REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua
Acarigua, veinticuatro de octubre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: PP21-L-2012-000300
PARTE ACTORA: OLINTO ANTONIO AZUAJE titular de la cédula de identidad número V-4.197.023
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: PROCURADORA DEL TRABAJO abogada MONICA DEL CARMEN LOPEZ titular de la cédula de identidad número V-18.872.654 e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 170.854
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO SAN RAFAEL DE ONOTO DEL ESTADO PORTUGUESA, representada por el ciudadano Alcalde WASIN ABOU´SAADA HIMIDAN, titular de la cédula de identidad número V-12.368.578.
APODERADAS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados JOSE FELIX ALEN ALEN, THAIS GONZALEZ y KARLY GOMEZ titulares de la cédula de identidad números V-1.199.813, 10.136.786 Y 17.034.895 respectivamente, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 142.511, 78.907 Y 126.089 en su orden.
MOTIVO: Prestaciones Sociales y Otros Conceptos

Homologación del desistimiento.

Vista la diligencia presentada por el ciudadano actor OLINTO ANTONIO AZUAJE, debidamente asistido por el Procurador de Trabajadores Ender Mascareño, desistiendo del presente proceso, y así mismo el convenimiento de la demandada ALCALDIA DEL MUNICIPIO SAN RAFAEL DE ONOTO DEL ESTADO PORTUGUESA al desistimiento, quien juzga HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCESO, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica dispuesta en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo.
La Juez, La secretaria,

Abg. Lisbeys Rojas Molina, Abg. Naydali Jaimes Quero,