sustancia de naturaleza hemática, no determinándose grupo sanguíneo debido a lo exiguo de las muestras.

2. La pieza en referencia, en su estado y forma original formaba parte del cuerpo de una bala para armas de fuego, la cual al ser disparada por un arma de fuego del mismo calibre puede ocasionar lesiones de tipo rasantes y/o perforantes, de menor o mayor gravedad e incluso la muerte, dependiendo básicamente de la región anatómica comprometida.

Es todo. Consigno el original y copia del presente informe pericial constante de DOS (02) folios útiles. El material suministrado queda depositado en la Sala de Resguardo y Custodia de Evidencias de esta Sub-Delegación, bajo planilla de resguardo signada con el número 11609.

Por medio del presente elemento de convicción se deja constancia q el único proyectil parcialmente deformado colectado en inspección técnica número 1639 de fecha 22-09-10, poseía sustancia de naturaleza hemática, no determinándose grupo sanguíneo debido a lo exiguo de las muestras.

59.- INSPECCIÓN TÉCNICA Nº 0015 CON MONTAJE FOTOGRAFICO de fecha 26-09-2011, suscrita por el funcionario: T.S.U. YONATHAN SAYAGO, Detective, experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación Barinas. En esta misma fecha siendo las 10:00 horas de la Mañana, se trasladó hasta la: AVENIDA 36 ENTRE 37 Y 38, ESPECIFICAMENTE EN EL ESTACIONAMIENTO DE LA VIVIENDA SIGNADA CON EL NUMERO 37-65, UBICADA EN EL BARRIO LA GUAJIRA VIEJA, CERCA DEL LICEO PREMILITAR, ACARIGUA ESTADO PORTUGUESA, lugar en el cual se acordó practicar inspección técnica de conformidad con lo establecido en el artículo 202 y 207 del Código Orgánico Procesal Penal Venezolano Vigente, a tal efecto se deja constancia de lo siguiente: El lugar a inspeccionar trátese de un sitio abierto expuesto a la vista del público y a la intemperie de los fenómenos climáticos, de temperatura ambiental cálida e iluminación artificial de buena intensidad, correspondiente a un tramo del estacionamiento antes señalado ubicado en la dirección arriba citada el mismo posee un cerca perimetral de bloques y como acceso posee un portón elaborado en metal de tipo batiente, de dos hojas, abierto para el momento de la presente inspección técnica, dicho estacionamiento posee su respectiva calzada de conformación natural tierra y concreto el cual permite el paso vehicular y peatonal en todos los sendos, donde se aprecia en la parte posterior del mismo un vehículo el cual se encuentra completamente cubierto con una sabana de color blanco y una bolsa de material sintético de color negro, las cuales se proceden retirar, logrando observar las siguientes características del vehículo marca FORD, tipo SEDAN, modelo FIESTA, de color PLATA, clase AUTOMOVIL, placas GCE-140, año 2004, al cual le aprecia su latonería y pintura en buen estado, visualizando sobre la superficie de su carrocería manchas de color negro, presuntamente de reactivos y polvos adherentes utilizados para la activación de rastros dactilares, el mismo se encuentra desprovisto de sus neumáticos del lado izquierdo, sus vidrios y espejos retrovisores en regular estado, no observándose signos de violencia en sus sistemas de seguridad, el motor se encuentra en buen estado con todos sus accesorios, al observar su parte interna se aprecia que su tapicería, tablero y tacómetros se encuentran en buen estado, así como su espejo retrovisor, todo para el momento de realizar la presente inspección técnica, seguidamente se procede a realizar una búsqueda minuciosa por todo el vehículo en procura de alguna otra evidencia de interés criminalístico que pueda guardar relación con el hecho que se investiga, logrando localizar en la guantera ubicada en la parte delantera derecha (copiloto), Una (01) media de color blanco uso indistinto con un bordado y letras identificativas donde se lee: EVERLAST y Una (01) fotografía donde se visualiza el cuerpo de una adolescente del sexo femenino, dichas evidencias fueron colectadas como elemento de interés criminalístico, es todo cuanto se tiene que informar al respecto terminó se leyó y estando conformes firman********************************* Con el presente se deja constancia de la diligencia realizada así como de las evidencias colectadas del vehículo en cual se encontraba la víctima para el momento de su desaparición y posterior muerte.-

60- REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA S/Nº de fecha 26/09/2011, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA, funcionario que colecta y resguarda la evidencia, SAYAGO YONATHAN Detective adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Barinas estado Barinas; EVIDENCIAS FÍSICAS COLECTADAS: Dieciséis (16) apéndices pilosos, Cuatro (04) Segmentos de material sintético de color morado y plateado, Una (1) porción de material heterogéneo de que normalmente esta constituido el suelo natural (arena) y restos vegetales. Con la misma se deja constancia de las evidencias físicas que fueron colectadas durante la Inspección Técnica Nº 0015 y su respectivo montaje fotográfico, de fecha 26/09/2011.

61.- EXPERTICIA DE BARRIDO, HEMATOLOGICA Y ACTIVACIÓN ESPECIAL Nº 9700-068-AB-230-11, de fecha 26-09-2011, suscrita por el funcionario: T.S.U. YONATHAN SAYAGO, Detective, experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación Barinas.

MOTIVO: Practicar Experticia de Barrido, Hematológica y Activación Especial, al material suministrado. –

EXPOSICION: Para la realización del presente estudio me traslade hasta el estacionamiento de la vivienda signada con el numero 37-65, ubicada en el Barrio la Guajira Vieja, cerca del Colegio Premilitar, Avenida 36, entre 37 y 38 de Acarigua Estado Portuguesa, donde se encontraba el vehículo correspondiente a las características: CLASE: Automóvil, TIPO: sedan, MARCA: Ford, MODELO: Fiesta, COLOR: Plata, USO: particular, año: 2004, PLACAS: GCE-140, dicho vehículo será objeto de Barrido, experticia hematológica y Activación Especial, sobre sus superficies.-

PERITAJE: Para los efectos del presente peritaje y a fin de dar cumplimiento al mismo, formulado por la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico Primer Circuito del Estado Portuguesa, se procedió a efectuar la aplicación de: aspiradora especial para tal fin (619E evidence vacuum sweeper), gasas y. solución salina, reactivos polvos negros humo y magnético, sobre la superficie del vehículo, objeto del presente estudio Con el apoyo del instrumento técnico adecuado para tal fin, Lupa estereoscópica, brochas de pelaje especial y brocha magnética. De cuya evaluación de hallazgo, surge al respecto la siguiente observación.-

01.- El barrido practicado en el vehículo descrito en la parte expositiva, resulto ser positivo; lográndose obtener la cantidad de Dieciséis (16) apéndices pilosos, Cuatro (04) Segmentos de material sintético de color morado y plateado, Una (01) porción de material heterogéneo del que normalmente está constituido el suelo natural (arena) y restos vegetales, los cuales se colectan, se embalan y se rotulan como evidencia de interés criminalístico.

02.- METODO DE ORIENTACION PARA LA INVESTIGACION DE MATERIAL DE NATURALEZA HEMATICA:

Análisis Bioquímicos

Muestras MÉTODO DE ORIENTACIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN DE MATERIAL DE NATURALEZA HEMÁTICA:
Reacción de Ortotolidina:
Muestra
(Vehículo)
NEGATIVO (-)

03.- La activación especial aplicada al vehículo antes descrito en la parte expositiva, resulto ser negativa, sobre la superficie del mismo que pudieran ser procesables –

CONCLUSION: En base al análisis técnico comparativo efectuado podemos inferir:

01.- El barrido práctico al vehículo descrito en la parte expositiva después de ser analizado en la lupa estereoscópica, se pudo colectar la cantidad de Dieciséis (16) apéndices pilosos; los cuales son susceptibles a posibles cotejos criminalístico, Cuatro (04) Segmentos de material sintético de color morado y plateado, Una (01) porción de material heterogéneo del que normalmente está constituido el suelo natural (arena) y restos vegetales. –

02.- En la superficie de dicho vehículo, no existe la presencia de material de naturaleza hemática.

03.- La activación practicada al material de estudio, en el presente peritaje NO ARROJO rastros dactilares susceptible a ser cotejados. –

…Los apéndices pilosos, los segmento de material sintético y la porción de tierra colectados en dicho vehículo son remitidos anexos a la presente experticia, con su respectiva cadena de custodia. Con el presente se deja constancia de la diligencia realizada así como de las evidencias colectadas del vehículo peritado.-

62.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO Nº 9700-254-423, de fecha 21-10-2011, suscrita por el experto Agente JUAN CARLOS GUEDEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare estado Portuguesa, en la cual manifiesta lo siguiente:

MOTIVO:
Realizar experticia de Reconocimiento Técnico

EXPOSICIÓN:
El material suministrado consiste en:

Cuatro trozos de material sintético en forma de hilo, uno de 22 cm de longitud, y de color morado, uno de 6cm y de color morado, uno de 6cm de longitud y de color morado, uno de 2,8 cm de longitud de color rojo, todos con 2 mm de ancho.
Una imagen montada sobre papel fotográfico, este con dimensiones 28,5cm por 20,3cm de longitud, el mismo presenta del lado superior derechos los siguientes caracteres: SALAMANDER STUDIO 0257-2514766, sobre este y del lado izquierdo, se visualiza la imagen del toroso y cara de una persona joven de sexo femenino, de piel morena, cabello color negro, cara alargada, cejas depiladas, frente prominente, ojos achinados, boca grande, labios delgados, la misma presenta como vestimenta una prenda de color azul, del lado derecho muestra la figura de una estrella con el numero 26 en su centro, la figura de la persona y de la estrella presenta a sus alrededores, cortes pliegue, en la parte inferior se observa en rótulos evidentes en los que se lee: ERIKA MIS 15 AÑOS, como fondo en la descrita fotografía exhibe figuras decorativas al cine, como una cámara de video y cintas de películas.

Una prenda de vestir conocida como media, utilizada para cubrir los pies del usuario, la misma elaborada en fibras naturales de coloro blanco, esta presenta en su parte superior los rótulos de color gris: EVERLAST. Con la presente experticia se deja constancia de las características exactas de las evidencias físicas que fueron colectadas durante la Inspección Técnica Nº 0015 con Montaje Fotográfico de fecha 26-09-2011

63.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 20-10-2011 Suscrita por el funcionario Agente SERRANO Jesús, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada, en la presente averiguación: “Encontrándome en la sede de esta Oficina y continuando con las investigaciones pertinentes al total y mejor esclarecimiento relacionadas con las actas procesales signadas con la nomenclaturas I-502.426 e I-502.448, incoadas por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, procedí a efectuar llamada telefónica al móvil signado con el número (0416) 142.71.38, propiedad de la ciudadana de nombre: FIGUEROA Lourdes, con el propósito de que ésta comparezca por ante la sede de este Despacho, a fin de rendir entrevista, en torno al hecho investigado. Una vez establecida la comunicación, sostuve entrevista con una ciudadana, quien impuesta del motivo de mi llamada, manifestó ser la requerida por la comisión, indicando no tener inconveniente alguno, en hacer acto de presencia por ante ésta Oficina, el día de mañana viernes 21/Octubre/2011, a las 02:00 horas de la tarde, con la finalidad de recibirle su respectiva entrevista, en relación al hecho que nos ocupa; finalizada allí dicha comunicación, procedí a informarle a la Superioridad de las diligencias efectuadas, la mismas quedarán plasmadas en la presente acta de investigación. Es todo. Con el presente elemento de convicción se puede apreciar las diligencias practicadas por los funcionarios policiales en la precitada dirección.-

64.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 20-10-2011, realizada por ante el, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas sub. Delegación Guanare a la Ciudadana: FIGUEROA RODRIGUEZ LOURDES NOEMÍ, titular de la cédula de identidad número V-17.599.219; quien manifestó no tener impedimento alguno en rendir entrevista en torno a los hecho que se investigan y en consecuencia expone: “Comparezco por ante este Despacho, por cuanto recibí llamada telefónica de parte de una persona que se identificó como funcionario que este Cuerpo Policial, manifestándome que tenía rendir entrevista en torno a un hecho que se esta investigando con la muerte de un muchacho quien era taxista, al parecer mi exconcubino de nombre “TORO GONZÁLEZ EDUARDO JOSÉ”, tiene que ver con ese hecho, es todo”. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL ENTREVISTADA DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, conocía de vista trato y comunicación al ciudadano BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSÉ hoy occiso?. CONTESTÓ: “No, pero en esa oportunidad leí la prensa y supo lo ocurrido”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, los datos filiatorios de la persona que menciona como su expareja? CONTESTÓ: “TORO GONZALEZ EDUARDO JOSÉ, de nacionalidad Venezolano, natural Biscucuy, Estado Portuguesa, de 25 años de edad, fecha de nacimiento: 1O/Septiembre/1986, de estado civil casado, residenciado en el barrio Los Tembladores, a una cuadra de la Plaza Bolívar de Biscucuy, Municipio Sucre, Estado Portuguesa; no recuerdo su número de cédula, hijo de la señora Dilcia GONZÁLEZ y de Alcides TORO”. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, actualmente a que se dedica el ciudadano TORO GONZALEZ EDUARDO JOSÉ?. CONTESTÓ: “De verdad que no sé”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuándo fue la última vez que sostuvo comunicación con el ciudadano en mención?. CONTESTÓ: “Desde el mes de febrero del año en curso, vía telefónica”. QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, en qué condiciones conoció al ciudadano TORO GONZÁLEZ Eduardo José?. CONTESTÓ: “Lo conocí en la Comisaría de Payara, ya que él era funcionario policial, tenía la jerarquía de Agente, en el año 2006 y viví en concubinato con él, aproximadamente un (01) año”. SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, cómo es la conducta del ciudadano en mención?. CONTESTÓ: “Era mala conducta, además me agredía física y verbalmente; luego me enteré que desertó de la policía y hace aproximadamente dos (02) años lo votaron”. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, el ciudadano TORO GONZÁLEZ Eduardo José consume algún tipo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas?. CONTESTÓ: “Que yo sepa no”. OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuál era el círculo de amistades del ciudadano en mención?. CONTESTÓ: “Él siempre se la pasaba con varios funcionarios policiales que habían realizado el curso, entre ellos uno de nombre EUDIS”. NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, los datos filiatorios del funcionario que menciona como EUDIS?. CONTESTÓ: “Lo conozco como Eudis RIVERO, tiene la jerarquía de Oficial Agregado, adscrito al Centro de Coordinación Páez”. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características fisonómicas del funcionario antes mencionado?. CONTESTÓ: “Es de estatura pequeña, de contextura delgada, de piel morena, cabello corto, tipo rape, color negro, tipo liso, cejón, cara perfilada, de aproximadamente 25 años de edad”. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, dónde puede ser ubicado el funcionario que menciona como RIVERO Eudis? CONTESTÓ: “Tengo entendido que él vive en el barrio La Coromoto, pero no sé la dirección exacta y sus familiares viven en el barrio La Tejas de Turén”. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, cómo es la conducta del funcionario que menciona como RIVERO Eudis? CONTESTÓ: “Es mala conducta, en todo sentido”. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, el ciudadano TORO GONZÁLEZ Eduardo José y el funcionario policial que menciona como RIVERO Eudis frecuentan algún lugar en particular?. CONTESTÓ: “Bueno ellos se la pasan tomando cervezas en varias licorerías”. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, el funcionario policial que menciona como RIVERO Eudis consume algún tipo de sustancias estupefaciente y psicotrópicas? CONTESTÓ: “No sé”. DECIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, el funcionario policial que menciona como RIVERO Eudis es propietario de algún tipo de vehículo automotor?. CONTESTÓ: “Tiene una moto, color negro, pero no sé sus características”. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, el ciudadano TORO GONZÁLEZ Eduardo José es propietario de algún tipo de vehículo automotor?. CONTESTÓ: “Según su mamá me dijo que tenía un carro color blanco pero no sé mas detalles al respecto”. DÉCIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista, trato y comunicación a los sujetos apodados “EL DIANGO” y “EL ABILIO”?. CONTESTÓ: “Solamente los conozco de vista”. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, refiera las características fisonómicas de los sujetos apodados “EL DIANGO” y “EL AVILIO”?. CONTESTÓ: “Bueno “EL DIANGO”, es alto, moreno, flaco, cabello largo, liso, negro, de aproximadamente 25 años de edad y el “ABILIO”, es alto, gordo, moreno, cabello corto, negro, crespo, de 30 años de edad aproximadamente”. DÉCIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, dónde pueden ser ubicados los sujetos apodados “EL DIANGO” y “EL ABILIO”?. CONTESTÓ: “Bueno el sujeto apodado “EL ABILIO” vive en el barrio Las Tejas y “EL DIANGO” creo que vive en el barrio El Bruzual”; pero no sé sus direcciones exactas”. VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, los sujetos apodados “EL DIANGO” y “EL ABILIO”, acostumbran aportar algún tipo de arma de fuego?. CONTESTÓ: “Nunca los he visto armados, pero son ladrones”. VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, los sujetos apodados “EL DIANGO” y “EL ABILIO”, son propietarios de algún tipo de vehículos automotor?. CONTESTÓ: “En varias oportunidades he visto al sujeto apodado “EL DIANGO”, en una moto, marca YAMAHA, modelo 115, colores negro y rojo, no sé mas detalles”. VIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, qué rumores ha escuchado en relación a la muerte del ciudadano BRICEÑO LUGO Lisandro José?. CONTESTÓ: “Aún nada”. VIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga, desea agregar algo más a la presente entrevista?,-CONTESTÓ: “No, es todo. De la misma se desprende como tuvo conocimiento la entrevistada de los hechos objetos de la presente investigación.-

65.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 24-10-2011 Suscrita por el funcionario AGENTE SERRANO JESÚS, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas quien deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada, en la presente averiguación: “Continuando con las investigaciones pertinentes al total y mejor esclarecimiento relacionadas con las actas procesales signadas con la nomenclaturas I-502.426 e I-502.448, incoadas por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, me trasladé en compañía del funcionario Sub-Inspector LUCENA Leivis, a bordo de vehículo particular, hacia la siguiente dirección: Barrio Las Tejas, avenida “01”, con calle “05”, Municipio Villa Bruzual, Turén, Estado Portuguesa; lugar donde funcionarios adscritos al Centro Coordinación Policial número “03”, localizaron el vehículo clase AUTOMÓVIL, marca FORD, modelo FIESTA POWER, color GRIS, año 2004, placas GCE-140, serial de carrocería: 8YPZF16N148A35809, serial de motor: 4A35809; el cual era conducido por el ciudadano hoy occiso: BRICEÑO LUGO Lisandro José, de 23 años de edad, fecha de nacimiento: 08/Octubre/1986, cédula de identidad V-18.892.271; en fecha sábado 04/Septiembre/2010, con la finalidad de ubicar, citar y entrevistas personas que pudieran tener conocimiento del hecho que acontece; de igual manera, identificar los autores del mismo. Una vez presentes en la referida dirección y plenamente identificados como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigaciones, sostuvimos entrevistas con varios moradores del lugar en alusión, quienes no quisieron aportar sus datos filiatorios por temor a futuras represalias, quienes impuestos del motivo de nuestra presencia, manifestaron tener conocimiento del hecho que nos ocupa, aseverando que los responsables del mismo eran cinco (05) personas, entre ellos: Dos (02) funcionarios policiales de nombres: “RIVERO CASU Eudis” y “TORO Eduardo”; ambos de 25 años de edad aproximadamente, en compañía de dos (02) ciudadanos de nombres: ROMERO SALERO Avilio, apodado “EL AVILIO”, CAMACARO Diango, apodado “EL DIANGO”; ambos de 28 a 30 años de edad aproximadamente y un ciudadano del cual desconocen su identidad, pero vociferaba que era funcionario de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela; dichos sujetos mantienen en zozobra la comunidad en general, amenazándolos de muertes si llegarán a denunciarlos o delatarlos, por los hechos delictivos que cometen, no obstante; para esa fecha una comisión de funcionarios adscritos al Centro de Coordinación Policial número “03” de Turén, patrullaban por la mencionada barriada, los supramencionados tenían en su poder un vehículo clase AUTOMÓVIL, marca FORD, modelo FIESTA POWER, color GRIS, año 2004, placas GCE-140; el cual estaban desvalijando y al notar la presencia de éstos funcionarios emprendieron veloz huida dándose a la fuga, luego de que dichos funcionarios policiales se retiran del lugar, conjuntamente con el referido vehículo, éstos sujetos vociferaban de forma burlona, haberle despojado del mismo al propietario, momento en que le solicitan sus servicios de taxi, posteriormente lo llevan a una zona boscosa donde le efectúan disparos dejándolo allí sin signos vitales; de igual forma, los aludidos se encuentran involucrados en otros hechos delictivos en todas sus modalidades (Robo y Hurto de Vehículos Automotores y el Tráfico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas). Seguidamente, nos señalaron las residencias de los ciudadanos en cuestión, siendo estas: Barrio Las Tejas, avenida “01”, con calle “05”, vivienda signada con el número “02-02”, fachada de bloques, pintada en colores ROSADO y BLANCO, rejas color BLANCO, en su parte posterior un taller que funge como Latonería y Pintura; la misma es propiedad de la progenitora del funcionario policial de nombre “RIVERO CASU Eudy”, es de hacer notar; que en la misma dirección, específicamente frente a ésta se encuentra la residencia signada con el número “03”, conformada de zinc, con fachada pintada en colores AMARILLO, ROSADO y VERDE; propiedad del ciudadano de nombre: CAMACARO Diango, apodado “EL DIANGO”. Posteriormente, nos trasladamos hacia la residencia del ciudadano de nombre: ROMERO SALERO Avilio, apodado “EL AVILIO”; la misma se encuentra ubicada entre calles “07” y “08”, con avenida “05”, signada con el número “0-241”, el cual esta conforma en fachada pintadas en colores ROSADO y BLANCO, al lado de un galpón; obtenida tal información, nos retiramos del referido lugar, con la finalidad de retornar a la sede de este Despacho, donde se le informó a la Superioridad de las diligencias efectuadas, la mismas quedarán plasmadas en la presente acta de investigación. Es todo. Con el presente elemento de convicción se puede apreciar las diligencias practicadas por los funcionarios adscrito a la División de Homicidio del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.-

66.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 24-10-2011 Suscrita por el funcionario Agente SERRANO Jesús, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas quien deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada, en la presente averiguación: “Continuando con las investigaciones pertinentes al total y mejor esclarecimiento relacionadas con las actas procesales signadas con la nomenclaturas I-502.426 e I-502.448, incoadas por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, me trasladé hacia la Sala de Análisis y Seguimiento Estratégico de Información, ubicada en la sede de este Despacho, con la finalidad de verificar por ante el Sistema Integrado de Información Policial, (SIIPOL); los posibles registros policiales O solicitudes que pudiesen presentar los ciudadanos: 1.- RIVERO CASU Eudis, 2.- TORO Eduardo, 3.- ROMERO SALERO Avilio y 4.- CAMACARO Diango. Una vez allí presente, fui recibido por el funcionario Detective TORRES Yonny, Jefe de dicha área, quien impuesto del motivo de mi presencia, procedió a ingresar a dicho sistema y luego de una breve búsqueda minuciosa en el mismo, arrojó como resultado lo siguiente: 1.- RIVERO CASU Eudy Gregorio, de nacionalidad Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de 25 años de edad, fecha de nacimiento: 15/Junio/1986, cédula de identidad V-17.944.603 (HASTA LA PRESENTE FECHA NO POSEE REGISTROS POLICIALES NI SOLICITUD ALGUNA), 2.- TORO GONZÁLEZ Eduardo José, de nacionalidad Venezolana, natural de Acarigua Estado Portuguesa, de 25 años de edad, fecha de nacimiento: 10/Septiembre/1986, cédula de identidad V-17.049.832 (HASTA LA PRESENTE FECHA NO POSEE REGISTROS POLICIALES NI SOLICITUD ALGUNA), 3.- ROMERO SALERO Avilio Antonio, de nacionalidad Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de 28 años de edad, fecha de nacimiento: 25/Enero/1983, cédula de identidad V-17.276.011 (PRESENTA VARIOS REGISTROS POLICIALES) y 4.- CAMACARO ESCOBAR Diango José, de nacionalidad Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de 25 años de edad, fecha de nacimiento: 04/Junio/1986, cédula de identidad V-18.732.080 (HASTA LA PRESENTE FECHA NO POSEE REGISTROS POLICIALES NI SOLICITUD ALGUNA); obtenida tal información, me retiré de la referida sala, con la finalidad de informarle a la Superioridad de las diligencias efectuadas, la mismas quedarán plasmadas en la presente acta de investigación. Se anexa hojas de reportes del sistema. Es todo. Con el presente elemento de convicción se puede apreciar las diligencias practicadas por los funcionarios policiales.-

67.- REPORTE DE SISTEMA de fecha 25-10-2011, realizada por ante la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas sub. Delegación Guanare al Ciudadano: RIVERO CASU EUDY GREGORIO, de nacionalidad Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de 25 años de edad, fecha de nacimiento: 15/Junio/1986, Color de la Piel: MORENA, Color de Ojos: NEGROS, Color De Cabello: NEGRO, Objeción: cédula de identidad V-17.944.603, sin problemas. Del presente elemento de convicción se desprende las diligencias policiales realizadas por los funcionarios SUB INSPECTOR LEIVIS LUCENA, AGENTES SERRANO JESUS, PEROZO ARGENIS y JULIO VARGAS adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua Estado Portuguesa

68.- REPORTE DE SISTEMA de fecha 25-10-2011, realizada por ante la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas sub. Delegación Guanare al Ciudadano: TORO GONZALEZ EDUARDO JOSE, de nacionalidad Venezolana, Profesión Agente de Seguridad, de 25 años de edad, fecha de nacimiento: 10/09/1986, Color de la Piel: TRIGEÑA, Color de Ojos: CASTAÑOS, Color De Cabello: CASTAÑO, Objeción: cédula de identidad V-17.049.832. Del presente elemento de convicción se desprende las diligencias policiales realizadas por los funcionarios SUB INSPECTOR LEIVIS LUCENA, AGENTES SERRANO JESUS, PEROZO ARGENIS y JULIO VARGAS adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua Estado Portuguesa

69.- REPORTE DE SISTEMA de fecha 25-10-2011, realizada por ante la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas sub. Delegación Guanare al Ciudadano: AVILIO ANTONIO ROMERO SALERO, de nacionalidad Venezolana, SEXO, M Objeción: cédula de identidad V-17.944.603, CON REGISTROS POLICIALES. Del presente elemento de convicción se desprende las diligencias policiales realizadas por los funcionarios SUB INSPECTOR LEIVIS LUCENA, AGENTES SERRANO JESUS, PEROZO ARGENIS y JULIO VARGAS adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua Estado Portuguesa.

70.- REPORTE DE SISTEMA de fecha 25-10-2011, realizada por ante el de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas sub. Delegación Guanare al Ciudadano: CAMACARO ESCOBAR DIANGO JOSE, de nacionalidad Venezolana, de 25 años de edad, fecha de nacimiento: 04/06/1986, Color de la Piel: TRIGEÑA, Color de Ojos: CASTAÑOS, Color De Cabello: CASTAÑO, Objeción: cédula de identidad V-18.732.080, sin problemas. Del presente elemento de convicción se desprende las diligencias policiales realizadas por los funcionarios SUB INSPECTOR LEIVIS LUCENA, AGENTES SERRANO JESUS, PEROZO ARGENIS y JULIO VARGAS adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua Estado Portuguesa.

