REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua, 16 de octubre de 2012
Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación
En el procedimiento iniciado por demanda de Incumplimiento de Contrato con Reseva de Dominio, intentada por Joan Carlos Pino Torres, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Acarigua y titular de la cédula de identidad V-11.234.850 contra Geovanny Coromoto Angulo Bermúdez, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.948.221 domiciliado en la Parroquia Payara del Municipio Araure del Estado Portuguesa, examinando las actuaciones, se constata que desde el 20 de Abril de 2.009 cuando el alguacil consignó la compulsa, ha transcurrido holgadamente más de un año sin que los interesados impulsen el procedimiento, por lo que según el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, debe declararse la perención de la instancia.
Es por estos razonamientos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la causa iniciada por demanda de Incumplimiento de Contrato con Reseva de Dominio, intentada por Joan Carlos Pino Torres contra Geovanny Coromoto Angulo Bermúdez, ya identificados.
El Juez

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria

Abg. Nancy Galíndez de González