Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: Coromoto Briceño y Ario Junior Hernández, titulares de las cédulas de identidad Nros. 25.710.079 y 18.891.073 respectivamente, por concepto de Obligación de Manutención, donde el padre de al niña xx, rdó pasarle la cantidad de ochocientos bolívares (Bs. 800,oo) mensuales como obligación de manutención el doble de la cantidad en el mes de diciembre para gastos decembrinos y el 50% de gastos medicos