71.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 25-10-2011, realizada por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare al Ciudadano: CORREA ROSAS WALDIR, titular de la cédula de identidad número V-21.024.618; quien expone: “Resulta que el día 05/Septiembre/2010, aproximadamente las 02:00 horas de la tarde, me encontraba en mi residencia, cuando recibí una llamada telefónica de parte de uno de los jefes Naturales de este Despacho, donde manifestaba que me dirigiera hacia el Centro de Coordinación Policial número “03”, con sede en la Población de Turén; con la finalidad de verificar una comisión de ese Cuerpo Policial, había recuperado algún tipo de vehiculo, posteriormente al llegar al referido comando policial, me percaté que efectivamente habían recuperado un vehículo automotor, luego notifiqué a este Despacho, que los funcionarios policiales habían recuperado un vehículo, de inmediato le envié la matricula del mismo, para que lo verificará por ante el Sistema Integrado de Información policial, (SIIPOL); manifestándome que el referido vehículo estaba involucrada en una averiguación, después procedí a verificar sus seriales para ver si correspondían antes verificados por el sistema de información y unos funcionarios policiales en ese momento me indicaron que no podía revisar dichos seriales y les dije a ellos que no había ningún problema, posteriormente quedando notificados los Jefes de este Despacho, me retiré a mi residencia de nuevo, es todo”. SEGUIDAMENTE ES INTERROGADO POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA SIGUIENTE MANERA. PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha del hecho que narre? CONTESTO: “Eso sucedió frente al Centro de Coordinación Policial número “03”, ubicado en la Población de Turén, Municipio Villa Bruzual, estado Portuguesa, en fecha 0S/septiembre/2010, aproximadamente a las 02:00 horas de la tarde”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, refiera las Características del vehículo que hace mención? CONTESTÓ: “Era un vehículo, clase AUTOMÓVIL, marca FORD, modelo FIESTA POWER, color GRIS, año 2004, placas GCE-140”. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, dónde fue recuperado el vehículo antes descrito?. CONTESTO: En la Población de turen, pero no se el sitio exacto”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, en qué condiciones se encontraba el referido vehículo automotor para ese momento?. CONTESTÓ: “Bueno por fuera estaba normal y por dentro no lo vi, porque los funcionarios policiales no me dieron acceso para observarlo”. QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, quién era el propietario del referido automotor?. CONTESTÓ: “En ese momento no sabía de quien era, posteriormente me enteré por medio del periódico que su propietario lo habían encontrado muerto en otro sitio”. SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, conocía de vista trato y comunicación al ciudadano BRICEÑO LUGO Lisandro José hoy occiso? CONTESTÓ: “No”. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento quién o quiénes son los responsables de la muerte del ciudadano BRICEÑO LUGO Lisandro José? CONTESTÓ: “Desconozco”. OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, llegó a sostener algún tipo de percance con alguna persona para ese momento? CONTESTÓ: “Ningún momento”. NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuántos funcionarios policiales se encontraban para ese momento?. CONTESTÓ: “Varios no recuerdo con exactitud”. DÉCIMA PREGUNTA: Diga usted desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTÓ: No es todo. De la presente se desprende que el referido entrevistado verifico por el sistema policial el vehículo que había sido recuperado y donde arrojo que el mismo estaba solicitado y que además la persona que lo tenía había aparecido muerta.-

72.- ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA de fecha 26-10-2011, ESCRITO Nº 18-F02-1C-238-11, Suscrita por la Abogada LUISA ISMELDA FIGUEROA DE RIVERO, actuando en mí carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público del Primer Circuito del Estado Portuguesa a los fines de practicarse en las direcciones: 1.- Barrio Las Tejas, avenida “01”, con calle “05”, vivienda signada con el número “02-02”, fachada de bloques, pintada en colores ROSADO y BLANCO, rejas color BLANCO, en su parte posterior un taller que funge como Latonería y Pintura; la misma es propiedad de la progenitora del funcionario policial de nombre “RIVERO CASU Eudy” de la población Villa Bruzual Municipio Turen Estado Portuguesa, 2.- Barrio Las Tejas residencia signada con el número “03”, conformada de zinc, con fachada pintada en colores AMARILLO, ROSADO y VERDE; propiedad del ciudadano de nombre: CAMACARO Diango, apodado “EL DIANGO” de la población Villa Bruzual Municipio Turen Estado Portuguesa 3.- Barrio Las Tejas residencia del ciudadano de nombre: ROMERO SALERO Avilio, apodado “EL AVILIO” ; la misma se encuentra ubicada entre calles “07” y “08”, con avenida “05”, signada con el número “0-241” de la población Villa Bruzual Municipio Turen Estado Portuguesa, A objeto de incautar evidencias de interés Criminalístico, que guarden relación con la causa N° 18-F02-1C-3886-10 (I-502.426 Nomenclatura del CICPC), por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, donde figura como victima BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSE (OCCISO), y como imputados PERSONAS POR IDENTIFICAR, en dicho procedimiento participaran el SUB INSPECTOR LEIVIS LUCENA, AGENTES SERRANO JESUS, PEROZO ARGENIS y JULIO VARGAS adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua Estado Portuguesa Solicitud que hago en mi carácter de Titular de la Acción Penal y Director de la investigación; agradeciéndole que la Notificación de la presente solicitud sea notificadas a este Despacho Fiscal y al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa en SOBRE CERRADO. Por medio del presente elemento de convicción se deja constancia de las diligencias investigativas realizadas por los representantes del Ministerio Público.-

73.- AUTORIZACION DE VISITA DOMICILIARIA, Nº 2CS-10122-11 de fecha 26/10/2011, suscrito por la Juez de Control Nº 02 de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Abg. ELIZABETH RUBIANO HERNANDEZ, quien AUTORIZA, ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA los fines de practicarse en las direcciones: 1.- Barrio Las Tejas, avenida “01”, con calle “05”, vivienda signada con el número “02-02”, fachada de bloques, pintada en colores ROSADO y BLANCO, rejas color BLANCO, en su parte posterior un taller que funge como Latonería y Pintura; la misma es propiedad de la progenitora del funcionario policial de nombre “RIVERO CASU Eudy” de la población Villa Bruzual Municipio Turen Estado Portuguesa, 2.- Barrio Las Tejas residencia signada con el número “03”, conformada de zinc, con fachada pintada en colores AMARILLO, ROSADO y VERDE; propiedad del ciudadano de nombre: CAMACARO Diango, apodado “EL DIANGO” de la población Villa Bruzual Municipio Turen Estado Portuguesa 3.- Barrio Las Tejas residencia del ciudadano de nombre: ROMERO SALERO Avilio, apodado “EL AVILIO” ; la misma se encuentra ubicada entre calles “07” y “08”, con avenida “05”, signada con el número “0-241” de la población Villa Bruzual Municipio Turen Estado Portuguesa, A objeto de incautar evidencias de interés Criminalístico, que guarden relación con la causa N° 18-F02-1C-3886-10 (I-502.426 Nomenclatura del CICPC), por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, donde figura como victima BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSE (OCCISO), y como imputados PERSONAS POR IDENTIFICAR, en dicho procedimiento participaran el SUB INSPECTOR LEIVIS LUCENA, AGENTES SERRANO JESUS, PEROZO ARGENIS y JULIO VARGAS adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua Estado Portuguesa. Por medio del presente elemento de convicción se deja constancia de las diligencias investigativas realizadas por los representantes del Ministerio Público.-

74.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 31-10-2011 Suscrita por el funcionario Agente SERRANO Jesús, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas quien deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada, en la presente averiguación: Dándole cumplimiento a la Orden de Allanamiento signada con el número 2CS-10122-11, de fecha: 26/Octubre/2011, emanada del Juzgado de Primera Instancia en Función de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa; relacionada con las actas procesales signadas con las nomenclaturas I-502.426 e I-502.448, incoadas por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, me trasladé en compañía de los funcionarios Sub-Inspectores CASTILLO Luís, LUCENA Leivis, Agentes PEROZO Argenis y VARGAS Julio; a bordo de vehículo particular, hacia la siguiente dirección: Barrio Las Tejas, avenida “05”, callejón “01”, entre calles “07” y “08”, específicamente a la residencia signada con el número “0-241”, conformada en fachada pintadas en colores ROSADO y BLANCO, al lado de un galpón, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa; lugar donde reside el sujeto apodado “EL AVILIO”, con la finalidad de ubicar evidencias de interés criminalístico, que guarden relación con la presente averiguación. Una vez presentes en la referida dirección y plenamente identificados como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigaciones, en compañía de los ciudadanos: LEDO TORRES Jesús Arturo, de nacionalidad Venezolana, natural de Turén, de 51 años de edad, nacido en fecha: 19/Junio/1960, de estado civil soltero, de profesión u oficio Mecánico, residenciado en el barrio Las Tejas, calle “08”, con avenidas “02” y “03”, casa número “2-55”, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad número V-05.940.533 y RODRÍGUEZ BLANCO Heriberto Antonio, de nacionalidad Venezolana, natural de Turén, de 42 años de edad, nacido en fecha: 15/Diciembre/1967, de estado civil soltero, de profesión u oficio Mecánico, residenciado en el barrio El Estadio, entre calles “04” y “05”, casa número sin número, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad número V-11.084.833; quienes figuran como testigos presenciales en el presente allanamiento, procedimos a tocar en reiteradas oportunidades la puerta principal del inmueble de nuestro interés, siendo atendidos por una ciudadana, quien se identificó, como: ROMERO ANTONIO José, de nacionalidad Venezolana, natural de Coro, Estado Falcón, de 88 años de edad, nacido en fecha: 17/Marzo/1923, de estado civil casado, de profesión u oficio Agricultor, residenciado en la misma dirección, titular de la cédula de identidad número V-438.977; quien impuesto del motivo de nuestra comparecencia, indicó ser el propietario de la referida vivienda, dándonos libre acceso a la misma, donde en compañía de los testigos procedimos a revisar cada unas de la habitaciones que conforman dicha residencia, no encontrando evidencias de interés criminalístico que guarden relación con la presente averiguación que nos ocupa. Acto seguido, logró identificar al aludido de la siguiente manera: ROMERO SALERO Avilio Antonio, de nacionalidad Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de 28 años de edad, fecha de nacimiento: 25/Enero/1983, de estado civil soltero, de profesión u oficio Indefinida, residenciado en el barrio Las Tejas, casa número “0-39”, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad número V-17.276.011. Posteriormente, nos retiramos del referido lugar en alusión, con la finalidad de retornar a la sede de este Despacho, conjuntamente con los testigos presenciales y el propietario del inmueble en cuestión; con el propósito de recibírseles sus respectivas entrevistas. Una vez aquí presentes se les informó a la Superioridad de las diligencias efectuadas, las mismas quedarán plasmadas en la presente acta de investigación. Se anexa Acta Manuscrita y Orden de Allanamiento. Es todo. Con el presente elemento de convicción se puede apreciar las diligencias practicadas por los funcionarios policiales en la precitada dirección.-

75.- ACTA DE VISITA DOMICILIARIA de fecha 26-10-2011 realizada por los funcionarios SUB INSPECTOR LEIVIS LUCENA, AGENTES SERRANO JESUS, PEROZO ARGENIS y JULIO VARGAS adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua Estado Portuguesa, En: 3.- Barrio Las Tejas residencia del ciudadano de nombre: ROMERO SALERO Avilio, apodado “EL AVILIO” ; la misma se encuentra ubicada entre calles “07” y “08”, con avenida “05”, signada con el número “0-241” de la población Villa Bruzual Municipio Turen Estado Portuguesa, “NO SE LOCALIZARON EVIDENCIAS DE INTERS CRIMINALISTICOS QUE GUARDEN RELACION CON LA PRESENTE CAUSA”. Del presente elemento de convicción se desprende las diligencias practicadas por los funcionarios actuantes.-

76.- ACTA DE VISITA DOMICILIARIA de fecha 26-10-2011 realizada por los funcionarios SUB INSPECTOR LEIVIS LUCENA, AGENTES SERRANO JESUS, PEROZO ARGENIS y JULIO VARGAS adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua Estado Portuguesa, En: 3.- Barrio Las Tejas residencia del ciudadano de nombre: ROMERO SALERO Avilio, apodado “EL AVILIO” ; la misma se encuentra ubicada entre calles “07” y “08”, con avenida “05”, signada con el número “0-241” de la población Villa Bruzual Municipio Turen Estado Portuguesa, “SE LOCALIZO UN ARMA DE FUEGO TIPO REVOLVER CALIBRE 38 mm MARCA SMITH WEASON CAÑON CORTO SERIAL DE CACHA J726154 y DOS (02) CARTUCHOS DEL MISMO CALIBRE SIN PERCUTIR”. Del presente elemento de convicción se desprende las diligencias practicadas por los funcionarios actuantes y de las evidencias colectadas durante la misma.

77.- REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nº P-8133, de fecha 01/11/2011, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA, funcionario que colecta y resguarda la evidencia, Agente de Investigación III ARGENIS PEROZO, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; EVIDENCIAS FÍSICA COLECTADAS “UN ARMA DE FUEGO TIPO REVOLVER CALIBRE 38 mm MARCA SMITH WEASON CAÑON CORTO SERIAL DE CACHA J726154 y DOS (02) CARTUCHOS DEL MISMO CALIBRE SIN PERCUTIR”. Con el mismo se deja constancia de las evidencias físicas colectadas durante la visita domiciliaria en el Barrio Las Tejas residencia del ciudadano de nombre: ROMERO SALERO Avilio, apodado “EL AVILIO”.-

78.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 31-10-2011 Suscrita por el funcionario Agente SERRANO Jesús, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas quien deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada, en la presente averiguación: “Continuando con las investigaciones pertinentes al total y mejor esclarecimiento relacionadas con las actas procesales signadas con la nomenclatura K-11-0058-02338, incoada por la comisión de uno de los delitos CONTRA EL ORDEN PÚBLICO, me trasladé hacia la Sala de Análisis y Seguimiento Estratégico de Información, ubicada en la sede de este Despacho, con la finalidad de verificar por ante el Sistema Integrado de Información Policial, (SIIPOL); los posibles registros o solicitudes que pudiese presentar el siguiente arma de fuego: Tipo REVÓLVER, marca SMITH & WEESON, cañón CORTO, calibre .38, serial de cacha: J721154. Una vez allí presente, procedí a ingresar a dicho sistema y luego de una breve búsqueda minuciosa en el mismo, arrojó como resultado que la referida arma de fuego no registra ante el sistema; obtenida tal información, me retiré de la referida sala, con la finalidad de informarle a la Superioridad de las diligencias efectuadas, la mismas quedarán plasmadas en la presente acta de investigación. Es todo. Con el presente elemento de convicción se puede apreciar las diligencias practicadas por los funcionarios policiales.-

79.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 31-10-2011 Suscrita por el funcionario Agente SERRANO Jesús, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas quien deja constancia de la siguiente diligencia policial “Dándole cumplimiento a la Orden de Allanamiento signada con el número 2CS-10122-11, de fecha: 26/Octubre/2011, emanada del Juzgado de Primera Instancia en Función de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa; relacionada con las actas procesales signadas con las nomenclaturas I-502.426 e I-502.448, incoadas por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, me trasladé en compañía de los funcionarios Sub-Inspectores CASTILLO Luís, LUCENA Leivis, Agentes PEROZO Argenis y VARGAS Julio; a bordo de vehículo particular, hacia la siguiente dirección: Barrio Las Tejas, avenida “05”, callejón “01”, entre calles “07” y “08”, específicamente a la residencia signada con el número “0-241”, conformada en fachada pintadas en colores ROSADO y BLANCO, al lado de un galpón, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa; lugar donde reside el sujeto apodado “EL AVILIO”, con la finalidad de ubicar evidencias de interés criminalístico, que guarden relación con la presente averiguación. Una vez presentes en la referida dirección y plenamente identificados como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigaciones, hizo acto de presencia, una ciudadana quien se identificó, como: SUÁREZ ARIAS María Gabriela, de nacionalidad Venezolana, natural de Turén, Estado Portuguesa, de 26 años de edad, nacida en fecha: 14/Agosto/1985, de estado civil soltera, de profesión u oficio Del hogar, residenciada en el barrio Las tejas, callejón “01”, entre calles “07” y “08”, casa número “0-39”, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad número V-17.945.881; quien manifestó ser la cónyuge del ciudadano requerido por la comisión policial, conjuntamente con el aludido, quien impuesta del motivo de nuestra presencia; de manera inmediata, nos trasladamos hacia la dirección antes señalada, conjuntamente con los ciudadanos de nombres: LEDO TORRES Jesús Arturo, de nacionalidad Venezolana, natural de Turén, de 51 años de edad, nacido en fecha: 19/Junio/1960, de estado civil soltero, de profesión u oficio Mecánico, residenciado en el barrio Las Tejas, calle “08”, con avenidas “02” y “03”, casa número “2-55”, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad número V-05.940.533 y RODRÍGUEZ BLANCO Heriberto Antonio, de nacionalidad Venezolana, natural de Turén, de 42 años de edad, nacido en fecha: 15/Diciembre/1967, de estado civil soltero, de profesión u oficio Mecánico, residenciado en el barrio El Estadio, entre calles “04” y “05”, casa número sin número, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad número V-11.084.833; quienes figuran como testigos presenciales en el presente allanamiento. Una vez allí presentes, fuimos recibidos por la ciudadana, quien se identificó, como: SALERO Zulay Josefina, de nacionalidad Venezolana, natural de Turén, Estado Portuguesa, de 51 años de edad, nacida en fecha: 11/Octubre/1960, de estado civil casada, de profesión u oficio Obrera, residenciada en la misma dirección, titular de la cédula de identidad número V-07.071.885; quien funge como propietaria de dicho inmueble, quien en conocimiento del hecho investigado, nos dio libre acceso a la misma, donde en compañía de los testigos procedimos a revisar cada unas de la habitaciones que conforman dicha residencia y en la primera entrando a mano derecha, la cual es donde pernocta el supra mencionado, específicamente debajo un (01) colchón, se localizó las siguientes evidencias de interés criminalístico: 1.- UN (01) ARMA DE FUEGO, TIPO REVOLVER, MARCA SMITH & WEESON, CAÑÓN CORTO, SERIAL DE CACHA: J721154 2.- DOS (02) BALAS (SIN PERCUTIR), CALIBRES .38 SPL, DONDE SE LEE: “CAVIM” y “MRP”; las mismas serán sometidas a experticias de rigor correspondientes. Acto seguido, nos retiramos del referido lugar en alusión, con la finalidad de retornar a la sede de este Despacho, conjuntamente con los testigos presenciales, la propietaria del inmueble y el ciudadano en cuestión; con el propósito de recibírseles sus respectivas entrevistas. Una vez presentes en la esta Oficina, Despacho y en conocimiento de los Jefes Naturales, procedí a efectuar llamada telefónica a la ciudadana Doctora FONSECA SOILA Fiscal PRIMERO del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa; de guardia por este Despacho, quien impuesto del motivo de mi llamada telefónica, ordenó que el ciudadano CAMACARO ESCOBAR DIANGO JOSE, fuese presentado ante la Oficina de Flagrancia de los Tribunales de Justicia, en conocimiento del hecho que antecede, se procedió a leerle sus Derechos Constitucionales, consagrados en el artículo 49° de la Constitucional Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, ordinal 5°; en concordancia con el artículo 125° del Código Orgánico Procesal Penal (Vigente), dichas diligencias quedarán plasmadas en la presente acta de investigación. Se anexa Acta Manuscrita, Orden de Allanamiento y Derechos del imputado. Por este hecho se dio inicio a las actas procesales signadas con la nomenclatura K-11-0058-02339, por la comisión de uno de los delitos CONTRA EL ORDEN PÚBLICO. Es todo. Con el presente elemento de convicción se puede apreciar las diligencias practicadas por los funcionarios policiales en la precitada dirección.-

80.- ACTA DE VISITA DOMICILIARIA de fecha 26-10-2011 realizada por los funcionarios SUB INSPECTOR LEIVIS LUCENA, AGENTES SERRANO JESUS, PEROZO ARGENIS y JULIO VARGAS adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua Estado Portuguesa, En: 1.- Barrio Las Tejas, avenida “01”, con calle “05”, vivienda signada con el número “02-02”, fachada de bloques, pintada en colores ROSADO y BLANCO, rejas color BLANCO, en su parte posterior un taller que funge como Latonería y Pintura; la misma es propiedad de la progenitora del funcionario policial de nombre “RIVERO CASU Eudy” de la población Villa Bruzual Municipio Turen Estado Portuguesa “NO SE LOCALIZARON EVIDENCIAS DE INTERS CRIMINALISTICOS QUE GUARDEN RELACION CON LA PRESENTE CAUSA”. De la misma se desprende la diligencia practicada por los funcionarios policiales actuantes.-

81.- ACTA DE VISITA DOMICILIARIA de fecha 26-10-2011 realizada por los funcionarios SUB INSPECTOR LEIVIS LUCENA, AGENTES SERRANO JESUS, PEROZO ARGENIS y JULIO VARGAS adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua Estado Portuguesa, En: 3.- Barrio Las Tejas residencia del ciudadano de nombre: ROMERO SALERO Avilio, apodado “EL AVILIO” ; la misma se encuentra ubicada entre calles “07” y “08”, con avenida “05”, signada con el número “0-241” de la población Villa Bruzual Municipio Turen Estado Portuguesa, “UN (01) TROZO DE BOLSA, ELABORADA EN MATERIAL SINTÉTICO, COLOR AMARILLO, CONTENTIVA EN SU INTERIOR DE LA CANTIDAD DE TRECE (13) ENVOLTORIOS, ELABORADOS EN PAPEL ALUMINIOS, CONTENTIVOS DE POLVO, COLOR BEIGE, DE PRESUNTA DROGA”.

82.- REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA Nº P-8135, de fecha 01/11/2011, REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA, funcionario que colecta y resguarda la evidencia, Agente de Investigación III ARGENIS PEROZO, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; EVIDENCIAS FÍSICA COLECTADAS “UN (01) TROZO DE BOLSA, ELABORADA EN MATERIAL SINTÉTICO, COLOR AMARILLO, CONTENTIVA EN SU INTERIOR DE LA CANTIDAD DE TRECE (13) ENVOLTORIOS, ELABORADOS EN PAPEL ALUMINIOS, CONTENTIVOS DE POLVO, COLOR BEIGE, DE PRESUNTA DROGA”. Con el mismo se deja constancia de las evidencias físicas colectadas durante la visita domiciliaria en el Barrio Las Tejas residencia del ciudadano de nombre: ROMERO SALERO Avilio, apodado “EL AVILIO”.-

83.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 31-10-2011 Suscrita por el funcionario Agente SERRANO Jesús, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas quien deja constancia de la siguiente diligencia policial “Encontrándome en la sede de este Despacho y prosiguiendo con las investigaciones relacionadas con las actas procesales signadas con la nomenclatura K-11-0058-02339, incoadas por uno de los delitos PREVISTOS EN LA LEY ORGÁNICA CONTRA DROGAS, utilizando una (01) Balanza, marca JADIVER, se procedió a pesar las siguientes evidencias de interés criminalístico: UN (01) TROZO DE BOLSA, ELABORADA EN MATERIAL SINTÉTICO, COLOR AMARILLO, CONTENTIVA EN SU INTERIOR DE LA CANTIDAD DE TRECE (13) ENVOLTORIOS, ELABORADOS EN PAPEL ALUMINIOS, CONTENTIVOS DE POLVO, COLOR BEIGE, DE PRESUNTA DROGA; arrojando como peso bruto la cantidad de (03.4) gramos; obtenida tal información, procedí a informarle a la Superioridad de las diligencias efectuadas, las mismas quedarán plasmadas en la presente acta de investigación. Es todo. Con el presente elemento de convicción se puede apreciar las diligencias practicadas por los funcionarios.-

84.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 31-10-2011 Suscrita por el funcionario Agente SERRANO Jesús, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas quien deja constancia de la siguiente diligencia policial “Encontrándome en la sede de este Despacho y prosiguiendo con las investigaciones relacionadas con las actas procesales signadas con la nomenclatura K-11-0058-02339, incoadas por uno de los delitos PREVISTOS EN LA LEY ORGÁNICA CONTRA DROGAS, se procedió a fotografiar de manera detallada las siguientes evidencias de interés criminalístico: UN (01) TROZO DE BOLSA, ELABORADA EN MATERIAL SINTÉTICO, COLOR AMARILLO, CONTENTIVA EN SU INTERIOR DE LA CANTIDAD DE TRECE (13) ENVOLTORIOS, ELABORADOS EN PAPEL ALUMINIOS, CONTENTIVOS DE POLVO, COLOR BEIGE, DE PRESUNTA DROGA; arrojando como bruto la cantidad de (03.4) gramos; las mismas quedarán plasmadas en la presente acta de investigación. Es todo. Con el presente elemento de convicción se puede apreciar las diligencias practicadas por los funcionarios policiales.-

85.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 31-10-2011 Suscrita por el funcionario Agente SERRANO Jesús, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas quien deja constancia de la siguiente diligencia policial “Dándole cumplimiento a la Orden de Allanamiento signada con el número 2CS-10122-11, de fecha: 26/Octubre/2011, emanada del Juzgado de Primera Instancia en Función de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa; relacionada con las actas procesales signadas con las nomenclaturas I-502.426 e I-502.448, incoadas por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, me trasladé en compañía de los funcionarios Sub-Inspectores CASTILLO Luís, LUCENA Leivis, Agentes PEROZO Argenis y VARGAS Julio; a bordo de vehículo particular, hacia la siguiente dirección: Barrio Las Tejas, avenida “01”, con calle “05”, específicamente a la residencia signada con el número “02-02”, conformada con fachada pintada en colores ROSADO y BLANCO, rejas color BLANCO, en su parte posterior un taller que funge como latonería y pintura, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa; propiedad de los progenitores del sujeto apodado “EUDIS”, con la finalidad de ubicar evidencias de interés criminalístico, que guarden relación con la presente averiguación. Una vez presentes en la referida dirección y plenamente identificados como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigaciones, en compañía de los ciudadanos de nombres: BONILLA MONTES Enyer de Jesús, de nacionalidad Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de 32 años de edad, nacido en fecha: 05/Noviembre/1978, de estado civil soltero, de profesión u oficio Peluquero, residenciado en el barrio El Estadio, calle “14”, casa sin número, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad número V-15.213.767 y RONDÓN ESCOBAR Luís Miguel, de nacionalidad Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de 18 años de edad, nacido en fecha: 09/Diciembre/1992, de estado civil soltero, de profesión u oficio Mecánico, residenciado en el barrio La Tejas, calle “05”, con avenidas “01” y “02”, casa número “1-42”, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad número V-21.394.239; quienes figuran como testigos presenciales en el presente allanamiento, procedimos a tocar en reiteradas oportunidades la puerta principal del inmueble de nuestro interés, siendo atendidos por una ciudadana, quien se identificó, como: RIVERO ARANGUREN Auro francisco, de nacionalidad Venezolana, natural de Barquisimeto, Estado Lara, de 69 años de edad, nacido en fecha: 16/Julio/1942, de estado civil soltero, de profesión u oficio Agricultor, residenciado en el barrio Las Tejas, avenida “01”, con calle “05”, casa número “02-02”, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad número V-01.121.366; quien impuesto del motivo de nuestra comparecencia, indicó ser el propietario de la referida vivienda, dándonos libre acceso a la misma, donde en compañía de los testigos procedimos a revisar cada unas de la habitaciones que conforman dicha residencia, no encontrando evidencias de interés criminalístico, que guarden relación con la presente causa. Acto seguido, procedió a identificar al ciudadano en cuestión, de la siguiente manera: RIVERO CASU Eudis Gregorio, de nacionalidad Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de 25 años de edad, fecha de nacimiento: 15/Junio/1986, de estado civil soltero, de profesión u oficio Funcionario Policial, con la jerarquía de Agente, adscrito al Centro de Coordinación Policial número “03” de Turén, residenciado en el barrio Las Coromoto, calle principal, casa sin número, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad número V-17.944.603; el mismo no se encontraba presente para ese momento. Posteriormente, nos retiramos del referido lugar en alusión, con la finalidad de retornar a la sede de este Despacho, conjuntamente con los testigos presenciales y el propietario del inmueble; con el propósito de recibírseles sus respectivas entrevistas. Una vez presentes en la esta Oficina, se les informó a la Superioridad de las diligencias efectuadas, las mismas quedarán plasmadas en la presente acta de investigación. Se anexa Acta Manuscrita y Orden de Allanamiento. Es todo. Con el presente elemento de convicción se puede apreciar las diligencias practicadas por los funcionarios policiales en la precitada dirección.-

86.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 31-10-2011 del Ciudadano: HERIBERTO. Quien expone lo siguiente: “El día de hoy fui a la casa de CARLOS ROMERO, a quien le estoy haciendo un trabajo de mecánica, cuando llegue a su casa habían unos funcionarios de la PTJ haciendo un allanamiento y me pidieron la cedula para que le sirviera de testigo, después vi a otro mecánico que conozco de vista que también era testigo del allanamiento, luego con la mujer de AVILIO , quien es el nieto del dueño de la casa, fueron a la casa donde ellos viven, ahí mismo en el barrio las tejas como a media cuadra de donde el señor ANTONIO ROMERO, allí la esposa de AVILIO abrió la puerta de la casa y dejo entrar a los funcionarios, revisando los cuartos junto a uno de los funcionarios y el otro testigo, encontraron un revolver, debajo de un colchón, mas nada.- Es todo”. SEGUIDAMENTE LA ENTREVISTADA ES INTERROGADA POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar hora y fecha del allanamiento practicado? CONTESTO: “Eso fue en la calle 8, barrio las tejas en la casa de ANTONIO ROMERO, a las 09:30 a 10:00 horas de la mañana, del día de hoy, después en la casa del nieto de ANTONIO ROMERO, de nombre AVILIO, quien vive a media cuadra a la izquierda, de la casa del señor ROMERO” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, los funcionarios del CICPC tenían una orden de allanamiento? CONTESTO: “Si ellos tenían una orden” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que evidencias de interés criminalística encontraron en la residencia? CONTESTO: “en la primera casa no consiguieron nada, en la segunda consiguieron un revolver, color negro, cacha de color negro, se veía como oxidado debajo de un colchón” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que personas estaban en la residencia para el momento del allanamiento? CONTESTO: “En el primero el señor ANTONIO ROMERO y su nieto AVILIO, también estaba la mujer del nieto y el mecánico que le dicen chichi, en el segundo estaba AVILIO, la mujer, y creo que la mama de AVILIO, pero donde encontraron el revólver estaba mi persona el otro mecánico chichi y un funcionario. ” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento como fue la conducta de los funcionarios para el momento del allanamiento? CONTESTO: “fue una buena conducta de parte de los funcionarios” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento como es la conducta del sujeto que menciona como AVILIO? CONTESTO: “desconozco yo tengo como dos días que lo conozco” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista trato y comunicación al ciudadano mencionado como DIANGO? CONTESTO: “No lo conozco” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a su entrevista? CONTESTO: “No es todo”. Es todo. Con la misma se deja constancia que el ciudadano entrevistado se encontraba presente durante la visitas domiciliarias practicadas y de las evidencias que se colectaron(revolver) .

