REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 20 de Septiembre de 2012
AÑOS: 202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2011-001309
ASUNTO : PP11-P-2011-001309

Celebrada como ha sido la Audiencia Preliminar de conformidad con el artículo 312 del Texto Adjetivo Penal según gaceta oficial Nº 6078 extraordinaria en la presente causa, cumplidas las formalidades
Quienes suscriben, Abg. Gustavo Alberto Sánchez García, Fiscal Tercero de la del Ministerio Público del Segundo Circuito Estado Portuguesa, Abg. Luisa Ismelda Figueroa de Rivero Fiscal Segunda del Ministerio Público del Primer Circuito Estado Portuguesa y Abg. José Miguel Jiménez González Fiscal Auxiliar adscrito a la Fiscalia Segunda del Primer Circuito del Estado Portuguesa de conformidad con lo establecido en los artículos 285 numeral 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 16 numeral 6 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, 37 numeral 15 ejusdem, 108 numeral 4 y 326 del Código Orgánico Procesal Penal, actuando en la Causa Nro. 18F3-2C-472-11 ACUMULADA 18F02-IC-4535-11 (PPII-P-2011-1309 Tribunal de Control Nro 03), a fin de presentar formal acusación en los siguientes términos:
IDENTIFICACION DEL IMPUTADO Y SU DEFENSA El ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ de nacionalidad Venezolano, Natural de Maracaibo, Estado Zulia de 30 años de edad, con fecha de nacimiento 27-08-1981, estado civil soltero, de profesión u oficio no indefinida, titular de la cédula de identidad No. V-16.838.341; residenciado en residencias el Pinar, edificio Pino Caribeño 03 Apto 1-D Maracaibo Estado Zulia, asistido por la Defensora Publica Alix Rodríguez, adscrita a la unidad de defensoría pública del circuito judicial penal extensión Acarigua Por su parte, las víctimas en este caso fueron identificadas como Mira Lopez Elsi Uribel, Villegas Juan, Vanessa Alejandra Peña M, Enoc Ortiz, Rosa Herrera. Elvis Marisela Cautela, Javier Torreyes, Williams Valencia, Jean Medina, NoeI Galindez, Maria Damas, Jose Aranguren, Karina Prado, Dilia Alen Flores, Victor Ruiz, Yrelis Colmenarez, Esther Ortega, Carlos Gomez, Jorge Arriechi, Soraya Yanez Chacchiolo, Rodriguez, Mildred Torres, Dioner Romero, Tania Coromoto Carpio Perez, Jeysson Canelones, Manuel Moreno, Mary Ferreira, Jonathan Gomes, Alejandro Ortiz, Mary Rodriguez, Jose Arraez, Eliezer Rivero, Deibis Coromoto Colmenares, Edgar Mendoza, Gelioba Villanueva, Wilmer Ceballos, Nestor Silva, Luis Alejandro, Jesus Madriz, Edwar Duran, Jorge Carvajal, Pablo Jose Sanchez, Gilberto Linarez, Nieves Graterol, Estilita Moreno, Farían Reyes, Jose Lucena, Simon Briceño, Minan Flores, Francys Torrealba, John Garcia, Luis Agrais, Manuel Antonio Casu, Mauri Jackelin Frontrado Contreras, Daniel Vasquez, Jose Vidal, Kelvin Chacon, Marcos Tesorero, Victor Ceballo, Yonnis Alexander Garcia, Jaidy Rodriguez, Johan Valenzuela, Tulio Ramon Vasquez, Manuel Osal, Danerys Walter Rosales, Lilibeth Mora, Williams Dominguez, Cesar Augusto Figueredo, erdomo, Jorge Luis Quiñones, Moraima Herrera, Yurbi Guedez, Victor Martinez, Juana Iris Aranguren, Xhamilymar Betancourt, Jesus Jimenez, Pastora atari, Jose Vielma, Susana Perez, Benito Colmenarez, Jose Gregorio Rosa Azuaje, Jose Rafael Ramos, Chiquinquira Romero, Delvin Hernandez, Luisa Maria Castro, Luis Alvarez, Franklin Gonzalez, Leida Era Peralta, Marily Sandoval, Douglas Soto, Carlos Rivas, Carlos rdomo, Julio Rangel, Adeslen Ascanio, Henry Sanchez, Rafael Montilla, Francisco Lucena, Alejandro Riera, Marisela Vasquez, Ana Torres, Eliana Eliomar Torres, Marisela D Alessio, Nora Torrealba, Douglas Sanchez, Edgar Ocanto, Raqmary Peña Mundarain, Marlin Rosibel Bernardo Cohil, Dayanira Sira Molina, Josefina Rodriguez, Maribel Guedez, Jose Torrealba, Elvia Tua Riera, Jeidi Tua Riera, Jourley Peraza, Rocio Angulo, Carlos Anciso, Pablo Sanchez ,Helena Yaneth Da Costa Armeni, Minan Lopez, Josefina Romero, Leonardo Mann, Nancy Barreto, Yackson Jose Daza Sanchez, Daniel Vasquez, Miguel Martinez, Julio Ocampo,,Belkis Perez Chirinos, Gilbert Mendoza, Rogelio Ramon Lara Duarte, Cristobal NoeI Piña Rivero, Rosa Gonzalez Moreno, Yurbi Alexandra Guedez Rojas,,Daniel David Cazu Wilfredo Enrique Linarez Lopez, Perfecto Leonardo Briceño, Yaneth Mercedes çoIIaclo, Nixon Daza Roa, Noamny Rossana Camacaro R, Jose Gregorio Guedez Antonio Roseliano Matute Medina, Carlos Enrrique Urriola, Maria Carolina Duran Uslan Evardo Gutierrez, Lisbeth Patricia Duque Rodriguez, Enrrique Mendez, Aleman, Carlos Eduardo Ramos, Maribel Sandoval De Lucena, Juan Alberto iez, Jose Velez Patiñol, Gilmer Alberto Castillo Herrera, Jose Benjamin Flores Barloto Castañeda, Angela Guedez, Oscar Arguello, Zulinde Rodriguez, Ascanio,Edgar Zerpa, Carlos Bracho, Liexer Antonia Gomez L, Soraima elaica Viana Sanchez, Leida ‘Rodriguez, Darwin Molina, Alexis Valera, Omar Ocanto, Felipa Fernandez, Sarahin Montilla, Magbis Suarez, Ronald olIvar, husa Suarez, Oscar Azuaje, Irauma Yepez, Yanet Tovar, Corteza Walderrama, Alexis Marquez, Maria Pineda, Rosmary Canelon, Miguel Eduardo Gomez Mujica, Carlos Castillo, Nolberto Escalona, Edgar Salas, Dominga Del Carmen Veliz, Andres Avelino Pulgar Torres, Yasmjr Rodriguez, Jesus Mendoza, Ramona Conde, Pedro Colmenarez, Carlos Caceres, Edgar Garcia, Jose Gregorio Guedez, Ana Julia Baena, Dorka Mendoza, Guevara, Hilda Rumbos, Lissett Valles, Onika Rodriguez, Miriam Rodriguez, Hermenegildo Viera, Luis Colmenares, Maria Duran, Graciela Guzman, Dario Alberto Acosta Quintero, Gudiño Castillo Carolina Beatriz, Molina Rodriguez Darwin Jose, Cedeño Azocar Maria Auxiliadora, Era Peralta Leida Coromoto, Viera Graterol Hermenegildo, Sandoval Landinez Marily Idania, Rodriguez De Semprun Leida Coromoto, Torrealba Graterol Eríran Antonio, Lopez Diaz Carlos Luis, Mendez Muñoz Jose Jairo, Sanchez Manzanilla Luis Ramon, Castillo Miguel Angel, Montilla Soraima Rosa, Lopez Marcela Del Carmen, Colmenares Diomes Coromoto, Rojas Torres Rene Ramiro, Suarez Mejias Magbis lsali, Ramírez Perez Adelson Beltran, Williams Jose Domínguez Barrios, Lara Duarte Rogelio Ramon, Ramos Figeredo Jose Rafael, Gusman Escobar Graciela Del Carmen, Mujica Araque Karla Karina, Aular Reyes Carlos Jesus, Daniel Josue Morillo Arabella, Angulo Diaz Jose Gregorio, Jose Angel Añez Rodríguez, Castillo Granados Oscary Del Valle, Marquez Panizzia Ellison Oliver, Quiroz De Rangel Aracelis Coromoto, Peña Mundarain Raqmary, Rodríguez Ramos Edith Marlene, Aixa Luslene Diaz Rodríguez, Rivero Salazar Francisco Javier, Peroza Gonzalez Beatriz Herminia, Gabriel Adolfo Nouel Sandoval, Travieso Guevara Taermi Anais, Morrone Wojcik Raifaele Eduardo, Jiménez Hernandez Jesus Alejandro, Rodríguez Josefina Del Carmen, Quintero Bustillo Carlos Eduardo, Perez Jose Gregorio, Ducan Uzcategui Norbellys Arianni, Valles Gil Lisett Carolina, Betancourt Xhamil Ymar Del Jesus, Tovar Parra Marco Antonio, Romero Graterol Josefina Coromoto, Pastora De Los Reiles Catan Duran, Torres Lopez Esther Marisela, Lopez Rivero Franklin Germain, Terrelles Lacruz Andres Jose, Davila Sevilla Jean Carlos, Lopez Manuel Rene Rafael, Cordero Orochena Jose Felipe, Alvarez Gomes Luis Arturo, Aleman Urbina David Emilio, Arin Chamorro Leonardo, Rodríguez De Bermúdez Coromoto Anastacia,Coronel Galenio Marielba Carolina, Perez Rondon Susana Carmen, Da Costa Armenio Helena Yaneth, Riera Albujas Alejandro Antonio, Quintero Artigas Yilmary Gabriela, Rosario Monsalve, Lopez Oropeza Elina Jose De Jesus, Gonzalez Acosta Franklin Segundo, Delgado Maria Pragedes, Savatierra Torrez Oswaldo Neptalí, Jose Felix Suarez Mora, Carlos Emilio Lorenzo Briceño, Jorge Daniel Alvarado Sarmiento, Herrera Roraima Coromoto, Carrizalez Andrade Francelis Julieta, Lovera Jiménez Yusbely Nakari, Iglesia Farfan Marcos Manuel, Villadal Fuenmayor Nancy Romana, Vielma Jose Bladimir, Suarex De Tu Elisa Coromoto, Victor Feliciano Segura, Toro Meza Jose Reimundo, Reyes Arrieche Dayana Marlin, Torrealba Moreno Douglas Jesus, Sánchez Reinoso Douglas Guillermo, Serrano Dagliz Del Carmen, Gonzalez Barco Diego Jose, Perozo Martinez Carlos Alberto, Delia Ester Perdomo De Vizcaya, Ana Maria Pernia De Hernandez, Varela Rangel Alexis Omar, Domínguez Emilio Ramon, Velásquez Armao Francisco Javier Victor Feliciano Garcia Segura, Siolanga Del Carmen Mendoza De Perez, Alvarado Jose Luis, Yépez Torres NoeI Alexander, Mirabal Rengel Jesús Gregorio, Colmenares Rodríguez Deibis Coromoto, Perez Yépez Waner Miguel, Aguaje Rodríguez Oscar Rafael, Mogollon Daniel Antonio, Alvarez Carzada Nora Pascuala, titulares de las cédulas de identidad signada con los números 15.339.635, 21.562.619, 16.861.799, 19.360.958, 13.353.752, 7.908.778, 11.082.119, 15.728.122, 16.042.663, 16.416.808, 12.963.100, 16.964.841, 1,5.693.375, 8.763.636, 14.414.728, 10.725.762, 7.599.597, 13.555.096, 17.364.769, 13.905.373, 9.615.239, 19.055.241, 15.491.095, 16.211.082, 17.261.583, 16.416.418, 19.376.425, 9.388.718, 15.214.854, 17.796.098, 13.593.683, 14.271.875, 7.547.962, 10.051.485, 17.362.161, 20.390.162, 14.303.412, 12.860.135, 17.277.299, 17.945.886, 12.088.815, 13.227.095, 7.545.408, 12.710.826, 9.839.317, 20.390.428. 9.400.616, 10.137.445, 14.347.829, 15.587.867, 8.656.7 16, 5.947.925, 14.541.141, 16.965.297, 22.212.903, 16.993.042, 15.867.253, 5.954.999, 11.397.509, 13.353.818, 16.416.332, 11.849.149, 12.090.093, 11.847.411, 10.138.111, 11.848.106, 11.848.093, 17.362.033, 12.527.698, 13.702.361, 4.200.766, 15.070.739, 15.071.327, 13.227.114, 15.691.411, 18.871.758, 18.871.125, 5.951.163, 12.203.341, 12.207.268, 10.139.747, 14.193.774, 7.544.222, 4.374.426, 4.200.752, 15.341.747,3.868.662, 19.051.956, 5.943.420, 12.709.157, 13.227.617, 13.352.490, 18.929.135, 5.956.885, 15.869.076,19.318.292, 13.352.224, 5.957.957, 8.660.799, 12.164.085, 11.084.091, 10.057.476, 16.566.341, 17.600.652, 5.949.904, 9.561.690, 13.651.621, 12.264.691, 14.541.769, 14.001.712, 14.347.290, 11.543.104 7.549.445, 8.048.144, 15.216.704, 18.893.414, 12.237.638, 13.352.481, 17.944.956, 9.573.496, 10.059.640, 16.244.557, 16.751.673, 8.666.508, 10.722.313, 8.196.884, 22.817.656, 14.092.064, 16.646.497 7.544.125, 10.135.567, 13.905.714, 5.933.080, 10.143.196, 17.276.562, 14.092.064, 16.416.324, 5.692.824, 9.843.648, 25.205.968, 14.177.579, 11.540.891, 18.844.391, 7.369.539, 8.656.085, 8.664.277, 9.565.244, 1 7.401.619, 3.917.736, 21.003.313, 16.565.344, 11.546.271, 19.052.901, 13.531.093, 14.772.829, 14.178.655, 13.228.042, 17.276.569, 11.542.576, 12.708.816, 13.226.466, 14.000.343, 19.187.941, 7.547.470, 13.330.417, 9.211.618, 14.346.487, 8.656.536, 11.850.465, 12.238.778, 15.070.739, 12.266.359, 15.339.412, 8.656.085, 15.306.012, 18.872.514, 13.702.691, 8.154.256, 17.797.464, 12.859.382, 19.714.511, 11.822.655, 7.873.079, 15.340.907, 11.547.469, 5.948.057, 10.720.028, 11.540.675, 10.722.313, 16.860.522, 10.638.923, 11.082.985, 0.140.187, 5.131.364, 13.734.047, 8.062.461, 13.905.962, 7.548.836, 18.799.634, 13.325.481, 15.215.660, 13.352.490, 3.917.736, 21.003.313, 17.259.336, 15.906.863, 11.703.369, 16.861.536, 11.848.093, 8.666.508, 17.618.835, 13.556.403, 5.362.891, 5.953.803, 13.352.224, 16.041.594, 18.871.125, 5.949.904, 17.944.011, 9.959.355, 7.549.445, 5.951 .163, 16.752.337, 7.435.694, 5.943.420, 12.207.268, 19.187.941, 8.660.799, 11.707.278, 5.940.276, 11.849.666, 18.732.331, 14.613.492, 10.328.208, 14.177.779, 5.363.465, 16.566.341, 19.284.522, 15.340.907, 9.838.873, 17.278.903, 15.298.841, 18.320.942, 13.905.084, 14.000.199, 11.703.369, 12.710.821, 4.201.252, 11.849.038, 9.997.645, 16.042.614, 18.100.116 10.059.640, 8.477.747, 4.374.426, 11.082.985, 11.547.744, 11.080.108, 9.250.025, 13.702.691, 13.484.967, 16.416.608, 12.203.941, 13.227.086, 14.980.772, 10.720.028, 16.644.558, 16.646.497, 9.256.313, 16.646.572, 17.003.691, 11.401.944, 24.244.527, 16.472.913, 3.865.965, 14.676.460, 16.042.614, 16.208.191, 9.257.608, 14.772.829, 4.200.766, 10.635.366, 18.929.135, 3.867.071, 15.215.660, 16.751.263, 17.255.404, 17.797.312, 10.719.180, 8.048.114, 4.632.341, 17.946.258, 7.544.125, 18.799.686, 10.635.366, 13.227.114, 16.416.324, 17.946.200, 13.228.042, 19.376.425, 18.871.758, 15.869.820, 19.324.193, 12.709.157, 20.317.126, 18.892.196, 5.956.885, 5.946.036, 6.687.164, 12.983.824, 14.271.875, 19.053.814, 10.328.490 respectivamente, (Los datos de ubicación de la víctima se especifican en escrito anexo -mediante sobre cerrado- para su reserva, en virtud de lo establecido en el único aparte del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal).

DE LOS HECHOS

Entre los meses de Mayo de 2010 y Marzo de 2011, las víctimas ya identificadas, celebraron cada uno contrato de venta a plazos para la adquisición de vehículos usados con la compañía AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., inscrita inicialmente por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 19 domicilio a la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa e inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa de fecha 11 de Junio de 2010, inserta bajo el No. 32, Tomo 16-A; con domicilio en la calle 22 con avenidas 34 y 35 (oficina de ventas) y avenida Rotaria de la Urbanización La Goajira, al lado de las oficinas de Eleoccídente (Oficinas Administrativas) ambas direcciones de la ciudad de Acarigua del Estado Portuguesa, los ciudadanos denunciantes ya identificados, celebraron contrato de compra-venta con la empresa Mercantil AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., cuyo propiedad de la empresa corresponde al ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad V-16.838.341, único accionista y Presidente de la empresa Mercantil AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., según se desprende de los propios estatutos de la compañía.

A partir de la firma del contrato de compra venta adquieren la condición de opcionantes compradores, tal como consta en los contratos de opción a compra venta, estas personas, celebraron de mutuo acuerdo con la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., representada por el ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ, ya identificado, la opción de compra venta sobre unos vehículos cuyas características eran descritas en cada contrato suscrito, incluido el año del vehículo, la marca, el modelo y el valor del mismo; signado cada contrato con un número, y en algunos casos de la exhibición de vehículos que mantenía la empresa los compradores escogían el futuro vehículo, donde los ciudadanos denunciantes, en su carácter de opcionantes compradores, cancelaban a la empresa vendedora, una inicial una vez lleno el contrato de acuerdo al costo del vehículo indicado por la empresa vendedora; es importante destacar que las iniciales canceladas por los denunciantes a la empresa oscilan entre
DOCE MIL BOLIVARES (Bs. 12.000 ) y CUARENTA Y SIETE MIL BOLIVARES (Bs.47.000), cancelados en una o dos partes, en su mayoría con cheques personales y en otros casos con cheques de gerencia, recibiendo a cambio recibos emitidos por la empresa indicando INICIAL A FUTURA NEGOCIACION, el opcionante comprador en el momento de suscribir el contrato y entregar la inicial requerida por la empresa, debía indicar los datos de las personas que servirían como referencia personal, así como datos laborales que también los exigía la empresa y fiadores en caso de ser necesario, y a partir e allí en un lapso no mayor a treinta (30) días la empresa debía verificar los datos aportados por el opcíonante comprador y de no haber disconformidad alguna proceder con la aprobación del crédito y entrega del vehículo indicado en el contrato de compra venta suscrito por las partes.
Sin embargo, con preocupación manifiesta por los propios denunciantes el tiempo comenzó a transcurrir y no eran llamados ni informados por la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., sobre la aprobación o no de sus créditos y era el momento que los opcionantes compradores se dirigían a las instalaciones de la empresa que eran informados que no habían contactado a las personas indicadas como refeferencias, en otros casos manifestaron a los opcionantes compradores que debían crementar la inicial para poder optar al vehículo (de los cuales algunos accedieron y entregaron más dinero como parte de complemento de la inicial), otros manifestaron su voluntad de rescindir del contrato a los fines de que se les reintegrara su dinero, de los cuales la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A. emitió cheques y en el momento de presentarlos al cobro ante la entidad financiera, los mismos no pudieron darse efectivo por falta de fondos disponibles, y a otros les fue ofrecido otros vehículos 3 no eran los indicados en el contrato de compra venta suscrito por las partes, y cuyas adiciones que presentaba el bien ofrecido no eran las más óptimas.

Hasta la fecha, la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A. ha utilizado dinero que de buena fe los opcionantes compradores entregaron una vez suscrito el trato entre las partes, y ha burlado a los mismos una vez que ha emitido cheques sin revisión de fondos, incumpliendo flagrantemente con las cláusulas del mismo contrato compra venta y configurando con esta conducta ilícitos penales previstos y sancionados en nuestro derecho positivo.

Por su parte del contenido del contrato de opción a compra venta, consignado por ciudadanos denunciantes, se desprende que el mismo es un contrato leonino y que cláusulas en su mayoría fueron incumplidas por las empresa AUTOINVERSIONES CESS CAR C.A., entre ellas se destacan las siguientes cláusulas, tales como: SEGUNDA: “ EL PRECIO del bien sujeto a la futura negociación está valorado por la cantidad de (SE INDICA POR CADA CONTRATO SUSCRITO EL VALOR EN )LIVARES DEL VEHÍCULO) y en este acto EL CLIENTE ofrece la cantidad de (SE DICA POR CADA CONTRATO SUSCRITO LA CANTIDAD EN BOLIVARES DADA )R EL CLIENTE COMO INICIAL DEL VEHÍCULO), por concepto de arras, las cuales EMPRESA recibe mediante un cheque del banco de (ENTIDAD FINANCIERA A LA JAL PERTENECE EL CHEQUE EMITIDO POR EL CLIENTE) No (NUMERO DEL IEQUE GIRADO POR EL CLIENTE) girado a la cuenta corriente No. (NUMERO DE LA JENTA DEL CLIENTE); TERCERA: EL CLIENTE acuerda que la suma solicitada a LA 1PRESA, bajo la modalidad de venta a plazos para ser financiada por esta última es por cantidad de (SE INDICA LA CANTIDAD EN BOLIVARES RESTANTE UNA VEZ EDUCIDA DEL VALOR DEL VEHICULO LA INICIAL CANCELADA POR EL CLIENTE); CUARTA: EL CLIENTE, acuerda que en caso de ser aprobada la solicitud de venta a plazos, está en la capacidad de pagar el monto de (CANTIDAD EN BOLI VARES EL MONTO DE LA CUOTA MENSUAL CANTIDAD EN BOLIVARES DEL MONTO DE CUOTA MENSUAL FIJADA POR LA EMPRESA); por (NUMERO DE CUOTAS QUE EBIAN SER CANCELADAS) cuotas; y acepta que esta manera de pago convenida; be contar con la aprobación de la junta de crédito; una vez analizado el expediente y acogiéndose por los recaudos presentados por EL CLIENTE; EL CLIENTE faculta a LA APRESA a variar la manera de pago, establecida por EL CLIENTE en esta cláusula, sin 3noscabar los derechos del mismo; dicha modificación no se considerará causal de cumplimiento por parte de LA EMPRESA del presente contrato (subrayado nuestro)... TAVA: Una vez se encuentre aprobada la venta a plazos LA EMPRESA SE COMPROMETE a preparar toda la documentación y trámites necesarios para la autenticación de la venta a plazos y posterior venta del bien objeto del presente contrato en un lapso de veinte (20) días; una vez que se haya confirmado el pago de la inicial, gastos administrativos y que EL CLIENTE haya asegurado el vehículo asignado... DECIMA PRIMERA: En caso de rescisión del presente contrato por parte de EL CLIENTE en un lapso de siete (7) días contados a partir de la firma del presente contrato, la empresa reintegrará la cantidad de dinero dada en calidad de arras en un lapso no mayor de siete (7) días, siempre que dicha rescisión se haya hecho por escrito; en el caso de que EL CLIENTE decida rescindir del contrato posterior a este lapso o si por cualquier causa no pudiese cancelar la inicial; en este caso LA EMPRESA reintegrará a EL CLIENTE la cantidad de dinero dada en calidad de arras establecida en la Cláusula Segunda del presente contrato; en un lapso de Treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha del incumplimiento o notificación de EL CLIENTE de rescindir del contrato presentado a LA EMPRESA por escrito (subrayado nuestro). Como puede observarse ciudadano Juez, pese a ser un contrato leonino en muchas de sus cláusulas la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A. no ha reintegrado a la fecha a los denunciantes los montos que estos cancelaron como inicial de los vehículos una vez suscrito el contrato de compra venta entre las partes, incumpliendo flagrantemente lo establecido en la cláusula Décima Primera, que a nuestro juicio esta cláusula vulnera los derechos de los compradores por cuanto el tiempo de reintegro del dinero es desproporcional, ya que la empresa lo tenia en su caja, trabajándolo y utilizándolo sin menoscabo del daño patrimonial causado a la víctima, reteniendo indebidamente el dinero que de buena fe fuera entregado por cada uno de los denunciantes en el presente asunto, causándole a los mismos daños patrimoniales por cuanto al estar retenido indebidamente los montos en dinero por concepto de iniciales que fueran canceladas por los compradores, retención que ha venido ocurriendo por alrededor once (11) meses (tomando en cuenta la denuncia del mes de mayo 2010); situación está que ha afectado considerablemente a los compradores, pues el que la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A. no haya reintegrado el dinero que le corresponde por derecho a los compradores, amén de la voluntad expresa de estos en rescindir del contrato de compra venta por los incumplimientos en que ha incurrido la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A.; este incumplimiento, les ha impedido a las hoy víctimas en este asunto penal la adquisición del vehículo, por la conducta fraudulentamente en que ha incurrido la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., al realizarles una oferta engañosa, en cuanto a la adquisición de vehículos, pero la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., ha ido mucho más allá, les ha impedido a estas personas poder contratar una futura compra de estos bienes muebles como lo son los vehículos con empresas serias de la región, por cuanto al retener indebidamente el dinero de estos compradores hoy víctimas, no haberles reintegrado ha ocasionado una descapitalización en el patrimonio de cada uno de estos, pues el valor del dinero que no se invierta en una economía inflacionaria pierde considerablemente su valor, y lo que hace once (11) meses podía representar la cantidad cancelada como parte de la inicial de los vehículos por cada uno de los denunciantes indudablemente a la fecha actual su valor ha mermado y probablemente ya no puedan realizar el negocio que tenían previsto para la fecha en que suscribieron los distintos contratos de compra venta con la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A.

Resulta oportuno señalar, que en los casos en que la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., accedió a reintegrar el dinero producto de las iniciales canceladas por los denunciantes en el presente asunto, los cheques no presentaron fondos disponibles cuando los beneficiarios de los mismos se dirigieron a la entidad financiera a los fines de hacerlos efectivos, lo que configura sin duda ilícitos penales por parte de la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., defraudando así a las personas que en un momento creyeron en la buena fe de la empresa y burlando la empresa no solo a quienes suscribieron esos contratos de compra venta, sino incluso al propio Estado Venezolano, pues dichos reintegros habían sido producto de los acuerdos que en sede administrativa había logrado el INDEPABIS con las partes, y que una vez más la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A. valiéndose de la buena fe defrauda groseramente a los compradores, burlándose de esta manera pues no entrego ni los vehículos y menos aún el dinero que estos consignaron como parte de la inicial, girando cheques sin provisión de fondos disponibles.

De igual manera, señalan los denunciantes tener conocimiento que el ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ, único accionista y Presidente de la empresa Mercantil AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., cerró las instalaciones de la empresa con ánimos de fugarse del país, probablemente hacia Colombia o los Estados Unidos de América, en virtud de no dar la cara, no responder llamadas telefónicas y por encontrase cerrada la empresa por presunto duelo, es por lo que resulta incuestionable el fraude por parte de la empresa, observando que actualmente hasta los vehículos que estaban en exhibición en las instalaciones de la empresa, de la noche a la mañana desaparecieron.

Asimismo, es importante destacar ciudadano Juez, que en fecha 12 de Abril de 2011, la empresa Mercantil AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., formalizo SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE QUIEBRA por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa; acompañando el Acta Constitutiva, Libros Mayor, de Inventario y Diario, estados financieros del ejercicio económico comprendido desde el 1 de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2010 y del ejercicio económico comprendido desde el 1 de enero de 2011 al 31 de marzo de 2011, argumentando la empresa Mercantil AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., que para la fecha la situación económica del País ha afectado gravemente la situación económica de la empresa, tanto la venta de vehículos, como la cobranza de los vehículos ya entregados, por lo que a pesar de las gestiones de cobranzas, ha sido imposible mantener la liquidez necesaria para cumplir 2n las obligaciones de los clientes, por lo que a la fecha ha incumplido con el pago de SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIEN BOLIVARES (Bs. 646.100,00) que corresponden a devoluciones de treinta y un (31) clientes por rescisión de contratos adicionalmente existen sesenta y cinco (65) clientes a los que se les han vencidos sus respectivos reintegros, que en su totalidad asciende a la cantidad de UN MILLONCUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES CON TREINTA Y DOS (Bs. 1.499.144,32) que deben ser devueltos antes del 23 de mayo de 2011, lo que será imposible de cumplir por la altísima recesión económica del país. Al respecto el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa NEGO la admisión de dicha solicitud por carecer la misma de requisitos formales, no indican los estados financieros presentados que sea verdadero su contenido y los mismos carecen de firmas contraviniendo así lo dispuesto en el artículo 926 del Código de Comercio, adicionalmente en los estados financieros correspondientes al año 2010 se constató que los activos indican globalmente cuentas por cobrar por la suma de SEIS MILLONES SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL SESENTA Y TRES BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 6.619.063,60) y los pasivos indican globalmente la cantidad de CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON SESENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 44,796,63); mientras que el correspondiente al año 2011, entre los activos se indican globalmente cuentas por cobrar en la cantidad de SEIS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO BOLI VARES CON DIECIOCHO CENTIMOS (Bs. 6426.565,18) y de los pasivos tan solo se indica impuesto por pagar, en la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLIVARES CON VEINTITRES CENTIMOS (Bs. 45.984,23) y no se refleja la cantidad de SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIEN BOLIVARES (Bs. 646.100,00), que se dice en el escrito de solicitud corresponden a treinta y un (31) clientes por rescisión de contrato ni se refleja la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES CON TREINTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 1.499.144,32) que se dice en el mismo escrito de solicitud que se le adeudan a sesenta y cinco (65) clientes, a los cuales no se les han vencido sus respectivos reintegros, por lo que consideró ese Juzgado que no se encuentran en esos recaudos, los estados demostrativos de la situación patrimonial de la solicitante AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., con la debida separación de los débitos y créditos y no cumplen en consecuencia con las exigencias del artículo 927 del Código de Comercio.

