REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TUREN Y SANTA ROSALIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 22 de mayo de 2012
202º y 153°
DECRETO

Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO interpuesta por la ciudadana CONSUELO ALTRAGRACIA FLORES DE JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, ama de casa, viuda, titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.964.634, domiciliada en la Calle Carutal, Barrio San Antonio I, de la ciudad de Villa Bruzual, Municipio Turèn, Estado Portuguesa, asistida por la Abogada en ejercicio SANDRA KARINA GONZALEZ MOLINA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.088.553, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 137.695. Solicita que la anterior diligencia sea declarada suficiente para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre unas mejoras y bienhechurías a que ellas se contraen. De las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por los ciudadanos: ANGEL RAMON ZARRAGA y JAIRO JOSE MEDINA NARVAEZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 1.777.263 y V- 11.084.801, respectivamente.
Consta que la solicitante, ha fomentado desde hace más de cincuenta (50) años a sus propias, sola y única expensas y con dinero de su propio peculio, unas mejoras y bienhechurías, en una parcela de terreno propiedad del Municipio Turén, Estado Portuguesa, una casa familiar, con un área del terreno de Setecientos Setenta y Cuatro con Ochenta y Seis Metros Cuadrados (774,86 Mtrs2) y un área de construcción de Ciento Cuarenta y Nueve coma Sesenta Metros Cuadrados (149,60 Mts2), con las siguientes características: Paredes de Bloques de Cemento, Techo de Zinc, Piso de Cemento, Puertas y Ventanas de Hierro, Constante de Cuatro (4) Cuartos, Una (1) Sala Comedor, Una (1) Cocina, Un (1) baño, con todos los servicios Básicos, es decir, con instalaciones Eléctricas, instalaciones de Aguas Blancas y Aguas Negras, dicho terreno mide aproximadamente, Setecientos Setenta y Cuatro coma Ochenta y Seis Metros Cuadrados ( 774,86 Mts2), ubicada en la calle Carutal, Barrio San Antonio I, de la




ciudad de Villa Bruzual, del Municipio Turén, Estado Portuguesa, Fomentada dentro de los siguientes linderos: NORTE: Bienhechurías que son o fueron de Addo Ayala, en Dieciocho Metros (18,00 Mts); SUR: Calle Carutal Barrio San Antonio I que es su frente, en Veintiún Metros con Cincuenta Centímetros (21,50 Mts); ESTE: Bienhechurías que son o fueron de Grexis Duran, en quince Metros con Setenta Centímetros (15,70 Mts) mas veintisiete Metras (27 Mts) y OESTE: Bienhechurías que son o fueron de Elvis Duran, en Dieciséis Metros con Treinta Centímetros (16,30) más veintiséis metros con Cuarenta Centímetros. Cercada en su contorno y el frente con Paredes de Bloques, (Anexo Certificado de Empadronamiento y Cédula Catastral de la Alcaldía del Municipio Turèn, marcadas “B” y “C”, respectivamente). Invirtiendo la suma de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES (300.000BsF.), tanto en materiales de construcción como en mano de obra, sin incluir el valor del terreno sobre la cual esta construidas dichas bienhechurías.
Por cuanto no ha habido oposición este Juzgado de los Municipios Turèn y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana CONSUELO ALTRAGRACIA FLORES DE JIMENEZ, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentó, copia de Cédula de Identidad, Cedula Catastral y Plano de Mesura, emitidos por la Dirección de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Turén, Estado Portuguesa, un recibo de servicio publico, para que la solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las mejoras y bienhechurías edificadas dentro del terreno referido.
La Jueza Suplente Especial,

Abg. TAMARI GUTIERREZ OCANTO
La Secretaria,

Abg. GLORIA S. BURGOS E.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:
Solicitud Nº 14031-2012
TGO/GSBE/memo