87.- ACTA DE DE ENTREVISTA PENAL a una persona cuya identidad queda reservada del Ministerio Publico a objeto de recibirle entrevista en relación a la causa en referencia, manifestando dicha persona no tener impedimento alguno en deponer y relata lo siguiente: “Resulta ser que el día de hoy en horas de la mañana, cuando llegue a casa del señor RAMON, con la finalidad de entregarle un repuesto, se encontraba allí una comisión de este Cuerpo; también estaba un muchacho de nombre Avilio, quien es hijo del propietario de la casa, donde estaba la comisión. Los funcionarios me solicitaron la colaboración de que fuera testigo ya que tenían una orden de allanamiento para esa casa, yo rápidamente accedí y luego de que revisaron todo no encontraron nada, en ese momento se presentó la concubina de Avilio y les manifestó que ella vivía en compañía de Avilio cerca de allí y que podían acompañaría hasta su casa y revisarla también, nos trasladamos todos hasta el lugar y una vez dentro del inmueble, ubicaron en uno de los cuartos, específicamente debajo de un colchón, un arma de fuego, tipo revolver, de color negro, desconozco el calibre, Es todo”. SEGUIDAMENTE EL ENTREVISTADO ES INTERROGADO POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha del hecho antes narrado ? CONTESTO: Eso fue en el barrio Las Tejas, callejón 01 entre calles 7 y 8, casa 0-39, Turen Estado Portuguesa, corno a las 10:30 horas de la mañana, del da hoy 31-10-11. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Oiga usted, tiene conocimiento quién reside en la vivienda, donde fue localizada el arma de fuego, tipo Revolver, calibre 38? CONTESTO: Ahí vive el joven que se trajeron detenido, quien se Llama Avilio, su señora madre de nombre Zulay y su concubina de quien desconozco el nombre”. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, específicamente dónde fue localizada el arma de fuego antes mencionada? CONTESTO: “Estaba debajo del colchón, donde duerme Avilio, ubicada en la primera habitación entrando a mano derecha. CUARTA PREGUNTA: ¿Oiga usted, podría describir el arma antes mencionada? CONTESTO: ‘SÍ, es un revolver pequeño, de pavón negro, desconozco el calibre. QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, además de su persona alguien mas presencio el acto. CONTESTO: Si, otro señor que iba pasando por allí, quien también fue testigo. SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista Trato y comunicación a la persona mencionada como Avilio? CONTESTO: “Solo de vista. SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento, a que se dedica la persona menciona corno Avilio? CONTESTO: “Desconozco. OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si la persona mencionada como Avilio ha estado involucrada en algún hecho delictivo? CONTESTO: Lo último que escuchó de él era que le habían dado unos tiros, pero desconozco los detalles. NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si la persona antes mencionada ha estado detenida en algún organismo de seguridad? CONTESTO: Desconozco. DECIMA PREGUNTA: ¿Oiga usted, los funcionarios actuantes en el presente allanamiento, llegaron a mostrarle la respectiva Orden de allanamiento, ? CONTESTO: Si, ellos cargaban la orden de allanamiento y la leyeron en presencia de todos. DECIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, ¡os funcionarios actuantes en el presente allanamiento, Negaron a maltratar física o verbalmente a los propietarios o ocupantes de los inmuebles, ? CONTESTO: No, nada de eso. DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: No, es todo. Con la misma se deja constancia que el ciudadano entrevistado se encontraba presente durante la visitas domiciliarias practicadas y de las evidencias que se colectaron (revolver).

88.- ACTA DE DE ENTREVISTA PENAL a una persona cuya identidad queda reservada del Ministerio Publico a objeto de recibirle entrevista en relación a la causa en referencia, manifestando dicha persona no tener impedimento alguno en deponer y relata lo siguiente: “El día de hoy en horas de la mañana, me encontraba en casa de mi papa Antonio José ROMERO, cuando de pronto se presentó una comisión de este Cuerpo, quienes traían una Orden de Allanamiento para la casa, ya que supuestamente mi hijo Avilio Antonio, esta involucrado en un homicidio. Ellos mostraron la orden de allanamiento y en compañía de dos testigos revisaron toda la casa pero no encontraron nada, luego fueron en compañía de Avilio y de su mujer, hasta la casa donde duermen ellos, y me enteré que encontraron un arma de fuego en su cuarto, pero desconozco los detalles, Es todo”. SEGUIDAMENTE EL ENTREVISTADO ES INTERROGADO POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PRFGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha del hecho antes narrado? CONTESTO: “Eso fue en el barrio Las Tejas, callejón calle 8 con avenida 01, casa 0-241, Turen Estado Portuguesa, como a las 10:00 horas de la mañana, del día hoy 31-10-11. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, fue encontrado o colectado en la residencia de su señor padre, alguna evidencia de interés criminalístico? CONTESTO: “No. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, los Funcionarios actuantes en el procedimiento llegaron a mostrarle la respectiva orden de allanamiento? CONTESTO: “Si. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, podría aportar Los datos filiatorios de su hijo Avilio? CONTESTO: “Se llama Avílio Antonio ROMERO SALERO, Venezolano, natural de Acarigua, de 28 años de edad, soltero, obrero, reside en el callejón 01 entre calles 7 y 8, casa sin numero, Turen Estado Portuguesa, C.l V-17.276.011. QUINTA PREGUNTA: ¿Oiga usted, su hijo antes mencionado ha estado detenido en algún organismo de seguridad. CONTESTO: Si, el estuvo detenido en campo lindo ya que la Policía lo Agarre con un arma pero desconozco las características. SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento qué personas o lugares frecuenta su hijo antes mencionado? CONTESTO: “El se la pasa es con la mujer María Gabriela y no sale del barrio. SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, a que se dedica su hijo antes mencionado? CONTESTO: “Es caletero. OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, los funcionarios actuantes en el presente allanamiento, llegaron a maltratar física y verbalmente a los propietarios o ocupantes de los inmuebles? CONTESTO: No, nada de eso. NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento qué tipo de arma fue encontrada en el lugar donde habita su hijo? CONTESTO: Desconozco. DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: No, es todo. Del mismo se desprende como el entrevistado tuvo conocimiento de las visitas domiciliarias realizadas en su casa y en la que reside su hijo “AVILIO”.-

89.- ACTA DE ENTREVISTA PENAL al ciudadano GERARDINE, manifestó no proceder falsa ni maliciosamente en este acto y en consecuencia expone lo siguiente: “El día de hoy me encontraba en mi casa, cuando llegaron unos funcionarios del CICPC pidiendo cédula de identidad con el fin de ser testigo de un allanamiento, por lo que le entregué mi cédula a uno de los funcionarios y comenzaron a revisar la casa en uno de los cuartos específicamente en el de DIANGO, uno de los funcionario me enseño una bolsita de plástico y unas balas después nos salimos del cuarto y nos fuimos a la sala donde llenaron unas hojas y yo las firme – Es todo». SEGUIDAMENTE LA ENTREVISTADA ES INTERROGADA POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DELA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA Diga usted, lugar hora y fecha del allanamiento practicado? CONTESTO: “Eso fue en la calle cinco del barrio las tejas, con avenida 1, sector Ali Primera, casa numero 3, a las 10:00 horas de la mañana, del día de hoy”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, los funcionarios di CICPC tenían una orden de allanamiento? CONTESTO: “SÍ tenían una orden y me la dieron a leer”. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que evidencias de interés criminalística encontraron en la residencia? CONTESTO: “consiguieron cinco balas y una bolsita de plástico en su interior tenía algo envuelto en aluminio” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que personas estaban en la residencia para el momento del allanamiento? CONTESTO: “en la casa estaba la hermana de DIANGO. QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento cómo fue la conducta de los funcionarios para el momento del allanamiento? CONTESTO: “la conducta fue normal, puras preguntas”. SEXTA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento c6mo es la conducta del sujeto que menciona como DIANGO? CONTESTO: “El es un hombre trabajador y deportista, lo conozco muy bien ya que vive al lado de mi casa SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista trato y comunicación al ciudadano mencionado como AVILIO? CONTESTO “Si jo conozco de vista”. OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista trato y comunicación al ciudadano conocido como EUDY RIVERO. CONTESTO: Si lo conozco de vista, ya que vive frente a mi casa. NOVENA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento que vehiculo tienen los ciudadanos antes mencionados. CONTESTO: El único que tiene una moto es EUDY, los demás no tienen vehículos. DECIMA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento los sujetos antes mencionados han sido detenidos por algún organismo del Estado. CONTESTO: No se. DECIMA PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento de algún procedimiento Policial practicado en la dirección donde reside. CONTESTO: desconozco ya que tengo once meses viviendo en esa casa. DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento qué los ciudadanos DIANGO, AVILIO Y EUDY, se las pasen juntos. CONTESTO: No se la pasan juntos. DECIMA TERCERA PREGUNTA: Diga usted, desea agregar algo más a su entrevista? CONTESTO “No es todo. De la misma se desprende que el entrevistado se encontrada presente durante la visita domiciliaria( balas y Droga) -

90- ACTA DE ENTREVISTA PENAL a una persona cuya identidad queda reservada del Ministerio Publico de conformidad con lo previsto en los ordinales 1 y 2 del artículo 23 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y Demás Sujetos Procesales, a objeto de recibirle entrevista en relación a la causa en referencia, manifestando dicha persona no tener impedimento alguno en deponer y relata lo siguiente: “Hoy Me encontraba en mi residencia, cuando de pronto se presentó una comisión de este Cuerpo, los mismos tenían en su poder una orden de allanamiento para la casa y andaban buscando a mi hijo Eudy Gregorio RIVERO CASSU, ya que el mismo supuestamente está involucrado en un homicidio. Los Funcionarios revisaron todo en compañía de dos testigos y no encontraron nada, Es todo”. SEGUIDAMENTE EL ENTREVISTADO ES INTERROGADO POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha del hecho antes narrado, ? CONTESTO: “Eso fue en el barrio Las Tejas, calle 5 con avenida 01, casa 0-202, Turen Estado Portuguesa, como a las 11:00 horas de la mañana, del día hoy 31-10-11. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, fue encontrado o colectado en su residencia alguna evidencia de interés criminalístico, ? CONTESTO: “No. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, los Funcionarios actuantes en el procedimiento llegaron a mostrarle la respectiva orden de allanamiento? CONTESTO: “Si. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, podría aportar Los datos filiatorios de su hijo antes mencionado? CONTESTO: “Si, se llama; Eudy Gregorio RIVERO CASSU, Venezolano, natural de Turen Estado Portuguesa, de 25 años de edad, soltero, Funcionario de la Policía del Estado Portuguesa, residenciado, en el barrio La Coromoto, calle 03, casa sin número, Turen Estado Portuguesa, Ci V-17.944.603,” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, su hijo antes mencionado ha estado involucrado en algún hecho delictivo. CONTESTO: No. SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que personas o lugares frecuenta su hijo antes mencionado? CONTESTO: “Yo siempre lo he visto con su mujer y sus hijos. SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, su hijo porta algún armamento particular? CONTESTO: “No tiene. OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, su hijo antes mencionado posee vehículo automotor? CONTESTO: No, NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, donde esta adscrito su hijo antes mencionado? CONTESTO: Se encuentra trabajando en el puesto de Ospino Estado Portuguesa. DECÍMA PREGUNTA ¿Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: No, es todo. Con la misma se deja constancia del conocimiento que tiene del hecho el presente entrevistado.-

91.- ACTA DE ENTREVISTA PENAL a una persona cuya identidad queda reservada del Ministerio Publico de conformidad con lo previsto en los ordinales 1 y 2 del artículo 23 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y Demás Sujetos Procesales, a objeto de recibirle entrevista en relación a la causa en referencia, manifestando dicha persona no tener impedimento alguno en deponer y relata lo siguiente: “Resulta ser que hoy cuando iba llegando a mi casa, se me acercaron unos Funcionarios de este Cuerpo, quienes estaban acompañados por mi hijo Avilio Antonio ROMERO SALERO y mi Yerna María Gabriela Arias, ellos me manifestaron que tenían que revisar el cuarto donde duermen ellos y yo les dije que no había problema; cuando ingresaron al interior de la casa y revisaron debajo del colchón donde duerme mi hijo, encontraron un arma de fuego, por lo que fue trasladado hasta este Despacho, Es todo”. SEGUIDAMENTE EL ENTREVISTADO ES INTERROGADO POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Oiga usted, lugar, hora y fecha del hecho antes narrado? CONTESTO: “Eso fue en el barrio Las Tejas, callejón 01 entre calles 7 y 8, casa 0-39, Turen Estado Portuguesa, como a (as 10:30 horas de la mañana, del día hoy 31-10-11. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, a quién pertenece el arma localizada en su residencia? CONTESTO: “Desconozco. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, quiénes residen en la vivienda donde fue localizada el arma de fuego? CONTESTO: Mi hijo Avilio Antonio ROMERO SALERO, mi Yerna María Gabriela ARIAS y mi persona. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, podría describir el arma antes mencionada? CONTESTO: “No se de armas, pero era pequeña y de color negro. QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, su hijo antes mencionado ha estado detenido en algún organismo de seguridad. CONTESTO: Si, el estuvo detenido en la Policía porque le encontraron un chopo. SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que personas o lugares frecuenta su hijo antes mencionado? CONTESTO: “El casi no sale ni toma, se la pasa es el barrio con su mujer. SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, a que se dedica su hijo antes mencionado? CONTESTO: EI trabaja con el papa en el camión, OCTAVA ¿Diga usted, en alguna oportunidad ha visto a su hijo antes mencionado portando armas de fuego? CONTESTO: No, NOVENA PREGUNTA: ¿Diga Usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTÓ: No, es todo. Se deja constancia que el presente entrevistado estuvo presente durante la realización de las visitas domiciliarias.-

92.- ACTA DE ENTREVISTA PENAL al ciudadano FERNANDO, quien amparada bajo la ley de protección a testigos, víctimas y demás sujetos procesales, establecidos en los artículos números 03°, 05°, 06° y 09°, y quien impuesta del artículo 291° Ejusdem, manifestó no proceder falsa ni maliciosamente en este acto y en consecuencia expone lo siguiente: “El día de hoy me encontraba en mi casa, cuando llegaron unos funcionarios del CCPC pidiendo cedula de identidad con el fin de ser testigo de un allanamiento, por lo que le entregué mi cédula a uno de los funcionarios y comenzaron a revisar la casa en uno de los cuartos, uno de los funcionario me enseñó una bolsita de plástico y unas balas que consiguieron allí, después nos salimos del cuarto y nos fuimos a la sala donde llenaron unas hojas y yo las firma.- Es todo. SEGUIDAMENTE LA ENTREVISTADA ES INTERROGADA POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA SGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, Lugar hora y fecha del allanamiento practicado? CONTESTO: “Eso fue en a calle cinco del barrio las tejas, con avenida 1, sector Mi Primera, casa numero 3, a las 10:00 horas de la mañana, del día de hoy. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, los funcionarios del CICPC tenían una orden de allanamiento? CONTESTO: “Si tenían una orden y me la dieron a leer” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que evidencias de interés criminalística encontraron en la residencia? CONTESTO: “consiguieron cinco balas y una bolsita de plástico en su interior tenía algo envuelto en aluminio” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que personas estaban en la residencia para el momento del allanamiento? CONTESTO: “en la casa estaba la hermana de Diango. QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento como fue la conducta de los funcionarios para el momento del allanamiento? CONTESTO: “la conducta fue normal, puras preguntas”. SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento cómo es la conducta del sujeto que menciona como DIANGO? CONTESTO: “El es un hombre trabajador y deportista, lo conozco muy bien ya que vive al lado de mi casa” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista trato y comunicación al Ciudadano mencionado como AVILIO? CONTESTO: “no” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista trato y comunicación al ciudadano conocido como EUDY RIVERO? NOVENA PREGUNTA: Si lo conozco de vista, ya que vive frente a mi casa. DECIMA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento qué’ vehículo tienen los ciudadanos antes mencionados. CONTESTO: El único que tiene una moto es EUDY, los demás no se. DECIMA PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento tos sujetos antes mencionados han sido detenidos por algún organismo del Estado. CONTESTO: No sé. DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento de algún procedimiento Policial practicado en la dirección donde reside? CONTESTO: No se. DECIMA TERCERA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento que los ciudadanos DIANGO, AVILIO Y EUDY, se las pasen juntos. CONTESTO: No se. DECIMA CUARTA PREGUNTA: Diga usted, desea agregar algo más a su entrevista? CONTESTO: “No es todo”. Se deja constancia que el presente entrevistado estuvo durante la realización de las visitas domiciliarias.-

93.- ACTA DE ENTREVISTA PENAL a la ciudadana PASTORA. Quien expone lo siguiente: El día de hoy me encontraba en mi lugar de trabajo y siendo las 11:00 horas de la mañana fue una cuñada a decirme que en mi casa estaban unos funcionarios del CICPC y se habían llevado a mi hijo, por lo que me traslade hasta mi casa y cuando llegue estaban unos funcionarios del CICPC, revisando mi casa y consiguieron unas balas y una bolsita con una supuesta droga, después se llevaron a mi hijo.- Es todo”. SEGUIDAMENTE LA ENTREVISTADA ES INTERROGADA POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar hora y fecha del allanamiento practicado? CONTESTO: “eso fue en la calle cinco, con avenida uno, barrio las tejas, sector Ali Primera, casa número 03, a las 11:00 de la mañana del día de hoy” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, los funcionarios del CICPC tenían una orden de allanamiento? CONTESTO: “si ellos tenían una orden de allanamiento y me la dieron a leer después del allanamiento” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que evidencias de interés criminalística encontraron en la residencia? CONTESTO: “consiguieron unas balas y una supuesta droga” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que personas estaban en la residencia para el momento del allanamiento? CONTESTO: “estaban los dos testigos, que son los vecinos de al lado, mi hija y yo que llegue después. ” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento como fue la conducta de los funcionarios para el momento del allanamiento? CONTESTO: “ellos fueron de buena conducta” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los datos filiatorios de su hijo Diango y como es su conducta? CONTESTO: “DIANGO JOSE CAMACARO ESCOBAR, de 25 años de edad, cedula de identidad V-18.732.080, fecha de nacimiento 04/06/1986, de profesión u oficio comerciante informal y deportista” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista trato y comunicación al ciudadano mencionado como AVILIO? CONTESTO: “lo conozco de vista” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista trato y comunicación al ciudadano conocido como EUDY RIVERO. NOVENA PREGUNTA: Si lo conozco de vista porque estudio con mi hijo DIANGO cuando estaba pequeño. DECIMA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento que vehículo tienen los ciudadanos antes mencionados. CONTESTO: El único que tiene moto que yo sepa es mi hijo DIANGO, que tiene una moto color negra, no sé que marca ni la placa. DECIMA PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento los sujetos antes mencionados han sido detenidos por algún organismo del Estado. CONTESTO: mi hijo no ha estado preso, AVILIO y EUDY no se. DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento de algún procedimiento Policial practicado en la dirección donde reside. CONTESTO: que yo sepa en el mes de febrero creo que consiguieron una camioneta robada. DECIMA TERCERA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento que los ciudadanos DIANGO, AVILIO Y EUDY, se las pasen juntos. CONTESTO: DIANGO Y EUDY, antes se la pasaban juntos pero en la actualidad no. DECIMA CUARTA PREGUNTA: Diga usted, desea agregar algo más a su entrevista? CONTESTO: “No es todo”. Es todo. Se deja constancia que el presente entrevistado estuvo presente durante la realización de las visitas domiciliarias.-

94.- ACTA DE DE ENTREVISTA PENAL a la ciudadana MARIA Quien expone lo siguiente: “El día de hoy las 11:00 horas de la mañana, estaba parada en frente de la casa de mi suegro de nombre ANTONIO ROMERO, cuando llego una comisión del CICPC y agarro a mi esposo de nombre AVILIO y tenían una orden de allanamiento para la casa del papa de AVILIO, ellos revisaron junto a dos testigos que eran los mecánicos del sector, después preguntaron donde yo vivía y los lleve a mi casa, me preguntaron que si podíamos revisar y yo los deje entrar junto a los mismos dos testigos del otro allanamiento y en el cuarto donde dormimos debajo de un colchón encontraron un revolver, después me trajeron hasta este despacho. Es todo”. SEGUIDAMENTE LA ENTREVISTADA ES INTERROGADA POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar hora y fecha del allanamiento practicado? CONTESTO: “el primer allanamiento fue en la calle 08, del Barrio las Tejas, no se me el numero de la casa y el segundo fue en el callejón 1, con calle siete y ocho, a las 11:30 horas de la mañana, del día de hoy 31/10/2011” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, los funcionarios del CICPC tenían una orden de allanamiento? CONTESTO: “para la casa del papa de AVILIO si tenían una orden de allanamiento, pero para mi casa yo los deje entrar para que revisaran” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que evidencias de interés criminalística encontraron en la residencia? CONTESTO: “en la casa del papa de AVILIO no consiguieron nada pero en la casa donde vivimos debajo del colchón había un revolver” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que personas estaban en la residencia para el momento del allanamiento? CONTESTO: “estaban los dos testigos, después llego mi suegra, los funcionarios y yo” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento como fue la conducta de los funcionarios para el momento del allanamiento? CONTESTO: “todo fue normal” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los datos filiatorios de su concubino y de cómo es su conducta? CONTESTO: “AVILIO ANTONIO ROMERO SALERO, de 28 años de edad, cedula de identidad V-17.276.011, fecha de nacimiento 25/01/1983” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista trato y comunicación al ciudadano mencionado como DIANGO? CONTESTO: “lo conozco de vista” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista trato y comunicación al ciudadano conocido como EUDY RIVERO. NOVENA PREGUNTA: No lo conozco. DECIMA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento que vehículo tienen los ciudadanos antes mencionados. CONTESTO: No ninguno tiene vehículo. DECIMA PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento los sujetos antes mencionados han sido detenidos por algún organismo del Estado. CONTESTO: AVILIO, si estuvo preso por porte ilícito de arma de fuego y se está presentando cada quince días, en los tribunales de Acarigua. DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento de algún procedimiento Policial donde a su concubino haya sido objeto de alguna aprehensión últimamente. CONTESTO: procedimiento como tal no, pero el día del padre a él, le robaron una moto y le dieron cinco tiros. DECIMA TERCERA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento que los ciudadanos DIANGO, AVILIO Y EUDY, se las pasen juntos. CONTESTO: No. DECIMA CUARTA PREGUNTA: Diga usted, desea agregar algo más a su entrevista? CONTESTO: “No es todo”. Es todo. Se deja constancia que el presente entrevistado estuvo presente durante la realización de las visitas domiciliarias.-

95.- ACTA DE ENTREVISTA PENAL a una persona cuya identidad queda reservada del Ministerio Publico a objeto de recibirle entrevista en relación a la causa en referencia, manifestando dicha persona no tener impedimento alguno en deponer y relata lo siguiente: “El día de hoy en horas de la mañana, me encontraba en casa de mi papa Antonio José ROMERO, cuando de pronto se presentó una comisión de este Cuerpo, quienes traían una Orden de Allanamiento para la casa, ya que supuestamente mi hijo Avilio Antonio, esta involucrado en un homicidio. Ellos mostraron la orden de allanamiento y en compañía de dos testigos revisaron toda la casa pero no encontraron nada, luego fueron en compañía de Avilio y de su mujer, hasta la casa donde duermen ellos, y me enteré que encontraron un arma de fuego en su cuarto, pero desconozco los detalles, Es todo”. SEGUIDAMENTE EL ENTREVISTADO ES INTERROGADO POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PRFGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha del hecho antes narrado? CONTESTO: “Eso fue en el barrio Las Tejas, callejón calle 8 con avenida 01, casa 0-241, Turen Estado Portuguesa, como a las 10:00 horas de la mañana, del día hoy 31-10-11. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, fue encontrado o colectado en la residencia de su señor padre, alguna evidencia de interés criminalístico? CONTESTO: “No. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, los Funcionarios actuantes en el procedimiento llegaron a mostrarle la respectiva orden de allanamiento? CONTESTO: “Si. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, podría aportar Los datos filiatorios de su hijo Avilio,? CONTESTO: “Se llama Avílio Antonio ROMERO SALERO, Venezolano, natural de Acarigua, de 28 años de edad, soltero, obrero, reside en el callejón 01 entre calles 7 y 8, casa sin numero, Turen Estado Portuguesa, C.l V-17.27601. QUINTA PREGUNTA: ¿Oiga usted, su hijo antes mencionado ha estado detenido en algún organismo de seguridad. CONTESTO: Si, el estuvo detenido en campo lindo ya que la Policía lo Agarre con un arma pero desconozco las características. SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento qué personas o lugares frecuenta su hijo antes mencionado? CONTESTO: “El se la pasa es con la mujer María Gabriela y no sale del barrio. SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, a que se dedica su hijo antes mencionado? CONTESTO: “Es caletero. OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, los funcionarios actuantes en el presente allanamiento, llegaron a maltratar física y verbalmente a los propietarios o ocupantes de los inmuebles? CONTESTO: No, nada de eso. NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento qué tipo de arma fue encontrada en el lugar donde habita su hijo? CONTESTO: Desconozco. DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: No, es todo. Se deja constancia que el presente entrevistado estuvo presente durante la realización de las visitas domiciliarias.-

96.- ACTA DE ENTREVISTA PENAL de fecha 31-10-2011 realizada por el ciudadano DIANGO Suscrita por el funcionario Sub Inspector LUCENA LEVIS, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub delegación Acarigua, Quien expone lo siguiente: “El dia de hoy me encontraba en trabajando en el centro de Turen en la calle 11, entre las avenidas cuatro y cinco, cuando llegaron unos funcionarios del CICPC y me dijeron que los acompañaran, fuimos hasta mi casa y allí habían otros funcionarios mas revisando mi casa, allí encontraron unas piedras y unas balas que yo tenía guardado, una vez en este despacho me explicaron el motivo del allanamiento y quiero decir que efectivamente hace aproximadamente un año yo estaba en mi casa tomando, cuando llego EUDY RIVERO junto a su hermano FRANKY CASU, en un carro Ford, Fiesta Plateado, me grito desde el carro “HERMANITO VENTE VAMOS A BEBER” por lo que le dije a mi esposa, mi mama, mi cuñada y mi hermano ya vengo y como en mi casa estaba AVILIO se vino conmigo, nos montamos en el carro y nos fuimos, eso fue como a las 10:00 horas de la noche aproximadamente, dimos una vuelta por la avenida y después fuimos a la tasca Donato, allí estaban dos amigas de EUDY una era novia de él, se llama MARIA y la otra no sé el nombre, allí tomamos cervezas hasta las 03:00 horas de la madrugada aproximadamente, nos fuimos hasta mi casa, yo me quede con AVILIO, bebiendo allí estaba mi mama, mi esposa, mi hermano y mi cuñada; EUDY siguió en el carro con su hermano y creo que se fueron por la calle 5 y salieron por la calle seis, allí bebimos una media hora más y después se fue AVILIO, y en la casa nos acostamos a dormir, todo esto fue un día sábado, el dia lunes estaba llegando del estadio y veo a EUDY, en la casa de su mamá y me llegue hasta donde él estaba, allí nos saludamos y el me comento que el carro había salido en el periódico el día lunes y me enseño el periódico y me dijo “MARICO EL CARRO DONDE ANDABAMOS EL SABADO ERA ROBADO, QUE ME QUEDARA QUIETO QUE NO PASABA NADA”, yo le dije que no me metiera en peo, después me fui hasta mi casa y le comente a mi esposa esta se puso molesta y me lo reclamo, después he estado pendiente de ese problema hasta hoy. Es todo”. SEGUIDAMENTE LA ENTREVISTADA ES INTERROGADA POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar hora y fecha en que ocurrieron esos hechos? CONTESTO: “eso fue el año pasado creo que fue en el mes de septiembre, un día sábado, EUDY Y su hermano me fueron a buscar a mi casa en el Barrio las tejas, calle cinco con avenida uno, casa número tres, Turen, a las 10: horas de la noche” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de las características del vehículo el cual tripulaba el ciudadano en EUDY junto a su hermano, el día que lo fueron a buscar a su casa? CONTESTO: “Era un vehículo marca Ford, modelo Fiesta, color Gris, no se que año” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los datos filiatorios y lugares de residencia de los ciudadanos que menciona como EUDY y su hermano? CONTESTO: “EUDY RIVERO, de 25 años de edad, es funcionario activo de la Policía del estado Portuguesa, con cinco año de servicio en la Policía, EUDY vive en el Barrio la Coromoto, calle tres casa rural sin número, del lado izquierdo de la casa abandonada, casa pintada de color verde agua, FRANKY CASU, es latonero, es el dueño del taller que queda frente a mi casa, vive en la misma acera en una casa vieja, color azul, queda a tres casa del taller ” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento con que frecuencia se ve con AVILIO? CONTESTO: “ese día yo estaba tomando en mi casa, AVILIO paso frente a mi casa y yo lo llame y le invite unas cervezas, hasta que llego EUDY Y SU HERMANO.” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento para el momento en que llego EUDY Y SU HERMANO, que hablaron cuando ingreso al vehículo? CONTESTO: “le pregunte que para donde íbamos, me dijo que daríamos una vuelta por la avenida y después para DONATO” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento como se llaman las personas que lo estaban esperando en la tasca DONATO? CONTESTO: “Una de ella se llama MARIA, es una flaca, baja de estatura, cabello negro, tipo liso, largo, de piel blanca, ella vive en el Barrio la Coromoto, no sé en qué casa, solo sé que es en la calle tres, la otra muchacha era una flaquita, cabello ondulado, baja de estatura, de piel blanca, tiene una cicatriz en el pómulo izquierdo como una cortada pequeña, no sé cómo se llama y vive en la Urbanización la Laguna ” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, recuerda para aquel momento que teléfono celular portaba el ciudadano mencionado como EUDY RIVERO Y SU HERMANO? CONTESTO: “EUDY no tenia celular pero el hermano si tenía” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de cómo es la conducta de los ciudadanos que menciona como EUDY Y SU HERMANO? CONTESTO: EUDY el es mala conducta a pesar de que es Policía y su hermano FRANKIE es mala conducta también. NOVENA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento, en que otros hechos delictivos se encuentra involucrados los sujetos EUDY Y FRANKIE. CONTESTO: EUDY, siempre anda en motos diferentes me imagino que son robadas. DECIMA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento, el día en que andaba en el vehículo marca Ford, modelo fiesta, color gris no le pregunto a los que lo tripulaban de dónde sacaron ese vehículo. CONTESTO: No le pregunte. DECIMA PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento después que lo dejaron en su casa, para donde se dirigieron los sujetos EUDY Y FRANKIE a bordo del vehículo. CONTESTO: Ellos siguieron la calle cinco y cruzaron hacia la seis, creo que fueron a buscar a las mujeres que andaban con ellos. DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento, en que circunstancia de modo y lugar los funcionarios de la Policía del Estado Portuguesa recuperaron el vehículo en referencia. CONTESTO: desconozco. DECIMA TERCERA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento del paradero del dueño del vehículo. CONTESTO: una semana después de lo ocurrido compre la prensa, la Ultima Hora y allí decían específicamente que el dueño del vehículo marca Ford, modelo Fiesta, color gris había aparecido muerto en un monte de la Autopista José Antonio Páez. DECIMA CUARTA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento, del paradero actual de los sujetos EUDY Y FRANKIE. CONTESTO: EUDY, sigue trabajando en la Policía y el hermano trabajando latonería en la casa de la mama de EUDY, es decir frente a mi casa, siempre lo veo. DECIMA QUINTA PREGUNTA: Diga usted, los ciudadanos EUDY Y FRANKIE, tienen conocimiento que el dueño del vehículo había aparecido muerto. CONTESTO: Si el día que yo compre la prensa y me entere lo que había pasado EUDY en la tarde me enseño la prensa y yo le pregunte qué había pasado que si él había matado a ese muchacho y él me dijo que si que él había matado a ese chamo, le pregunte porque y no me quiso decir. DECIMA SEXTA PREGUNTA: Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista. CONTESTÓ: “No es todo”. Es todo. Mediante la misma se desprende que efectivamente anduvo en el vehiculo de la victima.