II
ELEMENTOS DE CONVICCIÓN

Cursa en el expediente Planillas de registro de denuncias ante la coordinación regional Indepabis Portuguesa de fechas 21-04-2010, 21-05-2010, 14-06-2010, 26- 06-2010, 01-07-2010, 07-07-2010, 13-07-2010, 21-07-2010, 23-07-2010, 28-07- 2010, 30-07-2010, 03-08-2010, 04-08-2010, 10-08-2010, 19-08-2010, 30-08-2010, 01-09-2010, 02-09-2010, 03-09-2010, 1 7-09-2010, 24-09-2010, 27-09-2010, 06-09- 2010, 05-10-2010, 07-10-2010, 09-12-2010, 25-01-2011, 01-02-2011, 02-02-2011, 04-02-2011, 09-02-2011, 10-02-2011, 15-02-2011, 21-02-2011, 28-02-2011, 15-03- 2011, 21-03-2011, 28-03-2011 29-03-2011, 30-03-2011, 31-03-2011 01-04-2011, 04- 04-2011, 05-04-2011, 06-04-2011, 11-04-2011, 13-04-2011, 15-04-2011, 18-04-2011, 20-04-2011 25-04-2011, 26-04-2011, 27-04-2011, 28-04-2011, 29-04-2011, 02-05-2011, 03-05-2011, 04-05-20 1 1, 05-05-20 1 1, 06-05-20 1 1, 09-05-20 1 1, 06-05-2011,15-05-2011, 17-05-2011, 18-05-2011, 23-05-2011, 25-05-20 1 1, 26-05-2011, 02-06-2011, 06-06-2011, 07-06-2011, 14-06-2011, 15-06-2011, 16-06-2011, 17-06-2011,22-06-2011, 29-06-2011, 01-07-2011, 06-07-2011, 08-07-20 1 1, 11-07-2011, 12-07-2011, 23-08-2011, 22-09-2011 rendidas por los ciudadanos Mira López Elsi Uribel,Villegas Juan, Enoc Ortiz, Rosa Herrera. Elvis Marisela Cautela, Javier Torreyes, Williams Valencia, Jean Medina, NoeI Galíndez, María Damas, José Aranguren, Karina Prado, Dilía Alen Flores, Victor Ruiz, Yrelis Colmenarez, Esther Ortega, Carlos Gomez, Jorge Arriechi, Soraya Yanez Chacchiolo, Rodriguez, Mildred Torres, Dioner Romero, Tania Coromoto Carpio Perez, Jeysson Canelones, Manuel Moreno, Mary Ferreira, Jonathan Gomes, Alejandro Ortiz, Mary Rodriguez, Jose Arraez, Eliécer Rivero, Deibis Coromoto Colmenares, Edgar Mendoza, Gelioba Villanueva, Wilmer Ceballos, Nestor Silva, Luis Alejandro, Jesus Madriz, Edwar Duran, Jorge Carvajal, Pablo Jose Sanchez, Gilberto Linarez, Nieves Graterol, Estulta Moreno, Farfan Reyes, Jose Lucena, Simon Briceño, Mirlan Flores, Francys Torrealba, John Garcia, Luis Agrais, Manuel Antonio Casu, Mauri Jackelin Frontrado Contreras, Daniel Vasquez, Jose Vidal, Kelvin Chacon, Marcos Tesorero, Victor Ceballo, Yonnis AlexanderGarcia, Jaidy Rodriguez, Johan Valenzuela, Tulio Ramon Vasquez, Manuel Osal,Danerys Gallardo, Walter Rosales, Lilibeth Mora, WWiams Dominguez, Cesar AugustoFigueredo, Anelsy Perdomo, Jorge Luis Quiñones, Moraima Herrera, Yurbi Guedez, Victor Martinez, Daniel Mogollon, Juana Iris Aranguren, Xhamilymar Betancourt, Jesus Jimenez, Pastora De Los Reyes Catan, Jose Vielma, Susana Perez, Benito Colmenarez, Jose Gregorio Vasquez, Carmen Rosa Azuaje, Jose Rafael Ramos, Chiquinquira Romero, Delvin Antonio Briceño Hernandez, Luisa Maria Castro, Luis Alvarez, Franklin Gonzalez, Francisco Viera, Leida Era Peralta, Marily Sandoval, Douglas Soto, Carlos Rivas, Carlos Perozo,,Delia Perdomo, Julio Rangel, Adeslen Ascanio, Henry Sanchez, Rafael Montilla, Aixa Diaz, Francisco Lucena, Alejandro Riera, Marisela Vasquez, Ana Torres, Eliana Lopez, Eliomar Torres, Marisela D Alessio, Nora Torrealba, Douglas Sanchez, Edgar Lacruz Ocanto, Raqmary Peña Mundarain, Marlin Rosibel Bernardo Cohil, Dayanira Coromoto Sira Molina, Josefina Rodriguez, Maribel Guedez, Jose Torrealba, Elvia Alvarez, Carmen Tua Riera, Heidi Tua Riera, Jourley Peraza, Rocio Angulo, Carlos Perdomo, Yonny Anciso, Pablo Sanchez ,Helena Yaneth Da Costa Armeni, Minan Lopez, Dannys Jimenez, Josefina Romero, Leonardo Mann, Nancy Barreto, Yackson Jose Daza Baba, Douglas Sanchez, Daniel Vasquez, Miguel Martinez, Julio Ocampo,,Belkis Perez De Chininos, Gilbert Mendoza, Rogelio Ramon Lara Duarte, Cristobal NoeI Piña Rivero, Dietina Rosa Gonzalez Moreno, Yurbi Abexandra Guedez Rojas,,Daniel David Cazu Pineda, Wilfredo Enrique Linarez Lopez, Perfecto Leonardo Briceño, Yaneth Mercedes Tovar Collado, Nixon Daza Roa, Noamny Rossana Camacaro R, Jose Gregorio Guedez Alvarez, Antonio Roseliano Matute Medina, Carlos Enrnique Urriola, Maria Carolina Duran Flores, Uslan Evardo Gutierrez, Lisbeth Patricia Duque Rodriguez, Enrrique Mendez, David Aleman, Carlos Eduardo Ramos, Maribeb Sandoval De Lucena, Juan Alberto Rodriguez, Jose Velez Patiñol, Gilmer Alberto Castillo Herrera, Jose Benjamin Flores Noguera, Barloto Castañeda, Angela Guedez, Oscar Arguello, Zulinde Rodriguez, Geronimo Ascanio,,Edgar Zerpa, Carlos Bracho, Liexer Antonia Gomez L, Soraima Montilla,,Belgica Viana Sanchez, Leida Rodriguez, Darwin Molina, Alexis Valera, Omar José Rodriguez Ocanto, Felipa Fernandez, Sarahin Montilla, Magbis Suarez, Ronald Bolivar, Elisa Suarez, Oscar Azuaje, Irauma Yepez, Yanet Tovar, Corteza Walderrama, Alexis Marquez, Maria Pineda, Rosmary Canelon, Miguel Eduardo Gomez Mújica, Carlos Castillo, Nolberto Escalona, Edgar Salas, Dominga Del Carmen Veliz, Andres Avelino Pulgar Torres, Yasmir Rodriguez, Jesus Mendoza, Ramona Conde, Pedro Colmenarez, Carlos Caceres, Edgar Garcia, Jose Gregorio Guedez, Ana Julia Baena, Dorka Mendoza, Luis Guevara, Hilda Rumbos, Lissett Valles, Onika Rodriguez, Miriam Rodriguez, Hermenegildo Viera, Luis Colmenares, Maria Duran, Graciela Guzman Darlo Alberto Acosta Quintero, Gudiño Castillo Carolina Beatriz, Molina Rodriguez Darwin Jose, Cedeño Azocar Maria Auxiliadora, Era Peralta Leida Coromoto, Viera Graterol Hermenegildo, Sandoval Landinez Marily ldania, Rodriguez De Semprun Leida Coromoto, Torrealba Graterol Erfran Antonio, Lopez Diaz Carlos Luis, Mendez Muñoz Jose Jairo, Sanchez Manzanilla Luis Ramon, Castillo Miguel Angel, Montilla Soraima Rosa, victimas en la presente causa, donde expusieron lo siguiente: “...que cada uno de ellos suscribió un contrato con la empresa ACCESS CAR C.A. para la adquisición de un vehiculo por el cual dieron la cantidad establecida por la empresa como pago de la inicial y transcurrido varios meses la empresa no les ha adjudicado ningún vehiculo ni ha reintegrado el dinero que les fue entregado por concepto de pago de la inicial a las personas que han renunciado a la negociación “. Riela en la pieza “A”, “8” Y “C”en los folios del uno (01) al Docientos (200) respectivamente en la pieza “D” del foilio uno (01) al folio ciento dieciocho (118) consecutivamente.

2. Cursa en el expediente Acta de denuncia de fecha 25-02-2011, suscrita por la ciudadana CORTEZA WALDERRAMA, victima en la presente causa, quien describe las circunstancias de modo, tiempo y lugar de como ocurrió el hecho, manifestando lo siguiente:” me dirijo a ustedes en hacer efectuar la denuncia a la empresa de compras Auto Inversiones Access Cer C.A. por motivo de incumplimiento del contrato N° 000320 de fecha 30 de julio del año 2010. El mencionado contrato se refiere a la compra a crédito de un vehiculo marca neon 99 el cual tenia el valor de 45.000 bolívares fuertes, para este evento fue abonada la cantidad de 10.000 bsF para este vento fue abonada la cantidad de 10.000 BSf, con cheque de fecha 30 de Julio del 2010 y N° 2504084584 del Banco Central y emitido de parte de ellos un recibo N° 00574 de la misma fecha firmado y sellado como recibido. A tal efecto fui citada verbalmente a la fecha 30 de noviembre de 2010, a tal efecto recibí una forma de pago. En otra ocasión del mes pasado y muchas veces anteriores fui citada nuevamente para la supuesta entrega del vehiculo y para mi sorpresa la ultima vez del mes pasado llego a la oficina ubicada en la Urbanización la guajira y solo tenían una nota diciendo que estaba de luto me dirijo a donde tienen los carros en Acarigua reja de Guanare y estaba vació el estacionamiento. Esperamos todo este tiempo y esta es la fecha que no aparece...” Riela en la pieza “D” del folio ciento diecinueve (119).

3. Cursa en el expediente Acta de denuncia de fecha 08-04-2011, rendida por la ciudadano YONNIS ALEXANDER GARCIA PEREZ, victima en la presente causa, quien describe las circunstancias de modo, tiempo y lugar de como ocurrió el hecho, manifestando lo siguiente: “la presente es para formular denuncia antes su despacho ya que considero que fui estafado por la empresa ACCES CAR C.A., debido que me fue hecho un contrato de financiamiento para adquisición de un vehiculo el cual fue firmado el 22/11/2010, que le fue asignado el N° 498 para el cual cumplí con todos los requisitos exigidos por dicha empresa este contrato tuvo un abono de 28.000 BsF., lo que no se me ha devuelto hasta los momentos .. .“. Riela en la pieza “D” al folio Doscientos (200)

4. Cursa en el expediente Acta de denuncia de fecha 18-04-2011, rendida por la ciudadana JAlDE YULIMAR RODRIGUEZ SUAREZ, victima en la presente causa, quien describe las circunstancias de modo, tiempo y lugar de como ocurrió el hecho, manifestando lo siguiente: “Bueno vengo a formular denuncia en contra del ciudadano FRANCISCO PIÑA Gerente y Propietario de la empresa Auto Inversiones AccessCar, C.A., Ubicada en la Urbanización La Goajira, a lado de la oficina de la Empresa Corpoelec, en Acarigua donde funciona la oficina administrativa, y el concesionario lo tienen en el sector Reja de Guanare, cerca del colegio Ángel de la Guarda, a mediados del mes de Septiembre del año 2010, me entere a través de un anuncio de presa que en la empresa ACCESS- CAR. C.A. había un plan de financiamiento de vehículos 36,48y 60 meses para pagar, a lo cual firme un contrato bajo el numero 436, de fecha 28 de Septiembre 2010 y entregue para esa misma fecha, exactamente la cantidad de treinta y cinco mil Bolívares Fuertes otra vez de dos cheques uno del banco Banesco signado con el numero 23714297, por la cantidad de veinticinco mil Bolívares Fuertes, y un cheque de Gerencia del Banco Mercantil numero 1000095, por la cantidad de diez mil Bolívares Fuertes, concepto de inicial para la adquisición de un vehiculo marca Hyundai, modelo Accent max, Año 2006, luego en el mes de Noviembre recibí una llamada telefónica de parte de un promotor de esa empresa solicitando información personal para verificación de datos, y en el mes de Diciembre llame as la empresa, ellos me dijeron que se iban de vacaciones y que mi vehiculo me lo entregarían en el mes de Enero 2011, ya que mi solicitud estaba en proceso de aprobación, luego en Febrero 2011, exactamente el 07/02/2011, me llamaron para firmar la aprobación del crédito fui en esa misma fecha y ellos me dijeron que en dos semanas me harían entrega del mencionado, vehiculo, llame después de las dos semanas y no recibí respuesta satisfactoria sobre mi vehiculo, después paso el tiempo y me mantuvieron engañada hasta el 28 de Febrero del año 2011, donde decidí ir nuevamente a la empresa y tomar la decisión de retirarme del negocio a través de un escrito, con la esperanza de que ellos me hicieran el reintegro del dinero que yo les había entregado como parte de la inicial para la adquisición del vehículo Accent Max año 2006, ellos aceptaron recibirme la carta de solicitud reintegro de mi dinero, y me dijeron que me devolverían el dinero el día 13 de Abril 2011 . . .“. Riela en la pieza “D” a los folio doscientos tres (203), doscientos cuatro (204) y doscientos cinco (205)

5. Cursa en el expediente Acta de denuncia de fecha 18-04-2011, rendida por el ciudadano JEYSSON JOSE CANELONES PUENTES,, victima en la presente causa, quien describe las circunstancias de modo, tiempo y lugar de como ocurrió el hecho, manifestando lo siguiente: “Bueno vengo a formular denuncia encontra del ciudadano FRANCISCO PIÑA, Gerente y propietario de la empresa Auto Inversiones Access-Car C.A. Ubicada en la Urbanización La Goajira, a lado de la oficina de la Empresa Corpoelec, en Acarigua donde funciona la oficina administrativa, y el concesionario lo tienen en el sector Reja de Guanare, cerca del colegio Ángel de la Guarda, a mediados del mes de Abril de este Año, hice un contrato con una ciudadana de nombre Tania Carpio, titular de la cedula de identidad numero V-15.491.095 y posee el teléfono celular numero 041 4-3539293 quien me presento al ciudadano de apellido Fonseca, quien me manifestó que era funcionario de la Armada Venezolana, con la Jerarquía de inspector, bueno el día 04 de de Agosto del 2010 fui a la empresa Auto Inversiones Access- Car C.A. Ubicada en la Urbanización La Goajira, a lado de la oficina de la Empresa Corpoelec, me atendió una mujer de nombre María teléfono celular numero 0424-5377113, y firme un contrato signado con el numero 332 de esa misma fecha por la cantidad de treinta mil bolívares fuertes, bajo la promesa de venta de un vehiculo Aveo año 2007 los cuales los entregue a través de un cheque de Gerencia a nombre: Auto Inversiones Access- Car CA. signado con el numero 0040006245 del Banco Central actualmente Bicentenario, luego seguí las recomendaciones del contrato que decía que debería esperar noventa días hábiles para la aprobación del crédito del vehiculo, el día 10 de Noviembre de 2010 , me llamaron a mi teléfono celular y me dijeron que el crédito estaba aprobado y que debería pasar por la oficina, pase por la oficina me atendió el señor Israel Barbosa y me dijo que en 20 días hábiles me harían entrega del vehiculo aveo, pasaron los días y hasta la presente fecha no he tenido noticias satisfactorias sobre la entrega del vehiculo o de el reintegro de mi dinero...” Riela en la pieza “D” a los folios doscientos uno (201) y doscientos dos (202).

6. Cursa en el expediente Acta de denuncia de fecha 18-04-2011, rendida por el ciudadano MANUEL EDUARDO OSAL VARGAS, victima en la presente causa, quien describe las circunstancias de modo, tiempo y lugar de como ocurrió el hecho, manifestando lo siguiente: “Bueno yo hice un negocio con la Empresa Auto Inversiones Access Caí C.A. por un carro Marca Chevrolet, Modelo Aveo, Año 2006, el día 25 de Agosto del 2010, entregándole un monto de 25 mil bolívares fuertes; esta cantidad de dinero fue entregado por medio de un cheque personal de mi cuenta del Banco Banesco, siendo el numero de cheque 19847086de esa misma fecha, donde ellos se comprometieron por medio del contrato numero 345, hacerme entrega del vehiculo ante mencionado en un lapso no mayor de 30 días hábiles, a partir de la firma del mismo, transcurrió los días me realizaron una llamada telefónica por parte de un señor de nombre Israel Barbosa, notificándome que mi crédito había sido aprobado, pero con la condición que tenia que aportar seis mil Bolívares Fuetes mas para la entrega del vehiculo ente mencionado, por lo que procedí a entregarle un nuevo cheque por el monto solicitado del Banco Corp Banca numero 04000030 de fecha 18 de Noviembre de 2010, para el día 15 de de Diciembre me vuelven a llamar para la asignación de un vehiculo que no era el que yo había solicitado, por que yo solicite fue un Aveo y me estaban ofreciendo un vehiculo Marca Chrysler, Modelo Neon, Año 99, Placas KAO-59Z, Color Gris, el cual rechace de inmediato por no estar en buenas condiciones, luego de ver tantos incumplimientos por parte de la Empresa, decido retirarme y desistir del contrato, por lo que el 01 de Febrero del año 2011, acudo a sus oficinas ubicadas en la Urbanización La Goajira0l avenida Rotaria de Acarigua, manifestándome que debo pasar el 17 de Marzo de 2011, a las 04: 30 horas de la tarde a retirar un cheque, llegándose el día pautado me dirijo nuevamente a las oficinas recibiendo un cheque de manos del Señor Lisandro empleado de la empresa, del Banco Banesco numero 10411273 de una cuenta de la empresa, por la cantidad de treinta y un mil trescientos bolívares fuertes(31 .300.00) pos datado para la fecha 24 de Marzo de 2011 ,una vez llegada la fecha de cobro me regresan el cheque en dos ocasiones por falta de fondos, por lo que yo intente comunicarme con la oficina de esta empresa y posteriormente para el día 07 de Abril fui atendido por el señor FRANCISCO PIÑA diciéndome este que me pagaría el cheque para el 13 de Abril y hasta los momentos no hay noticias de el ni de un representante de la empresa, entonces me dirigí nuevamente a la oficina y hay un letrero que dice cerrado por duelo . Riela en la pieza “D” a los folios doscientos seis (206) al doscientos nueve (209).

7.Cursa en el expediente Acta de denuncia de fecha 25-04-2011, rendida por el ciudadano JORGE LUIS QUIÑONES PEÑA, victima en la presente causa, quien describe las circunstancias de modo, tiempo y lugar de como ocurrió el hecho, manifestando lo siguiente: “Bueno yo me entere que la empresa Auto Inversiones Access- Car C.A. porque frecuentaba siempre esa vía y veía los vehículos por el sector llamado Rejas de Guanare, entonces procedí a entrar y preguntar como era el sistema para la adquisición de vehiculo, ahí me dieron un listado con una serie de requisitos LOS CUALES Recopile porque de verdad estaba interesado en la oferta que la empresa estaba ofertando, entonces ahí me asesore preguntando a personas que yo escuche que ya estaban metido en ese sistema de compra financiada para ver la seriedad de la empresa, una vez recopilados los requisitos me decidí hacer el negocio con la empresa, entonces procedí a firmar el contrato numero 551 de fecha 12 de Enero 2011, siendo atendido por la ciudadana YESENIA LOPEZ y tiene un numero telefónico que es el 0424-3109803, ese contrato era de mutuo acuerdo, en las cuales ellos la empresa no cumplió con los acuerdos firmados ni con el tiempo establecido en la negociación, una vez que ya paso a la oficina administrativas de la Goajira, me empieza a atender un joven llamado Lisandro en vista a la demora de parte de la empresa en darle cumplimiento a las pautas establecidas en el contrato ya que yo cancele un monto de treinta mil bolívares fuertes (30.000), con un cheque de gerencia del Banco Banesco signado con el numero 33413349 de fecha 12 de Enero de 2011 como parte de anticipo para la adquisición de un vehiculo tipo camioneta, modelo Grand Vitara, Año 2006, y el financiamiento por parte de la empresa iba hacer de sesenta y7 cinco mil bolívares fuertes ( 65.000) quedando las cuotas de un mil novecientos cincuenta bolívares fuertes (1950) por un lapso de sesenta meses, en vista al atraso prolongado de la empresa yo empecé a sospechar entonces busque asesoria con un abogado quien me oriento en ir al INDEPABIS o en su defecto hacer denuncia ante un organismo policial, transcurrido los días sostuve una reunión con una persona que presuntamente era analista de crédito de la empresa, quien me promete cambiar las condiciones del contrato, exigiéndome mas dinero por concepto de anticipo alegando que eso iba a tener una incidencia en el capital y que por ende bajarían el monto de las cuotas mensuales, lo cual yo no acepte debido que no me parecía la manera justa ya que eso no era lo que habíamos acordado en el contrato. Y como le iba a dar mas dinero si ni siquiera había visto el carro, ya no aceptado el nuevo convenio pasaron días y cuando intento llamar no fue posible comunicación alguna con los representantes de esta empresa, entonces yo pase por las instalaciones y tampoco había nadie ni habían los carros que estaban en exhibición, por lo que me preocupe de gran manera y busque comunicarme vía telefónica en vista que los teléfonos los tenían apagado; pase por las oficinas observando que estaban cerradas y pregunte a los locales vecinos y los mismo manifestaron que tenían días cerrados, entonces por eso es que estoy el día de hoy en esta oficina formulando esta denuncia . . .“. Riela en la pieza “D” a los folios doscientos diez (210) al doscientos trece (213)

8. Cursa en el expediente Acta de denuncia de fecha 26-04-2011, suscrita por la ciudadana MARLIN ROSIBEL BERNARDO COHIL, víctima en la presente causa, quien describe las circunstancias de modo, tiempo y lugar de como ocurrió el hecho, manifestando lo siguiente: “. . .he sido víctima de una estafa por parte de la empresa AUTO INVERSIONES ACCESS CAR, C.A ya que para el día 30/07/2010 firme un contrato según identificado con el numero 323 cuya negociación era la compra de un vehículo marca Hyundai Modelo Accent el cual el precio total era de 65.000 Bf por el cual me exigieron la cantidad de 15.000,oo Bf como parte de inicial la cual yo accedí por que me prometieron que en máximo 30 me harían entrega del mismo a medida que iba pasando el tiempo me alargaron mas la entrega de icho vehículo me vi obligada a desistir de ese convenio y el día 02/02/2011 les presente mi carta de retiro donde me dieron fecha del 22/03/2011 para hacerme entrega del dinero al ver tanta demora decidí acudir a las oficinas del indepabis para tratar de que la entrega fuese mas rápida a través de esta oficinas después de varias citas me hicieron entrega del cheque numero 42411291 del Banco Banesco cuenta corriente numero 01341075510001000511 por un monto de 15.881,28 Bf incluyendo allí los intereses por la demora el día 23/03/2011 a las 4:00 P.M. por motivos de trabajo no pude ir de una vez al banco y fue el día 24/03/2011 a horas del medio día que me dirigí al banco y al presentar el cheque en taquilla el cajero me expreso que no tenía fondos y el cheque me fue devuelto. Ante este problema la empresa anteriormente mencionada el Sr. FRANCISCO RAFAEL PEÑA LOPEZ C.I. v-16.838.341 hizo contacto con mi persona vía telefónica donde me prometió que en las siguientes 48 horas seria resuelto el problema en vista de no ver respuestas de esto fui en varias oportunidades a las oficinas de administración de esta y en ninguna de las oportunidades me dieron respuestas al contrario solo recibí mentiras y malos tratos de parte de ese Sr. y fue el día 12/04/2011 que esta empresa decidió cerrar sus puertas y hasta los momentos somos mas de 200 afectados en el estado portuguesa y ninguno hemos recibido respuestas de ese problema sin olvidar que hay muchas personas a las cuales se les entrego su vehiculo y estas personas deben gran cantidad de dinero con el cual pudieran ser devueltas el dinero a las personas que no nos entregaron nuestro vehiculo y que solo hemos sido objeto de burlas para esta personas en especial del Sr. Piña y del Sr. Jhonny Alexander Mazo que también tiene ° firma en la cuenta bancaria de dicha empresa...” Riela en la pieza “D” a los folios doscientos catorce (214) al doscientos quince (215)

9. Cursa en el expediente Acta de denuncia de fecha 26-04-2011, suscrita por el ciudadano ANTONIO METUTE MEDINA, victima en la presente causa, quien describe las circunstancias de modo, tiempo y lugar de como ocurrió el hecho, manifestando lo siguiente:” sirva la siguiente para exponer mi denuncia ante usted, con respecto a un caso de ESTAFA AGRAVADA Y MATERIALIZADA contra mi persona, cometido por la empresa AUTO INVERSIONES ACCESS CAR C.A., RIF: J29858780-6, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en fecha 19 de Enero de 2010, representanta por el Sr. FRANCISCO RAFAEL PIÑA titular de la cedula de identidad N° 16.838.341 para ustedes expongo lo siguiente: El día 16 de Noviembre de 2010, firme contrato (N° 489) con dicha empresa, para negociar un vehiculo Marca: MAZDA, Modelo: 3, Año; 2008, el cual me había ofrecido para la venta el día anterior (15 de Noviembre); al momento de firmar dicho contrato pague la cantidad de CUARENTA MIL BOLI VARES FUERTES (Bs. F 40.000.00) según Cheque N° 012006681, de mi cuenta personal en el Banco mercantil, por concepto de inicial para el vehiculo antes descrito. Luego de dos (02) meses y nueve (9) días de mentira y engaños de parte de la empresa con respecto a la fecha de entrega de vehiculo, decidí rescindir del contrato el día 25 de Enero de 2011, Basándome en la décima primera cláusula del contrato, donde explica que debo esperar un lapso exacto de 30 días hábiles para la devolución del dinero, lapso que espere hasta el día 14 de marzo de 2011 a las 4: 00 P.M. que fue fecha indicada por ellos...” Riela en la pieza “D” al folio doscientos dieciséis (216)

10. Cursa en el expediente Acta de denuncia de fecha 27-04-2011, suscrita por el ciudadano WILFREDO ENRRIQUE LINAREZ LOPEZ, victima en la presente causa, quien describe las circunstancias de modo, tiempo y lugar de como ocurrió el hecho, manifestando lo siguiente: mediante la presente me dirijo a ustedes para denunciar ante el Ministerio que ustedes dignamente representan, la situación de estafa, la cual he sido objeto directo, por parte de la Empresa Auto Inversiones Access Car ubicada en la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa donde realice un contrato para compra de un vehiculo a crédito, dando de inicial la cantidad de cuarenta y nueve mil bolívares fuertes (49.000) Bf, en fecha 09/02/11, donde dicho crédito me fue aprobado y hasta la actualidad no he tenido respuesta del mismo. Por ello apelo a su institución para que realice los tramites legales correspondientes al caso...” Riela en la pieza “D” al folio doscientos diecisiete (217)

11. Cursa en el expediente Acta de denuncia de fecha 27-04-2011, suscrita por la ciudadana YANETH MERCEDES TOVAR COLLADO, victima en la presente causa, quien describe las circunstancias de modo, tiempo y lugar de como ocurrió el hecho, manifestando lo siguiente: “Mediante el presente documento me dirijo a usted para denunciar ante el Ministerio que ustedes dignamente representan, la situación de estafa, la cual he sido objeto directo, por parte de la Empresa Auto Inversiones Access Car. C.A. ubicada en la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa donde realice un contrato para la compra de un vehiculo a crédito, dando de inicial la cantidad de treinta y seis bolívares (36.000) Bf, en fecha 25 de Agosto de 2010 , donde dicho crédito me fue aprobado y hasta la actualidad no he tenido respuesta del mismo. Por ello apelo a su institución para que realice los tramites legales correspondientes al caso...” Riela en la pieza “D” al folio doscientos dieciocho (218)

12. Cursa en el expediente Acta de denuncia de fecha 03-05-2011, rendida por el ciudadano MIGUEL MARTINEZ PEREZ, victima en la presente causa, quien describe las circunstancias de modo, tiempo y lugar de como ocurrió el hecho, manifestando lo siguiente: “ocurro ante ustedes por motivos de que fui estafado por la empresa ACCESS CAR. C.A, cuando me dirigí a ellos para la adquisición de un vehiculo, pidiéndome la inicial de 15.000 Bs. y luego 3500 de gastos administrativos, eso fue el 02 de agosto del año 2011, hasta la fecha no me han entregado nada dando mi pago completo como lo refiero en las copias que anexo...” Riela En La Causa

13. Cursa en el expediente Acta de denuncia de fecha 13-05-2011, suscrita por la ciudadana LISBETH DUQUE, victima en la presente causa, quien describe las circunstancias de modo, tiempo y lugar de como ocurrió el hecho, manifestando lo siguiente: “la presente tiene la finalidad de denunciar a la empresa AUTO INVERSIONES ACCESS CAR C.A., por motivo de incumplimiento del contrato, estafa por cancelación de un dinero y no cumplir con la naturaleza del negocio ( entrega del vehiculo) debido a lo anterior se cancelo Bs. f 10.000 en calidad de inicial del negocio...” Riela en la pieza “D” al folio doscientos diecinueve (219)

