PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, Trece de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO: PP01-L-2012-000004
PARTE DEMANDANTE: JUAN BAUTISTA BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 2.733.864, de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: José Luís Arevalo Lovera, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 134.160.
PARTE DEMANDADA: ciudadano PEDRO ANTONIO GONZALEZ PETIT, titular de la cédula de identidad Nº 1.211.863, en su carácter de propietario del “FUNDO MAPORAL”.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.

En el día hábil de hoy, trece (13) de marzo de 2012, siendo las 09:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la celebración de la audiencia preliminar en la presente causa, el ciudadano alguacil de guardia anuncio en tres oportunidades en la Sala de espera del Circuito Judicial del Trabajo, constatando la incomparecencia de ambas partes, vale decir, la parte demandante, ciudadano JUAN BAUTISTA BARRIOS y la parte demandada, PEDRO ANTONIO GONZALEZ PETIT, en consecuencia, vista la incomparecencia de ambas partes al inicio de la celebración de la audiencia preliminar, y siendo la parte actora es la titular de la acción este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Déjese transcurrir el lapso de ley para el ejercicio de los recursos correspondientes, y vencido el mismo sin que se hayan ejercido, archívese el presente expediente. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
La Juez,

Abg. Cirley Marlene Viera Montero La Secretaria


Abg. María Luisa Olachea.