REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE:
PODER JUDICIAL

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-

Agua Blanca, 02 de Marzo del Año 2.012
200° y 152°


SOLICITUD Nº S-248-2012

Vista la anterior solicitud, mediante la cual la Ciudadana: LOPEZ DE TORRES MERCEDES DEL CARMEN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.198.868, domiciliado en la calle 06 con avenida 7 del Municipio Agua Blanca del Estado Portuguesa, solicita que la anterior diligencia sea declaradas bastantes para asegurar el derecho a la propiedad que alega, sobre las bienhechurias a que se refieren. Y por cuanto de las declaraciones rendidas por el Ciudadano: LUÍS ARGENIS FALCON, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad V-8.131.401, y el ciudadano: JUAN JOSÉ HERNANDEZ ARISMENDI, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-20.949.863, se constata que la Ciudadana: LOPEZ DE TORRES MERCEDES DEL CARMEN, posee unas bienhechurias que construyó con dinero de su propio peculio, bienhechurias estas construidas sobre un lote de terreno municipal, ubicado en la calle 6 con avenida 7 del Municipio Agua Blanca del Estado Portuguesa, que mide aproximadamente SEISCIENTOS METROS CUADRADOS (600 Mts2) y un área de construcción de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (154 Mts2), una Bienhechurias consistente en una casa que posee un (01) porche con piso de cerámica que mide OCHO POR CUATRO METROS (8x4mts) con cuatro (04) columnas de chaguaramos y de platabanda, un (01) frente hecho con columnas de cemento y ventanas de hierro forjado, una (01) sala-recibo con piso de cerámica y techo de zinc de CINCO DE LARGO PÓR CUATRO DE ANCHO (5x4 mts), un (01) comedor con piso de cerámica y techo de zinc de CINCO DE LARGO POR TRES Y MEDIO DE ANCHO (5 X 31/2MTS), dos (02) dormitorios con piso de ceramica y techo de zinc, uno es de CINCO DE LARGO POR TRES DE ANCHO (5X3 MTS), y el otro de TRES Y MEDIO DE LARGO POR TRES Y MEDIO DE ANCHO (3 ½ x 3 ½mts), una (01) cocina con piso de cerámica y techo de zinc de SEIS DE LARGO POR SEIS DE ANCHO (6x6 mts), un (01) lavadero con piso de cemento y techo de zinc de CINCO DE LARGO POR CUATRO DE ANCHO (5 x4mts2), dos (02) baños internos con piso de cerámica y techo de zinc de DOS DE LARGO POR DOS DE ANCHO (2 x2 mts), un (01) corredor con piso de cerámica y techo de zinc y cuatro (4) columnas de SIETE DE LARGO POR CUATRO DE ANCHO (7 x4mts), además de contar con las instalaciones de aguas negras y blancas, así como del servicio eléctrico, alinderada de la siguiente manera; NORTE: Avenida 7, SUR: Solar y casa de la ciudadana Cecilia Roberti, ESTE: Casa de Isais Parra y OESTE: Calle 06 su frente. Invirtiendo la solicitante la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (300.000,00 Bs.), equivalentes a 3.947,36 UT. En torno a ello, y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del código de procedimiento civil, así como a tenor de lo establecido en el artículo 3, de la Resolución Nº 2009-006, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, de fecha 18 de marzo del 2009, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02 de abril del 2009. Declara estas diligencias bastantes para asegurar el derecho de propiedad que sobre las señaladas bienhechurias alego la solicitante. QUEDAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCERO, por la Naturaleza Jurídica de esta solicitud, reprodúzcase esta decisión fotostaticamente, y entréguese estas diligencias a la solicitante. En el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, AGUA BLANCA, Al segundo (02) día del mes de Marzo del dos mil Doce (2012). 200° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Jueza Titular.


Abg. Marvis, C. Maluenga de Osorio.
El Secretario,


Abg. Luis Miguel Reyna Noguera



En el mismo día de hoy, siendo las 02.00 PM, se cumplió con lo ordenado. Conste