En horas de Despacho del día de hoy Diez (10) de mayo del año 2012, este Juzgado Ejecutor de Medidas, siendo las 9:35 am, se trasladó y constituyó en un lote de terreno ubicado en la avenida 13 de Junio de la ciudad de Araure, Estado Portuguesa y una casa quinta sobre el construida que tiene una superficie aproximada de 1200 mts 2, dentro de los siguientes linderos: Norte: Con terrenos que son o fueron de Petra Linarez de Pérez y Pedro Pérez. Sur: Con terrenos donde estuvo una casa que fue de Agritino Camacaro y terrenos de José S. Gómez y actualmente se encuentra la casa de la cultura de Acarigua, Estado Portuguesa, este Que es su frente antiguamente denominada calle Primera de Araure, avenida 23 de enero hoy 13 de Junio y Oeste: Con solar de la casa que es o fue de José Esteban Camacho. A los efectos de practicar medida de Embargo Ejecutivo, tal como lo establece la causa No 2010-043 del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en el juicio que por Ejecución de Hipoteca sigue el ciudadano Arnaldo Antonio Alvarado y Jorge Ramos Gómez, contra el ciudadano José Apolinar. Seguidamente este Tribunal previa notificación procede a nombrar como Perito al ciudadano Alonso Chirinos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.609.209, quien estando presente expone: “Acepto el cargo y Juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo”. Así mismo manifestó que sus honorarios ascienden a la suma de ciento cincuenta Bolívares (Bs. 150, oo) por hora. Es todo”. Seguidamente el Tribunal previa notificación, procede nombrar a la Representante Legal de la Depositaria Judicial Portuguesa C. A, ciudadana Restituta del Carmen Mena, mayor de edad, Venezolana, titular de la cédula de Identidad No 4.244.833, como Depositaria Judicial, quien estando presente expone:” Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo. Es todo”. Seguidamente el Tribunal una vez constituido y acompañado del apoderado actor abogado Luis Marchan Escalona, inpreabogado No 86.689 deja constancia que tuvo acceso al inmueble que es un lote de terreno. Seguidamente solicita el derecho de palabra el apoderado actor abogado Luis Marchan ya identificado, quien expone:” Señalo para embargar ejecutivamente un lote de terreno ubicado en la avenida 13 de Junio de la ciudad de Araure Municipio Araure Estado Portuguesa, que tiene una superficie aproximada de 1200 mts2 comprendida dentro de los siguientes linderos Norte: Con terrenos que son o fueron de Petra Linarez de Pérez y Pedro Pérez. Sur: Con terrenos donde estuvo una casa que fue de Agritino Camacaro y terrenos de José S. Gómez y actualmente se encuentra la casa de la cultura de Acarigua, Estado Portuguesa, este Que es su frente antiguamente denominada calle Primera de Araure, avenida 23 de enero hoy 13 de Junio y Oeste: Con solar de la casa que es o fue de José Esteban Camacho. Según documento protocolizado por ante el Registro Público de los Municipios Araure, Agua Blanca y san Rafael de Onoto del Estado Portuguesa, en fecha Según documento protocolizado por ante el Registro Público de los Municipios Araure, Agua Blanca y san Rafael de Onoto del Estado Portuguesa, en fecha 21 de enero del 2010, bajo el No 2009.385, asiento registral 2 del inmueble matriculado con el No 402.16.1.11283 y correspondiente al libro de folio real del año 2009, es todo. Seguidamente solicita el derecho de palabra el perito quien expone:” El inmueble está constituido por un lote de terreno con una superficie aproximada de 1200 mts2 el cual se encuentra actualmente con maleza en su totalidad, cercada en sus partes laterales y de fondo, con paredes de bloque y cemento, en su parte frontal, cerca de paredes de bloque con friso y rejas de metal, desprovisto de portones y de puerta principal no observándose ningún tipo de construcción dentro del lote de terreno (sin vivienda) y es por lo que se avalúa en la cantidad de cuatrocientos cuarenta y ocho mil bolívares (bs 448,000) tomando en consideración su ubicación. En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:” Embargado Ejecutivamente un inmueble constituido por lote de terreno ubicado en la avenida 13 de Junio de la ciudad de Araure, Estado Portuguesa y una casa quinta sobre el construida que tiene una superficie aproximada de 1200 mts 2, con los linderos ya especificados y en este mismo acto lo coloca a disposición de la Depositaria Judicial Portuguesa C.A representada legalmente por la ciudadana Restituta del Carmen Mena ya identificada, quien estando presentes expone:” “Recibo conforme el inmueble constituido un lote de terreno ubicado en la avenida 13 de Junio de la ciudad de Araure, Estado Portuguesa, con los linderos ya especificados, es todo. El Tribunal da por cumplida su misión y en su oportunidad notificará a la Oficina de Registro Inmobiliario de la ciudad de Araure tal como lo establece el artículo 535 del Código de procedimiento Civil. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
La Juez;
Abg. Ana Dolores Monagas Carrillo.
El Apoderado Actor;
Abg. Luis Marchan.
El Perito
Alonso Chirinos
La Depositaria Judicial
Restituta Del Carmen Mena
La Secretaria
Abg. María E. Cardozo Samamé.
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