REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE EJECUCION
Guanare, 22 de Mayo de 2012

Años 201° y 152°
N° ______
Causa 1E-671-06
JUEZ DE EJECUCIÓN N° 1 Abg. Narvy Abreu Moncada
PENADO Maikel de Jesús Colmenares Fernández
DEFENSORA PUBLICA Abg. Elsy Cadenas
FISCAL Sexto del Ministerio Público en materia de Ejecución
DELITO
Robo agravado
SECRETARIA: Abg. Lourdes Valera
MOTIVO: Revisión de cómputo de pena por redención

Vista la corrección en la redención realizada al penado MAIKEL DE JESÚS COLMENARES FERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-12.647.696, nacido en fecha 06/11/1974, natural de esta ciudad de 35 años de edad, domiciliado en Barrio Libertador, (cerca de la escuela), Guanare, estado Portuguesa, este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Ejecución N° 1, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 482 en concordancia con los artículos 479, 480 del Código Orgánico Procesal Penal procede a reformar el cómputo de penal que le fue practicado, por lo que se procede a realizarlo nuevamente a los fines de su cumplimiento y en tal sentido se observa:

El ciudadano MAIKEL DE JESÚS COLMENARES FERNÁNDEZ se encuentra cumpliendo la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO impuesta por sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas, y fue privado de su libertad por primera vez en fecha 16 de Diciembre de 1996 (según actuaciones que rielan al folio 14 de la pieza Nº 1), acordada su libertad el 05 de Junio de 1.997, para un tiempo de detención de cinco (05) meses y diecinueve (19) días; posteriormente fue privado de su libertad por segunda vez en fecha 09 de Noviembre de 2002 (folio 28 pieza 3), hasta el 17 de Noviembre del año 2.004 fecha en al se evadió del Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y artesanal, lugar al se ordenó su ingreso por razones de salud; permaneciendo durante este segundo período de detención por espacio de dos (2) años y ocho (8) días. Aprehendido como fue por tercera vez en fecha 18/02/2010, hasta la presente fecha 22-05-12, cumpliendo en consecuencia en esta última oportunidad dos (02) años, tres (3) meses y tres (3) días.

Por otra parte se observa que al penado le fue redimida su pena en fecha 29-04-2.003 según consta al folio 92 y 93 pieza 3 por el lapso de cuatro (4) meses y doce (12) días, y una última redención en la presente fecha por un tiempo de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y DIECINUEVE (19) DÍAS, que sumadas totalmente los periodos aquí señalados se computa que visto el tiempo en que ha estado privado de su libertad hasta el día de hoy más el período redimido, arrojan una pena cumplida de SEIS (6) AÑOS, CUATRO (4) MESES Y UN (1) DIA, y le falta por cumplir de la pena impuesta UN (1) AÑO, SIETE (7) MESES Y VEINTINUEVE (29) DIAS, por lo que cumple definitivamente la pena el 20 de enero de 2014.

El penado MAIKEL DE JESÚS COLMENARES FERNÁNDEZ, a partir de las fechas que de seguidas se indican cumple la alícuota de pena establecida por la ley para optar a los siguientes beneficios:

- Una cuarta parte de la pena para optar por el Beneficio Destacamento de Trabajo que venció el día 20 de enero de 2008. (Revocado)
- Una tercera parte de la pena para optar por el Beneficio de Régimen Abierto que venció el día 20 de septiembre de 2008.
- Las dos terceras partes de la pena para optar por el beneficio de Libertad Condicional que cumplió el día 20 de mayo de 2011.
- Las tres cuartas partes de la pena para optar por el Confinamiento que cumplió el día 20 de enero de 2012.

Por cuanto el penado MAIKEL DE JESÚS COLMENARES FERNÁNDEZ se encuentra cumpliendo pena en el Centro Penitenciario de Los Llanos de este estado, por lo que se ordena su traslado hasta este tribunal a los fines de su notificación personal.
Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia, ofíciese lo conducente.

La Juez de Ejecución Nº 1


Abg.Narvy Abreu Moncada

La Secretaria


Lourdes Valera