REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Medicación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, 15 de marzo de 2012
Años: 201º y 153º

ASUNTO: KP02-H-2010-000473
PARTE DEMANDANTE: NELSON ORLANDO FREITEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.679.876, de éste domicilio.
PARTE DEMANDADA: LUISANA GOMEZ CAMACARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.427.954, de éste domicilio.
Beneficiarias: (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA L.O.P.N.N.A.), de 11 y 07 años de edad, respectivamente.
MOTIVO: Homologación de modificación de acuerdo sobre responsabilidad de crianza.
En fecha 21 de septiembre de 2010, los ciudadanos NELSON RAFAEL BRICEÑO y LUISANA GOMEZ CAMACARO, presentaron ante éste Juzgado, solicitud de homologación de modificación de acuerdo de responsabilidad de crianza, el cual fue homologado por éste Juzgado en fecha 11 de octubre de 2010, en beneficio de sus hijas NESLY SUSANA y NATHALIA SINAI FREITEZ GOMEZ.

Este Tribunal para decidir realiza las consideraciones siguientes:
Vistas las actas que integran el presente proceso, este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de MODIFICACIÓN de responsabilidad de crianza presentado por las partes en fecha 08 de Agosto de 2011, sobre el cual existe un acuerdo homologado por éste Juzgado en fecha 11 de octubre de 2010, el cual consiste en lo siguiente: “PRIMERA: El padre ciudadano NESTOR ORLANDO FREITEZ cede la custodia de sus hijas (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA L.O.P.N.N.A.), de 11 y 07 años de edad, respectivamente, la cual venía desde el 21 de septiembre de 2010 hasta el 26 de julio de 2011, el cual fue homologado por el Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara, según asunto KP02-H-2010-473, a su legítima madre, ciudadana LUISANA GOMEZ CAMACARO, para que las cuide, las asista, vigile y oriente de acuerdo a sus edades; así mismo, todo lo que se refiere a la protección integral de las mismas, en el ejercicio pleno de sus derechos y garantías contemplados en la Constitución y Leyes de la República, y solicitan al Tribunal sea homologado el presente acuerdo”, por encontrarse el acuerdo trascrito conforme a la Ley y no vulnerar derechos de las beneficiarias. Téngase el presente acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada de la misma a los interesados. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.15 de Marzo de 2012. Años: 201º y 153º
LA JUEZ SEGUNDA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION,

Abg. ROSANGELA M. SORONDO.
LA SECRETARIA,

Abg. Olga Daal.


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 735-2.012 y se publicó siendo las 10:45 a.m.

LA SECRETARIA

Abg. Olga Daal.


RMS/Diana