97.- ACTA DE IDENTIFICACION de fecha 31-10-2011, realizada por ante la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas sub. Delegación Guanare al Ciudadano: CAMACARO ESCOBAR DIANGO JOSÉ cedula de identidad: v-18.732.080 nacionalidad: venezolana, lugar de nacimiento: turen, estado portuguesa fecha de nacimiento: 04/junio/1986, edad 25 años estado civil: soltero profesión u oficio: comerciante residenciado: turen, barrio las tejas, casa n° 03, estado Portuguesa. Elemento que nos indica la identificación plena del imputado.

98.- ACTA DE ENTREVISTA PENAL de fecha 31-10-2011 realizada por el ciudadano AVILIO Suscrita por el funcionario Sub Inspector LUCENA LEVIS, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub delegación Acarigua Quien expone lo siguiente: “El dia de hoy me encontraba en la casa de mi abuelo cuando llegaron unos funcionarios del CICPC, con una Orden de allanamiento a la casa de mi abuelo pensando que yo vivía allí, durante el allanamiento unos de los funcionarios comenzó a hablar con mi pareja de nombre de MARIA GABRIELA, y ella le dijo que yo no vivía allí y los llevo a la casa donde vivo, ella le abrió la puerta de la casa y debajo del colchón donde yo duermo consiguieron un revólver, después me trajeron esta oficina y me informaron el motivo del allanamiento, con resto a eso quiero decir que yo ese día estaba en casa de DIANGO, ya que nos habíamos reunidos con el fin, de comprar una cervezas y tomárnosla allí, comenzamos como a las 07:00 de la noche, allí estaban la mama, la mujer, el hermano, la cuñada de DIANGO y yo, como a las 10:00 de la noche llegaron EUDY Y FRANKI, a bordo de un vehículo marca Ford, modelo Fiesta Power, color gris y nos invitaron a ir a tomarnos unas cervezas, por lo que nos fuimos DIANGO, EUDY, FRANKI Y YO, en el carro, dimos unas vueltas por la avenida y nos fuimos para la tasca Donato, allí estaban dos mujeres esperando a EUDY, allí nos tomamos varias cervezas como hasta las tres de la madrugada, después el nos fue a llevar a la casa de DIANGO, al llegar allí estaban la mama, la cuñada y el hermano de DIANGO despiertos tomando cervezas, por lo que duramos allí como media hora más y después me fui para mi casa, el día domingo como a las dos de la tarde, iba camino a la casa de DIANGO a pasar un rato allá y es cuando llegue a la esquina estaban varias personas hablando las cuales no conozco y una de ella dijo que se había caído un carro por la manga de coleo, yo seguí hasta la casa de DIANGO, pero este no se había levantado, por lo que seguí a mi casa. El día lunes leí en la prensa que habían encontrado un carro abandonado por la manga de coleo, unos días después me entere que el dueño del carro estaba muerto y no hice nada. Es todo”. SEGUIDAMENTE LA ENTREVISTADA ES INTERROGADA POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar hora y fecha en que ocurrieron esos hechos? CONTESTO: “, a DIANGO y a mí nos pasaron buscando por la casa de DIANGO, eso fue el año pasado, a las 10:00 horas de la noche” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de las características del vehículo el cual tripulaba los ciudadanos EUDY Y FRANKI, el día que lo fueron a buscar a la casa de DIANGO? CONTESTO: “era un fiesta power, color gris” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los datos filiatorios y lugares de residencia de los ciudadanos que menciona como EUDY Y FRANKI? CONTESTO: “lo conozco como EUDY, no sé cuántos años tiene, es funcionario activo de la Policía del estado Portuguesa, vive en el Barrio la Coromoto, calle tres, la tercera casa del lado derecho, a FRANKY lo conozco solo por nombre, es latonero, es el dueño del taller que queda frente a la casa de DIANGO, vive en el taller” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento con qué frecuencia se ve con DIANGO? CONTESTO: “nos vemos pocas veces.” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento para el momento en que llego EUDY Y SU HERMANO, que hablaron cuando ingresaron al vehículo? CONTESTO: “no hablamos nada solo fuimos a beber” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento como se llaman las personas que lo estaban esperando en la tasca DONATO? CONTESTO: “solo conozco a una que se llama MARIA, ella vive EN LA Urbanización la Laguna, la otra no la conozco” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, recuerda para aquel momento que teléfono celular portaba el ciudadano mencionado como EUDY RIVERO Y SU HERMANO? CONTESTO: “Yo creo que ellos no tenían teléfonos celulares para ese tiempo” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de cómo es la conducta de los ciudadanos que menciona como EUDY Y FRANKI? CONTESTO: a EUDY le conozco dos problemas, una vez le pego a la mujer y ella lo denuncio y este problema es el otro, de FRANKI nunca lo vi en problemas. NOVENA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento, como se llama la pareja sentimental de EUDY. CONTESTO: No se pero ella vive con el todavía. DECIMA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento, el día en que andaba en el vehículo marca Ford, modelo fiesta, color gris le pregunto a los que lo tripulaban de dónde sacaron ese vehículo. CONTESTO: No le pregunte. DECIMA PRIMERA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento después que lo dejaron en su casa, para donde se dirigieron los sujetos EUDY Y FRANKIE a bordo del vehículo. CONTESTO: ello siguieron por la calle uno, después no se que hicieron. DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento, en que circunstancia de modo y lugar los funcionarios de la Policía del Estado Portuguesa recuperaron el vehículo en referencia. CONTESTO: desconozco. DECIMA TERCERA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento del paradero del dueño del vehículo. CONTESTO: una semana después de que ellos nos fueron a buscar me entere por la prensa que el dueño del carro estaba muerto. DECIMA CUARTA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento, del paradero actual de los sujetos EUDY Y FRANKIE. CONTESTO: ellos están en su casa trabajando normal. DECIMA QUINTA PREGUNTA: Diga usted, los ciudadanos EUDY Y FRANKIE, tienen conocimiento que el dueño del vehículo había aparecido muerto. CONTESTO: Yo creo que si saben que el dueño del carro están muerto. DECIMA SEXTA PREGUNTA: Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista. CONTESTÓ: “No es todo”. Es todo. Mediante al misma nos indica que anduvo en el vehiculo de la victima.

99.- ACTA DE IDENTIFICACION de fecha 31-10-2011, realizada por ante la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas sub. Delegación Guanare al Ciudadano: ROMERO SALERO AVILIO ANTONIO Cedula De Identidad: V-17.276.011 nacionalidad: venezolana lugar de nacimiento: Acarigua, estado portuguesa fecha de nacimiento: 25/01/1983 edad: 28 años estado civil: soltero profesión u oficio: obrero residenciado: turen, barrio las tejas, callejon 1, entre calle 7 y8, casa 0-39, estado portuguesa Mediante la misma se deja constancia de al identificación plena del imputado.

100.- ACTA DE IDENTIFICACION de fecha 31-10-2011, realizada por ante la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas sub. Delegación Guanare al Ciudadano: CASU FRANKIL RAMON, de nacionalidad Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de 37 años de edad, fecha de nacimiento: 01/Marzo/1974, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad número V-12.092.416. Mediante la misma se deja constancia de al identificación plena del imputado.

101.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 04-11-2011 Suscrita por el funcionario SUB INSPECTOR LUCENA LEIVIS, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas quien deja constancia de la siguiente diligencia policial “Prosiguiendo con las investigaciones inherentes al esclarecimiento de las actas procesales signadas bajo la nomenclatura I-502.448, que se instruye por este Despacho por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, (HOMICIDIOS), encontrándome en la sede de este Despacho Policial, procedí hacer lectura de las presentes Actas Procesales, específicamente a: las Actas del procedimiento practicado por los Funcionarios De La Policía Del Estado Portuguesa: 1.- RENÉ JOSÉ GUAPECUCO BARRUETA, 2.- JOSUÉ ANTONIO PÉREZ PARGAS, 3.- LUÍS ENRIQUE OROPEZA, 4.- JOSÉ LUÍS SICILIA ARENAS, 5.- LUÍS MIGUEL ÁNGULO GÓMEZ, 6..- ROSALBA DEL CARMEN GONZÁLEZ RIVERO, 7. - OSWALDO GREGORY CARMONA CARPIO; Adscritos a la Coordinación Policial número “03” de la Población de Turén, Estado Portuguesa; donde recuperan el vehículo clase AUTOMÓVIL, marca FORD, modelo FIESTA POWER, color GRIS, año 2004, placas GCE—140; propiedad de la víctima de la presente causa; Actas de Entrevistas, recibidas a los funcionarios actuantes de dicho procedimiento; Acta de Entrevistas recibidas a los ciudadanos: Avilio Antonio ROMERO SALERO, Diango José CAMACARO ESCOBAR y José Alberto CAMACARO; vistas, leídas y analizadas las mencionadas actas procesales, se denota que los dos últimos mencionados “AVILIO” y “DIANGO”, declaran que efectivamente estaban a bordo del vehículo de la víctima y que ese día fueron hasta la tasca denominada “DONATO”, junto a los ciudadanos “EUDY RIVERO” y “FRANKLIN RAMON CASU”. Seguidamente, fueron hasta la residencia del ciudadano DIANGO CAMACARO, lugar donde se quedaron los ciudadanos “AVILIO” y “DIANGO” y siguieron a bordo del vehículo en cuestión, los ciudadanos EUDY RIVERO CASU y su hermano FRANKLIN RAMON CASi); éste hecho, los entrevistados lo señalan que ocurrió a las 03:00 horas de la madrugada aproximadamente; de igual forma, manifiestan que se quedaron hasta las 03:30 horas de la madrugada ingiriendo bebidas alcohólicas en la casa del ciudadano “DIANGO”, la cual está ubicada en: Barrio Las Tejas, avenida “01”, con calle “05”, casa número “03”. Prosiguiendo con el análisis, las entrevistas de los funcionarios actuantes señalan que la ubicación del vehículo fue aproximadamente a las 02:45 horas de la madrugada y las novedades del Centro de Coordinación Policial número “03”, del Municipio Turén, Estado Portuguesa; refleja dicha novedad a las 03:00 horas de la madrugada. Ahora bien, la Dirección donde recuperaron el vehículo es la misma dirección donde reside el ciudadano “DIANGO CAMACARO”, así mismo las personas que se encontraban en compañía de este ciudadano quienes son: 1- Norma ESCOBAR, 2-José ALBERTO CAMACARO y 3.- Avilio Antonio ROMERO; manifestaron en sus entrevistas que no observaron ningún procedimiento Policial en el lugar donde se encontraban. Por lo antes expuesto y en lo manifestado por el ciudadano “AVILIO SALERO”, quien escuchó “QUE SE HABÍA CAÍDO UN CARRO POR LA MANGA DE COLEO”, quedando en duda que dicho procedimiento no fue realizado en el lugar donde manifestaron los funcionarios actuantes haberlo practicado es todo. Elemento de convicción que nos indica quienes son los imputados en la presente causa mediante la investigación penal realizada.

102.- ACTA DE DE ENTREVISTA PENAL a una persona quien dijo ser y llamarse: JOSÉ, manifestando no proceder falsa ni maliciosamente en este acto y en consecuencia expone: “Me encuentro en la sede de este Despacho, ya que el día de hoy, miércoles 09/Noviembre/2011, aproximadamente a las 05:30 horas de la tarde, varios funcionarios de este Cuerpo Policial, llegaron a mi residencia con una orden de allanamiento, emanada del Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial del Estado Portuguesa; ingresando en compañía de dos testigo y procedieron a revisar mi ‘casa, no encontrando ninguna evidencia, luego me pidieron que los acompañará hacia ésta Oficina, con la finalidad de rendir entrevista en torno a un hecho relacionado con un homicidio. Es todo”. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR, INTERROGA AL CIUDADANO ENTREVISTADO. DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga Usted, conoce de vista trato y comunicación al ciudadano de nombre Eudis CASU?. CONTESTÓ: “Si, porque él hizo curso conmigo en la Policía del Estado, hace aproximadamente cinco (05) años”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, cómo era la conducta del ciudadano Eudis CASU?. CONTESTÓ: “Es mala conducta”. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuándo fue la última vez que sostuvo comisión con el referido ciudadano?. CONTESTÓ: “Aproximadamente un año y nueve meses, en la Población de Turén, por cuanto mi hija estaba cumpliendo do años de edad”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista trato y comunicación a los ciudadanos “Franklin CASU”, “EL AVILIO” y “EL DIANGO”?. CONTESTÓ: “A ninguno”. QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, qué actividad realizó para las fechas 04 y 05 del mes de Septiembre del año 2010?. CONTESTÓ: “En ese tiempo estaba realizando papeleo para un viaje hacia la Isla de Margarita”. SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, qué tiempo tiene que no presta sus servicios en la Policía del Estado Portuguesa?. CONTESTÓ: “Bueno a mi destituyeron de la Policía, porque sostuve un mal comportamiento en contra de mi pareja, en el año 2009”. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento quién le dio muerte al ciudadano LUGO QUERALES Lisandro José?. CONTESTO: “No sé”. OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, es propietario de algún tipo de vehículo automotor?. CONTESTÓ: “No”. NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, acostumbra a porta algún tipo de arma de fuego?. CONTESTÓ: “No”. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento del hecho donde resulta occiso el ciudadano LUGO QUERALES Lisandro José?. CONTESTÓ: “De verdad que no sé”. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, para la fecha 04 y 05 del mes de Septiembre del año 2010, portaba móvil celular, en caso positivo indique el número del mismo?. CONTESTÓ: “No, porque tengo aproximadamente dos años sin teléfono móvil celular”. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, el ciudadano “Eudis CASU” le llegó a manifestar del presente hecho que se investiga?. CONTESTÓ: “Ningún momento, como le dije tengo demasiado tiempo sin saber nada de él”. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de un procedimiento efectuado por funcionarios adscritos al Centro de Coordinación Policial N° 3, en el barrio Las Tejas, en fecha 05/Septiembre/2010, en horas de la madrugada donde recuraron el vehículo marca FORD, marca FIESTA POWER, color GRIS?. CONTESTÓ: “Desconozco”. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista trato y comunicación al ciudadano de nombre HADIB AJAQUE FERNÁNDEZ?. CONTESTÓ: “No”. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si el ciudadano ‘Eudis CASU” ha estado involucrado en otros hechos delictivos?. CONTESTÓ: “De verdad que no sé”. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTÓ: No Es Todo. Elemento que son indica que fue testigo de la visita Domiciliaria.

103.- ACTA DE IDENTIFICACION realizada por ante la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas sub. Delegación Guanare al Ciudadano: TORO GONZALEZ EDUARDO JOSE, de nacionalidad Venezolana, de 25 años de edad, fecha de nacimiento: 10/09/1986, de estado civil soltero, Profesión u oficio Electricista titular de la cédula de identidad número V-17.049.832, Residenciado en el Barrio la Tembladora calle 08 entre carrera 01 casa S/N Biscucuy Municipio Sucre Estado Portuguesa.

104.- ACTA DE ENTREVISTA PENAL a una persona quien dijo ser y llamarse: CARMEN, quien en torno a los hechos que se investigan manifestó no proceder falsa ni maliciosamente en este acto y en consecuencia expone: “Vengo a este despacho, ya que la mama de mi esposo de nombre NORMA, me do que debía venir a declarar’ SEGUIDAMENTE SE PROCEDE A ENTREVISTAR A LA CIUDADANA DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de la recuperación de un vehículo que se encontraba relacionado en un hecho punible en la avenida uno con calle Cinco del Barrio las Tejas de Turen, estado Portuguesa, en el mes de septiembre del año pasado? CONTESTO: “No”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de alguna celebración, reunión o fiesta celebrada en la casa de su pareja en la avenida uno con calle cinco, casa numero 3, Del Barrio las tejas de Turen, Estrado Portuguesa, en el mes de septiembre del año pasado? CONTESTO: “en el mes de octubre del año pasado el día 18 hubo una reunión, el CUMPLEAÑOS de JOSE ALBERTO”. TERCERA PREGUNTA: Diga usted tiene conocimiento de una reunión celebrada en la residencia de su pareja JOSE ALBERTO, el día cuatro de Septiembre? CONTESTO: “reunión como tal no, estaban reunidos en la casa de mi pareja tomando cervezas”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento quienes eran las personas que estaban reunidas en la residencia de su pareja- CONTESTO: “estaban la mama de mi esposo, mi esposo, DIANGO y su esposa y yo”. QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento desde que hora se encontraban reunidos en dicha residencia? CONTESTO: “desde las siete horas de la noche aproximadamente” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que fue lo Que sucedió ese día? CONTESTO: “ese día estaban tomando en la casa y no recuerdo la hora pero llego en un carro EUDY, y se paro afuera, allí duro un rato, yo me fui a la casa y busque la bicicleta para ir a la bodega y cuando pase al lado del carro fue que logre ver a EUDY, sentado en el puesto del piloto, no logre ver quien mas estaba en el carro, después me fui a mi casa a ver las novelas y como a las 11:30 fui a busca a mi esposo a su casa, cuando llegue ya no estaba el carro, ni EUDY, ni DIANGO, después me fui a dormir con mi esposo a mi casa, hasta el día siguiente. SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de las características del vehículo que tripulaba el ciudadano EUDY. CONTESTO: No me acuerdo de cómo era el carro ni el color. OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento, donde se encontraba el ciudadano DIANGO, para el momento en que fue a buscar a su esposo a las 11:30 aproximadamente. CONTESTO: DIANGO, se fue con EUDY en el carro a beber no se a que lugar. NOVENA: Diga usted, tiene conocimiento, en compañía de quien se fue DIANGO junto a EUDY, en el vehículo, CONTESTO: No se. DECIMA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento de algún problema ocurrido ese día con el carro en que andaba DIANGO Y EUDY. CONTESTO: No se. DECIMA PRIMERA: Diga usted si desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: No. Es todo”. Elemento de convicción que nos indica que observo al imputado EUDIS en el vehiculo de la victima.

105.- ACTA DE ENTREVISTA PENAL a una persona quien dijo ser y llamarse: dijo ser y llamarse de la siguiente manera: JOSE, quien impuesto del artículo 291° Ejusdem; y del hecho que se averigua y de las generales de ley que sobre testigos reza o pauta en el Código Orgánico Procesal Penal, estando juramentado; manifestó no tener impedimento alguno en rendir entrevista en este Despacho y en consecuencia expuso: “Resulta que el año pasado, a mediados del mes de Septiembre, aproximadamente a las 09:30 horas de la noche, me encontraba en mi residencia, en compañía de mi mamá de nombre: “Norma PASTORA ESCOBAR”, mi hermanos “KARINA NOHEMÍ CAMACARO”, “DIANGO JOSÉ CAMACARO”, su esposa “MELKIS PARADA” y mi novia “YOLGETSY VIERA”; estamos ingiriendo bebidas alcohólicas, cuando de repente llegó un vehículo y del mismo descendió el vecino de nombre “EUDIS CASU”, quien es funcionario policial, se quedó conversando con mi hermano “DIANGO”, en eso el funcionario “EUDIS CASU”, le dijo a mi hermano que fueran para una tasca, luego ellos se fueron, nosotros nos quedamos tomando frente a la casa, al transcurrir las horas y a eso de las 04:00 horas de la madrugada, llegaron de nuevo y mi hermano se quedó en la casa y “Eudis CASU”, se devolvió en el carro que andaba, todo parecía normal. Es todo.- SEGUIDAMENTE EL CIUDADANO ENTREVISTADO ES INTERROGADO POR EL FUNCIONARIO RECEPTOR DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha de los hechos que narra?. CONTESTÓ: “Eso sucedió en la urbanización Alí Primera, barrio Las Tejas, calle “05”, con avenida “01”, casa número “03”, Municipio Villa Bruzual, Turén, Estado Portuguesa, el día 04/Septiembre/2010, entre las 09:30 horas de la noche y 04:00 horas de la madrugada”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, refiera las características del vehículo automotor que conducía el funcionario policial que menciona como “Eudís CASU”, para ese momento?. CONTESTO: “Era un vehículo, marca FORD, modelo FIESTA POWER, color GRIS”. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, indiqué alguna características que individualice el referido vehículo automotor?. CONTESTÓ: “No logré detallarlo bien”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, para el momento de arribar el funcionario policial que menciona como “Eudis CASU”, se encontraba en compañía de otra persona?. CONTESTÓ: “Solamente se bajó él del carro”. QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, su hermano de nombre “Diango José CAMACARO”, le llegó a manifestar para donde había ido en compañía de la otra persona que menciona como “Eudís CASU”?. CONTESTÓ: “Mi hermano dijo que habían ido para una tasca de nombre “DONATO”, la cual está ubicada en la avenida “03” del centro de Turén, Estado Portuguesa”. SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento en compañía de que personas se encontraban su hermano “Diango José CAMACARO” y el funcionario policial que menciona como “Eudis CASU”, para ese momento?. CONTESTÓ: mi hermano nunca comento, con quienes estaban tomando para ese momento”. SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de un procedimiento policial, efectuado en el barrio Las Tejas, calle “05”, con avenida “01”, para la fecha 05/Septiembre/2010, en horas de la madrugada, donde recuperan un vehículo automotor?. CONTESTÓ: “De verdad que nunca me enteré”. OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento quién era el propietario del referido vehículo automotor? CONTESTÓ: “Mi hermano nunca nos dijo de donde “Eudis CASU”, había sacado ese carro”. NOVENA. PREGUNTA: ¿Diga usted, cómo es la conducta de la persona que menciona como “Eudis CASU”?. CONTESTÓ: “Bueno por la casa se ve tranquilo, pero no sé en realidad como es su comportamiento en el sector donde vive, pero las personas dicen que es mala conducta”. DÉCIMA. PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista trato y comunicación al ciudadano de nombre “AVILIO”? CONTESTÓ: “Solamente de vista”. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, cómo es la conducta del ciudadano antes mencionado?. CONTESTÓ: “Lo que sé, es mala conducta en el barrio”. DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted tiene conocimiento si el ciudadano “AVILIO”, se encontraba en compañía de su hermano “Diango José CAMACARO” y el funcionario policial “Eudis CASU”, para ese momento?. CONTESTÓ: “No sé”. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, qué actitud presentaban su hermano “Diango José CAMACARO”, al igual que el funcionario policial “Eudis CASU”; para el momento de arribar nuevamente a su residencia?. CONTESTÓ: “Los noté un poco extraño”. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, cómo es la conducta del ciudadano de nombre “Franklin CASU”? CONTESTÓ: “Normal, él es latonero y pintor de carros”. DECIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si el ciudadano “Franklin CASU”, se encontraba en compañía de su hermano “Diango José CAMACARO” y del funcionario policial “Eudis CASU”, para ese momento?.CONTESTÓ: “No sé”. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, su hermano acostumbra a portar algún tipo de arma de fuego? CONTESTÓ: “Aún no lo he visto”. DECIMA SEPTIMA. PREGUNTA: ¿Diga usted, su hermano consume algún tipo de sustancias estupefaciente y psicotrópicas? CONTESTÓ: “No sé”. DÉCIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más en la preste entrevista? CONTESTÓ: “No”. ES TODO Elemento de convicción que nos indica que observo al imputado EUDIS en el vehiculo de la victima.

106.- ACTA DE IDENTIFICACION realizada por ante la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas sub. Delegación Guanare al Ciudadano: JOSE ALBERTO CAMACARO ESCOBAR, de nacionalidad Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de 19 años de edad, fecha de nacimiento: 18-02-1992, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad número V-12.092.416, residenciado en Avenida 01 con Calle 05,. Casa # 03 Barrio las Tejas Municipio Turen Estado Portuguesa. Mediante la misma se identifica plenamente al imputado.

107.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 02-11-2011 Suscrita por el funcionario Agente SERRANO Jesús, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas quien deja constancia de la siguiente diligencia policial “Encontrándome en la sede de este Despacho y continuando con las investigaciones relacionadas con las actas procesales signadas con la nomenclaturas 1-502.426 e 1- 502.448, incoadas por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS; me trasladé hacia el Área de Análisis y Seguimiento Estratégico de Información Policial, con la finalidad de verificar por ante el Sistema Integrado de Información Policial, (SIIPOL); los posibles registros policiales o solicitudes que pudiese presentar el ciudadano: CASU Franklin. Una vez presentes en la referida Área, ingresé a dicho sistema y luego de una breve búsqueda en el mismo, arrojó como resultado lo siguiente: CASU Franklin Ramón, de nacionalidad Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de 37 años de edad, fecha de nacimiento: 01/Marzo/1974, cédula de identidad V-12.092.416. (HASTA LA PRESENTE FECHA NO POSEE REGISTROS POLICIALES NI SOLICITUD ALGUNA); Obtenida tal información, me retiré de la referida sala, informándosele a la Superioridad de dichas diligencias efectuadas, las mismas quedarán Plasmadas en la presente acta, es todo

108.- EXPERTICIA TRICOLÓGICA Y FÍSICA (TIERRA) COMPARATIVAS Nº 9700-057-LBFQB-363, de fecha 04-11-2011, suscrita por el Inspector LUIS JOSE CARRILLO. Experto designado para realizar experticia solicitada según oficio número 18PORT-F67NN-0978-11; relacionado con las actas procesales 1-502.426 (18F67NN-003-11) y 18-F02-1C-3886-10. De conformidad con lo establecido en el artículo 239 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 26 de la Ley de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Rindo a usted a los fines consiguientes este informe. MOTIVO: Realizar Experticia Tricológica y Física (tierra) Comparativa. EXPOSICIÓN El material suministrado consiste en’ evidencias físicas relacionado con las actas procesales I-502.426 (18F67NN003-11 y 18F02-1C-3886-10 (S.I.O); discriminadas para su identificación y estudio de la siguiente manera:

1.- Un sobre contentivo de suelo natural, colectado a través de la experticia de barrido, hematológica y Activación Especial Nº 9700-068-AB-230-11 de fecha 26-09-2011 realizada por el detective TSU Yonathan Sayago, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación Barinas (S.I.O.)

2.- Un sobre contentivo de dieciséis (16) apéndices pilososos colectado a través de la experticia de barrido, hematológica y Activación Especial Nº 9700-068-AB-230-11 de fecha 26-09-2011 realizada por el detective TSU Yonathan Sayago, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación Barinas (S.I.O.)

