PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa
Guanare, siete de noviembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : PP01-L-2012-000088
En el día hábil de hoy , 7 de noviembre del 2012, siendo las 10:00 a.m., se presentan ante este despacho las partes; HERMENEGILDO TERAN,parte actora en esta causa asistido de la Procuradora del Trabajo; EDIHT GONZALEZ,inscrita enInpreabogado bajo el Nª 143.183, , por la otra MONTES ROMERO OSCAR, titular de cedula de identidad Nª 10.642.823, Asistido de Abogado OSWALDO HERNANDEZ, inscrito en Inpreabogado bajo el Nª 143.271,facultados para actuar en esta causa, Se dio inicio a la Audiencia Preliminar, el Juez procedió a impartir las normas que servirán de base a la misma. Se les dio el derecho de palabra a ambas partes quienes expusieron en forma sucinta las pretensiones, alegatos a la defensa y puntos de vista sobre el asunto ventilado. El Juez realizó todas las funciones que como mediador le correspondía obteniendo como resultado que las partes de mutuo acuerdo decidieran realizar una transacción que se regirá; con el propósito de efectuar una transacción mediante uno de los medios de auto composición procesal hacen el siguiente planteamiento, el accionante solicitan el pago de lo plasmado en la Sentencia en su totalidad , el accionado manifiesta no estar conforme con lo sentenciado y no carece de recursos economicos pare ello y manifiesta en pro de resolver a traves de los medios de auto composición procesal pagar la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.10.000,oo), al accionante pago que se efectuara En el dia de hoy en cheque de Sofitasa .El demandante acepta la propuesta de pago y el monto especificado ,reconoce en este acto que nada más tiene que reclamar, por los conceptos especificados en la sentencia , ni por ningún otro, que aún cuando no este incluido en la presente transacción, tal exclusión se debe a que no le correspondía. Igualmente ambas partes están conformes que con la forma de la presente transacción nada se deben por intereses moratorios, indexación, del presente proceso. Las partes acuerdan que cualquier cantidad de mas o de menos que haya sido acordada en este acto queda en beneficio de la parte a quien le favorezca y solicitamos al ciudadano Juez, se sirva decretar la Homologación de la transacción contenida en la presente acta. Igualmente las partes solicitan copia certificada de la presente acta . Acto seguido el ciudadano Juez, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley vista de que la mediación ha sido positiva, producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes, ya que los acuerdos tienden a garantizar una resolución armoniosa de la controversia a que se refiere el proceso, no siendo contraria a derecho, por no contener la misma la renuncia a derechos irrenunciables derivados de la relación de trabajo y por cuanto no vulnera normas de orden público, en uso de las atribuciones legales y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA el presente acuerdo y le da el carácter de cosa juzgada y ordena el cierre y archivo del asunto Es todo, se leyó y conforme, firman.
El Juez
Abg.Rafael I. Gainze M.
Procuradora del Trabajo El ACCIONANTE
El demandado Abg Asistente del demandado
La Secretaria,
Abg.Cirley Viera
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