REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL CIRCUITO LABORAL DEL ESTADO PORTUGUESA, SEDE ACARIGUA
Acarigua, siete (07) de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO : PP21-N-2011-000046
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO
En el día de hoy, siete (07) de marzo del 2012, siendo las 9:30 a.m., hora y oportunidad fijada para celebrar la audiencia oral y pública de conformidad con lo establecido en los artículos 82 y 83 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad de la Providencia Administrativa Nº 858-2010 de fecha 29/10/2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo de la ciudad de Acarigua, signado bajo las siglas y números PP21-N-2011-000046, intentado por la sociedad mercantil PRODUCTORA Y DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS S.A. (PDVAL), contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO PORTUGUESA. Se anuncia el acto de manera clara e inteligible por el alguacil de este Circuito del Trabajo, ciudadano Félix Quintana, a la puerta de la sala de audiencia, repitiéndose dicho llamado en tres oportunidades, no compareciendo al acto ninguna de las partes, es decir accionante y accionada. Así mismo, se deja constancia de la comparecencia del Fiscal 81 Nacional del estado Carabobo ciudadano GIANFRANCO GANGEMI TURCHIO titular de la cedula de identidad N° 8.839.181.
Seguidamente se declaró constituido el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, por la ciudadana Jueza abogada GISELA GRUBER, la Secretaria abogada YRBERT ALVARADO y el Alguacil FELIX QUINTANA, certificando la ciudadana Secretaria la incomparecencia de la parte recurrente en nulidad sociedad mercantil PRODUCTORA Y DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS S.A. (PDVAL), así mismo, se dejó constancia de la incomparecencia del tercero interesado ciudadana Joanna Almao, titular de la cedula de identidad 15.690.456 ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, y por último se dejó constancia de la incomparecencia de la INSPECTORA DEL TRABAJO DEL ESTADO PORTUGUESA SEDE ACARIGUA. Seguidamente la ciudadana jueza, de conformidad con lo previsto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa declara DESISTIDO el procedimiento intentado por la sociedad mercantil PRODUCTORA Y DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS S.A. (PDVAL).
.
LA JUEZA
ABG. GISELA GRUBER
LA SECRETARIA,
ABG. YRBERT ALVARADO
|