PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 27 de marzo de 2012
201º y 153º
ASUNTO N°: PP01-J-2012-000252
SOLICITANTES: JOSÉ GREGORIO VALERA ARAUJO Y ANA YASMIN VALDERRAMA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-8.067.034 y V-12.648.855, respectivamente.

PROCEDENCIA: DEFENSORÍA MUNICIPAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTES ADSCRITA A LA FUNDACIÓN REGIONAL EL NIÑO SIMÓN DE GUANARE DEL ESTADO PORTUGUESA.


MOTIVO: HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO (Régimen de Convivencia Familiar)

Vista el acta de convenimiento celebrada entre los ciudadanos JOSÉ GREGORIO VALERA ARAUJO Y ANA YASMIN VALDERRAMA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-8.067.034 y V-12.648.855, respectivamente, por ante la Defensoría Municipal de los Derechos del Niño, Niña y Adolescentes adscrita a la Fundación Regional El Niño Simón de Guanare del estado Portuguesa, sobre la fijación del REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, que establecen ambos progenitores en beneficio de sus hijos que lleva por nombres y apellidos (identificación omitida por disposición de la Ley) , de catorce (14) y diez (10) años de edad, respectivamente, la cual ha sido fijada de la siguiente manera: PRIMERO: El ciudadano JOSÉ GREGORIO VALERA ARAUJO, buscará a sus hijos los días viernes a las 06.00 p.m y los regresará los domingos a las 05.00 p.m, todo ello será los fines de semana que el ciudadano JOSÉ GREGORIO VALERA ARAUJO tenga libre, los mismos serán intercalados comenzando a tener efecto a partir del día viernes 16/03/2012. SEGUNDO: En materia de Obligación de Manutención las partes deciden no acordar por no ser necesario. TERCERO: Es establecido entre las partes que en los casos en que las vacaciones escolares de sus hijos (identificación omitida por disposición de la Ley) coincidan con las vacaciones del ciudadano JOSÉ GREGORIO VALERA ARAUJO y éste último desee pasar varios días con sus hijos, se comunicará con la ciudadana ANA YASMIN VALDERRAMA HERNANDEZ para acordar al respecto. Lo mismo se aplicará los días de Navidad, Año Nuevo y días feriados. CUARTO: El acuerdo surtirá efecto de inmediato entre las partes. Ahora bien, como quiera que dicho convenimiento no vulnera los derechos del adolescente y del niño arriba identificados, con vista del Acta de fecha 07 de marzo de 2.012, la cual riela al folio 10, en donde se recoge la exposición del adolescente y del niño en cuestión, cumpliéndose con ello el derecho consagrado en el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN Y LE DA CARÁCTER DE SENTENCIA FIRME EJECUTORIADA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 518 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Se acuerda conservar el original del acuerdo en el Archivo sede de este Circuito Judicial de Protección, extensión Guanare y expedir copias certificadas del mismo a las partes presentantes del acuerdo.

La Jueza Segunda de Primera Instancia
de Mediación, Sustanciación y Ejecución,


Abg. Francileny Alexandra Blanco Barrios
La Secretaria,

Abg. Hirbeth Alexandra Figuera de Henríquez.
NJCM/hafdh/juleidith.-