REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua
Acarigua, veinticinco de mayo de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: PP21-L-2012-000040



Vista la diligencia presentada por la apoderada actora desistiendo, quien juzga HOMOLOGA el desistimiento del proceso, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica dispuesta en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo.
La Juez, La secretaria,


Abg. Lisbeys Rojas Molina, Abg. Naydali Jaimes Quero,