14. Cursa en el expediente, Copias De Los Contratos signados con los números 349, 353, 371, 492, 314, 357,181, 527, 442, 426, 295, 587, 163, 264, 250, 284,109, 193, 455, 476, 332, 447, 494, 374, 380, 301, 540, 383, 441,571, 517, 547, 356, 358, 529, 404, 553 ,300, 275, 220, 530, 488, 586, 477, 589, 161, 560, 588, 578 ,472, 495, 233, 526, 456, 375, B007, 366, 468, 403, 485, 327, 577, 329, 438, 426, 524, 550, 156, 380, 354, 467, 534, 229, 261, 511, 555, 306, 234, G005, 303, 389, 591, 484, 226, 426, 251, 552, 030, 592 ,376, 587, 501, 371, 491, 395, 498, 554, 454, 411, 369, 548, 379, 410, 393, 318 ,413, 432, 367, 345, 331, 452, 541, 398, 525, 461, 563, 152, 466 ,537 240, 357, 564, 565, 551, 405, 597, 325, 539, 584, 265 ,463, 459, 436, 514, 383, 433, 253, 573, 197, 503, 478, 570, 406, 441, 516, 440, 307, 500, 301, 483, 292, 549, 476, 424, 442 B004, 391, 521, 492, 518, 332, 486, 494, 479, 314, 399, 567, 462, G001, G016, 450 ,397, 506, 255, 349 ,513 ,445, 323, 590, 544, 540, 475, 543, B002, 596, 509, 312, G012, 585, 451, 497, 387, 593, 471, 420, 499, 594, 435, 520, 381, 556, 538, 374, 595, 528, 527, 363, 86 de fechas 18/10/2010, 29/03/2011, 10/12/2010, 11/09/2010, 14/02/2010, 14/07/2010, 10/06/2010, 14/12/2010, 03/11/2010, 11/03/2011, 14/05/2010, 21/01/2011, 01/03/2011, 02/11/2010, 19/11/2010, 16/06/2010, 09/12/2010, 18/10/2010, 04/12/2010, 17/08/2010, 29/10/2010, 10/11/2010, 02/08/2010, 03/08/2010, 30/09/2010, 22/09/2010, 08/12/2010, 12/01/2010, 29/10/2010, 15/12/2010, 07/07/2010, 14101/2011, 26/07/2010, 10/03/2011, 03/09/2010, 12/03/2011, 10/11/2010, 11/06/2010, 29/06/2010, 12/01/2011, 18/03/2011, 25/08/2010, 01/03/2011, 17/11/2010, 07/09/2010, 09/01/2011, 15/10/2010, 14/09/201 0, 26/10/2010, 30/08/2010, 13/09/2010, 06/09/2010, 29/07/2010, 24/09/2010, 17/08/2010, 05/08/2010, 03/08/2010, 14/10/2010, 08/09/2010, 08/12/2010, 26/10/2010, 21/01/2011, 29/09/2010, 14/07/2010, 12/08/2010, 01/02/2011, 01/02/2011, 12/01/2011, 06/04/2011, 21/12/2010, 25/02/2011, 08/07/2010, 27/10/2010, 29/09/2010, 29/11/2010, 31/08/2010, 30/06/2010, 09/02/2011, 04/11/2010, 08/02/2011, 13/09/2010, 04/10/2010, 01/12/2010, 26/06/201 0, 22/11/2010, 22/07/201 0, 20/06/2010, 11/01/2011, 21/09/2010, 06/10/2010, 12/11/2010, 03/09/2010, 05/11/2010, 02/12/2010, 04/08/2010, 11/11/2010, 18/11/2010, 04/11/2010, 08/09/2010, 04/04/20 11, 09/03/20 11, 12/04/2011, 14/10/2010, 26/11/2010, 02/07/2010, 07/08/2010, 30/11/2010, 11/03/2011,21/12/2010, 03/11/2010, 23/12/2010, 22/10/2010, 27/11/2010, 07/08/2010, 21/03/2011, 28/02/2011, 14/10/2010, 01/09/2010, 21/03/2011, 02/11/2010, 17/09/2010, 22/11/2010, 25/03/2011, 28/09/2010, 08/12/2010, 31/08/2010, 17/01/2011, 20/12/2010, 23/08/2010, 29/03/2011, 10/12/2010, celebrados por los ciudadanos Mira Lopez Elsi Uribel Villegas Juan, Enoc Ortiz, Rosa Herrera. Elvis Marisela Cautela, Javier Torreyes, Williams Valencia, Jean Medina, NoeI Galíndez, María Damas, José Aranguren, Karina Prado, Dilia Alen Flores, Victor Ruiz, Yrelis Colmenarez, Esther Ortega, Carlos Gomez, Jorge Arriechi, Soraya Yanez Chacchiolo, Rodriguez, Mildred Torres, Dioner Romero, Tania Coromoto Carpio Perez, Jeysson Canelones, Manuel Moreno, Mary Ferreira, Jonathan Gomes, Alejandro Ortiz, Mary Rodriguez, Jose Arraez, Eliécer Rivero, Deibis Coromoto Colmenares, Edgar Mendoza, Gelioba Villanueva, Wilmer Ceballos, Nestor Silva, Luis Alejandro, Jesus Madriz, Edwar Duran, Jorge Carvajal, Pablo Jose Sanchez, Gilberto Linarez, Nieves Graterol, Estilita Moreno, Farfan Reyes, Jose Lucena, Simon Briceño, Mirian Flores, Francys Torrealba, John Garcia, Luis Agrais, Manuel Antonio Casu, Mauri Jackelin Frontado Contreras, Daniel Vasquez, Jose Vidal, Kelvin Chacon, Marcos Tesorero, Victor Ceballo, Yonnis Alexander García, Jaidy Rodriguez, Johan Valenzuela, Tulio Ramon Vasquez, Manuel Osal, Danerys Gallardo, Walter Rosales, Lilibeth Mora, Williams Domínguez, Cesar Augusto Figueredo, Anelsy Perdomo, Jorge Luís Quiñones, Moraima Herrera, Yurbi Guedez, Victor Martínez, Daniel Mogollon, Juana Iris Aranguren, Xhamilymar Betancourt, Jesus Jimenez, Pastora De Los Reyes Catan, Jose Vielma, Susana Perez, Benito Colmenarez, Jose Gregorio Vasquez, Carmen Rosa Azuaje, Jose Rafael Ramos, Chiquinquira Romero, Delvin Antonio Briceño Hernandez, Luisa Maria Castro, Luis Alvarez, Franklin Gonzalez, Francisco Viera, Leida Era Peralta, Marily Sandoval, Douglas Soto, Carlos Rivas, Carlos Perozo,,Delia Perdomo, Julio Rangel, Adeslen Ascanio, Henry Sanchez, Rafael Montilla, Aixa Diaz, Francisco Lucena, Alejandro Riera, Marisela Vasquez, Ana Torres, Eliana Lopez, Eliomar Torres, Marisela D Alessio, Nora Torrealba, Douglas Sanchez, Edgar Lacruz Ocanto, Raqmary Peña Mundarain, Martin Rosibel Bernardo Cohil, Dayanira Coromoto Sira Molina, Josefina Rodriguez, Manibel Guedez, Jose Torrealba, Elvia Alvarez, Carmen Tua Riera, Heidi Tua Riera, Jourley Peraza, Rocio Angulo, Carlos Perdomo, Yonny Anciso, Pablo Sanchez ,Helena Yaneth Da Costa Armeni, Mirlan Lopez, Dannys Jimenez, Josefina Romero, Leonardo Mann, Nancy Barreto, Yackson Jose Daza Baba, Douglas Sanchez, Daniel Vasquez, Miguel Martinez, Julio Ocampo,,Bebkis Perez De Chirinos, Gilbert Mendoza, Rogelio Ramon Lara Duarte, Cnistobal NoeI Piña Rivero, Dietina Rosa Gonzalez Moreno, Yurbi Alexandra Guedez Rojas,,Daniel David Cazu Pineda, Wilfredo Enrique Linarez Lopez, Perfecto Leonardo Briceño, Yaneth Mercedes Tovar Collado, Nixon Daza Roa, Noamny Rossana Camacaro R, Jose Gregorio Guedez Alvarez, Antonio Roseliano Matute Medina, Carlos Enrrique Urriola, Maria Carolina Duran Flores, Uslan Evardo Gutierrez, Lisbeth Patricia Duque Rodriguez, Enrrique Mendez, David Aleman, Carlos Eduardo Ramos, Maribel Sandoval De Lucena, Juan Alberto Rodriguez, Jose Velez Patiñol, Gilmer Alberto Castillo Herrera, Jose Benjamín Flores Noguera, Barloto Castañeda, Angela Guedez, Oscar Arguelbo, Zulinde Rodniguez, Geronimo Ascanio,,Edgar Zerpa, Carlos Bracho, Liexer Antonia Gomez L, Soraima Montilla,,Belgica Viana Sanchez, Leída Rodriguez, Darwin Molina, Alexis Valera, Omar José Rodriguez Ocanto, Felipa Fernandez, Sarahin Montilla, Magbis Suarez, Ronald Bolivar, Elisa Suarez, Oscar Azuaje, lrauma Yepez, Yanet Tovar, Corteza Watderrama, Al axis Marquez, Maria Pineda, Rosmary Canelon, Miguel Eduardo Gomez Mujica, Carlos Castillo, Nolberto Escalona, Edgar Salas, Dominga Del Carmen Veliz, Andres Avelino Pulgar Torres, Yasmir Rodniguez, Jesus Mendoza, Ramona Conde, Pedro Colmenarez, Carlos Caceres, Edgar García, Jose Gregorio Guedez, Ana Julia Baena, Dorka Mendoza, Luis Guevara, Hilda Rumbos, Lissett Valles, Onika Rodniguez, Miriam Rodríguez, Hermenegildo Viera, Luis Colmenares, Maria Duran, Graciela Guzman victimas en la presente causa, y la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A. respectivamente. Riela en la causa.

15. Cursa en el expediente, Copias De Los Recibos De Pagos emitidos a las victimas ciudadanos Mira Lopez Elsi Uribel, Villegas Juan, Enoc Ortiz, Rosa Herrera, Elvis Marisela Cautela, Javier Torreyes, Williams Valencia, Jean Noel Galíndez, Maria Damas, José Aranguren, Karina Prado, Dula Alen Flores, Victor Ruiz, Yrelis Colmenarez, Esther Ortega, Carlos Gomez, Jorge Arriechi, Soraya Yanez Chacchiolo, Rodriguez, Mildred Torres, Dioner Romero, Tania Coromoto Carpio Perez, Jeysson Canelones, Manuel Moreno, Mary Ferreira, Jonathan Gomes, Alejandro Ortiz, Mary Rodriguez, Jose Arraez, Eliezer Rivero, Deibis Coromoto Colmenares, Edgar Mendoza, Gelioba Villanueva, Wilmer Ceballos, Nestor Silva, Luis Alejandro, Jesús Madriz, Edwar Duran, Jorge Carvajal, Pablo Jose Sanchez, Gilberto Línarez, Nieves Graterol, Estilita Moreno, Farían Reyes, Jose Lucena, Simon Briceño, Minan Flores, Francys Torrealba, John Garcia, Luis Agrais, Manuel Antonio Casu, Mauri Jackelin Frontrado Contreras, Daniel Vasquez, Jose Vidal, Kelvin Chacon, Marcos Tesorero, Victor Ceballo, Yonnis Alexander Garcia, Jaidy Rodriguez, Johan Valenzuela, Tulio Ramon Vasquez, Manuel Osal, Danerys Gallardo, Walter Rosales, Lilibeth Mora, Williams Dominguez, Cesar Augusto Figueredo, Anelsy Perdomo, Jorge Luis Quiñones, Moraima Herrera, Yurbi Guedez, Victor Martinez, Daniel Mogollon, Juana Iris Aranguren, Xhamilymar Betancourt, Jesus Jimenez, Pastora De Los Reyes Catan, Jose Vielma, Susana Perez, Benito Colmenarez, Jose Gregorio Vasquez, Carmen Rosa Azuaje, Jose Rafael Ramos, Chiquinquira Romero, Delvin Antonio Briceño Hernandez, Luisa Maria Castro, Luis Alvarez, Franklin Gonzalez, Francisco Viera, Leida Era Peralta, Marily Sandoval, Douglas Soto, Carlos Rivas, Carlos Perozo,,Delia Perdomo, Julio Rangel, Adeslen Ascanio, Henry Sanchez, Rafael Montilla, Aixa Diaz, Francisco Lucena, Alejandro Riera, Manisela Vasquez, Ana Torres, Eliana Lopez, Eliomar Torres, Marisela D Alessio, Nora Torrealba, Douglas Sanchez, Edgar Lacruz Ocanto, Raqmary Peña Mundarain, Marlin Rosibel Bernardo Cohil, Dayanira Coromoto Sira Molina, Josefina Rodriguez, Maribel Guedez, Jose Torrealba, Elvia Alvarez, Carmen Tua Riera, Jeidi Tua Riera, Jourley Peraza, Rocio Angulo, Carlos Perdomo, Yonny Anciso, Pablo Sanchez ,Helena Yaneth Da Costa Armeni, Minan Lopez, Dannys Jimenez, Josefina Romero, Leonardo Mann, Nancy Barreto, Yackson Jose Daza Baba, Douglas Sanchez, Daniel Vasquez, Miguel Martinez, Julio Ocampo,,Belkis Perez De Chirinos, Gilbert Mendoza, Rogelio Ramon Lara Duarte, Cnistobal NoeI Piña Rivero, Dietina Rosa Gonzalez Moreno, Yurbi Alexandra Guedez Rojas,,Daniel David Cazu Pineda, Wilfredo Enrique Linarez Lopez, Perfecto Leonardo Briceño, Yaneth Mercedes Tovar Collado, Nixon Daza Roa, Noamny Rossana Camacaro R, Jose Gregorio Guedez Alvarez, Antonio Roseliano Matute Medina, Carlos Enrrique Urriola, Maria Carolina Duran Flores, Uslan Evardo Gutierrez, Lisbeth Patricia Duque Rodriguez, Enrrique Mendez, David Aleman, Carlos Eduardo Ramos, Maribel Sandoval De Lucena, Juan Alberto Rodriguez, Jose Velez Patiñol, Gilmer Alberto Castillo Herrera, Jose Benjamin Flores Noguera, Barboto Castañeda, Angela Guedez, Oscar Arguello, Zulinde Rodriguez, Geronimo Ascanio,,Edgar Zerpa, Carlos Bracho, Liexer Antonia Gomez L, $oraima Montilla,,Belgica Viana Sanchez, Leida Rodriguez, Darwin Molina, Alexis Valera, Omar José Rodriguez Ocanto, Felipa Fernandez, Sarahin Montilla, Magbis Suarez, Ronald Bolivar, Elisa Suarez, Oscar Azuaje, Irauma Yepez, Yanet Tovar, Corteza Walderrama, Alexis Marquez, Maria Pineda, Rosmany Canelon, Miguel Eduardo Gomez Mujica, Carlos Castillo, Norberto Escalona, Edgar Salas, Dominga Del Carmen Veliz, Andres Avelino Pulgar Torres, Yasmir Rodriguez, Jesus Mendoza, Ramona Conde, Pedro Colmenarez, Carlos Caceres, Edgar Garcia, Jose Gregorio Guedez, Ana Julia Baena, Dorka Mendoza, Luis Guevara, Hilda Rumbos, Lissett Valles, Onika Rodriguez, Míriam Rodriguez, Hermenegildo Viera, Luis Colmenares, Maria Duran, Graciela Guzman por la empresa AUTO INVERSIONES ACCESS CAR CA. al momento de cancelar el dinero como inicial de la negociación para la adjudicación de los respectivos vehículos los cuales fueron signados con los números 01149, 00906, 00865,01418, 01417, 00929, 001526,00910, 01092, 00562, 000282, 00675, 00453, 00914, 01137, 01021, 00377, 001221, 01231, 00539, 000255, 396, 00486, 000299, 000139, 01040, 00588, 01026, 01095, 00932, 00937, 00548, 00780, 01152, 01018, 001524, 00939, 00887, 00556, 000202,000136,000005, 000124, 00399, 000201, 000239, 000017, 000251, 00361, 00353, 00901, 00916, 00400, 000081, 00392, 000280, 000063, 000099, 000240, 000230, 00947,00333, 000112, 000141, 000144, 01006, 00477, 00365, 01001, 00902, 00870, 00975, 009489, 00962, 00569, 01160, 00943, 01168, 01139, 00557,01101, 00576, 01087, 01080, 001232, 00797, 000250, 01034, 001508, 01153,001228, 001228, 00507, 01136, 001622, 00967, 00915, 01166, 01172, 001236, 001218, 01188, 01163, 01140, 01148, 01150, 01434, 01473, 01196, 01196, 001233, 001222, 001206,01176, 00976, 01028, 00573, 01005, 001223, 00911, 01411, 001655, 010336, 01048, 00969, 01054, 01031, 01178, 01104, 00895, 001583, 01195, 00397, 00933, 00922, 00938, 001553, 00942, 01132, 00963, 01075, 01082, 00580, 001591, 00885, 001205, 00551, 01100, 00924, 001511, 01011, 00557, 0012101, 00535, 00961, 01238, 00983, 01190, 01194,01084, 01088, 00338, 00877, 01045, 01143, 001509, 00939, 01002, 01039, 00345, 00934, 00886, 00917, 01056, 01159, 00930, 01197, 01023,01144, 001530, 01072, 001235, 00936, 01421, 01117, 01423, 01435, 01110, 001619, 00926, 01129, 01198, 00584, 01429, 01033, 01045, 01403, 01046, 01050, 001208, 001207, 01386, 00954, 01128, 00972, 00956, 00356, 01049, 01049, 00996, 001215, 01070, 01181, 01070, 00881, 01070, 01155, 01181, 01298, 00690, 00690, 001231, 01180, 01173, 00934, 00574, 01142, 00946, 01107, 001628, 01169, 01091, 00978, 00393, 01063, 01055, 01276, 01081, 01431, 00382, 00378, 00781, 01394, 01174, 01084, 01076, 01041, 00943 y 00588. Riela en la causa.


16. Cursa en el expediente, Copias De Los Cheques Del Banco Mercantil Devueltos Por No Poseer Fondos Disponibles N° 36072649, 56065095, 52072635, 98072636 identificados con el código de cuenta N° 01050748141748005057 a nombre de la Empresa Auto Inversiones Access Car. C.A. firmados por el ciudadano imputado FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ, emitidos en fechas 08/09/2010, 22/09/2010, 27/10/2010, a los ciudadanos JOSE RAMON LUCENA ARAMBULET, WILOMER JOSE CEBALLOS ESCALONA, GILBERTO RAFAEL LINAREZ PEREZ, JOSEFINA
MORENO quienes mediante escrito motivados solicitaron la devolución del dinero en virtud del que había transcurrido mucho tiempo y no les adjudicaban los vehiculo, en virtud de esto la empresa Auto Inversiones Access Car. C.A. emitió los renombrados cheques como supuesta devolución del dinero, dado como inicial de la negociación por las victimas. Riela en la causa.

17. Cursa en el expediente, Copias De Los Cheques Del Banco Banesco Devueltos Por No Poseer Fondos Disponibles N° 11394304, 25411326, 43394311, 39411333, 44366034, 23411322, 12348254 ,10411273, 42411291, 29458921, 32411284, 49411285, 32411275, 30394303, 42394297, 36394310, 10411347, 38458924, 46411286 Y 21411283 identificados con el código de cuenta N° 01341075510001000511 a nombre de la Empresa Auto Inversiones Access Car. C.A. firmados por el ciudadano imputado FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ, emitidos en fechas 10/08/2010, 23/08/2010, 15/10/2010, 20/10/2010, 03/11/2010, 04/11/2010, 05/11/2010, 21/03/2011, 23/03/2011 y 2410312011a los ciudadanos REYES ORLANDO FARFAN CORTEZ, MIRlAN COROMOTO FLORES, FRANCIS JOSÉ TORRALBA MAUURY JACKELIN FRONTADO C, DANIEL GUSTAVO VASQUEZ, KELVINT JESUS CHACIN C, MARCOS TESORERO, MANUEL EDUARDO OSAL V, MARILIN ROSIBEL BERNARDO, ANTONIO ROSELIANO MATUTE MEDINA, ELVIS MARISELA CAUTELA PARRA, WILLIANS VALENCIA M, JUAN JOSÉ VILLEGAS D, ESTER MARIA ORTEGA G, JORGE LUIS ARRIECHI C, CARLOS ALFREDO GOMEZ, SORAYA CRACHIOLO RIODRIGUEZ, JOSÉ ROBERTO ARRAEZ PALENCIA, ELIEZER GABRIEL RIVERO A Y VANESSA ALEJANDRA PEÑA MUÑOZ, quienes mediante escritos motivados solicitaron la devolución del dinero en virtud del que había transcurrido mucho tiempo y no les adjudicaban los vehiculo, en virtud de esto la empresa Auto Inversiones Access Car. C.A. emitió los renombrados cheques como supuesta devolución del dinero, dado como inicial de la negociación por las victimas. Riela en la causa.

18. Cursa en el expediente, Acta de Imposición De Derecho del ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ de conformidad con el Artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal. Riela en la causa.

19. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 25104/2011 realizada al ciudadano Luis Colmenares, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

20. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 2510412011 realizada al ciudadano NoeI Yépez, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

21. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 25104/2011 realizada al ciudadano Feliciano García, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

22. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 25104/2011 realizada al ciudadano José Alvarado quien es víctima en este asunto penal, Riela En La Causa

23. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 2510412011 realizada al ciudadano Francisco Velázquez, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa


24. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 2510412011 realizada al ciudadano Adeslan Ascanio, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

25. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 2510412011 realizada al ciudadano Vaela Alexis quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

26. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 25/04/2011 realizada a la ciudadana Onika Rodríguez, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

27. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 25/04I201 1 realizada al ciudadano Francisco Viera, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa
28. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 2510412011 realizada al ciudadano Carlos Rivas, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

29. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 25104/2011 realizada a la ciudadana Ana Penia, quien es víctima en este asunto penal, Ríela En La Causa

30. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 25I04/201 1 realizada al ciudadano Emilio Domínguez, quien es víctima en este asunto penal, Riela En La Causa

31. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 25í04/2011 realizada a la ciudadana Delia Perdomo, quien es víctima en este asunto penal, Riela En La Causa

32. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 25/0412011 realizada al ciudadano Carlos Perozo, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

33. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 25/04/2011 realizada al ciudadano Diego González, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

34. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 25/04/2011 realizada al ciudadano Dagliz Serrano, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

35. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 25104/2011 realizada al ciudadano Douglas Sánchez, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

36. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 2510412011 realizada al ciudadano Douglas Soto, quien es víctima en este asunto penal, Riela En La Causa

37. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 26!04I201 1 realizada al ciudadano Douglas Torrealba, quien es víctima en este asunto penal, Riela En La Causa

38. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 26104I2011 realizada al ciudadano Francisco Lucena, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

39. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 2710412011 realizada al ciudadano Dayana Reyes, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

40. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 27/04I2011 realizada al ciudadano Raimundo Toro, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

41. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 27I04I201 1 realizada al ciudadano Yonny Roa quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

42. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 27/0412011 realizada al ciudadano Edgar Salas, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

43. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 27I04I2011 realizada al ciudadano Elisa Suarez, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

44. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 27/04/2011 realizada al ciudadano José Vielma quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

45. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 27I04/2011 realizada a la ciudadana Nancy villadal, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

46. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 27I04/201 1 realizada al ciudadano Marcos Iglesia, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

47. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 27I04í2011 realizada al ciudadano Yusbeily Lovera, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

48. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 27104I2011 realizada a la ciudadana Maria Duran, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

49. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 28/04/2011 realizada al ciudadano Yrelis Colmenarez, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

50. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 28I04I201 1 realizada a la ciudadana Francelis Carrizalez, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

51. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 28104I2011 realizada al ciudadano Moraima Herrera, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa







52. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 2810412011 realizada al ciudadano Jorge Alvarado, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

53. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 28I0412011 realizada al ciudadano Pedro Colmenarez, quien es víctima en este asunto penal, Riela En La Causa

54. Curse en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 28I04/2011 realizada al ciudadano Carlos Lorenzo quien es victime en este asunto penal, Riela En La Causa

55. Curse en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 28l0412011 realizada al ciudadano Marisela Vásquez, quien es víctima en este asunto penal, Riela En La Causa

56. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 28104/2011 realizada al ciudadano José Suarez, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la presente causa.

57. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 28/04/2011 realizada al ciudadano Neptalí Salvatierra quien es víctima en este asunto penal, Riela En La Causa

58. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 29/04/2011 realizada a la ciudadana Maria Delgado, quien es víctima en este asunto penal, Riela En La Causa

59. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 29/04/2011 realizada al ciudadano Franklin González, quien es víctima en este asunto penal, Riela En La Causa

60. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 29/04/2011 realizada al ciudadano Elina López, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

61. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 29104/2011 realizada a la ciudadana Rosario Monsalve, quien es víctima en este asunto penal, Riele En La Causa

62. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 29I04/2011 realizada al ciudadano Yilmari Quintero, quien es victima en este asunto penal, Riela En La Causa

63. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 29/0412011 realizada a la ciudadana Alejandro Riera, quien es victime en este asunto penal, Riele En La Causa

64. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 29I04I201 1 realizada al ciudadano Helena Da Costa, quienes es victima en este asunto penal, cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 29/0412011 realizada al ciudadano Maribel Guedez, quien es víctima en este asunto penal, Riela En La Causa

65. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 30I0412011 realizada al ciudadano Jesús Cañas, quien es víctima en este asunto penal, Riela En La Causa

66. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 02/05/2011 realizada al ciudadano Carlos Cáceres, quien es víctima en este asunto penal, Ríela En La Causa

67. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 02/05I2011 realizada al ciudadano Enrique Méndez, quien es víctima en este asunto penal, Riela En La Causa

68. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 02/05/2011 realizada al ciudadano Yurbi Guedez, quien es victime en este asunto penal, Riela en la Causa. Ríela en la Causa

69. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 0210512011 realizada al ciudadano Isaías Pérez, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

70. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 03/05/2011 realizada al ciudadano Yasmir Rodríguez, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

71. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 0410512011 realizada al ciudadano Coromoto Rodríguez, quien es victima en este asunto penal, Riele en la Causa.

72. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 04!05I2011 realizada al ciudadano Omar Rodríguez, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

73. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 04/05I2011 realizada a la ciudadana Eduardo Gómez, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

74. Cursa en el expediente, Acta D Entrevista de fecha 04/05/2011 realizada al ciudadano David Alemán, quien es victime en este asunto penal, Riela en la Causa.
75. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 04/05/2011 realizada al ciudadano Luis Álvarez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

76. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 04/05I201 1 realizada a la ciudadana Julio Ocampo, quien es victime en este asunto penal, Riela en la Causa.

77. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 04/0512011 realizada al ciudadano José Cordero, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

78. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 0410512011 realizada a la ciudadana Rene López, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

79. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 05I05I2011 realizada al ciudadano Ana Torres, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

80. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 05105/2011 realizada al ciudadano Yaermi Travieso, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

81. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 04104I201 1 realizada al ciudadano Marlin Bernardo, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

82. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 04I05/2011 realizada al ciudadano Carlos Perdomo, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

83. Cursa en el expediente, Acta D Entrevista de fecha 04I05I2011 realizada al ciudadano Jesús Mendoza, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

84. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 04I05I201 1 realizada al ciudadano Jonathan Gomes, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

85. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 05I0512011 realizada al ciudadano Walter Rosales, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

86. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 05/0512011 realizada al ciudadano Jaidy Rodríguez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

87. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 05/05I2011 realizada al ciudadano Benito Colmenarez, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

88. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 0510512011 realizada al ciudadano Eliomar Torres, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

89. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 05I0512011 realizada a la ciudadana Juan Rodríguez, quien es víctima en este asunto penal, Riela al folio 14 de la presente causa.

90. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 06105/2011 realizada al ciudadano Marisela D Alession, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

91. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 06I05I2011 realizada al ciudadano Piña NoeI, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

92. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 0610512011 realizada a la ciudadana NoeI Galíndez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

93. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 06I05/2011 realizada al ciudadano Rosa Herrera, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

94. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 0610512011 realizada a la ciudadana Susana Pérez, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

95. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 0610512011 realizada al ciudadano Aixa Díaz, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

96. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 06I05/2011 realizada al ciudadano Gilmer Castillo, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

97. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 10/04/2011 realizada al ciudadano Edith Rodríguez, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

98. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 12/05/2011 realizada al ciudadano Marco Tovar, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

99. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 12/05/2011 realizada al ciudadano Xhamil Betancourt, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

100. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 12/05/2011 realizada al ciudadano Yurbi Guedez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

101. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 12/05/2011 realizada al ciudadano Lisett Valles, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

102. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 12I05/2011 realizada al ciudadano Deyanira Gallardo, quién es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

103. Cursa en el expediente, Acta DO Entrevista de fecha 12/05/2011 realizada al ciudadano Norbellys Dunca, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

104. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 12/05/2011 realizada al ciudadano Jorge Quiñones, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

105. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 1210512011 realizada a la ciudadana José Pérez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

106. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 1210512011 realizada al ciudadano Minan Rodríguez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

107. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 12/05/2011 realizada al ciudadano Carlos Quintero, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

108. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 1210512011 realizada a la ciudadana Andrés Pulgar, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

109. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 1210512011 realizada al ciudadano Josefina Rodríguez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

110. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 1210512011 realizada a la ciudadana Jesús Jiménez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

111. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 1210512011 realizada al ciudadano Lilibeth Mora, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

112. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 12I05I2011 realizada al ciudadano Williams Dominguez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

113. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 12I05I201 1 realizada al ciudadano Andelson Ramírez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

114. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 12105/2011 realizada al ciudadano Magbis Suarez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

115. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 12I05I201 1 realizada al ciudadano Carlos Castillo, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

116. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 13l05/2011 realizada al ciudadano Rene Rojas, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

117. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 13/0512011 realizada al ciudadano Javier Torreyes, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

118. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 13/05I2011 realizada al ciudadano Diones Colmenares, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.


119. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 1310512011 realizada al ciudadano Francisco Rivero, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

120. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 1310512011 realizada al ciudadano Hernández Delvin, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

121. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 1310512011 realizada a la ciudadana Dominga Veliz, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

122. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 13105/2011 realizada al ciudadano Jean Dávila, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.
123. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 13105/2011 realizada al ciudadano Oscar Arguello, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

124. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 13/0512011 realizada a la ciudadana Gelioba Villanueva, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

125. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 1310512011 realizada al ciudadano Andrés Torrelles, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

126. Cursa en el expediente, Acta De entrevista de fecha 1310512011 realizada a la ciudadana franklin Lopez, quien es victima en este asunto penal, Rieta en la Causa.

127. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 13/05/2011 realizada al ciudadano Juan Villegas, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

128. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 13I05I2011 realizada al ciudadano Esther Torres, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

129. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 13105/2011 realizada al ciudadano Pastora Catan, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

130. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 13/05I2011 realizada al ciudadano Dayanira Sira, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

131. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 13/05/2011 realizada al ciudadano Vanessa Peña, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

132. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 13/0512011 realizada a la ciudadana Yanne Tovar, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

133. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 1310512011 realizada a la ciudadana Dietina González, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

134. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 14/0512011 realizada a la ciudadana Josefina Romero, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

135. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 16/0512011 realizada al ciudadano Elvis Cautela, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

136. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 16I05I2011 realizada a la ciudadana Rosmary Canelón, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

137. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 16I0512011 realizada a la ciudadana Carlos Urriola, quien es iictima en este asunto penal, Riela en la Causa.

138. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 16I05/2011 realizada al ciudadano Alejandro Ortiz, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

139. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 16/0512011 realizada al ciudadano Alexis Márquez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

140. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 16I05I2011 realizada a la ciudadana Daniel Mogollón, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

141. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 17/05/2011 realizada a la ciudadana Tania Carpio, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

142. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 17/05/2011 realizada a la ciudadana Gabriel Nouel, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

143. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 17/05/2011 realizada a la ciudadana Beatriz Peroza, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

144. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 19/0512011 realizada al ciudadano Wilfredo Linarez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

145. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 19/05/2011 realizada a la ciudadana Raqmary Peña, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

146. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 19I05I2011 realizada a la ciudadana Aracelis Quiroz, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

147. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 19105/2011 realizada al ciudadano Yeison Márquez, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

148. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 19/0512011 realizada a la ciudadana Oscary Castillo, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

149. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 2010512011 realizada al ciudadano José Añez, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

150. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 19/0512011 realizada al ciudadano Nolberto Escatona, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

151. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 19/0512011 realizada al ciudadano José Angulo, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

152. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 20105/2011 realizada al ciudadano Perfecto Briceño, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

153. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 24/0512011 realizada a la ciudadana Belkis Pérez, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

154. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 2710512011 realizada al ciudadano Oscar Azuaje, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

155. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 2710512011 realizada a la ciudadana Yraima Yépez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

156. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 2710512011 realizada al ciudadano Daniel Morillo, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

157. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 30I05/2011 realizada al ciudadano Carlos Bracho, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

158. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 3010512011 realizada al ciudadano Carlos Aular, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

159. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 06/06/2011 realizada a la ciudadana Dorca Mendoza, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

160. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 07/06/2011 realizada al ciudadano Rogelio Lara, quien es víctima en este asunto penal, Riela en la Causa.

161. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 07/06/2011 realizada a la ciudadana Karla Mujica, quien es Victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

162. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 09/06/2011 realizada al ciudadano Juan Castillo, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

163. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 10/06/2011 realizada a la ciudadana Gracela Guzman, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

164. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 15/06/2011 realizada a la ciudadana Nora Torrealba, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

165. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 20/06/2011 realizada al ciudadano Daniel Cazu, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

166. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 20/06/2011 realizada a la ciudadana Chiquinquira Romero, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

167. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 22/0612011 realizada al ciudadano José Ramos, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

168. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 06/06/2011 realizada a la ciudadana Carmen Azuaje, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

169. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 08/09/2011 realizada a la ciudadana Maria Dama, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

170. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 08/09I2011 realizada al ciudadano Gilbert Mendoza, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

171. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 08109/2011 realizada al ciudadano Richard Diaz, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

172. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 0810912011 realizada al ciudadano Enoc Ortiz, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

173. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 08/09/2011 realizada al ciudadano Waner Perez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

174. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 08109/2011 realizada al ciudadano Manuel Osal, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

175. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 0810912011 realizada a la ciudadana Mary Rodriguez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

176. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 08109I2011 realizada al ciudadano Jesus Mirabal, quien es victima en este asunto penal.

177. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 08/0912011 realizada al ciudadano Cesar Figueredo, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

178. Cursa en ciudadano Causa. El expediente, Acta De Entrevista de fecha 08/09/2011 realizada al Dannys Jimenez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la causa.

179. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 0810912011 realizada al Deibis Colmenares, quien es victima en este asunto penal, Riela en la causa

180. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 13I09I2011 realizada al ciudadano Nora Alvarez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

181. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 14109/2011 realizada al ciudadano Belgica Viana, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

182. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 2610912011 realizada al ciudadano Victor Ruiz, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

183. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 26I0912011 realizada al ciudadano Julio Rangel, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.
184. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 29l09/2011 realizada al ciudadano Elias Garrido, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

185. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 30/08!2011 realizada al ciudadano José Flores, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

186. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 0810912011 realizada al ciudadano Maria Dama, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

187. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 08/09/2011 realizada al ciudadano Gilbert Mendoza, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

188. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 08/0912011 realizada al ciudadano Richard Diaz, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

189. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 0810912011 realizada ciudadano Enoc Ortiz, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

190. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 08109I2011 realizada ciudadano Waner Perez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

191. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 08I09/201 1 realizada ciudadano Manuel Osal, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

192. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 08I09I2011 realizada al ciudadano Mary Rodriguez, quien es victima en este asunto penal, Riela en la Causa.

193. Cursa en el expediente, Acta De Entrevista de fecha 0210512011 realizada al ciudadana Dorimar Panza ,quien es testigo en este asunto, donde expuso: “...yo comencé a trabajar en auto inversiones ACCLSS CAR, el día 26’11’2010 mi función allí era de secretaria trabajaba en la sede ubicada en el sector la Reja de Guanare, trabaje hasta el 05/ 03/2011, yo renuncie ya que me habían atrasado el pago en carnaval y no supe mas nada de eso hasta que me llego la citación a mi casa...” Riela en la Causa.

194. Cursa en el expediente Acta De Entrevista de fecha 0510512011 realizada al ciudadano Jonathan Gomes quien es testigo en este asunto, donde expuso: “... resulta ser que el día de ayer 04/05/2011 aproximadamente a las 05:00 horas de la tarde, una comisión del C.I.C.P.C, se apersonaron hasta mi taller ubicado en la avenida 05 del sector la romana numero 66, Auto servicios La romana, Araure estado portuguesa, a fin de verificar la posible relación que pudiera tener entre las personas directivas del AUTO INVERSIONES ACCESS CAR C.A. ya que ellos eran clientes, y desconozco todo tipo de negociación que esta gente pudiera tener ya que mi contacto con ellos era de solo reparaciones que le hacia a sus vehículos, es todo...” Riela en la Causa.

195. Cursa en el expediente Acta De Entrevista de fecha 2410812011 realizada a la ciudadana Oscary Del Valle Castillo Granado quien es testigo en este asunto, donde expuso: “...Resulta que yo trabaje en una empresa de nombre INVERSIONES ACCES CAR C.A. donde dure 7 meses laborando y la misma se dedicaba a la compra y venta de vehículos usados. Los propietarios de dicha empresa se dieron a la quiebra y al parecer le rechazan la quiebra y luego cierran por duelo por la supuesto fallecimiento de unos de los propietarios donde se fueron del lugar dejando mucha gente estafada”... Riela en la Causa.

196. Cursa en el expediente Acta De Entrevista de fecha 07/09/2011 realizada al Ciudadano Jesús Eduardo Villamediana Liscano quien es testigo en este asunto, donde expuso. “...Resulta que yo soy socio de una empresa de nombre M.B SERVICIO INMOBILIARIO C.A. La cual se encarga de administrar bienes inmuebles como locales comerciales, casa apartamento entre otros, entre esos locales se encuentra uno de los locales se encuentra ubicado en la calle 22, cruce con avenida 35 zona c, sector banco obrero Acarigua Estado Portuguesa, perteneciente al ciudadano ALEKSANDER RYZCKO titular de la cedula de identidad numero V9.561.694, los cuales fueron arrendados por el ciudadano de nombre FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ titular de la cedula de identidad numero V-16.838.341 en representación legal de la empresa de nombre Auto inversiones Access car. C.A. el contrato se realizo por seis meses y solo se renovó uno de los locales alquilado, luego se empezaron atrasar con los pagos y luego nos enteramos que la empresa habían estafado a unas persona con la adquisición de vehículos a crédito, se les realizo varias llamadas telefónicas a fin de ubicarlo siendo imposible, posteriormente se les informo a los propietarios de los locales para notificarle lo sucedido donde se hizo una inspección judicial para poder entregarlos...” Riela en la Causa.

197. Cursa en el expediente, Acta Constitutiva de la empresa AUTO INVERSIONES ACCESS CAR C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en fecha 19 de Enero de 2010, en el 3-A NUMERO 36 representada por el ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA titular de la cedula de identidad N° 16.838.341. Riela en la causa.

198. Cursa en el expediente, Registro De Información Fiscal (RIF) de la empresa AUTO INVERSIONES ACCESS CAR C.A. signado con el N° J-29858780-6, con fecha de inscripción 19/01/2010 en la ciudad de Maracaibo Estado Zulia, donde se deja constancia de la ubicación física siendo esta calle 58, casa N° 15 J- 16 Urb. La Trinidad. Riela en la causa.

199. Cursa en el expediente, Copia Fotostática de los Escritos De Retiro De La
Negociación con la empresa AUTO INVERSIONES ACCESS CAR C.A. de los ciudadanos José Alejandro Ortiz G, Jonathan Gómez Lima, Mary Ángela Ferreira Reyes, Manuel Moreno, Henry Gustavo Colina, Soraya Cracehiolo, Jorge Luis Arriechi, Carlos Alfredo Gómez Hernández, Esther María Ortega Gutiérrez, Víctor Ramón Ruiz, Angarita, Juan Villegas, María Damas de Cabrera, NoeI Galíndez, Jean Carlos Medina, Torreyes Javier, Enoc Gabriel Ortiz Gómez, Elvis Marisela Cautela Parra, Mary Rodríguez, Jesús Manuel Madriz Gil, Jorge Carvajal, Gilberto Linarez, Reyes Farfan, José Ramón Lucena, Simon Briceño, Minan Flores, Luis Alberto Agrais Jiménez, Daniel Gustavo Vásquez, José Vidal Riaño, Kelvint Chacon, Marcos Tesorero, Víctor Ceballos, Jaidy Rodríguez, Yonnys García, Johan José Valenzuela Aranguren, Manuel Osal, Danerys Gallardo, Jesús Mirabal, Lilibeth Mora, Williams Domínguez, Yurbi Guedez, Víctor artínez, Daniel Mogollón, Xhamilymar del Jesús ‘ Betancourt, Jiménez Hernández Jesús, José Vásquez, Luisa María Castro, Adeslan Ascanio, Henry Sánchez, Marlin Bernardo, Dayanira Sira, Wilmer Ceballos, Carmen Tua Riera, Jeidi Tua, Minan Rosa López, Dannys Jiménez, Nancy Barreto Escalona, Daniel Vasquez, Belkis Pérez, Antonio Matute, Carlos Urriola, David Alemán, Maribel de Lucena, Bartolo Castañeda, Carlos Bracho, Luis Colmenares, Graciela Guzmán, Aixa Diaz, Marisela D Alessio, Nora Torrealba, Douglas Sánchez, Edgar José La Cruz Ocanto, Felipa Fernández, Sarahin Síelcira Montilla Aguilar, Yraima Yépez, Yasmir Rodríguez, Edgar Salas y Luis Xavier Guevara Torres, en virtud de la larga espera para la entrega de los vehículos los cuales fueron acordado al momento de firmar el contrato. Riela en la causa.

200. Cursa en el expediente, el contenido de Acta de Inspecciones N° G-019318, L-29858780-6, G-019673, 111933, 01-104888, 01-104806, 01-106621, 01-107033, 01-112104 de fechas 23/03/2011, 03/03/2011, 24/03/2011, 28/02/2010, 01/07/2010, 28/06/2010, 03/09/2010, 28/09/2010 y 04/03/2011 suscrita por los funcionarios Wuillian Rojas, Ana E Rosao, Lucindo R Jiménez, Ana Bolaño, Mildred Carpio C, Manuel Medina Y Oswaldo Sequera funcionarios al Instituto Para La Defensa De Las Personas En El Acceso A Los Bienes Y Servicio (INDEPABIS) Coordinación Regional Portuguesa, realizada en la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A. sector la Goajira, avenida Rotaria, Edificio Bistre, Local N° 3 Acarigua-Estado
Portuguesa. Sitio del suceso. Riela en la causa.

201. Cursa en el expediente, Escritos De Exposiciones De Motivos de los ciudadanos CRISTOBAL NOEL PIÑA, LILIBETH MORA, WILLIAMS DOMÍNGUEZ, AQNELSY PERDOMO, YURBI GEDDES, DANIEL CAJA, NIXON JOSE DAZA ROA, JOSE GREGORIO GUEDEZ CARLOS URRIOLA quienes son victimas en esta causa los cuales expresan: “... que firmaron un contrato con la empresa Auto Inversiones Access CAR C.A. para adquirir un vehiculo, por lo que dicha empresa les solicito una inicial la cual los prenombrados ciudadanos cancelaron pero la empresa nunca adjudico los vehiculo ni reintegro el dinero a los prenombrados ciudadanos .. .“ Riela en la causa.

202. Cursa en el expediente, Movimientos Bancarios realizados en la cuenta corriente N° 0134-1075-51-0001000511, a nombre de la empresa ACCESS CAR C.A. identificada con el numero de RIF J298587806, desde el momento de su apertura en fecha 10/02/2010 hasta el 02/06/2011, donde aparecen como firmantes los ciudadanos FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ y JHONY ALEXANDER MAZO los cuales fueron emitidos por la entidad Bancaria Banesco Banco universal.

203. Cursa en el expediente, La Planilla De Registro De Información Fiscal de la empresa Auto Inversiones Access Car C.A. y la de su representante legal ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA titular de la cedula de identidad N° 16.838.341 anexada al oficio N° GRTI-RCO-SP-UG-710-N° 000612 del servicio integrado de administración aduanera y tributaria jurisdicción Portuguesa suscrito por el ciudadano Jairo José Sosa Papich, donde deja constancia que el contribuyente depende de la circunscripción del Estado Zulia. Riela en la Causa.

204. Cursa en el expediente, Consulta De La Dirección Electoral de los ciudadanos FRANCISCO RAFAEL PIÑA titular de la cedula de identidad N° V-16.838.341, JHONY ALEXANDER MAZO CAICEDO titular de la cedula de identidad N° V16.838.341 y YOLIMA BEATRIZ GUERRA VERGARA titular de la cedula de identidad N° E-83.089.199, donde deja constancia de su domicilio y el centro de votación de los prenombrados ciudadanos. Riela en la Causa.

205. Cursa en el expediente, COMUNICACIÓN N° 70080 suscrita por la ciudadana Liliana Di Feliciantonio Rodríguez Coordinadora de Control Servicios Operativos Mercantil Banco de fecha 30 de Junio de 2011 la cual informa que la cuenta corriente N° 1748-00505-7, figura a nombre de la sociedad Mercantil AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., RIF N° J-298587806, abierta en fecha 17/03/2010 y figura como firma autorizada al ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ titular de la cedula de identidad N° V-16.838.341. de lo cual se evidencia que dicha cuenta pertenece al mencionado ciudadano. Riela en la Causa.

206. Cursa en el expediente, CD contentivo de los reportes emitidos por la data de la empresa de telefonía movistar relacionados con el numero telefónico 041 4-6094074 el cual pertenece al ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ titular de la cedula de identidad N° V-16.838.34lsegun lo informado por la dirección de seguridad de la prenombrada empresa. Riela en la Causa.

207. Cursa en el expediente, Resultado De La Visita Domiciliaria de fecha 24/11/2011, practicada por los funcionarios Sub-comisario: Carlos Castillo, Deudy Colmenares y Walter Yepez e Inspector Marianny Montes adscritos al Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional Base Territorial Araure- Estado Portuguesa realizada en un Local ubicado en la Av. 17 con Av. 5 de Diciembre Residencia Don Pedro Planta Baja — Araure donde dejan constancia que se recabaron las siguientes evidencias de interés criminalístico como el es 07 sellos húmedos descritos de la siguiente manera dos (02) sellos húmedos marca Shiny Printer S-844, de color violeta y negro transparente con la inscripción “PAGADO”, Auto Inversiones ACCESS CAR C.A.” RIF J29858780-6”; un (01) sello húmedo marca Shiny Printer Line S-824 de color negro transparente con la inscripción “Unicamente para ser depositado en 01050748141748005057 BANCO MERCANTIL AUTOI NVERSIONES ACCESS CAR, C.A.”; un (01) sello húmedo marca Shiny Printer Line S-824 de color azul, con la inscripción “Únicamente para ser depositado en 0134-1075-51-0001000511 Banesco Banco Universal Autoinversiones Access Car, C.A.”; un sello húmedo marca Shiny Printer Line S-823, de color azul con la inscripción “NO ENDOSABLE”; dos (02) sellos húmedos marca Shiny Printer S-844, de color violeta y negro transparente con la inscripción “SUJETO A ANALISIS DE CREDITO Autoinversiones ACCESS CAR, C.A. RIF J29858780-6”. Riela en la Causa.

208. Cursa en el expediente Experticia contable, practicada por lOs expertos profesionales II ALEXIS GOMEZ y EXPERTO TECNICO I YORDANA VIEIRA, adscrito a la división de experticia contables financiera del Cuerpo de investigaciones Científicas, penales y criminalísticos de la ciudad de caracas realizada a: los recibos signados con los números 01149, 00906, 00865,01418, 01417, 00929, 001526,00910, 01092, 00562, 000282, 00675, 00453, 00914, 01137, 01021, 00377, 001221, 01231, 00539, 000255, 396, 00486, 000299, 000139, 01040, 00588, 01026, 01095, 00932, 00937, 00548, 00780, 01152, 01018, 001524, 00939, 00887, 00556, 000202,000136,000005, 000124, 00399, 000201, 000239, 000017, 000251, 00361, 00353, 00901, 00916, 00400, 000081, 00392, 000280, 000063, 000099, 000240, 000230, 00947,00333, 000112, 000141, 000144, 01006, 00477, 00365, 01001, 00902, 00870, 00975, 009489, 00962, 00569, 01160, 00943, 01168, 01139, 00557, 01101, 00576, 01087, 01080, 001232, 00797, 000250, 01034, 001508, 01153, 001228, 001228, 00507, 01136, 001622, 00967, 00915, 01166, 01172, 001236, 001218, 01188, 01163, 01140, 01148, 01150, 01434, 01473, 01196, 01196, 001233, 001222, 001206,01176, 00976, 01028, 00573, 01005, 001223, 00911, 01411, 001655, 010336, 01048, 00969, 01054, 01031, 01178, 01104, 00895, 001583, 01195, 00397, 00933, 00922, 00938, 001553, 00942, 01132, 00963, 01075, 01082, 00580, 001591, 00885, 001205, 00551, 01100, 00924, 001511, 01011, 00557, 0012101, 00535, 00961, 01238, 00983, 01190, 01194,01084, 01088, 00338, 00877, 01045, 01143, 001509, 00939, 01002, 01039, 00345, 00934, 00886, 00917, 01056, 01159, 00930, 01197, 01023,01144, 001530, 01072, 001235, 00936, 01421, 01117, 01423, 01435, 01110, 001619, 00926, 01129, 01198, 00584, 01429, 01033, 01045, 01403, 01046, 01050, 001208, 001207, 01386, 00954, 01128, 00972, 00956, 00356, 01049, 01049, 00996, 001215, 01070, 01181, 01070, 00881, 01070, 01155, 01181, 01298, 00690, 00690, 001231, 01180, 01173, 00934, 00574, 01142, 00946, 01107, 001628, 01169, 01091, 00978, 00393, 01063, 01055, 01276, 01081, 01431, 00382, 00378, 00781, 01394, 01174, 01084, 01076, 01041, 00943 y 00588.

CAUSA ACUMULADA FISCALIA SEGUNDA PRIMER CIRCUITO

209. Al folio 01 cursa, DENUNCIA COMUN, de fecha 15/04/2011, del ciudadano ACOSTA QUINTERO DARlO ALBERTO, titular de la cedula de identidad N° V-18.100.116, rendida ante el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta Sub-Delegación Guanare Edo. Portuguesa, donde expuso lo siguiente: “Resulta ser que el día 21-03-11 yo realice un deposito a la empresa Auto Inversiones Acces Car C.A por la cantidad de 20.000 bolívares por concepto de inicial de la compra de un vehiculo el cual supuestamente me iban a hacer entrega el día de hoy y resulta que cuando el día de hoy me dirijo a la empresa antes mencionada no había nadie y se hablan llevado todos los equipos y vehículos que se encontraban en las instalaciones donde funcionaba dicha empresa, luego me dirigí a las instalaciones donde funciona dicha empresa en la ciudad de Acarigua Estado portuguesa y resulta que también en dicha oficina también se habían llevado todo y estaba cerrada y estaba era un vigilante y me dijo que no sabia cuando abrían y que no había nadie. Es todo”.

210. DeI folio 02 al 07 cursan, COPIAS DE RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., CHEQUE, CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A. Y CLIENTE, a nombre de la victima ACOSTA QUINTERO DARlO ALBERTO, titular de la cedula de identidad N° V-18.100.116.

211. Al folio 10 cursa, ACTA POLICIAL de fecha 15/04/2011, suscrita por el funcionario Agente DANIEL MORILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación y en consecuencia expuso lo siguiente: “Continuando con las diligencias relacionadas a la averiguación K-1 1-0254-00357, que se instruye por ante este despacho, por unos de los delitos, ESTAFA, me traslade en compañía del Agente GUEDEZ JUAN, y del ciudadano: DARlO ALBERTO ACOSTA QUINTERO, ya en actas reflejadas como victima, hacia las instalaciones de la empresa auto inversiones Access Cars CA, ubicada en las calles 15 y 16 con carrera 14, de esta ciudad, con la finalidad de fijar inspecciones técnicas, una vez presente en la dirección antes mencionada, la acompañante nos indico el lugar exacto donde ocurrieron los hechos que nos ocupa, seguidamente procedió el funcionario a fijar la respectiva inspección técnica siendo las 07:30 horas de la noche, la cual se anexa a la presente acta de investigación de igual forma nos entrevistamos con el ciudadano: SUAREZ ESPINAYU ORANGEL, Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 18 años de edad, soltero, oficio Vigilante, Residenciado en el Barrio Bella vista 2, Acarigua Estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad V-23.863.420, a quien luego de identificamos como funcionarios activo de este cuerpo policial e imponerle el motivo de nuestra presencia manifestó ser Vigilante del lugar, el mismo nos manifestó no tener conocimiento de (o que allí sucedía, y que tenia laborando aproximadamente 43 días en dicha empresa, de igual forma nos informo que los dueños no se encontraba presente para el momento y tampoco no sabia donde podían ser ubicados los mismos, posteriormente nos retiramos del lugar, retornando a nuestra sede donde una vez aquí se le informo a la superioridad del resultado de dicha comisión, es todo”.

212. Al folio 11 cursa, INSPECCION N° 684, de fecha 15/04/2011, suscrita por los funcionarios Agentes GUEDEZ JUAN CARLOS y MORILLO DAVID, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, practicada en: UN LOCAL COMERCIAL DENOMIÑADO — AUTO INVERSIONES ACCESS CARS, C.A. UBICADO EN LAS CALLES 15 CON CARRERA 14, GUANARE ESTADO PORTUGUESA, lugar donde se acordó practicar Inspección de conformidad con el Artículo 202 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto se deja constancia de lo siguiente “El lugar a ser inspeccionado, lo constituye un sitio de suceso mixto, con clima ambiental fresco e iluminación artificial clara de buena intensidad, correspondiente al local antes mencionado, ubicado en la dirección arriba mencionada, donde se avista que se encuentra circundado por una cerca elaborada en tela metálica tipo alfajor, con tubos de metal pintados de color gris, como medio de acceso presenta una puerta de una hoja de tipo batiente elaborada del mismo material, posterior a esta se localiza un área abierta (GALPON), constituida por columnas de concreto armado pintados de color verde, techo de laminas de acerolit de color blanco y piso de cemento pulido, en la parte superior se visualiza a lo largo, una pancarta de color blanco y verde, con letras de color blanco verde y negro, donde se lee entre otros cosas, AUTO INVERSIONES ACCESS CAES C.A. COMPRA, VENTA, CONSIGNACION Y FINANCIAMIENTO DE VEHICULOS, prosiguiendo con la presente inspección, hacia el fondo, se visualiza un recinto que funge como oficina comercial, la cual presenta en su fachada conformada por una pared frisada y pintada de color verde, en la parte superior se visualiza una pancarta alusiva, a dos vehículos automotores, dicho recinto presenta nomo medio de acceso una puerta de una hoja tipo batiente, elaborada su parte inferior en metal de color beige y en su parte superior se visualiza un vidrio con merco de metal, ubicándonos por paredes frisadas y pintadas de color blanco, piso de cemento pulido y techo de laminas de cielo raso, visualizándose que parte del mismo se encuentra en mal estado, dicho recinto a su vez se encuentra dividido en cuatro recintos los cuales se encuentran protegidos por puertas, asimismo se observa en estos cubículos un escritorio elaborados en madera de color beige, con su respectivas sillas, asimismo se avistan once sillas, de color negro en forma arrumada una sobre la otra, todo esto para el momento de realizar la presente inspección, es todo”.

213. Al folio 01 cursa, ENTREVISTA, de fecha 18/04/2011, del ciudadano IBARRA AREVALO LUIS EDUARDO, titular de la cedula de identidad N° V-13.892.181, rendida ante el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta Sub-Delegación Guanare Edo. Portuguesa, donde expuso lo siguiente: “Resulta , que yo el día 09/03/2011, con mi esposa Carolina Beatriz titular de la cedula de identidad V-16.644.558, sacamos un cheque de gerencia del Banco de Venezuela asignado al numero de cuenta 010203465000000220221, numero de cheque 00004791 por la cantidad de Diecinueve Mil Bolívares (19.000.00 Bs.), para dar la cuota inicial de un vehículo en Auto Inversiones ACCESS CAR C.A, donde fui atendido por una ciudadana de nombre CELINA, la cual me dio el numero telefónico 0414-404.21.63, para que comunicara con ella, y nos dijo que los documentos teníamos que llevarlos para Acarigua por que la oficina administrativa no esta funcionando aquí en Guanare y que ella se estaba comunicando con nosotros, desde ese momento estuvimos esperando y me preocupo, desde ese momento empezamos a comunicarnos con ella y después de varias llamadas solo me contesto dos, en lo cual me decía que se encontraba ocupada y que todo iba bien y desde hay no contestaba mas su teléfono, luego le mande mensajes en donde le preguntaba que había pasado con lo del carro y ella me contesto que lo del carro estaba casi porque le estaba realizando mantenimiento y que había tardado mucho por que los talleres estaban fuli, y desde ese momento no recibí mas información sobre la financiación del carro, de hay me traslade hacia la oficina de venta de ACCESS CAR CA que se encuentra aquí en Guanare en donde me entreviste con el vigilante el cual desconozco su nombre, y le pregunte que sabia sobre las venta de los carros y el me dijo que lo único que sabia que uno de los socios había tenido un accidente de transito en la cual falleció y que todos los socios estaban en Caracas, le dije que si tenia un numero telefónico de alguno de ellos y me dio el del vendedor de nombre Jesús el cual es 0424-2022953, lo llame y me dijo que se encontraba en Caracas en un funeral de unos de los socio y que los demás socios le habían comunicado que iban a esperar que pasara semana santa para entregar los vehículos, desde hay le empecé a enviar mensajes preguntándole que me diera un numero de unos de los socios para comunicarme y me dio el 041 4-2970300, el cual le pertenece a un señor llamado ALEXANDER, y que era unos de los gerentes de la oficina administrativa en Acarigua, le realice varias llamadas y nunca me contesto y desde hay estoy esperando respuesta todavía sobre lo que paso. Es todo”.


214. Del folio 03 al 08 cursan, RECIBO (ORIGINAL) DE CONTROL DE PAGO DE AUTO NVERSIONES ACCES CAR C.A., COPIA DE CHEQUE (PAGO) Y CONTRATO DE CONVENlO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR CA. (CLIENTE, a nombre de la victima IBARRA AREVALO LUIS EDUARDO, titular de a cedula de identidad N° V-13.892.181.

215. Al folio 09 cursa, ENTREVISTA, de fecha 18/04/2011, del ciudadano MOLINA RODRIGUEZ DARWIN JOSE, titular de la cedula de identidad N° V-16.646.497, rendida ante el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta Sub-Delegación Guanare Edo. Portuguesa, donde expuso lo siguiente: “Resulta que yo el día 03/04/2011, fui al Auto Inversiones ACCESS CAR C.A, y me entreviste con el señor JESUS, quien es vendedor de del concesionario y me explico como eran los tramites para adquirir un vehículo, le pedí los requisitos para la tramitación, los cuales se los consigne completamente, y me dijo que le llevara la inicial en un cheque de gerencia por la cantidad de Veinte Mil Bolívares (20.000.00 Bs.) y el balance personal emanado por un Contador Publico, el martes 12-04-2011, yo le entregue el balance y el cheque del Banco Venezuela asignado al numero de cuenta 01020346500000022021, y numero de cheque 00004750, por la cantidad de Veinte Mil Bolívares (20.000.oo Bs), el cual lo coloque a nombre de Auto Inversiones ACCESSS CAR C.A, después el me dijo que esperara máximo quince días para que me estregaran el carro y desde ese día no he tenido respuesta sobre el problema. Es todo”.

216. Del folio 10 al 19 cursan, COPIA DE RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., COPIA DE CHEQUE (PAGO) Y CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A. Y CLIENTE, BALANCE PERSONAL DEL CIUDADANO MOLINA RODRIGUEZ DARWIN JOSE, a nombre de la victima MOLINA RODRIGUEZ DARWIN JOSE, titular de la cedula de identidad N° V-16.646.497.

217. Al folio 20 cursa, ENTREVISTA, de fecha 18/04/2011, del ciudadano CEDEÑO AZOCAR MARIA AUXILIADORA, titular de la cedula de identidad N° V-9.256.313, rendida ante el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de esta Sub-Delegación Guanare Edo. Portuguesa, donde expuso lo siguiente: “Resulta que yo desde el mes de enero fui a las oficinas de Auto Inversiones ACCESS CAR C.A, a preguntar sobre las venta de vehículos y me atendió el señor YONNY MAZO, y el me ofreció varias alternativas de financiamiento y me pregunto en donde trabajaba y le dije que en Guanare, el me dijo que si era buena lugar para trabajar el cual le dije que si, porque querían montar una oficina en Guanare yo le comente que yo tenia un terreno que era de la sucesión de ENEYDA SOCA mi madre que falleció, pero que estaba muy deteriorado y que si quería alquilarlo con la condición estipulada entre ambas partes, las condiciones eran que yo le daba dos meses muertos si pagar, para que el arreglara el terreno y la infraestructura los cuales se encontraban en deterioro, y el me ofreció una camioneta Modelo Gran Tigre, año 2008, de color Blanca, y resulta que pasaron dos semana y nada qué llegaba la camioneta, luego llame al señor YONNY MAZO al numero telefónico 0414-2970300, y el me dijo que la camioneta venia en camino, que no la habían mandado porque el dueño de la camioneta no quería venderla, luego el me dijo que le diera mi camioneta una Gran Cherokee para ponerla en venta porque la yo tenia no estaba acorde conmigo, pero yo le dije que no porque me quedaría a pies, en eso comencé yo también a gestionar el contrato de arrendamiento porque el terreno ya estaba listo para empezar a trabajar y le pregunte con quien se va hacer el contrato de arrendamiento y el me dijo que con la doctora ADRIANA GONZALEZ, en ese momento yo la llame al numero 0414-5540161, y le pregunte que si le tengo que entregar los papeles del terreno a ella para el contrato de arrendamiento y me dijo que si, que se lo mandara con el señor YONNY MAZO, yo se los di a el y a la semana llame a la doctora ADRIANA GONZALEZ para que me mandara los documentos del terreno pero ella me dijo que nunca le llego el documento, luego le exigí a YONNY que me los entregara el cual lo hizo, luego le dije al señor FRANCISCO PIÑA LOPEZ que me diera los documentos de la empresa para hacer el contrato de arrendamiento el cual me dio Rif de la empresa, copia de la cedula del representante legal y las modificaciones del acta de la asamblea extraordinaria si había, el cual me los consigno y realizamos el contrato de arrendamiento el cual le exigí que me firmara el documento porque sino lo iba a sacar del terreno y el me dijo que pasara en la tarde para que me entregara el documento de arrendamiento firmado. Es todo”.

218. Del folio 22 al 52 cursan, COPIA DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, COPIA DE REGISTRO MERCANTIL DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., COPIA DE ACTA CONSTITUTIVA DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A.

219. Al folio 53 cursa, ENTREVISTA, de fecha 19/04/2011, de la ciudadana ERA PERALTA LEIDA COROMOTO, titular de la cedula de identidad N° V-13.352.490, rendida ante el Cuerpo De investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta Sub-Delegación Guanare Edo. Portuguesa, donde expuso lo siguiente: “Resulta que por un aviso de prensa yo me enteré que una empresa estaba vendiendo vehículos, financiando, a créditos y a consignación, me interesé y fui a ver los carros, la misma estaba ubicada al lado de l Clínica José Gregorio Hernández, calle esquina carrera 14, barrio el Cementerio, Guanare, allá estaban varios carros en exhibición, creo que eran cinco, me gustó uno e hicimos el negocio por un vehículo marca Hyundai, modelo Accent, año 2000, color blanco, sin placas, yo hablé fue con el vendedor de la empresa Auto Inversiones Access Car C.A., el señor se llama Jesús, no se su apellido, el mismo me hizo Un contrato, signado con el Nro. 14, constante de cuatro hojas, EL CUAL CONSTA DE UN RECIBO DE PAGO en efectivo, por la suma de diez mil bolívares 10.000,oo Bs, signado con el Nro. 01434, luego se hizo el balance, el cual tenía un valor de sesenta y cinco mil bolívares (65.000,00 Bs ), la factura del balance, signada con el Nro 5.864, de los cuales anexo en copia fotostática a la presente entrevista (EL DESPACHO DEJA CONSTNACIA DE HABER RECIBIDO DE MANÓS DE LA ENDTREVISTADA LO ANTES MENCIONADO), pero yo le entregue a ellos el estado de mi cuenta del banco Provincial, un recibo de luz y mi Rif personal, el vendedor me dijo y el contrato lo dice que me daban veinte días para entregar toda la documentación, como yo la entregué de una vez, el vendedor me dijo que para dentro de quince días para hacerme entrega del vehículo, ese lapso de tiempo era mientras se hacían todos los trámites administrativos y que para el día 15 de Abril iba a haber entrega de vehículos aquí, pero nunca se hizo ninguna entrega en Guanare, fuimos ese día Viernes 15 y no había nadie, luego volvimos el día Lunes 18 del mes en curso y tampoco se encontraba nadie ahí, entonces lo estuve llamando y no contestaba las llamadas ni me atendía los mensajes, por la tanta insistencia por fin me contestó el vendedor y me dijo que lo habían despedido porque no tenía ventas, que no estaba dando o aportando ganancias a la empresa, pero si me suministro los números telefónicos de los gerentes y sus respectivos nombres, siendo estos siguientes: FRANCISCO PIÑA tiene el número de Celular Nro. 0414-6094074 y el otro me dijo que se llamaba ALEXANDER y el celular es el Nro. 0414-2970300, ayer nos fuimos para la oficina de Auto Inversiones Access Car C.A. ubicada en el barrio Banco Obrero, calle 22 esquina avenida 35, Acarigua, Estado Portuguesa, me atendió una funcionaria de INDEPABIS, quien me dijo que pasara el día Lunes 25-04-2.011, porque esa empresa estaba cerrada por INDEPABIS y que fuera presuntamente a formular la denuncia. Es todo”.

