Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: JOELIM GABRIELA GUDIÑO BASTIDAS y ALIRIO RAMÓN APONTE, titulares de las cédulas de identidad Nros. 19.669.493 y 19.573.903, respectivamente, en beneficio de su hija: Josbelly Natasha Aponte Gudiño. Seguidamente el ciudadano: ALIRIO RAMÓN APONTE, estuvo de acuerdo en pasarle la cantidad de de trescientos Bolívares (Bs. 300,oo) mensuales y el doble de dicha cantidad en el mes de diciembre de cada año, más el 50% de los gastos de consultas medicas y medicamentos en caso de enfermedad;