3.- Un sobre contentivo del suelo natural, debidamente descrito según experticia número 9700-057-LBFQB-082 y 9700-057-LBFQB-114.

4.- Un sobre contentivo de material heterogéneo, el colectado mediante técnica de barrido en experticia signada con el número 9700-058-LAB-2103, debidamente descrito en experticia signada con el número 9700-057-LBFQB-114, de fecha 27/04/2011

5.- Un sobre contentivo de apéndices pilosos, colectados mediante técnica de barrido en experticia signada con el número 9700-058-LAB-2103, de fecha 24-09-2010, practicada sobre un vehículo Ford Fiesta, color gris, alfanuméricas GCE-140, y debidamente descrito según experticia número 9700-057-LBFQB-114 de fecha 27-04-2011

6.- Un sobre contentivo de apéndices pilosos debidamente descritos según experticia número 9700-057-LBFQB-082 y 9700-057-LBFQB-114.

7.- Un sobre contentivo de apéndices pilosos, colectados en exhumación realizada al cadáver en fecha 11-03-2011 y debidamente descrito según experticia número 9700-057-LBFQB-114, de fecha 27-04-2011.

PERITACIÓN: El material suministrado fue sometido al siguiente análisis:
ANÁLISIS TRICOLÓGICO:
OBSERVACIÓN ESTEROSCÓPICA: Los apéndices piloso mencionados en los numerales 2,5,6 y 7, fueron visualizados a través de una lupa estereoscópica, sin tratamiento y montados al seco, visualizándose lo referente al tipo de espécimen, origen, longitud, color, adherencia de suciedad y/o material grasiento, traumatismo (estiramiento, torsiones o aplastamiento), empleando tabla colorimétrica de la marca Silueta Schwarzkopf de IGORA ROYAL.

OBSERVACIÓN MICROSCÓPICA: Seguidamente fueron sometidos a limpieza con solución jabonosa y desgrasados con éter de petróleo para su observación microscópica, visualizándose la concentración pigmentaria, superficie cutícular, tamaño de los gránulos, canal medular, disposición de las escamas, extremo distal, diámetro promedio y otras particularidades, indicando los resultados en la conclusión.

ANÁLISIS COMPARATIVO: Los apéndices pilosos mencionados en los númerales 2, 5, 6 y 7, fueron sometidos a un minucioso estudio comparativo tomando en cuenta las características individuales de cada uno; indicando los resultados en las conclusiones.

OBSERVACIÓN ESTEREOSCÓPICA: Las muestras mencionadas en los numerales 1, fue sometido a una minuciosa observación a través de la lupa estereoscópica, visualizándose lo siguiente:

MUESTRA ASPECTO COLOR MINERALES DE COLOR ADHERENCIAS
BARRIDO Nº 9700-068- AB-230-11 Arenoso
Marrón
Negro, gris, blanco y brillantes
Restos de materia vegetal deshidratada, fibras sintéticas de color gris y restos de insectos.

CONCLUSIÓN: Con base al reconocimiento, observaciones y análisis realizados al material suministrado, que motivó mi actuación pericial, puedo determinar:

1.- Que del análisis de los apéndices pilosos mencionados en el numeral 2, se determinó que pertenecen a la especie humana, correspondientes a la región cefálica y periféricos, con las siguientes características:

Apéndices pilosos, experticia signada con el número 9700-068-AB-230-11, de fecha 26-09-2011:
Tamaño: cortos, medianos y largos
Tipo: Lisos y semi ondulados
Color: Castaño mediano, castaño claro, entre castaño claro y rubio oscuro, entre castaño oscuro y castaño mediano, negro, rubio mediano, entre rubio mediano y rubio claro.

2.- Que del análisis comparativo realizado entre los apéndices pilosos colectados mediante técnica de barrido en experticia signada con el número 9700-068-AB-230-11, de fecha 26-09-2011, con los apéndices pilosos señalados en los numerales 5,6 y 7, se constató que uno de los mismos posee características físicas homologas y vinculables entre si, específicamente con los descritos en los numerales 6 y 7.

3.- Que del análisis comparativo realizado a las muestras de material heterogéneo (tierras) señalado en los numerales 1, 3 y 4, no poseen características físicas vinculables entre si. Es todo… Con el presente elemento de convicción se deja constancia que dentro de los apéndices pilosos experticiados se encuentra que los señalados en los numerales 5, 6 y 7 poseen características físicas homologas y vinculables entre si.-

109.- COMUNICACIÓN S/N, de fecha 15/12/2011, suscrita por el Comisario General (PEP) JOSÉ RAFAEL ARAPE RON, Director General de la Policía del estado Portuguesa, en la cual remiten las características de las Armas de Fuego Orgánicas que portaban para el día 04/09/2010 los siguientes funcionarios:

•RIVERO CASU EUDIS GREGORIO, titular de la cédula de identidad número V-17.944.603, quien portaba para ese día: Un (01) Arma de fuego, tipo pistola, marca Tanfoglio, serial AB76932, calibre 9MM
•RENÉ JOSÉ GUARECUCO BARRUETA, titular de la cédula de identidad número V-19.798.396, quien portaba para ese día: Un (01) Arma de fuego, tipo pistola, marca Prieto Beretta, serial G37447Z, calibre 9MM
•JOSUÉ ANTONIO PÉREZ PARGAS titular de la cédula de identidad número V-18.135.281, quien portaba para ese día: Un (01) Arma de fuego, tipo revólver, serial UI908394, calibre 38MM
•OROPEZA LUIS ENRIQUE, titular de la cédula de identidad número V-21.023.447, quien portaba para ese día: : Un (01) Arma de fuego, tipo revólver, serial UI908347, calibre 38MM
•ÁNGULO GÓMEZ LUIS MIGUEL, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.893.371, quien portaba para ese día: Un (01) Arma de fuego, tipo pistola, marca Prieto Beretta, serial H85207Z, calibre 9MM
•GONZALEZ RIVERO ROSALBA DEL CARMEN, titular de la cedula de identidad numero V- 9.843.911, , quien portaba para ese día: Un (01) Arma de fuego, tipo pistola, marca Prieto Beretta, serial H85308Z, calibre 9MM
•OSWALDO GREGORY CARMONA CARPIO, titular de la cédula de identidad número V-14.426.018, quien portaba para ese día: Un (01) Arma de fuego, tipo pistola, marca Prieto Beretta, serial H85383Z, calibre 9MM
•SICILIA ARENAS JOSÉ LUIS, titular de la cédula de identidad número V-13.702.799, quien portaba para ese día: Un (01) Arma de fuego, tipo pistola, marca Prieto Beretta, serial G37449Z, calibre 9MM
•AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB, titular de la cédula de identidad número V-19.337.948, quien portaba para ese día: Un (01) Arma de fuego, tipo Pistola, marca Tanfoglio, serial AB76906, calibre 9MM

109.- CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: RIVERO CASU EUDY GREGORIO, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.944.603, Fecha de Nacimiento: 15/06/86, ingresado en esta Institución Policial desde el 01/01/2007, actualmente o con la jerarquía de OFICIAL. Mediante la misma nos indica la condición de Funcionario Policial que ostentaba para el día 04/09/2010 fecha del hecho.

110.-CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: GUARECUCO BARRUETA RENE JOSE, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.798.396, Fecha de Nacimiento: 27/05/88, ingresado en esta Institución Policial desde el 13/04/2008, actualmente o con la jerarquía de OFICIAL. Mediante la misma nos indica la condición de Funcionario Policial que ostentaba para el día 04/09/2010 fecha del hecho.

111.-CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: PEREZ PARGAS JOSUE ANTONIO, titular de la Cédula de Identidad Nº18.135.281 Fecha de Nacimiento: 13/02/85, ingresado en esta Institución Policial desde el 01/11/2009, actualmente o con la jerarquía de OFICIAL. Mediante la misma nos indica la condición de Funcionario Policial que ostentaba para el día 04/09/2010 fecha del hecho.

112.-CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: OROPEZA LUIS ENRIQUE , titular de la Cédula de Identidad Nº 21.023.447, Fecha de Nacimiento: 30/04/84, ingresado en esta Institución Policial desde el 01/01/2009, actualmente o con la jerarquía de OFICIAL. Mediante la misma nos indica la condición de Funcionario Policial que ostentaba para el día 04/09/2010 fecha del hecho.

113.-CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: SICILIA ARENAS JOSE LUIS , titular de la Cédula de Identidad Nº 13.702.799, Fecha de Nacimiento: 31/05/79, ingresado en esta Institución Policial desde el 01/01/2007, actualmente o con la jerarquía de OFICIAL. Mediante la misma nos indica la condición de Funcionario Policial que ostentaba para el día 04/09/2010 fecha del hecho.

114 -CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: ANGULO GOMEZ LUIS MIGUEL, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.893.371, Fecha de Nacimiento: 02/03/88, ingresado en esta Institución Policial desde el 01/01/2008, actualmente o con la jerarquía de OFICIAL. Mediante la misma nos indica la condición de Funcionario Policial que ostentaba para el día 04/09/2010 fecha del hecho.

115.-CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: GONZALEZ ROSALBA DEL CARMEN , titular de la Cédula de Identidad Nº 9.843.911, Fecha de Nacimiento: 23/12/70, ingresado en esta Institución Policial desde el 27/08/1990, actualmente o con la jerarquía de SUPERVISOR AGREGADO. Mediante la misma nos indica la condición de Funcionario Policial que ostentaba para el día 04/09/2010 fecha del hecho.

116.-CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: CARMONA CARPIO OSWALDO GREGORY, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.426.018, Fecha de Nacimiento: 21/12/80, ingresado en esta Institución Policial desde el 01/08/2004, actualmente o con la jerarquía de SUPERVISOR AGREGADO. Mediante la misma nos indica la condición de Funcionario Policial que ostentaba para el día 04/09/2010 fecha del hecho.

117.- CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: AJAQUE FERNANDEZ HABID, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.337.948, Fecha de Nacimiento: 09/10/88, ingresado en esta Institución Policial desde el 01/01/2008 hasta el 15/1/2010, fecha en la cual solcito la baja por motivo personales, con la jerarquia de : AGENTE. Mediante la misma nos indica la condición de Funcionario Policial que ostentaba para el día 04/09/2010 fecha del hecho.

118.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 07-11-2011 Suscrita por el funcionario Agente SERRANO Jesús, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas quien deja constancia de la siguiente diligencia policial “Encontrándome en la sede de este Despacho y continuando con las investigaciones relacionadas con las actas procesales signadas con la nomenclaturas 1-502.426 e 1- 502.448, incoadas por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, me trasladé en compañía del funcionario Inspector LUCENA Leivis, a bordo de vehículo particular, hacia el barrio Las Tejas, urbanización Ah Primera, Turén, Municipio Villa Bruzual, estado Portuguesa; con la finalidad de ubicar, identificar y citar una ciudadana de nombre “MARÍA” y a su acompañante, estas se encontraban en la tasca denominada “DONATO”, en compañía de los ciudadanos “Eudis CASU”, “Franklin CASU”, “EL .VILIO” y “EL DIANGO” para la fecha en que ocurrió en el presente hecho que nos ocupa. Una vez presentes en la referida dirección y plenamente identificados como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigaciones, sostuvimos entrevistas con varios moradores del lugar en alusión, quienes impuestos del motivo de nuestra presencia, ZD quisieron aportar sus datos filiatorios por temor a futuras represalias, manifestando éstos tener conocimiento e1 hecho que antecede, aseverando que para esa fecha, observaron específicamente en la tasca denominada “DONATO”, a un funcionario policial de nombre “AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB”, en compañía de dos ciudadanos, quienes desconocen sus identidades, haciéndole entrega del vehículo clase AUTOMÓVIL, marca FORD, modelo FIESTA POWER, color GRIS; a un compañero de éstos de nombre “Eudis CASU”, el mismo se encontraba en compañía de su hermano “Franklin CASU”; posteriormente al transcurrir los minutos, dichas personas se retiraron del referido local; luego regresando los dos últimos mencionados, conjuntamente con los sujetos apodados “EL AVILIO” y “EL DIANGO”; en compañía de dos personas del sexo masculinos. Acto seguido, realizamos un breve recorrido a lo largo y ancho de la mencionada barriada, sosteniendo coloquio con transeúntes del mismo, quienes impuestos del motivo de nuestra comparecencia, le solicitamos información acerca de las dos personas de nuestro interés, indicaron éstos no conocer a dichas aludidas, Obtenida tal información, nos retiramos del lugar en cuestión, a fin de retornar a la sede de este Despacho, con el propósito de informarle a la Superioridad de las diligencias efectuadas las mismas quedarán plasmadas en la presente acta de investigación. Es todo.

119.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 02-11-2011 Suscrita por el funcionario Agente SERRANO Jesús, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas quien deja constancia de la siguiente diligencia policial “Encontrándome en la sede de este Despacho y continuando con las investigaciones relacionadas con las actas procesales signadas con la nomenclaturas 1-502.426 e 1- 502.448, incoadas por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, se recibió llamada telefónica de fuentes viva de información, donde informaron que para la fecha de suscitarse el hecho en cuestión, el funcionario policial de nombre “EUDIS”, realizó llamada telefónica a otra persona de nombre “AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB”, quien era compañero de trabajo, pero en la actualidad ya no se desempeña como funcionario público, por cuanto había sido despedido de dicha institución policial; el aludido le manifestó que donde se encontraba el propietario del vehículo, clase AUTOMÓVIL, marca FORD, modelo FIESTA POWER, color PLATA; el cual era conducido por el mismo y que posteriormente había sido recuperado por una comisión adscritos al Centro de Coordinación Policial N° 3, de la Población de Turén, Municipio Villa Bruzual, Estado portuguesa, en fecha 05/Septiembre/2010, en horas de la madrugada, en el barrio Las Tejas, calle “05”, con avenida “01”, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa; aseverándole éste que dicho propietario se encontraba sin signos vitales en el sector Mesa Alta, específicamente en una zona boscosa; finalizando allí dicha comunicación. Obtenida tal información, procedí a elaborar la presente acta de investigación policial, con la finalidad de dejar constancia de las diligencias. Es todo.

120.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 07-11-2011 Suscrita por el funcionario Agente SERRANO Jesús, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas quien deja constancia de la siguiente diligencia policial “Encontrándome en la sede de este Despacho y continuando con las averiguaciones pertinentes al mejor y total esclarecimiento de las actas procesales signadas con las nomenclaturas 1-502.426 e 1-502.448, incoadas por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, se pudo conocer que el vehículo, clase AUTOMÓVIL, marca FORD, modelo FIESTA WER, color PLATA; el cual era conducido por el funcionario policial de nombre “Eudis RIVERO”,. para la fecha septiembre/20l0, se lo había entregado el ciudadano de re “AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB”, quien para ese momento se desempeñaba como funcionario policial del Estado Portuguesa, quien laboraba en el Centro de Coordinación Policial N°3, de Población de Turén, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa; dicho ciudadano le hizo entrega del mismo, cuando encontraban ingiriendo bebidas alcohólicas en una tasca denominada “DONATO”, posteriormente el último de los funcionarios se retira del lugar en alusión, al día siguiente luego de que funcionarios adscritos al Centro de Coordinación Policial N° 3, recuperarán el referido vehículo en cuestión, do trasladado a dicho comando, una vez allí el funcionario “EUDIS RIVERO”, se le acercó al ciudadano en mención preguntándole donde había obtenido dicho automóvil, indicándole este que había sido objeto de un robo, en la Población de Guanare, Estado Portuguesa; perpetrando dicho delito en compañía de dos personas más, quienes eran civiles, trasladando al conductor hacia una boscosa, donde le dan muerte al mismo, ya que los podían delatar, motivado a que se desempeñaba como funcionario público, seguidamente se dirigen hasta la Población de Turén; con el referido vehículo y es allí donde se desliga del mismo. Obtenida tal información, procedí a elaborar la presente acta de investigación policial, con la finalidad de dejar constancia de tal diligencia. Es todo.

121.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 17-11-2011 Suscrita por el funcionario Agente SERRANO JESÚS, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas quien deja constancia de la siguiente diligencia policial “Encontrándome en la sede de este Despacho y continuando con las averiguaciones pertinentes al mejor y total esclarecimiento de las actas procesales signadas con las nomenclaturas 1-502.426 e 1-502.448, incoadas por la comisión de uno de los delitos CONTRA. LAS PERSONAS, procedí a trasladarme hacia el Área de Análisis y Seguimiento Estratégico de Información; ubicado en esta Oficina, con la finalidad de verificar por ante el Sistema Integrado de Información Policial, (SIIPOL); los posibles registros o solicitudes que pudiese presentar el ciudadano: AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB. Una vez presentes en dicha sala, procedí a ingresar a dicho sistema, arrojando como resultado lo siguiente: AJAQUE FERNANDEZ HADIB, de nacionalidad Venezolana, natural de Guanare, Estado Portuguesa, de 25 años de edad, fecha de nacimiento: 09/Octubre/1988, cédula de identidad V—19.337.948. (HASTA LA PRESENTE FECHA NO PRESENTA REGISTRO POLICIALES NI SOLICITUD ALGUNA); Obtenida tal información, procedí a elaborar la presente acta de investigación, donde quedarán plasmadas las mismas. Es todo.

122.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 17-11-2011 Suscrita por el funcionario Agente SERRANO JESÚS, adscrito a la División de Investigaciones de Homicidios, de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas quien deja constancia de la siguiente diligencia policial “Encontrándome en la sede de este Despacho y continuando con las averiguaciones pertinentes al mejor y total esclarecimiento de las actas procesales signadas con las nomenclaturas 1-502.426 e 1-502.448, incoadas por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, en compañía del funcionario Inspector LUCENA LEIVIS, a bordo de vehículo particular, me trasladé hacia la siguiente dirección: Barrio Lindo, calle principal, específicamente detrás de la sede “EL OCCIDENTE”, C.A; Boconoito, Estado Portuguesa con la finalidad de ubicar, identificar y citas al ciudadano de nombre: “AJAQUE FERNANDEZ Hadib”, por cuanto el mismo es el responsable de darle muerte al ciudadano: BRICEÑO LUGO Lisandro José, de 23 años de edad, fecha de nacimiento: O8/Octubre/1986, cédula de identidad V—18.892.271. Una vez presente en la referida dirección y plenamente identificados como funcionarios activos de este Cuerpo de Investigaciones, sostuvimos coloquio con moradores de la mencionada barriada, quienes impuestos del motivo de nuestra presencia, no quisieron aportar sus datos filiatorios por temor a futuras represalias, aseverando éstos conocer al ciudadano requerido por la comisión policial, de igual manera; el aludido es azote del sector y mantiene en zozobra a la comunidad en general, ya que se encuentra involucrado en varios ..hecho delictivos, por lo que el vecindario no se atreve a denunciarlo ante las autoridades competentes, motivado a que son amenazados de muerte si lo llegaran a delatar, de igual forma; nos señalaron la residencia donde el supra mencionado frecuenta, obtenida tal información y con la premura del caso que nos amerita, nos dirigimos hacia dicha dirección, una vez allí presentes, procedimos a tocar la puerta principal de dicho inmueble, siendo recibido por un ciudadano quien se identificó, de la siguiente manera: OCANTO BARRETO Roberto Enrique, de nacionalidad Venezolana, natural de Boconoito, Estado Portuguesa, de 19 años de edad, nacida n fecha: 20/Abril/1992, de estado civil soltero, de profesión u oficio Indefinida, residenciado en barrio Lindo, calle Principal, bajando la segunda casa, Boconoito, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad número V— 24.684.995; quien impuesto del motivo de nuestra presencia, manifestó conocer al ciudadano requerido por dicha comisión, aseverando que el mismo no se encontraba presente para ese momento, no teniendo inconveniente alguno en acompañarnos hasta la sede de este Despacho, con el propósito de recibirle su respectiva entrevista. Seguidamente, nos retiramos del referido lugar, con la finalidad de retornar a la sede de esta Oficina/ donde se le informó a 1ª superioridad de las diligencias/ efectuadas, las mismas quedaron plasmadas las mismas. Es todo.

123.- ACTA DE ENTREVISTA DEL CIUDADANO: OCANTO BARRETO ROBERTO ENRIQUE, el mismo manifestando no tener inconveniente alguno en ser entrevistado en relación a los hechos que se investigan, de igual manera; expone lo siguiente: “Resulta ser que el día de hoy, en horas de la tarde, me encontraba en mi residencia, ubicada en la dirección arriba señalada, cuando llegaron varios funcionarios plenamente identificados como C.I.C.P.C; preguntando por un amigo de nombre: “AJAQUE FERNÁNDEZ Hadib”, quien era funcionario de l policía del estado, les dije que él ya no vivía del barrio, por cuanto tenía tiempo de haberse mudado, luego los funcionarios me dijeron que tenía que acompañarlos hasta la sede de este Despacho, con la finalidad de rendir entrevista, en torno al hecho que investigan, es todo”. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL CIUDADANO DECLARANTE DE LA MANERA SIGUIENTE: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha del hecho que narra?. CONTESTÓ: “Eso sucedió en mi residencia ubicada en la dirección arriba señalada, el día de hoy Jueves 17/Noviembre/2011, aproximadamente a las 05:00 horas de la tarde”. SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características fisonómicas del ciudadano AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB?. CONTESTÓ: “Él es de estatura alta, de contextura delgada, de piel blanco, cara redonda, cabello corto, tipo liso, color castaño, de aproximadamente 25 años de edad”. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, dónde puede ser ubicado el ciudadano antes descrito?. CONTESTÓ: “Bueno él tiene aproximadamente tres (03) años de haberse ido del barrio, lo ultimo que me enteré que se habla mudado para Acarigua, pero no sé la dirección exacta”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, en qué condiciones residía el ciudadano AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB, en la mencionada barriada?. CONTESTÓ: “Él vivió aproximadamente un (01) en calidad de inquilinato, cerca de mi casa, donde actualmente queda una peluquería, eso era mientras estaba haciendo el curso de la policía y luego que se graduó se fue”. QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, actualmente a que se dedica el ciudadano AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB?. CONTESTÓ: “De verdad que no sé, tengo entendido que era policía”. SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuándo fue la ultima vez que sostuvo comunicación con el referido ciudadano en mención?. CONTESTÓ: “Hace aproximadamente dos (02) años”. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, cómo era la conducta del ciudadano AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB, por la mencionada barriada?. CONTESTÓ: “Era normal, nunca tuvo problemas con nadie en el barrio”. OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, el ciudadano AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB, consume algún tipo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas?. CONTESTÓ: “Que yo sepa no”. NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, el ciudadano en mención se encuentra involucrado en algún hecho delictivo?. CONTESTÓ: “No sé”. DÉCIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, el ciudadano en cuestión, es propietario de algún tipo de vehiculo automotor?. CONTESTÓ: “Creo que no”. DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuál era el circulo de amistades del ciudadano en cuestión en la mencionada barriada?. CONTESTÓ: “Él siempre se la pasaba conmigo y unos funcionarios de la policía, quienes eran cursos”. DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, los datos filiatorios de los funcionarios policiales que menciona como cursos del ciudadano AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB?. CONTESTÓ: “No recuerdo sus nombres”. DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuál es el circulo familiar del ciudadano AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB?. CONTESTÓ: “No sé”. DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuándo fue la última vez que el aludido ciudadano visitó la mencionada barriada?. CONTESTO: “Aproximadamente dos (02) años, en el mes de diciembre”. DÉCIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, el ciudadano en cuestión posee móvil celular, de ser afirmativo indiqué el número del mismo?. CONTESTÓ: No tengo su número de teléfono”. DÉCIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista?. CONTESTÓ: “No”. Es todo.

124.- EXPERTICIA TRICOLÓGICA COMPARATIVA N 9700-057-LBFQB-440 practicada a los apéndices de los imputados y los apéndices experticiados en las Experticias N 9700-068-AB-230-11 de fecha 26-09-2011 y 9700-057-LBFQB-114 de fecha 27-04-2011.

MEDIOS DE PRUEBAS OFRECIDOS

Consideró el Representante del Ministerio Público que los medios de prueba ofrecidos como pertinentes y necesarios para demostrar la comisión del delito y responsabilidad del acusado, que se presentaran en el juicio oral y público son los que a continuación se señalan:

PRIMERO: Testimonio del Detective ROBERT DURAN, Investigador adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare (Lugar donde puede ser citada). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue la funcionaria que practicó:

A.- ACTA POLICIAL, de fecha 07-09-2010 donde deja constancia de su traslados hasta el sector Mesa de la Pedrecerá, del caserío Mesa Alta, Municipio Guanare Estado Portuguesa a los fines de practicar inspección técnica y levantamiento de cadáver así como realizar pesquisas preliminares relacionadas con el ilícito penal en investigación, y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar las diligencias realizada en el presente caso (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

B.- INSPECCION TECNICA Nº 1506, de fecha 07/09/2010, realizada en: UN LOTE DE TERRENO BALDÍO, UBICADO EN LA ENTRADA DE LA FINCA LA PEDRACERA, SECTOR MESA LATA, MUNICIPIO GUANARE, ESTADO PORTUGUESA, PORTUGUESA y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar los detalles de la inspección realizada en el sitio donde fue encontrado la victima del hecho. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

C.- INSPECCIÓN TECNICA Nº 1507, de fecha 07/09/2010, practicada en: CEMENTERIO MUNICIPAL DE GUANARE, ÜBICADO EN LA AVENIDA SIMÓN BOLÍVAR, MUNICIPIO GUANARE, ESTADO PORTUGUESA, y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar los detalles de la inspección realizada al cadáver de la victima (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

SEGUNDO: Testimonio del Detective BARTOLOMÉ SALAS, experto adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare (Lugar donde puede ser citada). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue la funcionaria que practicó:

A.- INSPECCION TECNICA Nº 1506, de fecha 07/09/2010, realizada en: UN LOTE DE TERRENO BALDÍO, UBICADO EN LA ENTRADA DE LA FINCA LA PEDRACERA, SECTOR MESA LATA, MUNICIPIO GUANARE, ESTADO PORTUGUESA, PORTUGUESA y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar los detalles de la inspección realizada en el sitio donde fue encontrado la victima del hecho. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

B.- INSPECCIÓN TECNICA Nº 1507, de fecha 07/09/2010, practicada en: CEMENTERIO MUNICIPAL DE GUANARE, ÜBICADO EN LA AVENIDA SIMÓN BOLÍVAR, MUNICIPIO GUANARE, ESTADO PORTUGUESA, y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar los detalles de la inspección realizada al cadáver de la victima (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

C.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO 9700-254 de fecha 08/09/10, realizada a las prendas de vestir que portaba el hoy occiso así como las llaves que le fueron encontradas durante su inspección, y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar los detalles de la experticia realizada y la utilidad de los mismo. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

TERCERO: Testimonio de la Dra. ZULEIMA ARAMBULE, adscrita al Departamento de Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare (Lugar donde puede ser citada). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue la funcionaria que practicó:

A.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA Nº 267, de fecha 07/09/2010, al cadáver de LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO, y con este medio de prueba el Ministerio Publico quiere demostrar las características de la herida que presenta el occiso y la causa de muerte de este. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

B.- INFORME DE EXHUMACIÓN, de fecha 12-03-2011, de quien en vida respondiera al nombre de: LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO, dejando plasmado en el mismo el motivo de la exhumación. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

CUARTO: Testimonio del Sub-Inspector DEIBY J. MUJICA, experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua (Lugar donde puede ser citada). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue la funcionaria que practicó:

A.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO Nº 9700-058-2104-1035, de fecha 24/09/10, a un vehículo aparcado en el estacionamiento interno del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua, con las siguientes características: Clase AUTOMÓVIL, marca FORD, Modelo FIESTA, año 2004, tipo SEDAN, Color GRIS, placas siglas: GCE- l40, Uso PARTICULAR, Serial de Carrocería: 8YPZF16N148A35809 y Serial de Motor:4A35809, y con este medio de prueba el Ministerio Publico quiere demostrar la originalidad de los seriales del vehículo así como su existencia legal. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

QUINTO: Testimonio de la Detective TSU WISBELTH GALÍNDEZ, experta adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua (Lugar donde puede ser citada). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue la funcionaria que practicó:

A.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO ACTIVACION ESPECIAL Y BARRIDO Nº 9700-058-LAB-2103, de fecha 24/09/2010, realizado a un vehículo con las siguientes características: Clase Automóvil, Marca FORD, Modelo FIESTA, Color GRIS, Provisto de las alfanuméricas GCE-140, y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar las evidencias de interés criminalístico colectadas en el mencionado vehículo peritado. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

SEXTO: Testimonio del Detective LUIS VOLCANES, Investigador adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare (Lugar donde puede ser citada). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue la funcionaria que practicó:

A.- ACTA POLICIAL, de fecha 22-09-2010 donde deja constancia de su traslados hasta el sector Mesa de la Pedrecerá, del caserío Mesa Alta, Municipio Guanare Estado Portuguesa a los fines de practicar una reinspección técnica relacionada con el ilícito penal en investigación, y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar las diligencias realizada en el presente caso (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

SEPTIMO: Testimonio del Inspector JORGE MOLINA, Investigador adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare (Lugar donde puede ser citada). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue la funcionaria que practicó:

A.- ACTA POLICIAL, de fecha 22-09-2010 donde deja constancia de su traslados hasta el sector Mesa de la Pedrecerá, del caserío Mesa Alta, Municipio Guanare Estado Portuguesa a los fines de practicar una reinspección técnica relacionada con el ilícito penal en investigación, y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar las diligencias realizada en el presente caso (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