220. Del folio 55 al 62 cursan, COPIA CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., COPIA DEL BALANCE PERSONAL DE LA CIUDADANA ERA PERALTA LEIDA COROMOTO, COPIA DEL RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., a nombre de la víctima ERA PERALTA LEIDA COROMOTO, titular de la cedula de identidad N° V-13.352.490.

221. Al folio 63 cursa, ENTREVISTA, de fecha 25/04/2011, del ciudadano VIERA GRATEROL HERMENEGILDO, titular de la cedula de identidad N° V-3.917.736, rendida ante el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta Sub-Delegación Guanare Edo. Portuguesa, donde expuso lo siguiente: “Resulta que yo el día Viernes 18/03/2011, fui al Auto Inversiones ACCESS CAR C.A, a averiguar sobre el financiamiento y la venta de autos, y me entreviste con el señor JESUS, quien es vendedor del concesionario y me manifiesto como eran los tramites para obtener un vehículo, el mismo me indico que tenía que entregar la inicial la cual fue de Diez Mil Bolívares (10.000.00 Bs), el cual se la entregue en efectivo el día Lunes 21-03-2011, después me dijo que pasara el día Viernes 15-04-2011 para que me entregaran el vehículo, y ese día fui pero no se encontraba ninguno de los dueños y me indicaron que estaban cerrando el establecimiento y desde ese momento no supe mas nada sobre ellos. Es todo”.

222. DeI folio 64 al 69 cursan, COPIA DEL RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., COPIA CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., a nombre de la victima VIERA GRATEROL HERMENEGILDO, titular de la cedula de identidad N° y- 3.917.736

223. Al folio 71 cursa, ENTREVISTA, de fecha 19/04/2011, de la ciudadana SANDOVAL LANDINEZ MARILY IDANIA, titular de la cedula de identidad N° V-21.003.313, rendida ante el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta Sub-Delegación Guanare Edo. Portuguesa, donde expuso lo siguiente: “Resulta que yo el 08- de Abril de este año, me acerque a las oficinas de auto inversiones Acces Car C. A., a preguntar sobre la venta de vehículos me atendió una persona que se hizo pasar por Jesús, y el me ofreció varias alternativas de financiamiento, por lo que junto con mi esposo, optamos por hacer un financiamiento por un vehiculo Fiesta Power, 2006, entregamos el dinero y firmamos unos contratos, el señor Jesús nos dijo que dentro de ocho días nos entregaban el carro, a la semana fuimos, nos dijeron que la empresa estaba cerrada, porque estaba de duelo, esperamos 15 días mas, luego fuimos nuevamente y nos enteramos de que la empresa ya no estaba en Guanare, fuimos para Acarigua porque allá también trabajaba otra de las empresas, al llegar Acarigua nos enteramos que la empresa era un fraude, por lo que vine hasta esta sede a exponer la manera en que fui estafada por esa persona, es todo”.

224. Del folio 72 al 76 cursan, COPIA DEL RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., COPIA CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., a nombre de la victima SANDOVAL LANDINEZ MARILY IDANIA, titular de la cedula de identidad N° V21.003.313.

225. Al folio 78 cursa, ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 26/04/2011, suscrita por el funcionario Detective ELIO RAMÍREZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación y en consecuencia expuso lo siguiente: “En esta misma hora y fecha se presentó por ante este Despacho, deforma espontánea, la ciudadana ERA PERALTA LEIDA COROMOTO, titular de la cedula de identidad Nro V-13.352.490, plenamente identificada en autos anteriores, quien figura como víctima -testigo en la Causa Nro. K-11-0254-00357, que sustancia este Despacho por la presunta comisión de uno de los delitos Contra la Propiedad (Estafa), quien de forma voluntaria, libre de toda coacción y apremio me hace entrega de copias fotostáticas de denuncia y anexos formulada el día 25-04-11 por ante la Coordinación Regional de INDEPABIS Portuguesa, relacionada con una presunta estafa cometida en su contra por los representantes de la empresa ACCESS CAR C.A., constante de nueve (09) folios útiles, con el objeto de ser agregados a la presente causa, la cual se explica por si solo. Anexo a la presente Acta de Investigaciones Penales el documento ante mencionado. Es todo”.

226. Al folio 88 cursa, ENTREVISTA, de fecha 26/04/2011, de la ciudadana RODRIGUEZ DE SEMPRUN LEIDA COROMOTO, titular de la cedula de identidad N° V10.059.640, rendida ante el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta Sub-Delegación Guanare Edo. Portuguesa, donde expuso lo siguiente: “Resulta que yo el día Miércoles 02/03/2011, fui al Auto Inversiones ACCESS CAR C.A, a preguntar sobre el financiamiento y la venta de vehículos, y me entreviste con el señor JESUS, quien es vendedor del concesionario y me manifiesto como eran las gestiones para adquirir un vehículo, el mismo me indico que tenía que entregar la inicial la cual fue de Treinta Mil Bolívares (30.000.00 Bs), el cual se la entregue en un cheque personalizado con el numero de cuenta 0108-2422-25- 0100052831 del Banco Provincial y numero de cheque 00000208, el día Jueves 10-03-2011, después me dijo que tenían que transcurrir cuarenta y cinco días para la entrega del vehículo, y que en el transcurso del mes iban a realizar la publicidad de la oficina de ACCESS CAR C.A aquí en Guanare, y que los primeros diez clientes que hicieran el contrato le entregarían el carro y conseguirían salir en la publicidad, luego el día Jueves 14-04-2011 me dirigí hacia la oficina que tienen aquí en Guanare y me indicaron que antes de semana santa empezarían a entregar los vehículos y después me entere que estaban cerrando el establecimiento, llame al señor Jesús al numero 0424-2022953, pero nunca me contesto las llamadas ni los mensajes que le mande. Es todo”.

227. Del folio 89 al 93 cursan, COPIA DE RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., COPIA DE CHEQUE (PAGO), CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A. Y CLIENTE, a nombre de la victima RODRIGUEZ DE SEMPRUN LEIDA COROMOTO, titular de la cedula de identidad N° V-1 0.059.640.

228. Al folio 97 cursa, ENTREVISTA, de fecha 27/04/2011, del ciudadano TORREALBA GRATEROL NERFRAN ANTONIO, titular de la cedula de identidad N° V-16.646.572, rendida ante el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta Sub-Delegación Guanare Edo. Portuguesa, donde expuso lo siguiente: “Resulta que yo el 18 de Marzo de este año me acerque a las oficinas de Auto Inversiones Acces Car C.A., a preguntar sobre las ventas de vehículos, me atendió una persona que se hizo pasar por Jesús, y el me ofreció varias alternativas de financiamiento y en una de ellas me decían que me entregaban un vehiculo si solo daba una mínima inicial, por lo que les entregue la cantidad e Cuarenta mil (40.000,00 Bs) Bolívares por la compra de dos Carros, pasados los quince días me entere que a la empresa con que hice negocio ya no estaba en Guanare, fui para Acarigua pirque allá, también trabajaba otra de esas empresas, al llegar a Acarigua, me entere que la empresa era un fraude, por lo que me vine a esta sede a exponer la manera en que fui estafada por esa persona, es todo”.
229. DeI folio 98 al 109 cursan, COPIAS DE RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., COPIAS DE CHEQUES (PAGO),
CONTRATOS DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A. Y CLIENTE, a nombre de la víctima TORREALBA GRATEROL NERFRAN ANTONIO, titular de la cedula de identidad N° V-16.646.572.

230. Al folio 110 cursa, ENTREVISTA, de fecha 27/04/2011, de la ciudadana CONDE DE GONZÁLEZ RAMONA ALECIA, titular de la cedula de identidad N° V-5.131.364, rendida ante el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta Sub-Delegación Guanare Edo. Portuguesa, donde expuso lo siguiente: “Yo me entero por el periódico de Occidente que estaban vendiendo unos carros a buen precio por una empresa de nombre, Auto Inversiones Access Car C.A., yo me fui para esa empresa, cual estaba ubicada al lado de la clínica José Gregorio Hernández, calle 15 esquina carrera 14, Guanare, ahí hablé con el vendedor de nombre Leonardo, quien me explicó como era la cuestión y lo que tenía que pagar, me fui y volví a los tres días y me atendió un tal Nestor, este me informó la camioneta que me gustaba, era una Cheroke 2002, modelo Liberty, color azul oscuro, año 2002, yo le dije que la quería ver, entonces supuestamente llamaron a la señora que la estaba vendiendo, la llevaron, pero no vi quien la llevó, yo vi cuando pasó por el negocio y luego salió el vendedor Nestor y la fue a buscar, la vi y me gustó, me dijo que tenía un valor de cien mil bolívares y la inicial era de cuarenta mil bolívares, yo estuve de acuerdo y me fui, a la semana regresé con el dinero y me atendió otro vendedor que se identificó como Jesús, porque me dijeron que el tal Nestor ya se habla ido, entonces el negocio lo hice fue con ese Jesús, quien me recibió el cheque de gerencia por la suma de cuarenta mil bolívares, le entregue referencias personales, las tres constancias de trabajo, la fotocopia de mi cédula de identidad y un recibo de CANTV, entonces el vendedor me dijo que llenara una planilla, que colocara en la misma los nombres de tres familiares con sus teléfonos, también colocan el nombre de tres personas conocidas con sus respectivos teléfonos, llené la planilla y se la entregué, luego el vendedor me llenó el contrato G013, una factura como haber recibido el cheque Nro. 01431, fotocopia del cheque que le entregué Nro. 26055559 de la cuenta Nro. 0105-0059-12-2059055559 del Banco Mercantil, a favor de Auto Inversiones Access Car C.A., por el monto de cuarenta mil bolívares y de fecha 31- 03-2.011 y fotocopia de mi cédula de identidad, y me los entregó, los cuales quiero anexar a la presente entrevista (EL DESPACHO DEJA CONSTNACIA DE HABER RECIBIDO DE MANOS DE LA ENDTREVISTADA LO ANTES MENCIONADO).
Luego me dijeron que posiblemente me entregaban el vehículo antes de la semana Santa, me fui para allá antes de la semana santa y me dijeron que se mato uno de los socios que ubicaba los carros y por tal motivo y que iban a trabajar era después de la semana, eso me lo dijo el vendedor Jesús, me dio un número de teléfono para que lo llamara, el 0424-2022953, yo lo estuve llamando y no me respondía las llamadas, lo llamé después de semana santa y tampoco contesto, mandé a mi hijo que pasara por el negocio y me dije mi hijo que ya no hay nadie en el local, que parece que se fueron de ahí, seguí llamando a Jesús y no me contesto, entonces fui al banco y me dijeron que lo habían depositado en el Banco Mercantil del Centro Comercial Buenaventura de Acarigua a la cuenta Nro.01050748141748005057 de la empresa Auto inversiones Access Car C.A. el 01-04-2011, el cual fue realizado por Francisco Peña, CLV- 16.838.341, en el banco me dieron una copia y la quiero anexar a la presente entrevista (SE DEJA CONSTANCIA QUE LA ENTREVISTADA CONSIGNO EN LA PRESENTE ENTREVISTA COPIA DE LA PLANILLA DE DEPÓSITO NRO. 059780104110082 DEL BANCO MERCANTIL). Es todo”.

231. Del folio 112 al 118 cursan, COPIA DE RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., COPIA DE CHEQUE (PAGO), CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A. Y CLIENTE, a nombre de la victima CONDE DE GONZÁLEZ RAMONA ALECIA, titular de la cedula de identidad N° V-5.131 .364.

232. Al folio 119 cursa, ENTREVISTA, de fecha 27/04/2011, del ciudadano LOPEZ DIAZ CARLOS LUIS, titular de la cedula de identidad N° V-1 7.003.691, rendida ante el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta SubDelegación Guanare Edo. Portuguesa, donde expuso lo siguiente: “Resulta ser que el — día 17-03-11 yo cancele un dinero en efectivo por la cantidad de nueve mil bolívares fuertes a la empresa de nombre: AUTO INVERSIONES ACCES CARS C.A, como primera inicial para un total de sesenta mil bolívares como parte de un financiamiento que me iban hacer por la compra de un vehículo marca Fiat, modelo uno año 2001 y hasta la presente fecha no me han salido con nada y he regresado al negocio a ver quien me puede explicar y ya no hay nadie, es todo”.

233. Del folio 120 al 125 cursan, COPIA DE RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A. Y CLIENTE, a nombre de la victima LOPEZ DIAZ CARLOS LUIS, titular de la cedula de identidad N° V17.003.691.

234. Al folio 130 cursa, ENTREVISTA, de fecha 28/04/2011, del ciudadano MENDEZ MUÑOZ JOSE JAIRO, titular de la cedula de identidad N° V-1 1.401.944, rendida ante el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta SubDelegación Guanare Edo. Portuguesa, donde expuso lo siguiente: “Resulta que yo fui a comienzo del mes de marzo al Auto Inversiones ACCESS CAR CA, a preguntar sobre el financiamiento y la venta de vehículos, y me entreviste con el señor JESUS BETANCURT, quien es vendedor del concesionario y me manifiesto como eran las gestiones para adquirir un vehículo, el mismo me indico que tenía que entregar la inicial la cual fue de veinte Mil Bolívares (20.000,oo Bs), el cual se la entregue en un cheque de Gerencia con el numero de cuenta 0105-0059-14-2059055642 del Banco Provincial y numero de cheque 87055642, el día Jueves 17-03-2011, después me dijo que tenían que transcurrir quince días, pasaron los quince día llame al numero 0424- 2222953, Y me dijeron que estaban cerrado por una semana por duelo debido a que uno de los compañeros de trabajo había fallecido, y luego de la semana nuevamente llame como no me contestaban llamadas me dirijo a la oficina ubicada en la calle 15 detrás de la Clínica José Gregorio de esta Ciudad, cuando llego al lugar me percato de esta solo, por eso me traslade a la otra oficina que esta ubicada en la ciudad de Acarigua, en la Guajira Avenida Rotaria edificio el Viste, cuando Llego a la requerida dirección también esta cerrada, le pregunte en el local que esta a un lado y me informaron que ellos tenia ya días que habían cerrado. Es todo”.

235. Del folio 131 al 135 cursan, COPIA DE RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., COPIA DE CHEQUE (PAGO), CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A. Y CLIENTE, a nombre de la victima MENDEZ MUÑOZ JOSE JAIRO, titular de la cedula de identidad N° V-1 1.401.944.

236. Al folio 137 cursa, ENTREVISTA, de fecha 04/05/2011, del ciudadano SANCHEZ MANZANILLA LUIS RAMON, titular de la cedula de identidad N° V-17.259.336, rendida ante el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de ÇJ esta Sub-Delegación Guanare Edo. Portuguesa, donde expuso lo siguiente: “Resulta que yo el día 12/04/2011, me dirigí hacia donde venden vehículos en Auto Inversiones ACCESS CAR C.A, a preguntar cuales son los requisitos para comprar un vehículo donde fui atendido por el vendedor Josué Benavides el cual me indico que tenía que dar una inicial de Diez Mil Bolívares (10.000.00 Bs) el cual le entregue en efectivo el día Jueves 14-04-2011 en horas de la tarde, y el me dijo que después de semana santa me entregarían el vehículo, y que cualquier duda me comunicara con el a través del numero 041 2-069.77.69, el cual es su numero telefónico, luego fui el Lunes 18-04-2011, pero me encontré con el vigilante el cual me indico que uno de los socios había tenido un accidente de transito en la cual falleció y que todos los socios estaban en Caracas, y el día Viernes 22-04-2011 fui otra vez para la oficina de Auto Inversiones ACCESS CAR C.A. y me di de cuenta que se habían llevado todos los carros que se encontraban hay y todos los equipos de las oficinas, le pregunte a una señora que esta en el lugar y me dijo que la empresa había estafado a muchas personas con las ventas de los vehículos, es todo”.

237. Del folio 138 al 141 cursan, COPIA CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A. Y CLIENTE, a nombre de la víctima SANCHEZ MANZANILLA LUIS RAMON, titular de la cedula de identidad N° V-1 7.259.336.

238. Al folio 142 cursa, ENTREVISTA, de fecha 05/05/2011, del ciudadano CASTILLO MIGUEL ANGEL, titular de la cedula de identidad N° V-15.906.863, rendida ante el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de esta SubDelegación Guanare Edo. Portuguesa, donde expuso lo siguiente: “El caso es que yo pasé por donde la empresa Access Car C.A. tenía una venta de vehículos, al lado de la Clínica José Gregorio Hernández, entonces por curiosidad pregunté como estaban los carros y como las vendía, entonces me dieron un folleto donde se indicaban los requisitos para comprar un carro a crédito, lo leí y me pareció que daban muchas facilidades, pero yo quería un carro pequeño y pregunté por un Chevrolet Spark, modelo nuevo, entonces me dijeron que tenía que esperar hasta que consiguieran uno de ese modelo o alguno parecido, yo fui como ocho veces a ver si ya me habían consiguieran el carro que yo había pedido y me dieron que consiguieron uno en Acarigua y que tenía que ir para allá a verlo, entonces nos pusimos de acuerdo y fuimos al siguiente día para Acarigua, donde ellos tenían otra agencia de carros, ahí tenían muchos carro y el Spark que yo estaba buscando, lo vi y te gustó el carro, le dije que quería hacer negocio con ellos y llegamos a Guanare en horas de la tarde y procedimos a hacer el contrato, me hicieron un contrato signado con el Nro. G-006, donde están las cláusulas del contrato, el cual firmé conforme, la hoja con la descripción del financiamiento de la negociación, factura de la empresa como recibieron la cuota inicial de veinte mil bolívares, signada con el Nro. 01424 de la empresa Access Car C.A., copia de mi cédula de identidad, copia del recibo de pago antes mencionado y copia del cheque con el cual pagué la cuota inicial, número 72345901 de la cuenta de mi tía Guedez Pérez Yublipse del Carmen Nro. 0105-0059-10-1059283891 del banco Mercantil, por el monto de veinte mil bolívares (20.000,00 Bs de fecha 11-03-2011, a favor de Auto Inversiones Access Car C.A., los cuales quiero anexar a la presente entrevista (EL DESPACHO DEJA CONSTANCIA DE HABER RECIBIDO DE MANOS DEL ENTREVISTADO LO ANTES MENCIONADO). Luego me cansé de esperar a que me entregaran el vehículo, pasaron los cuarenta y cinco días que decía el contrato y entonces me mandaron a pasar antes de semana santa cuando fui la misma estaba cerrada, la gente se había ido, fui para Acarigua y era lo mismo, las agencias estaban cerradas y no se veía a nadie, por lo cual me di cuenta que estaba estafado, ya que esto le había pasado a todos los que dimos la cuota inicial para adquirir vehículos, llamé al jefe de los vigilante de empresa, al cual yo conozco y este me dijo que ese asunto estaba ventilando la PTJ, en Acarigua y que estafaron más de cien personas Es todo”.

239. Del folio 144 al 150 cursan, COPIA DE RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., COPIA DE CHEQUE (PAGO), CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A. Y CLIENTE, a nombre de la victima CASTILLO MIGUEL ANGEL, titular de la cedula de identidad N° V-15.906.863.

240. Al folio 152 cursa, ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 26/0412011, suscrita por el funcionario Agente ABRAHÁN PÉREZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, deja constancia de la siguiente diligencia policial efectuada en la presente averiguación y en consecuencia expuso lo siguiente: “Prosiguiendo con las diligencias relacionadas con las Actas Procesales signadas con el número K-1 1-0254-00357, que se sustancia por la presunta comisión de uno de los delitos Contra a Propiedad (Estafa), según copio de la cedula identidad que reposan en dicha causa, el ciudadano investigado PIÑA LÓPEZ FRANCISCO RAFAEL, presenta los siguiente datos filiatorios: de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 29 años de Edad, Fecha de Nacimiento 27-08-1981, titular de la cedula de identidad V-16.838341, acto seguido me trasladé hacia la oficina de SIIPOL de este Despacho, con la finalidad de verificar si los datos del investigado le corresponde, así como los posibles registros policiales o solicitudes que pudiera presentar el mismo, una vez allí, fui atendido por el Agente Juan Guedez, a quien luego de imponerlo del motivo de mi presencia y de aportarle los datos filiatorios del investigado en referencia, quien después de una corta espera, me informo que si le corresponden los datos y que no Presenta registros policiales ni solicitud alguna. Es todo”.

241. ACTA DE ENTREVISTA rendida por la Ciudadana MONTILLA SORAIMA ROSA, rendida ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y criminalísticas Sub Delegación Guanare, en fecha 01-11-2011 quien expone” Vengo a este Despacho a declarar por cuento yo ley por el periódico el regional de Acarigua Estado Portuguesa que habían detenido a uno de los estafadores de la empresa access car, que según el periódico responde al nombre de FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ quienes me estafaron a mí también cuando acudí a la misma interesada en adquirir un vehiculo marca chrylers, modelo neon, color rojo o vino tinto, año 1997, al cual lo tenían en exhibición por el cual mer solicitaron ‘el monto de 65.000,oo bolívares y que tenia que dar una inicial de 20.000,oo que en 30 días me entregaban el vehículo y quedaba pagando 36 cuotas mensuales de mil ochocientos cincuenta bolívares, yo estuve de acuerdo y cancele dicha inicial con diez mil bolívares en efectivo y los otros diez con un cheque del banco provincial, pero como este cheque reboto yo fui donde la persona que me dio el cheque y le dije que el mismo había rebotado entonces el señor Mario Mendoza me pago lo que me debía en efectivo y lleve ese efectivo a la agencia y cancele los otros diez mil bolívares en efectivo, pero el vendedor que me atendió no me quiso cambiar el recibo y me dejo en el mismo que yo había pagado 10.000,00 en efectivo y los otros diez mil bolívares con un cheque pero en realidad pague los 20.000,oo en efectivo y no como dice el recibo, luego que cancele la inicial me dijo que pasara dentro de 15 días para que retirar el vehiculo, fui a los quince días y el vendedor me dijo que tenia que hacerle un chequeo al vehículo y que pasara dentro de una semana y le dije que me diera la llave para probar el vehiculo y llevármelo y me dijo que todavía no me lo podía llevar por que aun no le había hecho el chequeo y me dijo que pasara dentro de una semana, pase la otra semana y no estaba el carro y me dijo que lo había dejado y que pasara los días de semana santa, pero resulta que cuando fui ya se habían ido del lugar y luego supe que tenían una agencia en Acarigua y me fui para allá, en fa sede de access car de Acarigua estaba era un vigilante , como un guajirito, le pregunte por los dueños y me dijo el guajirito que habían cerrado por duelo y que venían después de semana santa pero hasta el sol de hoy no volvieron..

III
PRECEPTO JURÍDICO APLICABLE

Es criterio de esta Representación Fiscal, que la conducta desplegada por el imputado FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ, encuadra perfectamente dentro de la comisión de los delitos de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA previsto y sancionado en el artículo 462 ultimo Aparte, en relación con los artículos 463, numeral 2° y 99 todos del Código Penal Venezolano, en concordancia con el Articulo 16 Ordinal 3° de la Ley de Delincuencia Organizada cometido en perjuicio de los ciudadanos Mira Lopez Elsi Uribel, Villegas Juan, Vanessa Alejandra Peña M, Enoc Ortiz, Rosa Herrera. Elvis Marisela Cautela, Javier Torreyes, Williams Valencia, Jean Medina, NoeI Galindez, Maria Damas, Jose Aranguren, Karina Prado, Dilia Alen Flores, Victor Ruiz, Yrelis Colmenarez, Esther Ortega, Carlos Gomez, Jorge Arriechi, Soraya Yanez Chacchiolo, Rodriguez, Mildred Torres, Dioner Romero, Tania Coromoto Carpio Perez, Jeysson Canelones, Manuel Moreno, Mary Ferreira, Jonathan Gomes, Alejandro Ortiz, Mary Rodriguez, Jose Arraez, Eliezer Rivero, Deibis Coromoto Colmenares, Edgar Mendoza, Gelioba Villanueva, Wilmer Ceballos, Nestor Silva, Luis Alejandro, Jesus Madriz, Edwar Duran, Jorge Carvajal, Pablo Jose Sanchez, Gilberto Linarez, Nieves Graterol, Estilita Moreno, Farían Reyes, Jose Lucena, Simon Briceño, Mirlan Flores, Francys Torrealba, John Garcia, Luis Agrais, Manuel Antonio Casu, Mauri Jackelin Frontrado Contreras, Daniel Vasquez, Jose Vidal, Kelvin Chacon, Marcos Tesorero, Victor Ceballo, Yonnis Alexander Garcia, Jaidy Rociriguez, Johan Valenzuela, Tulio Ramon Vasquez, Manuel Osal, Danerys Gallardo, Walter Rosales, Lilibeth Mora, Williams Dominguez, Cesar Augusto Figueredo, Anelsy Perdomo, Jorge Luis Quiñones, Moraima Herrera, Yurbi Guedez, Victor Martinez, Daniel Mogollon, Juana Iris Aranguren, Xhamilymar Betancourt, Jesus Jimenez, Pastora De Los Reyes Catan, Jose Vielma, Susana Perez, Benito Colmenarez, Jose Gregorio Vasquez, Carmen Rosa Azuaje, Jose Rafael Ramos, Chiquinquira Romero, Delvin Antonio Briceño Hernandez, Luisa Maria Castro, Luis Alvarez, Franklin Gonzalez, Francisco Viera, Leida Era Peralta, Marily Sandoval, Douglas Soto, Carlos Rivas, Carlos Perozo,,Delia Perdomo, Julio Rangel, Adeslen Ascanio, Henry Sanchez, Rafael Montilla, Aixa Diaz, Francisco Lucena, Alejandro Riera, Marisela Vasquez, Ana Torres, Eliana Lopez, Eliomar Torres, Marisela D Alessio, Nora Torrealba, Douglas Sanchez, Edgar Lacruz Ocanto, Raqmary Peña Mundarain, Marlin Rosibel Bernardo Cohil, Dayanira Coromoto Sira Molina, Josefina Rodriguez, Maribel Guedez, Jose Torrealba, Elvia Alvarez, Carmen Tua Riera, Jeidi Tua Riera, Jourley Peraza, Rocio Angulo, Carlos Perdomo, Yonny Anciso, Pablo Sanchez ,Helena Yaneth Da Costa Armeni, Mirlan Lopez, Dannys Jimenez, Josefina Romero, Leonardo Mann, Nancy Barreto, Yackson Jose Daza Baba, Douglas Sanchez, Daniel Vasquez, Miguel Martinez, Julio Ocampo,,Belkis Perez De Chirinos, Gilbert Mendoza, Rogelio Ramon Lara Duarte, Cristobal NoeI Piña Rivero, Dietina Rosa Gonzalez Moreno, Yurbi Alexandra Guedez Rojas,,Daniel David Cazu Pineda, Wilfredo Enrique Linarez Lopez, Perfecto Leonardo Briceño, Yaneth Mercedes Tovar Collado, Nixon Daza Roa, Noamny Rossana Camacaro R, Jose Gregorio Guedez Alvarez, Antonio Roseliano Matute Medina, Carlos Enrrique Urrioba, Maria Carolina Duran Flores, Uslan Evardo Gutierrez, Lisbeth Patricia Duque Rodriguez, Enrrique Mendez, David Aleman, Carlos Eduardo Ramos, Maribel Sandoval De Lucena, Juan Alberto Rodriguez, Jose Velez Patiñol, Gilmer Alberto Castillo Herrera, Jose Benjamin Flores Noguera, Barloto Castañeda, Angela Guedez, Oscar Arguello, Zulinde Rodriguez, Geronimo Ascanio,,Edgar Zerpa, Carlos riguez, Darwin Molina, Alexis Valera, Omar José Rodriguez Ocanto, Felipa andez, Sarahin Montilla, Magbis Suarez, Ronald Bolivar, Elisa Suarez, Oscar Azuaje, rna Yepez, Yanet Tovar, Corteza Walderrama, Alexis Marquez, Maria Pineda, mary Canelon, Miguel Eduardo Gomez Mujica, Carlos Castillo, Nolberto Escalona, Edgar Salas, Dominga Del Carmen Veliz, Andres Avelino Pulgar Torres, Yasmir Rodriguez, Jesus Mendoza, Ramona Conde, Pedro Colmenarez, Carlos Caceres, Edgar Garcia, Jose Gregorio Guedez, Ana Julia Baena, Dorka Mendoza, Luis Guevara, Hilda Rumbos, Lissett Valles, Onika Rodriguez, Miriam Rodriguez, Hermenegildo Viera, Luis Colmenares, Maria Duran, Graciela Guzman, Dario Alberto Acosta Quintero, Gudiño Castillo Carolina Beatriz, Molina Rodriguez Darwin Jose, Cedeño Azocar Maria Auxiliadora, Era Peralta Leida Coromoto, Viera Graterol Hermenegildo, Sandoval Landinez Marily ldania, Rodriguez De Semprun Leida Coromoto, Torrealba Graterol Erfran Antonio, Lopez Diaz Carlos Luis, Mendez Muñoz Jose Jairo, Sanchez Manzanilla Luis Ramon, Castillo Miguel Angel, Montilla Soraima Rosa. Toda vez que está comprobado con las denuncias y declaraciones de la víctima y los testigos además de los elementos de convicción que esta representación fiscal ha recabado en el transcurso de la investigación que el ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ incurrió en el delito de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA ya que actuando en su condición de presidente la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A. la cual se dedicaba a la venta programada de vehiculo automotores, celebra distintos contratos con los ciudadanos anteriormente nombrados los cuales se obligan a cancelar la inicial según el valor que tuviera el vehiculo que deseaban adquirir y es por lo que las victimas empiezan a realizar los depósitos correspondientes al pago de dicha inicial, sin embargo transcurrido el tiempo y cuando han depositado la cantidad de dinero exigida por la empresa. Esta no adjudica los vehículos en el tiempo estipulado. En virtud de ello las victimas se presentan en las instalaciones del INDEPABIS a formular las respectivas denuncias y ese organismo cita al ciudadano el cual asiste y accede a reintegrar el dinero producto de las iniciales canceladas por los denunciantes en el presente asunto pero los cheques no presentaron fondos disponibles cuando los beneficiarios de los mismos se dirigieron a la entidad financiera a los fines de hacerlos efectivos, lo que configura sin duda ilícitos penales por parte de la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., representada por el ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ defraudando así a las personas que en un momento creyeron en la buena fe de la empresa y burlando la empresa no solo a quienes suscribieron esos contratos de compra venta, sino incluso al propio Estado Venezolano, pues dichos reintegros habían sido producto de los acuerdos que en sede administrativa había logrado el INDEPABIS con las partes, y que una vez más la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A. valiéndose de la buena fe defrauda groseramente a los compradores, burlándose en su buena fe, pues no entrego ni los vehículos y menos aún el dinero que estos consignaron como parte de la inicial para la adjudicación de los vehículos, girando cheques sin provisión de fondos disponibles

IV
OFRECIMIENTO DE LOS MEDIOS DE PRUEBA

• De acuerdo con lo previsto en el artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal, se ofrece:

EXPERTOS:

1. Declaración de los funcionarios expertos profesionales II ALEXIS GOMEZ y
EXPERTO TECNICO 1 YORDANA VIEIRA, adscrito a la división de experticia contables financiera del Cuerpo de investigaciones Científicas, penales y criminalísticos de la ciudad de caracas quienes practicaron la Experticia contable a los recibos signados con los números 01149, 00906, 00865,01418, 01417, 00929, 001526,00910, 01092, 00562, 000282, 00675, 00453, 00914, 01137, 01021, 00377, 001221, 01231, 00539, 000255, 396, 00486, 000299, 000139, 01040, 00588, 01026, 01095, 00932, 00937, 00548, 00780, 01152, 01018, 001524, 00939, 00887, 00556, 000202,000136,000005, 000124, 00399,
000201, 000239, 000017, 000251, 00361, 00353, 00901, 00916, 00400, 000081, 00392, 000280, 000063, 000099, 000240, 000230, 00947,00333, 000112, 000141, 000144, 01006, 00477, 00365, 01001, 00902, 00870, 00975, 009489, 00962, 00569, 01160, 00943, 01168, 01139, 00557, 01101, 00576, 01087, 01080, 001232, 00797, 000250, 01034, 001508, 01153, 001228, 001228, 00507, 01136, 001622, 00967, 00915, 01166, 01172, 001236, 001218, 01188, 01163, 01140, 01148, 01150, 01434, 01473, 01196, 01196, 001233, 001222, 001206,01176, 00976, 01028, 00573, 01005, 001223, 00911, 01411, 001655, 010336, 01048, 00969, 01054, 01031, 01178, 01104, 00895, 001583, 01195, 00397, 00933, 00922, 00938, 001553, 00942, 01132, 00963, 01075, 01082, 00580, 001591, 00885, 001205, 00551, 01100, 00924, 001511, 01011, 00557, 0012101, 00535, 00961, 01238, 00983, 01190, 01194,01084, 01088, 00338, 00877, 01045, 01143, 001509, 00939, 01002, 01039, 00345, 00934, 00886, 00917, 01056, 01159, 00930, 01197, 01023,01144, 001530, 01072, 001235, 00936, 01421, 01117, 01423, 01435, 01110, 001619, 00926, 01129, 01198, 00584, 01429, 01033, 01045, 01403, 01046, 01050, 001208, 001207, 01386, 00954, 01128, 00972, 00956, 00356, 01049, 01049, 00996, 001215, 01070, 01181, 01070, 00881, 01070, 01155, 01181, 01298, 00690, 00690, 001231, 01180, 01173, 00934, 00574, 01142, 00946, 01107, 001628, 01169, 01091, 00978, 00393, 01063, 01055, 01276, 01081, 01431, 00382, 00378, 00781, 01394, 01174, 01084, 01076, 01041, 00943 y 00588. Tal fuente de prueba servirá para demostrar la cantidad de dinero que les fue estafados a los ciudadanos victimas de esta causa penal. El Dictamen Pericial realizado por los funcionarios, riela en el presente expediente penal, y podrá ser presentada en juicio -al momento de su declaración- a los fines de su exhibición, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal.

