La Defensoría “Amiguitos de Bolívar” remitió el Acta Convenio suscrita entre los ciudadanos anteriormente identificados, en beneficio de sus hijas(se omiten), de doce (12), diez (10) y cinco (05) años de edad respectivamente.
En el acta en referencia, el padre conviene en fijar la Obligación de Manutención la suma de DOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,00) semanales, es decir OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00) mensuales, los cuales depositará todos los días sábados, en una cuenta Nº 01750059730061500723 del Banco Bicentenario y que se hará efectiva a partir del presente acuerdo. Además, el padre convino en dar un bono del 100% en los meses de Septiembre y Diciembre. Los gastos de habitación, ropa, calzado, educación, cultura, asistencia y atención médica, medicinas, recreación y deportes serán cubiertos por ambos padres en partes iguales.
En cuanto al Régimen de Convivencia Familiar convinieron un fin de semana cada quince (15) días con el papa, los días sábados y domingos desde las 9:00am hasta las 5:30pm, las vacaciones escolares en el mismo horario, los días feriados de carnaval con el papá y semana santa con la mamá, luego se alternan; las vacaciones decembrinas veinticuatro (24) con el papá y treinta y uno (31) con la mamá, comenzando este año.
Para finalizar, solicitan sea homologado el presente convenimiento.
En fecha 02 de Noviembre de 2012, el Tribunal le dio entrada y la admitió para dictar la sentencia a que hubiere lugar, por no ser contraria al orden público, las buenas costumbres ni a alguna disposición expresa de la Ley.
Llegada la oportunidad procesal correspondiente para el pronunciamiento respectivo, el Tribunal lo hace en los siguientes términos:
De la revisión del acta contentiva del convenio suscrito entre los ciudadanos solicitantes, observa quien juzga que el mismo no está incurso en las causales de no homologación previstas en el Artículo 317 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; por lo que resulta procedente impartir la correspondiente aprobación y, en consecuencia, declarar homologado dicho convenimiento, lo cual se hará en la dispositiva.