OCTAVO: Testimonio del Detective CESAR MONTILLA, Investigador adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare (Lugar donde puede ser citada). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue la funcionaria que practicó:

A.- ACTA POLICIAL, de fecha 22-09-2010 donde deja constancia de su traslados hasta el sector Mesa de la Pedrecerá, del caserío Mesa Alta, Municipio Guanare Estado Portuguesa a los fines de practicar una reinspección técnica relacionada con el ilícito penal en investigación, y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar las diligencias realizada en el presente caso (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

NOVENA: Testimonio del Inspector CARLOS GONZALEZ, Investigador adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare (Lugar donde puede ser citada). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue la funcionaria que practicó:

A.- ACTA POLICIAL, de fecha 22-09-2010 donde deja constancia de su traslados hasta el sector Mesa de la Pedrecerá, del caserío Mesa Alta, Municipio Guanare Estado Portuguesa a los fines de practicar una reinspección técnica relacionada con el ilícito penal en investigación, y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar las diligencias realizada en el presente caso (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

DECIMO: Testimonio del Agente JOSE DAVID ROMERO, experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare (Lugar donde puede ser citada). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue la funcionaria que practicó:

A.- INSPECCION TECNICA Nº 1639 Y SU RESPECTIVO MONTAJE FOTOGRÁFICO, de fecha 22/09/2010, en: UN LOTE DE TERRENO BALDÍO, UBICADO EN LA ENTRADA DE LA FINCA LA PEDRACERA, SECTOR MESA LATA, MUNICIPIO GUANARE, ESTADO PORTUGUESA; y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar los detalles de la reinspección realizada en el sitio donde fue encontrado la victima del hecho. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

DECIMO PRIMERO: Testimonio del Detective LUIS JOSE CARRILO, experto adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare (Lugar donde puede ser citada). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue la funcionaria que practicó:

A.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO FÍSICO Nº 9700-057-LBFQB-082, de fecha 11/03/2011, realizada a: Muestras de suelo natural (tierra), colectada adyacente al lugar donde se localizaba el cadáver, rotulada con la letra "C" (S.I.M)., Un sobre contentivo de vegetación (maleza), colectado adyacente al lugar donde se localizaba el cadáver, rotulado con la letra "D" [S.I.M), Un sobre contentivo de apéndices pilosos, colectados de la región cefálica del cadáver aún por identificar, rotulado con la letra "B" (S.I.M), y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar los detalles del reconocimiento físico realizado a las evidencias colectadas en las Inspección Técnicas Nº 1506 y 1507 de fecha 07-09-10 (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

B.- EXPERTICIA TRICOLÓGICA Y FÍSICA (TIERRA) COMPARATIVAS Nº 9700-057-LBFQB-114, de fecha 27-04-2011, realizado a: Un sobre contentivo de suelo natural, debidamente descrito según experticia número 9700-057-LBFQB-082, de fecha 11-03-11 (S.I.0), Un sobre contentivo de de material heterogéneo, colectado mediante técnica de barrido en experticia signada con el número 9700-058-LAB-2103, de fecha 24-09-10 practicada sobre un vehículo Ford Fiesta, color gris, alfanuméricas GCE-140 (S.I.O), Un sobre contentivo de apéndices pilosos, colectados mediante técnica de barrido en experticia signada con el número 9700-058-LAB-2103, de fecha 24-09-10 practicada sobre un vehículo Ford Fiesta, color gris, alfanuméricas GCE-l40 (S.I.O), Un sobre contentivo de apéndices pilosos, debidamente descritos según experticia número 9700-057-LBFQB-082, de fecha 11-03-11 (S.I.O), Un sobre contentivo de apéndices pilosos, colectados en exhumación realizada al cadáver en fecha 11-03-11 (S.I.O), y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar los detalles de la experticia realizada a las evidencias. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

C.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO Y HEMATOLÓGICA Nº 9700-057-LBFQB-255, de fecha 28-07-2011, realizada a: Un proyectil parcialmente deformado, colectado en inspección técnica número 1639 de fecha 22-09-10 (S.I.O) ; de forma cilindro ojival blindado, con núcleo de plomo, posee una longitud de 10 mm y un diámetro en la base de 9 mm; asimismo presenta en su superficie huellas de campo y estrías producidas por el ánima del cañón del arma de fuego. Dicha pieza exhibe en su superficie adherencias de suelo natural (tierra), y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar los detalles de la experticia realizada a las evidencias. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

D.- EXPERTICIA TRICOLÓGICA Y FÍSICA (TIERRA) COMPARATIVAS Nº 9700-057-LBFQB-363, de fecha 04-11-2011, realizada a: 1.- Un sobre contentivo de suelo natural, colectado a través de la experticia de barrido, hematológica y Activación Especial Nº 9700-068-AB-230-11 de fecha 26-09-2011 realizada por el detective TSU Yonathan Sayago, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación Barinas (S.I.O.) 2.- Un sobre contentivo de dieciséis (16) apéndices pilososos colectado a través de la experticia de barrido, hematológica y Activación Especial Nº 9700-068-AB-230-11 de fecha 26-09-2011 realizada por el detective TSU Yonathan Sayago, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación Barinas (S.I.O.) 3.- Un sobre contentivo del suelo natural, debidamente descrito según experticia número 9700-057-LBFQB-082 y 9700-057-LBFQB-114. 4.- Un sobre contentivo de material heterogéneo, el colectado mediante técnica de barrido en experticia signada con el número 9700-058-LAB-2103, debidamente descrito en experticia signada con el número 9700-057-LBFQB-114, de fecha 27/04/2011 5.- Un sobre contentivo de apéndices pilosos, colectados mediante técnica de barrido en experticia signada con el número 9700-058-LAB-2103, de fecha 24-09-2010, practicada sobre un vehículo Ford Fiesta, color gris, alfanuméricas GCE-140, y debidamente descrito según experticia número 9700-057-LBFQB-114 de fecha 27-04-2011 6.- Un sobre contentivo de apéndices pilosos debidamente descritos según experticia número 9700-057-LBFQB-082 y 9700-057-LBFQB-114. 7.- Un sobre contentivo de apéndices pilosos, colectados en exhumación realizada al cadáver en fecha 11-03-2011 y debidamente descrito según experticia número 9700-057-LBFQB-114, de fecha 27-04-2011. y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar los detalles de la experticia realizada a las evidencias. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

E.- EXPERTICIA TRICOLÓGICA COMPARATIVA N 9700-057-LBFQB-440 practicada a los apéndices de los imputados y los apéndices experticiados en las Experticias N 9700-068-AB-230-11 de fecha 26-09-2011 y 9700-057-LBFQB-114 de fecha 27-04-2011, y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar los detalles de la experticia realizada a las evidencias. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

DECIMO SEGUNDO: Testimonio del Detective WILLIAMS AZUAJE, investigador adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare (Lugar donde puede ser citada). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue la funcionaria que practicó:

A.- ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 12/03/2011, donde se deja plasmado la exhumación realizada al cadáver de quien en vida respondiera al nombre de: LISANDRO JOSE BRICEÑO LUGO, y con este medio de prueba el Ministerio Publico los apéndices pilosos colectados del occiso para poder realizar sus posterior análisis y comparación( a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

DECIMO TERCERO: Testimonio del Lic. JOSE ANGEL UZCATEGUI, experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare (Lugar donde puede ser citada). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue el funcionario que practicó:

A.-EXPERTICIA DOCUMENTOLÓGICA, Nº 9700-057-ED-113, DE FECHA 29-03-2011, realizado a: Los ejemplos con apariencia de Cédulas de Identidad venezolanas, signadas con los números V-18.892.261 y V-22.091.873, y a los ejemplares mencionados como libretas de ahorros y tarjeta de débito, y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar los detalles del estudio realizado a las evidencias. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

NOVENO: Testimonio del Sub-Inspector RICHARD ESCALONA, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua (Lugar donde puede ser citada). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue el funcionario que realizó:

A.- ACTIVIDDA COMUNICACIONALES, de fecha 05-04-2011, y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar la actividad comunicacional y de mensajes de textos del teléfono celular que era propiedad del hoy occiso.- (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

DECIMO: Testimonio de la funcionaria Sub Inspectora FRANCIS OLIVAREZ, experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua (Lugar donde puede ser citada). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue el funcionario que practicó:

A.- EXPERTICIA DE COMPARACIÓN BALÍSTICA Nº 9700-058-BIC-567, de fecha 27-06-2011, practica a la concha y al proyectil colectado en al reinspección y las armas orgánicas y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar las característica balística de las evidencias y la comparación balística. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

B.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO, MECÁNICO Y DISEÑO Nº 9700-058-BIC-2244, de fecha 27-06-2011, practicadas alas armas orgánica de la policía de Turen y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar las característica diseño y funcionamiento de las armas de fuego. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

DÉCIMO PRIMERO: Testimonio del funcionario Agente JUAN RODRÍGUEZ adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua (Lugar donde puede ser citada). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue el funcionario que practicó:

A.- EXPERTICIA DE TRAYECTORIA BALÍSTICA INTRAORGÁNICA Nº 9700-058-ARH-565, de fecha 22-07-2011, y con este medio de prueba el Ministerio Publico quiere demostrar la posición que tenía el tirador y la víctima al momento de perpetrarse el hecho delictivo. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

DÉCIMO SÉGUNDO: Testimonio del funcionario Agente EDGAR COLMENAREZ adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua (Lugar donde puede ser citada). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue el funcionario que practicó:

A.- LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO Nº 566, de fecha 14-07-2011, y con este medio de prueba el Ministerio Publico quiere demostrar gráficamente las características del los sitio donde se encontró la victima y las evidencias de interés criminalístico colectadas en el mismo. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

DÉCIMO OCTAVO: Testimonio del funcionario Detective YONATAHN SAYAGO adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Barinas (Lugar donde puede ser citado). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue el funcionario que practicó:

A.- INSPECCIÓN TÉCNICA Nº 0015 Y SU RESPECTIVO MONTAJE FOTOGRAFICO de fecha 26-09-2011, y con este medio de prueba el Ministerio Publico quiere demostrar la diligencia realizada al igual que las evidencias colectadas en el vehículo inspeccionado. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

B.- EXPERTICIA DE BARRIDO, HEMATOLOGICA Y ACTIVACIÓN ESPECIAL Nº 9700-068-AB-230-11, de fecha 26-09-2011, y con este medio de prueba el Ministerio Publico quiere demostrar la diligencia realizada así como de las evidencias colectadas del vehículo peritado.- (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

DÉCIMO NOVENO: Testimonio del funcionario Agente SERRANO JESÚS adscrito a la División de Investigación de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalìsticas, de la ciudad de Caracas (Lugar donde puede ser citado). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue el funcionario que practicó:

A.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 24-10-2011, y con este medio de prueba el Ministerio Público las diligencias practicadas por los funcionarios policiales en el Barrio Las Tejas, avenida “01”, con calle “05”, Municipio Villa Bruzual, Turén, Estado Portuguesa; lugar donde funcionarios adscritos al Centro Coordinación Policial número “03”, localizaron el vehículo clase AUTOMÓVIL, marca FORD, modelo FIESTA POWER, color GRIS, año 2004, placas GCE-140, serial de carrocería: 8YPZF16N148A35809, serial de motor: 4A35809; el cual era conducido por el ciudadano hoy occiso: BRICEÑO LUGO Lisandro José. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

B.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 24-10-2011, y con este medio de prueba el Ministerio Público las diligencias practicadas por los funcionarios policiales en el Barrio Las Tejas, avenida “05”, callejón “01”, entre calles “07” y “08”, específicamente a la residencia signada con el número “0-241”, conformada en fachada pintadas en colores ROSADO y BLANCO, al lado de un galpón, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa; lugar donde reside el sujeto apodado “EL AVILIO”, con la finalidad de ubicar evidencias de interés criminalístico, que guarden relación con la presente averiguación. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo).

C. ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 07-11-2011, y con este medio de prueba el Ministerio Público las diligencias practicadas por los funcionarios policiales en el Barrio Las Tejas, Urbanización Ali Primera, Turen, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa; donde consta la vinculación del Imputado AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB, con la finalidad de ubicar evidencias de interés criminalístico, que guarden relación con la presente averiguación. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo).

D. ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 09-11-2011, y con este medio de prueba el Ministerio Público las diligencias practicadas por el funcionario policial, donde consta el trabajo investigativo para el esclarecimiento del presente hecho. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo).

E. ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 11-11-2011, y con este medio de prueba el Ministerio Público las diligencias practicadas por el funcionario policial, donde consta que el vehiculo de la Victima fue entregado por el Imputado Ajaque Fernández Habib a Eudis Rivero, que guarden relación con la presente averiguación. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo).

VIGÉSIMO: Testimonio del funcionario: Agente JUAN CARLOS GUEDEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare estado Portuguesa (Lugar donde puede ser citado). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue el funcionario que practicó:

A.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO Nº 9700-254-423, de fecha 21-10-2011, suscrita por el experto Agente JUAN CARLOS GUEDEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare estado Portuguesa, y con este medio de prueba el Ministerio Publico, quiere demostrar los detalles de la experticia realizada a las evidencias colectadas durante la Inspección Técnica 0015 de fecha 26/09/2011 ( A quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

VIGÉSIMO PRIMERO: Testimonio del funcionario SUB INSPECTOR LUCENA LEIVIS adscrito a la División de Investigación de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalìsticas, de la ciudad de Caracas (Lugar donde puede ser citado). Dicha declaración es pertinente y necesaria, ya que fue el funcionario que practicó:

A.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 24-10-2011, y con este medio de prueba el Ministerio Público las diligencias practicadas por los funcionarios policiales en el Barrio Las Tejas, avenida “01”, con calle “05”, Municipio Villa Bruzual, Turén, Estado Portuguesa; lugar donde funcionarios adscritos al Centro Coordinación Policial número “03”, localizaron el vehículo clase AUTOMÓVIL, marca FORD, modelo FIESTA POWER, color GRIS, año 2004, placas GCE-140, serial de carrocería: 8YPZF16N148A35809, serial de motor: 4A35809; el cual era conducido por el ciudadano hoy occiso: BRICEÑO LUGO Lisandro José. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo)

B.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 24-10-2011, y con este medio de prueba el Ministerio Público las diligencias practicadas por los funcionarios policiales en el Barrio Las Tejas, avenida “05”, callejón “01”, entre calles “07” y “08”, específicamente a la residencia signada con el número “0-241”, conformada en fachada pintadas en colores ROSADO y BLANCO, al lado de un galpón, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa; lugar donde reside el sujeto apodado “EL AVILIO”, con la finalidad de ubicar evidencias de interés criminalístico, que guarden relación con la presente averiguación. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo).

C.- ACTA DE INVESTIGACION POLICIAL de fecha 02-11-2011 y con este medio de prueba el Ministerio Público quiere demostrar la diligencia de investigación policial realizada donde se determina la participación de cada uno de los imputados en la presente causa (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo).

D.- ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL de fecha 07-11-2011, y con este medio de prueba el Ministerio Público las diligencias practicadas por los funcionarios policiales en el Barrio Las Tejas, Urbanización Ali Primera, Turen, Municipio Villa Bruzual, Estado Portuguesa; a objeto de ubicar a la ciudadana de nombre “Maria”, con la finalidad de ubicar evidencias de interés criminalístico, que guarden relación con la presente averiguación. (a quien se le pondrá de vista y manifiesto las actuaciones elaboradas por el mismo).

DECLARACIÓN DE TESTIGOS

De conformidad con lo establecido en el artículo 355 del Código Orgánico Procesal Penal, solicitamos que admita el testimonio de los siguientes ciudadanos:
PRIMERO: El testimonio del ciudadano CARLOS JOSÉ LUGO QUERALES, portador de la cedula de Identidad V- 8.050.318, por ser testigo referencial de los hechos que nos ocupan. Este medio de prueba es necesario por ser un testigo referencial de los hechos, por ser el testimonio, el medio de prueba idóneo para incorporar al proceso el conocimiento que sobre el hecho tiene el órgano de prueba; y es pertinente porque versará sobre el conocimiento que tiene la propia persona por tener conocimiento de los hechos.

SEGUNDO: El testimonio del ciudadano FAUSTINO JOSÉ BASTIDAS PARRA, por ser testigo referencial de los hechos que nos ocupan. Este medio de prueba es necesario por ser un testigo referencial de los hechos, por ser el testimonio, el medio de prueba idóneo para incorporar al proceso el conocimiento que sobre el hecho tiene el órgano de prueba; y es pertinente porque versará sobre el conocimiento que tiene la propia persona por ser una de las últimas personas que mantuvo contacto con la víctima.

TERCERO: El Testimonio de la ciudadana: ROSALIA DEL CARMEN LUGO QUERALES, por ser testigo referencial de los hechos que nos ocupan. Este medio de prueba es necesario por ser un testigo que tiene conocimiento de los hechos, por ser el testimonio el medio de prueba idóneo para incorporar al proceso el conocimiento personal que sobre el hecho tiene el órgano de prueba; y es pertinente porque versará sobre el conocimiento que tiene la propia persona por ser una de las últimas personas que vio con vida a la víctima.

CUARTO: Testimonio del ciudadano JOSÉ RAMON LINAREZ SOTO, por ser testigo referencial de los hechos que nos ocupan. Este medio de prueba es necesario por ser un testigo referencial de los hechos, por ser el testimonio, el medio de prueba idóneo para incorporar al proceso el conocimiento que sobre el hecho tiene el órgano de prueba; y es pertinente porque versará sobre el conocimiento que tiene la propia persona por tener conocimiento de los hechos además ser la persona a la que le fueron entregados documentos pertenecientes a la víctima.

QUINTA: Testimonio de la ciudadana: AMELIA 0SAL VARGAS, por tener conocimiento de los hechos. . Este medio de prueba es necesario por ser un testigo que tiene conocimiento de los hechos, por ser el testimonio, el medio de prueba idóneo para incorporar al proceso el conocimiento personal que sobre el hecho tiene el órgano de prueba; y es pertinente porque versará sobre el conocimiento que tiene la propia persona por haber tenido conocimiento del hecho, al igual que es la persona que encontró los documentos del hoy occiso cuando se dirigía a su casa.

SEXTA: Testimonio del ciudadano WALDIR CORREAS ROSAS, por ser testigo referencial de los hechos que nos ocupan. Este medio de prueba es necesario por ser un testigo referencial de los hechos, por ser el testimonio, el medio de prueba idóneo para incorporar al proceso el conocimiento que sobre el hecho tiene el órgano de prueba; y es pertinente porque versará sobre el conocimiento que tiene la propia persona por tener conocimiento de los hechos.

SEPTIMA: Testimonio del ciudadano CARMEN, por ser testigo referencial de los hechos que nos ocupan. Este medio de prueba es necesario por ser un testigo referencial de los hechos, por ser el testimonio, el medio de prueba idóneo para incorporar al proceso el conocimiento que sobre el hecho tiene el órgano de prueba; y es pertinente porque versará sobre el conocimiento que tiene la propia persona por tener conocimiento de los hechos.

OCTAVO: Testimonio del ciudadano JOSE, por ser testigo referencial de los hechos que nos ocupan. Este medio de prueba es necesario por ser un testigo referencial de los hechos, por ser el testimonio, el medio de prueba idóneo para incorporar al proceso el conocimiento que sobre el hecho tiene el órgano de prueba; y es pertinente porque versará sobre el conocimiento que tiene la propia persona por tener conocimiento de los hechos.

DOCUMENTALES

Solicitamos sean admitidos los siguientes medios de prueba documentales y de informes, a los fines de ser exhibidos con indicación de su origen, e incorporados al Juicio por su lectura, de conformidad con lo establecido en el artículo 339 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo estipulado en el artículo 358 ejusdem:

PRIMERO: INSPECCION TECNICA Nº 1506, de fecha 07/09/2010, suscrita por los funcionarios: DETECTIVE SALAS BARTOLOMÉ y ROBER DURANT, adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, en: UN LOTE DE TERRENO BALDÍO, UBICADO EN LA ENTRADA DE LA FINCA LA PEDRACERA, SECTOR MESA LATA, MUNICIPIO GUANARE, ESTADO PORTUGUESA. Este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la inspección realizada en el sitio del suceso, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración de los peritos. Así mismo, es pertinente porque la inspección contiene las características del sitio donde ocurrió el hecho.

SEGUNDO: INSPECCION TECNICA Nº 1507, de fecha 07/09/2010, suscrita por los funcionarios: DETECTIVE SALAS BARTOLOMÉ Y ROBER DURANT, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Guanare Estado Portuguesa en: CEMENTERIO MUNICIPAL DE GUANARE, ÜBICADO EN LA AVENIDA SIMÓN BOLÍVAR, MUNICIPIO GUANARE, ESTADO PORTUGUESA, al cadáver de BRICEÑO LUGO LISANDRO JOSE. Este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la inspección realizada en al cadáver, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la inspección contiene las características que presentaba el cadáver.

TERCERO: INSPECCION TECNICA Nº 1639 Y SU RESPECTIVO MONTAJE FOTOGRÁFICO, de fecha 22/09/2010, suscrita por los funcionarios: INSPECTOR JORGE MOLINA, DETECTIVES CESAR MONTILLA CARLOS GONZALEZ y LOS AGENTES VOLCANES LUIS y ROMERO JOSE DAVID, adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, en: UN LOTE DE TERRENO BALDÍO, UBICADO EN LA ENTRADA DE LA FINCA LA PEDRACERA, SECTOR MESA LATA, MUNICIPIO GUANARE, ESTADO PORTUGUESA. Este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la reinspección realizada en el sitio del suceso, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración de los peritos. Así mismo, es pertinente porque la inspección contiene las características del sitio donde ocurrió el hecho.

CUARTO: INSPECCIÓN TÉCNICA Nº 0015 Y SU RESPECTIVO MONTAJE FOTOGRAFICO, de fecha 26-09-2011, suscrita por el funcionario: T.S.U. YONATHAN SAYAGO, Detective, experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación Barinas. Este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la inspección realizada al vehículo, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la inspección contiene las características que presenta el vehículo inspeccionado.

QUINTO: ACTA DE DEFUNCION NUMERO 444, de fecha 14/09/2010 suscrita por la TSU. Adriana Morales De León, Jefa (E) De Registro Civil del Municipio Guanare Estado Portuguesa, quien certifica que el día 045/09/2010 falleció un adulto de nombre LISANDRO JOSE BRICEÑO LUGO, titular de cedula de identidad Nº V- 18.892.271. Este medio de prueba es necesario para acreditar la muerte del ciudadano víctima, resultando idóneo para su incorporación al proceso mediante la lectura y su exhibición; es pertinente porque en dicha acta de deja constancia de la hora, fecha, lugar y causa de la muerte de dicha víctima.

SEXTO. INFORME DE EXHUMACION de fecha 12-03-2011, suscrito por la Anatomopatólogo Dra. Zuleima Arambule, adscrita a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científica penales y Criminalística Sub-Delegación Guanare; la cual deja constancia de los siguiente: “ Siendo las 12 del medio día 12/03/2011, se prepara exhumación judicial de quien en vida respondiera al nombre de BRICEÑO LUGO LIZANDRO JOSE, C.I. 18.892.271.Este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la toma de evidencia realizada al cadáver, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito Así mismo, es pertinente porque la experticia contiene la relación de los peritajes realizados por el órgano de prueba (perito) sobre las observaciones, evidencias y las conclusiones a las cuales llegó, acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada.

SEPTIMO: COPIA CERTIFICADA DE LAS NOVEDADES DEL DIA 05 DE SEPTIEMBRE DEL CENTRO DE COORDINACION POLICIAL Nº 3 MUNICIPIO TUREN, ESTELLER Y SANTA ROSALIA,: 05.03:00 sep 10: Se presento la Sto/2da González Rosalba jefe de Móvil 01, conjuntamente con el Dtgo Sicilio José Jefe de Móvil 09, con un vehiculo Fiesta Power, Ford, color Gris, placa GCE140, serial carrocería 8YPZF16N148A35809, causa de retención fue encontrado abandonado, sitio Av 05 Barrio Las Tejas de este Municipio. Este medio de prueba es necesario para dejar constancia de la retención del vehiculo de la victima. Así mismo, es pertinente porque las novedades contienen datos importantes para el debate acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada

OCTAVO: ACTIVIDADES COMUNICACIONALES, de fecha 05-04-2011 suscrita por el funcionario Sub-Inspector: RICHARD ESCALONA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Acarigua estado Portuguesa, Este medio de prueba es necesario para dejar constancia de la comunicaciones del móvil de la victima. Así mismo, es pertinente porque la actividad comunicacional nos arroja datos importantes para el debate acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada

NOVENO: CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: RIVERO CASU EUDY GREGORIO, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.944.603, Fecha de Nacimiento: 15/06/86, ingresado en esta Institución Policial desde el 01/01/2007, actualmente o con la jerarquía de OFICIAL Este medio de prueba es necesario para determinar que el funcionario imputado efectivamente se encontraba investido de autoridad pública para el momento en que ocurrieron los hechos. Así mismo, es pertinente porque nos refleja su condición de funcionario público adscrito a las Fuerza Armas Policiales del estado Portuguesa para el momento del hecho.

DECIMO.-CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: GUARECUCO BARRUETA RENE JOSE, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.798.396, Fecha de Nacimiento: 27/05/88, ingresado en esta Institución Policial desde el 13/04/2008, actualmente o con la jerarquía de OFICIAL Este medio de prueba es necesario para determinar que el funcionario imputado efectivamente se encontraba investido de autoridad pública para el momento en que ocurrieron los hechos. Así mismo, es pertinente porque nos refleja su condición de funcionario público adscrito a las Fuerza Armas Policiales del estado Portuguesa para el momento del hecho.

DECIMO PRIMERO.-CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: PEREZ PARGAS JOSUE ANTONIO, titular de la Cédula de Identidad Nº18.135.281 Fecha de Nacimiento: 13/02/85, ingresado en esta Institución Policial desde el 01/11/2009, actualmente o con la jerarquía de OFICIAL.. Este medio de prueba es necesario para determinar que el funcionario imputado efectivamente se encontraba investido de autoridad pública para el momento en que ocurrieron los hechos. Así mismo, es pertinente porque nos refleja su condición de funcionario público adscrito a las Fuerza Armas Policiales del estado Portuguesa para el momento del hecho.

DECIMO SEGUNDO .-CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: OROPEZA LUIS ENRIQUE , titular de la Cédula de Identidad Nº 21.023.447, Fecha de Nacimiento: 30/04/84, ingresado en esta Institución Policial desde el 01/01/2009, actualmente o con la jerarquía de OFICIAL Este medio de prueba es necesario para determinar que el funcionario imputado efectivamente se encontraba investido de autoridad pública para el momento en que ocurrieron los hechos. Así mismo, es pertinente porque nos refleja su condición de funcionario público adscrito a las Fuerza Armas Policiales del estado Portuguesa para el momento del hecho.

DECIMO TERCERO.-CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: SICILIA ARENAS JOSE LUIS , titular de la Cédula de Identidad Nº 13.702.799, Fecha de Nacimiento: 31/05/79, ingresado en esta Institución Policial desde el 01/01/2007, actualmente o con la jerarquía de OFICIAL.. Este medio de prueba es necesario para determinar que el funcionario imputado efectivamente se encontraba investido de autoridad pública para el momento en que ocurrieron los hechos. Así mismo, es pertinente porque nos refleja su condición de funcionario público adscrito a las Fuerza Armas Policiales del estado Portuguesa para el momento del hecho.


DECIMO CUARTO.--CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: ANGULO GOMEZ LUIS MIGUEL, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.893.371, Fecha de Nacimiento: 02/03/88, ingresado en esta Institución Policial desde el 01/01/2008, actualmente o con la jerarquía de OFICIAL. Este medio de prueba es necesario para determinar que el funcionario imputado efectivamente se encontraba investido de autoridad pública para el momento en que ocurrieron los hechos. Así mismo, es pertinente porque nos refleja su condición de funcionario público adscrito a las Fuerza Armas Policiales del estado Portuguesa para el momento del hecho.

DECIMO QUINTO.-CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: GONZALEZ ROSALBA DEL CARMEN , titular de la Cédula de Identidad Nº 9.843.911, Fecha de Nacimiento: 23/12/70, ingresado en esta Institución Policial desde el 27/08/1990, actualmente o con la jerarquía de SUPERVISOR AGREGADO Este medio de prueba es necesario para determinar que el funcionario imputado efectivamente se encontraba investido de autoridad pública para el momento en que ocurrieron los hechos. Así mismo, es pertinente porque nos refleja su condición de funcionario público adscrito a las Fuerza Armas Policiales del estado Portuguesa para el momento del hecho. Este medio de prueba es necesario para determinar que el funcionario imputado efectivamente se encontraba investido de autoridad pública para el momento en que ocurrieron los hechos. Así mismo, es pertinente porque nos refleja su condición de funcionario público adscrito a las Fuerza Armas Policiales del estado Portuguesa para el momento del hecho.

