REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 17 de Septiembre de 2012
AÑOS: 202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2011-000326
ASUNTO : PP11-P-2011-000326

Revisado como ha sido el Sistema Juris 2000, se evidencia que en fecha 08 de agosto de 2011, se realizó audiencia preliminar en la causa PP11-P-2011-000326, seguida en contra de ROSA ARIANNY LÓPEZ SERRADA, venezolana, natural de Turen Estado Portuguesa, donde nació el 23-06-1.988, de 22 años de edad, soltera, oficios del hogar, domiciliado en el Conjunto Residencial Simón Bolívar, bloque 7A, piso 2, apartamento 2-5, Acarigua Estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.377.903, por la comisión de los delitos de Coautoría en el Delito de Homicidio Intencional en grado de Frustración, previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con el articulo 80 en su segundo aparte y 83 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos LARRY AULAR, MARCOS TULIO QUEVEDO, CARLOS NAVAS, MIGUEL OROPEZA, RICHART ESCALONA, GABRIEL FONSECA, MELQUIADES LOPEZ, LUIS CASTILLO, GIOVANNI GIL, JAVIER PEREZ, GUILLERMO ABREU, ELIGIO MARTINEZ, JOSE OLIVAR, DANNY SALINAS y LUIS UGARTE. Así como los delitos de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el articulo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica Contra Drogas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; Ocultamiento ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO y Asociación Ilícita para Delinquir, prevista y sancionado en el articulo 6 en concordancia con el articulo 16 numeral 1 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO, ordenándose la división de la continencia para los coimputados EDUARDO RAMON LOPEZ PEREIRA, ELIS EDUARDO VERA, EDGAR ALBERTO DUDAMEL, cuya causa se le asigno el N° PJ11-P-2011-000052, ordenándose posteriormente la apertura a juicio para los acusados EDUARDO RAMON LOPEZ PEREIRA, venezolano, natural de Turén, Estado Portuguesa, mayor de edad, soltero, barbero, domiciliado en el Conjunto Residencial Simón Bolívar, bloque 7A, piso 2, apartamento 2-5, Acarigua Estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad N° V-22.108.276 y ELIS EDUARDO VERA, venezolano, natural de Turén, Estado Portuguesa, mayor de edad, soltero, de profesión u oficio indefinida, domiciliado en el Conjunto Residencial Simón Bolívar, bloque 6B, planta baja, apartamento 4, Acarigua Estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.071.348, por la presunta comisión de los delitos de COAUTORÍA EN EL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con el articulo 80 en su segundo aparte y 83 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos LARRY AULAR, MARCOS TULIO QUEVEDO, CARLOS NAVAS, MIGUEL OROPEZA, RICHART ESCALONA, GABRIEL FONSECA, MELQUIADES LOPEZ, LUIS CASTILLO, GIOVANNI GIL, JAVIER PEREZ, GUILLERMO ABREU, ELIGIO MARTINEZ, JOSE OLIVAR, DANNY SALINAS y LUIS UGARTE. Así como también se ordena el juicio oral y publico por la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica Contra Drogas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y OCULTAMIENTO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO, de igual manera se observa que en fecha 05 de octubre de 2011, se recibe en este Juzgado de juicio N° 1 la causa PP11-P-2011-000326 y en fecha 02 de febrero de 2012 se da entrada en este mismo tribunal a la causa PJ11-P-2011-000052, observando quien aquí decide:

1.- Que ambas causa en este momento se encuentran en la misma fase del proceso a fin de la celebración del Juicio Oral y Público.

2.- Siendo que en esta fase de juicio ambas causas se encuentran impulsadas por el mismo representante Fiscal, Fiscalía Novena del Ministerio Público.

3.- Que ambas causas tienen como origen el mismo hecho y la misma acusación, que en su oportunidad fueron divididas por circunstancias procesales, que en la actualidad cesaron, lo que hace contrario a los principios del proceso penal, que permitan una tutela judicial efectiva, mantener dividida la causa.

En virtud de lo antes expuesto se ordena acumular las causas PP11-P-2011-000326 y PJ11-P-2011-000052, de conformidad con lo establecido en el artículo 70 Numeral 1 en concordancia con el 73 del Código Orgánico Procesal Penal, todo ello a fin de garantizar la celeridad procesal y el principio de unidad del proceso; encontrándose ambas causas para celebración de juicio oral y publico, se acuerda fijar nueva oportunidad para el celebrar el mismo en fecha 03 de Octubre de 2012 a las 11:15 de la mañana, se acuerda convocar a todas las partes, de ambas causas para la referida fecha.

Asimismo se acuerda corregir la foliatura de la misma y salvar la enmendadura por secretaría, de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.

DISPOSITIVA


Por las razones que antecede este Juzgado de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda la acumulación de los procesos seguidos contra ROSA ARIANNY LÓPEZ SERRADA, por la comisión de los delitos de Coautoría en el Delito de Homicidio Intencional en grado de Frustración, previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con el articulo 80 en su segundo aparte y 83 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos LARRY AULAR, MARCOS TULIO QUEVEDO, CARLOS NAVAS, MIGUEL OROPEZA, RICHART ESCALONA, GABRIEL FONSECA, MELQUIADES LOPEZ, LUIS CASTILLO, GIOVANNI GIL, JAVIER PEREZ, GUILLERMO ABREU, ELIGIO MARTINEZ, JOSE OLIVAR, DANNY SALINAS y LUIS UGARTE. Así como los delitos de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el articulo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica Contra Drogas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; Ocultamiento ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO y Asociación Ilícita para Delinquir, prevista y sancionado en el articulo 6 en concordancia con el articulo 16 numeral 1 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO y EDUARDO RAMON LOPEZ PEREIRA y ELIS EDUARDO VERA, por la presunta comisión de los delitos de COAUTORÍA EN EL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con el articulo 80 en su segundo aparte y 83 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos LARRY AULAR, MARCOS TULIO QUEVEDO, CARLOS NAVAS, MIGUEL OROPEZA, RICHART ESCALONA, GABRIEL FONSECA, MELQUIADES LOPEZ, LUIS CASTILLO, GIOVANNI GIL, JAVIER PEREZ, GUILLERMO ABREU, ELIGIO MARTINEZ, JOSE OLIVAR, DANNY SALINAS y LUIS UGARTE, así como por los delitos OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica Contra Drogas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y OCULTAMIENTO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal y se acuerda fijar nueva oportunidad para el celebrar el mismo en fecha 03 de Octubre de 2012 a las 11:15 de la mañana, se acuerda convocar a todas las partes, de ambas causas para la referida fecha. Y ASI SE DECIDE.

Regístrese, déjese copia, déjese constancia en los libros respectivos y notifíquese a las partes. Acumulando como ya quedo establecido la causa conservara el N° PP11-P-2011-000326; Ordenándose la respectiva corrección de foliatura.

La Juez de Juicio Nº 1
Abg. Carmen Teresa Sanoja Chavez

La Secretaria
Abg. Geniyana Pereira