En horas de Despacho del día de hoy veinte (20) de Marzo del 2012, siendo las 11:20 a.m., conforme estaba acordado en auto anterior se trasladó y constituyó este Juzgado Ejecutor de Medidas en el Estacionamiento Municipal José Antonio Páez de la ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa, ubicada al margen izquierdo de la vía a Mijagüito para los efectos de practicar medida de secuestro decretada por el Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en la causa No 1.423/2012, Demandante Alexis José Torrealba, apoderado Judicial de Frank Mario Pérez. Demandado: Roger Antonio Valera, Motivo Resolución de contrato de Compra venta Seguidamente este Tribunal previa notificación procede a nombrar como Perito al ciudadano Alonso Chirinos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.609.209, quien estando presente expone: “Acepto el cargo y Juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo”. Así mismo manifestó que sus honorarios ascienden a la suma de ciento cincuenta Bolívares (Bs. 150, oo) por hora. Es todo”. Igualmente el Tribunal procede a nombrar a la ciudadana Normary del valle ortega Ramírez notificada para este acto y nombrada Depositaria por el Tribunal de la causa, tal como consta en autos, quien es mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad No 17.777.695, de este domicilio expone: “Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo”. Seguidamente el Tribunal previa constitución y acompañado por los apoderados actores Abogados Alexis Torrealba y Sandra Torrealba, inscritos en los inpreabogado 149.610 y 132.717, respectivamente procede a notificar de su misión a la ciudadana Soraima Carolina Tovar, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad No 11.078.108, en su condición de encargada del Estacionamiento Municipal José Antonio Páez donde se encuentra constituido el Tribunal. Seguidamente el Tribunal le cede el derecho de palabra a los apoderados actores, ciudadanos Alexis Torrealba y Sandra Torrealba, ya identificados, quienes exponen: Señalamos para secuestrar el siguiente bien mueble: Un vehículo marca Renault, modelo CLIO año 2008, tipo sedan, serial del motor P743Q073379, serial de carrocería 9FBB1R0D8M001068, placa GDP23B, color Gris uso particular clase automóvil, es todo. Seguidamente el tribunal le cede el derecho de palabra al perito quien expone: El vehículo antes señalado se encuentra equipado con cuatro cauchos faristone, y Brigeston, -65R14, en mal estado, con rines de lujo, y uno de repuesto convencional, pintura en mal estado, presenta abolladura en la puerta izquierda delantera y parachoques trasero, papel ahumado en los vidrios, asiento izquierdo roto, desprovisto del frontal del reproductor, dos cornetas, con aire acondicionado desprovisto del encendedor, el gato y llave de cruz, batería marca DUNCAM 600 AMP, serial 108885718, el vehículo fue encendido para el momento de la medida, desconociéndose daños ocultos, es todo. En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:” Secuestrado el vehículo marca Renault, modelo CLIO año 2008, tipo sedan, serial del motor P743Q073379, serial de carrocería 9FBB1R0D8M001068, placa GDP23B, color gris, este mismo acto procede hacer entrega en calidad de depositado a la Depositaria nombrada por el Tribunal de la causa ciudadana Normary Ortega ya identificada quien expone: “ Recibo conforme el vehículo aquí secuestrado El Tribunal da por cumplida su misión y siendo las 11:50 AM. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
La Jueza;
Abg. Ana Dolores Monagas Carrillo
Los Apoderados actores;
Abg. Alexis Torrealba
Abg. Sandra Torrealba
La Secretaria Encargada
Tovar Zoraima
La Secuestrataria Depositaria;
Normary Ortega
El Perito;
Alonso Chirinos
La Secretaria Temporal;
Abg. Aura Rangel