Asimismo, se solicita que, de conformidad con el artículo 358 ejusdem, sea leído íntegramente en el debate, el contenido de la Experticia contable realizada por los expertos profesionales II ALEXIS GOMEZ y EXPERTO TECNICO 1 YORDANA • Conforme a lo establecido en el artículo 355 del Código Orgánico Procesal Penal, se ofrece:

TESTIGOS:

1. Declaración de los ciudadanos Mira Lopez Elsi Uribel, Villegas Juan, Vanesa Alejandra Peña M, Enoc Ortiz, Rosa Herrera. Elvis Marisela Cautela, Javier Torreyes, Willjams Valencia, Jean Medina, NoeI Galindez, Maria Damas, Jose Aranguren, Karina Prado, Dilia Alen Flores, Victor Ruiz, Yrelis Colrnenarez, Esther Ortega, Carlos Gomez, Jorge Arriechi, Soraya Yanez Chacchiolo, Rodriguez, Mildred Torres, Dioner Romero, Tania Coromoto Carpio Perez, Jeysson Canelones, Manuel Moreno, Mary Ferreira, Jonathan Comes, Alejandro Ortiz, Mary Rodriguez, Jose Arraez, Eliezer Rivero, Deibis Coromoto Colmenares, Edgar Mendoza, Gelioba Villanueva, Wilmer Ceballos, Nestor Silva, Luis Alejandro, Jesus Madriz, Edwar Duran, Jorge Carvajal, Pablo Jose Sanchez, Gilberto Linarez, Nieves Graterol, Estilita Moreno, Farfan Reyes, Jose Lucena, Simon Briceño, Minan Flores, Francys Torrealba, John Garcia, Luis Agrais, Manuel Antonio Casu, Mauri Jackelin Frontrado Contreras, Daniel Vasquez, Jose Vida!, Kelvin Chacon, Marcos Tesorero, Victor Ceballo, Yonnis Alexander Garcia, Jaidy Rodriguez, Johan Valenzuela, Tulio RamonVasquez, Manuel Osal, Danerys Gallardo, Walter Rosales, Lilibeth Mora, Williams Dominguez, Cesar Augusto Figueredo, Anelsy Perdomo, Jorge Luis Quiñones, Moraima Herrera, Yurbi Guedez, Victor Martinez, Daniel Mogollon, Juana Iris Aranguren, Xhamilymar Betancourt, Jesus Jimenez, Pastora De Los Reyes Catan, Jose Vielma, Susana Perez, Benito Colmenarez, Jose Gregorio Vasquez, Carmen Rosa Azuaje, Jose Rafael Ramos, Chiquinquira Romero, Delvin Antonio Briceño Hernandez, Luisa Maria Castro, Luis Alvarez, Franklin Gonzalez, Francisco Viera, Leida Era Peralta, Marily Sandoval, Douglas Soto, Carlos Rivas, Carlos Perozo,Delia Perdomo, Julio Rangel, Adeslen Ascanio, Henry Sanchez, Rafael Montilla, Aixa Diaz, Francisco Lucena, Alejandro Riera, Marisela Vasquez, Ana Torres, Eliana Lopez, Eliomar Torres, Marisela Alessio, Nora Torrealba, Douglas Sanchez, Edgar Lacruz Ocanto, Raqmary Peña Mundarain, Marlin Rosibel Bernardo Cohil, Dayanira Coromoto Sira Molina, Josefina Rodriguez, Maribel Guedez, Jose Torrealba, Elvia Alvarez, Carmen Tua Riera, Jeidi Tua Riera, Jourley Peraza, Rocio Angulo, Carlos Perdomo, Yonny Anciso, Pablo Sanchez ,Helena Yaneth Da Costa Armeni, Minan Lopez, Dannys Jimenez, Josefina Romero, Leonardo Mann, Nancy Barreto, Yackson Jose Daza Baba, Douglas Sanchez, Daniel Vasquez, Miguel Martinez, Julio Ocampo,,Belkis Perez De Chirinos, Gilbert Mendoza, Rogelio Collado, Nixon Daza Roa, Noamny Rossana Camacaro R, Jose Gregorio Guedez Alvarez, Antonio Roseliano Matute Medina, Carlos Enrrique Urriola, Maria Carolina Duran Flores, Uslan Evardo Gutierrez, Lisbeth Patricia Duque Rodriguez, Enrrique Mendez, David Aleman, Carlos Eduardo Ramos, Maribel Sandoval De Lucena, Juan Alberto Rodriguez, Jose Velez Patiñol, Gilmer Alberto Castillo Herrera, Jose Benjamin Flores Noguera, Barloto Castañeda, Angela Guedez, Oscar Arguello, Zulinde Rodriguez, Geronimo Ascanio,,Edgar Zerpa, Carlos Bracho, Liexer Antonia Gomez L, Soraima Montilla,,Belgica Viana Sanchez, Leida Rodriguez, Darwin Molina, Alexis Valera, Omar José Rodríguez Ocanto, Felipa Fernandez, Sarahin Montilla, Magbis Suarez, Ronald Bolivar, Elisa Suarez, Oscar Azuaje, Irauma Yepez, Yanet Tovar, Corteza Walderrama, Alexis Marquez, Maria Pineda, Rosmary Canelon, Miguel Eduardo Gomez Mujica, Carlos Castillo, Nolberto Escalona, Edgar Salas, Dominga Del Carmen Veliz, Andres Avelino Pulgar Torres, Yasmir Rodriguez, Jesus Mendoza, Ramona Conde, Pedro Colmenarez, Carlos Caceres, Edgar Garcia, Gregorio Guedez, Ana Julia Baena, Dorka Mendoza, Luis Guevara, Hil Rumbos, Lissett Valles, Onika Rodriguez, Miriam Rodriguez, Hermenegil Viera, Luis Colmenares, Maria Duran, Graciela Guzman, Dario Alberto Ácosta Quintero, Gudiño Castillo Carolina Beatriz, Molina Rodriguez Darwin Jose, Cedeño Azocar Maria Auxiliadora, Era Peralta Leida Coromoto, Viera Graterol Hermenegildo, Sandoval Landinez Marily Idania, Rodriguez De Semprun Leida Coromoto, Torrealba Graterol Erfran Antonio, Lopez Diaz Carlos Luis, Mendez Muñoz Jose Jairo, Sanchez Manzanilla Luis Ramon, Castillo Miguel Angel, Montilla Soraima Rosa, titulares de las cédulas de identidad signada con los números 15.339.635, 21.562.619, 16.861.799, 19.360.958, 13.353.752, 7.908.778, 11.082.119, 15.728.122, 16.042.663, 16.416.808, 12.963.100, 16.964.841, 15.693.375, 8.763.636, 14.414.728, 10.725.762, 7.599.597, 13.555.096, 17.364.769, 13.905.373, 9.615.239, 19.055.241, 15.491.095, 16.211.082, 17.261.583, 16.416.418, 19.376.425, 9.388.718, 15.214.854, 17.796.098, 13.593.683, 14.271.875, 7.547.962, 10.051.485, 17.362.161, 20.390.162, 14.303.412, 12.860.135, 17.277.299, 17.945.886, 12.088.815, 13.227.095, 7.545.408, 12.710.826, 9.839.317, 20.390.428. 9.400.616, 10.137.445, 14.347.829, 15.587.867, 8.656.7 16, 5.947.925, 14.541.141, 16.965.297, 22.212.903, 16.993.042, 15.867.253, 5.954.999, 11.397.509, 13.353.818, 16.416.332, 11.849.149, 12.090.093, 11.847.411, 10.138.111, 11.848.106, 11.848.093, 17.362.033, 12.527.698, 13.702.361, 4.200.766, 15.070.739, 15.071.327, 13.227.114, 15.691.411, 18.871.758, 18.871.125, 5.951.163, 12.203.341, 12.207.268, 10.139.747, 14.193.774, 7.544.222, 4.374.426, 4.200.752, 15.341.747, 3.868.662, 5.943.420, 12.709.157, 13.227.617, 13.352.490, 21.003.313, 16.565.344, 19.051.956, 18.929.135, 5.956.885, 15.869.076,19.318.292, 11.546.271, 19.052.901, 13.352.224, Collado, Nixon Daza Roa, Noamny Rossana Camacaro R, Jose Gregorio Guedez Alvarez, Antonio Roseliano Matute Medina, Carlos Enrrique Urriola, Maria Carolina Duran Flores, Uslan Evardo Gutierrez, Lisbeth Patricia Duque Rodriguez, Enrrique Mendez, David Aleman, Carlos Eduardo Ramos, Maribel Sandoval De Lucena, Juan Alberto Rodriguez, Jose Velez Patiñol, Gilmer Alberto Castillo Herrera, Jose Benjamin Flores Noguera, Barloto Castañeda, Angela Guedez, Oscar Arguello, Zulinde Rodriguez, Geronimo Ascanio,,Edgar Zerpa, Carlos Bracho, Liexer Antonia Gomez L, Soraima Montilla,,Belgica Viana Sanchez, Leida Rodriguez, Darwin Molina, Alexis Valera, Omar José Rodríguez Ocanto, Felipa Fernandez, Sarahin Montilla, Magbis Suarez, Ronald Bolivar, Elisa Suarez, Oscar Azuaje, Irauma Yepez, Yanet Tovar, Corteza Walderrama, Alexis Marquez, Maria Pineda, Rosmary Canelon, Miguel Eduardo Gomez Mujica, Carlos Castillo, Nolberto Escalona, Edgar Salas, Dominga Del Carmen Veliz, Andres Avelino Pulgar Torres, Yasmir Rodriguez, Jesus Mendoza, Ramona Conde, Pedro Colmenarez, Carlos Caceres, Edgar Garcia, Gregorio Guedez, Ana Julia Baena, Dorka Mendoza, Luis Guevara, Hil Rumbos, Lissett Valles, Onika Rodriguez, Miriam Rodriguez, Hermenegil Viera, Luis Colmenares, Maria Duran, Graciela Guzman, Dario Alberto Ácosta Quintero, Gudiño Castillo Carolina Beatriz, Molina Rodriguez Darwin Jose, Cedeño Azocar Maria Auxiliadora, Era Peralta Leida Coromoto, Viera Graterol Hermenegildo, Sandoval Landinez Marily Idania, Rodriguez De Semprun Leida Coromoto, Torrealba Graterol Erfran Antonio, Lopez Diaz Carlos Luis, Mendez Muñoz Jose Jairo, Sanchez Manzanilla Luis Ramon, Castillo Miguel Angel, Montilla Soraima Rosa, titulares de las cédulas de identidad signada con los números 15.339.635, 21.562.619, 16.861.799, 19.360.958, 13.353.752, 7.908.778, 11.082.119, 15.728.122, 16.042.663, 16.416.808, 12.963.100, 16.964.841, 15.693.375, 8.763.636, 14.414.728, 10.725.762, 7.599.597, 13.555.096, 17.364.769, 13.905.373, 9.615.239, 19.055.241, 15.491.095, 16.211.082, 17.261.583, 16.416.418, 19.376.425, 9.388.718, 15.214.854, 17.796.098, 13.593.683, 14.271.875, 7.547.962, 10.051.485, 17.362.161, 20.390.162, 14.303.412, 12.860.135, 17.277.299, 17.945.886, 12.088.815, 13.227.095, 7.545.408, 12.710.826, 9.839.317, 20.390.428. 9.400.616, 10.137.445, 14.347.829, 15.587.867, 8.656.7 16, 5.947.925, 14.541.141, 16.965.297, 22.212.903, 16.993.042, 15.867.253, 5.954.999, 11.397.509, 13.353.818, 16.416.332, 11.849.149, 12.090.093, 11.847.411, 10.138.111, 11.848.106, 11.848.093, 17.362.033, 12.527.698, 13.702.361, 4.200.766, 15.070.739, 15.071.327, 13.227.114, 15.691.411, 18.871.758, 18.871.125, 5.951.163, 12.203.341, 12.207.268, 10.139.747, 14.193.774, 7.544.222, 4.374.426, 4.200.752, 15.341.747, 3.868.662, 5.943.420, 12.709.157, 13.227.617, 13.352.490, 21.003.313, 16.565.344, 19.051.956, 18.929.135, 5.956.885, 15.869.076,19.318.292, 11.546.271, 19.052.901, 13.352.224, 11.542.576, 5.949.904, 9.561.690, 13.651.621, 12.264.691, 12.708.816, 13.226.466, 14.000.343, 14.541.769, 14.001.712, 14.347.290, 11.543.104, 19.187.941, 7.547.470, 13.330.417, 7.549.445, 8.048.144, 15.216.704, 16.751.673, 9.211.618, 14.346.487, 8.656.536, 17.278.903, 10.135.567, 18.893.414, 8.666.508, 11.850.465, 12.238.778, 15.070.739, 15.298.841, 13.905.714, 12.237.638, 10.722.313, 12.266.359, 15.339.412, 8.656.085, 18.320.942, 5.933.080, 13.352.481, 8.196.884, 15.306.012, 18.872.514, 13.702.691, 13.905.084, 10.143.196, 17.944.956, 22.817.656, 8.154.256, 17.797.464, 12.859.382, 14.000.199, 17.276.562, 9.573.496, 14.092.064, 19.714.511, 11.822.655, 7.873.079, 11.703.369, 14.092.064, 10.059.640, 16.646.497, 15.340.907, 11.547.469, 5.948.057, 12.710.821, 16.416.324, 16.244.557, 7.544.125, 10.720.028, 11.540.675, 10.722.313, 4.201.252, 15.692.824, 11.540.891, 18.844.391, 16.860.522, 10.638.923, 11.082.985, 11.849.038, 9.843.648, 7.369.539, 9.565.244, 10.140.187, 5.131.364, 13.734.047, 9.997.645, 25.205.968, 8.656.085, 7.401.619, 8.062.461, 13.905.962, 7.548.836, 16.042.614, 14.177.579, 8.664.277, 3.917.736, 18.799.634, 13.325.481, 15.215.660, 18.100.116 , 16.644.558, 16.646.497, 9.256.313, 13.352.490, 3.917.736, 21.003.313, 10.059.640, 16.646.5 17.003.691, 11.401.944, 17.259.336, 15.906.863, y 11.703 respectivamente; la cual es pertinente por ser las victimas del hecho investigado, y es necesaria para que ésta exponga las circunstancias bajos las cuales se suscitaron los hechos y demostrar tanto la comisión del hecho punible, como la participación del imputado en ellos.

2. Dorimar Panza, Jonathan Gomes, Oscary Del Valle Castillo Granado, a los fines de que rindan declaración en relación a la ACTAS DE ENTREVISTAS cursantes al expediente y al conocimiento que tenían en su condición de empleados de la Empresa Auto Inversiones Acess car SIENDO PERTINENTE Y NECESARIA sus declaraciones por cuanto los mencionados ciudadanos tenían conocimiento de los hechos imputados.

3. Jesús Eduardo Villamediana Liscano, a los fines de que rindan declaración en relación a la ACTA DE ENTREVISTA cursantes al expediente y al conocimiento que tenían en su condición de arrendador de la Empresa Auto Inversiones Acess car SIENDO PERTINENTE Y NECESARIA sus declaraciones por cuanto el mencionado ciudadanos le arrendó el local al imputado López Piña Francisco Rafael donde funcionaria la mencionada empresa.

FUNCIONARIOS DE INVESTIGACION
4. FUNCIONARIOS SUB-COMISARIO: CARLOS CASTILLO, DEUDY COLMENARES Y WALTER YEPEZ E INSPECTOR MARIANNY MONTES adscritos al Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional Base Territorial Araure Estado Portuguesa a los fines de que rinda informe pericial en relación a la VISITA DOMICILIARIA realizada en un Local Ubicado en la Av. 17 con Av. 5 de
Diciembre Residencia Don Pedro Planta Baja — Araure donde dejan constancia que se recabaron las siguientes evidencias de interés criminalístico como el 07 sellos húmedos descritos de la siguiente manera dos (02) sellos húmedos marca Shiny Printer S-844, de color violeta y negro transparente con la inscripción “PAGADO”, Auto Inversiones ACCESS CAR C.A.” RIF J29858780-6”; un (01) sello húmedo marca Shiny Printer Line S-824 de color negro transparente con la inscripción “Únicamente para ser depositado en 01050748141748005057 BANCO MERCANTIL AUTOINVERSIONES ACCESS CAR, C.A.”; un (01) sello húmedo marca Shiny Printer Line S-824 de color azul, con la inscripción “Únicamente para ser depositado en 0134-1075-51-0001000511 Banesco Banco Universal Autoinversiones Access Car, C.A.”; un sello húmedo marca Shiny Printer Line S823, de color azul con la inscripción “NO ENDOSABLE”; dos (02) sellos húmedos marca Shiny Printer S-844, de color violeta y negro transparente con la inscripción “SUJETO A ANALISIS DE CREDITO Autoinversiones ACCESS CAR, C.A. RIF J29858780-6”, SIENDO PERTINENTE Y NECESARIA sus declaraciones por cuanto los funcionarios actuaron como investigadores

5. WUILLIAN ROJAS, ANA E ROSAO, LUCINDO R JIMÉNEZ, ANA BOLAÑO, MILDRED CARPIO C, MANUEL MEDINA Y OSWALDO SEQUERA funcionarios al Instituto Para La Defensa De Las Personas En El Acceso A Los Bienes Y Servicio (INDEPABIS) Coordinación Regional Portuguesa, realizada en la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A. sector la Goajira, avenida Rotaria, Edificio Bistre, Local N° 3 Acarigua-Estado Portuguesa. a los fines de que rindan informe pericial en relación a las Acta de Inspecciones N° G-019318, L29858780-6, G-019673, 111933, 01-104888, 01-104806, 01-106621, 01-107033, 01- 112104 de fechas 23/03/2011, 03/03/2011, 24/03/2011, 28/02/2010, 01/07/2010, 28/06/201 0, 03/09/201 0, 28/09/2010 y 04/03/2011

6. Detective ELIO RAMÍREZ, Agente ABRAHÁN PÉREZ, Agente DANIEL MORILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, a los fines de que rindan declaración en relación a la Investigación realizada en la presente causa penal SIENDO PERTINENTE Y NECESARIA sus declaraciones por cuanto los funcionarios actuaron como investigadores

7. Agentes GUEDEZ JUAN CARLOS y MORILLO DAVID, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare Estado Portuguesa, a los fines de que rindan informe pericial en relación a la INSPECCION N° 684, de fecha 15/04/2011, practicada en UN LOCAL COMERCIAL DENOMINADO AUTO INVERSIONES ACCESS CARS, C.A. UBICADO EN LAS CALLES 15 CON CARRERA 14, GUANARE ESTADO
PORTUGUESA.

Los datos de ubicación de cada uno de los testigos se especifican en escrito anexo -mediante sobre cerrado- para su reserva, atendiendo a lo establecido en el único aparte del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal.

Según lo dispuesto en el artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal, se ofrece otro medio de prueba:

DOCUMENTALES:

A los fines de incorporar al Juicio Oral y Público mediante la lectura y exhibición de conformidad con el Artículo 339 Numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, ofrecemos las siguientes pruebas:

1. COPIAS DE LOS CONTRATOS signados con los números 349, 353, 371, 492, 314, 357,181, 527, 442, 426, 295, 587, 163, 264, 250, 284,109, 193, 455, 476, 332, 447, 494, 374, 380, 301, 540, 383, 441,571, 517, 547, 356, 358, 529, 404, 553 ,300, 275, 220, 530, 488, 586, 477, 589, 161, 560, 588, 578 ,472, 495, 233, 526, 456, 375, B007, 366, 468, 403, 485, 327, 577, 329, 438, 426, 524, 550, 156, 380, 354, 467, 534, 229, 261, 511, 555, 306, 234, G005, 303, 389, 591, 484, 226, 426, 251, 552, 030, 592 ,376, 587, 501, 371, 491, 395, 498, 554, 454, 411, 369, 548, 379, 410, 393, 318 ,413, 432, 367, 345, 331, 452, 541, 398, 525, 461, 152, 466 ,537, 240, 357, 564, 55, 551, 405, 597, 325, 539, 584, 265 ,463, 436, 514, 383, 433, 253, 573, 197, 503, 478, 570, 406, 441, 516, 440, 307, 301, 483, 292, 549, 476, 424, 442 ,B004, 391, 521, 492, 518, 332, 486, 494, 479, 314, 399, 567, 462, G001, G016, 450 ,397, 506, 255, 349 ,513 ,445, 323, 590, 544, 540, 475, 543, B002, 596, 509, 312, G012, 585, 451, 497, 387 ,593, 471, 420 ,499, 594, 435, 520, 381, 556, 538, 374, 595, 528, 527, 363, 86, 003, de fechas 18/10/2010, 29/03/2011, 10/12/2010, 11/09/2010, 14/02/2010, 14/07/2010, 10/06/2010, 14/12/2010, 28/02/2011, 03/11/2010, 11/03/2011, 14/05/2010, 21/01/2011, 01/03/2011, 23/02/2011, 02/11/2010, 19/11/2010, 16/06/2010, 09112/2010, 18/10/2010, 24/08/2010, 04/12/2010, 17/08/2010, 29/10/2010, 10/11/2010, 02/08/2010, 22/02/2011, 03/08/2010, 30/09/2010, 22/09/2010, 08/12/2010, 12/01/2010, 30/08/2010, 29/10/2010, 15/12/2010, 07/07/2010, 14/01/2011, 26/07/2010, 16/06/2010, 10/03/2011, 03/09/2010, 12/03/2011, 10/11/2010, 11/06/2010, 25/01/2010, 29/06/2010, 12/01/2011, 18/03/2011, 25/08/2010, 01/03/2011, 20/08/2010, 17/11/2010, 07/09/2010, 09/01/2011, 15/10/2010, 14/09/2010, 19/08/2010, 26/10/2010, 30/08/2010, 13/09/2010, 06/09/2010, 29/07/2010, 15/09/2010, 24/09/2010, 17/08/2010, 05/08/2010, 03/08/2010, 14/10/2010, 22/12/2010, 08/09/2010, 08/12/2010, 26/10/2010, 21/01/2011, 29/09/2010, 20/12/2010, 14/07/2010, 12/08/2010, 01/02/2011, 01/02/2011, 12/01/2011, 11/11/2010, 06/04/2011, 21/12/2010, 25/02/2011, 08/07/2010, 27/10/2010, 26/10/2010, 29/09/2010, 29/11/2010, 31/08/2010, 03/09/2010, 05/11/2010, 17/11/2010, 02/12/2010, 04/08/2010, 11/11/2010, 18/11/2010, 04/11/2010, 27/07/2010, 08/09/2010, 04/04/2011, 09/03/2011, 12/04/2011, 14/10/2010, 07/09/2010, 26/11/2010, 02/07/2010, 07/08/2010, 30/11/2010, 30/07/2010, 11/03/2011,21/12/2010, 03/11/2010, 23/12/2010, 22/10/2010, 01/04/2011, 27/11/2010, 07/08/2010, 21/03/2011, 28/02/2011, 14/10/2010, 22/11/2010, 01/09/2010, 21/03/2011, 02/11/2010, 17/09/2010, 22/11/2010, 25/03/2011, 28/09/2010, 08/12/2010, 31/08/2010, 17/01/2011, 20/12/2010, 23/08/2010, 29/03/2011, 10/12/2010, 9/03/2011 suscritos por los ciudadanos Mira López Elsi Uribel, Villegas Juan, Enoc Ortiz, Rosa Herrera. Elvis Marisela Cautela, Javier Torreyes, Williams Valencia, Jean Medina, NoeI Galíndez, María Damas, José Aranguren, Karina Prado, Dilia Alen Flores, Victor Ruiz, Yrelis Colmenarez, Esther Ortega, Carlos Gomez, Jorge Arriechi, Soraya Yanez Chacchiolo, Rodriguez, Mildred Torres, Dioner Romero, Tania Coromoto Carpio Perez, Jeysson Canelones, Manuel Moreno, Mary Ferreira, Jonathan Gomes, Alejandro Ortiz, Mary Rodriguez, Jose Arraez, Eliezer Rivero, Deibis Coromoto Colmenares, Edgar Mendoza, Gelioba Villanueva, Wilmer Ceballos, Nestor Silva, Luis Alejandro, Jesus Madriz, Edwar Duran, Jorge Carvajal, Pablo Jose Sanchez, Gilberto Linarez, Nieves Graterol, Estilita Moreno, Farfan Reyes, Jose Lucena, Simon Briceño, Minan Flores, Francys Torrealba, John Garcia, Luis Agrais, Manuel Antonio Casu, Mauri Jackelin Frontrado Contreras, Daniel Vasquez, Jose Vidal, Kelvin Chacon, Marcos Tesorero, Victor Ceballo, Yonnis Alexander Garcia, Jaidy Rodriguez, Johan Valenzuela, Tulio Ramon Vasquez, Manuel Osal, Danerys Gallardo, Walter Rosales, Lilibeth Mora, Williams Dominguez, Cesar Augusto Figueredo, Anelsy Perdomo, Jorge Luis Quiñones, Moraima Herrera, Yurbi Guedez, Victor Martinez, Daniel Mogollon, Juana Iris Aranguren, Xhamilymar Betancourt, Jesus Jimenez, Pastora De Los Reyes Catan, Jose Vielma, Susana Perez, Benito Colmenarez, Jose Gregorio Vasquez, Carmen Rosa Azuaje, Jose Rafael Ramos, Chiquinquira Romero, Delvin Antonio Briceño Hernandez, Luisa Maria Castro, Luis Alvarez, Franklin Gonzalez, Francisco Viera, Leida Era Peralta, Marily Sandoval, Douglas Soto, Carlos Rivas, Carlos Perozo,,Delia Perdomo, Julio Rangel, Adeslen Ascanio, Henry Sanchez, Rafael Montilla, Aixa Diaz, Francisco Lucena, Alejandro Riera, Marisela Vasquez, Ana Torres, Eliana Lopez, Eliomar Torres, Marisela D Alessio, Nora Torrealba, Douglas Sanchez, Edgar Lacruz Ocanto, Raqmary Peña Mundarain, Marlin Rosibel Bernardo Cohil, Dayanira Coromoto Sira Molina, Josefina Rodriguez, Maribel Guedez, Jose Torrealba, Elvia Alvarez, Carmen Tua Riera, Jeidi Tua Riera, Jourley Peraza, Rocio Angulo, Carlos Perdomo, Yonny Anciso, Pablo Sanchez ,Helena Yaneth Da Costa Armeni, Minan Lopez, Dannys Jimenez, Josefina Romero, Leonardo Mann, Nancy Barreto, Yackson Jose Daza Baba, Douglas Sanchez, Daniel Vasquez, Miguel Martinez, Julio Ocampo,,Belkis Perez De Chirinos, Gilbert Mendoza, Rogelio Ramon Lara Duarte, Cristobal NoeI Piña Rivero, Dietina Rosa Gonzalez Moreno, Yurbi Alexandra Guedez Rojas,,Daniel David Cazu Pineda, Wilfredo Enrique Linarez Lopez, Perfecto Leonardo Briceño, Yaneth Mercedes Tovar Collado, Nixon Daza Roa, Noamny Rossana Camacaro R, Jose Gregorio Guedez Alvarez, Antonio Roseliano Matute Medina, Carlos Enrrique Urriola, Maria Carolina Duran Flores, Uslan Evardo Gutierrez, Lisbeth Patricia Duque Rodriguez, Enrrique Mendez, David Aleman, Carlos Eduardo Ramos, Maribel Sandoval De Lucena, Juan Alberto Rodriguez, Jose Velez Patiñol, Gilmer Alberto Castillo Herrera, Jose Benjamin Flores Noguera, Barloto Castañeda, Angela Guedez, Oscar Arguello, Zulinde Rodriguez, Jerónimo Ascanio,,Edgar Zerpa, Carlos Bracho, Liexer Antonia Gomez L, Soraima Montilla,,Belgica Viana Sanchez, Leida Rodriguez, Darwin Molina, Alexis Valera, Omar José Rodriguez Ocanto, Felipa Fernandez, Sarahin Montilla, Magbis Suarez, Ronald Bolivar, Elisa Suarez, Oscar Azuaje, Irauma Yepez, Yanet Tovar, Corteza Walderrama, Alexis Marquez, Maria Pineda, Rosmary Canelon, Miguel Eduardo Gomez Mujica, Carlos Castillo, Nolberto Escalona, Edgar Salas, Dominga Del Carmen Veliz, Andres Avelino Pulgar Torres, Yasmir Rodriguez, Jesus Mendoza, Ramona Conde, Pedro Colmenarez, Carlos Caceres, Edgar Garcia, Jose Gregorio Guedez, Ana Julia Baena, Dorka Mendoza, Luis Guevara, Hilda Rumbos, Lissett Valles, Oníka Rodriguez, Miriam Rodriguez, Hermenegildo Viera, Luis Colmenares, Maria Duran, Graciela Guzman victimas en la presente causa y la Empresa AUTO INVERSIONES ACCESS CAR C.A. donde se evidencia que existe una relación contractual entre las victimas y la Empresa AUTO INVERSIONES ACCESS CAR C.A. representada por el ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ.