DECIMO SEXTO -CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: CARMONA CARPIO OSWALDO GREGORY, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.426.018, Fecha de Nacimiento: 21/12/80, ingresado en esta Institución Policial desde el 01/08/2004, actualmente o con la jerarquía de SUPERVISOR AGREGADO Este medio de prueba es necesario para determinar que el funcionario imputado efectivamente se encontraba investido de autoridad pública para el momento en que ocurrieron los hechos. Así mismo, es pertinente porque nos refleja su condición de funcionario público adscrito a las Fuerza Armas Policiales del estado Portuguesa para el momento del hecho.

DECIMO SEPTIMO- CERTIFICACION DE INGRESO Y RECORD DE CONDUCTA , de fecha 19/12/2011, Suscrita por el SUP/JEFE (PEP) MARIA ALEJANDRA ARRIECHE, Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, Certifica que el Ciudadano: AJAQUE FERNANDEZ HADIB, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.337.948, Fecha de Nacimiento: 09/10/88, ingresado en esta Institución Policial desde el 01/01/2008 hasta el 15/11/2010, fecha la cual solicito la baja por motivo personales, con la jerarquía de AGENTE. Este medio de prueba es necesario para determinar que el funcionario imputado efectivamente se encontraba investido de autoridad pública para el momento en que ocurrieron los hechos. Así mismo, es pertinente porque nos refleja su condición de funcionario público adscrito a las Fuerza Armas Policiales del estado Portuguesa para el momento del hecho.

DECIMA OCTAVO: COMUNICACIÓN S/N, de fecha 15/12/2011, suscrita por el Comisario General (PEP) JOSÉ RAFAEL ARAPE RON, Director General de la Policía del estado Portuguesa, en la cual remiten las características de las Armas de Fuego Orgánicas que portaban para el día 04/09/2010 los siguientes funcionarios: 1.- RIVERO CASU EUDIS GREGORIO, titular de la cédula de identidad número V-17.944.603, quien portaba para ese día: Un (01) Arma de fuego, tipo pistola, marca Tanfoglio, serial AB76932, calibre 9MM 2.- RENÉ JOSÉ GUARECUCO BARRUETA, titular de la cédula de identidad número V-19.798.396, quien portaba para ese día: Un (01) Arma de fuego, tipo pistola, marca Prieto Beretta, serial G37447Z, calibre 9MM 3.- JOSUÉ ANTONIO PÉREZ PARGAS titular de la cédula de identidad número V-18.135.281, quien portaba para ese día: Un (01) Arma de fuego, tipo revólver, serial UI908394, calibre 38MM 4.- OROPEZA LUIS ENRIQUE, titular de la cédula de identidad número V-21.023.447, quien portaba para ese día: : Un (01) Arma de fuego, tipo revólver, serial UI908347, calibre 38MM 5.- ÁNGULO GÓMEZ LUIS MIGUEL, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.893.371, quien portaba para ese día: Un (01) Arma de fuego, tipo pistola, marca Prieto Beretta, serial H85207Z, calibre 9MM 6.- GONZALEZ RIVERO ROSALBA DEL CARMEN, titular de la cedula de identidad numero V- 9.843.911, , quien portaba para ese día: Un (01) Arma de fuego, tipo pistola, marca Prieto Beretta, serial H85308Z, calibre 9MM 7.- OSWALDO GREGORY CARMONA CARPIO, titular de la cédula de identidad número V-14.426.018, quien portaba para ese día: Un (01) Arma de fuego, tipo pistola, marca Prieto Beretta, serial H85383Z, calibre 9MM 8.- SICILIA ARENAS JOSÉ LUIS, titular de la cédula de identidad número V-13.702.799 , quien portaba para ese día: Un (01) Arma de fuego, tipo pistola, marca Prieto Beretta, serial G37449Z, calibre 9MM 9.- AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB, titular de la cédula de identidad número V-19.337.948, quien portaba para ese día: Un (01) Arma de fuego, tipo Pistola, marca Tanfoglio, serial AB76906, calibre 9MM. Este medio de prueba es necesario para determinar que las características de las armas de fuego que portaban los funcionarios para el momento en que ocurrieron los hechos. Así mismo, es pertinente porque nos las características de las armas de fuego.

OTROS MEDIOS PRUEBAS

Igualmente, solicitamos sean admitidos los siguientes medios de prueba, de conformidad con lo establecido en el artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal:

PRIMERO: ACTA POLICIAL, de fecha 05/09/10, suscrita por SGTO (PEP) GONZÁLEZ ROSALBA, adscrita al Departamento de Investigaciones de la Comisaría Coronel Miguel Antonio Vásquez, del estado portuguesa, en compañía de DTGDO. (PEP) SICILIA JOSÉ LUIS, AGTE.(PEP) ÁNGULO LUIS y AGTE.(PEP) OROPEZA LUIS, dándole Cumplimiento al operativo de seguridad ciudadana. Turen Azul 2010, emanado de la gobernación del estado portuguesa y cuando observan que estaba parcialmente desvalijado, faltándole parte del reproductor de sonido y en la parte maletera el caucho de repuesto, un vehículo presenta las siguientes características: Marca FORD, Modelo FIESTA POWER. Color GRIS, Placa GCE-140, año: 2004, Serial Carrocería 8YPF16N148A35809, el cual fue trasladado a la citada comisaría. Este medio de prueba es necesario para dejar plasmado las circunstancias de modo, lugar y tiempo como los funcionarios actuantes encontraron el precitado vehículo resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura. Así mismo, es pertinente porque por medio de la misma se acredita claramente la Falsa atestación en la que incurrieron los Funcionarios Policiales.

SEGUNDO: PROTOCOLO DE AUTOPSIA Nº 267, de fecha 07/09/10, suscrita por el Médico Anatomopatólogo Forense Dra. ZULEIMA ARAMBULE, adscrita al Departamento de Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística de la Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, perteneciente al cadáver de LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO, este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la experticia realizada sobre el cadáver, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la experticia contiene la relación de los peritajes realizados por el órgano de prueba (perito) sobre las observaciones, evidencias y las conclusiones a las cuales llegó, acreditándose la existencia material de la actividad forense realizada, así como las lesiones encontradas en el cuerpo de la victima y la causa de la muerte.

TERCERO: EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO 9700-254 de fecha 08/09/10, suscrita por el funcionario Detective SALAS BARTOLOME, Experto Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la experticia realizada sobre las evidencias, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la experticia contiene la relación de los peritajes realizados por el órgano de prueba (perito) sobre las observaciones, evidencias y las conclusiones a las cuales llegó, acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada.

CUARTO: EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO Nº 9700-058-2104-1035, de fecha 24/09/10, suscrita por el funcionario Sub-Inspector DEIBY. J. MUJICA, Experto Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la experticia realizada sobre las evidencias, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la experticia contiene la relación de los peritajes realizados por el órgano de prueba (perito) sobre las observaciones, evidencias y las conclusiones a las cuales llegó, acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada.

QUINTO: EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO ACTIVACION ESPECIAL Y BARRIDO Nº 9700-058-LAB-2103, de fecha 24/09/2010, suscrita por la Detective T.S.U WISBELTH GALÍNDEZ, funcionaria adscrita al Departamento de Criminalística Área Físico, Químico y Biológica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua, este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la experticia realizada sobre las evidencias, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la experticia contiene la relación de los peritajes realizados por el órgano de prueba (perito) sobre las observaciones, evidencias y las conclusiones a las cuales llegó, acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada.

SEXTO: EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO FÍSICO Nº 9700-057-LBFQB-082, de fecha 11/03/2011, suscrita por el Lic. Detective LUIS JOSÉ CARRILLO, Experto adscrito al Departamento de Criminalística del Laboratorio Físico, Químico Y Biológico del Cuerpo de Investigaciones Científica, Penales y Criminalística Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la experticia realizada sobre las evidencias, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la experticia contiene la relación de los peritajes realizados por el órgano de prueba (perito) sobre las observaciones, evidencias y las conclusiones a las cuales llegó, acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada.

SEPTIMO: EXPERTICIA DOCUMENTOLÓGICA, Nº 9700-057-ED-113, DE FECHA 29-03-2011, suscrita por el Inspector Lcdo. JOSÉ ANGEL UZCATEQUI, funcionario adscrita al Departamento de Criminalística, Experticias Documentólogicas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare, este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la experticia realizada sobre las evidencias, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la experticia contiene la relación de los peritajes realizados por el órgano de prueba (perito) sobre las observaciones, evidencias y las conclusiones a las cuales llegó, acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada.

OCTAVA: EXPERTICIA TRICOLÓGICA Y FÍSICA (TIERRA) COMPARATIVAS Nº 9700-057-LBFQB-114, de fecha 27-04-2011, suscrita por el Inspector Lcdo. LUÍS CARRILLO, funcionario adscrita al Departamento de Criminalística, Laboratorio Físico, Químico, Biológico del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare, este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la experticia realizada sobre las evidencias, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la experticia contiene la relación de los peritajes realizados por el órgano de prueba (perito) sobre las observaciones, evidencias y las conclusiones a las cuales llegó, acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada.

NOVENA: EXPERTICIA DE COMPARACIÓN BALÍSTICA Nº 9700-058-BIC-567, de fecha 27-06-2011, suscrita por la Sub Inspectora Lcda. FRANCIS OLIVAREZ, funcionaria adscrita al Departamento de Criminalística, Balística Identificativa y Comparativa del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua, este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la experticia realizada sobre las evidencias, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la experticia contiene la relación de los peritajes realizados por el órgano de prueba (perito) sobre las observaciones, evidencias y las conclusiones a las cuales llegó, acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada.

DECIMA: EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO, MECÁNICA Y DISEÑO Nº 9700-058-BIC-2244, de fecha 27-06-2011, suscrita por la Sub Inspectora Lcda. FRANCIS OLIVAREZ, funcionaria adscrita al Departamento de Criminalística, Balística Identificativa y Comparativa del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua, este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la experticia realizada sobre las evidencias, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la experticia contiene la relación de los peritajes realizados por el órgano de prueba (perito) sobre las observaciones, evidencias y las conclusiones a las cuales llegó, acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada.

DECIMA PRIMERA: EXPERTICIA DE TRAYECTORIA BALÍSTICA INTRAORGÁNICA Nº 9700-058-ARH-565, de fecha 22-07-2011, suscrita por el Agente JUAN RODRÍGUEZ, funcionario adscrito al Departamento de Criminalística, Reconstrucción y Análisis de Suceso del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua, este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la experticia realizada, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la experticia contiene la relación de los peritajes realizados por el órgano de prueba (perito) sobre las observaciones, y las conclusiones a las cuales llegó, acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada.

DECIMA SEGUNDA: LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO Nº 566, de fecha 14-07-2011, suscrita por el Experto EDGAR COLMENAREZ, funcionario adscrito al Departamento de Criminalística, Reconstrucción y Análisis de Suceso del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua. Este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la experticia realizada sobre las evidencias, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la experticia contiene la relación de los peritajes realizados por el órgano de prueba (perito) sobre las observaciones, evidencias y las conclusiones a las cuales llegó, acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada.

DÉCIMA TERCERA: EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO Y HEMATOLOGIA Nº 9700-057-LBFQB-255, de fecha 28-07-2011, suscrita por el Inspector Lcdo. LUÍS CARRILLO, funcionario adscrita al Departamento de Criminalística, Laboratorio Físico, Químico, Biológico del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare, este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la experticia realizada sobre las evidencias, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la experticia contiene la relación de los peritajes realizados por el órgano de prueba (perito) sobre las observaciones, evidencias y las conclusiones a las cuales llegó, acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada.

DÉCIMA CUARTA: EXPERTICIA DE BARRIDO, HEMATOLOGICA Y ACTIVACIÓN ESPECIAL Nº 9700-068-AB-230-11, de fecha 26-09-2011, suscrita por el funcionario: T.S.U. YONATHAN SAYAGO, Detective, experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación Barinas, este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la experticia realizada sobre las evidencias, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la experticia contiene la relación de los peritajes realizados por el órgano de prueba (perito) sobre las observaciones, evidencias y las conclusiones a las cuales llegó, acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada.

DÉCIMA QUINTA: EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO Nº 9700-254-423, de fecha 21-10-2011, suscrita por el experto Agente JUAN CARLOS GUEDEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas Subdelegación Guanare estado Portuguesa. Este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la experticia realizada sobre las evidencias, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la experticia contiene la relación de los peritajes realizados por el órgano de prueba (perito) sobre las observaciones, evidencias y las conclusiones a las cuales llegó, acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada.

DÉCIMA SEXTA: EXPERTICIA TRICOLÓGICA Y FÍSICA (TIERRA) COMPARATIVAS Nº 9700-057-LBFQB-363, de fecha 04-11-2011, suscrita por el Inspector LUIS JOSE CARRILLO funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guanare. Este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la experticia realizada sobre las evidencias, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la experticia contiene la relación de los peritajes realizados por el órgano de prueba (perito) sobre las observaciones, evidencias y las conclusiones a las cuales llegó, acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada.

DECIMA SEPTIMA EXPERTICIA TRICOLÓGICA COMPARATIVA N 9700-057-LBFQB-440 practicada a los apéndices de los imputados y los apéndices experticiados en las Experticias N 9700-068-AB-230-11 de fecha 26-09-2011 y 9700-057-LBFQB-114 de fecha 27-04-2011,Este medio de prueba es necesario para describir todo lo relativo a la experticia realizada sobre las evidencias, resultando idónea para su incorporación al proceso mediante la lectura y como base para la declaración del perito. Así mismo, es pertinente porque la experticia contiene la relación de los peritajes realizados por el órgano de prueba (perito) sobre las observaciones, evidencias y las conclusiones a las cuales llegó, acreditándose la existencia material de la actividad investigativa realizada.

MEDIOS DE PRUEBAS OFRECIDOS POR EL, ABOGADO WALIB ABOAASI
DOUMENTALES:

1.-promuevo Carta de buena convivencia, marcada con la letra “A” expedida por los voceros del Consejo Comunal la Coromoto del Municipio Turen estado Portuguesa, tal pruebe sutil y pertinente para demostrar que mi defendido en la comunidad donde reside, goza de buena solvencia moral.

2.-Promuevo documento contentivo de tres(3) folios, marcado con la letra “B”, “B1” y “B2 con respaldo de firmas, expedido por los habitantes de la comunidad del barrio la Tejas, Municipio Turen estado portuguesa, tal pruebe util y pertinente para demostrar que quienes lo suscriben hacen constar que a mi defendido lo conocen de vista trato y comunicación desde hace ocho (8) años, quien posee conducta intachable.

3.- solicito se le de el valor probatorio a las documentales de certificación de ingreso y record de conducta; ambos documentos son suscrito por la SUP/AGR(PEP) Maria Alejandra Arrieche. Directora de la oficina de Recursos Humanos de la Comandancia General de Policía del estado Portuguesa, certifica que mi defendido ciudadano Eudy Gregorio Rivero Casu, cedulado bajo el nª 17.944.603, actualmente con la Jerarquia de oficial, presta sus servicios en esa institución policial desde el 01 de Enero del año 2007, y desde esa fecha no posee sanciones disciplinarias, esta prueba promovida por al representación fiscal en su escrito de acusación, útil y pertinente para demostrar que mi defendido tiene una hoja de vida intachable dentro y fuera de la institución policial.

4.-Promuevo e invoco el principio de igualdad y probidad e invoco la presunción de inocencia y afirmación de libertad e ilicitud de la prueba

TESTIMONIALES:
1.- promuevo como testigo al ciudadano Alirio Jose Adams Pérez, venezolano, mayor de edad, cedulado bajo el Nº V-9.842.722, civilmente hábil y domiciliado en calle 1, barrio Libertador, casa S/N, Píritu, Municipio Esteller, estado portuguesa, a los efectos de que declare en juicio. Su declaración es fundamental para demostrar la inocencia de mi defendido.

2.- promuevo como testigo al ciudadano Ramon Jose Querales, venezolano, mayor de edad, cedulado bajo el Nº V-13.486.192, civilmente hábil y domiciliado en calle 4, casa Nº 20 Barrio Barba de Tigre; villa Bruzual, Municipio Turen, estado Portuguesa, a los efectos de que declare en juicio. Su declaración es fundamental para demostrar la inocencia de mi defendido.


3. promuevo como testigo al ciudadano Naudy Rafael Leal Ruiz, venezolano, mayor de edad, cedulado bajo el Nº 4.611.285, civilmente hábil y domiciliado en la avenida 4 entre calles 1 y 2 Barrio el Calvario; Villa Bruzual, Municipio Turen, estado Portuguesa, a los efectos de que declare en juicio. Su declaración es fundamental para demostrar la inocencia de mi defendido.

MEDIOS DE PRUEBAS OFRECIDOS POR LA DEFENSA, POR EL ABOGADO JUAN CARLOS TORREALBA
Reproduzco el merito Favorable de los autos, promuevo e invoco el valor probatorio de los principios de comunidad de la prueba, el principio de igualdad y probidad, invoco la presunción de inocencia, la afirmación de libertad y la licitud de las pruebas.

PRUEBAS TESTIMONIALES

1.-Yajaira Josefina Torrealba Rodríguez, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en Píritu municipio Esteller del estado Portuguesa, barrio Libertador, calle 2 entre avenidas 1y2 casa numero 802, Titular de la Cédula de identidad Nº 15.071.149.


2.-Anibal José Hernández, Venezolano, mayor de edad, divorciado, domiciliado en Villa Bruzual, municipio Turen estado Portuguesa, Barrio José Antonio Páez avenida principal, casa Nº0_176, titular de la Cédula de Identidad 3:349.862.

Documentales:
1.-Constancia de Residencia de Franlkin Ramon Caasu expedida por el consejo comunal del barrio las Tejas Villa Bruzual municipio Turen del estado Portuguesa de fecha 27 de noviembre de 2011 firmada por sus representantes ilegibles y sellado con sello húmedo del mencionado consejo comunal

2.- Acta de Reunión del consejo Comunal del barrio las tejas Villa Bruzual municipio Turen del estado portuguesa de fecha 5de diciembre de2011, firmada por sus representantes ilegible y sellado con sello húmedo del consejo comunal

3.-Referencia Comunal del Ciudadano Franklin Ramon Casu expedida por el consejo comunal del barrio las Tejas Villa Bruzual municipio Turen del estado portuguesa de fecha 27 de Noviembre de de 2011, firmada por sus representantes ilegible y sellado con sello húmedo del consejo comunal.
4.- Referencia del Barrio las Tejas y Ali primera de Franklin Ramòn Casu, firmada de puño y letra por 117 habitantes, mencionadas en ella, nombre apellido, cedula de identidad y firmado ilegible

Informe médico de fecha 31-08-2011 suscrito por el Dr. Augusto Caballero Traumatólogo para exponer la condición médica que presenta Franklin Casu.

5.-Copias Fotostáticas de los ciudadanos Anibal José Hernández y Yajaira Josefina Torrealba Rodríguez, quienes presentaran testimonio en la presente causa.



MEDIOS DE PRUEBAS OFRECIDOS POR LA DEFENSA, POR EL ABOGADO PEDRO BELLORIN CARO
TESTIMONIALES:
1.- José del Pilar Suarez, Venezolano, mayor de edad, funcionario policial, titular de la cédula de identidad Nº10.144.940, domiciliado en el centro de Coordinación Policial Nº03 Municipio Turen estado Portuguesa.

2.-Eligio del Carmen Parra Guevara, Venezolano, mayor de edad, funcionario policial, titular de la cédula de identidad Nº12.090.187, domiciliado en el centro de Coordinación Policial Nº03 Municipio Turen estado Portuguesa.

3.-Simon Nicolas Alvarado Linarez, Venezolano, mayor de edad, funcionario policial, titular de la cédula de identidad Nº10.136.184. domiciliado en el centro de Coordinación Policial Nº03 Municipio Turen estado Portuguesa.

4.- Lara Orlando Venezolano, mayor de edad, funcionario policial, titular de la cédula de identidad Nº14.676.575, domiciliado en el centro de Coordinación Policial Nº03 Municipio Turen estado Portuguesa.

5.- Viña Amparo Yimmy Johanny Venezolano, mayor de edad, funcionario policial, titular de la cédula de identidad Nº 14.204.877. domiciliado en el centro de Coordinación Policial Nº03 Municipio Turen estado Portuguesa.

Finalmente el Fiscal del Ministerio Público expuso: “En fecha 04/09/2010, la ciudadana ROSALIA DEL CARMEN LUGO QUERALES, titular de la cedula de identidad C.I. V-9.252.889, comparece ante Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Guanare Estado Portuguesa, a los fines de denunciar la desaparición de su hijo de nombre LISANDRO JOSE BRICEÑO LUGO, ya que al ver que el citado ciudadano no contestaba las llamadas, ni los mensajes de textos, en ese momento la ciudadana denunciante se comunica con un amigo de su hijo de nombre FAUSTINO, y éste le comentó que no lo había visto pero el le mando un mensaje preguntándole como estaba el trabajo y el le respondió que estaba por la avenida Unda, al seguir insistiendo con las llamadas y mensajes y no obtenía repuesta, esto produjo en su madre y demás familiares una gran preocupación por lo que iniciaron la búsqueda del joven en diversas partes de la ciudad de Guanare. Es en fecha 05/09/2010 luego de una intensa búsqueda por varias partes de la ciudad de Guanare uno de los vecinos de la familia de la víctima el ciudadano: JOSÉ RAMÓN LINARES SOTO le entregó unos papeles que habían entregados por la ciudadana AMELIA OSAL, quien los había encontrado por la vía de Suruguapo pertenecientes a la víctima desaparecida, de igual manera ese mismo día también apareció el vehículo en la población de Turen Estado Portuguesa, por lo que el ciudadano: CARLOS JOSÉ LUGO, tío de la víctima, se traslado hasta donde estaba el vehículo recuperado y se percato de que estaba en la comisaría de Turen y le comunicaron que los motorizados de la comisaría antes mencionada habían recuperado el vehículo CLASE AUTOMOVIL, MARCA FORD, MODELO FIESTA, AÑO 2004 en el barrio las Tejitas, cabe señalar que dicha recuperación no pudo ser posible tal como quedó plasmado en el Acta Policial de fecha 05/09/2010 suscrita por la funcionaria: ROSALBA DEL CARMEN GONZÁLEZ, JOSÉ SICILIA, LUIS ANGULO y LUIS OROPEZA, en virtud de que según las entrevistas tomadas a los ciudadanos: Avilio Romero, Diango Camararo, en fecha 31/10/2011, José Albero Camacaro, en fecha 08/11/2011 y Yorgetsi del Carmen Riera, en fecha 05/09/2011, son conteste al precisar que el ciudadano Eudis Casu llego hasta la casa de José Alberto Camacaro y Diango Camacaro, manejando un vehículo que luego de la investigación se pudo determinar que se trataba del mismo vehículo de la víctima, en compañía de su hermano Frankie Casu, lo que corrobora el hecho de que el vehículo no había sido encontrado abandonado como se hacía suponer en el acta policial de fecha 05/09/2010, sino que estaba posesión de estos. En fecha 07 en la entrada de la Finca la Pedracera, sector Mesa Alta, de esta ciudad (Guanare), se traslado Comisión de funcionarios adscritos al C.I.C.P.C. Sub delegación Guanare a los fines de realizar Inspección Técnica y se realizo el hallazgo del cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, identificado como LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO, natural de esta ciudad, de 23 años de edad, fecha de nacimiento (08-10- 1986), soltero, estudiante, residía en la Urbanización José Antonio Páez, vereda 23, casa Nro. 8, de esta ciudad, titular de la cédula de identidad Nro V-18892261. Es de hacer saber que la victima al momento de su desaparición se encontraba laborando como taxista y era un estudiante del 9no semestre de Educación Física en la Universidad Experimental Ezequiel Zamora de la ciudad de Guanare estado Portuguesa, cabe señalar que este ciudadano presento una herida producida por el paso de proyectil único disparado por arma de fuego al cuello fractura orificial en hueso maxilar inferior derecho. Fractura en lado derecho de 3er cuerpo vertebral cervical. Hematoma subgaleal témpora parietal derecho hemorragia en tejidos blandos de región posterior y lateral derecha del cuello. A través del trabajo de investigación se pudo constatar de en fecha 04-09-2010 en horas de la noche, el ciudadano: AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB, se encontraba en la localidad de Turen del estado Portuguesa conducíendo un vehiculo FORD, Modelo FIESTA POWER. Color GRIS, Placa GCE-140, Fiesta Power, el cual era el vehiculo que conducía la victima LISANDRO JOSE LUGO BRICEÑO al momento de que desapareció en la localidad de Guanare estado Portuguesa, y en horas de la noche el ciudadano AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB se fue a la Tasca denominada “DONATO”, y en ella se encontraba el ciudadano “Eudis CASU”, en compañía de su hermano “Franklin CASU”; es cuando el ciudadano AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB, le entrega a EUDIS CASU el vehiculo anteriormente mencionado, estos ciudadanos es decir EUDIS y FRANKLIN se dirigen, al Barrio Las Tejas a la vivienda del Ciudadano DIANGO CAMACARO, donde este se encontraba en compañía de varios de sus familiares entre ellos JOSE CAMACARO, PASTORA, etc y su amigo AVILIO ROMERO, y es cuando llegan EUDIS CASU conduciendo un vehiculo Marca FORD, Modelo FIESTA POWER. Color GRIS, Placa GCE-140, conjuntamente con su hermano FRANKLIN como copiloto en el vehiculo; y EUDIS llama a DIANGO y lo invita a tomarse unas cerveza y también se va el ciudadano AVILIO con ellos, situación que se presenciadas por los ciudadanos JOSE CAMACARO PATORA; y otros. Y se trasladan todos nuevamente para la Tasca Donato. Asi mismo señalo los elementos de convicción señalando cada uno de los que constan en el escrito de acusación, en consecuencia Solicito: PRIMERO: El enjuiciamiento de los acusado RIVERO CASU EUDIS GREGORIO, titular de la cédula de identidad número V-17.944.603, destacado en la Comisaría de Durigua Acarigua estado Portuguesa, para el momento de los hechos , CASU FRANKI RAMON, titular de la cédula de identidad número V-12.092.416, AJAQUE FERNANDEZ HADIB, titular de la Cédula de Identidad: V-19.337.948, destacado en la Comisaría José Antonio Páez Acarigua estado Portuguesa para el momento de los hechos ,CAMACARO ESCOBAR DIANGO JOSÉ cedula de identidad: V-18.732.080, ROMERO SALERO AVILIO ANTONIO titular de la Cédula de Identidad: V-17.276.011, debidamente identificados en el Capítulo Primero, configuran, los delitos HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO, EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA previsto y sancionado en los artículos 406 numeral 1 del Código Penal, concatenado con el 424 Ejusdem y ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 numerales 1,2,3 de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO. Y a los ciudadanos: RENÉ JOSÉ GUARECUCO BARRUETA, portador de la Cédula de Identidad número V-19.798.396, destacado en la Comandancia de Policía de Turén estado Portuguesa para el momento de los hechos , JOSUÉ ANTONIO PÉREZ PARGAS, portador de la cédula de identidad número V-18.135.281, destacado en la Comandancia de Policía de Turén estado Portuguesa para el momento de los hechos , OROPEZA LUIS ENRIQUE, portador de la cédula de identidad número V-21.023.371, destacado en la Comandancia de Policía de Turén estado Portuguesa para el momento de los hechos , SICILIA ARENAS JOSÉ LUIS, portador de la Cédula de Identidad Nº V- 13.702.799, destacado en la Comandancia de Policía de Turén estado Portuguesa para el momento de los hechos ,ÁNGULO GÓMEZ LUIS MIGUEL, portador de la Cédula de Identidad Nº V-18.893.371, destacado en la Comandancia de Policía de Turén estado Portuguesa para el momento de los hechos , GONZALEZ RIVERO ROSALBA DEL CARMEN, portadora de la cedula de identidad numero V- 9.843.911, destacado en la Comandancia de Policía de Turén estado Portuguesa para el momento de los hechos, OSWALDO GREGORY CARMONA CARPIO, portador de la cédula de identidad número V-14.426.018, destacado en la Comandancia de Policía de Turén estado Portuguesa para el momento de los hechos, debidamente identificados en el Capítulo Primero, configura, el delito de: FALSA ATESTACIÓN DE FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado en artículo 317 del Código Penal, cometido en perjuicio de la FE PÚBLICA SEGUNDO: Se mantenga la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que se dicto en fecha 22-11-2011, por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 3 del Primer Circuito Judicial Penal de estado Portuguesa, la cual pesa en contra de los ciudadanos imputados RIVERO CASU EUDIS GREGORIO, titular de la cédula de identidad número V-17.944.603, CASU FRANKI RAMON, titular de la cédula de identidad número V-12.092.416, AJAQUE FERNANDEZ HADIB, titular de la Cédula de Identidad: V-19.337.948, CAMACARO ESCOBAR DIANGO JOSÉ cedula de identidad: V-18.732.080, ROMERO SALERO AVILIO ANTONIO titular de la Cédula de Identidad: V-17.276.011. TERCERO: Solicitamos que se mantenga LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD , en contra de los imputado, RENÉ JOSÉ GUARECUCO BARRUETA, portador de la Cédula de Identidad número V-19.798.396, JOSUÉ ANTONIO PÉREZ PARGAS, portador de la cédula de identidad número V-18.135.281, OROPEZA LUIS ENRIQUE, portador de la cédula de identidad número V-21.023.371, , SICILIA ARENAS JOSÉ LUIS, portador de la Cédula de Identidad Nº V- 13.702.799, ,ÁNGULO GÓMEZ LUIS MIGUEL, portador de la Cédula de Identidad Nº V-18.893.371, GONZALEZ RIVERO ROSALBA DEL CARMEN, portadora de la cedula de identidad numero V- 9.843.911, OSWALDO GREGORY CARMONA CARPIO, portador de la cédula de identidad número V-14.426.018, por el delito de: FALSA ATESTACIÓN DE FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado en artículo 317 del Código Penal, cometido en perjuicio de la FE PÚBLICA. CUARTO: Solicitamos se admita totalmente la presente Acusación y asimismo, los medios de prueba ofrecidos en esta oportunidad, por ser pertinentes, útiles y necesarios, y se dicte el correspondiente Auto de Apertura a Juicio.


