REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 19/09/2012, se trasladó el Tribunal a fin de cumplir la Comisión en la siguiente dirección: Galpón 6B locales 4 y 5 de Mercabar, Zona Industrial 3 Barquisimeto. El Tribunal notificó a la avalista Yolman Coromoto Pereira Rojas, dijo llamar a su Abogado inmediatamente, concediéndole lapso de 30 minutos. Concluido el lapso, se juramenta a Perito y Depositario. Siendo las 12: 15 p.m., comparece la Dra. Jelimar Zambrano Crespo, I.P.S.A. N° 63.119, asistente tanto de la Demandada como de la Notificada quien incontinenti explana convenimiento de pago haciendo entrega en 1 folio de Resumen de Existencia y Costos a la Fecha. La Parte Actora acepta el pago condicionada a la designación de Francisco de Asis Salom C.I. 4.738.749, como Factor Mercantil que impulse la actividad comercial de la empresa. Ambas partes manifiestan conformidad con las propuestas, reservándose el derecho la parte actora de pedir el inmediato cumplimiento de la obligación, en caso de ser incumplida algunas de las obligaciones. Solicitan al Tribunal la devolución de lo actuado al Juez de la Causa para la homologación del convenio y le piden se expida 2 copias certificadas del acta. El Tribunal recibe en 1 folio el documento al cual se hizo referencia agregándolo a los autos, ordenando expedir por secretaría las 2 copias certificadas del acta. El Tribunal da por concluida su misión y regresa a su sede siendo las 12:45 p.m., y firma el acta el designado Factor Mercantil ya identificado.