PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa Guanare
Guanare, 22 de mayo de 2012
202º y 153º
ASUNTO: PP01-V-2012-000042
Visto que en fecha 22 de mayo del 2012, día y hora fijada para la Celebración de la Audiencia de Juicio, el ciudadano ANTONIO AMADOR AZUAJE BARRETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.306.239 y de este domicilio, en su condición de demandante, no compareció a la audiencia ni por si ni por medio de apoderado, en el presente juicio de DIVORCIO CONTENCIOSO, sin justificar su ausencia, este Tribunal declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, todo de conformidad con el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual establece que se considera desistido el procedimiento cuando la parte demandante no comparece personalmente sin causa justificada a la fase de mediación de la audiencia preliminar o a la audiencia de juicio y se termina el proceso mediante sentencia oral , reducida en acta que se publica el mismo día.
D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL MISMO, en virtud de estar verificada la incomparecencia de la parte demandante ciudadano ANTONIO AMADOR AZUAJE BARRETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.306.239, a la celebración de la audiencia de Juicio.
Dada, sellada, firmada y refrendada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en Guanare, a los veintidós días del mes de mayo del año 2012. AÑOS: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Haydee Rosa Oberto de Colmenares
El Secretario,
Abg. Alfredo José Oropeza Saavedra.
En esta misma fecha se publicó y se consignó siendo las11: 35 a.m. Conste.
La Stría.
HOdeC/AJOS/lenny
ASUNTO: PP01-V-2012-000042
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