2. COPIAS DE LOS RECIBOS DE PAGOS emitidos a las victimas ciudadanos Mira López Elsi Uribel, Villegas Juan, Enoc Ortiz, Rosa Herrera. Elvis Marisela Cautela, Javier Torreyes, Williams Valencia, Jean Medina, NoeI Galíndez, María Damas, José Aranguren, Karina Prado, Dilia Alen Flores, Victor Ruiz, Yrelis Colmenarez, Esther Ortega, Carlos Gomez, Jorge Arriechi, Soraya Yanez Chacchiolo, Rodriguez, Mildred Torres, Dioner Romero, Tania Coromoto Carpio Perez, Jeysson Canelones, Manuel Moreno, Mary Ferreira, Jonathan Gomes, Alejandro Ortiz, Mary Rodriguez, Jose Arraez, Eliezer Rivero, Deibis Coromoto Colmenares, Edgar Mendoza, Gelioba Villanueva, Wilmer Ceballos, Nestor Silva, Luis Alejandro, Jesus Madriz, Edwar Duran, Jorge Carvajal, Pablo Jose Sanchez, Gilberto Linarez, Nieves Graterol, Estilita Moreno, Farfan Reyes, Jose Lucena, Simon Briceño, Minan Flores, Francys Torrealba, John Garcia, Luis Agrais, Manuel Antonio Casu, Mauri Jackelin Frontrado Contreras, Daniel Vasquez, Jose Vidal, Kelvin Chacon, Marcos Tesorero, Victor Ceballo, Yonnis Alexander Garcia, Jaidy Rodriguez, Johan Valenzuela, Tulio Ramon Vasquez, Manuel Osal, Danerys Gallardo, Walter Rosales, Lilibeth Mora, Williams Dominguez, Cesar Augusto Figueredo, Anelsy Perdomo, Jorge Luis Quiñones, Moraima Herrera, Yurbi Guedez, Victor Martinez, Daniel Mogollon, Juana Iris Aranguren, Xhamilymar Betancourt, Jesus Jimenez, Pastora De Los Reyes Catan, Jose Vielma, Susana Maria Castro, Luis Alvarez, Franklin Gonzalez, Francisco Viera, Leida Era Peralta, Marily Sandoval, Douglas Soto, Carlos Rivas, Carlos Perozo,,Delia Perdomo, Julio Rangel, Adeslen Ascanio, Henry Sanchez, Rafael Montilla, Aixa Diaz, Francisco Lucena, Alejandro Riera, Marisela Vasquez, Ana Torres, Eliana Lopez, Eliomar Torres, Marisela D Alessio, Nora Torrealba, Douglas Sanchez, Edgar Lacruz Ocanto, Raqmary Peña Mundarain, Marlin Rosibel Bernardo Cohil, Dayanira Coromoto Sira Molina, Josefina Rodríguez, Maribel Guedez, Jose Torrealba, Elvia Alvarez, Carmen Tua Riera, Jeidi Tua Riera, Jourley Peraza, Rocio Angulo, Carlos Perdomo, Yonny Anciso, Pablo Sanchez ,Helena Yaneth Da Costa Armeni, Minan Lopez, Dannys Jimenez, Josefina Romero, Leonardo Marín, Nancy Barreto, Yackson Jose Daza Baba, Douglas Sanchez, Daniel Vasquez, Miguel Martinez, Julio Ocampo,,Belkis Perez De Chininos, Gilbert Mendoza, Rogelio Ramon Lara Duarte, Cristobal NoeI Piña Rivero, Dietina Rosa Gonzalez Moreno, Yurbi Alexandra Guedez Rojas,,Daniel David Cazu Pineda, Wilfredo Enrique Linarez Lopez, Perfecto Leonardo Briceño, Yaneth Mercedes Tovar Collado, Nixon Daza Roa, Noamny Rossana Camacaro R, Jose Gregorio Guedez Alvarez, Antonio Roseliano Matute Medina, Carlos Enrrique Urriola, Maria Carolina Duran Flores, Uslan Evardo Gutierrez, Lisbeth Patricia Duque Rodriguez, Enrrique Mendez, David Aleman, Carlos Eduardo Ramos, Maribel Sandoval De Lucena, Juan Alberto Rodriguez, Jose Velez Patiñol, Gilmer Alberto Castillo Herrera Jose Benjamin Flores Noguera, Barloto Castañeda, Angela Guedez, Oscar Arguello, Zulinde Rodriguez, Geronimo Ascanio,,Edgar Zerpa, Carlos Bracho, Liexer Antonia Gomez L, Soraima Montilla,,Belgica Viana Sanchez, Leida Rodríguez, Darwin Molina, Alexis Valera, Omar José Rodríguez Ocanto, Felipa Fernandez, Sarahin Montilla, Magbis Suarez, Ronald Bolivar, Elisa Suarez, Oscar Azuaje, Irauma Yepez, Yanet Tovar, Corteza Walderrama, Alexis Marquez, Maria Pineda, Rosmary Canelon, Miguel Eduardo Gomez Mujica, Carlos Castillo, Norberto Escalona, Edgar Salas, Dominga Del Carmen Veliz, Andres Avelino Pulgar Torres, Yasmir Rodriguez, Jesus Mendoza, Ramona Conde, Pedro Colmenarez, Carlos Caceres, Edgar Garcia, Jose Gregorio Guedez, Ana Julia Baena, Dorka Mendoza, Luis Guevara, Hilda Rumbos, Lissett Valles, Onika Rodriguez, Miriam Rodríguez, Hermenegildo Viera, Luis Colmenares, Maria Duran, Graciela Guzman por la empresa AUTO INVERSIONES ACCESS CAR CA. al momento de cancelar el dinero como inicial de la negociación para la adjudicación de los respectivos vehículos los cuales fueron signados con los numeros 01149, 00906, 00865,01418, 01417, 00929, 001526,00910, 01092, 00562, 000282, 00675, 00453, 00914, 01137, 01021, 00377, 001221, 01231, 00539, 000255, 396, 00486, 000299, 000139, 01040, 00588, 01026, 01095, 00932, 00937, 00548, 00780, 01232, 00791, 00507, 01136, 001622, 00967, 00915, 01166, 01172, 001236, 001218, 01188,01163, 01140, 01148, 01150, 01434, 01473, 01196, 01196, 001233, 001222, 001206,01176, 00976, 01028, 00573, 01005, 001223, 00911, 01411, 001655, 010336, 01048, 00969, 01054, 01031, 01178, 01104, 00895, 001583, 01195, 00397, 00933, 00922, 00938, 001553, 00942, 01132, 00963, 01075, 01082, 00580, 001591, 00885, 001205, 00551, 01100, 00924, 001511, 01011, 00557, 0012101, 00535, 00961, 01238, 00983, 01190, 01194,01084, 01088, 00338, 00877, 01045, 01143, 001509, 00939, 01002, 01039, 00345, 00934, 00886, 00917, 01056, 01159, 00930, 01197, 01023,01144, 001530, 01072, 001235, 00936, 01421, 01117, 01423, 01435, 01110, 001619, 00926, 01129, 01198, 00584, 01429, 01033, 01045, 01403, 01046, 01050, 001208, 001207, 01386, 00954, 01128, 00972, 00956, 00356, 01049, 01049, 00996, 001215, 01070, 01181, 01070, 00881, 01070, 01155, 01181, 01298, 00690, 00690, 001231, 01180, 01173, 00934, 00574, 01142, 00946, 01107, 001628, 01169, 01091, 00978, 00393, 01063, 01055, 01276, 01081, 01431, 00382, 00378, 00781, 01394, 01174, 01084, 01076, 01041, 00943 y 00588 donde se evidencia que los prenombrados ciudadanos cancelaron la inicial solicitada por la empresa AUTO INVERSIONES ACCESS CAR C.A. representada por el ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ y dicha empresa tenía conocimiento de ello ya que recibo esta firmado y sellados por personas que laboraban en dicho establecimiento.

3. COPIAS DE LOS CHEQUES DEL BANCO MERCANTIL DEVUELTOS POR NO POSEER FONDOS DISPONIBLES N° 36072649, 56065095, 52072635, 98072636, identificados con el código de cuenta N° 01050748141748005057 a nombre de la Empresa Auto Inversiones Access Car. C.A. firmados por el ciudadano imputado FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ, emitidos en fechas 08/09/2010, 22/09/2010, 27/10/2010, a los ciudadanos JOSE RAMON LUCENA ARAMBULET, WILOMER JOSE CEBALLOS ESCALONA, GILBERTO RAFAEL
LINAREZ PEREZ, JOSEFINA MORENO, donde se evidencia que la empresa AUTO INVERSIONES ACCESS CAR C.A. reconoce de manera indirecta que existe una relación contractual con los mencionados ciudadanos, reconoce que no cumplió con lo establecido en eI contrato como era la adjudicación del vehiculo al entregarle los cheques como devolución del dinero de la inicial y a su vez se burla y engaña nuevamente de los prenombrados ciudadanos al hacerle creer que la empresa estaba en la disposición de resarcir el daño causado siendo eso un acto engaño en virtud que las cuentas de la cual se debitarían dicho cheque no tenia fondos disponibles.

4. COPIAS DE LOS CHEQUES DEL BANCO BANESCO DEVUELTOS POR NO POSEER FONDOS DISPONIBLES N° 11394304, 25411326, 43394311, 01152, 01018, 001524, 00939, 00887, 00556, 000202,000136,000005, 000124, 00399, 000201, 000239, 000017, 000251, 00361, 00353, 00901, 00916, 00400,
000081, 00392, 000280, 000063, 000099, 000240, 000230, 00947, 00333, 000112, 000141, 000144, 01006, 00477, 00365, 01001, 00902, 00870, 00975, 38458924, 46411286 Y 21411283 identificados con el código de cuenta N° 01341075510001000511 a nombre de la Empresa Auto Inversiones Access Car. C.A. firmados por el ciudadano imputado FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ, emitidos en fechas 10/08/2010, 23/08/2010, 15/10/2010, 20/10/2010, 03/11/2010, 04/11/2010, 05/11/2010, 21/03/2011, 23/03/2011 y 24/03/2011a los ciudadanos REYES ORLANDO FARFAN CORTEZ, MIRlAN COROMOTO FLORES, FRANCIS JOSÉ TORRALBA MAUURY JACKELIN FRONTADO C, DANIEL GUSTAVO VASQUEZ, KELVINT JESUS CHACIN C, MARCOS TESORERO, MANUEL EDUARDO OSAL y, MARILIN ROSIBEL BERNARDO, ANTONIO ROSELIANO MATUTE MEDINA, ELVIS MARISELA CAUTELA PARRA, WILLIANS VALENCIA M, JUAN JOSÉ VILLEGAS D, ESTER MARIA ORTEGA G, JORGE LUIS ARRIECHI C, CARLOS ALFREDO GOMEZ, SORAYA CRACHIOLO RIODRIGUEZ, JOSÉ ROBERTO ARRAEZ PALENCIA, ELIEZER GABRIEL RIVERO A Y VANESSA ALEJANDRA PEÑA MUÑOZ, donde se evidencia que la empresa AUTO INVERSIONES ACCESS CAR C.A. reconoce de manera indirecta que existe una relación contractual con los mencionados ciudadanos, reconoce que no cumplió con lo establecido en el contrato como era la adjudicación del vehiculo al entregarle los cheques como devolución del dinero de la inicial y a su vez se burla y engaña nuevamente de los prenombrados ciudadanos al hacerle creer que la empresa estaba en la disposición de resarcir el daño causado siendo eso un acto engaño en virtud que las cuentas de la cual se debitarían dicho cheque no tenia fondos disponibles.

5. ACTA CONSTITUTIVA DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCESS CAR C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en fecha 19 de Enero de 2010, en el tomo 3-A NUMERO 36 representada por el ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA titular de la cedula de identidad N° 16.838.341 donde se puede evidenciar que dicha empresa existe y deja constancia de su propietario y su representante.

6. REGISTRO DE INFORMACIÓN FISCAL (RIF) de la empresa AUTO INVERSIONES ACCESS CAR C.A. signado con el N° J-29858780-6, con fecha de inscripción 19/01/2010 en la ciudad de Maracaibo Estado Zulia, dirección Calle 58, casa N° 15 J- 16 Urb. La Trinidad. en el cual se evidencia que la empresa se encuentra inscrita en registro de información fiscal y la existencia de la misma.
7. COPIA FOTOSTÁTICA DE LOS ESCRITOS DE RETIRO DE LA NEGOCIACIÓN con la empresa AUTO INVERSIONES ACCESS CAR C.A. de los ciudadanos José Alejandro Ortiz G, Jonathan Gómez Lima, Mary Ángela Ferreira Reyes, Manuel Moreno, Henry Gustavo Colina, Soraya Cracehiolo, Jorge Luis Arriechi, Carlos Alfredo Gómez Hernández, Esther María Ortega Gutiérrez, Víctor Ramón Ruiz, Angarita, Juan Villegas, María Damas de Cabrera, NoeI Galíndez, Linarez, Reyes Farfan, José Ramón Lucena, Simon Briceño, Minan Flores, Luis Alberto Agrais Jiménez, Daniel Gustavo Vásquez, José Vidal Riaño, Kelvint Chacon, Marcos Tesorero, Víctor Ceballos, Jaidy Rodríguez, Yonnys García, Johan José Valenzuela Aranguren, Manuel Osal, Danerys Gallardo, Jesús Mirabal, Lilibeth Mora, Williams Domínguez, Yurbi Guedez, Víctor Martínez, Daniel Mogollón, Xhamilymar del Jesús Betancourt, Jiménez Hernández Jesús, José Vásquez, Luisa María Castro, Adeslan Ascanio, Henry Sánchez, Marlin Bernardo, Dayanira Sira, \Nilmer Ceballos, Carmen Tua Riera, Jeidi Tua, Mirlan Rosa López, Dannys Jiménez, Nancy Barreto Escalona, Daniel Vasquez, Belkis Pérez, Antonio Matute, Carlos Urriola, David Alemán, Maribel de Lucena, Bartolo Castañeda, Carlos Bracho, Luis Colmenares, Graciela Guzmán, Aixa Díaz, Marisela D Alessio, Nora Torrealba, Douglas Sánchez, Edgar José La Cruz Ocanto, Felipa Fernández, Sarahin Sielcira Montilla Aguilar, Yraima Yépez, Yasmir Rodríguez, Edgar Salas y Luis Xavier Guevara Torres. donde se evidencia que la empresa AUTO INVERSIONES ACCESS CAR C.A. reconoce de manera indirecta que existe una relación contractual con los mencionados ciudadanos, reconoce que no cumplió con lo establecido en el contrato como era la adjudicación del vehiculo al recibir y sellar los mencionados escritos.

8. ACTA DE INSPECCIONES N° G-019318, L-29858780-6, G-019673, 111933,
01-104888, 01-104806, 01-106621, 01-107033, 01-112104 de fechas 23/03/2011, 03/03/2011, 24/03/2011, 28/02/2010, 01/07/2010, 28/06/2010, 03/09/2010, 28/09/2010 y 04/03/2011 suscrita por los funcionarios Wuillian Rojas, Ana E Rosao, LUCINDO R Jiménez, Ana Bolaño, Mildred Carpio C, Manuel Medina y Oswaldo Sequera funcionarios al Instituto Para La Defensa De Las Personas El Acceso A Los Bienes Y Servicio (INDEPABIS) Coordinación Regional Portuguesa, donde puede ser citado y declare en lo pertinente y necesario al contenido del Acta de Inspección N° G-019318, L-29858780-6, G-019673, 111933, 01-104888, 01-104806, 01-106621, 01-107033, 01-112104 de fechas 23/03/2011, 03/03/2011, 24/03/2011, 28/02/2010, 01/07/2010, 28/06/2010, 03/09/2010, 28/09/2010 y 04/03/2011 riela en la causa, realizada en 1- LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCESS CAR C.A. SECTOR LA GOAJIRA, AVENIDA ROTARIA, EDIFICIO. BISTRE, LOCAL N° 3 ACARIGUA-ESTADO PORTUGUESA. Sitio del suceso. Riela en la causa.

9. MOVIMIENTOS BANCARIOS realizados en la cuenta corriente N° 0134-1075-51-0001000511, a nombre de la empresa ACCESS CAR C.A. identificada con el numero de RIF J298587806, desde el momento de su apertura en fecha 10/02/2010 hasta el 02/06/2011, donde aparecen como firmantes los ciudadanos FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ y JHONY ALEXANDER MAZO donde se puede evidenciar la cantidades de dineros depositados por las victimas y los

10. LA PLANILLA DE REGISTRO DE INFORMACIÓN FISCAL de la empresa Auto Inversiones Access Car C.A. y la de su representante legal ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA titular de la cedula de identidad N° 16.838.341. anexada al oficio N° GRTI-RCO-SP-UG-710-N° 000612 del servicio integrado de administración aduanera y tributaria jurisdicción Portuguesa suscrito por el ciudadano Jairo José Sosa Papich, donde deja constancia que el contribuyente depende de la circunscripción del Estado Zulia

11. CONSULTA DE LA DIRECCIÓN ELECTORAL de los ciudadanos FRANCISCO RAFAEL PIÑA titular de la cedula de identidad N° V-16.838.341, JHONY ALEXANDER MAZO CAICEDO titular de la cedula de identidad N° V-16.838.341 y YOLIMA BEATRIZ GUERRA VERGARA titular de la cedula de identidad N° E- 83.089.199, donde deja constancia de su domicilio y el centro de votación de los prenombrados ciudadanos

12. COMUNICACIÓN N° 70080 suscrita por la ciudadana Liliana Di Feliciantonio Rodríguez Coordinadora de Control Servicios Operativos Mercantil Banco de fecha 30 de Junio de 2011 la cual informa que la cuenta corriente N° 1748-00505- 7, figura a nombre de la sociedad Mercantil AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., RIF N° J-298587806, abierta en fecha 17/03/2010 y figura como firma autorizada al ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ titular de la cedula de identidad N° V-16.838.341. de lo cual se evidencia que dicha cuenta pertenece al mencionado ciudadano.

13. CD contentivo de los reportes emitidos por la data de la empresa de telefonía movistar relacionados con el numero telefónico 0414-6094074 el cual pertenece al ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ titular de la cedula de identidad N° V-16.838.34lsegun lo informado por la dirección de seguridad de la prenombrada empresa.

14. RESULTADO DE LA VISITA DOMICILIARIA de fecha 24/11/2011, practicada por los funcionarios Sub-comisario: Carlos Castillo, Deudy Colmenares y Walter Yepez e Inspector Marianny Montes adscritos al Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional Base Territorial Araure- Estado Portuguesa realizada en un Local ubicado en la Av. 17 con Av. 5 de Diciembre Residencia Don Pedro Planta Baja — Araure donde dejan constancia que se recabaron las siguientes evidencias de interés criminalístico como el es 07 sellos húmedos descritos de la siguiente manera dos (02) sellos húmedos marca Shiny Printer S-844, de color violeta y negro transparente con la ¡inscripción “PAGADO”, Auto Inversiones ACCESS CAR C.A.” RIF J29858780-6”; un (01) sello húmedo marca Shiny Printer Line S-824 de color negro transparente con la inscripción “Únicamente para ser depositado en 01050748141748005057 BANCO MERCANTIL AUTOI NVERSIONES ACCESS CAR, C.A.”; un (01) sello húmedo marca Shiny Printer Line S-824 de color azul, con la inscripción “Únicamente para ser depositado en 01 34-1 075-51-0001 000511 marca Shiny Printer Une S-823, de color azul con la ¡inscripción “NO ENDOSABLE”; dos (02) sellos húmedos marca Shiny Printer S-844, de color violeta y negro transparente con la inscripción “SUJETO A ANALISIS DE CREDITO Autoinversiones ACCESS CAR, C.A. RIF J29858780-6”.
15. Experticia contable, practicada por los expertos profesionales II ALEXIS GOMEZ y EXPERTO TECNICO 1 YORDANA VIEIRA, adscrito a la división de experticia contables financiera del Cuerpo de investigaciones Científicas, penales y criminalísticos, realizada a los recibos signados con los números 01149, 00906, 00865,01418, 01417, 00929, 001526,00910, 01092, 00562, 000282, 00675, 00453, 00914, 01137, 01021, 00377, 001221, 01231, 00539, 000255, 396, 00486, 000299, 000139, 01040, 00588, 01026, 01095, 00932, 00937, 00548, 00780, 01152, 01018, 001524, 00939, 00887, 00556, 000202,000136,000005, 000124, 00399, 000201, 000239, 000017, 000251, 00361, 00353, 00901, 00916, 00400, 000081, 00392, 000280, 000063, 000099, 000240, 000230, 00947,00333, 000112, 000141, 000144, 01006, 00477, 00365, 01001, 00902, 00870, 00975, 009489, 00962, 00569, 01160, 00943, 01168, 01139, 00557, 01101, 00576, 01087, 01080, 001232, 00797, 000250, 01034, 001508, 01153, 001228, 001228, 00507, 01136, 001622, 00967, 00915, 01166, 01172, 001236, 001218, 01188, 01163, 01140, 01148, 01150, 01434, 01473, 01196, 01196, 001233, 001222, 001206,01176, 00976, 01028, 00573, 01005, 001223, 00911, 01411, 001655, 010336, 01048, 00969, 01054, 01031, 01178, 01104, 00895, 001583, 011900397, 00933, 00922, 00938, 001553, 00942, 01132, 00963, 01075, 01082, 00580, 001591, 00885, 001205, 00551, 01100, 00924, 001511, 01011, 00557, 0012101, 00535, 00961, 01238, 00983, 01190, 01194,01084, 01088, 00338, 00877, 01045, 01143, 001509, 00939, 01002, 01039, 00345, 00934, 00886, 00917, 01056, 01159, 00930, 01197, 01023,01144, 001530, 01072, 001235, 00936, 01421, 01117, 01423, 01435, 01110, 001619, 00926, 01129, 01198, 00584, 01429, 01033, 01045, 01403, 01046, 01050, 001208, 001207, 01386, 00954, 01128, 00972, 00956, 00356, 01049, 01049, 00996, 001215, 01070, 01181, 01070, 00881, 01070, 01155, 01181, 01298, 00690, 00690, 001231, 01180, 01173, 00934, 00574, 01142, 00946, 01107, 001628, 01169, 01091,00978, 00393, 01063, 01055, 01276, 01081, 01431, 00382, 00378, 00781, 01394, 01174, 01084, 01076, 01041, 00943 y 00588.

16. COPIA DEL RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR CA., COPIA CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., a nombre de la victima VIERA GRATEROL HERMENEGILDO, titular de la cedula de identidad N° y 3.917.73617 SANDOVAL LANDINEZ MARILY IDANIA, titular de la cedula de identidad N° V21.003.313.

17. COPIA DEL RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A, COPIA CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A, a nombre de la victima SANDOVAL LANDINEZ MARILY IDANIA, titular de la cedula de identidad Nº V- 21.003.313.

18. COPIA DE RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., COPIA DE CHEQUE (PAGO), CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR CA. Y CLIENTE, a nombre de la víctima RODRIGUEZ DE SEMPRUN LEIDA COROMOTO, titular de la cedula de identidad N° V-10.059.640.

19. COPIAS DE RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES
ACCES CAR C.A., COPIAS DE CHEQUES (PAGO), CONTRATOS DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR
C.A. Y CLIENTE, a nombre de la victima TORREALBA GRATEROL NERFRAN
ANTONIO, titular de la cedula de identidad N° V-16.646.572.

20. COPIA DE RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., COPIA DE CHEQUE (PAGO), CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A. Y CLIENTE, a nombre de la víctima CONDE DE GONZÁLEZ RAMONA ALECIA, titular de la cedula de identidad N° V-5.131.364.

21. COPIA DE RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCESCAR C.A., CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTOINVERSIONES ACCES CAR C.A. Y CLIENTE, a nombre de la víctima LOPEZDIAZ CARLOS LUIS, titular de la cedula de identidad N° V-17.003.691.

22. COPIA DE RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES ‘ CAR C.A., COPIA DE CHEQUE (PAGO), CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A. Y CLIENTE, a nombre de la víctima MENDEZ MUÑOZ JOSE JAIRO, titular de la cedula de identidad N° V-1 1.401.944.

23. COPIA CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A. Y CLIENTE, a nombre de la víctima SÁNCHEZ MANZANILLA LUIS RAMON, titular de la cedula de identidad N° V-17.259.336. COPIA DE RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., COPIA DE CHEQUE (PAGO), CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A. Y CLIENTE, a nombre de la victima CASTILLO MIGUEL ANGEL, titular de la cedula de identidad N° V-15.906.863.

24. INSPECCION N° 684, de fecha 15/04/2011, suscrita por los funcionarios Agentes GUEDEZ JUAN CARLOS y MORILLO DAVID, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Guanare AUTO INVERSIONES ACCESS CARS, C.A. UBICADO EN LAS CALLES 15 CON CARRERA 14, GUANARE ESTADO PORTUGUESA.

25. COPIA DEL RECIBO DE CONTROL DE PAGO DE AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A., COPIA CONTRATO DE CONVENIO DE PAGO DE LA EMPRESA AUTO INVERSIONES ACCES CAR C.A, COPIA DE CHEQUE NRO 00368 deI BANCO PROVINCIAL, documentos estos a nombre de la victima MONTILLA SORAIMA ROSA, titular de la cedula de identidad N° V- 11.703.369.

EVIDENCIA MATERIAL OFRECIDA:
SIETE (07) SELLOS HUMEDOS, de los cuales se deja constancia de sus características particulares dos (02) sellos húmedos marca Shiny Printer S-844, de color violeta y negro transparente con la inscripción “PAGADO”, Auto Inversiones ACCESS CAR C.A.” RIF J29858780-6”; un (01) sello húmedo marca Shiny Printer Line S-824 de color negro transparente con la inscripción “Unicamente para ser depositado en 01050748141748005057 BANCO MERCANTIL AUTOINVERSIONES ACCESS CAR, C.A.”; un (01) sello húmedo marca Shiny Printer Line S-824 de color azul, con la inscripción “Unicamente para ser depositado en 0134-1075-51-0001000511 Banesco Banco Universal Autoinversiones Access Car, C.A.”; un sello húmedo marca Shiny Printer Line S- 823, de color azul con la inscripción “NO ENDOSABLE”; dos (02) sellos sellos húmedos marca Shiny Printer S-844, de color violeta y negro transparente con la inscripción “SUJETO A ANALISIS DE CREDITO Autoinversiones ACCESS CAR C.A. RIF J29858780-6”. incautados en el procedimiento- para su ofrecimiento, la cual es pertinente por cuanto fue utilizada para la comisión del hecho punible y las circunstancias de comisión del delito imputado, y es necesaria para demostrar las circunstancias en que ocurrieron los hechos e identificar al agente de los delitos cometidos en este caso.

IV
SOLICITUD DE ENJUICIAMIENTO

En fuerza de los fundamentos de hecho y de derecho, anteriormente expuestos, quienes suscriben, solicitamos formalmente a ese Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 3° de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua lo siguiente:

PRIMERO: Admita totalmente la presente Acusación, toda vez que la misma reúne los requisitos formales previstos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal.

SEGUNDO: Admita todos los medios probatorios ofrecidos por la vindicta Pública,

TERCERO: Fijar la oportunidad en que haya de celebrase la audiencia preliminar ante ese Juzgado de Control a los fines de que sean oídas las partes, de conformidad con el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal.

CUARTO: Una vez oídas las partes y admitido este escrito de Acusación, así como los medios probatorios ofrecidos, se ordene la Apertura a Juicio Oral y Publico de la presente causa a los fines de proceder al enjuiciamiento público del ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ arriba suficientemente identificado, por la comisión de los delitos de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA previsto y sancionado en el artículo 462 ultimo Aparte, en relación con los artículos 463, numeral 2° y 99 todos del Código Penal Venezolano, en concordancia con el Articulo 16 Ordinal 3° de la Ley de Delincuencia Organizada perjuicio de: Mira Lopez Elsi Uribel, Villegas Juan, Vanessa Alejandra Peña M, Enoc Ortiz, Rosa Herrera. Elvis Marisela Cautela, Javier Torreyes, Williams Valencia, Jean Medina, NoeI Galindez, Maria Damas, Jose Aranguren, Karina Prado, Dilia Alen Flores, Victor Ruiz, Yrelis Colmenarez, Esther Ortega, Carlos Gomez, Jorge Arriechi, Soraya Yanez Chacchiolo, Rodriguez, Mildred Torres, Dioner Romero, Tania Coromoto Carpio Perez, Jeysson Canelones, Manuel Moreno, Mary Ferreira, Jonathan Gomes, Alejandro Ortiz, Mary Rodriguez, Jose Arraez, Eliezer Rivero, Deibis Coromoto Colmenares, Edgar Mendoza, Gelioba yillanueva, Wilmer Ceballos, Nestor Silva, Luis Alejandro, Jesus Madriz, Edwar Duran, Jorge Carvajal, Pablo Jose Sanchez, Gilberto Linarez, Nieves Graterol, Estilita Moreno, Farfan Reyes Jose Lucena, Simon Briceño, Minan Flores, Francys Torrealba, John Garcia, Luis Agrais, Manuel Antonio Casu, Mauri Jackelin Frontrado Contreras, Daniel Vasquez, Jose Vidal, Kelvin Chacon, Marcos Tesorero, Victor Ceballo, Yonnis Alexander Garcia, Jaidy Rodriguez, Johan Valenzuela, Tulio Ramon Vasquez, Manuel Osal, Danerys Gallardo, Walter Rosales, Lilibeth Mora, Williams Dominguez, Cesar Augusto Figueredo, Anelsy Perdomo, Jorge Luis Quiñones,
Moraima Herrera, Yurbi Guedez, Victor Martinez, Daniel Mogollon, Juana Iris Aranguren, Xhamilymar Betancourt, Jesus Jimenez, Pastora De Los Reyes Catan, Jose Vielma, Susana Perez, Benito Colmenarez, Jose Gregorio Vasquez, Carmen Rosa Azuaje, Jose Rafael Ramos, Chiquinquira Romero, Delvin Antonio Briceño Hernandez, Luisa Maria Castro, Luis Alvarez, Franklin Gonzalez, Francisco Viera, Leida Era Peralta, Marily Sandoval, Douglas Soto, Carlos Rivas, Carlos Perozo,,Delia Perdomo, Julio Rangel, Adeslen Ascanio, Henry Sanchez, Rafael Montilla, Aixa Diaz, Francisco Lucena, Alejandro Riera, Marisela Vasquez, Ana Torres, Eliana Lopez, Eliomar Torres, Marisela D Alessio, Nora Torrealba, Douglas Sanchez, Edgar Lacruz Ocanto, Raqmary Peña Mundarain, Marlin Rosibel Bernardo Cohil, Dayanira Coromoto Sira Molina, Josefina Rodriguez, Maribel Guedez, Jose Torrealba, Elvia Alvarez, Carmen Tua Riera, Jeidi Tua Riera, Jourley Peraza, Rocio Angulo, Carlos Perdomo, Yonny Anciso, Pablo Sanchez ,Helena Yaneth Da Costa Armeni, Minan Lopez, Dannys Jimenez, Josefina Romero, Leonardo Mann, Nancy Barreto, Yackson Jose Daza Baba, Douglas Sanchez, Daniel Vasquez, Miquel Martinez, Julio Ocampo,,Belkis Perez De Chirinos, Gilbert Mendoza, Rogelio Ramon Lara Duarte, Cristobal NoeI Piña Rivero, Dietina Rosa Gonzalez Moreno, Yurbi Alexandra Guedez Rojas,,Daniel David Cazu Pineda, Wilfredo Enrique Linarez Lopez, Perfecto Leonardo Briceño, Yaneth Mercedes Tovar Collado, Nixon Daza Roa, Noamny Rossana Camacaro R, Jose Gregorio Guedez Alvarez, Antonio Roseliano Matute Medina, Carlos Enrrique Urriola, Maria Carolina Duran Flores, Uslan Evardo Gutierrez, Lisbeth Patricia Duque Rodriguez, Enrrique Mendez, David Aleman, Carlos Eduardo Ramos, Maribel Sandoval De Lucena, Juan Alberto Rodriguez, Jose Velez Patiñol, Gilmer Alberto Castillo Herrera, Jose Benjamín Flores Noguera, Barloto Castañeda, Angela Guedez, Oscar Arguello, Zulinde Rodriguez, Geronimo Ascanio,,Edgar Zerpa, Carlos Bracho, Liexer Antonia Gomez L, Soraima Montilla,,Belgica Viana Sanchez, Leída Rodríguez, Darwin Molina, Alexis Valera, Omar José Rodriguez Ocanto, Felipa Fernandez, Sarahin Montilla, Magbis Suarez, Ronald Bolivar, Elisa Suarez, Oscar Azuaje, Irauma Yepez, Yanet Tovar, Corteza Walderrama, Alexis Marquez, Maria Pineda, Rosmary Canelon, Miguel Eduardo Gomez Mujica, Carlos Castillo, Nolberto Escalona, Edgar Salas, Dominga Del Carmen Veliz, Andres Avelino Pulgar Torres, Yasmir Rodriguez, Jesus Mendoza, Ramona Conde, Pedro Colmenarez, Carlos Caceres, Edgar Garcia, Jose Gregorio Guedez, Ana Julia Baena, Dorka Mendoza, Luis Guevara, Hilda Rumbos, Lissett Valles, Onika Rodríguez, Miriam Rodriguez, Hermenegildo Viera, Luis Colmenares, Maria Duran, Graciela Guzman , Darío Alberto Acosta Quintero, Gudiño Castillo Carolina Beatriz, Molina Rodríguez Darwin Jose, Cedeño Azocar Maria Auxiliadora, Era Peralta Leída Coromoto, Viera Graterol Hermenegildo, Sandoval Landinez Marily Idania, Rodriguez De Semprun Leída Coromoto, Torrealba Graterol Erfran Antonio, Lopez Diaz Carlos Luis, Mendez Muñoz Jose Jairo, Sanchez Manzanilla Luis Ramon, Castillo Miguel Angel y Montilla Soraima Rosa

QUINTO: De conformidad con lo establecido en los artículos 181 y 327 del CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, se sirva emitir BOLETA DE NOTIFICACIÓN a la víctima en el presente caso, y a sus representantes para que comparezcan al acto de AUDIENCIA PRELIMINAR que en su oportunidad fije ese Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03, Extensión Acarigua.