SEGUNDO
Impuesto los imputados Rivero Casu Eudís Gregorio, Casu Franki Ramón, Camacaro Escobar Diango, Romero Avilio Antonio, Ajaque Fernández Hadib Rene José Guarecuco Barroeta, Josue Antonio Pérez Pargas, Oropeza Luis Enrique, Sicilia Arenas José Luis, Angulo Gomes Luis Miguel, Oswaldo Gregory Carmona Carpio y González Rivero Rosalba del Carmen, de la acusación interpuesta en su contra por el Ministerio Público y del Precepto Constitucional consagrado en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de la advertencia preliminar prevista el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal e interrogándolos si desea declarar, manifestó cada uno por separado “ No Quiero Declarar”. El imputado Diango Camacaro manifestó Si quiero declarar y el imputado Avilio Romero manifesto “ “Si quiero declarar”. Ordenándose retirar de la sala de audiencia el resto de los imputados
Seguidamente el ciudadano Diango Camacaro y expuso: : “ primero paso cuando los funcionarios llegaron a la casa y me sembraron droga yo no vendo drogas, me llevaron al CICPC allá me cayeron a golpes me hicieron sangrar y me hicieron firmar unas cosas que yo no leí porque me iban matar y acabar con mi familia es todo se le concede el derecho de palabra a la fiscal quien no formulo preguntas , se le concede el derecho de palabra a la defensa formulo las siguientes preguntas: 1.- alguna ves ha consumido sustancias psicotrópicas R.- No P.- En algún momento ha estado sujeto a otro delito R.- No P porque en las declaraciones que hiciste en el CICPC de Acarigua dices taxativamente que involucran a otros con causa porque dijiste eso R.- yo no declare nada, ellos me hicieron firmar algo porque no tenia derecho a leer nada y me amenazaron con matar a mi familia . la Juez le realizo preguntas.
Acto seguido se ordena ingresar a la sala al imputado Avilio Antonio Romero manifestó “ Si quiero declarar, ese día que supuestamente me hallaron el arma yo no estaba en la casa estaba donde mi abuelo me agarraron y me iban dando golpe en la operación en la PTJ, me llevaron a parte y les dije yo no se nada de carro y me dijeron esta jodido porque tu amigo Diango dijo algo allí, tu eres amigo de Diango, me dijeron diga porque te vamos a reventar a mi no me importa yo soy de Caracas y me hicieron firmar un papel, Se le concede el derecho de palabra a la Fiscal quien realizo preguntas: P Conoce usted los funcionarios que lo llevaron detenido en esa ocasión? R.- No P.-ñ porque razón si fue victima de abuso policial porque en la audiencia de presentación no realizo tal pronunciamiento, R No me dejaron declarar P.- puede especificar cuando se refiere quien no lo dejo declarar? R el abogado que yo tenía. Se le concede el derecho de palabra a la defensa quien funcionario hace el allanamiento ¿ CICPC caracas, que funcionarios te lleva a hacer la entrevistas? R.- ellos son de Caracas, P Cuando estas en la PTJ de Acarigua que se hizo alla ¿ ellos me preguntaron por el carro pero yo nos se nada de ese carro , y que te conseguimos en tu casa fue un revolver P.- leíste alguna acta que ellos te hayan practicado ; NO y firmaste algo? Si pero me dijeron pasado mañana te vas. Se le concede el derecho de palabra al Tribunal quien pregunto ¿ Que grado de instrucción tiene usted? 6to grado P. Porque firma algo que no sabe ? R.- Ellos me dijeron firma allí, P Si consiguieron un arma en su casa porque no denuncio en la fiscalía? No le di importancia. Se ordena ingresar a la la sala al resto de los imputados y Se le concede el derecho de palabra a la victima Lisandro Briceño. Pedimos es justicia y en vista de que funcionarios de la policía cometen un delito porque creen que los muertos no hablan, y si hablan ya paso un año, y que se haga justicia y se aplique la ley.

De inmediato se le otorgó el derecho de palabra a la defensa del imputado: Eudis Rivero Gregorio Casu, ejercida por el abogado: Walid Aboaasi quien expuso: como punto previo es menester ilustrar al tribunal ya que esta acusación presentada por la Fiscalía es nula ya que el ministerio publico solicito orden de aprehensión y la dispositiva no señala a su defendido y los oficios están sin firma de la Juez y libra los oficios a los organismos de seguridad del estado y el articulo 174 del Código Orgánico procesal penal establece que sin firma del secretario y del Juez el acto es nulo, a todo evento procede a realizar los alegatos de la defensa solicitando : Se desestime el testimonio de Robert Duran , el acta policial de fecha 07-09-2010, Suscrita por el detective Robert Duran; la inspección N° I -506 de fecha 07-09-2010 realizada al lote de terreno suscrita por salas Bartolome y Robert Duran ya que no se lleno la planilla de la cadena de custodia , la inspección N° 507 de fecha 07 de Septiembre de 2010 suscrita por Robert Duran y Salas Bartolome por cuanto no se elaboro la planilla de cadena de custodia por cuanto lo que se persigue es no contaminar las pruebas tampoco arroja elementos de convicción contra el defendido ; experticia de reconocimiento 9700-254 practicada a la vestimenta del occiso, en fecha 08 de septiembre de 2010 suscrita por Bartolome Salas, se desestime el testimonio de la Dra. Zuleima Arambule relacionado con el protocolo de autopsia e informe de la exhumación de fecha 12-03-2011, se desestime el testimonio de Deybis Mujica y la experticia de reconocimiento técnico N° 9700-058-2104-1035 de fecha 24-09-2010; Se desestime la experticia de reconocimiento técnico y barrido especial de fecha 24-09-2010 suscrita por la TSU Wisbelt Galíndez por cuanto no hay elemento que incrimine a su defendido ; Se desestime el acta de investigación penal de fecha 22-09-2010 suscrita por Luis Volcanes conforme al articulo 169 del Código Orgánico Procesal Penal y no existe elementos de convicción que incriminen a su defendido, Se desestime el acta de investigación de fecha 22 de septiembre de 2010 suscrita por Cesar Montilla Y Carlos González ya que tampoco se elaboro la cadena de custodia, Se desestime la inspección técnica N° 1639 y el montaje fotografiado de fecha 22-09-2010, Se desestime la experticia de reconocimiento de fecha 11 de Marzo de 2011 ya que tampoco se dejo constancia de la planilla de custodia ,Experticia tricologica y física , experticia de reconocimiento hematológica y experticia tricologica de fecha 04-11-2011, Se desestime el acta de investigación de fecha 12 de Marzo de 2011 suscrita por Willian Azuaje, Se desestimé la experticia dermatolgica de fecha 29 de Marzo de 2011, Se desestime el testimonio de Richar Escalona e fecha 05 de Abril de 2011, Se desestime la experticia de comparación balística de fecha 27-06-2011, se desestime la experticia de reconocimiento técnico, Se desestime la trayectoria de balística de fecha 22-07-2011, Se desestime el levantamiento planimetrito N° 566 de fecha 14-07-2011, Se desestime el testimonio de Yana Sayago, Se desestime la inspección técnica de fecha 26-09-2011, Se desestime la experticia de barrido hematológica y activación especial de fecha 26-09-2011, Se desestime el acta de investigación policial de fecha 24-10-2004, 07-11-2011, 09-11-2011, 11-11-2011, Se desestime experticia de reconocimiento técnico de fecha 21-10-2011, Se desestime el acta de investigación de fecha 24-10-11. señalo los medios de prueba ofrecidos y solicito libertad plena para su defendido y una medida cautelar menos gravosa ya que su defendido se presento de manera voluntaria y no hay peligro de fuga así como una conducta intachable ya que se demuestra que tiene arraigo en el municipio Turen junto a su familia .
Seguido se le concedió el derecho de palabra al abogado Juan Carlos Torrealba defensor de Eudis Rivero y Diango Camacaro, quien expuso los alegatos de la defensa e invoco el principio de inocencia el principio de la Comunidad de la prueba manifestando entre otras cosas que su defendido se presento de manera voluntaria y los funcionarios policiales de manera ilícita le sacaron una firma en este caso lo manisfetado por Diango Camacaro, tenemos una serie de testigos para que tengan valor probatorio y Franklin Casu se presento voluntariamente por tal razón solicita la Libertad plena y a todo evento una medida menos gravosa así como se admitan los medios de prueba ofrecidos por la defensa.
Acto seguido se le concede el derecho de palabra al abogado Francisco Barrios quien expuso los alegatos de la defensa y solicito: se desestime la declaración tomada del CICPC ya que fue coaccionada así mismo no fue asistido por un defensor lesionando el debido proceso y no hay suficientes elemento de convicción suficientes para acreditar el delito que se le imputa a su defendido y solicita libertad plena e invoca el principio de inocencia de afirmación de libertad y la defensa no se opone siempre que el experto comparezca a dar fe.
Seguidamente se le concedió el derecho de palabra a la abogada Yelin Soto defensora de Hadib Ajaque y expuso los alegatos de la defensa e invoco el principio de inocencia señalando que no existe elemento de convicción contra su representado y solicita una libertad plena a favor de su defendido.
Acto seguido se le dio el derecho de palabra al abogado Pedro Bellorin Caro quien expuso los alegatos de la defensa y solicito se desestime la calificación del delito de falsa atestación y la libertad plena para sus defendidos.

TERCERO

El Juez de Control tiene la función de emitir una serie de pronunciamientos al finalizar la audiencia preliminar, entre los cuales se encuentran: a) la admisión total o parcial de la acusación fiscal y la del querellante privado, b) ordenar la apertura del juicio oral y público, c) atribuirle a los hechos una calificación jurídica provisional distinta a la de la acusación fiscal o de la víctima, y d) decidir sobre la legalidad, licitud, pertinencia y necesidad de las pruebas ofrecidas, tal como lo señala la ( Sentencia de la Sala de Casación Penal N° 237 del 30 de mayo de 2005, caso “César Eduardo Hernández Gutiérrez”).

Por otro lado, esta Sala mediante sentencia N° 1.303 del 20 de junio de 2005, señaló lo siguiente:
“En lo que se refiere a la audiencia preliminar, debe destacarse que es en ésta donde se puede apreciar con mayor claridad la materialización del control de la acusación, ya que en la misma, es donde se lleva a cabo el análisis de si existen motivos para admitir la acusación presentada por el Ministerio Público y la de la víctima, si fuere el caso. En este sentido, en esta audiencia se estudian los fundamentos que tomó en cuenta el Fiscal del Ministerio Público para estimar que existen motivos para que se inicie un juicio oral y público contra el acusado, realizando el Juez el mencionado estudio, una vez que haya presenciado las exposiciones orales de las partes involucradas en el proceso penal.
Igualmente, se debe analizar en dicha audiencia, entre otras cosas, la pertinencia y necesidad de los medios de prueba que ofrecen las partes para que sean practicadas en la etapa del juicio oral y público, así como las excepciones opuestas por el defensor conforme a lo señalado en el artículo 328 del Código Orgánico Procesal Penal.
Con relación a la audiencia preliminar, esta Sala, en sentencia N° 452/2004, del 24 de marzo, estableció lo siguiente: ‘(…) es en la audiencia preliminar cuando el Juez de Control determina la viabilidad procesal de la acusación fiscal, de la cual dependerá la existencia o no del juicio oral. Es decir, durante la celebración de la audiencia preliminar se determina -a través del examen del material aportado por el Ministerio Público- el objeto del juicio y si es ‘probable’ la participación del imputado en los hechos que se le atribuyen (…)’.
Respecto a los pronunciamientos que el Juez de Control puede emitir al final de la audiencia preliminar, cabe señalar que el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal le confiere una amplia gama de potestades en este sentido, entre las cuales se encuentra la de pronunciarse sobre la admisión total o parcial de la acusación del Ministerio Público o del querellante y ordenar la apertura a juicio (numeral 2); así como también decidir sobre la legalidad, licitud, pertinencia y necesidad de las pruebas ofrecidas para el juicio oral (numeral 9), estableciéndose en el artículo 331 eiusdem la figura del auto de apertura a juicio (…)”.

DISPOSITIVA
En tal sentido oída la intervención de las partes y revisado el escrito acusatorio interpuesto por la fiscalía primera del Ministerio Público en tiempo hábil, considera que existe fundamento serio para el enjuiciamiento de los acusados toda vez que de desprende de los elementos de convicción la participación y la responsabilidad penal de los imputados Rivero Casu Eudís Gregorio, Casu Franki Ramón, Camacaro Escobar Diango, Romero Avilio Antonio y Ajaque Fernández Hadib del acta de investigación de fecha 04-09-2010 donde se evidencia en horas de la noche, el ciudadano: AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB, se encontraba en la localidad de Turen del estado Portuguesa conduciendo un vehiculo FORD, Modelo FIESTA POWER. Color GRIS, Placa GCE-140, Fiesta Power, (vehiculo que conducía la victima al momento de que desapareció en la localidad de Guanare y en horas de la noche el ciudadano AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB se fue a la Tasca denominada “DONATO”, donde se encontraba el ciudadano “Eudis CASU”, en compañía de su hermano “Franklin CASU”; y es cuando el ciudadano AJAQUE FERNÁNDEZ HADIB, le entrega a EUDIS CASU el vehiculo anteriormente mencionado y EUDIS y FRANKLIN se dirigen, al Barrio Las Tejas a la casa del ciudadano DIANGO CAMACARO, donde este se encontraba en compañía de varios de sus familiares entre ellos JOSE CAMACARO, PASTORA, etc y su amigo AVILIO ROMERO, y es cuando llegan EUDIS CASU conduciendo el vehiculo, conjuntamente con su hermano FRANKLIN como copiloto en el vehiculo; y EUDIS llama a DIANGO y lo invita a tomarse unas cerveza y también se va el ciudadano AVILIO con ellos, situación que fue presenciadas por los ciudadanos JOSE CAMACARO PATORA; y otros; al igual que quedo demostrado igualmente con los elementos de convicción aportados por el ministerio público en su escrito acusatorio la participación y responsabilidad penal de los imputados Rene José Guarecuco Barroeta, Josue Antonio Pérez Pargas, Oropeza Luis Enrique, Sicilia Arenas José Luis, Angulo Gomes Luis Miguel, Oswaldo Gregory Carmona Carpio y González Rivero Rosalba del Carmen, en el delito de falsa atestación, específicamente con el acta policial de fecha 05-09-2010, donde se evidencia que al ciudadano Caros José Lugo, tio de la victima le comunicaron los funcionarios policiales en la comisaría de Turen que habían recuperado el vehículo CLASE AUTOMOVIL, MARCA FORD, MODELO FIESTA, AÑO 2004 en el barrio las Tejitas, tal como quedó plasmado en el Acta Policial de fecha 05/09/2010 suscrita por la funcionaria: ROSALBA DEL CARMEN GONZÁLEZ, JOSÉ SICILIA, LUIS ANGULO y LUIS OROPEZA, siendo falsa dicha recuperación, conforme se evidencia de las entrevistas tomadas a los ciudadanos: Avilio Romero, Diango Camararo, en fecha 31/10/2011, José Albero Camacaro, en fecha 08/11/2011 y Yorgetsi del Carmen Riera, en fecha 05/09/2011, quienes fueron conteste al precisar que el ciudadano Eudis Casu llego hasta la casa de José Alberto Camacaro y Diango Camacaro, manejando un vehículo(propiedad de la víctima), en compañía de su hermano Frankie Casu, lo que corrobora el hecho de que el vehículo no había sido encontrado abandonado como se hacía suponer en el acta policial de fecha 05/09/2010, sino que estaba posesión de ellos; en consecuencia, quien decide considera que están llenos los requisitos formales de la acusación conforme al artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal y realizado el control formal y material de la acusación, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Declara sin Lugar la solicitud de nulidad Absoluta planteada por la defensa de Rivero Casu Eudis Gregorio, representada por el Abg Walib Aboaasi, conforme a lo previsto en los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal, por motivo de que no se indico en la dispositiva de la orden de aprehensión el nombre del imputado de Rivero Casu Eudis Gregorio y por falta de firma de quien aquí suscribe; en virtud de que si bien es cierto que no se señalo al mencionado imputado en la parte dispositiva del auto de la orden de aprehensión, no es menos cierto que este Juzgadora identifico a Rivero Casu Eudis Gregorio, plenamente en dicho auto y libro la orden de aprehensión en original debidamente sellada y suscrita por esta juzgadora en sobre cerrado tanto a la representante fiscal como a los respectivos organismos policiales, en la que se acordó la aprehensión del referido imputado Rivero Casu Eudys Gregorio, siendo señalado e identificado en primer lugar el mismo, dejándose copia en el expediente de dichas comunicaciones, es por lo que se declara sin lugar dicha solicitud y así se decide.

2.- Admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal contra los acusados RIVERO CASU EUDIS GREGORIO, titular de la cédula de identidad número V-17.944.603, , CASU FRANKI RAMON, titular de la cédula de identidad número V-12.092.416, AJAQUE FERNANDEZ HADIB, titular de la Cédula de Identidad: V-19.337.948,CAMACARO ESCOBAR DIANGO JOSÉ cedula de identidad: V-18.732.080, ROMERO SALERO AVILIO ANTONIO titular de la Cédula de Identidad: V-17.276.011, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO, EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA previsto y sancionado en los artículos 406 numeral 1 del Código Penal, concatenado con el 424 Ejusdem y ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 numerales 1,2,3 de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO; y contra los acusados: RENÉ JOSÉ GUARECUCO BARRUETA, portador de la Cédula de Identidad número V-19.798.396, JOSUÉ ANTONIO PÉREZ PARGAS, portador de la cédula de identidad número V-18.135.281, OROPEZA LUIS ENRIQUE, portador de la cédula de identidad número V-21.023.371, SICILIA ARENAS JOSÉ LUIS, portador de la Cédula de Identidad Nº V- 13.702.799, destacado en la Comandancia de Policía de Turén estado Portuguesa para el momento de los hechos ,ÁNGULO GÓMEZ LUIS MIGUEL, portador de la Cédula de Identidad Nº V-18.893.371, GONZALEZ RIVERO ROSALBA DEL CARMEN, portadora de la cedula de identidad numero V- 9.843.911, OSWALDO GREGORY CARMONA CARPIO, portador de la cédula de identidad número V-14.426.018, por el delito de: FALSA ATESTACIÓN DE FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado en artículo 317 del Código Penal, cometido en perjuicio de la FE PÚBLICA SEGUNDO. 3) Admite totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público vale decir expertos, testigos y documentales de conformidad con los artículos 197, 198 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, por ser útiles, licitas, pertinentes y necesarias, para un eventual Juicio Oral y Público.

3) Se admiten las pruebas ofrecidas por la representante fiscal, es decir testigos expertos y documentales; de conformidad con el artículo 197, 198 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal por ser útiles, necesarias y pertinentes para un eventual juicio oral y publico y se declara sin lugar lo solicitado por la defensa Pública de Romero Salero Avilio Antonio, representada por el Abg Francisco barrios en cuanto a la incorporación de las experticias como documental para su lectura, con fundamento en el criterio de la Sala de casación penal, según sentencia n° 490 con ponencia del magistrado Eladio Aponte Aponte de fecha 06-08-07 que señala que para la apreciación tanto de la prueba de experticia, como de la declaración del experto, en principio deben ser ofrecidas como pruebas por la partes y admitidas por el Tribunal de Control, para el debate ). Ahora bien, se advierte, que el hecho de que la prueba testimonial del experto no haya sido incorporada al debate (por su incomparecencia), no restringe la validez y eficacia de la experticia, por cuanto ésta es autónoma y debe bastarse por sí misma. Al respecto, la Sala de Casación Penal, se ha pronunciado en los términos siguiente:
“…es necesario reiterar que la experticia se debe bastar así misma y que la incomparecencia de los expertos al debate no impide que tales elementos de prueba (debidamente incorporados al proceso) puedan ser apreciados por el juez de juicio.

4.- Admite los medios de pruebas ofrecidos por la defensa de Rivero Cassu Eudys Gregorio representada por el Abg Walid Aboaasi, vale decir las documentales y testimoniales, al igual que las documentales y las testimoniales ofrecidas por la defensa de los acusados Diango Camacaro y Eudis Casu, representada por el abogado Juan Carlos Torrealba, y las testimoniales ofrecida por la defensa de los acusados Rene José Guarecuco Barroeta, Josue Antonio Pérez Pargas, Oropeza Luis Enrique, Sicilia Arenas José Luis, Angulo Gomes Luis Miguel, Oswaldo Gregory Carmona Carpio y González Rivero Rosalba del Carmen, representada por el Abg. Pedro Bellorin, por ser licitas; útiles y pertinentes para un eventual juicio oral y público.

5.- Se declara sin lugar los alegatos del Abg. Walid Aboaasi, en cuanto a que se desestime la acusación, los medios de prueba el testimonio de Robert Duran, el acta policial de fecha 07-09-2010, Suscrita por el detective Robert Duran; la inspección N° I -506 de fecha 07-09-2010 realizada al lote de terreno suscrita por salas Bartolome y Robert Duran ya que no se lleno la planilla de la cadena de custodia , la inspección N° 507 de fecha 07 de Septiembre de 2010 suscrita por Robert Duran y Salas Bartolomé; experticia de reconocimiento 9700-254 practicada a la vestimenta del occiso, en fecha 08 de septiembre de 2010 suscrita por Bartolome Salas, se desestime el testimonio de la Dra. Zuleima Arambule relacionado con el protocolo de autopsia e informe de la exhumación de fecha 12-03-2011, se desestime el testimonio de Deybis Mujica y la experticia de reconocimiento técnico N° 9700-058-2104-1035 de fecha 24-09-2010; Se desestime la experticia de reconocimiento técnico y barrido especial de fecha 24-09-2010 suscrita por la TSU Wisbelt Galíndez por cuanto no hay elemento que incrimine a su defendido ; Se desestime el acta de investigación penal de fecha 22-09-2010 suscrita por Luis Volcanes conforme al articulo 169 del Código Orgánico Procesal Penal y no existe elementos de convicción que incriminen a su defendido, Se desestime el acta de investigación de fecha 22 de septiembre de 2010 suscrita por Cesar Montilla Y Carlos González ya que tampoco se elaboro la cadena de custodia, Se desestime la inspección técnica N° 1639 y el montaje fotografiado de fecha 22-09-2010, Se desestime la experticia de reconocimiento de fecha 11 de Marzo de 2011 ya que tampoco se dejo constancia de la planilla de custodia ,Experticia tricologica y física , experticia de reconocimiento hematológica y experticia tricologica de fecha 04-11-2011, Se desestime el acta de investigación de fecha 12 de Marzo de 2011 suscrita por Willian Azuaje, Se desestimé la experticia dermatológica de fecha 29 de Marzo de 2011, Se desestime el testimonio de Richar Escalona e fecha 05 de Abril de 2011, Se desestime la experticia de comparación balística de fecha 27-06-2011, se desestime la experticia de reconocimiento técnico, Se desestime la trayectoria de balística de fecha 22-07-2011, Se desestime el levantamiento planimetrito N° 566 de fecha 14-07-2011, Se desestime el testimonio de Yonathan Sayago, Se desestime la inspección técnica de fecha 26-09-2011, Se desestime la experticia de barrido hematológica y activación especial de fecha 26-09-2011, Se desestime el acta de investigación policial de fecha 24-10-2004, 07-11-2011, 09-11-2011, 11-11-2011, Se desestime experticia de reconocimiento técnico de fecha 21-10-2011, Se desestime el acta de investigación de fecha 24-10-11 y que se desestime la declaración de los testigos, Carlos José Lugo, Rosalba Lugo; Faustino Bastidas, José Ramón Linares, Amelia Osal, Walder Correa; Carmen y José, y de que se desestime el escrito acusatorio se le acuerde la libertad plena o en su defecto una medida cautelar sustitutiva de libertad.

6.- Se desestima los alegatos del Abg. Juan Carlos Torrealba en representación de los acusados Casu Franklin Ramòn y Camacaro Escobar Diango José, de que se desestime el escrito acusatorio y de que se le imponga una medida cautelar menos gravosa.

7.- Se desestima los alegatos del Abg. Francisco barrios en representación del acusado Romero Salero Avilio Antonio, de que se declare la nulidad de las actuaciones y de que se le imponga una medida cautelar sustitutiva de libertad.

8.- Se desestima los alegatos de la Abg Yelin Soto, en representación de Ajaque Fernández Habib, de que se desestime la acusación y se le acuerde la libertad plena por no existir suficientes elementos de convicción y en su defecto una medida cautelar sustitutiva de libertad.

9.- Se desestima los alegatos del Abg. Bellorin Caro, en representación de los acusados Rene José Guarecuco Barroeta, Josue Antonio Pérez Pargas, Oropeza Luis Enrique, Sicilia Arenas José Luis, Angulo Gomes Luis Miguel, Oswaldo Gregory Carmona Carpio y González Rivero Rosalba del Carmen, de que se desestime la acusación y de que se le otorgue la libertad plena de sus defendidos.


Una vez hecho dicho pronunciamiento la Juez de Control N° 1 informó a los acusados Rivero Casu Eudís Gregorio, Casu Franki Ramón, Camacaro Escobar Diango, Romero Avilio Antonio, Ajaque Fernández Hadib Rene José Guarecuco Barroeta, Josue Antonio Pérez Pargas, Oropeza Luis Enrique, Sicilia Arenas José Luis, Angulo Gomes Luis Miguel, Oswaldo Gregory Carmona Carpio y González Rivero Rosalba del Carmen de la formula alternativa de prosecución del proceso, específicamente el Procedimiento por Admisión de los Hechos establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal e interrogándoles si deseaban acogerse a dicho Procedimiento, quienes manifestaron de manera separada y a viva voz “ NO ADMITO LOS HECHOS”.

10.- Se Ratifica la Medida Judicial Preventiva de Libertad contra los acusados Rivero Casu Eudís Gregorio, Casu Franki Ramón, Camacaro Escobar Diango, Romero Avilio Antonio, Ajaque Fernández Hadib Rene José Guarecuco Barroeta, Josue Antonio Pérez Pargas, Oropeza Luis Enrique, Sicilia Arenas José Luis, Angulo Gomes Luis Miguel, Oswaldo Gregory Carmona Carpio y González Rivero Rosalba del Carmen, con fundamento en los artículo 250,251 y 252 del Texto Adjetivo Penal y en virtud de que no han variado las circunstancias que dieron lugar a que se dictara la misma; y se mantiene su lugar de reclusión.


11.- Se Ordena la apertura a JUICIO oral y público, contra los acusados RIVERO CASU EUDIS GREGORIO, titular de la cédula de identidad número V-17.944.603, , CASU FRANKI RAMON, titular de la cédula de identidad número V-12.092.416, AJAQUE FERNANDEZ HADIB, titular de la Cédula de Identidad: V-19.337.948,CAMACARO ESCOBAR DIANGO JOSÉ cedula de identidad: V-18.732.080, ROMERO SALERO AVILIO ANTONIO titular de la Cédula de Identidad: V-17.276.011, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO, EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA previsto y sancionado en los artículos 406 numeral 1 del Código Penal, concatenado con el 424 Ejusdem y ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 numerales 1,2,3 de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano LISANDRO JOSÉ BRICEÑO LUGO; y contra los acusados: RENÉ JOSÉ GUARECUCO BARRUETA, portador de la Cédula de Identidad número V-19.798.396, JOSUÉ ANTONIO PÉREZ PARGAS, portador de la cédula de identidad número V-18.135.281, OROPEZA LUIS ENRIQUE, portador de la cédula de identidad número V-21.023.371, SICILIA ARENAS JOSÉ LUIS, portador de la Cédula de Identidad Nº V- 13.702.799, destacado en la Comandancia de Policía de Turén estado Portuguesa para el momento de los hechos ,ÁNGULO GÓMEZ LUIS MIGUEL, portador de la Cédula de Identidad Nº V-18.893.371, GONZALEZ RIVERO ROSALBA DEL CARMEN, portadora de la cedula de identidad numero V- 9.843.911, OSWALDO GREGORY CARMONA CARPIO, portador de la cédula de identidad número V-14.426.018, por el delito de: FALSA ATESTACIÓN DE FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado en artículo 317 del Código Penal, cometido en perjuicio de la FE PÚBLICA

Se emplazó a las partes para que concurran ante el Juez de Juicio en un plazo común de cinco (5) días.

Se instruyó a la secretaria para que remita al Tribunal competente las presentes actuaciones.

Regístrese, Diarícese y certifíquese.

La Jueza de Control Nº 1,

Abg. Elker Torres Caldera
La Secretaria,

Abg. Victoria Villamizar.