SEXTO: Asimismo, la Representación del Ministerio Público solícita que se mantenga la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD decretada al imputado en fecha 30-1 0-201 1, toda vez que aún persisten las razones que dieron lugar a ella.

Se remite el presente Escrito de Acusación constante de (71) folios útiles, folios útiles correspondientes a la Causa N° 18F3-2C-472-11 ACUMULADA 18F02-IC-4535-11 (PPII-P-2011-1309 Tribunal de Control Nro 03).

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
Seguidamente le cedió el derecho de palabra a la representación fiscal, quien presentó formal acusación de conformidad con el articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal en contra de FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ, por la comisión del delito de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA previsto y sancionado en el Artículo 462 último aparte en relación con los artículos 463 numeral 2 y 99 todos del Código Penal en concordancia con el artículo 16 ordinal 3 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, así mismo solicitó la admisión de la acusación y los medios de pruebas ofrecidos para así demostrar la participación del imputado en el hecho que se le imputa, finalmente solicitó se ordenara la apertura a Juicio Oral y Público y se mantenga la Medida Privativa de Libertad y la prohibición de enajenar y gravar que se le decretaran en su oportunidad legal. Solicito copia del acta y consignó actuaciones relacionadas con la presente causa. Es todo. Seguidamente y una vez concluida la exposición fiscal la Juez impuso al imputado del Precepto Constitucional contenido en el artículo 49 Ordinal 5° y de la Advertencia Preliminar contenida en el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, interrogando al imputado FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ si esta dispuesto a rendir declaración, a lo que manifestó su voluntad de NO querer rendir declaración, acogiéndose al precepto constitucional. En este estado la Juez le concedió el derecho de palabra a la Defensa Pública Abg. ALIX RODRIGUEZ quién manifestó entre otras cosas que invoca a favor de su defendido el principio de presunción de inocencia, señaló que su defendido le comunico su deseo de acogerse a las medidas alternativas a la prosecución del proceso establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal referida al procedimiento por admisión de los hechos, en razón de ello toda vez que es un derecho constitucional y procesal que tiene mi defendido, la defensa no le queda mas que solicitarle al tribunal que tome en consideración al momento de calcular la pena lo establecido en el artículo 74 del Código Penal y tome en cuenta las atenuantes allí establecidas ya que mi defendido es primario. Finalmente solicito la Defensa la revisión de la medida privativa de libertad al imputado por una medida menos gravosa de la establecida en el artículo 256 del ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal o la que estime el tribunal conveniente en caso contrario y de mantenerse la medida privativa de libertad se solicita se mantenga su sitio de reclusión en la Comisaría de Páez y en caso de que sea ordenado su traslado hasta un Centro Penitenciario se ordene su reclusión en la Cárcel Nacional de Sabaneta en Maracaibo Estado Zulia y no en la ciudad de Guanare ya que en el CEPELLO su vida corre peligro. Es todo. Seguidamente la Juez le cedió la palabra a la Apoderada Judicial Abg. SONIA ISEA BRICEÑO quien manifestó entre otras cosas dada la acusación presentada en contra del imputado es conveniente señalara que en ciertas oportunidades se trato que el imputado devolviera lo estafado a las victimas y en ningún momento se obtuvo respuesta alguna por el contrario, siempre hubo una evasión, siendo posteriormente detenido en Maracaibo y oída a la defensa solicito se mantenga la mediada de privación de libertad y la medida de enajenar y gravar que le fuera decretada. Es todo. Seguidamente la Juez le cedió la palabra a la victima María Carolina Duran Flores quien señaló entre otras cosas; yo tenia un carrito viejo con el que cargaba a mi y mi papa que sufría del corazón y requería una operación y en el que lo trasladaba hacia Caracas para sus evaluaciones médicas, tuve que salir de él con la fe y la ilusión de que me dieran un carro a crédito y me engañaron y nunca el señor me dio la cara fui a indepabis porque nunca dio la cara y nunca pago el daño material ni el psicólogico que me ha causado, y a mi papa tuve que trasladarlo en autobús sufriendo por su padecimiento en el corazón, yo lo que pido es que siga pagando su condena porque si él va a salir va a seguir estafando a otras personas ahora él esta enfermo hay justicia divina”. Es todo. Seguidamente la Juez, oídas las exposiciones de las partes, revisadas las actuaciones que integran la presente causa y luego de exponer los fundamentos de hecho y de derecho en los que basa su decisión dictó el siguiente pronunciamiento: 1.- Admite la acusación en contra del acusado FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ, por la comisión del delito de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA previsto y sancionado en el Artículo 462 último aparte en relación con los artículos 463 numeral 2 y 99 todos del Código Penal en concordancia con el artículo 16 ordinal 3 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada por no ser contraria a derecho, al Orden Público, ni a las buenas costumbres, considerando llenos los extremos del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal y por considerar que existen suficientes elementos que demuestran la participación del acusado en el referido delito; 2.- Admite las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, por considerarlas útiles, pertinentes y necesarias para la celebración del Juicio Oral y Público. Seguidamente la Juez de Control impuso al acusado de las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso, así mismo se le impuso del Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos explicándole del sentido y alcance del mismo. En este estado, el acusado FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ manifestó de forma clara y de manera individual y voluntaria SI acogerse a las medidas alternativas a la prosecución del proceso y SI admitir los Hechos que se le imputa

Revisado el escrito contentivo de la Acusación presentado por el Representante del Ministerio Público y expuesto en la audiencia por el abogado APOLONIO CORDERO Fiscal encargado de la Fiscalia tercera y el fiscal nacional Humberto Ratia, se encuentran llenos los requisitos formales de la acusación conforme al artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia, realizando el control formal y material de la acusación este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en función de Control Nº 3 , dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Admite la acusación presentada por la Representación Fiscal, en contra del ciudadano: FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ arriba suficientemente identificado, por la comisión de los delitos de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA previsto y sancionado en el artículo 462 ultimo Aparte, en relación con los artículos 463, numeral 2° y 99 todos del Código Penal Venezolano, en concordancia con el Articulo 16 Ordinal 3° de la Ley de Delincuencia Organizada perjuicio de: Mira Lopez Elsi Uribel, Villegas Juan, Vanessa Alejandra Peña M, Enoc Ortiz, Rosa Herrera. Elvis Marisela Cautela, Javier Torreyes, Williams Valencia, Jean Medina, NoeI Galindez, Maria Damas, Jose Aranguren, Karina Prado, Dilia Alen Flores, Victor Ruiz, Yrelis Colmenarez, Esther Ortega, Carlos Gomez, Jorge Arriechi, Soraya Yanez Chacchiolo, Rodriguez, Mildred Torres, Dioner Romero, Tania Coromoto Carpio Perez, Jeysson Canelones, Manuel Moreno, Mary Ferreira, Jonathan Gomes, Alejandro Ortiz, Mary Rodriguez, Jose Arraez, Eliezer Rivero, Deibis Coromoto Colmenares, Edgar Mendoza, Gelioba yillanueva, Wilmer Ceballos, Nestor Silva, Luis Alejandro, Jesus Madriz, Edwar Duran, Jorge Carvajal, Pablo Jose Sanchez, Gilberto Linarez, Nieves Graterol, Estilita Moreno, Farfan Reyes Jose Lucena, Simon Briceño, Minan Flores, Francys Torrealba, John Garcia, Luis Agrais, Manuel Antonio Casu, Mauri Jackelin Frontrado Contreras, Daniel Vasquez, Jose Vidal, Kelvin Chacon, Marcos Tesorero, Victor Ceballo, Yonnis Alexander Garcia, Jaidy Rodriguez, Johan Valenzuela, Tulio Ramon Vasquez, Manuel Osal, Danerys Gallardo, Walter Rosales, Lilibeth Mora, Williams Dominguez, Cesar Augusto Figueredo, Anelsy Perdomo, Jorge Luis Quiñones,Moraima Herrera, Yurbi Guedez, Victor Martinez, Daniel Mogollon, Juana Iris Aranguren, Xhamilymar Betancourt, Jesus Jimenez, Pastora De Los Reyes Catan, Jose Vielma, Susana Perez, Benito Colmenarez, Jose Gregorio Vasquez, Carmen Rosa Azuaje, Jose Rafael Ramos, Chiquinquira Romero, Delvin Antonio Briceño Hernandez, Luisa Maria Castro, Luis Alvarez, Franklin Gonzalez, Francisco Viera, Leida Era Peralta, Marily Sandoval, Douglas Soto, Carlos Rivas, Carlos Perozo,,Delia Perdomo, Julio Rangel, Adeslen Ascanio, Henry Sanchez, Rafael Montilla, Aixa Diaz, Francisco Lucena, Alejandro Riera, Marisela Vasquez, Ana Torres, Eliana Lopez, Eliomar Torres, Marisela D Alessio, Nora Torrealba, Douglas Sanchez, Edgar Lacruz Ocanto, Raqmary Peña Mundarain, Marlin Rosibel Bernardo Cohil, Dayanira Coromoto Sira Molina, Josefina Rodriguez, Maribel Guedez, Jose Torrealba, Elvia Alvarez, Carmen Tua Riera, Jeidi Tua Riera, Jourley Peraza, Rocio Angulo, Carlos Perdomo, Yonny Anciso, Pablo Sanchez ,Helena Yaneth Da Costa Armeni, Minan Lopez, Dannys Jimenez, Josefina Romero, Leonardo Mann, Nancy Barreto, Yackson Jose Daza Baba, Douglas Sanchez, Daniel Vasquez, Miquel Martinez, Julio Ocampo,,Belkis Perez De Chirinos, Gilbert Mendoza, Rogelio Ramon Lara Duarte, Cristobal NoeI Piña Rivero, Dietina Rosa Gonzalez Moreno, Yurbi Alexandra Guedez Rojas,,Daniel David Cazu Pineda, Wilfredo Enrique Linarez Lopez, Perfecto Leonardo Briceño, Yaneth Mercedes Tovar Collado, Nixon Daza Roa, Noamny Rossana Camacaro R, Jose Gregorio Guedez Alvarez, Antonio Roseliano Matute Medina, Carlos Enrrique Urriola, Maria Carolina Duran Flores, Uslan Evardo Gutierrez, Lisbeth Patricia Duque Rodriguez, Enrrique Mendez, David Aleman, Carlos Eduardo Ramos, Maribel Sandoval De Lucena, Juan Alberto Rodriguez, Jose Velez Patiñol, Gilmer Alberto Castillo Herrera, Jose Benjamín Flores Noguera, Barloto Castañeda, Angela Guedez, Oscar Arguello, Zulinde Rodriguez, Geronimo Ascanio,,Edgar Zerpa, Carlos Bracho, Liexer Antonia Gomez L, Soraima Montilla,,Belgica Viana Sanchez, Leída Rodríguez, Darwin Molina, Alexis Valera, Omar José Rodriguez Ocanto, Felipa Fernandez, Sarahin Montilla, Magbis Suarez, Ronald Bolivar, Elisa Suarez, Oscar Azuaje, Irauma Yepez, Yanet Tovar, Corteza Walderrama, Alexis Marquez, Maria Pineda, Rosmary Canelon, Miguel Eduardo Gomez Mujica, Carlos Castillo, Nolberto Escalona, Edgar Salas, Dominga Del Carmen Veliz, Andres Avelino Pulgar Torres, Yasmir Rodriguez, Jesus Mendoza, Ramona Conde, Pedro Colmenarez, Carlos Caceres, Edgar Garcia, Jose Gregorio Guedez, Ana Julia Baena, Dorka Mendoza, Luis Guevara, Hilda Rumbos, Lissett Valles, Onika Rodríguez, Miriam Rodriguez, Hermenegildo Viera, Luis Colmenares, Maria Duran, Graciela Guzman , Darío Alberto Acosta Quintero, Gudiño Castillo Carolina Beatriz, Molina Rodríguez Darwin Jose, Cedeño Azocar Maria Auxiliadora, Era Peralta Leída Coromoto, Viera Graterol Hermenegildo, Sandoval Landinez Marily Idania, Rodriguez De Semprun Leída Coromoto, Torrealba Graterol Erfran Antonio, Lopez Diaz Carlos Luis, Mendez Muñoz Jose Jairo, Sanchez Manzanilla Luis Ramon, Castillo Miguel Angel y Montilla Soraima Rosa

SEGUNDO: Se admite los medios de pruebas ofrecidos por el Ministerio Público, por ser útiles, necesarias y pertinentes para el descubrimiento de la verdad e incorporadas debidamente al proceso.
Admitida la acusación en los términos expresados, se le informó a los Acusados FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ, sobre las Formas Alternativas a la Prosecución del Proceso, como son la Suspensión Condicional del Proceso y el Acuerdo Reparatorio, los cuales no procede el presente caso y se le instruyó sobre el Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos, establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal gaceta oficial 6078 extraordinaria y cedida la palabra manifestó su voluntad de querer acogerse a este procedimiento, en consecuencia: señalo: “ADMITO LOS HECHOS”

VIII

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Una vez acreditados los hechos señalados en capítulo señalado ut supra, se hace necesario encuadrar los mismos en el tipo delictivo que corresponda, así las cosas la Fiscalía del Ministerio Público, imputó la calificación de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA previsto y sancionado en el artículo 462 ultimo Aparte, en relación con los artículos 463, numeral 2° y 99 todos del Código Penal Venezolano, en concordancia con el Articulo 16 Ordinal 3° de la Ley de Delincuencia Organizada

El delito de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA previsto y sancionado en el artículo 462 ultimo Aparte, en relación con los artículos 463, numeral 2° y 99 todos del Código Penal Venezolano, en concordancia con el Articulo 16 Ordinal 3° de la Ley de Delincuencia Organizada
Articulo 462 ultimo aparte: “
la pena será de dos a seis años si el delito se ha cometido: …………………
El que cometiere el delito previsto en este articulo, utilizando como medio de engaño un documento publico falsificado o alterado, o emitiendo un cheque sin provisión de fondos, incurra en la pena correspondiente aumentada de un sexto a una tercera parte”.

Articulo 463 Incurrirá en las penas prevista en el articulo 462 el que defraude a otro:
2- haciéndole suscribir con engaño un documento que le imponga alguna obligación o que signifique renuncia total o parcial de un derecho.
Articulo 99 del codito penal: “………………..pero se aumentara la pena de una sexta parte a la mitad”.
Y el articulo 375 del código orgánico procesal penal gaceta oficial n 6078:……….si se tratare de delito… con multiplicidad de victimas, delincuencia organizada….. el juez solo podrá rebajar hasta un tercio de la pena aplicable”…..
Ahora bien, quedó determinado que el ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ, cometió el delito de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA previsto y sancionado en el artículo 462 ultimo Aparte, en relación con los artículos 463, numeral 2° y 99 todos del Código Penal Venezolano, en concordancia con el Articulo 16 Ordinal 3° de la Ley de Delincuencia Organizada y como lo señala fiscalía en su solicitud, criterio que igualmente acoge este Tribunal y así se decide.

XI
PARTICIPACIÓN y CULPABILIDAD

La Participación del acusado FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ, en el hecho imputado no presenta ninguna duda, ya que el mismo acusado lo reiteró en su ADMISIÓN DE HECHO realizadas libre y espontáneamente de conformidad con el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal gaceta ofical nº 6078 extraaordinaria.
Las anteriores circunstancias, estimadas por el Tribunal, determinan que el acusado FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ es el autor del hecho imputado por ello se concluye que la sentencia que en esta decisión se dicta debe ser CONDENATORIA en atención al PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS y así se decide.
El delito de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA previsto y sancionado en el artículo 462 ultimo Aparte, en relación con los artículos 463, numeral 2° y 99 todos del Código Penal Venezolano, en concordancia con el Articulo 16 Ordinal 3° de la Ley de Delincuencia Organizada. El articulo 462 tiene establecida una pena de dos a seis años de prisión siendo el termino medio cuatro años mas lo que establece ese mismo articulo establece un aumento de la pena de un sexto a una tercera parte, y el articulo 99 todos del código penal aumentada la pena de una sexta parte a la mitad y la aplicación del articulo 375 del código organico procesal penal en cuanto a la admisión, y dada la multiplicidad de victimas solo podrá rebajarse la pena hasta un tercio de la pena aplicable y aunque que el imputado no tuviese conducta predelictual siendo potestad de quien aquí decide de conformidad con el articulo 74 del codigo penal . En tal sentido este Tribunal estima que en definitiva la pena a cumplir por los Acusados FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ es de CINCO (05) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal a saber: 1. La inhabilitación política durante el tiempo de la pena. 2.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta.
COSTAS

No se condena en costas al acusado, por cuando en el presente juicio no existió acusación privada y todo el cuerpo de funcionarios que participaron en el mismo son sufragados por el Estado, siguiendo así los lineamientos de la sentencia 590 de fecha 15 de abril de 2004 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

FECHA PROVISIONAL DE CUMPLIENTO DE PENA

Se deja constancia que la fecha provisional de cumplimiento de pena por estar privado de libertad el acusado FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ, es el 12/06/2017, ya que está detenido desde el día 12- 10-2011 (folio 12, de la segunda (2) pieza).


Este Tribunal acuerda mantener la privativa de libertad por cuanto no han variado las circunstancias que dieron origen a decreta la medida en su oportunidad.
Se acuerda mantener las medidas que fueron dictadas en decisión de fecha 27-04-2011 pertenecientes a los ciudadanos Francisco Rafael piña lopez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.838.341 Y de la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., inscrita inicialmente por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 19 de Enero de 2010, inserto bajo el No. 36, Tomo 3-A, con posterior reforma por cambio de domicilio a la ciudad de Acarigua estado Portuguesa e inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa de fecha 11 de Junio de 2010, inserta bajo el No. 32, Tomo 16-A; con domicilio en la calle 22 con avenidas 34 y 35 (oficina de ventas) y avenida Rotaria de la Urbanización La Goajira, al lado de las oficinas de Eleoccidente (Oficinas Administrativas y, que de seguida se especifican:
a) PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR SOBRE LOS BIENES MUEBLES EN INMUEBLES RELACIONADAS CON LAS PERSONAS JURIDICAS AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., .., Y CONTRA PERSONAS NATURALES (DIRECTIVOS DE LA EMPRESA ACCESS CAR) unico accionista FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 600 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL.
b) Inmovilización total de Cuentas, Participaciones, Fideicomisos y cualesquiera otros productos o instrumentos financieros que posean en Bancos e Instituciones financieras que hagan vida comercial en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, de los ciudadanos FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ titular de la cedula de identidad N 16.838.341 Y LA EMPRESA AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., inscrita inicialmente por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 19 de Enero de 2010, inserto bajo el No. 36, Tomo 3-A, con posterior reforma por cambio de domicilio a la ciudad de Acarigua estado Portuguesa e inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa de fecha 11 de Junio de 2010, inserta bajo el No. 32, Tomo 16-A; con domicilio en la calle 22 con avenidas 34 y 35 (oficina de ventas) y avenida Rotaria de la Urbanización La Goajira, al lado de las oficinas de Eleoccidente (Oficinas Administrativas
c) SE DECRETA LA PROHIBICION DE SALIDA DEL PAIS EN RELACION A LOS IMPUTADOS FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ titular de la cedula de identidad N 16.838.341, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 256.4 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL.

DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: Se admite la acusación y los medios probatorios presentados por la representación fiscal en contra del acusado FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ arriba suficientemente identificado, por la comisión de los delitos de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA previsto y sancionado en el artículo 462 ultimo Aparte, en relación con los artículos 463, numeral 2° y 99 todos del Código Penal Venezolano, en concordancia con el Articulo 16 Ordinal 3° de la Ley de Delincuencia Organizada perjuicio de: Mira Lopez Elsi Uribel, Villegas Juan, Vanessa Alejandra Peña M, Enoc Ortiz, Rosa Herrera. Elvis Marisela Cautela, Javier Torreyes, Williams Valencia, Jean Medina, NoeI Galindez, Maria Damas, Jose Aranguren, Karina Prado, Dilia Alen Flores, Victor Ruiz, Yrelis Colmenarez, Esther Ortega, Carlos Gomez, Jorge Arriechi, Soraya Yanez Chacchiolo, Rodriguez, Mildred Torres, Dioner Romero, Tania Coromoto Carpio Perez, Jeysson Canelones, Manuel Moreno, Mary Ferreira, Jonathan Gomes, Alejandro Ortiz, Mary Rodriguez, Jose Arraez, Eliezer Rivero, Deibis Coromoto Colmenares, Edgar Mendoza, Gelioba yillanueva, Wilmer Ceballos, Nestor Silva, Luis Alejandro, Jesus Madriz, Edwar Duran, Jorge Carvajal, Pablo Jose Sanchez, Gilberto Linarez, Nieves Graterol, Estilita Moreno, Farfan Reyes Jose Lucena, Simon Briceño, Minan Flores, Francys Torrealba, John Garcia, Luis Agrais, Manuel Antonio Casu, Mauri Jackelin Frontrado Contreras, Daniel Vasquez, Jose Vidal, Kelvin Chacon, Marcos Tesorero, Victor Ceballo, Yonnis Alexander Garcia, Jaidy Rodriguez, Johan Valenzuela, Tulio Ramon Vasquez, Manuel Osal, Danerys Gallardo, Walter Rosales, Lilibeth Mora, Williams Dominguez, Cesar Augusto Figueredo, Anelsy Perdomo, Jorge Luis Quiñones,
Moraima Herrera, Yurbi Guedez, Victor Martinez, Daniel Mogollon, Juana Iris Aranguren, Xhamilymar Betancourt, Jesus Jimenez, Pastora De Los Reyes Catan, Jose Vielma, Susana Perez, Benito Colmenarez, Jose Gregorio Vasquez, Carmen Rosa Azuaje, Jose Rafael Ramos, Chiquinquira Romero, Delvin Antonio Briceño Hernandez, Luisa Maria Castro, Luis Alvarez, Franklin Gonzalez, Francisco Viera, Leida Era Peralta, Marily Sandoval, Douglas Soto, Carlos Rivas, Carlos Perozo,,Delia Perdomo, Julio Rangel, Adeslen Ascanio, Henry Sanchez, Rafael Montilla, Aixa Diaz, Francisco Lucena, Alejandro Riera, Marisela Vasquez, Ana Torres, Eliana Lopez, Eliomar Torres, Marisela D Alessio, Nora Torrealba, Douglas Sanchez, Edgar Lacruz Ocanto, Raqmary Peña Mundarain, Marlin Rosibel Bernardo Cohil, Dayanira Coromoto Sira Molina, Josefina Rodriguez, Maribel Guedez, Jose Torrealba, Elvia Alvarez, Carmen Tua Riera, Jeidi Tua Riera, Jourley Peraza, Rocio Angulo, Carlos Perdomo, Yonny Anciso, Pablo Sanchez ,Helena Yaneth Da Costa Armeni, Minan Lopez, Dannys Jimenez, Josefina Romero, Leonardo Mann, Nancy Barreto, Yackson Jose Daza Baba, Douglas Sanchez, Daniel Vasquez, Miquel Martinez, Julio Ocampo,,Belkis Perez De Chirinos, Gilbert Mendoza, Rogelio Ramon Lara Duarte, Cristobal NoeI Piña Rivero, Dietina Rosa Gonzalez Moreno, Yurbi Alexandra Guedez Rojas,,Daniel David Cazu Pineda, Wilfredo Enrique Linarez Lopez, Perfecto Leonardo Briceño, Yaneth Mercedes Tovar Collado, Nixon Daza Roa, Noamny Rossana Camacaro R, Jose Gregorio Guedez Alvarez, Antonio Roseliano Matute Medina, Carlos Enrrique Urriola, Maria Carolina Duran Flores, Uslan Evardo Gutierrez, Lisbeth Patricia Duque Rodriguez, Enrrique Mendez, David Aleman, Carlos Eduardo Ramos, Maribel Sandoval De Lucena, Juan Alberto Rodriguez, Jose Velez Patiñol, Gilmer Alberto Castillo Herrera, Jose Benjamín Flores Noguera, Barloto Castañeda, Angela Guedez, Oscar Arguello, Zulinde Rodriguez, Geronimo Ascanio,,Edgar Zerpa, Carlos Bracho, Liexer Antonia Gomez L, Soraima Montilla,,Belgica Viana Sanchez, Leída Rodríguez, Darwin Molina, Alexis Valera, Omar José Rodriguez Ocanto, Felipa Fernandez, Sarahin Montilla, Magbis Suarez, Ronald Bolivar, Elisa Suarez, Oscar Azuaje, Irauma Yepez, Yanet Tovar, Corteza Walderrama, Alexis Marquez, Maria Pineda, Rosmary Canelon, Miguel Eduardo Gomez Mujica, Carlos Castillo, Nolberto Escalona, Edgar Salas, Dominga Del Carmen Veliz, Andres Avelino Pulgar Torres, Yasmir Rodriguez, Jesus Mendoza, Ramona Conde, Pedro Colmenarez, Carlos Caceres, Edgar Garcia, Jose Gregorio Guedez, Ana Julia Baena, Dorka Mendoza, Luis Guevara, Hilda Rumbos, Lissett Valles, Onika Rodríguez, Miriam Rodriguez, Hermenegildo Viera, Luis Colmenares, Maria Duran, Graciela Guzman , Darío Alberto Acosta Quintero, Gudiño Castillo Carolina Beatriz, Molina Rodríguez Darwin Jose, Cedeño Azocar Maria Auxiliadora, Era Peralta Leída Coromoto, Viera Graterol Hermenegildo, Sandoval Landinez Marily Idania, Rodriguez De Semprun Leída Coromoto, Torrealba Graterol Erfran Antonio, Lopez Diaz Carlos Luis, Mendez Muñoz Jose Jairo, Sanchez Manzanilla Luis Ramon, Castillo Miguel Angel y Montilla Soraima Rosa


SEGUNDO: CONDENA POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, a el ciudadano FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ, por la comisión de los delitos de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA previsto y sancionado en el artículo 462 ultimo Aparte, en relación con los artículos 463, numeral 2° y 99 todos del Código Penal Venezolano, en concordancia con el Articulo 16 Ordinal 3° de la Ley de Delincuencia Organizada imponiéndole la pena de CINCO (05) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, más las accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal a saber: 1. La inhabilitación política durante el tiempo de la pena. 2.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta, todo de conformidad con el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUN GACETA OFICL 6078 EXTRAORDINARIA.
La fecha probable de finalización de la condena como ordena el 367 eiusdem es el 12/06/2017, ya que está detenido desde el día 12- 10-2011 (folio 12, de la segunda (2) pieza).

No se condena en costas por los motivos expuestos en el capitulo señalado supra. Este Tribunal acuerda mantener la privativa de libertad por cuanto no han variado las circunstancias que dieron origen a decreta la medida en su oportunidad.
Se acuerda mantener las medidas que fueron dictadas en decisión de fecha 27-04-2011 pertenecientes a los ciudadanos Francisco Rafael piña lopez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.838.341 Y de la empresa AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., inscrita inicialmente por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 19 de Enero de 2010, inserto bajo el No. 36, Tomo 3-A, con posterior reforma por cambio de domicilio a la ciudad de Acarigua estado Portuguesa e inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa de fecha 11 de Junio de 2010, inserta bajo el No. 32, Tomo 16-A; con domicilio en la calle 22 con avenidas 34 y 35 (oficina de ventas) y avenida Rotaria de la Urbanización La Goajira, al lado de las oficinas de Eleoccidente (Oficinas Administrativas y, que de seguida se especifican:

a) PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR SOBRE LOS BIENES MUEBLES EN INMUEBLES RELACIONADAS CON LAS PERSONAS JURIDICAS AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., .., Y CONTRA PERSONAS NATURALES (DIRECTIVOS DE LA EMPRESA ACCESS CAR) unico accionista FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 600 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL.

b) Inmovilización total de Cuentas, Participaciones, Fideicomisos y cualesquiera otros productos o instrumentos financieros que posean en Bancos e Instituciones financieras que hagan vida comercial en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, de los ciudadanos FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ titular de la cedula de identidad N 16.838.341 Y LA EMPRESA AUTOINVERSIONES ACCESS CAR C.A., inscrita inicialmente por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 19 de Enero de 2010, inserto bajo el No. 36, Tomo 3-A, con posterior reforma por cambio de domicilio a la ciudad de Acarigua estado Portuguesa e inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa de fecha 11 de Junio de 2010, inserta bajo el No. 32, Tomo 16-A; con domicilio en la calle 22 con avenidas 34 y 35 (oficina de ventas) y avenida Rotaria de la Urbanización La Goajira, al lado de las oficinas de Eleoccidente (Oficinas Administrativas
c) SE DECRETA LA PROHIBICION DE SALIDA DEL PAIS EN RELACION A LOS IMPUTADOS FRANCISCO RAFAEL PIÑA LOPEZ titular de la cedula de identidad N 16.838.341, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 256.4 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL”..
Téngase por notificadas las partes presentes por cuanto el presente pronunciamiento se dictó en sala. Regístrese, Diarícese y déjese Copia..
LA JUEZ DE CONTROL Nº 03
Abg. ANGEL MARIA SOSA RUIZ

LA SECRETARIA
Abg. CARMEN ORTIZ